Seleccione su idioma
Fiscalidad acciones
Fiscalidad depósitos, cuentas corrientes y renta fija ejercicio 2012 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2013)
Los intereses cobrados por cuentas remuneradas, depósitos a plazo fijo, intereses de bonos, etc. tributan según la siguiente escala:
- Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 21%
- Entre 6.000,01 y 24.000 euros: se paga el 25%
- Más de 24.000 euros: se paga el 27%
En el momento de cobrar los intereses se sufre una rentención del 21%. Por ejemplo, si en un depósito a plazo fijo se cobran unos intereses de 1.000 euros, 210 euros son retenidos y van directamente a Hacienda y los otros 790 euros se ingresan en la cuenta del inversor.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones
Comentarios
alex · 2012-04-19
Pues esa es mi pregunta, saber si necesito estar dado de alta en autonomos o como empresa para poder invertir a traves de un broker online.
gracias
Invertir en Bolsa · 2012-04-20
Hola Alex,
No, en absoluto, no tienes que estar dado de alta en ningún sitio para invertir en Bolsa, lo puede hacer cualquier persona, sin necesidad de cumplir nigún requisito (únicamente, los menores de edad deben estar representados por sus padres, nada más).
Un saludo.
NUEVO BOLSERO · 2012-05-28
HOLA IEB;
estoy intentando hacer, buscar e informarme de alguna estrategia para intentar que la fiscalidad me sea menos gravosa, creo que es imposible dada mí situación ya que llevo 5años de autónomo en España y me gustaría pagar menos fiscalmente...pero de momento me estoy informando y viendo la posibilidad que te comento.
Voy a mí pregunta, a la hora de buscar mejores posibilidades fiscales para residir o crear una empresa o trabajar como autónomo, según tú conocimiento qué paises son los más interesantes para mirar y estudiarlos???
Gracias, y saludos.
Invertir en bolsa · 2012-05-29
Hola Nuevo Bolsero,
No sé muchas concretas de este tema. Para crear una empresa en Andorra creo que un andorrano tiene que ser el socio mayoritario, o al menos tener un porcentaje importante.
Suiza creo que es interesante, pero imagino que tendrías que irte a vivir allí.
Dentro de lo que sé y para permanecer en España creo que una posibilidad que está utilizando cada vez más gente es crear una SL (o como se llame allí) en Reino Unido. No puedo decirte los pasos exactos (porque no los sé), pero creo es algo que están usando cada vez más españoles, y que permite seguir viviendo en España.
Un saludo.
NUEVO BOLSERO · 2012-05-31
GRACIAS!!
Mar · 2012-11-28
El grueso de mis inversiones son Bonos que generan un cupon anual y tambien obtengo dividendos de acciones extranjeras. Pues bien, tengo alguna forma de compensar estos rendimientos de capital ? Vendiendo acciones, Fondos Estructurados, Fondos referenciados a un indice o Bonos que esten cotizando por debajo del precio de compra ? O cómo ?
Otra pregunta, si compro un bono al 115% y al momento del reembolso recibo el 100%, la diferencia se considera perdida patrimonial y puedo compensar ganancias patrimoniales que he tenido, por ejemplo, en la venta de acciones? O en el caso inverso, que haya comprado un Bono al 85% y lo vendiese al 105% ?
Invertir en bolsa · 2012-11-29
Hola Mar,
No, ni los intereses de la renta fija ni los dividendos de las acciones se pueden compensar con ningún tipo de minusvalía. Son cosas independientes.
En el caso de los bonos una alternativa es meter ese dinero en fondos de inversión (si no lo sacas), aunque esto tiene sus inconvenientes, como que dependerías de lo que haga el gestor, te afectarían más las fluctuaciones de los precios (porque ya no cobrarías intereses, sino que sólo tendría participaciones), etc.
La segunda pregunta sí es así. Si compras un bono por encima del nominal y esperas a vencimiento, la diferencia es una pérdida patrimonial. Y una ganancia patrimonial si lo has comprado por debajo del nominal.
Un saludo.
rauls · 2012-12-26
BUENOS DIAS ESTO INTERESADO EN METER ALGUN DINERITO EN UN DEPOSITO A 10 DIAS QUE ME RENTA UN 0,94 DE HAY MI PREGUNTA ES SI INVIERTO 30000 EL ESTADO A LA HORA DE DARME EL DINERO EL BANCO ME QUITA UN 27% DE IMPUESTOS Y LUEGO EN LA DECLARACION DE LA RENTA QUE ES LO QUE TRIBUTA EL BENEFICIO DE ESOS 30000 EUROS O QUE, SI ME LO PUDIERA ACLARAS, SALUDOS
Invertir en bolsa · 2012-12-26
Hola Raul,
Si metes 30.000 euros te van a retener el 21% de los intereses que cobres. Como es a 10 días, al 0,94% (anual, entiendo), en esos 10 días cobrarás unos 8 euros, por los que tendrás que pagar un 21% (de lo ganado) en la declaración del IRPF. De esos 8 euros te retendran 1,6 euros, aproximadamente (el 21% de 8 ).
Así que en este caso la retención que te harán coincide con lo que finalmente tendrás que pagar.
Un saludo.
mercedes · 2013-01-10
Hola,
Quisiera saber, si los impuestos sobre un plazo fijo son los mismos para 6 meses que si el plazo es superior al año, en el Banco me han dicho que el porcentaje que me retienen y que debo pagar a Hacienda por IRPF, es inferior si deposito el dinero a un periodo superior al año.
Por favor, ¿podrias confirmame esta información?.
Gracias,
Saludos,
Mercedes
Invertir en bolsa · 2013-01-24
Hola Mercedes,
La fiscalidad de los depósitos en 2013 es exactamente la misma que en 2012. Es la que ves en este artículo.
Sigue sin haber diferencia entre depósitos a más o menos de 1 año. Eso sí cambia en 2013 para acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, etc. Pero no para los depósitos.
Un saludo.
mercedes · 2013-01-24
Muchas gracias por tu respuesta.
Esta claro que el Banco no me informó bien.
Tu información me sirve de mucha ayuda,
Saludos, Mercedes
Invertir en bolsa · 2013-01-25
Gracias, Mercedes.
Montse · 2013-01-31
Hola, mi hijo menor de edad ha recibido una cantidad de dinero que le meto en depósitos, mi pregunta es cuando tenga yo que hacer la declaración de hacienda el beneficio a quien se le pone en la declaracion a mi hijo o a mí?
Invertir en bolsa · 2013-02-01
Hola Montse,
Lo tiene que reflejar uno de los dos, tu hijo o tú.
Si tu hijo hace declaración independiente, seguramente le devolverán las retenciones, pero tú no prodrás desgravarte por él (desgravación por descendiente).
Lo normal es que sea más rentable que los padres reflejen los ingresos de los hijos en su declaración, para no perder esa desgravación. Pero si los ingresos del hijo fueran importantes, puede llegar a merecer la pena hacer declarciones separadas.
Ante la duda lo mejor es hacer la simulación de ambos casos con el PADRE, y presentar las declaraciones de la forma que sea más favorable.
Un saludo.
SAMGRIENTO · 2013-06-14
Buenos días, Gregorio
Mi problema es que tengo unos Bonos Senior de una empresa que tenían fecha de vencimiento en Febrero de 2013.
Cuando llegó la hora de liquidar la deuda a 100 % del nominal y sus correspondientes intereses desde el último cupón, la empresa se somete a proceso concursal y no devuelve su deuda.
No sólo eso: los Bonos ya no cotizan en el Mercado. Por tanto no se pueden ni siquiera vender a precio de saldo.
He preguntado a un asesor sobre el tratamiento fiscal del asunto y me dice que con fecha de la amortización o vencimiento prevista, me compute la pérdida completa de la inversión (RCM). Es decir, como a fecha de "venta" de mis Bonos he recibido 0 €, pues todo lo invertido es pérdida.
Y, si en el futuro recupero algo lo compute, en ese momento, como ganancia (en RCM, al ser producto de RF).
Estoy harto de "googlear" buscando una confirmación de ese criterio pero no encuentro nada.
Tú cómo lo ves ??
Muchas gracias de antemano y un cordial saludo
Invertir en bolsa · 2013-06-14
Hola Samgriento,
Si sigues teniendo el bono, entonces de momento no debes hacer nada, porque es una operación que sigue abierta. Es decir, el bono se deebería haber pagafo y ya no debería existir, pero por las circunstancias que comentas el bono aún existe, aunque no se sepa cuándo se pagará, ni cuánto te pagarán (si todo, una parte, etc).
Entiendo que este es tu caso, porque la empresa ha suspendido pagos pero sigue funcuinando, no ha cerrado.
Esto puede tardar años en resolverse. Hasta que no se resuelva y te digan que te pagan "tanto", no tendrías que declarar nada en el IRPF.
Un saludo.
Irene · 2013-09-19
Buenos días,
Voy a contratar un deposito a 36 meses y los intereses me los ingresan al finalizar el mismo,
es decir, dentro de 36 meses.
En la declaración de dicho año he de declarar la totalidad o debo prorratear por cada año?
No sé como he de declararlo.
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2013-09-19
Hola Irene,
No tienes que prorratear, tienes que declararlo en el año en que te los ingresen.
Un saludo.
Esgol · 2013-12-05
Hola
De un maldito depósito referenciado del año 2009 he perdido 9800 euros. ¿Puedo reducir algo en la próxima declaración de la renta?. ¿Como?
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-12-09
Hola Esgol,
Sí lo podrás compensar de alguna forma, pero explícame un poco más los detalles.
Al vencimiento, ¿te dieron acciones o no? Esos 9.800 euros, ¿son una una pérdida ya materializada o es lo que perderías si vendieras ahora las acciones, en caso de que te entregaran acciones?
Un saludo,
Esgol · 2013-12-09
Hola
Gracias por contestar.
La pérdida se materializó el día 25 de noviembre. Al vencimiento me dieron esos 9.800 euros menos gracias a un gran y buenísimo depósito referenciado de Deutsche Bank (Phoenix Nota Santander-Telefónica II).
Saludos
Invertir en bolsa · 2013-12-10
Hola Esgol,
Pues entonces lo puedes compensar con otras plusvalías que tengas en 2013, ó en los 4 siguientes años, en otros fondos de inversión, acciones, inmuebles, etc.
Un saludo.
Rasualba · 2013-12-23
Hola
Tengo una duda,Tengo un deposito de 20000 euros y me vence este mes mi pregunta es cuando me venza y ingrese el dinero en mi cuenta al hacer la liquidacion de la renta debo declarar este importe y si tiene fiscalidad ademas de las retenciones de los intereses recibidos
Invertir en bolsa · 2013-12-26
Hola Rasualba,
La fiscalidad del depósito es la que ves en este artículo.
Al pagarte los intereses te van a retener el 21%.
Si tus ingresos por todos estos conceptos (incluyendo también venta de acciones o fondos, dividendos, etc) no superan los 1.600 euros en el año, no tendrás obligación de hacer la declaración del IRPF en Mayo-Junio de 2014. Pero te interesará hacerla, aunque no estés obligado, para que te devuelvan todo lo que te hayan retenido.
Un saludo.
El Aprendiz de Bolsa · 2014-02-10
Hola Gregorio,
¿Existe algún tipo de exención en esta legislación de cuentas remuneradas, depósitos y renta fija parecida a la que se aplica con los primeros 1.500 euros de cobro de dividendos?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2014-02-12
Hola Aprendiz.
No, no hay nada similar a los 1.500 euros primeros exentos en los dividendos para depósitos, bonos, cuentas remuneradas, etc.
Un saludo.
JAMES · 2014-05-09
hay alguna diferencia o ahorro fiscal, al contratar un deposito a plazo fijo por ej. de 10.000 euros, con abono de ints al vencimiento , bien a 25 meses ó 36 meses??????
gracias
Invertir en Bolsa · 2014-05-12
Hola James,
No, fiscalmente no hay ninguna diferencia entre esos 2 depósitos.
Un saludo.
Thomas Laursen · 2014-06-20
Hola
Me ha dejado perplejo que no puedo compensar mis perdidas de acciones de menos de un ano de 2012 con las ganancias de menos de un ano de 2013. Ahora tengo que tener fe que puedo generar algunos ganancias de mas de un ano para no perder el activo de las perdidas. Mis dudas son relacionados a bonos hipoteticas que tengo desde 2005. Cada ano amortizan parte del los bonos y como consequencia declaro las ganancias. Mi pregunta es si puedo usar las perdidas de acciones de menos de un ano de 2012 para compensar las ganancias de los bonos que amortizaban en 2013?
Mi otra duda es que he oido que se puede reducir las ganancias de bonos con 40% si son comprados antes que 2006. Sabe si es correcto?
Muchas Gracias!
Thomas
Invertir en Bolsa · 2014-06-23
Hola Thomas,
Las ganancias que se tengan en los títulos de renta fija son rendimientos de capital mobiliario, y por tanto no se pueden compensar con minusvalías. Algo que sí se puede hacer es compensar pérdidas en preferentes con intereses de otros bonos, por ejemplo.
La reducción del 40% hasta 2006 era para rendimientos del capital mobiliario generado a más de 2 años. Si los tuvieras, al poner las fechas el PADRE te los calcularía automáticamente.
Un saludo.
Thomas · 2014-06-24
Gracias por la respuesta. A que refiere 'generado a mas de 2 anos'?
Un saludo cordial
Thomas
Invertir en Bolsa · 2014-06-24
De nada. Thomas.
Eso quiere decir que entre la fecha de compra y la de venta han pasado más de 2 años.
Un saludo.
Thomas · 2014-06-24
Agradezco mucho la respuesta rapida, pero sigo un poco perdido en este tema. Para aclarar cosas, yo compre unos bonos hypotecarias en 2005. Hasta ahora me han dado rendimiento en forma de intereses. En 2013 algunas de los bonos eran amortizados a precio 100. Por lo tanto tengo una ganancia en comparision del precio del 2005 que era 95. Puedo reducir esta ganancia con 40% en la declaracion? Supongo que la casilla relevante seria 509 si podria aprovechar esta reduccion.
Un saludo cordial
Thomas
Invertir en Bolsa · 2014-06-25
Hola Thomas,
Sí, así es. Esa ganancia de 5 se ha conseguido en más de 2 años, y la casilla es la 509.
Un saludo.
Julio · 2014-06-25
Hola, tengo un deposito a diez años de 33000 euros que hice el 28 de diciembre de 2004 y que me vence el 29 de diciembre. mi pregunta es si hay alguna diferencia fiscal si lo cancelo ahora o espero a la fecha de cancelación en la que habrían pasado 10 años y un dia. En este momento no tiene gastos de cancelación pero me retiene directamente el banco el 21% .
Gracias
gracias
Invertir en Bolsa · 2014-06-26
Hola Julio,
Fiscalmente no hay idferencia. El 21% es la retención normal.
Un saludo.
Fiscalidad rendimientos del capital mobiliario (dividendos y primas de asistencia a juntas de accionistas) ejercicio 2012 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2013)
Los dividendos y primas de asistencia a juntas de accionistas tributan según la siguiente escala (de la base liquidable del ahorro):
- Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 21%
- Entre 6.000,01 y 24.000 euros: se paga el 25%
- Más de 24.000 euros: se paga el 27%
En el momento de cobrar el dividendo se sufre una retención del 21%. Si el dividendo a cobrar son 100 euros, 21 euros se retienen y van directamente a Hacienda, y los otros 79 euros se ingresan en la cuenta del inversor.
Los primeros 1.500 euros cobrados en dividendos están exentos de tributar, siempre y cuando las acciones se hayan mantenido 2 meses antes ó 2 meses despues de la fecha de cobro del dividendo. Vale 2 meses antes Ó 2 meses después, no tiene que ser 2 meses antes Y 2 meses después.
Si un inversor cobra 30.000 euros de dividendos, en el momento del cobro tendrá una retención de 6.300 euros (el 21% de 30.000). Al hacer la declaración la cantidad real a pagar será de:La cifra total a pagar es de 6.975 euros (1.260 + 4.500 + 1.215). Como le habían retenido 6.300 euros, al hacer la declaración tendrá que pagar otros 675 euros (6.975 – 6.300 = 675).
- Por los primeros 1.500 euros no pagará nada
- Entre 1.500,01 y 7.500 euros pagará el 21%; 1.260 euros (el 21% de 6.000)
- Entre 7.500,01 y 25.500 pagará el 25%: 4.500 euros (el 25% de 18.000)
- Entre 25.500,01 y 30.000 pagará el 27%: 1.215 euros (el 27% de 4.500)
Como hemos visto, si las acciones no se mantienen, como mínimo, desde 2 meses antes o hasta 2 meses después, de la fecha de cobro del dividendo no se tendrá derecho a la exención de los 1.500 euros. Vamos a ver varios ejemplos para que no haya dudas:
- Se compran las acciones el 2 de enero, el dividendo se cobra el 3 de enero y las acciones se venden el 10 de marzo. En este caso SÍ se aplica la exención de los 1.500 euros, ya que las acciones se han mantenido más de 2 meses después del cobro del dividendo.
- Se compran las acciones el 2 de enero, el dividendo se cobra el 10 de marzo y las acciones se venden el 11 de marzo. En este caso SÍ se aplica la exención de los 1.500 euros, ya que las acciones se han mantenido más de 2 meses antes del cobro del dividendo.
- Se compran las acciones el 2 de enero, el dividendo se cobra el 2 de febrero y las acciones se venden el 2 de marzo. En este caso NO se aplica la exención de los 1.500 euros, ya que las acciones no se han mantenido ni 2 meses antes ni 2 meses después del cobro del dividendo.
Esta es la peor fiscalidad sobre los dividendos que yo recuerdo en muchas décadas. Hay que tener en cuenta que este dinero que se cobra como dividendo ya ha pagado el Impuesto de Sociedades.
Supongamos que una empresa tiene un beneficio por acción antes de impuestos de 1 euro. Tras pagar el Impuesto de Sociedades queda un beneficio neto por acción de 0,70 euros. Imaginemos que esa empresa tiene un pay-out del 100% y paga los 0,70 euros como dividendo a sus accionistas. Esto significa que por esos 0,70 euros por acción que cobran los accionistas ya han pagado en impuestos 0,30 euros.
En el supuesto de que ese accionista no llegue a los 1.500 euros de dividendos cobrados y esté exento de pagar por ellos en el IRPF ya habrá pagado 0,30 euros por el Impuesto de Sociedades, con lo que realmente ha pagado un 30% de impuestos por el dinero que ha ganado como accionista de esa empresa.
Si el accionista tiene que pagar el 21% en el IRPF eso supondrá otros 0,147 euros (el 21% de 0,70), que sumados a los 0,30 euros hacen un total de 0,447 euros. Es decir, este accionista está sufriendo una tributación real del 44,7% (ha pagado 0,447 euros sobre el beneficio por acción de 1 euro que tuvo la empresa, antes de pagar el Impuesto de Sociedades).
Si el tipo que sufre el accionista en el IRPF es del 25% entonces pagará en el IRPF 0,175 euros, que harán un total de 0,475 euros (0,30 + 0,175) y supondrán para el accionista una tributación real del 47,5%.
En el caso más extremo, los accionisas pueden llegar a sufrir una tribtación del 27% en el IRPF, que supondrá 0,189 euros por acción y hará un total de 0,489 euros (0,30 + 0,189), suponiendo una tributación real y efectiva del 48,9% sobre los beneficios que le corresponden como accionista de esa empresa.
Comentarios
carmela · 2012-04-14
Si vendo los titulos de los dividendos ten el mercado no pagan a hacienda. Pero cuando tendre que pagar.ya que hacienda n perdona.gracias
Invertir en Bolsa · 2012-04-16
Hola Carmela,
Imagino que te refieres a las operaciones denominadas como "script dividend", "dividendos flexibles", etc.
En realidad son ampliaciones de capital liberadas, y tienen la fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas cuando vender los derechos en el mercado (si se venden a la empresa tributan como dividendos, aunque realmente no lo sean).
Pagas al vender las acciones. El dinero que cobres por la venta de los derechos reduce tu precio de compra de las acciones que te generan esos derechos, fiscalmente hablando. Al vender las acciones tu plusvalía será algo mayor, ya que el precio de compra se ha reducido respecto al original.
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Un saludo.
Manuel · 2012-06-03
¿Las excepciones de 1500 euros por declarante están reflejados directamente en el programa padre cuando importas los datos de hacienda?
Saludos y gracias
Invertir en bolsa · 2012-06-04
Hola Manuel,
Sí, el PADRE te incluye esa exención automáticamente. Sólo tienes que poner en la casilla de los dividendos cuáles tienen derecho a esa exención (aquellos que vengan de acciones que compraste más de 2 meses antes del cobro del dividendo y/o mantuviste más de 2 meses después del pago del dividendo).
Un saludo.
samgriento · 2012-06-04
Hola, Gregorio:
Tengo TEFs compradas en varios precios, cerca del último reparto, que me han supuesto unos dividendos de 3.000 €.
Considero que 1.500 son por la mitad de las acciones. Y 1.500 por la otra mitad. Correcto?
Puedo vender la mitad antes de los dos meses y conservar la exención de los otros 1.500 ??
Y respecto al flexible, vendí los derechos a mercado. Cómo puedo contabilizar la rebaja del precio de compra de las acciones que los generaron?
Prorrateando a los distintos paquetes y distintos precios?
Por favor, lo puedes aplicar sobre el supuesto?:
2000 compradas a 12
1000 compradas a 11
1000 compradas a 10
Derechos recibidos: 4000. Vendidos a 0,26. Total recibido: 1000.
Muchas gracias de antemano y un saludo
Invertir en bolsa · 2012-06-05
Hola samgriento,
Cada dividendo y cada derecho corresponde a la acción que los genera. Si cobras 3.000 euros (de 1 empresa o de varias) y 1.500 tienen derecho a exención y los otros 1.500 no, fiscalmente es lo mismo que si los 3.000 tuvieran derecho a exención, porque el límite son esos 1.500. Así que si vendes acciones de Telefónica de forma que sólo 1.500 euros tengan derecho a exención no pierdes esa exención porque los otros 1.500 euros no tengan derecho a ella.
Respecto a la venta de los derechos, cada acción que hayas comprado la debes rebajar en esos 0,26 euros. Así que los nuevos precios serían:
2.000 compradas a 11,74
1.000 compradas a 10,74
1.000 compradas a 9.74
Un saludo.
samgriento · 2012-06-05
Claro y conciso. Comprendido
Gracias y un saludo
Mercedes · 2012-07-03
Buenos días, desearia saber en que casilla de la declaración debia de haber hecho constar la exención de esos 1500 euros.
Me podrias informar de alguna gestoria para que me asesoraran y llegado el momento me hicieran la declaración, creoque yo la he hecho en mi contra .Graciaaaaaaaaaaaaaaaasssssssssssssssssss
Invertir en bolsa · 2012-07-03
Hola Mercedes,
El PADRE te calcula la exención de los 1.500 euros automáticamente. Tú sólo debes poner el importe total cobrado de dividendos en la casilla 024 (PADRE del ejercicio 2011(, y especificar en "Tipo de rendimiento" el 1, si efectivamente tienen derecho a exención por haber tenido las acciones 2 meses antes o después del pago de cada dividendo. Y ya está.
No conozco ninguna gestoría (de oídas, como todo el mundo, pero no conozco ninguna que te pueda recomendar)
Si te has equivocado en tu contra, puedes hacer un escrito a Hacienda en cualquier momento exponiendo tu caso, aportando los documentos necesarios y solicitando la corrección del error.
Un saludo.
Fernando · 2012-07-18
Hola, poseo acciones del grupo Santander y me surgen algunas dudas en cuanto a la fiscalidad de dividendos.
Mi compra ha sido escalonada, a lo largo de bastante tiempo y con ninguna compra posterior a cuatro meses. Poseo una pequeña cantidad cercana a los 6500 títulos y se aproxima el siguiente proceso de script. En los anteriores pagos de dividendos de este año he aceptado el canje por acciones pero en este valoro cobrar los dividendos y por lo tanto, mis dudas son las siguientes.
Partiendo de la base de que con esa cantidad de acciones no supero los 1500€ en el cobro de dividendos en esta ocasión:
1) los primeros 1500€ hace referencia a los primeros 1500€ que producen las acciones en su historia, en el año, o sobre el global de la cantidad que pueden producir sobre el pago actual de dividendos
2) la fiscalidad de las diferentes acciones compradas en diferentes épocas es diferente? es decir, si se trata de los primeros 1500€ que producen en dividendos las acciones, hay algunas que ya llevan produciendo hace tiempo esa cantidad...
3) Por otro lado, la tributación se aplica por defecto (creo recordar que en ocasiones anteriores mis dividendos pasaron por el tamiz de hacienda) y luego se detrae en la declaración de la renta o directamente se cobran en bruto.... ?
3) Ya puestos a preguntar, qué me recomendaría Ud?
Muchas gracias. Por increíble que parezca, estas dudas no han sido capaces de resolvérmelas en DOS oficinas de mi entidad bancaria de operación...
Invertir en bolsa · 2012-07-18
Hola Fernando,
1) Son 1.500 euros al año, por declaración. Es decir, por los primeros 1.500 euros que cobres cada año de dividendos (de toda tu cartera de valores) no pagarás impuestos en el IRPF.
2) En el tema de los dividendos no importa la fecha en que se haya compado cada acción.
3) Siempre te retienen, actualmente el 21%. Dspués, al hacer la declaración del IRPF al año siguiente, te devuelven la retención de esos primeros 1.500 euros.
Hasta aquí lo que te he explicado es lo que sucede con un dividendo normal, pero en los script dividends (que no son dividendos, sino ampliaciones de capital) tienes dos alternativas si quieres recibir una cantidad en efectivo (que no es un dividendo, insisto) en lugar de acudir a la ampliación de capital y recibir las acciones correspondientes:
1) Vender los derechos de la ampliación de capital a la empresa, al precio fijo que marca esta. En este caso la tributación es la misma que si fuera un dividendo (aunque no lo sea), y es la que te he explicado más arriba.
2) Vender los derechos de la ampliación de capital en el mercado, al precio que puedas en el momento en que des la orden de venta. En este caso la tributación es la de las ampliaciones de capital liberadas, que básicamente consiste en que no te van a retener nada por la venta de esos derechos, y no tendrás que pagar nada hasta que no vendas las acciones, sea cuando sea. Llo que se hace es reducir el precio de compra de las acciones en la cantidad recibida por la venta de los derechos, y ese precio de compra "recalculado" es el que se utilizará para calcular la plusvalía cuando vendas las acciones (lo puedes ver con detalle en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]).
4) Depende de tu situación personal, qué estrategia de inversión sigas, si necesitas ingresos de tu cartera de valores para afrontar tus gastos, etc. Sin tener más datos no podría responder a esta pregunta, porque creo que en este caso no se puede dar una respuesta genéria que valga para cualquier caso.
Un saludo.
Iker · 2012-07-30
Hola a todos,
A día de hoy tengo acciones de BBVA que quiero vender, pero hace un mes que he cobrado el dividendo con lo que los primeros 1500€ de los dividendos tendría que tributarlos.
Mi duda es la siguiente, ¿esos 1500€ corresponden a la totalidad de dividendos de este año 2012 o solamente de los dividendos de BBVA? Es decir, si he cobrado, por ejemplo 500€ de dividendos de BBVA y 1000€ de TEF y 300€ de BME, tendría que tributar 1800€ al 21%?
Muchas gracias y un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-07-31
Hola Iker,
Están exentos los primeros 1.500 euros de todas las acciones que tengas. Es decir, si en 2012 has cobrado 1.800 euros de dividendos en total, de varias empresas, y todos cumplen la norma de los 2 meses, entonces 1.500 euros estarán exentos y tendrás que tributar por los otros 300 euros.
Y respecto a los 2 meses, piensa que son 2 meses antes Ó 2 meses después. Es decir, si las acciones del BBVA las comprastes más de 2 meses antes de que pagase el dividendo, podrías venderlas ahora y entrarían en la exención de los primeros 1.500 euros.
Un saludo.
Fernando · 2012-08-21
Buenas tardes:
La tributación de los dividendos cobrados está clara, pero la parte de dividendos que se reinvierten y no se cobran (para que aumente el capital y contrarestar la inflación), ¿tributa ahora o cuando se vendan las acciones?
Saludos y gracias: Fernando
Invertir en bolsa · 2012-09-14
Hola Fernando,
Si te refieres a los llamados "dividendos flexibles", "script dividend" y similares lo que sucede es que no son dividendos, sino ampliaciones de capital liberadas. Y por eso tributan como las ampliaciones de capital liberadas.
Si eliges la opción que llaman "cobrar el dividendo en acciones" o algo similar lo que realmente estás haciendo es acudir a una ampliación de capital liberada, y la fiscalidad que hay que aplicar es esta:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Un saludo.
Escéptico · 2012-10-15
Buenos días,
Quisiera hacer una consulta, doble, relativa a la tributación de acciones:
SUPUESTO 1) ¿ Existe obligación legal de declarar las minusvalías? A modo de ejemplo:
En mi caso, siendo estudiante, vendo unas acciones que he mantenido durante varios años, con una minusvalía equivalente al 15 % de mi inversión inicial. No percibo otras rentas ni tengo interés en desgravar, pero me supone un inconveniente el hecho de presentar declaración.
SUPUESTO 2) ¿Cuál es el límite mínimo para presentar declaración de la renta por plusvalía obtenida por acciones?
En el mismo supuesto (estudiante sin ingresos), vendo unas acciones y obtengo una plusvalía residual, equivalente al 1% de mi inversión inicial. Ejemplo: Inversión inicial de 10.000 €, y vento obteniendo 10.800 € para recuperar comisiones. ¿Existe obligación de declarar las plusvalías en este caso?
Gracias por la respuesta.
Invertir en bolsa · 2012-10-16
Hola Escéptico,
1) No estás obligado a hacer la declaración, pero si no la haces en el futuro no podrás compensarte esas minusvalías
2) Si tus ingresos por dividendos, plusvalía en la venta de acciones, etc, no superan los 1.600 euros (sumados todos), no estás obligado a hacer la declaración. Pero si no la haces no te devolverán la retención de los dividendos, por lo que a la mayoría de la gente que esté en este caso le interesará hacer la declaración de la renta, aunque no esté obligado a ello.
Piensa que, en general, la exención de hacer la declaración del IRPF no se hace para hace un favor a esas personas, sino para que por pereza no la hagan y el Estado no les tenga que devolver el dinero que les corresponde.
A la mayoría de la gente que no tiene obligación de hacer la declaración de la renta les interesa hacerla. Por eso el Estado no les obliga a hacerla, para ver si hay suerte y no la hacen.
Un saludo.
Mar · 2012-11-28
Tengo acciones de empresas de Francia, Belgica, Alemania y Holanda. En estos casos, los primeros 1500 euros por dividendos estan exentos ?
Invertir en bolsa · 2012-11-29
Hola Mar,
Sí, también están exentos los primeros 1.500 euros que te retenga la Hacienda española. Lo que te retenga la Hacienda extranjera va por otro lado:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-pagados-por-empresas-extranjeras-ejercicio-2012-declaracion-que-se-presenta-en-mayo-junio-de-2013.htm]Dividendos cobrados de empresas extranjeras en el ejercicio 2012[/url]
Un saludo..
Gabriel · 2012-12-10
Buenos días,
Según he podido leer en los comentarios mas arriba, dices a Fernando que siempre te retienen el 21% (actualmente). Después, al hacer la declaración del IRPF al año siguiente, te devuelven la retención de esos primeros 1.500 euros.
Ahora bien, volviendo al ejemplo del artículo, aquella persona que en 2012 haya cobrado 30.000 € en concepto de dividendo en España tendrá que pagar a Hacienda una cantidad extra de 675 € tras el cálculo desarrollado.
Dicho esto, ¿Hacienda no tendría que devolver el 21 % de los primeros 1500 € (315 €), reduciendo la cantidad a ingresar de 675 € a 450 €?
Gracias de antemano,
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-12-11
Hola Gabriel,
Fíjate que ya lo he tenido en cuenta al hacer ese cálculo, porque en la primera línea he puesto que por los 1.500 primeros euros no tiene que pagar nada, y después he calculado el 21% desde 1.500,01, no desde 0.
Si no lo ves claro, vuelve a preguntar.
Un saludo.
Xerox · 2012-12-13
Hola IEB,
Soy un chico de 21 años y llevo unos cuantos días leyendo cosas de la web, no he tenido ni que hacer en mi vida la declaración de la renta, así que estoy bastante verde... aquí va la duda:
Yo cobro 5000€ en dividendos y nada mas ingresarmelos se me hace una retención del 21%, lo que es igual a ( 5000*21/100 = 1050€ )... me retendrán 1050€ con lo cual en mi cuenta solamente ingresarian 3950€, hasta aquí bien. Llega el momento de hacer la declaración de la renta y de esos 1050€ que me retuvieron por ser los primeros 1500€ no se paga nada, significa que al hacer la declaración de la renta me devolverán esos 1050€??
Lo siento si es algo de cajón y yo no termino de captarlo... no tengo mucha idea...
Muchísimas gracias por todo y la web está increíble!
Invertir en bolsa · 2012-12-14
Hola Xerox,
Lo has entendido bastante bien, salvo un detalle.
Están exentos de tributar los primeros 1.500 euros que cobres de dividendos. Eso quiere decir que por los primeros 1.500 euros no tienes que pagar nada, luego lo que te devuelven es 1.500 x 21 / 100 = 315 euros.
Al hacer la declaración verían que ya te han cobrado 1.050 euros, pero sólo tienes que pagar 735 euros, así que te devolverían los otros 315 euros.
Esto para entender la fiscalidad de los dividendos. Si tu único ingreso fueran estos 5.000 euros de dividendos, en la realidad te devolverían más de 315 euros por los mínimos personal y familiar. La cantidad exacta depende de la situación personal de cada uno.
Un saludo.
Xerox · 2012-12-14
Vale, ahora ya lo entiendo... de los 5000€ de dividendos me retienen 1050€, como los primeros 1500€ no tributan lo que tengo que declarar en realidad son (5000 - 1500 = 3500€), si hacemos el 21% de 3500€ = 735€, que es lo que tengo que pagar realmente. Como a mi ya me han retenido 1050€, en la declaración de la renta me devolverán la diferencia entre lo que ya he pagado ( 1050€ ) y lo que tengo que tengo que pagar en realidad ( 735€ ) lo que viene siendo los 315€ que tú me has comentado...
Creo que he captado tú explicación!!
Muchísimas gracias!!
Invertir en bolsa · 2012-12-17
Hola Xeros,
Así es.
Un saludo.
samgriento · 2012-12-23
Hola
Estoy trabajando con un broker alemán.
A)Compro acciones de empresas españolas que cotizan en la Bolsa de Frankfurt.
Si me dan dividendos, presumo que:
1. Las empresas españolas practicarán la retención española del 21 % antes de ingresarme el dividendo.
2. Los primeros 1.500 € seguirán estando exentos. El hecho de haber aquirido y tener depositadas las acciones en un broker extranjero no cambia nada.
B) Compro acciones de empresas alemanas que cotizan en la Bolsa de Frankfurt.
Si me dan dividendos, presumo que:
1. Las empresas alemanas practicarán la retención alemana del 2XX % antes de ingresarme el dividendo. Además, es probable que tenga retención por la Agencia Tributaria y tendré que intentar recuperar una de las dos.
2. Los primeros 1.500 € seguirán estando exentos. El hecho de haber aquirido y tener depositadas las acciones en un broker extranjero no cambia nada. La regla de los dos meses es igual para las acciones de empresas extranjeras que cotizan en el extranjero.
Mi pregunta es si mis presunciones son correctas.
Muchas gracias y un saludo
Samgriento
Invertir en bolsa · 2012-12-26
Hola Samgriento,
Tener las acciones depositadas en un broker extranjero no modifica tus obligaciones con la Hacienda española (mientras sigas siendo residente en España), pero te puede traer compliaciones por la doble retención. Los primeros 1.500 euros cobrados de dividendos están exentos, sí.
En el caso de las acciones españolas, por ejemplo, la Hacienda española te retendrá el 21%, pero probablemente la Hacienda alemana también te retendrá.
En el caso de que cobres dividendos de acciones alemanas imagino que no tendrás retención de la Hacienda española.
En general, creo que tener las acciones españolas en un broker extranjero tendrá más inconvenientes que ventajas, tanto por la fiscalidad (seguramente tendrás retención de España y de Alemania en los dividendos de empresas españolas, como te digo), como por las mayores comisiones (inagino, aunque a lo mejor es un broker especialmente barato).
¿Qué ventaja le ves a comprar acciones españolas en un broker extranjero?
Un saludo.
pedro · 2013-01-13
tengo unas acciones de bbva que me las dieron a cambio del dividendo me las quiero vender cuando las declare en la renta que precio de adquisicion les tengo que poner , sera cero por casualiada gracias.
Invertir en bolsa · 2013-01-15
Hola Pedro,
Supongamos que primero compras 100 acciones 10 euros y después te dan 5 acciones en ese "dividendo flexible" (que en realidad es una ampliación de capital liberada).
El nuevo precio de compra es 1.000 / 105 = 9,52 euros.
Las 105 acciones son exactamente iguales, y la fecha de compra de todas es la fecha en la que compraste las 100 primeras.
Un saludo.
cobra · 2013-01-16
Hola buenas tardes,
Querria una aclaración para saber si lo he entendido bien,
Suponiendo que como situacion de partida tengo 100 acciones compradas a 10 euros cada una con una inversion total de 1000 euros. Estas me generan 100 derechos que la empresa me los paga a 1 euro y el mercado me los compra a 2 euros. Ofreciendome la empresa si quiero acciones 1 accion por cada 10 derechos.
Respecto a los script dividends y segun lo que le has comentado a Fernando más arriba entiendo que existen las siguientes opciones:
[u]1) Vender los derechos de la ampliación de capital a la empresa, al precio fijo que marca esta. En este caso la tributación es la misma que si fuera un dividendo (aunque no lo sea), y es la que te he explicado más arriba.[/u]
En este caso obtendria 100 euros de los que me retendrian inicialmente 21% y luego segun como acabara el año me devolverian o me retendrian lo que correspondiera.
Por otro lado si yo quisiera vender posteriormente estas acciones el precio de adquisicion a considerar seguiria siendo 10 euros por accion.
[u]2) Vender los derechos de la ampliación de capital en el mercado, al precio que puedas en el momento en que des la orden de venta. [/u]
[i]En este caso la tributación es la de las ampliaciones de capital liberadas, que básicamente consiste en que no te van a retener nada por la venta de esos derechos, y no tendrás que pagar nada hasta que no vendas las acciones, sea cuando sea. Llo que se hace es reducir el precio de compra de las acciones en la cantidad recibida por la venta de los derechos, y ese precio de compra "recalculado" es el que se utilizará para calcular la plusvalía cuando vendas las acciones[/i]
En este caso obtendria 200 euros de los que no me retendrian nada.
Por otro lado si yo quisiera vender posteriormente estas acciones el precio de adquisicion a considerar seria de 8 euros por accion (10-2).
[u]3) Obtener acciones.[/u]
En este caso obtendria 10 acciones(100 derechos / 10 derechos por accion) .
Por otro lado si yo quisiera vender posteriormente estas acciones el precio de adquisicion a considerar seria 1000 euros por 110 acciones= 9,09 euros por accion.
Finalmente una ultima pregunta, en el caso 2 puede darse la casuistica en un momento dado en el tiempo que dicho valor sea negativo. ¿Que pasaria entonces?
Gracias por la ayuda que aportas. Pues la web contiene informacion muy interesante.
Invertir en bolsa · 2013-01-17
Hola cobra, y gracias.
Lo has entendido perfectamente.
Puede pasar lo que dices en el caso 2, que con el tiempo el precio de compra de las acciones caiga hasta 0. Una vez que eso pasa, se tributa como si fuera un dividendo.
Por ejemplo, si tienes unas acciones con un precio de compra de 0,25 euros y vendes derechos a 1 euro, el precio de compra de las acciones pasa a ser 0, y los otros 0,75 euros tributan como si fueran un dividendo. Todos los derechos que vendieras a partir de ese momento tributarían como dividendos.
Un saludo.
JUAN ANTONIO · 2013-03-26
Creo que el ejemplo de tributación por cobro de 30.000,-eur de dividendos está mal resuelto.
Lo correcto creo que es: 30.000,-- menos 1.500 de exención nos queda en 28.500
y sobre esta cantidad aplicaremos la escala: hasta 6000, el 21%
de 6.000 24.000 el 25% y los 4.500,-- restantes al 27%
Invertir en bolsa · 2013-03-27
Hola Juan Antonio,
Ya he corregido la errata.
Muchas gracias por avisarme.
Marce · 2013-04-04
En el dividendo extraordinario de diciembre de Ebro Food, ellos pagaron la retencion a Hacienda. ¿Como declaró esto yo a Hacienda?
juan · 2013-04-06
He vendido acciones por valor de 7000 euros pero sin sacar veneficio de cuando las compre. Aun asi me retiene acienda o solo por los veneficios obtenidos.
El Aprendiz de Bolsa · 2013-04-10
Espero que algún día cambien esta fiscalidad y hagan las cosas más fáciles. porque me parece un verdadero atraco a mano armada que Hacienda se lleve tanto dinero, y más teniendo en cuenta el tiempo vital que nos ha costado ganar. Es incomprensible y realmente exagerado que se pierda casi un 50% de rentabilidad (teniendo en cuenta el beneficio bruto por acción) por culpa de los impuestos. A dónde vamos a llegar...
¿Hay alguna manera legal de evitar este atraco?
Invertir en bolsa · 2013-04-11
Hola,
Marce, es una operación complicada, así que he tenido que preguntar a Ebro. Te copio la respuesta que me han enviado:
1.-) Dividendo en Especie: Habrá que declarar un rendimiento del capital mobiliario en especie (dividendo) igual al número de acciones recibidas multiplicado por 14,20, que es el valor de cotización de la acción el día de la entrega (será el importe íntegro del dividendo en especie).
Asimismo, en relación con este dividendo habrá que declarar que se ha soportado un ingreso a cuenta repercutido (es repercutido ya que dicho ingreso a cuenta ha sido soportado por el propio accionista –i.e. lo ha costeado él- al no recibir el neto del dividendo en metálico correspondiente a acciones que son múltiplos de 99). Luego tendremos:
Importe Íntegro = 14,20 x número de acciones recibidas.
Ingreso a cuenta repercutido = 3,42594 euros por cada acción recibida: A efectos explicativos, esta cifra sale de multiplicar el coste de adquisición para EBRO de la cartera distribuida (13,595 euros por acción), por 1,2 (elevarlo al 20%, que es lo que establece la norma de IRPF) y aplicarle el 21% (que es el tipo con el que se calcula el ingreso a cuenta).
2.-) Dividendo en metálico: Habrá que declarar un rendimiento del capital mobiliario en metálico (dividendo) igual a la suma de las siguientes cantidades a) y b) (será el importe íntegro):
Número de acciones que se poseían antes del reparto de este dividendo en especie multiplicado por 0,043804373 (llamémosle, Dividendo bruto a)).
Número de acciones que se poseían antes del reparto de este dividendo en especie que NO son múltiplos de 99 (será un número entre 0 y 98 ) multiplicado por 0,14343434343 (i.e. 14,20 / 99 acciones nos da el dividendo en especie que corresponde a cada acción de la que fuera titular cada accionista). Este importe se corresponde con el dividendo “en especie” correspondiente a acciones que no son múltiplos de 99 (i.e. como no puedes recibir un trozo de 1 acción, lo que hace la compañía es entregarte en dinero el valor de la “porción” de acción a la que tendría derecho el accionista en esos casos en que el número de acciones de las que sea titular no sea múltiplo de 99. De esa forma logras que el tratamiento sea igual para todos los accionistas. Como se recibe cash, se declara como un dividendo en metálico más).
A este dividendo en metálico resultante de la suma de a) + b) (importe íntegro en metálico) le corresponderá una retención que deberá declarar el accionista en su declaración del IRPF. Dicha retención solo se ha practicado en el caso del dividendo llamado a) (el llamado b) no ha soportado retención. Resultará en una cantidad insignificante a pagar por el accionista debido, precisamente, a que no ha soportado una retención al percibir ese importe).
La retención que el accionista deberá consignar en su declaración será igual al número de acciones que se poseían antes del reparto del dividendo en especie multiplicado por 0,00919891 euros.
Nótese, que del importe del dividendo en metálico el accionista solo habrá recibido de manera efectiva en su mano la parte correspondiente a (i) el importe (neto de retención: i.e. 79%) del dividendo correspondiente a acciones que no sean múltiplos de 99; y (ii) el importe (que no ha soportado retención) igual a 0,143434343 euros por el número de acciones que se poseían antes del reparto de este dividendo en especie que NO son múltiplos de 99. El resto del neto de este dividendo en metálico (es decir, después de soportar la retención del 21%) se “ha usado” para pagar el ingreso a cuenta del dividendo en especie. Por eso no se ha cobrado).
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-04-11
Hola,
Juan, Hacienda no te retiene por la venta de acciones, sea con beneficios o pérdidas.
Todas las ventas que hagas las tiene que incluir en la declaración del IRPF, pero sólo pagarás por los beneficios (si los hay), no por el importe de la venta.
Aprendiz de Bolsa, estoy de acuerdo contigo, pero no conozco ninguna forma de evitarlo para un inversor normal y corriente (entiendo que no vas a cambiar tu residencia a Suiza, etc).
Un saludo.
tito · 2013-04-11
Buenas, he vendido unas acciones que compró mi padre en el año 1975 más o menos. El valor de compra fue de 250.000 pts de la época y ahora me han dado 1 euro por ellas (de hecho la empresa ya ni cotiza). ¿Cómo declaro esto? El precio de compra ¿de donde lo saco? porque lo sé "de boquilla" no tengo documentos de compra del año 73.
Si vendes parte de las acciones que tengas, para hacienda el precio ¿Cuál es? Me refiero que si compras en tres o cuatro veces, obtienes el precio medio de compra, que es con el que te mueves pero ¿PARA HACIENDA COMO LO HACES? por ejemplo. compras 5000 acciones a 7,33eur y 4000 a 6,30eur y 3000 a 4,5eur ... si vendo solo 3500 acciones a 6,25eur por ejemplo, es correcto si declaro que he comprado 3500 acciones a 7,33 y las he vendido a 6,25 declarando perdidas? FIFO (first in, first out). Imagino que cuando tenga una segunda venta de 5000 acciones por ejemplo, tendre que poner precio de compra de las primeras 1500 a 7,33 y el resto hasta las 5000 (3500) al precio de compra de 6,30 ¿es correcto?
Invertir en bolsa · 2013-04-12
Hola Tito.
Entiendo que tu padre ya falleció y que las acciones son heredadas.
Si es así, el precio de compra (para tí) es el de la cotización en la fecha de faleccimiento. Este es el precio que se usa en el Impuestos de Sucesiones, y por eso es tu precio de compra (porque ya has pagado un impuesto, el de sucesiones, valorando las acciones a X, la cotización el día del fallecimiento).
Al venderlas ahora, la minusvalía la calculas con ese precio de compra (el de la fecha de fallecimiento) y el precio al que las vendas tú en la actualidad. Esa minusvalía la podrás compensar con otras plusvalías de acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
El FIFO se aplica como dices, el ejemplo que has puesto es correcto.
Un saludo.
tito · 2013-04-12
Gracias por la respuesta. Queda claro.
Sí, las acciones han sido heredadas.
salu2
Marce · 2013-04-12
Si tengo 54 acciones de Ebro ¿Por que cantidades y en que casillas de la declaración de la renta las debo meter?
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-15
Hola,
De nada, Tito.
Marce, tu caso es el punto 2).
Primero tienes que multiplicar:
54 x 0,14343434343 = 7,75 euros.
54 x 0,043804373 = 2,37 euros.
La suma son 10,12 euros (7,75 + 2,37). Esta cifra la tienes que poner como dividendo bruto, junto con los demás dividendos brutos, y en la misma casilla.
Como retención (junto con las demás retenciones) tienes que poner:
54 x 0,00919891 euros = 0,50 euros.
Un saludo.
Marce · 2013-04-15
Muchas gracias por buscar la respuesta.
Jose · 2013-04-16
Hola, he estado echando un vistazo a todas las respuestas y no consigo aclararme bien (perdón por mi desconocimiento fiscal) de cómo declarar una venta de acciones del Santander.
-noviembre de 2011: compro 1000 acciones del Santander por 5600 euros
-noviembre de 2012: vendo 1100 acciones del Santander por 5900 euros
Esas 100 acciones de más son resultado de haber elegido las acciones en concepto de dividendos.
¿Cómo tengo que declarar esa venta exactamente?
Gracias, un saludo
Perdigón · 2013-04-16
Perdona IEB, te he preguntado en el otro hilo, pero viendo la respuesta a Marce, con 120 acciones sería:
1 acción que recibes (1 por cada 99), ¿como un dividendo de 14,20 eruos sin retención y un repercutido de 3,42594 euros?
Un dividendo bruto de:
120x0,14343434343=17,21 euros
21x0,043804373 =0,92 euros
Total= 17,21+0,92=18,12 euros brutos y retención 18.12x0,00919891=0,17 euros
Según lo que leo serí ala final un dividendo bruto de 14,20+3.42594+18,12 y retención 0,17 eruos
¿Sería pues así? es que me parece raro y respecto a la acción entregada ¿cómo se imputa ante hacienda? Es decir, esa acción nueva es como una procedente de una ampliación, que minusvalora el precio de adquisición ¿o se imputa como lo he calculado más arriba?
Es que creo que no había leído nada hasta el momento de los dividendos en especie.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-18
Hola,
De nada, Marce. Es un caso complicado, así que tuve que consultar directamente a Ebro Foods.
Jose, como has vendido todas las que tenías el cálculo es muy fácil, ya que en el IRPF no tienes que poner el precio por acción, sólo el importe total. En el campo "Importe de la compra" (o similar, ahora mismo no recuerdo el literal exacto) pones 5.600 euros, en el campo "Importe de la venta" pones 5.900 euros, y ya está, el PADRE te hará los cálculos automáticamente, tú ya no tienes que hacer nada más.
Perdigón, esta operación es muy extraña.
1) [b]Acción recibida[/b]Entiendo que tienes que declarar un dividendo en especie de 14,20 (brutos), de los que te han retenido (repercutido) 3,42594 euros.
2) [b]Picos (21 acciones restante)[/b]:
21x0,14343434343=3,01 euros
21x0,043804373 =0,92 euros
Suma de ambos 3,93 euros. Esto es un dividendo bruto, a añadir a los demás dividendos brutos.
Como retención (a sumar a las demás retenciones que tengas) tienes que poner: 21 x 0,00919891 euros = 0,19 euros.
Entiendo que es así.
Un saludo.
Perdigón · 2013-04-18
Muchas gracias, jefe. Realmente es muy extraña.
La duda que me quedaría (con independencia de que lo haya entendido) es cómo declarar el retenido de 3,42594. Entiedno que es como la retención a cuenta que te hacen en la nómina o en un recibo, a descontar de la parte a pagar. ¿Es así?
Invertir en bolsa · 2013-04-19
Hola Perdigón.
Eso lo metes con las demas retenciones de los dividendos que hayas cobrado.
Por ejemplo, si has cobrado 1.000 euros de dividendos normales y te han retenido 210 euros, en la casilla de las retenciones de los dividendos pones 210 euros + esa cifra.
Un saludo.
Perdigón · 2013-04-19
De acuerdo, entonces nada d eparticular. Realmente espero que los pagos de dividendos en especie no sean tan liosos. Lo digo porque me gustaría comprar en el futuro por ejemplo de ZOT, y no quoero estar todos los años haciendo sudokus para la renta...
Invertir en bolsa · 2013-04-19
Hola Perdigón,
Yo no recuerdo otro caso como este. Lo de Zardoya, Abertis, etc, son ampliaciones de capital liberadas normales y corrientes, nada que ver con esto, así que no te preocupes por eso.
Un saludo.
tito · 2013-04-23
Hola,
quería preguntar ¿Cómo puedo declarar 2000 euros que transferí a IGMARKETS para operar con CFDs y que al final perdí?
Al ser una transferencia a una web de este tipo, desconozco si se puede declarar y como se hace. Me podeis ayudar? Gracias,
fausto · 2013-04-28
Dudo si crear una sociedad limitada para el siguiente caso:
Tres socios que facturan 100.000.-€ por honorarios profesionales. Gastos deducibles insignificantes. Beneficio de la S.L. 100.000 € anuales.
Leyendo su información deducimos:
Pago de Impuesto de sociedades unos 25.000.-€ Beneficio después de impuestos 75.000.-€
Cada socio obtiene al año, por reparto del beneficio, 25.000.-€
Si cada socio incluye esos 25.000.-€ de beneficio en IRTP (declaración de la renta) como dividendos o rendimiento del capital mobiliario pagaría otros 5.637.-€
¿Es correcta la interpretación?
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola,
Tito, las pérdidas en CFDs se declaran igual que en los futuros, por ejemplo. La pérdida se produce en el momento en que cerraste cada operación. La transferencia que hiciste al broker no es importante, lo que importa son las fechas de cierre de las operaciones que hiciste con CFD. Las que cerraras en 2012 las tienes que poner en la declaración de 2012, las que cerraras en 2013 en la declaración de 2013, etc.
Fausto, no conozco la fiscalidad de las SL con detalle, pero lo que comentas es correcto. Primero tendríais que pagar el IS, y después tendríais que pagar cada uno de vosotros el IRPF por los de los dividendos que cobréis de la SL. Para la cifra que comentas, creo que es mejor no hacer la SL, y que cada uno de vosotros cotice como autónomo.
Un saludo.
Jose Fdez · 2013-05-07
Buenas IEB, tengo una duda, aunque ya he ejecutado la orden ... y creo que no tuve en cuenta los 2 meses antes/después.
He comprado ANA el 2MAY13, aunque en el broker pone que la fecha de ejecución es 7MAY13, no sé que querrá decir esto.
Si el reparto del scrip dividend (suponiendo que ANA use eso) lo hace el 1JUL13, el cobro de dividendos NO estará exento si vendo el 10JUL13 al no haber pasado los dos meses previos, ¿cierto? ¿Es una cagada la fecha de compra? XD
Muchas gracias, un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-05-08
Hola Jose,
No te preocupes. A los script dividends no les afecta esto, porque la fecha de adquisición de esas acciones no es la de la ampliación de capital, sino la fecha de compra de las acciones que originan ese script dividend.
Es decir, si el 1 de Julio Acciona te da 10 acciones como script dividend, la fecha de compra (para Hacienda) de esas acciones no es el 1 de Julio, sino el 2-7 de Mayo (la que sea correcta).
Un saludo.
Jose Fdez · 2013-05-08
Buenas IEB,
creo que no me he explicado bien. Mis dudas venian referentes a la excencion de los primeros 1500€ para la renta a la que se tiene derecho al haber comprado dos meses antes o vender dos meses despues de la obtencion del dividendo.
¿esa excencion solo es aplicable a los dividendos "reales" o tambien a la nueva modalidad de vender los derechos a la empresa (scrip dividend)?
Gracias, un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-05-09
Hola Jose,
La venta de los derechos de las ampliaciones de capital a la empresa tributa como si fuera un dividendo (aunque no lo sea), y por tanto también se benefician de la exención de los primeros 1.500 euros.
Un saludo.
Jose Manuel · 2013-05-11
Hola buenos días, llevo unos día que estoy realizando compra de acciones que las ejecuto tanto la compra como la venta en el mismo día, quisiera saber que tipo de retención se le aplica a dichas operaciones, sabiendo que hasta el día de hoy ninguna de ellas a superado los 200 euros, un saludo y gracias por su respuestas.
Invertir en bolsa · 2013-05-13
Hola José Manuel,
Las ventas de acciones nunca llevan retención, idependientemente de su importe o su plazo.
Con lo que sí tienes que tener cuidado es con la "regla de los 2 meses", para la compensación de las minusvalías:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_compensacion_minusvalias_evitar_regla_2_meses.htm]Cómo evitar la regla de los 2 meses en la compensación de minusvalías[/url]
Un saludo.
Oscar · 2013-05-15
Buenos dias
Viendo en un comentario anterior q las aciones heredadas tributan al precio del dia de la herencia, me surge una duda.
Te expongo el caso:
Mi padre tiene acciones de SAN y en los dividendos opta por vender derechos a mercado y otras en quedarse las acciones (cobra en especie).
Si en el momento de heredar acciones (ESPERO QUE PASEN MUUUUUUCHOS AÑOS) dices que se tributa en el impuesto de sucesiones al precio de la accion de ese dia, entonces, ¿esas acciones no se verian afectadas por su historia, es decir, decrementado el precio de compra en funcion de los dividendos cobrados?
Gracias por la respuestas.
Un saludo
Invertir en bolsa · 2013-05-16
Hola Oscar,
Tienes que diferenciar tu fiscalidad de la de tu padre.
Supongamos que el compró las acciones originales del Santander a 5 euros. Después de muchas ampliaciones de capital liberadas, su precio de compra baja a 3 euros. Si tu padre, en vida, vende esas acciones, tendrá que calcular la plusvalía / minusvalía utilizando como precio de compra 3 euros.
Supongamos que tu padre nunca vende esas acciones, y pasan a tus manos dentro de muchos años. Imaginemos que el día del fallecimiento el Santander cotiza a 50 euros.
En este caso, tu precio de compra (para calcular plusvalías / minusvalías en caso de venta) serían 50 euros, y si hubiera Impuesto de Sucesiones tendrías que pagarlo valorando las acciones a 50 euros. En caso de herencia, te da igual el precio al que comprará las acciones tu padre, y si se fue modificando con ampliaciones de capital liberadas, etc.
Un saludo.
Ana · 2013-05-22
Buenas tardes,
Quería hacer una consulta acerca de las retenciones de los dividendos a cuenta.
Estaba interesada en saber si, así como en las retenciones del trabajo se puede pactar con la empresa lo que quieres que te retengan, ¿esta opción existiría para las retenciones aplicadas en la distribución de un dividendo a cuenta?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo
Invertir en bolsa · 2013-05-23
Hola Ana,
No, eso no es posible. La retención es del 21% para todos los dividendos (a cuenta, complementarios, etc), y es la misma para todo el mundo.
Un saludo.
Chema · 2013-05-28
Hola,
Compre 1.000 Eur en acciones en noviembre del 2012 (valor patrimonial 1.015,51 Eur), es la primera vez que compro acciones y tengo nada claro si debo ponerlas en la Declaración de la Renta.
He leido algo por en algunas webs y me daba la impresión de que solo debo incluirlas cuando las venda, cosa que aún no he hecho.
Me podrias ayudar un poco ?
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2013-05-28
Hola Chema,
Efectivamente, hasta que no las vendas no debes poner nada en el IRPF (salvo los dividendos que cobres de ellas, claro).
Un saludo.
Jaime · 2013-06-05
Hola:
Tengo una duda:
En un mismo pago de dividendos de una empresa, puede haber parte que estén exentos de tributar porque provienen de acciones de más de 2 meses y parte que se tribute porque provienen de acciones que no tienen la antigüedad necesaria?
Guillermo Contreras · 2013-06-07
Buenas noches, en la información facilitada por mi banco respecto a los dividendos me aparecen 8 registros con un rendimiento íntegro de 0 euros y 289,31 euros de gastos deducibles, pero la AEAT no los ha incluido, ¿Cómo debo de actuar?. Muchas gracias por adelantado
Invertir en bolsa · 2013-06-10
Hola,
Jaime, sí, se puede dar ese caso.
Guillermo, los datos de la AEAT son lo mejor que tienen en ese momento en Hacienda, pero tú tienes que poner los reales. En este caso, pon esos gastos en la casilla 024.
Un saludo.
Nanoeconomista · 2013-09-23
Me gustaría comentar el caso práctico.
Tal vez lo correcto sería:
[i]"Si un inversor cobra 30.000 euros de dividendos, en el momento del cobro tendrá una retención de 6.300 euros (el 21% de 30.000). Al hacer la declaración la cantidad real a pagar será de:
Por los primeros 1.500 euros no pagará nada
[b]Entre 1.500,01 y 6.000 euros pagará el 21%; 945 euros (el 21% de 4.500)[/b]
Entre 6.000,01 y 24.000 pagará el 25%: 4.500 euros (el 25% de 18.000)
[b]Entre 24.000,01 y 30.000 pagará el 27%: 1.620 euros (el 27% de 6.000)[/b]
La cifra total a pagar es de 7.065 euros (945 + 4.500 + 1.620). Como le habían retenido 6.300 euros, al hacer la declaración tendrá que pagar otros 675 euros (7.065– 6.300 = 765)."[/i]
Invertir en bolsa · 2013-09-23
Hola Nanoeconomista,
No es así, lo correcto es como está puesto en el artículo.
Se paga el 21% por los 6.000 primeros euros que hay que pagar, es decir, después de restar los 1.500 euros exentos.
Así que pagas el 0% hasta 1.500, el 21% entre 1.500,01 y 7.500, etc.
Un saludo.
Nanoeconomista · 2013-09-23
Es como dices. Gracias.
JK · 2013-10-04
Hola,
Me queda la duda de si los rendimientos obtenidos por bonos obligatoriamente convertibles a acciones, también podrían entrar en los 1.500E exentos de pago de IRPF. Me refiero a los bonos que te dan un % sobre el valor de cotizacion de la accion en las fechas marcadas, y con los que luego adquieres acciones a un precio pactado previamente.
Invertir en bolsa · 2013-10-07
Hola JK,
No, los intereses que pagan esos bonos tienen la misma fiscalidad que los de los bonos "normales", y por tanto no entran en los 1.500 euros exentos de los dividendos de las acciones.
Un saludo.
jesperez · 2013-10-14
Se me plantea la duda de la fiscalidad en sociedades de un dividendo de General Electric (Dow Jones).
2000 acciones compradas el 22/04/2013 dividendo cobrado el 20/06 con el siguiente detalle:
0,19 $ x 2000 = 380 $
Ret. 67,83 $
Ret. ext 57.- $
Com. 0,95 $
Abono 191,86 € (cambio 0,754716 € x $)
Si ya de paso me puede indicar cómo contabilizar pues ideal.
Invertir en bolsa · 2013-10-15
Hola jesperez,
Yo conozco la fiscalidad del IRPF, pero no la de Sociedades, lo siento.
Un saludo.
carlos · 2013-10-30
hola, mi pregunta es la siguiente..si el beneficio es de 1800.. cuanto se tributa.. me refiero arriba pones que ya cobre lo q cobres al principio es el 21%.. con lo cual sería 378
los 1500 exentos.. con lo que quedarian 300 euros se hace el 21 de 300 y se resta a los 378? queda negativo.. eso no es normal verdad
o es 1800 x 21% y luego ya nada mas por que si le restas los 1500 exentos queda 300 que no llega al tramo 1500,01-7500?
gracias un saludo
Invertir en bolsa · 2013-10-31
Hola Carlos,
Si cobras 1.800 euros de dividendos te retienen 378 euros, porque en el momento del pago te retienen siempre.
Después, al hacer la declaración del IRPF, los primeros 1.500 euros están exentos, con lo que realmente tienes que pagar 63 euros (el 21% de 300).
Como te han retenido 378 euros y tienes que pagar 63 euros, te devuelven 315 euros.
Un saludo.
Graci · 2013-11-18
Buenos días,
Querría empezar a invertir, pero tengo algunas dudas:
La exención de los 1.500 primeros euros, se aplica solo a dividendos o también a beneficios por venta de acciones?
Siendo yo estudiante sin ningún tipo de ingresos, a partir de qué cuantía estaría obligada a declarar? Entendí en otro comentario que debo declarar igual para recuperar la retención de esos 1.500, no?
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-11-18
Hola Graci,
La exención de los 1.500 primeros euros es sólo para los dividendos, no para la venta de acciones. Esta exención compensa, aunque de forma mínima e insuficiente, el dinero que ya has pagado como dueña de esa empresa por el Impuesto de Sociedades. Por eso se aplica a los dividendos, porque el dinero que cobras como dividendo ya ha pagado el Impuesto de Sociedades. Es dinero que se grava 2 veces, lo cual es claramente injusto, esta pequeña exención pretende compensar mínimamente esa injusticia.
Si tus ingresos totales (dividendos, intereses de depósitos, venta de acciones, fondos, etc) son inferiores a 1.600 euros no tienes obligación de declarar. Pero si no declaras no te devolverán lo que te han retenido, efectivamente, por lo que te interesa declarar.
El Estado exime de la obligación de declarar a aquellos grupos de personas que casi seguro que les sale la declaración a devolver, para que muchos de ellos no hagan la declaración, por pereza, y quedarse su dinero.
Un saludo.
Fiódor · 2013-11-19
Hola,
Es posible que mi pregunta ya la hayan planteado de otra forma, pero no me queda claro. Pido disculpas de antemano si ya ha sido tratada esta cuestión.
Sobre la exención de los primeros 1500 euros de dividendos, entiendo que se refiere al total de dividendos percibidos en el ejercicio, independientemente de que procedan de diferentes sociedades. ¿O bien se trata de una exención de 1.500 euros para cada dividendo?
Y, si no es mucha molestia, me gustaría saber también si tiene alguna relevancia a efectos de IRPF que los dividendos procedan de una sociedad con domicilio en Italia.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-11-22
Hola Fiodor,
Son 1.500 euros al año exentos del total de las acciones que tengas, no 1.500 euros por empresa.
La fiscalidad de los dividendos que se cobran de empresas extranjeras es distinta a la de los dividendos de empresas españolas. La tienes en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-pagados-por-empresas-extranjeras-ejercicio-2012-declaracion-que-se-presenta-en-mayo-junio-de-2013.htm]Dividendos cobrados de empresas extranjeras en el ejercicio 2012[/url]
Un saludo.
Lorenzo · 2014-01-05
Buenos días IEB,
Tengo una duda a la hora de hacer la declaración, a nivel de detalle en programa PADRE.
Me queda claro que es en la casilla 029 en donde se refleja lo que tenemos que pagar de impuestos (es decir, la diferencia entre los dividendos generados menos los 1500€). Pero para mi por lo menos esta información no es completa, lo que a mi me interesa saber es lo que ya he pagado ya de impuestos. Creo que me explico mejor con un ejemplo.
Supongamos que cobro 1000€ de dividendos. Me ingresan en cuenta 790€ y me retienen 210€. En la casilla 029 no me aparece nada, pues estoy exento de pagar por tener dividendos
LorenzoHB · 2014-01-05
Perdón se ha quedado cortado vuelvo a repetir la pregunta
Buenos días IEB,
Tengo una duda a la hora de hacer la declaración, a nivel de detalle en programa PADRE.
Me queda claro que es en la casilla 029 en donde se refleja lo que tenemos que pagar de impuestos (es decir, la diferencia entre los dividendos generados menos los 1500€). Pero para mi por lo menos esta información no es completa, lo que a mi me interesa saber es lo que ya he pagado ya de impuestos. Creo que me explico mejor con un ejemplo.
Supongamos que cobro 1000€ de dividendos. Me ingresan en cuenta 790€ y me retienen 210€. En la casilla 029 no me aparece nada, pues estoy exento de pagar por tener dividendos
Lorenzo · 2014-01-05
Supongamos que cobro 1000€ de dividendos. Me ingresan en cuenta 790€ y me retienen 210€. En la casilla 029 no me aparece nada, pues estoy exento de pagar por tener dividendos
Invertir en bolsa · 2014-01-07
Hola Lorenzo,
Pincha en la casilla 024, y en el desplegable que se abre tienes un campo, "Retenciones", que es lo que te han retenido al pagarte los dividendos.
Un saludo.
Lorenzo · 2014-01-12
Perfecto, muchas gracias. Una cosa más, viendo el desglose de lo retenido, obviamente he pagado más por los primeros 1500, que me retuvieron a pesar de estar exento.¿en qué lugar de la declaración se muestra cómo me devuelven ese importe? que son 1500*0.21=315€ si no me equivoco
Invertir en bolsa · 2014-01-13
Hola Lorenzo.
Lo ves en la casilla 024, ahí tienes el desglose.
Un saludo.
ana · 2014-01-14
Buenas noches.
Me gustaría saber si los accionistas de una empresa de Perú, al repartir beneficios y traerse el dinero a España, tendrían que tributar también aquí, aún habiendo tributado en Perú por esos beneficios.
Un saludo,
ALVAZ · 2014-01-15
Hola, yo he tenido varios ingresos durante 2013 que no sé como declararlos, concretando:
Bueno, resido en el Pais vasco y tenemos un programa para simulación descargable desde la web rentaraba,
1-Intereses de Depósitos, fondos etc, retenido ya el 21, (esto si que tengo idea)
2-Dividendos, que no superan los 1500, pero de los cuales ya me han retenido el 21
3-He vendido en el mercado, los llamados dividendos opción.
4-He obtenido plusvalías de venta de acciones.
Pues la duda es como meto, los ptos. 2,3,4, en el programa, sé que manejáis el programa de Hacienda (agencia tributaria), pero entiendo que los nombres serán parecidos.
Otra ¿hacienda tendrá los datos de las plusvalías obtenidas facilitadas por mi banco?, así no tengo que cascarme la cabeza.
Muchas gracias
Saludos
Invertir en bolsa · 2014-01-15
Hola Ana,
No, por traer dinero a España no tienes que pagar a la Hacienda española.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-01-15
Hola Alvaz,
Ese programa no lo conozco. ¿Los números de las casillas son los mismos que en el PADRE? Mira a ver si en la casilla 024 es donde metes los diividdendos que hayas cobrado.
Si los puntos 1,2 y 4 no superan los 1.600 euros no tienes obligación de hacer la declaración, aunque te interesará hacerla, para que te devuelvan lo retenido.
Hacienda no facilita el cálculo de las plusvalías, lo tienes que hacer tú.
Un saludo.
Juan · 2014-01-15
El santander ofrece un dividendo al cual se puede optar de tres formas, adquiriendo acciones, efectivo con retención fiscal o venta derechos al mercado sin retención fiscal. Si te acojes a la venta al mercado sin retención fiscal, de que forma repercute, fiscalmente hablando. Aunque dependera de la situación de cada uno ¿Cuál es la mejor opción? Gracias.
ALVAZ · 2014-01-16
Hola, muchas gracias, comentando un poco el asunto, aqui la hacienda de alava, nos facilita un simulador de renta y despues en abril nos envia una propuesta de declaracion, si estas de acuerdo, la aceptas y si no pues no. Estoy liado con el programa simulador, de ahí mis dudas, porque a fecha de hoy, hacienda no tiene disponibles mis datos de 2013 y todos los datos hay que meterlos a mano, en abril el programa se conecta via internet a la web de hacienda y ahi estan los datos y con ellos te meten el sablazooo.
La duda de las plusvalias, me surje porque yo apunto cada aperacion que hago, y la verdad es que el año pasado los datos de hacienda se ajustaban a lo que tenia yo apuntado, pero despues de entrar en vuestra web, me ha hecho ver que el asunto de la bolsa y su tributacion no es como yo pensaba y queria una confirmacion para mi tranquilidad.
En el programa simulador, hay un apartado para los intereses de fondos etc..y metes el bruto y la retencion, esto es facil, luego hay apartado de "ganacias y perdidas patrimoniales", donde hay un aptdo de acciones, que hay que ir operacion por operacion, y tengo unas cuantas, por ello busco algo mas sencillo, donde se pudiera meter las plusvalias de golpe, Tenia que haber una casilla "Ponga usted aquí sus plusvalias en bolsa" = xxx
No me has comentado nada de los dividendos opcion, ¿donde puedo meterlos?
Por cierto, ¿las comisiones de custodia de valores se pueden desgravar?
Muchas gracias y saludos
Invertir en bolsa · 2014-01-16
Hola Juan,
La mejor alternativa depende de la estrategia de inversión de cada uno. Si inviertes a largo plazo, y salvo alguna circunstancia particular, creo que lo mejor es que acudas a esas ampliaciones de capital liberadas (no dividendos):
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-flexibles-dividendos-eleccion-o-script-dividends.htm]Fiscalidad de los script dividends[/url]
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=943]Las ampliaciones de capital liberadas no suponen ninguna remuneración[/url]
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-01-16
Hola Alvaz,
No conozco ningún programa que se metan las plusvalías de golpe. Aunque al ser un simulador, puedes hacer tú la suma y meterlo como si fuera una única operación, el resultado que te dé va a ser el mismo que si las tecleas una a una.
La venta de derechos no tributa al vender los derechos, lo que hace es rebajar el precio de compra de tus acciones. Hasta que no vendas las acciones, si las vendes, no tendrás que pagar por la venta de esos derechos:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-flexibles-dividendos-eleccion-o-script-dividends.htm]Fiscalidad de los script dividends[/url]
Las comisiones de administración se desgravan, sí. En el PADRE se ponen también en la casilla 024.
Un saludo.
ana · 2014-01-16
Muchas gracias por tu respuesta, pero creo que no debí plantear bien mi pregunta. Los casos son los siguientes:
1.-
- una sociedad constituida en Perú y compuesta por españoles realiza actividades de servicios profesionales en Perú
- paga los impuestos correspondientes allí
- reparte beneficios entre sus socios
- los socios al recibir esos beneficios pagan los impuestos correspondientes como residentes en Perú o como extranjeros.
- ese dinero ya está totalmente declarado, justificado, etc. en Perú.
¿qué tratamiento fiscal tiene al retornar a España?
Ampliable a otros países Colombia, Costa Rica, Panamá, Uruguay
2.-
- Una sociedad española desarrolla servicios en Perú
- paga sus impuestos allí
- cuál es la situación fiscal a llegar ese dinero a España?
Ampliable a otros países Colombia, Costa Rica, Panamá, Uruguay
Muchas gracias y un saludo
ALVAZ · 2014-01-17
Hola, buff, lo tengo claro.
Muchas gracias, aclarado pero "mas matao"
Saludos
ALVAZ · 2014-01-17
Hola,
si vendo acciones generando minusvalias, y acto seguido compro acciones, incumplo la regla de los 2 meses, por lo tanto ¿pierdo para siempre la posibilidad de compensarlas o bien se anularia y en la siguiente venta podría hacerlo?
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2014-01-17
Hola Ana,
1) No pagas nada. Son personas físicas que traen dinero a España, no tienen que pagar nada por traer ese dinero.
2) Eso es del Impuesto de Sociedades, no sé responderte, lo siento.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-01-17
Hola Alvaz,
Al incumplir la regla de los 2 meses la posibilidad de compensar la minusvalias queda bloqueada, hasta que cumplas esa regla. Y para eso no hay límite de tiempo. Si al cabo de 6 años, por ejemplo, vendes las acciones y cumples la regla de los 2 mees, entonces te podrás compensar esa minusvalía.
¿Por qué te he "matao" :) ? La fiscalidad de las operaciones que me has preguntado no es mala. Por la venta de los derechos de momento no pagas nada, y las comisiones te las puedes desgravar.
Un saludo.
Juan · 2014-01-17
Mi duda es si realizo la venta de derechos en el mercado al no tener retención fiscal, si esta retención hay que declararla en la declaración de la renta. Si esto es negativo de que manera influye en mi cartera de acciones y por que te dan a elegir entre venta de acciones al banco con retención fiscal o venta de acciones en el mercado sin dicha retención. Gracias de antemano y perdón por las posibles molestias. Un saludo.
ALVAZ · 2014-01-17
Hola "info bolsa", mas matao en el sentido, de que he hecho unas cuantas operaciones, he vendido derechos, cogido acciones..., a medida que leo este foro me voy enterando de cosas, claro yo tengo anotadas todas mis operaciones de bolsa, a parte de la info que me facilita mi banco, y haciendolo sencillo yo del SAN, tengo compradas acciones a varios precios, yo no he tenido en cuenta que cuando te dan acciones, realmente el precio de tus acciones se ve modificado, yo he pensado siempre, tengo x acciones a 7 euros, vale pues cuando llegue a 7.30 me desharé de esas x acciones con plusvalias, y me quedaran x compradas a 8 y x a 8.30, claro yo hoy por hoy puedo esperar, si tuviera que vender las acciones a un precio inferior tendría las minusvalias, no sé si me explico, bueno, tengo que adquirir conocimientos, porque veo que todas mis operaciones ahora mismo....que tengo un follon para cumplir con el fisco.
Mi banco me da un informe de de plusvalias y no me encajaba con lo que yo tenia, hasta que me has dicho que cuando vendes "dividendo opcion" al mercado sólo tienes que declarar si vendes las acciones, claro y yo he vendido parte, por lo tanto hay que hacer las "cuentas", de unas cuantas operaciones, vamos que tengo bastante lio, que aún no tengo totalmente claro de como se hace
No me enrollo más, muchas gracias por tu tiempo.
Saludos
saludos
Invertir en bolsa · 2014-01-20
Hola Juan,
No, si vendes en el mercado los derechos no tienes retención fiscal, y no tienes que que declarar nada en el IRPF por el mero hecho de vender esos derechos. Lo que tienes que hacer es reducir el precio medio de compra de tus acciones, nada más:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-flexibles-dividendos-eleccion-o-script-dividends.htm]Fiscalidad de los script dividends[/url]
Pagarás por esos derechos cuando vendas las acciones, si las vendes, al calcular la plusvalía (o minusvalía) con ese precio de compra reducido por la venta de los derechos.
En cuanto a la razón de esa diferencia, hay que partir de la base de que los script dividends no son dividendos:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=943]Las ampliaciones de capital liberadas no suponen ninguna remuneración[/url]
En las primeras operaciones que se hicieron de este tipo, creo recordar que en 2009, la fiscalidad de vender los derechos en el mercado o a la empresa era la misma. Pero en algún momento Hacienda pensó algo así como "si llamáis dividendo a algo que no lo es, a ver si puedo coger algo de ahí". Y entonces cambiaron la tributación de la opción de vender los derechos a la empresa a un precio fijo, haciendo que eso tributara como un dividendo, aunque no lo sea.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-01-20
Vale, Alvaz.
Las cuentas sobre las pluvalías que mandan los brokers, en realidad nunca son fiables. Porque tienes que aplicar el criterio FIFO a todas las acciones que tengas en cualquier broker, y cada broker no sabe lo que tienes en otros brokers, etc. Por eso es información es una ayuda, pero no algo que puedas copiar directamente en la declaración del IRPF, como pasa con los dividendos, los intereses de los depósitos, etc.
Un saludo.
ALVAZ · 2014-01-22
Hola, bueno, pues he obtenido el informe de plusvalias del 2013, y yo no sé si habran tenido en cuenta el sistema FIFO porque p.ej en una operacion me aparece:
VAlor nº acciones fecha adquisicion valor adqui Fecha enajenacion valor enajenacion
XX 500 9-3-11 xxxxx 23-07-13 yyyyy
Al ver la operacion y fecha de adquisicion, parece que se ha aplicado FIFO, han vendido acciones adquiridas el 9-3-2011, con lo que se me habrian compensado las minusvalias (compre mas caro) y según mis anotaciones incumplo la regla de 2 meses( ninguna operacion del mismo valor 2 meses antes y 2 despues, ¿correcto?), tendré que repasar de nuevo las cuentas.
Preguntas, ¿que significa exactamente el término " enajenacion ", en el contexto de plus/minusvalias?
¿Puedo tener algo de suerte al tener mis valores todos en un mismo banco?, de cara a cuadrar toda la informacion
Muchas gracias. Saludos
Invertir en bolsa · 2014-01-23
Hola Alvaz,
Cada broker en su informe siempre tiene en cuenta el FIFO. Pero no sabe si has comprado acciones de esas mismas empresas en otros brokers, y por eso en ese tipo de informes suelen poner que es algo a título informativo (las plusvalias y minusvalías).
Si sólo has comprado acciones de esa empresa en un broker, entonces ese informe sí es válido. Tienes "suerte", como dices. Pero imagina que alguien compra y vende acciones de Iberdrola, por ejemplo, en el Santander y en el BBVA. En un caso así, los informes que le dieran el Santander y el BBVA no le servirían, porque el uno no tiene los datos del otro.
Enajenar es vender.
Se cumple la regla de los 2 meses cuando no se compran acciones ni 2 meses antes ni 2 meses después de una venta con pérdidas.
Un saludo.
El Aprendiz de Bolsa · 2014-01-23
Hola Gregorio,
Estoy bastante pez en temas de fiscalidad y me han surgido algunas dudas en relación a este tema.
1.¿En qué parte de la web de la Agencia Tributaria se puede encontrar la fiscalidad de los dividendos?
2.¿Qué fechas se toman como comienzo y fin para contabilizar el periodo en el que tributan los dividendos?
3.En caso de que los primeros 1.500 euros procedan de acciones que no se hayan mantenido 2 meses antes o 2 meses después de la fecha del cobro de dividendo, estos dividendos, ¿tributarían al 21%?
4.En el momento de cobrar los dividendos se sufre siempre una retención del 21%, ¿sea la cantidad que sea?
Muchas gracias de antemano.
Invertir en bolsa · 2014-01-24
Hola Aprendiz,
1) En la parte de "Normativa y criterios interpretativos", pero es la que te ponfo aquí.
2) Esta pregunta no la entiendo. Los dividendos cobrados en 2013 tributan en 2013, etc, ¿es eso lo que preguntas?
3) No tienen que ser los primeros 1.500 euros cobrados cronológicamente. Si cobras más de 1.500 euros "correctamente", tienes 1.500 euros exentos.
4) No. Si la empresa tiene la sede en Navarra se retiene el 20%. Si se cobran más de 6.000 euros en un único pago la retención es del 25%, y si se superan los 24.000 la retención es del 27%, pero a poca gente le afecta esto.
Un saludo.
El Aprendiz de Bolsa · 2014-01-24
Gracias Gregorio,
No se si podrías ponerme la ruta exacta para llegar a la legislación concreta, porque me pierdo entre tanta normativa. Te lo comento para saber como acceder yo mismo a la información por si cambia.
En cuanto a la pregunta 2, efectivamente van por ahí los tiros. Por lo que comentas entonces, los dividendos cobrados en 2013, es decir, del 1 de Enero al 31 de Diciembre de ese año, tendríamos que declararlos en la declaración del IRPF del 2014, ¿correcto? (no he hecho nunca la declaración, por eso estoy tan pez).
En la respuesta 4, cuando dices "en un único pago", ¿te refieres a que si recibimos esas cantidades en dividendos
de una sóla empresa, nos retienen los porcentajes que especificas?
Muchas gracias por tu ayuda, pero sobre todo por tu paciencia :)
Invertir en bolsa · 2014-01-27
Hola Aprendiz,
Si cambia la información la pondré aquí. De momento en 2014 no ha cambiado, es la que en 2013. Pero si quieres acceder directamente a la fuente original, tienes que navegar a partir de donde te puse, e ir buscando leyes. No hay un sitio que sea "Fiscalidad de los dividendos", sino que tienes que ir buscando las leyes y reglamentos vigentes que hablen sobre los dividendos, e ir viendo qué pone cada uno.
Sí, los dividendos cobrados entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre se declaran en Mayo-Junio de 2014.
Respecto a la pregunta 4, es de una única empresa y de una única vez. Por eso no afecta a casi nadie.
Un saludo.
julio · 2014-02-09
Hola buenos días, a pesar de haberme leído casi todo el foro no acierto a comprender muy este tema de la fiscalidad. En 2011 compré acciones del SAN a 8,30 euros. Durante todo este tiempo he cobrado los dividendos a través del script dividend, por lo que he reducido el precio de la acción hasta los 6,54 euros en que he vendido el otro día, si ganar ni perder nada. Dicho esto, qué fiscalidad tiene esta operación? Puedo declarar minusvalías? Debo declarar por los dividendos?
Gracias y un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-02-10
Hola Julio,
Los dividendos hay que declararlos el año en que se cobran, no cuando se venden las acciones. Los dividendos cobrados en 2011 se declaran en 2011, los cobrados en 2012 se declaran en 2012, etc.
Lo que tienes que hacer es declarar esta venta que has hecho en 2014 en la declaración que se presente en Mayo-Junio de 2015. Y tendrás la plusvalía o minusvalía que te salga. Imagino que el precio de compra y el de venta no serán exactamente iguales, habrá algún céntimo de diferencia. Si has ganado 0,01 euros, pagarás por esa plusvalía, y si has perdido 0,01, esa es la minusvalía que tendrás. Si el resultado fuese exactamente 0, entonces no habría ni plusvalía ni minusvalía.
Un saludo.
José · 2014-02-11
Soy nuevo en este mundo, hace unos meses compre una acciones del banco Santander, recientemente, y mediante el dividendo elección, decidí que este fuera remunerado, en principio la venta de los derechos estaba garantizada en 0,152€ pero cuál ha sido mi sorpresa al ver que en la cuenta tan solo me han ingresado alrededor de 0,12€ por derecho, para más datos el dividendo total a percibir si lo llevara a un año sería menor de 1500€.
¿Es normal esto?, y si no lo es, ¿qué puedo hacer? Muchas gracias.
Un Saludo
Invertir en bolsa · 2014-02-13
Hola José,
Entiendo que has vendido los derechos directamente al Banco Santander al precio fijo marcado por este. En ese caso, sí es normal lo que te ha pasado, porque aunque eso no sea un dividendo, tributa como un dividendo, y por tanto tiene la retención del 21% que tienen los dividendos. Por los 0,152 euros brutos se quedan en aproximadamente 0,12 euros.
Lo importante es que entiendas que eso no es un dividendo, aunque lo parezca:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=943]Las ampliaciones de capital liberadas no suponen ninguna remuneración[/url]
Creo que el Banco Santander es una buena empresa para el largo plazo, y que en estos momentos está barato, pero no está pagando dividendo. Volverá a pagar dividendo en el futuro seguro, pero ahora mismo no lo está haciendo.
Y aquí tienes la fiscalidad de estas ampliaciones de capital (no dividendos), según la alternativa que escojas:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-flexibles-dividendos-eleccion-o-script-dividends.htm]Fiscalidad de los script dividends[/url]
Un saludo.
José · 2014-02-17
Gracias.
Laura Sánchez · 2014-02-22
Hola, cobro 12.000 euros anuales en dividendos, pero estoy en el paro y no tengo otro ingreso. Me están haciendo las retenciones. ¿Cuándo haga la declaración me harán la devolución de la cantidad retenida? Gracias. Un saludo, Laura.
Invertir en Bolsa · 2014-03-03
Hola Laura,
Te devolverán bastante. Además de los 1.500 euros exentos de dividendos que tiene todo el mundo, tu mínimo personal se aplicará a lo que hayas cobrado de dividendos. Con esa cifra, todo lo retenido no te lo devolverán, pero una parte importante sí que la recuperarás.
Un saludo.
jose luis · 2014-04-15
Buenos días.Tengo 5400 acciones del BSCH,estamos en abril y me toca elegir en el dividendo elección entre quedarme con acciones nuevas(descartado),vender los derechos al banco o venderlos al mercado.Tengo rendimientos de capital mobiliario negativos materializados en 2012,que son como consecuencia del canje de bonos convertibles del propio banco por acciones.Mi pregunta es si cobro el dividendo en efectivo,puedo compensar ese rendimiento positivo con el negativo de 2012 y si para ello da igual vender los derechos al banco o al mercado.Unos me dicen que sí,otros me dicen que sólo podré compensar si los vendo al banco.POr otra parte¿da igual el plazo de generación de los rendimientos positivos y negativos para poder compensarlos?,porque el rendimiento negativo se produjo a lo largo de 5 años,que fue el tiempo que cotizaron los bonos convertibles.Sin embargo el dividendo,entiendo que se generaría en menos de un año.Habría algún problema para poder compensar los rendimientos positivos con los negativos del pasado por el tema de los plazos?
Espero que se entienda bien la pregunta y la situación ante la que me encuentro.Gracias anticipadas por la respuesta.
Invertir en Bolsa · 2014-04-15
Hola José Luis,
Para poder compensarlos tienes que vender los derechos al banco. Si los vendes en el mercado no los podrás compensar.
Pero ten en cuenta que los primeros 1.500 euros cobrados por dividendos están exentos, por lo que podrás compensar lo que pase de esos 1.500 euros (en el total del año).
Por otro lado, no sé porque no te sirve la opción de aceptar acciones. En caso de una inversión a medio largo plazo, creo que lo más favorable es coger las acciones, ya que en estos momentos el Santander sigue cotizando por debajo de su valor contable.
Un saludo.
jose luis · 2014-04-19
Gracias por la respuesta.Respecto a lo de no coger acciones y cobrar el dividendo,vendiendo los derechos al banco,lo hago porque quiero aprovechar los cuatro años que tengo para compensar los rendimientos negativos de capital mobiliario de 2012.Son casi tres mil euros al año en dividendos,aunque los 1500 primeros estén exentos,creo que es mi mejor opción.Si los vendo al mercado,normalmente a un precio algo mejor,cuando venda las acciones me aplicarán la fiscalidad sobre una plusvalía mayor y si lo cobro en acciones(eso hice en los primeros dividendos),creo que esas acciones van a absorver la dilución de la ampliación de capital en su precio.Además,la acción ya no tiene tanto recorrido alcista como cuando elegí la opción acciones,que estaban a cinco euros.Tampoco me he puesto a hacer cuentas,es bastante lioso para los no avezados.Podría ser que esté demasiado obsesionado con la compensación de pérdidas de 2012 y me resulten más favorables las opciones de vender al mercado o quedarme las acciones.Pero los expertos parece que siempre aconsejan pensar en la declaración de la renta para pagar menos impuestos.Gracias.
Invertir en Bolsa · 2014-04-21
Hola José Luis,
No está mal lo que tienes pensado, aunque yo no creo que la fiscalidad deba ser lo que marque totalmente la estrategia de inversión a seguir.
En este caso, por ejemplo, el Santander sigue estando por debajo de su valor contable, y por eso creo que sigue estando bastante barato.
En tu caso concreto, y si piensas vender las acciones en algún momento, mejor que coger las acciones sería vender los derechos al banco y comprar acciones con ese dinero.
Pero si puedes compensar esas pérdidas con otros dividendos, con intereses de cuentas o depósitos, etc, entonces pensaría en la posibilidad de coger las acciones, ya que creo que el Santander sigue estando muy barato a estos precios.
Un saludo.
Carmen · 2014-04-21
No he cobrado dividendos por años. Qué ha pasado con ese dinero? Alguien que me ayude please :(
Invertir en Bolsa · 2014-04-22
Hola Carmen,
¿De qué empresa son esas acciones y dónde las tienes depositadas?
¿Sabes si esa empresa ha pagado dividendos en este tiempo?
Un saludo.
MJ · 2014-05-05
Hola. Buenos días.
Tengo la siguiente cuestión a ver si me puedes ayudar.
Compré unas acciones del Santander en octubre 2013. En Noviembre me dieron un dividendo en efectivo y en Diciembre vendí las acciones. No se cumple la regla de los 2 meses para aplicarme la exención. ¿Cómo declaro entonces el cobro de ese dividendo en el programa PADRE?
Muchas gracias
Invertir en Bolsa · 2014-05-05
Hola MJ,
Tienes que declararlos en la casilla 023, igual que los demás dividendos. La única diferencia es que tienes que poner 2 como "Tipo de rendimiento".
Un saludo.
MJ · 2014-05-06
Muchísimas gracias. Ahora he conseguido entenderlo. Entonces, los dividendos que no cumplan la regla de los 2 meses son del tipo 2. Mas clarito no se puede explicar. Muchísimas gracias por tu labor.
Invertir en Bolsa · 2014-05-07
De nada, MJ. Así es.
José Eduardo · 2014-05-09
Buenas noches,
En el caso de que me dedicara a la especulación, y operara siempre a muy corto plazo, ¿estaría sometido al mismo tipo de tributación y retenciones que en el caso de los dividendos?
Un saludo
Invertir en Bolsa · 2014-05-09
Hola Eduardo,
Sí, el mismo, con una única excepción. Para poder tener la exención de los primeros 1.500 euros cobrados de dividendos hay que tener las acciones los 2 meses anteriores o posteriores al pago del dividendo (pueden ser 2 meses antes o 2 meses después, no hace falta que sean 2 meses antes y 2 meses después).
Si no cumples esto, no tendrás la exención de los primeros 1.500 euros. Esta es la única excepción que debes tener en cuenta en tu caso.
Un saludo.
Ángel Gómez · 2014-06-16
Parece que la cosa esta clara ,yo he cobrado en total 1000 euros de dividendos y me han retenido 210 euros mi duda era buscar una casilla para poner 210 euros para que me los devolviese Hacienda ,según deduzco se ponen los 1000 euros en casilla 024 apartado 1 ( cumplo los requisitos ) y hacienda lo procesa automáticamente Es así? Gracias
Invertir en Bolsa · 2014-06-17
Hola Ángel,
Es así, pero la casilla es la 023. Al pinchar en ella se te abrirá una ventana, en la que tienes que poner:
1 en el "Tipo de rendimiento"
1.000 en "Importe íntegro percibido"
210 en "Retenciones"
Con eso ya te hace todos los cálculos necesarios el programa PADRE.
Un saliudo.
Angel Gómez · 2014-06-17
Muy agradecido . Slds
obalsells · 2014-09-02
Buenas, si yo cobro 1.500 euros en concepto de dividendos, se me aplica una retención del 21 % ? O están libres de pagar impuestos?
Muchisimas gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-09-17
De nada, Ángel.
obalsells, la retención del 21% se aplicará a todos los dividendos que cobres. Luego, al hacer la declaración del IRPF, te devolverán la retención de los primeros 1.500 euros.
Saludos.
JESUS · 2014-11-10
EN LA VENTA DE ACCIONES NO EN LOS DIVIDENDOS LOS 1500€ PRIMEROS ESTAN ESENTOS O COTIZAN TODOS .
LOS DIVIDENDOS EN UNA DECLARACION CONJUNTA SERIAN 3000€ LOS ESENTOS O SOLO LOS 1500€
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-11-11
Hola Jesús,
En la venta de acciones no hay ningún mínimo exento.
La exención de 1.500 euros es por declaración, por lo que en una declaración conjunta el límite siguen siendo 1.500 euros, no 3.000. Si esas 2 personas hacen 2 declaraciones, entonces sí tienen exentos 1.500 euros cada uno.
Saludos.
ENRIQUE · 2014-12-09
Buenos días,
soy administrador único residente de una S.L. y voy a repartirme 1.500€ en concepto de dividendos en diciembre.
Tengo entendido que la empresa debe presentar el modelo 123 de Agencia Tributaria y pagar a Hacienda el 21% de esos 1.500€. ¿Es así? Es que tengo un poco de lío con esos 1.500€ exentos.
Gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-12-09
Hola Enrique,
No te puedo contestar con seguridad porque de SL sé poco.
Todos los dividendos de las empresas cotizadas tienen retención, absolutamente todos. Es al hacer la declaración del IRPF cuando te devuelven (o se paga de menos) la retención de los primeros 1.500 euros de dividendos cobrados en el año.
¿Te sirve esta respuesta?
Saludos.
Enrique · 2014-12-10
Gracias Gregorio.
nuevo accionista · 2015-04-26
Hola, estoy haciendo la declaración a través del programa PADRE, tengo unas dudas, ¿podrías ayudarme?
Compré acciones y las vendí en el mismo año. Que valor tengo que indicar ¿en valor de adquisición, o el valor de compra menos los gastos de bolsa y la comisión? Y para la venta?
Y los dividendos obtenidos ( inferiores a 1500 euros) ¿donde se declaran?
MUchas gracias!
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-04-27
Hola,
El valor de adquisición es el valor de compra + (no menos) la comisión de compra. Las comisiones de compra aumnentan el total de la compra.
En el el valor de venta es al revés, aquí las comisiones sí se restan del importe de venta.
Los dividendos cobrados los tienes que poner en la casilla 024.
Saludos.
Icaro · 2016-02-28
Hola.. Ante todo, mis más sincera enhorabuena por tu blog...
Tengo algunas dudas, una de ellas te parecerá de risa pero veo comentarios al respecto y creo que lo que consiguen en establecer más dudas a los menos distinguidos en la materia, como es mi caso.
All grano: La fiscalidad de dividendos para este año 2016 e incluso el anterior 2015, se aplica por escalas del 19%, 21%...Ahora bien, se supone que ahí está la retención fiscal (además de la comentada retención en el impuesto de sociedades) ¿o una vez que realizamos la declaración de la renta, las cantidades netas obtenidas se suman al irpf en alguna forma y vuelven a tributar aún, a favor o desfavorablemente??
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-02-29
Muchas gracias, Icaro.
En 2016 te retienen de todos los dividendos que cobres el 19%. Si pasas al tramo del 21% o el 23%, al hacer el IRPF tendrás que pagar, para los dividendos que pasen de tramo, la diferencia entre el 19% que te han retenido y el 21% o el 23% que tienes que pagar.
Si sólo cobras dividendos, entonces el mínimo personal se aplica a los dividendos, con lo que te devuelven en todo o en parte ese 19% que te han retenido en el momento del cobro.
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Saludos.
Icaro · 2016-03-02
Muchas gracias por contestar. Ante todo, te muestro mi gran admiración... Sigo el foro desde hace poco pero me resulta muy interesante. Este ha sido mi primer comentario.
Perdona pero he estudiado la fiscalidad y no entiendo esa parte en la que dices "Si sólo cobras dividendos, entonces el mínimo personal se aplica a los dividendos, con lo que te devuelven en todo o en parte ese 19% que te han retenido en el momento del cobro. ... Ruego que lo aclarases...
También aprovecho para decir que tantas dudas vienen por el desconocimiento de la materia y por los cambios continuos en la misma.
Yo entiendo que hoy día tenemos tres grandes escalas de tributación (19%, 21% y 23%), y como las plusvalías por venta de acciones también van a la parte del ahorro en la declaración de la renta, al igual que los dividendos, todo se suma en el año natural y se le aplica a este resultado las escalas de tributación que señalo, independientemente de momento en el que se compraron las acciones y del tiempo que se mantengas.
Un saludo..
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-03-03
Muchas gracias. Icaro.
Ahora mismo (2016) el mínimo personal es de 5.550 euros (como poco, puede ser superior si se tienen hijos, etc). Eso quiere decir que por los primeros 5.550 euros que ganes (sea trabajando, por dividendos, intereses de depósitos, etc) no pagas IRPF.
Así que una persona cuyo único ingreso fueran 10.000 euros de dividendos y cuyo mínimo personal fueran esos 5.550 euros pagaría por los dividendos cobrados el 19% de 4.450 (10.000 - 5.550), que son 845,50 euros (4.450 x 0,19).
Es verdad que los cambios continuos de fiscalidad son un problema.
Ya no hay distinción de operaciones entre hasta 1 año y más de 1 año, efectivamente.
Saludos.
josechu · 2016-04-24
Muy buenas,
he seguido este hilo con mucha atención, la duda q me surge es q mis dividendos vienen a través de cfds, no se muy bien como tributan, quizás al no haberse comprado la acción propiamente los dividendos de cfds no necesiten tributar como tales y vayan al computo de plusvalía/minusvalia??
muchas gracias, un saludo
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-25
Hola Josechu,
Los dividendos que recibas de los CFDs los tienes que incluir en el cálculo de la ganancia o pérdida de la operación, no tributan aparte.
Saludos.
josechu · 2016-04-25
Muchas gracias Gregorio, era lo que me estaba imaginando,
quisera preguntarte, sin animo de abusar de tu paciencia, ¿que tendrá mejor resultado para nosotros: tributar dividendos a través de compra de acciones pura y dura, o hacerlo a través de cfds??
teniendo en cuenta que la caza del dividendo es el 80% de mi operativa, y que no me importa hacerlo comprando de contado o a través de cfd, quizás uno tenga mejor resultado tributario que el otro y ahorremos algo.
gracias, un saludo
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-26
Hola Josechu,
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Si inviertes por los dividendos debes hacerlo a través de acciones, sin duda. Pero no por la fiscalidad, que no es igual pero es parecida, sino por las comisiones y los costes de financiación de los CFDs. Mantener una posición indefinida en CFDs es como estar toda la vida pagando un crédito. Los CFDs no están pensados para eso, sino para operaciones de corto plazo.
Así que para lo que quieras no hay duda, las acciones te serán muchísimo más baratas.
Saludos.
josechu · 2016-04-26
Muchas gracias Gregorio,
entonces si tu consideras q la fiscalidad va a ser muy parecida, casi q prefiero continuar con los cfds, normalmente no estoy dentro mas de una semana, solo entro en aquellas q sean bastante solventes y que el gráfico propicie una entrada muy favorable, una semana antes del divi, lo cazo y aguanto la posición mas o menos hasta even. y salgo. (comisiones y costes los compensaría con las ganancias)
Con cfds puedo hacer mas con menos, observando moneymanagement correcto, y entendiendo q el valor de una blueship no se me va a ir a cero, normalmente provisiono un 50% del valor con respecto a la exposición que lleve.
Es q pensaba q la tributacion por ganancia patrimonial era mas onerosa q la que iba a la base del ahorro...
muchas gracias
icaro · 2016-04-26
Totalmente de acuerdo. Los CFDs son una herramienta a usar para trading a ser posible en el intradía para no abonar gastos de financiaciación. Aunque si compras índices, estos suelen estar exentos de financiación al menos en algunos brokers...Es una cuestión muy interesante.. saludos
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-27
Gracias, icaro, así es.
Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-27
Hola Josechu,
Vale, pero ¿cómo te va? Al pagar el dividendo se descuenta de la cotización, por eso con esa operativa generalmente no se gana dinero. Lo interesante de los dividendos es mantener las acciones, ir comprando más acciones, que los dividendos vayan subiendo al subir los beneficios, etc. Así es como actúa el interés compuesto y como se gana dinero de verdad:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=1019&highlight=crecimiento+dividendos]La importancia decisiva del crecimiento de los dividendos en el largo plazo[/url]
Además de ser mucho más rentable te llevaba muchísimo menos tiempo, te da tranquilidad en lugar de generarte estrés, etc.
Saludos.
josechu · 2016-04-27
Gracias Gregorio,
la verdad q me va muy bien, suelo estar con anticipación en el valor quince-veinte dias, un mes.... con tiempo suficiente antes de que el ruido de las juntas e informes de resultados cuatrimestrales etc estropeen la operativa, así tengo margen para evitar un posible desplome el día de dividendos,
puede ocurrir dos cosas: cazar el valor y q siga tirando, ocurre a veces (mediaset y atresmedia hace nada, bbva etc) por lo q te llevarías divi y plusva; o bien cazar el dividendo y q caiga el valor ( abertis lo hizo la semana pasada y hasta hoy no he podido sacarla), por lo q te llevas el divi y sales cuando puedas(normalmente even) si es q no entraste bien o hubo demasiado movimiento.
Esta es mi operativa, la hago en cfds como ya te dije y me va bien. Funciona? a mi me esta yendo bien, estrés? mucho, sobre todo cuando hay q aguantar semana o quince días para salir...
Lo que tu me comentas ya lo intenté, y no me funciona psicológicamente del todo porque incluso teniendo en cuenta la rentabilidad del interés compuesto por divi cada vez superiores etc, muchas veces ves como obtienes buenas ganancias por divi pero los valores pierden fuelle y eso me crea conflicto en la cabeza. Supongo q en el punto intermedio se halla el equilibrio.
un saludo y muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-28
Hola Josechu,
Y en relación al índice con dividendos, ¿cómo es tu rentabilidad?
Matemáticamente es complicado que lo que haces te funcione siempre. En mercados alcistas funciona mejor, pero en otros tipos de mercado funciona peor. En conjunto, es complicado igualar así a los íindices con dividendos, porque además el coste en comisiones es muy alto.
Yo te recomendaría que mirarses un poco la parte psicológica, no pasa nada porque las acciones caigan, compras más a mejores precios y ya está. Es la mejor forma de ganar dinero para la inmensa mayoría de la gente.
Saludos.
icaro · 2016-04-28
Hola Josechu, Gregorio y a todos en general...
Una cuestión: Qué broker os gusta para operar con CFDs?, ¿Os gusta Hanseatic? Hago la pregunta porque veo que cada uno tiene sus pros y contras. Resulta especialmente importante el tema estrella: " las comisiones"
Saludos...
josechu · 2016-04-28
Hola Icaro,
yo para acciones de contado siempre he usado ing, ahora estoy considerando pasarme a gaesco, aun todavía tenemos q pulir un poco las condiciones...
en acciones con cfds voy con ig markets, funcionan rápido, te atienden 24 horas, y aun para divisas no son ECN, al menos con las acciones van perfectamente.
un saludo
icaro · 2016-04-28
Ok. Gracias... Se trabajará..
Miquel · 2016-05-24
Hola,
Actualmente me encuentro viviendo en UK, pero tengo acciones en Espanha que me estan dando dividendos. Tambien he Ganado un poquitin de dinero hacienda compra-venta de acciones.
Mi pregunta es la siguiente: Asumo que solo se me ha aplicado la retencion del 21 porciento a los dividendos. Al no llegar al minimo imponible, puedo reclamar este dinero? CUando me refiero a que no llego, me refiero en Espanha porque en UK si que llego. Vale la pena que haga esto, y en cualquier caso, me podria afectar negativamente?
Gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-05-27
Hola Miguel,
En los residentes fuera de España hay una gran variedad de situaciones. Lo mejor es que preguntes en tu empresa o en Hacienda, y si puedes hacer la declaración para que te devuelvan las retenciones de los dividendos, yo lo haría.
Saludos.
ELOISA · 2016-08-18
Buenos días,
Queria exponer una situación de un amigo. Ayer, hablando de un familiar suyo, me dijo que llevaba toda la vida, cogiendo dinero de su empresa( una SL unipersonal), para usarlo a titulo personal y sin declarar nada. Que su gestor, estaba metiendo todo ese dinero que cogia, en una partida de "deuda hacia la empresa". Osea, que el administrador unico, tenia una deuda a titulo personal con la empresa del dinero que cogia.
Yo le dige que eso seria un dividendo de su empresa y que siempre deberia haber tributado por ello. Y que esa deuda,no desaparece, que era una bola, que en caso de fallecer el dueño de la empresa, pasaria a ser una deuda suya.
En caso de no tener dinero para "pagar la deuda" que tiene con su empresa. ¿como puede subsanar esto?. ¿Puede pagar la tributación correspondiente a lo dispuesto como si fuesen dividendos de su empresa? Y asi saldar la deuda.. ¿que tipo se le aplicaria? Teniendo en cuenta que llevara unos 10 años haciendolo asi y que serian unos 200.000€.
Muchas gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-09-07
Hola Eloisa,
Me parece una situación muy irregular, igual que a tí.
Para regularizarla veo claro que tendrá que pagar a Hacienda lo que no ha pagado. Los detalles legales los tendrá que ver con un abogado, es un caso complicado, y que puede dar lugar a multas importantes por parte de Hacienda.
Saludos.
Ignacio · 2017-03-12
En vizcaya no debe ser así lo del mínimo personal entiendo, ya que a mí en el año 2014, tan sólo me han devuelto el importe retenido de los primeros 1500 euros, ya que al compensar pérdidas patrimoniales del año 2012, no salía ninguna ganancia de capital, pero sí rendimientos de 3200 euros de dividendos. En el año 2015 tengo un litigio con hacienda por que no me han compensado pérdidas, pero es otra cosa, veremos sime devuelven todo lo retenido.¿ Alguien me lo aclara?, Gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2017-03-13
Hola Ignacio,
Vizcaya sí tiene algunas pequeñas diferencias.
Pero en 2014 devolvían la retención de los primeros 1.500 euros en toda España. Por encima de ahí, sólo devolvían si no se llegaba (incluyendo los ingresos del trabajo) al mínimo personal. ¿Era tu caso, o tenías ingresos por trabajo?
Saludos.
Comentarios
carmela · 2012-04-14
Si vendo los titulos de los dividendos ten el mercado no pagan a hacienda. Pero cuando tendre que pagar.ya que hacienda n perdona.gracias
Invertir en Bolsa · 2012-04-16
Hola Carmela,
Imagino que te refieres a las operaciones denominadas como "script dividend", "dividendos flexibles", etc.
En realidad son ampliaciones de capital liberadas, y tienen la fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas cuando vender los derechos en el mercado (si se venden a la empresa tributan como dividendos, aunque realmente no lo sean).
Pagas al vender las acciones. El dinero que cobres por la venta de los derechos reduce tu precio de compra de las acciones que te generan esos derechos, fiscalmente hablando. Al vender las acciones tu plusvalía será algo mayor, ya que el precio de compra se ha reducido respecto al original.
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Un saludo.
Manuel · 2012-06-03
¿Las excepciones de 1500 euros por declarante están reflejados directamente en el programa padre cuando importas los datos de hacienda?
Saludos y gracias
Invertir en bolsa · 2012-06-04
Hola Manuel,
Sí, el PADRE te incluye esa exención automáticamente. Sólo tienes que poner en la casilla de los dividendos cuáles tienen derecho a esa exención (aquellos que vengan de acciones que compraste más de 2 meses antes del cobro del dividendo y/o mantuviste más de 2 meses después del pago del dividendo).
Un saludo.
samgriento · 2012-06-04
Hola, Gregorio:
Tengo TEFs compradas en varios precios, cerca del último reparto, que me han supuesto unos dividendos de 3.000 €.
Considero que 1.500 son por la mitad de las acciones. Y 1.500 por la otra mitad. Correcto?
Puedo vender la mitad antes de los dos meses y conservar la exención de los otros 1.500 ??
Y respecto al flexible, vendí los derechos a mercado. Cómo puedo contabilizar la rebaja del precio de compra de las acciones que los generaron?
Prorrateando a los distintos paquetes y distintos precios?
Por favor, lo puedes aplicar sobre el supuesto?:
2000 compradas a 12
1000 compradas a 11
1000 compradas a 10
Derechos recibidos: 4000. Vendidos a 0,26. Total recibido: 1000.
Muchas gracias de antemano y un saludo
Invertir en bolsa · 2012-06-05
Hola samgriento,
Cada dividendo y cada derecho corresponde a la acción que los genera. Si cobras 3.000 euros (de 1 empresa o de varias) y 1.500 tienen derecho a exención y los otros 1.500 no, fiscalmente es lo mismo que si los 3.000 tuvieran derecho a exención, porque el límite son esos 1.500. Así que si vendes acciones de Telefónica de forma que sólo 1.500 euros tengan derecho a exención no pierdes esa exención porque los otros 1.500 euros no tengan derecho a ella.
Respecto a la venta de los derechos, cada acción que hayas comprado la debes rebajar en esos 0,26 euros. Así que los nuevos precios serían:
2.000 compradas a 11,74
1.000 compradas a 10,74
1.000 compradas a 9.74
Un saludo.
samgriento · 2012-06-05
Claro y conciso. Comprendido
Gracias y un saludo
Mercedes · 2012-07-03
Buenos días, desearia saber en que casilla de la declaración debia de haber hecho constar la exención de esos 1500 euros.
Me podrias informar de alguna gestoria para que me asesoraran y llegado el momento me hicieran la declaración, creoque yo la he hecho en mi contra .Graciaaaaaaaaaaaaaaaasssssssssssssssssss
Invertir en bolsa · 2012-07-03
Hola Mercedes,
El PADRE te calcula la exención de los 1.500 euros automáticamente. Tú sólo debes poner el importe total cobrado de dividendos en la casilla 024 (PADRE del ejercicio 2011(, y especificar en "Tipo de rendimiento" el 1, si efectivamente tienen derecho a exención por haber tenido las acciones 2 meses antes o después del pago de cada dividendo. Y ya está.
No conozco ninguna gestoría (de oídas, como todo el mundo, pero no conozco ninguna que te pueda recomendar)
Si te has equivocado en tu contra, puedes hacer un escrito a Hacienda en cualquier momento exponiendo tu caso, aportando los documentos necesarios y solicitando la corrección del error.
Un saludo.
Fernando · 2012-07-18
Hola, poseo acciones del grupo Santander y me surgen algunas dudas en cuanto a la fiscalidad de dividendos.
Mi compra ha sido escalonada, a lo largo de bastante tiempo y con ninguna compra posterior a cuatro meses. Poseo una pequeña cantidad cercana a los 6500 títulos y se aproxima el siguiente proceso de script. En los anteriores pagos de dividendos de este año he aceptado el canje por acciones pero en este valoro cobrar los dividendos y por lo tanto, mis dudas son las siguientes.
Partiendo de la base de que con esa cantidad de acciones no supero los 1500€ en el cobro de dividendos en esta ocasión:
1) los primeros 1500€ hace referencia a los primeros 1500€ que producen las acciones en su historia, en el año, o sobre el global de la cantidad que pueden producir sobre el pago actual de dividendos
2) la fiscalidad de las diferentes acciones compradas en diferentes épocas es diferente? es decir, si se trata de los primeros 1500€ que producen en dividendos las acciones, hay algunas que ya llevan produciendo hace tiempo esa cantidad...
3) Por otro lado, la tributación se aplica por defecto (creo recordar que en ocasiones anteriores mis dividendos pasaron por el tamiz de hacienda) y luego se detrae en la declaración de la renta o directamente se cobran en bruto.... ?
3) Ya puestos a preguntar, qué me recomendaría Ud?
Muchas gracias. Por increíble que parezca, estas dudas no han sido capaces de resolvérmelas en DOS oficinas de mi entidad bancaria de operación...
Invertir en bolsa · 2012-07-18
Hola Fernando,
1) Son 1.500 euros al año, por declaración. Es decir, por los primeros 1.500 euros que cobres cada año de dividendos (de toda tu cartera de valores) no pagarás impuestos en el IRPF.
2) En el tema de los dividendos no importa la fecha en que se haya compado cada acción.
3) Siempre te retienen, actualmente el 21%. Dspués, al hacer la declaración del IRPF al año siguiente, te devuelven la retención de esos primeros 1.500 euros.
Hasta aquí lo que te he explicado es lo que sucede con un dividendo normal, pero en los script dividends (que no son dividendos, sino ampliaciones de capital) tienes dos alternativas si quieres recibir una cantidad en efectivo (que no es un dividendo, insisto) en lugar de acudir a la ampliación de capital y recibir las acciones correspondientes:
1) Vender los derechos de la ampliación de capital a la empresa, al precio fijo que marca esta. En este caso la tributación es la misma que si fuera un dividendo (aunque no lo sea), y es la que te he explicado más arriba.
2) Vender los derechos de la ampliación de capital en el mercado, al precio que puedas en el momento en que des la orden de venta. En este caso la tributación es la de las ampliaciones de capital liberadas, que básicamente consiste en que no te van a retener nada por la venta de esos derechos, y no tendrás que pagar nada hasta que no vendas las acciones, sea cuando sea. Llo que se hace es reducir el precio de compra de las acciones en la cantidad recibida por la venta de los derechos, y ese precio de compra "recalculado" es el que se utilizará para calcular la plusvalía cuando vendas las acciones (lo puedes ver con detalle en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]).
4) Depende de tu situación personal, qué estrategia de inversión sigas, si necesitas ingresos de tu cartera de valores para afrontar tus gastos, etc. Sin tener más datos no podría responder a esta pregunta, porque creo que en este caso no se puede dar una respuesta genéria que valga para cualquier caso.
Un saludo.
Iker · 2012-07-30
Hola a todos,
A día de hoy tengo acciones de BBVA que quiero vender, pero hace un mes que he cobrado el dividendo con lo que los primeros 1500€ de los dividendos tendría que tributarlos.
Mi duda es la siguiente, ¿esos 1500€ corresponden a la totalidad de dividendos de este año 2012 o solamente de los dividendos de BBVA? Es decir, si he cobrado, por ejemplo 500€ de dividendos de BBVA y 1000€ de TEF y 300€ de BME, tendría que tributar 1800€ al 21%?
Muchas gracias y un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-07-31
Hola Iker,
Están exentos los primeros 1.500 euros de todas las acciones que tengas. Es decir, si en 2012 has cobrado 1.800 euros de dividendos en total, de varias empresas, y todos cumplen la norma de los 2 meses, entonces 1.500 euros estarán exentos y tendrás que tributar por los otros 300 euros.
Y respecto a los 2 meses, piensa que son 2 meses antes Ó 2 meses después. Es decir, si las acciones del BBVA las comprastes más de 2 meses antes de que pagase el dividendo, podrías venderlas ahora y entrarían en la exención de los primeros 1.500 euros.
Un saludo.
Fernando · 2012-08-21
Buenas tardes:
La tributación de los dividendos cobrados está clara, pero la parte de dividendos que se reinvierten y no se cobran (para que aumente el capital y contrarestar la inflación), ¿tributa ahora o cuando se vendan las acciones?
Saludos y gracias: Fernando
Invertir en bolsa · 2012-09-14
Hola Fernando,
Si te refieres a los llamados "dividendos flexibles", "script dividend" y similares lo que sucede es que no son dividendos, sino ampliaciones de capital liberadas. Y por eso tributan como las ampliaciones de capital liberadas.
Si eliges la opción que llaman "cobrar el dividendo en acciones" o algo similar lo que realmente estás haciendo es acudir a una ampliación de capital liberada, y la fiscalidad que hay que aplicar es esta:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Un saludo.
Escéptico · 2012-10-15
Buenos días,
Quisiera hacer una consulta, doble, relativa a la tributación de acciones:
SUPUESTO 1) ¿ Existe obligación legal de declarar las minusvalías? A modo de ejemplo:
En mi caso, siendo estudiante, vendo unas acciones que he mantenido durante varios años, con una minusvalía equivalente al 15 % de mi inversión inicial. No percibo otras rentas ni tengo interés en desgravar, pero me supone un inconveniente el hecho de presentar declaración.
SUPUESTO 2) ¿Cuál es el límite mínimo para presentar declaración de la renta por plusvalía obtenida por acciones?
En el mismo supuesto (estudiante sin ingresos), vendo unas acciones y obtengo una plusvalía residual, equivalente al 1% de mi inversión inicial. Ejemplo: Inversión inicial de 10.000 €, y vento obteniendo 10.800 € para recuperar comisiones. ¿Existe obligación de declarar las plusvalías en este caso?
Gracias por la respuesta.
Invertir en bolsa · 2012-10-16
Hola Escéptico,
1) No estás obligado a hacer la declaración, pero si no la haces en el futuro no podrás compensarte esas minusvalías
2) Si tus ingresos por dividendos, plusvalía en la venta de acciones, etc, no superan los 1.600 euros (sumados todos), no estás obligado a hacer la declaración. Pero si no la haces no te devolverán la retención de los dividendos, por lo que a la mayoría de la gente que esté en este caso le interesará hacer la declaración de la renta, aunque no esté obligado a ello.
Piensa que, en general, la exención de hacer la declaración del IRPF no se hace para hace un favor a esas personas, sino para que por pereza no la hagan y el Estado no les tenga que devolver el dinero que les corresponde.
A la mayoría de la gente que no tiene obligación de hacer la declaración de la renta les interesa hacerla. Por eso el Estado no les obliga a hacerla, para ver si hay suerte y no la hacen.
Un saludo.
Mar · 2012-11-28
Tengo acciones de empresas de Francia, Belgica, Alemania y Holanda. En estos casos, los primeros 1500 euros por dividendos estan exentos ?
Invertir en bolsa · 2012-11-29
Hola Mar,
Sí, también están exentos los primeros 1.500 euros que te retenga la Hacienda española. Lo que te retenga la Hacienda extranjera va por otro lado:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-pagados-por-empresas-extranjeras-ejercicio-2012-declaracion-que-se-presenta-en-mayo-junio-de-2013.htm]Dividendos cobrados de empresas extranjeras en el ejercicio 2012[/url]
Un saludo..
Gabriel · 2012-12-10
Buenos días,
Según he podido leer en los comentarios mas arriba, dices a Fernando que siempre te retienen el 21% (actualmente). Después, al hacer la declaración del IRPF al año siguiente, te devuelven la retención de esos primeros 1.500 euros.
Ahora bien, volviendo al ejemplo del artículo, aquella persona que en 2012 haya cobrado 30.000 € en concepto de dividendo en España tendrá que pagar a Hacienda una cantidad extra de 675 € tras el cálculo desarrollado.
Dicho esto, ¿Hacienda no tendría que devolver el 21 % de los primeros 1500 € (315 €), reduciendo la cantidad a ingresar de 675 € a 450 €?
Gracias de antemano,
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-12-11
Hola Gabriel,
Fíjate que ya lo he tenido en cuenta al hacer ese cálculo, porque en la primera línea he puesto que por los 1.500 primeros euros no tiene que pagar nada, y después he calculado el 21% desde 1.500,01, no desde 0.
Si no lo ves claro, vuelve a preguntar.
Un saludo.
Xerox · 2012-12-13
Hola IEB,
Soy un chico de 21 años y llevo unos cuantos días leyendo cosas de la web, no he tenido ni que hacer en mi vida la declaración de la renta, así que estoy bastante verde... aquí va la duda:
Yo cobro 5000€ en dividendos y nada mas ingresarmelos se me hace una retención del 21%, lo que es igual a ( 5000*21/100 = 1050€ )... me retendrán 1050€ con lo cual en mi cuenta solamente ingresarian 3950€, hasta aquí bien. Llega el momento de hacer la declaración de la renta y de esos 1050€ que me retuvieron por ser los primeros 1500€ no se paga nada, significa que al hacer la declaración de la renta me devolverán esos 1050€??
Lo siento si es algo de cajón y yo no termino de captarlo... no tengo mucha idea...
Muchísimas gracias por todo y la web está increíble!
Invertir en bolsa · 2012-12-14
Hola Xerox,
Lo has entendido bastante bien, salvo un detalle.
Están exentos de tributar los primeros 1.500 euros que cobres de dividendos. Eso quiere decir que por los primeros 1.500 euros no tienes que pagar nada, luego lo que te devuelven es 1.500 x 21 / 100 = 315 euros.
Al hacer la declaración verían que ya te han cobrado 1.050 euros, pero sólo tienes que pagar 735 euros, así que te devolverían los otros 315 euros.
Esto para entender la fiscalidad de los dividendos. Si tu único ingreso fueran estos 5.000 euros de dividendos, en la realidad te devolverían más de 315 euros por los mínimos personal y familiar. La cantidad exacta depende de la situación personal de cada uno.
Un saludo.
Xerox · 2012-12-14
Vale, ahora ya lo entiendo... de los 5000€ de dividendos me retienen 1050€, como los primeros 1500€ no tributan lo que tengo que declarar en realidad son (5000 - 1500 = 3500€), si hacemos el 21% de 3500€ = 735€, que es lo que tengo que pagar realmente. Como a mi ya me han retenido 1050€, en la declaración de la renta me devolverán la diferencia entre lo que ya he pagado ( 1050€ ) y lo que tengo que tengo que pagar en realidad ( 735€ ) lo que viene siendo los 315€ que tú me has comentado...
Creo que he captado tú explicación!!
Muchísimas gracias!!
Invertir en bolsa · 2012-12-17
Hola Xeros,
Así es.
Un saludo.
samgriento · 2012-12-23
Hola
Estoy trabajando con un broker alemán.
A)Compro acciones de empresas españolas que cotizan en la Bolsa de Frankfurt.
Si me dan dividendos, presumo que:
1. Las empresas españolas practicarán la retención española del 21 % antes de ingresarme el dividendo.
2. Los primeros 1.500 € seguirán estando exentos. El hecho de haber aquirido y tener depositadas las acciones en un broker extranjero no cambia nada.
B) Compro acciones de empresas alemanas que cotizan en la Bolsa de Frankfurt.
Si me dan dividendos, presumo que:
1. Las empresas alemanas practicarán la retención alemana del 2XX % antes de ingresarme el dividendo. Además, es probable que tenga retención por la Agencia Tributaria y tendré que intentar recuperar una de las dos.
2. Los primeros 1.500 € seguirán estando exentos. El hecho de haber aquirido y tener depositadas las acciones en un broker extranjero no cambia nada. La regla de los dos meses es igual para las acciones de empresas extranjeras que cotizan en el extranjero.
Mi pregunta es si mis presunciones son correctas.
Muchas gracias y un saludo
Samgriento
Invertir en bolsa · 2012-12-26
Hola Samgriento,
Tener las acciones depositadas en un broker extranjero no modifica tus obligaciones con la Hacienda española (mientras sigas siendo residente en España), pero te puede traer compliaciones por la doble retención. Los primeros 1.500 euros cobrados de dividendos están exentos, sí.
En el caso de las acciones españolas, por ejemplo, la Hacienda española te retendrá el 21%, pero probablemente la Hacienda alemana también te retendrá.
En el caso de que cobres dividendos de acciones alemanas imagino que no tendrás retención de la Hacienda española.
En general, creo que tener las acciones españolas en un broker extranjero tendrá más inconvenientes que ventajas, tanto por la fiscalidad (seguramente tendrás retención de España y de Alemania en los dividendos de empresas españolas, como te digo), como por las mayores comisiones (inagino, aunque a lo mejor es un broker especialmente barato).
¿Qué ventaja le ves a comprar acciones españolas en un broker extranjero?
Un saludo.
pedro · 2013-01-13
tengo unas acciones de bbva que me las dieron a cambio del dividendo me las quiero vender cuando las declare en la renta que precio de adquisicion les tengo que poner , sera cero por casualiada gracias.
Invertir en bolsa · 2013-01-15
Hola Pedro,
Supongamos que primero compras 100 acciones 10 euros y después te dan 5 acciones en ese "dividendo flexible" (que en realidad es una ampliación de capital liberada).
El nuevo precio de compra es 1.000 / 105 = 9,52 euros.
Las 105 acciones son exactamente iguales, y la fecha de compra de todas es la fecha en la que compraste las 100 primeras.
Un saludo.
cobra · 2013-01-16
Hola buenas tardes,
Querria una aclaración para saber si lo he entendido bien,
Suponiendo que como situacion de partida tengo 100 acciones compradas a 10 euros cada una con una inversion total de 1000 euros. Estas me generan 100 derechos que la empresa me los paga a 1 euro y el mercado me los compra a 2 euros. Ofreciendome la empresa si quiero acciones 1 accion por cada 10 derechos.
Respecto a los script dividends y segun lo que le has comentado a Fernando más arriba entiendo que existen las siguientes opciones:
[u]1) Vender los derechos de la ampliación de capital a la empresa, al precio fijo que marca esta. En este caso la tributación es la misma que si fuera un dividendo (aunque no lo sea), y es la que te he explicado más arriba.[/u]
En este caso obtendria 100 euros de los que me retendrian inicialmente 21% y luego segun como acabara el año me devolverian o me retendrian lo que correspondiera.
Por otro lado si yo quisiera vender posteriormente estas acciones el precio de adquisicion a considerar seguiria siendo 10 euros por accion.
[u]2) Vender los derechos de la ampliación de capital en el mercado, al precio que puedas en el momento en que des la orden de venta. [/u]
[i]En este caso la tributación es la de las ampliaciones de capital liberadas, que básicamente consiste en que no te van a retener nada por la venta de esos derechos, y no tendrás que pagar nada hasta que no vendas las acciones, sea cuando sea. Llo que se hace es reducir el precio de compra de las acciones en la cantidad recibida por la venta de los derechos, y ese precio de compra "recalculado" es el que se utilizará para calcular la plusvalía cuando vendas las acciones[/i]
En este caso obtendria 200 euros de los que no me retendrian nada.
Por otro lado si yo quisiera vender posteriormente estas acciones el precio de adquisicion a considerar seria de 8 euros por accion (10-2).
[u]3) Obtener acciones.[/u]
En este caso obtendria 10 acciones(100 derechos / 10 derechos por accion) .
Por otro lado si yo quisiera vender posteriormente estas acciones el precio de adquisicion a considerar seria 1000 euros por 110 acciones= 9,09 euros por accion.
Finalmente una ultima pregunta, en el caso 2 puede darse la casuistica en un momento dado en el tiempo que dicho valor sea negativo. ¿Que pasaria entonces?
Gracias por la ayuda que aportas. Pues la web contiene informacion muy interesante.
Invertir en bolsa · 2013-01-17
Hola cobra, y gracias.
Lo has entendido perfectamente.
Puede pasar lo que dices en el caso 2, que con el tiempo el precio de compra de las acciones caiga hasta 0. Una vez que eso pasa, se tributa como si fuera un dividendo.
Por ejemplo, si tienes unas acciones con un precio de compra de 0,25 euros y vendes derechos a 1 euro, el precio de compra de las acciones pasa a ser 0, y los otros 0,75 euros tributan como si fueran un dividendo. Todos los derechos que vendieras a partir de ese momento tributarían como dividendos.
Un saludo.
JUAN ANTONIO · 2013-03-26
Creo que el ejemplo de tributación por cobro de 30.000,-eur de dividendos está mal resuelto.
Lo correcto creo que es: 30.000,-- menos 1.500 de exención nos queda en 28.500
y sobre esta cantidad aplicaremos la escala: hasta 6000, el 21%
de 6.000 24.000 el 25% y los 4.500,-- restantes al 27%
Invertir en bolsa · 2013-03-27
Hola Juan Antonio,
Ya he corregido la errata.
Muchas gracias por avisarme.
Marce · 2013-04-04
En el dividendo extraordinario de diciembre de Ebro Food, ellos pagaron la retencion a Hacienda. ¿Como declaró esto yo a Hacienda?
juan · 2013-04-06
He vendido acciones por valor de 7000 euros pero sin sacar veneficio de cuando las compre. Aun asi me retiene acienda o solo por los veneficios obtenidos.
El Aprendiz de Bolsa · 2013-04-10
Espero que algún día cambien esta fiscalidad y hagan las cosas más fáciles. porque me parece un verdadero atraco a mano armada que Hacienda se lleve tanto dinero, y más teniendo en cuenta el tiempo vital que nos ha costado ganar. Es incomprensible y realmente exagerado que se pierda casi un 50% de rentabilidad (teniendo en cuenta el beneficio bruto por acción) por culpa de los impuestos. A dónde vamos a llegar...
¿Hay alguna manera legal de evitar este atraco?
Invertir en bolsa · 2013-04-11
Hola,
Marce, es una operación complicada, así que he tenido que preguntar a Ebro. Te copio la respuesta que me han enviado:
1.-) Dividendo en Especie: Habrá que declarar un rendimiento del capital mobiliario en especie (dividendo) igual al número de acciones recibidas multiplicado por 14,20, que es el valor de cotización de la acción el día de la entrega (será el importe íntegro del dividendo en especie).
Asimismo, en relación con este dividendo habrá que declarar que se ha soportado un ingreso a cuenta repercutido (es repercutido ya que dicho ingreso a cuenta ha sido soportado por el propio accionista –i.e. lo ha costeado él- al no recibir el neto del dividendo en metálico correspondiente a acciones que son múltiplos de 99). Luego tendremos:
Importe Íntegro = 14,20 x número de acciones recibidas.
Ingreso a cuenta repercutido = 3,42594 euros por cada acción recibida: A efectos explicativos, esta cifra sale de multiplicar el coste de adquisición para EBRO de la cartera distribuida (13,595 euros por acción), por 1,2 (elevarlo al 20%, que es lo que establece la norma de IRPF) y aplicarle el 21% (que es el tipo con el que se calcula el ingreso a cuenta).
2.-) Dividendo en metálico: Habrá que declarar un rendimiento del capital mobiliario en metálico (dividendo) igual a la suma de las siguientes cantidades a) y b) (será el importe íntegro):
Número de acciones que se poseían antes del reparto de este dividendo en especie multiplicado por 0,043804373 (llamémosle, Dividendo bruto a)).
Número de acciones que se poseían antes del reparto de este dividendo en especie que NO son múltiplos de 99 (será un número entre 0 y 98 ) multiplicado por 0,14343434343 (i.e. 14,20 / 99 acciones nos da el dividendo en especie que corresponde a cada acción de la que fuera titular cada accionista). Este importe se corresponde con el dividendo “en especie” correspondiente a acciones que no son múltiplos de 99 (i.e. como no puedes recibir un trozo de 1 acción, lo que hace la compañía es entregarte en dinero el valor de la “porción” de acción a la que tendría derecho el accionista en esos casos en que el número de acciones de las que sea titular no sea múltiplo de 99. De esa forma logras que el tratamiento sea igual para todos los accionistas. Como se recibe cash, se declara como un dividendo en metálico más).
A este dividendo en metálico resultante de la suma de a) + b) (importe íntegro en metálico) le corresponderá una retención que deberá declarar el accionista en su declaración del IRPF. Dicha retención solo se ha practicado en el caso del dividendo llamado a) (el llamado b) no ha soportado retención. Resultará en una cantidad insignificante a pagar por el accionista debido, precisamente, a que no ha soportado una retención al percibir ese importe).
La retención que el accionista deberá consignar en su declaración será igual al número de acciones que se poseían antes del reparto del dividendo en especie multiplicado por 0,00919891 euros.
Nótese, que del importe del dividendo en metálico el accionista solo habrá recibido de manera efectiva en su mano la parte correspondiente a (i) el importe (neto de retención: i.e. 79%) del dividendo correspondiente a acciones que no sean múltiplos de 99; y (ii) el importe (que no ha soportado retención) igual a 0,143434343 euros por el número de acciones que se poseían antes del reparto de este dividendo en especie que NO son múltiplos de 99. El resto del neto de este dividendo en metálico (es decir, después de soportar la retención del 21%) se “ha usado” para pagar el ingreso a cuenta del dividendo en especie. Por eso no se ha cobrado).
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-04-11
Hola,
Juan, Hacienda no te retiene por la venta de acciones, sea con beneficios o pérdidas.
Todas las ventas que hagas las tiene que incluir en la declaración del IRPF, pero sólo pagarás por los beneficios (si los hay), no por el importe de la venta.
Aprendiz de Bolsa, estoy de acuerdo contigo, pero no conozco ninguna forma de evitarlo para un inversor normal y corriente (entiendo que no vas a cambiar tu residencia a Suiza, etc).
Un saludo.
tito · 2013-04-11
Buenas, he vendido unas acciones que compró mi padre en el año 1975 más o menos. El valor de compra fue de 250.000 pts de la época y ahora me han dado 1 euro por ellas (de hecho la empresa ya ni cotiza). ¿Cómo declaro esto? El precio de compra ¿de donde lo saco? porque lo sé "de boquilla" no tengo documentos de compra del año 73.
Si vendes parte de las acciones que tengas, para hacienda el precio ¿Cuál es? Me refiero que si compras en tres o cuatro veces, obtienes el precio medio de compra, que es con el que te mueves pero ¿PARA HACIENDA COMO LO HACES? por ejemplo. compras 5000 acciones a 7,33eur y 4000 a 6,30eur y 3000 a 4,5eur ... si vendo solo 3500 acciones a 6,25eur por ejemplo, es correcto si declaro que he comprado 3500 acciones a 7,33 y las he vendido a 6,25 declarando perdidas? FIFO (first in, first out). Imagino que cuando tenga una segunda venta de 5000 acciones por ejemplo, tendre que poner precio de compra de las primeras 1500 a 7,33 y el resto hasta las 5000 (3500) al precio de compra de 6,30 ¿es correcto?
Invertir en bolsa · 2013-04-12
Hola Tito.
Entiendo que tu padre ya falleció y que las acciones son heredadas.
Si es así, el precio de compra (para tí) es el de la cotización en la fecha de faleccimiento. Este es el precio que se usa en el Impuestos de Sucesiones, y por eso es tu precio de compra (porque ya has pagado un impuesto, el de sucesiones, valorando las acciones a X, la cotización el día del fallecimiento).
Al venderlas ahora, la minusvalía la calculas con ese precio de compra (el de la fecha de fallecimiento) y el precio al que las vendas tú en la actualidad. Esa minusvalía la podrás compensar con otras plusvalías de acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
El FIFO se aplica como dices, el ejemplo que has puesto es correcto.
Un saludo.
tito · 2013-04-12
Gracias por la respuesta. Queda claro.
Sí, las acciones han sido heredadas.
salu2
Marce · 2013-04-12
Si tengo 54 acciones de Ebro ¿Por que cantidades y en que casillas de la declaración de la renta las debo meter?
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-15
Hola,
De nada, Tito.
Marce, tu caso es el punto 2).
Primero tienes que multiplicar:
54 x 0,14343434343 = 7,75 euros.
54 x 0,043804373 = 2,37 euros.
La suma son 10,12 euros (7,75 + 2,37). Esta cifra la tienes que poner como dividendo bruto, junto con los demás dividendos brutos, y en la misma casilla.
Como retención (junto con las demás retenciones) tienes que poner:
54 x 0,00919891 euros = 0,50 euros.
Un saludo.
Marce · 2013-04-15
Muchas gracias por buscar la respuesta.
Jose · 2013-04-16
Hola, he estado echando un vistazo a todas las respuestas y no consigo aclararme bien (perdón por mi desconocimiento fiscal) de cómo declarar una venta de acciones del Santander.
-noviembre de 2011: compro 1000 acciones del Santander por 5600 euros
-noviembre de 2012: vendo 1100 acciones del Santander por 5900 euros
Esas 100 acciones de más son resultado de haber elegido las acciones en concepto de dividendos.
¿Cómo tengo que declarar esa venta exactamente?
Gracias, un saludo
Perdigón · 2013-04-16
Perdona IEB, te he preguntado en el otro hilo, pero viendo la respuesta a Marce, con 120 acciones sería:
1 acción que recibes (1 por cada 99), ¿como un dividendo de 14,20 eruos sin retención y un repercutido de 3,42594 euros?
Un dividendo bruto de:
120x0,14343434343=17,21 euros
21x0,043804373 =0,92 euros
Total= 17,21+0,92=18,12 euros brutos y retención 18.12x0,00919891=0,17 euros
Según lo que leo serí ala final un dividendo bruto de 14,20+3.42594+18,12 y retención 0,17 eruos
¿Sería pues así? es que me parece raro y respecto a la acción entregada ¿cómo se imputa ante hacienda? Es decir, esa acción nueva es como una procedente de una ampliación, que minusvalora el precio de adquisición ¿o se imputa como lo he calculado más arriba?
Es que creo que no había leído nada hasta el momento de los dividendos en especie.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-18
Hola,
De nada, Marce. Es un caso complicado, así que tuve que consultar directamente a Ebro Foods.
Jose, como has vendido todas las que tenías el cálculo es muy fácil, ya que en el IRPF no tienes que poner el precio por acción, sólo el importe total. En el campo "Importe de la compra" (o similar, ahora mismo no recuerdo el literal exacto) pones 5.600 euros, en el campo "Importe de la venta" pones 5.900 euros, y ya está, el PADRE te hará los cálculos automáticamente, tú ya no tienes que hacer nada más.
Perdigón, esta operación es muy extraña.
1) [b]Acción recibida[/b]Entiendo que tienes que declarar un dividendo en especie de 14,20 (brutos), de los que te han retenido (repercutido) 3,42594 euros.
2) [b]Picos (21 acciones restante)[/b]:
21x0,14343434343=3,01 euros
21x0,043804373 =0,92 euros
Suma de ambos 3,93 euros. Esto es un dividendo bruto, a añadir a los demás dividendos brutos.
Como retención (a sumar a las demás retenciones que tengas) tienes que poner: 21 x 0,00919891 euros = 0,19 euros.
Entiendo que es así.
Un saludo.
Perdigón · 2013-04-18
Muchas gracias, jefe. Realmente es muy extraña.
La duda que me quedaría (con independencia de que lo haya entendido) es cómo declarar el retenido de 3,42594. Entiedno que es como la retención a cuenta que te hacen en la nómina o en un recibo, a descontar de la parte a pagar. ¿Es así?
Invertir en bolsa · 2013-04-19
Hola Perdigón.
Eso lo metes con las demas retenciones de los dividendos que hayas cobrado.
Por ejemplo, si has cobrado 1.000 euros de dividendos normales y te han retenido 210 euros, en la casilla de las retenciones de los dividendos pones 210 euros + esa cifra.
Un saludo.
Perdigón · 2013-04-19
De acuerdo, entonces nada d eparticular. Realmente espero que los pagos de dividendos en especie no sean tan liosos. Lo digo porque me gustaría comprar en el futuro por ejemplo de ZOT, y no quoero estar todos los años haciendo sudokus para la renta...
Invertir en bolsa · 2013-04-19
Hola Perdigón,
Yo no recuerdo otro caso como este. Lo de Zardoya, Abertis, etc, son ampliaciones de capital liberadas normales y corrientes, nada que ver con esto, así que no te preocupes por eso.
Un saludo.
tito · 2013-04-23
Hola,
quería preguntar ¿Cómo puedo declarar 2000 euros que transferí a IGMARKETS para operar con CFDs y que al final perdí?
Al ser una transferencia a una web de este tipo, desconozco si se puede declarar y como se hace. Me podeis ayudar? Gracias,
fausto · 2013-04-28
Dudo si crear una sociedad limitada para el siguiente caso:
Tres socios que facturan 100.000.-€ por honorarios profesionales. Gastos deducibles insignificantes. Beneficio de la S.L. 100.000 € anuales.
Leyendo su información deducimos:
Pago de Impuesto de sociedades unos 25.000.-€ Beneficio después de impuestos 75.000.-€
Cada socio obtiene al año, por reparto del beneficio, 25.000.-€
Si cada socio incluye esos 25.000.-€ de beneficio en IRTP (declaración de la renta) como dividendos o rendimiento del capital mobiliario pagaría otros 5.637.-€
¿Es correcta la interpretación?
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola,
Tito, las pérdidas en CFDs se declaran igual que en los futuros, por ejemplo. La pérdida se produce en el momento en que cerraste cada operación. La transferencia que hiciste al broker no es importante, lo que importa son las fechas de cierre de las operaciones que hiciste con CFD. Las que cerraras en 2012 las tienes que poner en la declaración de 2012, las que cerraras en 2013 en la declaración de 2013, etc.
Fausto, no conozco la fiscalidad de las SL con detalle, pero lo que comentas es correcto. Primero tendríais que pagar el IS, y después tendríais que pagar cada uno de vosotros el IRPF por los de los dividendos que cobréis de la SL. Para la cifra que comentas, creo que es mejor no hacer la SL, y que cada uno de vosotros cotice como autónomo.
Un saludo.
Jose Fdez · 2013-05-07
Buenas IEB, tengo una duda, aunque ya he ejecutado la orden ... y creo que no tuve en cuenta los 2 meses antes/después.
He comprado ANA el 2MAY13, aunque en el broker pone que la fecha de ejecución es 7MAY13, no sé que querrá decir esto.
Si el reparto del scrip dividend (suponiendo que ANA use eso) lo hace el 1JUL13, el cobro de dividendos NO estará exento si vendo el 10JUL13 al no haber pasado los dos meses previos, ¿cierto? ¿Es una cagada la fecha de compra? XD
Muchas gracias, un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-05-08
Hola Jose,
No te preocupes. A los script dividends no les afecta esto, porque la fecha de adquisición de esas acciones no es la de la ampliación de capital, sino la fecha de compra de las acciones que originan ese script dividend.
Es decir, si el 1 de Julio Acciona te da 10 acciones como script dividend, la fecha de compra (para Hacienda) de esas acciones no es el 1 de Julio, sino el 2-7 de Mayo (la que sea correcta).
Un saludo.
Jose Fdez · 2013-05-08
Buenas IEB,
creo que no me he explicado bien. Mis dudas venian referentes a la excencion de los primeros 1500€ para la renta a la que se tiene derecho al haber comprado dos meses antes o vender dos meses despues de la obtencion del dividendo.
¿esa excencion solo es aplicable a los dividendos "reales" o tambien a la nueva modalidad de vender los derechos a la empresa (scrip dividend)?
Gracias, un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-05-09
Hola Jose,
La venta de los derechos de las ampliaciones de capital a la empresa tributa como si fuera un dividendo (aunque no lo sea), y por tanto también se benefician de la exención de los primeros 1.500 euros.
Un saludo.
Jose Manuel · 2013-05-11
Hola buenos días, llevo unos día que estoy realizando compra de acciones que las ejecuto tanto la compra como la venta en el mismo día, quisiera saber que tipo de retención se le aplica a dichas operaciones, sabiendo que hasta el día de hoy ninguna de ellas a superado los 200 euros, un saludo y gracias por su respuestas.
Invertir en bolsa · 2013-05-13
Hola José Manuel,
Las ventas de acciones nunca llevan retención, idependientemente de su importe o su plazo.
Con lo que sí tienes que tener cuidado es con la "regla de los 2 meses", para la compensación de las minusvalías:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_compensacion_minusvalias_evitar_regla_2_meses.htm]Cómo evitar la regla de los 2 meses en la compensación de minusvalías[/url]
Un saludo.
Oscar · 2013-05-15
Buenos dias
Viendo en un comentario anterior q las aciones heredadas tributan al precio del dia de la herencia, me surge una duda.
Te expongo el caso:
Mi padre tiene acciones de SAN y en los dividendos opta por vender derechos a mercado y otras en quedarse las acciones (cobra en especie).
Si en el momento de heredar acciones (ESPERO QUE PASEN MUUUUUUCHOS AÑOS) dices que se tributa en el impuesto de sucesiones al precio de la accion de ese dia, entonces, ¿esas acciones no se verian afectadas por su historia, es decir, decrementado el precio de compra en funcion de los dividendos cobrados?
Gracias por la respuestas.
Un saludo
Invertir en bolsa · 2013-05-16
Hola Oscar,
Tienes que diferenciar tu fiscalidad de la de tu padre.
Supongamos que el compró las acciones originales del Santander a 5 euros. Después de muchas ampliaciones de capital liberadas, su precio de compra baja a 3 euros. Si tu padre, en vida, vende esas acciones, tendrá que calcular la plusvalía / minusvalía utilizando como precio de compra 3 euros.
Supongamos que tu padre nunca vende esas acciones, y pasan a tus manos dentro de muchos años. Imaginemos que el día del fallecimiento el Santander cotiza a 50 euros.
En este caso, tu precio de compra (para calcular plusvalías / minusvalías en caso de venta) serían 50 euros, y si hubiera Impuesto de Sucesiones tendrías que pagarlo valorando las acciones a 50 euros. En caso de herencia, te da igual el precio al que comprará las acciones tu padre, y si se fue modificando con ampliaciones de capital liberadas, etc.
Un saludo.
Ana · 2013-05-22
Buenas tardes,
Quería hacer una consulta acerca de las retenciones de los dividendos a cuenta.
Estaba interesada en saber si, así como en las retenciones del trabajo se puede pactar con la empresa lo que quieres que te retengan, ¿esta opción existiría para las retenciones aplicadas en la distribución de un dividendo a cuenta?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo
Invertir en bolsa · 2013-05-23
Hola Ana,
No, eso no es posible. La retención es del 21% para todos los dividendos (a cuenta, complementarios, etc), y es la misma para todo el mundo.
Un saludo.
Chema · 2013-05-28
Hola,
Compre 1.000 Eur en acciones en noviembre del 2012 (valor patrimonial 1.015,51 Eur), es la primera vez que compro acciones y tengo nada claro si debo ponerlas en la Declaración de la Renta.
He leido algo por en algunas webs y me daba la impresión de que solo debo incluirlas cuando las venda, cosa que aún no he hecho.
Me podrias ayudar un poco ?
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2013-05-28
Hola Chema,
Efectivamente, hasta que no las vendas no debes poner nada en el IRPF (salvo los dividendos que cobres de ellas, claro).
Un saludo.
Jaime · 2013-06-05
Hola:
Tengo una duda:
En un mismo pago de dividendos de una empresa, puede haber parte que estén exentos de tributar porque provienen de acciones de más de 2 meses y parte que se tribute porque provienen de acciones que no tienen la antigüedad necesaria?
Guillermo Contreras · 2013-06-07
Buenas noches, en la información facilitada por mi banco respecto a los dividendos me aparecen 8 registros con un rendimiento íntegro de 0 euros y 289,31 euros de gastos deducibles, pero la AEAT no los ha incluido, ¿Cómo debo de actuar?. Muchas gracias por adelantado
Invertir en bolsa · 2013-06-10
Hola,
Jaime, sí, se puede dar ese caso.
Guillermo, los datos de la AEAT son lo mejor que tienen en ese momento en Hacienda, pero tú tienes que poner los reales. En este caso, pon esos gastos en la casilla 024.
Un saludo.
Nanoeconomista · 2013-09-23
Me gustaría comentar el caso práctico.
Tal vez lo correcto sería:
[i]"Si un inversor cobra 30.000 euros de dividendos, en el momento del cobro tendrá una retención de 6.300 euros (el 21% de 30.000). Al hacer la declaración la cantidad real a pagar será de:
Por los primeros 1.500 euros no pagará nada
[b]Entre 1.500,01 y 6.000 euros pagará el 21%; 945 euros (el 21% de 4.500)[/b]
Entre 6.000,01 y 24.000 pagará el 25%: 4.500 euros (el 25% de 18.000)
[b]Entre 24.000,01 y 30.000 pagará el 27%: 1.620 euros (el 27% de 6.000)[/b]
La cifra total a pagar es de 7.065 euros (945 + 4.500 + 1.620). Como le habían retenido 6.300 euros, al hacer la declaración tendrá que pagar otros 675 euros (7.065– 6.300 = 765)."[/i]
Invertir en bolsa · 2013-09-23
Hola Nanoeconomista,
No es así, lo correcto es como está puesto en el artículo.
Se paga el 21% por los 6.000 primeros euros que hay que pagar, es decir, después de restar los 1.500 euros exentos.
Así que pagas el 0% hasta 1.500, el 21% entre 1.500,01 y 7.500, etc.
Un saludo.
Nanoeconomista · 2013-09-23
Es como dices. Gracias.
JK · 2013-10-04
Hola,
Me queda la duda de si los rendimientos obtenidos por bonos obligatoriamente convertibles a acciones, también podrían entrar en los 1.500E exentos de pago de IRPF. Me refiero a los bonos que te dan un % sobre el valor de cotizacion de la accion en las fechas marcadas, y con los que luego adquieres acciones a un precio pactado previamente.
Invertir en bolsa · 2013-10-07
Hola JK,
No, los intereses que pagan esos bonos tienen la misma fiscalidad que los de los bonos "normales", y por tanto no entran en los 1.500 euros exentos de los dividendos de las acciones.
Un saludo.
jesperez · 2013-10-14
Se me plantea la duda de la fiscalidad en sociedades de un dividendo de General Electric (Dow Jones).
2000 acciones compradas el 22/04/2013 dividendo cobrado el 20/06 con el siguiente detalle:
0,19 $ x 2000 = 380 $
Ret. 67,83 $
Ret. ext 57.- $
Com. 0,95 $
Abono 191,86 € (cambio 0,754716 € x $)
Si ya de paso me puede indicar cómo contabilizar pues ideal.
Invertir en bolsa · 2013-10-15
Hola jesperez,
Yo conozco la fiscalidad del IRPF, pero no la de Sociedades, lo siento.
Un saludo.
carlos · 2013-10-30
hola, mi pregunta es la siguiente..si el beneficio es de 1800.. cuanto se tributa.. me refiero arriba pones que ya cobre lo q cobres al principio es el 21%.. con lo cual sería 378
los 1500 exentos.. con lo que quedarian 300 euros se hace el 21 de 300 y se resta a los 378? queda negativo.. eso no es normal verdad
o es 1800 x 21% y luego ya nada mas por que si le restas los 1500 exentos queda 300 que no llega al tramo 1500,01-7500?
gracias un saludo
Invertir en bolsa · 2013-10-31
Hola Carlos,
Si cobras 1.800 euros de dividendos te retienen 378 euros, porque en el momento del pago te retienen siempre.
Después, al hacer la declaración del IRPF, los primeros 1.500 euros están exentos, con lo que realmente tienes que pagar 63 euros (el 21% de 300).
Como te han retenido 378 euros y tienes que pagar 63 euros, te devuelven 315 euros.
Un saludo.
Graci · 2013-11-18
Buenos días,
Querría empezar a invertir, pero tengo algunas dudas:
La exención de los 1.500 primeros euros, se aplica solo a dividendos o también a beneficios por venta de acciones?
Siendo yo estudiante sin ningún tipo de ingresos, a partir de qué cuantía estaría obligada a declarar? Entendí en otro comentario que debo declarar igual para recuperar la retención de esos 1.500, no?
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-11-18
Hola Graci,
La exención de los 1.500 primeros euros es sólo para los dividendos, no para la venta de acciones. Esta exención compensa, aunque de forma mínima e insuficiente, el dinero que ya has pagado como dueña de esa empresa por el Impuesto de Sociedades. Por eso se aplica a los dividendos, porque el dinero que cobras como dividendo ya ha pagado el Impuesto de Sociedades. Es dinero que se grava 2 veces, lo cual es claramente injusto, esta pequeña exención pretende compensar mínimamente esa injusticia.
Si tus ingresos totales (dividendos, intereses de depósitos, venta de acciones, fondos, etc) son inferiores a 1.600 euros no tienes obligación de declarar. Pero si no declaras no te devolverán lo que te han retenido, efectivamente, por lo que te interesa declarar.
El Estado exime de la obligación de declarar a aquellos grupos de personas que casi seguro que les sale la declaración a devolver, para que muchos de ellos no hagan la declaración, por pereza, y quedarse su dinero.
Un saludo.
Fiódor · 2013-11-19
Hola,
Es posible que mi pregunta ya la hayan planteado de otra forma, pero no me queda claro. Pido disculpas de antemano si ya ha sido tratada esta cuestión.
Sobre la exención de los primeros 1500 euros de dividendos, entiendo que se refiere al total de dividendos percibidos en el ejercicio, independientemente de que procedan de diferentes sociedades. ¿O bien se trata de una exención de 1.500 euros para cada dividendo?
Y, si no es mucha molestia, me gustaría saber también si tiene alguna relevancia a efectos de IRPF que los dividendos procedan de una sociedad con domicilio en Italia.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-11-22
Hola Fiodor,
Son 1.500 euros al año exentos del total de las acciones que tengas, no 1.500 euros por empresa.
La fiscalidad de los dividendos que se cobran de empresas extranjeras es distinta a la de los dividendos de empresas españolas. La tienes en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-pagados-por-empresas-extranjeras-ejercicio-2012-declaracion-que-se-presenta-en-mayo-junio-de-2013.htm]Dividendos cobrados de empresas extranjeras en el ejercicio 2012[/url]
Un saludo.
Lorenzo · 2014-01-05
Buenos días IEB,
Tengo una duda a la hora de hacer la declaración, a nivel de detalle en programa PADRE.
Me queda claro que es en la casilla 029 en donde se refleja lo que tenemos que pagar de impuestos (es decir, la diferencia entre los dividendos generados menos los 1500€). Pero para mi por lo menos esta información no es completa, lo que a mi me interesa saber es lo que ya he pagado ya de impuestos. Creo que me explico mejor con un ejemplo.
Supongamos que cobro 1000€ de dividendos. Me ingresan en cuenta 790€ y me retienen 210€. En la casilla 029 no me aparece nada, pues estoy exento de pagar por tener dividendos
LorenzoHB · 2014-01-05
Perdón se ha quedado cortado vuelvo a repetir la pregunta
Buenos días IEB,
Tengo una duda a la hora de hacer la declaración, a nivel de detalle en programa PADRE.
Me queda claro que es en la casilla 029 en donde se refleja lo que tenemos que pagar de impuestos (es decir, la diferencia entre los dividendos generados menos los 1500€). Pero para mi por lo menos esta información no es completa, lo que a mi me interesa saber es lo que ya he pagado ya de impuestos. Creo que me explico mejor con un ejemplo.
Supongamos que cobro 1000€ de dividendos. Me ingresan en cuenta 790€ y me retienen 210€. En la casilla 029 no me aparece nada, pues estoy exento de pagar por tener dividendos
Lorenzo · 2014-01-05
Supongamos que cobro 1000€ de dividendos. Me ingresan en cuenta 790€ y me retienen 210€. En la casilla 029 no me aparece nada, pues estoy exento de pagar por tener dividendos
Invertir en bolsa · 2014-01-07
Hola Lorenzo,
Pincha en la casilla 024, y en el desplegable que se abre tienes un campo, "Retenciones", que es lo que te han retenido al pagarte los dividendos.
Un saludo.
Lorenzo · 2014-01-12
Perfecto, muchas gracias. Una cosa más, viendo el desglose de lo retenido, obviamente he pagado más por los primeros 1500, que me retuvieron a pesar de estar exento.¿en qué lugar de la declaración se muestra cómo me devuelven ese importe? que son 1500*0.21=315€ si no me equivoco
Invertir en bolsa · 2014-01-13
Hola Lorenzo.
Lo ves en la casilla 024, ahí tienes el desglose.
Un saludo.
ana · 2014-01-14
Buenas noches.
Me gustaría saber si los accionistas de una empresa de Perú, al repartir beneficios y traerse el dinero a España, tendrían que tributar también aquí, aún habiendo tributado en Perú por esos beneficios.
Un saludo,
ALVAZ · 2014-01-15
Hola, yo he tenido varios ingresos durante 2013 que no sé como declararlos, concretando:
Bueno, resido en el Pais vasco y tenemos un programa para simulación descargable desde la web rentaraba,
1-Intereses de Depósitos, fondos etc, retenido ya el 21, (esto si que tengo idea)
2-Dividendos, que no superan los 1500, pero de los cuales ya me han retenido el 21
3-He vendido en el mercado, los llamados dividendos opción.
4-He obtenido plusvalías de venta de acciones.
Pues la duda es como meto, los ptos. 2,3,4, en el programa, sé que manejáis el programa de Hacienda (agencia tributaria), pero entiendo que los nombres serán parecidos.
Otra ¿hacienda tendrá los datos de las plusvalías obtenidas facilitadas por mi banco?, así no tengo que cascarme la cabeza.
Muchas gracias
Saludos
Invertir en bolsa · 2014-01-15
Hola Ana,
No, por traer dinero a España no tienes que pagar a la Hacienda española.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-01-15
Hola Alvaz,
Ese programa no lo conozco. ¿Los números de las casillas son los mismos que en el PADRE? Mira a ver si en la casilla 024 es donde metes los diividdendos que hayas cobrado.
Si los puntos 1,2 y 4 no superan los 1.600 euros no tienes obligación de hacer la declaración, aunque te interesará hacerla, para que te devuelvan lo retenido.
Hacienda no facilita el cálculo de las plusvalías, lo tienes que hacer tú.
Un saludo.
Juan · 2014-01-15
El santander ofrece un dividendo al cual se puede optar de tres formas, adquiriendo acciones, efectivo con retención fiscal o venta derechos al mercado sin retención fiscal. Si te acojes a la venta al mercado sin retención fiscal, de que forma repercute, fiscalmente hablando. Aunque dependera de la situación de cada uno ¿Cuál es la mejor opción? Gracias.
ALVAZ · 2014-01-16
Hola, muchas gracias, comentando un poco el asunto, aqui la hacienda de alava, nos facilita un simulador de renta y despues en abril nos envia una propuesta de declaracion, si estas de acuerdo, la aceptas y si no pues no. Estoy liado con el programa simulador, de ahí mis dudas, porque a fecha de hoy, hacienda no tiene disponibles mis datos de 2013 y todos los datos hay que meterlos a mano, en abril el programa se conecta via internet a la web de hacienda y ahi estan los datos y con ellos te meten el sablazooo.
La duda de las plusvalias, me surje porque yo apunto cada aperacion que hago, y la verdad es que el año pasado los datos de hacienda se ajustaban a lo que tenia yo apuntado, pero despues de entrar en vuestra web, me ha hecho ver que el asunto de la bolsa y su tributacion no es como yo pensaba y queria una confirmacion para mi tranquilidad.
En el programa simulador, hay un apartado para los intereses de fondos etc..y metes el bruto y la retencion, esto es facil, luego hay apartado de "ganacias y perdidas patrimoniales", donde hay un aptdo de acciones, que hay que ir operacion por operacion, y tengo unas cuantas, por ello busco algo mas sencillo, donde se pudiera meter las plusvalias de golpe, Tenia que haber una casilla "Ponga usted aquí sus plusvalias en bolsa" = xxx
No me has comentado nada de los dividendos opcion, ¿donde puedo meterlos?
Por cierto, ¿las comisiones de custodia de valores se pueden desgravar?
Muchas gracias y saludos
Invertir en bolsa · 2014-01-16
Hola Juan,
La mejor alternativa depende de la estrategia de inversión de cada uno. Si inviertes a largo plazo, y salvo alguna circunstancia particular, creo que lo mejor es que acudas a esas ampliaciones de capital liberadas (no dividendos):
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-flexibles-dividendos-eleccion-o-script-dividends.htm]Fiscalidad de los script dividends[/url]
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=943]Las ampliaciones de capital liberadas no suponen ninguna remuneración[/url]
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-01-16
Hola Alvaz,
No conozco ningún programa que se metan las plusvalías de golpe. Aunque al ser un simulador, puedes hacer tú la suma y meterlo como si fuera una única operación, el resultado que te dé va a ser el mismo que si las tecleas una a una.
La venta de derechos no tributa al vender los derechos, lo que hace es rebajar el precio de compra de tus acciones. Hasta que no vendas las acciones, si las vendes, no tendrás que pagar por la venta de esos derechos:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-flexibles-dividendos-eleccion-o-script-dividends.htm]Fiscalidad de los script dividends[/url]
Las comisiones de administración se desgravan, sí. En el PADRE se ponen también en la casilla 024.
Un saludo.
ana · 2014-01-16
Muchas gracias por tu respuesta, pero creo que no debí plantear bien mi pregunta. Los casos son los siguientes:
1.-
- una sociedad constituida en Perú y compuesta por españoles realiza actividades de servicios profesionales en Perú
- paga los impuestos correspondientes allí
- reparte beneficios entre sus socios
- los socios al recibir esos beneficios pagan los impuestos correspondientes como residentes en Perú o como extranjeros.
- ese dinero ya está totalmente declarado, justificado, etc. en Perú.
¿qué tratamiento fiscal tiene al retornar a España?
Ampliable a otros países Colombia, Costa Rica, Panamá, Uruguay
2.-
- Una sociedad española desarrolla servicios en Perú
- paga sus impuestos allí
- cuál es la situación fiscal a llegar ese dinero a España?
Ampliable a otros países Colombia, Costa Rica, Panamá, Uruguay
Muchas gracias y un saludo
ALVAZ · 2014-01-17
Hola, buff, lo tengo claro.
Muchas gracias, aclarado pero "mas matao"
Saludos
ALVAZ · 2014-01-17
Hola,
si vendo acciones generando minusvalias, y acto seguido compro acciones, incumplo la regla de los 2 meses, por lo tanto ¿pierdo para siempre la posibilidad de compensarlas o bien se anularia y en la siguiente venta podría hacerlo?
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2014-01-17
Hola Ana,
1) No pagas nada. Son personas físicas que traen dinero a España, no tienen que pagar nada por traer ese dinero.
2) Eso es del Impuesto de Sociedades, no sé responderte, lo siento.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-01-17
Hola Alvaz,
Al incumplir la regla de los 2 meses la posibilidad de compensar la minusvalias queda bloqueada, hasta que cumplas esa regla. Y para eso no hay límite de tiempo. Si al cabo de 6 años, por ejemplo, vendes las acciones y cumples la regla de los 2 mees, entonces te podrás compensar esa minusvalía.
¿Por qué te he "matao" :) ? La fiscalidad de las operaciones que me has preguntado no es mala. Por la venta de los derechos de momento no pagas nada, y las comisiones te las puedes desgravar.
Un saludo.
Juan · 2014-01-17
Mi duda es si realizo la venta de derechos en el mercado al no tener retención fiscal, si esta retención hay que declararla en la declaración de la renta. Si esto es negativo de que manera influye en mi cartera de acciones y por que te dan a elegir entre venta de acciones al banco con retención fiscal o venta de acciones en el mercado sin dicha retención. Gracias de antemano y perdón por las posibles molestias. Un saludo.
ALVAZ · 2014-01-17
Hola "info bolsa", mas matao en el sentido, de que he hecho unas cuantas operaciones, he vendido derechos, cogido acciones..., a medida que leo este foro me voy enterando de cosas, claro yo tengo anotadas todas mis operaciones de bolsa, a parte de la info que me facilita mi banco, y haciendolo sencillo yo del SAN, tengo compradas acciones a varios precios, yo no he tenido en cuenta que cuando te dan acciones, realmente el precio de tus acciones se ve modificado, yo he pensado siempre, tengo x acciones a 7 euros, vale pues cuando llegue a 7.30 me desharé de esas x acciones con plusvalias, y me quedaran x compradas a 8 y x a 8.30, claro yo hoy por hoy puedo esperar, si tuviera que vender las acciones a un precio inferior tendría las minusvalias, no sé si me explico, bueno, tengo que adquirir conocimientos, porque veo que todas mis operaciones ahora mismo....que tengo un follon para cumplir con el fisco.
Mi banco me da un informe de de plusvalias y no me encajaba con lo que yo tenia, hasta que me has dicho que cuando vendes "dividendo opcion" al mercado sólo tienes que declarar si vendes las acciones, claro y yo he vendido parte, por lo tanto hay que hacer las "cuentas", de unas cuantas operaciones, vamos que tengo bastante lio, que aún no tengo totalmente claro de como se hace
No me enrollo más, muchas gracias por tu tiempo.
Saludos
saludos
Invertir en bolsa · 2014-01-20
Hola Juan,
No, si vendes en el mercado los derechos no tienes retención fiscal, y no tienes que que declarar nada en el IRPF por el mero hecho de vender esos derechos. Lo que tienes que hacer es reducir el precio medio de compra de tus acciones, nada más:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-flexibles-dividendos-eleccion-o-script-dividends.htm]Fiscalidad de los script dividends[/url]
Pagarás por esos derechos cuando vendas las acciones, si las vendes, al calcular la plusvalía (o minusvalía) con ese precio de compra reducido por la venta de los derechos.
En cuanto a la razón de esa diferencia, hay que partir de la base de que los script dividends no son dividendos:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=943]Las ampliaciones de capital liberadas no suponen ninguna remuneración[/url]
En las primeras operaciones que se hicieron de este tipo, creo recordar que en 2009, la fiscalidad de vender los derechos en el mercado o a la empresa era la misma. Pero en algún momento Hacienda pensó algo así como "si llamáis dividendo a algo que no lo es, a ver si puedo coger algo de ahí". Y entonces cambiaron la tributación de la opción de vender los derechos a la empresa a un precio fijo, haciendo que eso tributara como un dividendo, aunque no lo sea.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-01-20
Vale, Alvaz.
Las cuentas sobre las pluvalías que mandan los brokers, en realidad nunca son fiables. Porque tienes que aplicar el criterio FIFO a todas las acciones que tengas en cualquier broker, y cada broker no sabe lo que tienes en otros brokers, etc. Por eso es información es una ayuda, pero no algo que puedas copiar directamente en la declaración del IRPF, como pasa con los dividendos, los intereses de los depósitos, etc.
Un saludo.
ALVAZ · 2014-01-22
Hola, bueno, pues he obtenido el informe de plusvalias del 2013, y yo no sé si habran tenido en cuenta el sistema FIFO porque p.ej en una operacion me aparece:
VAlor nº acciones fecha adquisicion valor adqui Fecha enajenacion valor enajenacion
XX 500 9-3-11 xxxxx 23-07-13 yyyyy
Al ver la operacion y fecha de adquisicion, parece que se ha aplicado FIFO, han vendido acciones adquiridas el 9-3-2011, con lo que se me habrian compensado las minusvalias (compre mas caro) y según mis anotaciones incumplo la regla de 2 meses( ninguna operacion del mismo valor 2 meses antes y 2 despues, ¿correcto?), tendré que repasar de nuevo las cuentas.
Preguntas, ¿que significa exactamente el término " enajenacion ", en el contexto de plus/minusvalias?
¿Puedo tener algo de suerte al tener mis valores todos en un mismo banco?, de cara a cuadrar toda la informacion
Muchas gracias. Saludos
Invertir en bolsa · 2014-01-23
Hola Alvaz,
Cada broker en su informe siempre tiene en cuenta el FIFO. Pero no sabe si has comprado acciones de esas mismas empresas en otros brokers, y por eso en ese tipo de informes suelen poner que es algo a título informativo (las plusvalias y minusvalías).
Si sólo has comprado acciones de esa empresa en un broker, entonces ese informe sí es válido. Tienes "suerte", como dices. Pero imagina que alguien compra y vende acciones de Iberdrola, por ejemplo, en el Santander y en el BBVA. En un caso así, los informes que le dieran el Santander y el BBVA no le servirían, porque el uno no tiene los datos del otro.
Enajenar es vender.
Se cumple la regla de los 2 meses cuando no se compran acciones ni 2 meses antes ni 2 meses después de una venta con pérdidas.
Un saludo.
El Aprendiz de Bolsa · 2014-01-23
Hola Gregorio,
Estoy bastante pez en temas de fiscalidad y me han surgido algunas dudas en relación a este tema.
1.¿En qué parte de la web de la Agencia Tributaria se puede encontrar la fiscalidad de los dividendos?
2.¿Qué fechas se toman como comienzo y fin para contabilizar el periodo en el que tributan los dividendos?
3.En caso de que los primeros 1.500 euros procedan de acciones que no se hayan mantenido 2 meses antes o 2 meses después de la fecha del cobro de dividendo, estos dividendos, ¿tributarían al 21%?
4.En el momento de cobrar los dividendos se sufre siempre una retención del 21%, ¿sea la cantidad que sea?
Muchas gracias de antemano.
Invertir en bolsa · 2014-01-24
Hola Aprendiz,
1) En la parte de "Normativa y criterios interpretativos", pero es la que te ponfo aquí.
2) Esta pregunta no la entiendo. Los dividendos cobrados en 2013 tributan en 2013, etc, ¿es eso lo que preguntas?
3) No tienen que ser los primeros 1.500 euros cobrados cronológicamente. Si cobras más de 1.500 euros "correctamente", tienes 1.500 euros exentos.
4) No. Si la empresa tiene la sede en Navarra se retiene el 20%. Si se cobran más de 6.000 euros en un único pago la retención es del 25%, y si se superan los 24.000 la retención es del 27%, pero a poca gente le afecta esto.
Un saludo.
El Aprendiz de Bolsa · 2014-01-24
Gracias Gregorio,
No se si podrías ponerme la ruta exacta para llegar a la legislación concreta, porque me pierdo entre tanta normativa. Te lo comento para saber como acceder yo mismo a la información por si cambia.
En cuanto a la pregunta 2, efectivamente van por ahí los tiros. Por lo que comentas entonces, los dividendos cobrados en 2013, es decir, del 1 de Enero al 31 de Diciembre de ese año, tendríamos que declararlos en la declaración del IRPF del 2014, ¿correcto? (no he hecho nunca la declaración, por eso estoy tan pez).
En la respuesta 4, cuando dices "en un único pago", ¿te refieres a que si recibimos esas cantidades en dividendos
de una sóla empresa, nos retienen los porcentajes que especificas?
Muchas gracias por tu ayuda, pero sobre todo por tu paciencia :)
Invertir en bolsa · 2014-01-27
Hola Aprendiz,
Si cambia la información la pondré aquí. De momento en 2014 no ha cambiado, es la que en 2013. Pero si quieres acceder directamente a la fuente original, tienes que navegar a partir de donde te puse, e ir buscando leyes. No hay un sitio que sea "Fiscalidad de los dividendos", sino que tienes que ir buscando las leyes y reglamentos vigentes que hablen sobre los dividendos, e ir viendo qué pone cada uno.
Sí, los dividendos cobrados entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre se declaran en Mayo-Junio de 2014.
Respecto a la pregunta 4, es de una única empresa y de una única vez. Por eso no afecta a casi nadie.
Un saludo.
julio · 2014-02-09
Hola buenos días, a pesar de haberme leído casi todo el foro no acierto a comprender muy este tema de la fiscalidad. En 2011 compré acciones del SAN a 8,30 euros. Durante todo este tiempo he cobrado los dividendos a través del script dividend, por lo que he reducido el precio de la acción hasta los 6,54 euros en que he vendido el otro día, si ganar ni perder nada. Dicho esto, qué fiscalidad tiene esta operación? Puedo declarar minusvalías? Debo declarar por los dividendos?
Gracias y un saludo.
Invertir en bolsa · 2014-02-10
Hola Julio,
Los dividendos hay que declararlos el año en que se cobran, no cuando se venden las acciones. Los dividendos cobrados en 2011 se declaran en 2011, los cobrados en 2012 se declaran en 2012, etc.
Lo que tienes que hacer es declarar esta venta que has hecho en 2014 en la declaración que se presente en Mayo-Junio de 2015. Y tendrás la plusvalía o minusvalía que te salga. Imagino que el precio de compra y el de venta no serán exactamente iguales, habrá algún céntimo de diferencia. Si has ganado 0,01 euros, pagarás por esa plusvalía, y si has perdido 0,01, esa es la minusvalía que tendrás. Si el resultado fuese exactamente 0, entonces no habría ni plusvalía ni minusvalía.
Un saludo.
José · 2014-02-11
Soy nuevo en este mundo, hace unos meses compre una acciones del banco Santander, recientemente, y mediante el dividendo elección, decidí que este fuera remunerado, en principio la venta de los derechos estaba garantizada en 0,152€ pero cuál ha sido mi sorpresa al ver que en la cuenta tan solo me han ingresado alrededor de 0,12€ por derecho, para más datos el dividendo total a percibir si lo llevara a un año sería menor de 1500€.
¿Es normal esto?, y si no lo es, ¿qué puedo hacer? Muchas gracias.
Un Saludo
Invertir en bolsa · 2014-02-13
Hola José,
Entiendo que has vendido los derechos directamente al Banco Santander al precio fijo marcado por este. En ese caso, sí es normal lo que te ha pasado, porque aunque eso no sea un dividendo, tributa como un dividendo, y por tanto tiene la retención del 21% que tienen los dividendos. Por los 0,152 euros brutos se quedan en aproximadamente 0,12 euros.
Lo importante es que entiendas que eso no es un dividendo, aunque lo parezca:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=943]Las ampliaciones de capital liberadas no suponen ninguna remuneración[/url]
Creo que el Banco Santander es una buena empresa para el largo plazo, y que en estos momentos está barato, pero no está pagando dividendo. Volverá a pagar dividendo en el futuro seguro, pero ahora mismo no lo está haciendo.
Y aquí tienes la fiscalidad de estas ampliaciones de capital (no dividendos), según la alternativa que escojas:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-de-los-dividendos-flexibles-dividendos-eleccion-o-script-dividends.htm]Fiscalidad de los script dividends[/url]
Un saludo.
José · 2014-02-17
Gracias.
Laura Sánchez · 2014-02-22
Hola, cobro 12.000 euros anuales en dividendos, pero estoy en el paro y no tengo otro ingreso. Me están haciendo las retenciones. ¿Cuándo haga la declaración me harán la devolución de la cantidad retenida? Gracias. Un saludo, Laura.
Invertir en Bolsa · 2014-03-03
Hola Laura,
Te devolverán bastante. Además de los 1.500 euros exentos de dividendos que tiene todo el mundo, tu mínimo personal se aplicará a lo que hayas cobrado de dividendos. Con esa cifra, todo lo retenido no te lo devolverán, pero una parte importante sí que la recuperarás.
Un saludo.
jose luis · 2014-04-15
Buenos días.Tengo 5400 acciones del BSCH,estamos en abril y me toca elegir en el dividendo elección entre quedarme con acciones nuevas(descartado),vender los derechos al banco o venderlos al mercado.Tengo rendimientos de capital mobiliario negativos materializados en 2012,que son como consecuencia del canje de bonos convertibles del propio banco por acciones.Mi pregunta es si cobro el dividendo en efectivo,puedo compensar ese rendimiento positivo con el negativo de 2012 y si para ello da igual vender los derechos al banco o al mercado.Unos me dicen que sí,otros me dicen que sólo podré compensar si los vendo al banco.POr otra parte¿da igual el plazo de generación de los rendimientos positivos y negativos para poder compensarlos?,porque el rendimiento negativo se produjo a lo largo de 5 años,que fue el tiempo que cotizaron los bonos convertibles.Sin embargo el dividendo,entiendo que se generaría en menos de un año.Habría algún problema para poder compensar los rendimientos positivos con los negativos del pasado por el tema de los plazos?
Espero que se entienda bien la pregunta y la situación ante la que me encuentro.Gracias anticipadas por la respuesta.
Invertir en Bolsa · 2014-04-15
Hola José Luis,
Para poder compensarlos tienes que vender los derechos al banco. Si los vendes en el mercado no los podrás compensar.
Pero ten en cuenta que los primeros 1.500 euros cobrados por dividendos están exentos, por lo que podrás compensar lo que pase de esos 1.500 euros (en el total del año).
Por otro lado, no sé porque no te sirve la opción de aceptar acciones. En caso de una inversión a medio largo plazo, creo que lo más favorable es coger las acciones, ya que en estos momentos el Santander sigue cotizando por debajo de su valor contable.
Un saludo.
jose luis · 2014-04-19
Gracias por la respuesta.Respecto a lo de no coger acciones y cobrar el dividendo,vendiendo los derechos al banco,lo hago porque quiero aprovechar los cuatro años que tengo para compensar los rendimientos negativos de capital mobiliario de 2012.Son casi tres mil euros al año en dividendos,aunque los 1500 primeros estén exentos,creo que es mi mejor opción.Si los vendo al mercado,normalmente a un precio algo mejor,cuando venda las acciones me aplicarán la fiscalidad sobre una plusvalía mayor y si lo cobro en acciones(eso hice en los primeros dividendos),creo que esas acciones van a absorver la dilución de la ampliación de capital en su precio.Además,la acción ya no tiene tanto recorrido alcista como cuando elegí la opción acciones,que estaban a cinco euros.Tampoco me he puesto a hacer cuentas,es bastante lioso para los no avezados.Podría ser que esté demasiado obsesionado con la compensación de pérdidas de 2012 y me resulten más favorables las opciones de vender al mercado o quedarme las acciones.Pero los expertos parece que siempre aconsejan pensar en la declaración de la renta para pagar menos impuestos.Gracias.
Invertir en Bolsa · 2014-04-21
Hola José Luis,
No está mal lo que tienes pensado, aunque yo no creo que la fiscalidad deba ser lo que marque totalmente la estrategia de inversión a seguir.
En este caso, por ejemplo, el Santander sigue estando por debajo de su valor contable, y por eso creo que sigue estando bastante barato.
En tu caso concreto, y si piensas vender las acciones en algún momento, mejor que coger las acciones sería vender los derechos al banco y comprar acciones con ese dinero.
Pero si puedes compensar esas pérdidas con otros dividendos, con intereses de cuentas o depósitos, etc, entonces pensaría en la posibilidad de coger las acciones, ya que creo que el Santander sigue estando muy barato a estos precios.
Un saludo.
Carmen · 2014-04-21
No he cobrado dividendos por años. Qué ha pasado con ese dinero? Alguien que me ayude please :(
Invertir en Bolsa · 2014-04-22
Hola Carmen,
¿De qué empresa son esas acciones y dónde las tienes depositadas?
¿Sabes si esa empresa ha pagado dividendos en este tiempo?
Un saludo.
MJ · 2014-05-05
Hola. Buenos días.
Tengo la siguiente cuestión a ver si me puedes ayudar.
Compré unas acciones del Santander en octubre 2013. En Noviembre me dieron un dividendo en efectivo y en Diciembre vendí las acciones. No se cumple la regla de los 2 meses para aplicarme la exención. ¿Cómo declaro entonces el cobro de ese dividendo en el programa PADRE?
Muchas gracias
Invertir en Bolsa · 2014-05-05
Hola MJ,
Tienes que declararlos en la casilla 023, igual que los demás dividendos. La única diferencia es que tienes que poner 2 como "Tipo de rendimiento".
Un saludo.
MJ · 2014-05-06
Muchísimas gracias. Ahora he conseguido entenderlo. Entonces, los dividendos que no cumplan la regla de los 2 meses son del tipo 2. Mas clarito no se puede explicar. Muchísimas gracias por tu labor.
Invertir en Bolsa · 2014-05-07
De nada, MJ. Así es.
José Eduardo · 2014-05-09
Buenas noches,
En el caso de que me dedicara a la especulación, y operara siempre a muy corto plazo, ¿estaría sometido al mismo tipo de tributación y retenciones que en el caso de los dividendos?
Un saludo
Invertir en Bolsa · 2014-05-09
Hola Eduardo,
Sí, el mismo, con una única excepción. Para poder tener la exención de los primeros 1.500 euros cobrados de dividendos hay que tener las acciones los 2 meses anteriores o posteriores al pago del dividendo (pueden ser 2 meses antes o 2 meses después, no hace falta que sean 2 meses antes y 2 meses después).
Si no cumples esto, no tendrás la exención de los primeros 1.500 euros. Esta es la única excepción que debes tener en cuenta en tu caso.
Un saludo.
Ángel Gómez · 2014-06-16
Parece que la cosa esta clara ,yo he cobrado en total 1000 euros de dividendos y me han retenido 210 euros mi duda era buscar una casilla para poner 210 euros para que me los devolviese Hacienda ,según deduzco se ponen los 1000 euros en casilla 024 apartado 1 ( cumplo los requisitos ) y hacienda lo procesa automáticamente Es así? Gracias
Invertir en Bolsa · 2014-06-17
Hola Ángel,
Es así, pero la casilla es la 023. Al pinchar en ella se te abrirá una ventana, en la que tienes que poner:
1 en el "Tipo de rendimiento"
1.000 en "Importe íntegro percibido"
210 en "Retenciones"
Con eso ya te hace todos los cálculos necesarios el programa PADRE.
Un saliudo.
Angel Gómez · 2014-06-17
Muy agradecido . Slds
obalsells · 2014-09-02
Buenas, si yo cobro 1.500 euros en concepto de dividendos, se me aplica una retención del 21 % ? O están libres de pagar impuestos?
Muchisimas gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-09-17
De nada, Ángel.
obalsells, la retención del 21% se aplicará a todos los dividendos que cobres. Luego, al hacer la declaración del IRPF, te devolverán la retención de los primeros 1.500 euros.
Saludos.
JESUS · 2014-11-10
EN LA VENTA DE ACCIONES NO EN LOS DIVIDENDOS LOS 1500€ PRIMEROS ESTAN ESENTOS O COTIZAN TODOS .
LOS DIVIDENDOS EN UNA DECLARACION CONJUNTA SERIAN 3000€ LOS ESENTOS O SOLO LOS 1500€
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-11-11
Hola Jesús,
En la venta de acciones no hay ningún mínimo exento.
La exención de 1.500 euros es por declaración, por lo que en una declaración conjunta el límite siguen siendo 1.500 euros, no 3.000. Si esas 2 personas hacen 2 declaraciones, entonces sí tienen exentos 1.500 euros cada uno.
Saludos.
ENRIQUE · 2014-12-09
Buenos días,
soy administrador único residente de una S.L. y voy a repartirme 1.500€ en concepto de dividendos en diciembre.
Tengo entendido que la empresa debe presentar el modelo 123 de Agencia Tributaria y pagar a Hacienda el 21% de esos 1.500€. ¿Es así? Es que tengo un poco de lío con esos 1.500€ exentos.
Gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-12-09
Hola Enrique,
No te puedo contestar con seguridad porque de SL sé poco.
Todos los dividendos de las empresas cotizadas tienen retención, absolutamente todos. Es al hacer la declaración del IRPF cuando te devuelven (o se paga de menos) la retención de los primeros 1.500 euros de dividendos cobrados en el año.
¿Te sirve esta respuesta?
Saludos.
Enrique · 2014-12-10
Gracias Gregorio.
nuevo accionista · 2015-04-26
Hola, estoy haciendo la declaración a través del programa PADRE, tengo unas dudas, ¿podrías ayudarme?
Compré acciones y las vendí en el mismo año. Que valor tengo que indicar ¿en valor de adquisición, o el valor de compra menos los gastos de bolsa y la comisión? Y para la venta?
Y los dividendos obtenidos ( inferiores a 1500 euros) ¿donde se declaran?
MUchas gracias!
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-04-27
Hola,
El valor de adquisición es el valor de compra + (no menos) la comisión de compra. Las comisiones de compra aumnentan el total de la compra.
En el el valor de venta es al revés, aquí las comisiones sí se restan del importe de venta.
Los dividendos cobrados los tienes que poner en la casilla 024.
Saludos.
Icaro · 2016-02-28
Hola.. Ante todo, mis más sincera enhorabuena por tu blog...
Tengo algunas dudas, una de ellas te parecerá de risa pero veo comentarios al respecto y creo que lo que consiguen en establecer más dudas a los menos distinguidos en la materia, como es mi caso.
All grano: La fiscalidad de dividendos para este año 2016 e incluso el anterior 2015, se aplica por escalas del 19%, 21%...Ahora bien, se supone que ahí está la retención fiscal (además de la comentada retención en el impuesto de sociedades) ¿o una vez que realizamos la declaración de la renta, las cantidades netas obtenidas se suman al irpf en alguna forma y vuelven a tributar aún, a favor o desfavorablemente??
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-02-29
Muchas gracias, Icaro.
En 2016 te retienen de todos los dividendos que cobres el 19%. Si pasas al tramo del 21% o el 23%, al hacer el IRPF tendrás que pagar, para los dividendos que pasen de tramo, la diferencia entre el 19% que te han retenido y el 21% o el 23% que tienes que pagar.
Si sólo cobras dividendos, entonces el mínimo personal se aplica a los dividendos, con lo que te devuelven en todo o en parte ese 19% que te han retenido en el momento del cobro.
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Saludos.
Icaro · 2016-03-02
Muchas gracias por contestar. Ante todo, te muestro mi gran admiración... Sigo el foro desde hace poco pero me resulta muy interesante. Este ha sido mi primer comentario.
Perdona pero he estudiado la fiscalidad y no entiendo esa parte en la que dices "Si sólo cobras dividendos, entonces el mínimo personal se aplica a los dividendos, con lo que te devuelven en todo o en parte ese 19% que te han retenido en el momento del cobro. ... Ruego que lo aclarases...
También aprovecho para decir que tantas dudas vienen por el desconocimiento de la materia y por los cambios continuos en la misma.
Yo entiendo que hoy día tenemos tres grandes escalas de tributación (19%, 21% y 23%), y como las plusvalías por venta de acciones también van a la parte del ahorro en la declaración de la renta, al igual que los dividendos, todo se suma en el año natural y se le aplica a este resultado las escalas de tributación que señalo, independientemente de momento en el que se compraron las acciones y del tiempo que se mantengas.
Un saludo..
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-03-03
Muchas gracias. Icaro.
Ahora mismo (2016) el mínimo personal es de 5.550 euros (como poco, puede ser superior si se tienen hijos, etc). Eso quiere decir que por los primeros 5.550 euros que ganes (sea trabajando, por dividendos, intereses de depósitos, etc) no pagas IRPF.
Así que una persona cuyo único ingreso fueran 10.000 euros de dividendos y cuyo mínimo personal fueran esos 5.550 euros pagaría por los dividendos cobrados el 19% de 4.450 (10.000 - 5.550), que son 845,50 euros (4.450 x 0,19).
Es verdad que los cambios continuos de fiscalidad son un problema.
Ya no hay distinción de operaciones entre hasta 1 año y más de 1 año, efectivamente.
Saludos.
josechu · 2016-04-24
Muy buenas,
he seguido este hilo con mucha atención, la duda q me surge es q mis dividendos vienen a través de cfds, no se muy bien como tributan, quizás al no haberse comprado la acción propiamente los dividendos de cfds no necesiten tributar como tales y vayan al computo de plusvalía/minusvalia??
muchas gracias, un saludo
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-25
Hola Josechu,
Los dividendos que recibas de los CFDs los tienes que incluir en el cálculo de la ganancia o pérdida de la operación, no tributan aparte.
Saludos.
josechu · 2016-04-25
Muchas gracias Gregorio, era lo que me estaba imaginando,
quisera preguntarte, sin animo de abusar de tu paciencia, ¿que tendrá mejor resultado para nosotros: tributar dividendos a través de compra de acciones pura y dura, o hacerlo a través de cfds??
teniendo en cuenta que la caza del dividendo es el 80% de mi operativa, y que no me importa hacerlo comprando de contado o a través de cfd, quizás uno tenga mejor resultado tributario que el otro y ahorremos algo.
gracias, un saludo
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-26
Hola Josechu,
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Si inviertes por los dividendos debes hacerlo a través de acciones, sin duda. Pero no por la fiscalidad, que no es igual pero es parecida, sino por las comisiones y los costes de financiación de los CFDs. Mantener una posición indefinida en CFDs es como estar toda la vida pagando un crédito. Los CFDs no están pensados para eso, sino para operaciones de corto plazo.
Así que para lo que quieras no hay duda, las acciones te serán muchísimo más baratas.
Saludos.
josechu · 2016-04-26
Muchas gracias Gregorio,
entonces si tu consideras q la fiscalidad va a ser muy parecida, casi q prefiero continuar con los cfds, normalmente no estoy dentro mas de una semana, solo entro en aquellas q sean bastante solventes y que el gráfico propicie una entrada muy favorable, una semana antes del divi, lo cazo y aguanto la posición mas o menos hasta even. y salgo. (comisiones y costes los compensaría con las ganancias)
Con cfds puedo hacer mas con menos, observando moneymanagement correcto, y entendiendo q el valor de una blueship no se me va a ir a cero, normalmente provisiono un 50% del valor con respecto a la exposición que lleve.
Es q pensaba q la tributacion por ganancia patrimonial era mas onerosa q la que iba a la base del ahorro...
muchas gracias
icaro · 2016-04-26
Totalmente de acuerdo. Los CFDs son una herramienta a usar para trading a ser posible en el intradía para no abonar gastos de financiaciación. Aunque si compras índices, estos suelen estar exentos de financiación al menos en algunos brokers...Es una cuestión muy interesante.. saludos
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-27
Gracias, icaro, así es.
Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-27
Hola Josechu,
Vale, pero ¿cómo te va? Al pagar el dividendo se descuenta de la cotización, por eso con esa operativa generalmente no se gana dinero. Lo interesante de los dividendos es mantener las acciones, ir comprando más acciones, que los dividendos vayan subiendo al subir los beneficios, etc. Así es como actúa el interés compuesto y como se gana dinero de verdad:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=1019&highlight=crecimiento+dividendos]La importancia decisiva del crecimiento de los dividendos en el largo plazo[/url]
Además de ser mucho más rentable te llevaba muchísimo menos tiempo, te da tranquilidad en lugar de generarte estrés, etc.
Saludos.
josechu · 2016-04-27
Gracias Gregorio,
la verdad q me va muy bien, suelo estar con anticipación en el valor quince-veinte dias, un mes.... con tiempo suficiente antes de que el ruido de las juntas e informes de resultados cuatrimestrales etc estropeen la operativa, así tengo margen para evitar un posible desplome el día de dividendos,
puede ocurrir dos cosas: cazar el valor y q siga tirando, ocurre a veces (mediaset y atresmedia hace nada, bbva etc) por lo q te llevarías divi y plusva; o bien cazar el dividendo y q caiga el valor ( abertis lo hizo la semana pasada y hasta hoy no he podido sacarla), por lo q te llevas el divi y sales cuando puedas(normalmente even) si es q no entraste bien o hubo demasiado movimiento.
Esta es mi operativa, la hago en cfds como ya te dije y me va bien. Funciona? a mi me esta yendo bien, estrés? mucho, sobre todo cuando hay q aguantar semana o quince días para salir...
Lo que tu me comentas ya lo intenté, y no me funciona psicológicamente del todo porque incluso teniendo en cuenta la rentabilidad del interés compuesto por divi cada vez superiores etc, muchas veces ves como obtienes buenas ganancias por divi pero los valores pierden fuelle y eso me crea conflicto en la cabeza. Supongo q en el punto intermedio se halla el equilibrio.
un saludo y muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-28
Hola Josechu,
Y en relación al índice con dividendos, ¿cómo es tu rentabilidad?
Matemáticamente es complicado que lo que haces te funcione siempre. En mercados alcistas funciona mejor, pero en otros tipos de mercado funciona peor. En conjunto, es complicado igualar así a los íindices con dividendos, porque además el coste en comisiones es muy alto.
Yo te recomendaría que mirarses un poco la parte psicológica, no pasa nada porque las acciones caigan, compras más a mejores precios y ya está. Es la mejor forma de ganar dinero para la inmensa mayoría de la gente.
Saludos.
icaro · 2016-04-28
Hola Josechu, Gregorio y a todos en general...
Una cuestión: Qué broker os gusta para operar con CFDs?, ¿Os gusta Hanseatic? Hago la pregunta porque veo que cada uno tiene sus pros y contras. Resulta especialmente importante el tema estrella: " las comisiones"
Saludos...
josechu · 2016-04-28
Hola Icaro,
yo para acciones de contado siempre he usado ing, ahora estoy considerando pasarme a gaesco, aun todavía tenemos q pulir un poco las condiciones...
en acciones con cfds voy con ig markets, funcionan rápido, te atienden 24 horas, y aun para divisas no son ECN, al menos con las acciones van perfectamente.
un saludo
icaro · 2016-04-28
Ok. Gracias... Se trabajará..
Miquel · 2016-05-24
Hola,
Actualmente me encuentro viviendo en UK, pero tengo acciones en Espanha que me estan dando dividendos. Tambien he Ganado un poquitin de dinero hacienda compra-venta de acciones.
Mi pregunta es la siguiente: Asumo que solo se me ha aplicado la retencion del 21 porciento a los dividendos. Al no llegar al minimo imponible, puedo reclamar este dinero? CUando me refiero a que no llego, me refiero en Espanha porque en UK si que llego. Vale la pena que haga esto, y en cualquier caso, me podria afectar negativamente?
Gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-05-27
Hola Miguel,
En los residentes fuera de España hay una gran variedad de situaciones. Lo mejor es que preguntes en tu empresa o en Hacienda, y si puedes hacer la declaración para que te devuelvan las retenciones de los dividendos, yo lo haría.
Saludos.
ELOISA · 2016-08-18
Buenos días,
Queria exponer una situación de un amigo. Ayer, hablando de un familiar suyo, me dijo que llevaba toda la vida, cogiendo dinero de su empresa( una SL unipersonal), para usarlo a titulo personal y sin declarar nada. Que su gestor, estaba metiendo todo ese dinero que cogia, en una partida de "deuda hacia la empresa". Osea, que el administrador unico, tenia una deuda a titulo personal con la empresa del dinero que cogia.
Yo le dige que eso seria un dividendo de su empresa y que siempre deberia haber tributado por ello. Y que esa deuda,no desaparece, que era una bola, que en caso de fallecer el dueño de la empresa, pasaria a ser una deuda suya.
En caso de no tener dinero para "pagar la deuda" que tiene con su empresa. ¿como puede subsanar esto?. ¿Puede pagar la tributación correspondiente a lo dispuesto como si fuesen dividendos de su empresa? Y asi saldar la deuda.. ¿que tipo se le aplicaria? Teniendo en cuenta que llevara unos 10 años haciendolo asi y que serian unos 200.000€.
Muchas gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-09-07
Hola Eloisa,
Me parece una situación muy irregular, igual que a tí.
Para regularizarla veo claro que tendrá que pagar a Hacienda lo que no ha pagado. Los detalles legales los tendrá que ver con un abogado, es un caso complicado, y que puede dar lugar a multas importantes por parte de Hacienda.
Saludos.
Ignacio · 2017-03-12
En vizcaya no debe ser así lo del mínimo personal entiendo, ya que a mí en el año 2014, tan sólo me han devuelto el importe retenido de los primeros 1500 euros, ya que al compensar pérdidas patrimoniales del año 2012, no salía ninguna ganancia de capital, pero sí rendimientos de 3200 euros de dividendos. En el año 2015 tengo un litigio con hacienda por que no me han compensado pérdidas, pero es otra cosa, veremos sime devuelven todo lo retenido.¿ Alguien me lo aclara?, Gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2017-03-13
Hola Ignacio,
Vizcaya sí tiene algunas pequeñas diferencias.
Pero en 2014 devolvían la retención de los primeros 1.500 euros en toda España. Por encima de ahí, sólo devolvían si no se llegaba (incluyendo los ingresos del trabajo) al mínimo personal. ¿Era tu caso, o tenías ingresos por trabajo?
Saludos.
Fiscalidad fondos de inversión ejercicio 2012 (declaración a presentar en Mayo-Junio de 2013)
También la fiscalidad de los fondos de inversión ha empeorado bastante en 2012, como ha sucedido con los demás productos de ahorro e inversión (acciones, depósitos, etc.).
La plusvalía/minusvalía que se obtenga al vender participaciones de un fondo de inversión se calcula restando el precio de compra al precio de venta .
Al precio de compra de las participaciones del fondo de inversión hay que sumarle todos los gastos y comisiones de la operación y al precio de venta de las participaciones del fondo de inversión hay que restarle dichos gastos y comisiones. La mayoría de los fondos no tienen comisiones de suscripción o reembolso y por tanto no hay que tener en cuenta ninguna comisión de compra o de venta, pero algunos sí las tienen. Si un inversor mete 1.000 euros en un fondo de inversión y al reembolsarlo le dan 1.200 euros entonces ha obtenido una plusvalía de 200 euros (1.200 – 1.000 = 200), y si le dan 850 euros entonces ha obtenido una minusvalía de 150 euros (1.000 – 850 = 150).
Las primeras participaciones que se venden son las primeras que se compraron, independientemente de dónde estén depositadas (método FIFO ). Este forma de calcular las plusvalías y minusvalías está explicada con más detalle en la fiscalidad de la venta de acciones en el año 2012.
Los reembolsos de los fondos de inversión tienen una retención del 21% por ciento de la plusvalía generada. El inversor del ejemplo anterior que había ganado 200 euros por invertir 1.000 euros y obtener 1.200 euros al vender sus participaciones sufrirá una retención de 42 euros (el 21% de 200 euros).
En caso de ganar dinero con la venta de fondos de inversión hay que pagar a Hacienda según la siguiente escala:
- Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 21%
- Entre 6.000,01 y 24.000 euros: se paga el 25%
- Más de 24.000 euros: se paga el 27%
Como se explica en la fiscalidad de la venta de acciones en el año 2012 esta escala se aplica a la suma de ganancias que se obtengan con todos los productos de ahorro e inversión (acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, etc.), no es independiente para cada uno de ellos (si gana 4.000 euros con acciones y 5.000 euros con fondos de inversión deberá pagar el 21% de 6.000 euros más el 25% de los 3.000 euros restantes).
En caso de pérdida las minusvalías pueden compensarse con otras plusvalías (acciones, fondos de inversión, derivados, inmuebles, etc.). Si en este año no tiene plusvalías con las que compensar las minusvalías que haya tenido (o si las minusvalías obtenidas en el año son superiores a las plusvalías) las minusvalías que no hayan podido compensar podránr compensarlas a lo largo de los 4 ejercicios siguientes .
Las participaciones que se tengan en un fondo de inversión pueden traspasarse a otro fondo de inversión sin tener que pagar a Hacienda hasta que no se realice un reembolso de ese dinero. El número de traspasos que pueden realizarse es ilimitado , así como el tiempo de permanencia. Es decir, puede ir traspasando su dinero de un fondo de inversión a otro, sin ningún límite, y no pagará a Hacienda hasta que saque el dinero del último fondo de inversión. En ese momento pagará por todas las plusvalías acumuladas en todos los fondos en los que haya tenido su dinero. Esto es interesante por 2 motivos:
- Mientras no pague a Hacienda por las plusvaslías que haya obtenido ese dinero permanecerá en su poder, y le seguirá dando rentabilidad mientras siga en su poder.
- Se puede elegir el momento de pagar a Hacienda , con lo que es posible reducir la cantidad a pagar, e incluso no tener que pagar nada. Por ejemplo, supongamos que un inversor obtiene plusvalías invirtiendo en un fondo de renta variable. En el momento en que decide salir de ese fondo de inversión de renta variable no lo vende, sino que realiza un traspaso a un FIAMM, con lo que tiene una plusvalía latente pero aún no paga nada a Hacienda. Si lo hubiera vendido habría tenido que pagar a Hacienda en ese año. Al cabo de 2 años tiene una minusvalía con unas acciones, por ejemplo. Aprovecha ese ejercicio para reembolsar el FIAMM, compensar la plusvalía del fondo de hace 2 años con la minusvalía de las acciones de este ejercicio y después, si quiere, vuelve a ingresar el dinero en el FIAMM (el mismo u otro). De esa forma ha conseguido aflorar la plusvalía de hace 2 años sin tener que pagar nada por ella.
En caso de tener un fondo de inversión con plusvalías y otro fondo de inversión con minusvalías es posible evitar , o reducir, la retención del 21% del fondo con plusvalías. Supongamos que en 2 fondos de inversión se invierten 2.000 en cada uno de ellos. Al cabo del tiempo uno ha subido su valor a 2.500 euros y el otro lo ha bajado a 1.500 euros. Si se reembolsan los 2 fondos directamente el que ha obtenido plusvalía sufrirá una retención de 105 euros (21% de 500 euros), mientras que el fondo de inversión en el que hemos tenido la minusvalía no tendrá ninguna retención. Por eso es preferible traspasar los 2 fondos a un FIAMM, por ejemplo, y una vez traspasados realizar el reembolso del FIAMM. En ese FIAMM la plusvalía del uno se compensa con la minusvalía del otro y la plusvalía conjunta del FIAMM es 0, por lo que al reembolsar el FIAMM no se sufre ninguna retención. Con esto lo que se evita es la rentención del 21% y poder disponer de ese dinero antes. Si re reembolsa cada fondo de inversión por su lado y se sufre la retención en el fondo de inversión que ha tenido la plusvalía al hacer la declaración del IRPF. X meses después, la plusvalía se compensará con la minusvalía y nos devolverán lo retenido. Es decir, este “truco” de juntar los 2 fondos de 1 inversión en uno sólo y después hacer el reembolso no sirve para pagar menos a Hacienda, sino para tener ese dinero en nuestro poder antes, sin tener que esperar a hacer la declaración del IRPF en Mayo/Junio del año siguiente.
Para que las minusvalías puedan compensarse con plusvalías (que pueden ser de fondos de inversión, pero también de acciones, inmuebles, opciones y futuros, CFD's, etc.) no se tienen que haber comprado participaciones del mismo fondo de inversión ni en los 2 meses anteriores a la venta que generó la minusvalía ni en los 2 meses posteriores.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones
Comentarios
JOSE LUIS · 2012-10-08
Mi caso es el siguiente:tengo un fondo de renta variable y otro Fiamm de manera que estoy realizando traspasos entre éllos contínuamente para aprovechar las alzas y retrocesos de la renta variable.El caso es que quiero aprovechar para compensar las plusvalías obtenidas reembolsando el Fiamm mediante minusvalías resultantes de venta de unas acciones.Dentro del período de los
dos meses anteriores a la venta de acciones que originó la minusvalía realicé uno o varios traspasos(no recuerdo con exactitud)del fondo de renta variable al Fiamm¿Se pueden considerar esos traspasos como COMPRAS o no computan como tales y de esa manera puedo compensar la plusvalía con la minusvalía?.De computarse como compras¿que podría hacer?.Gracias.
Invertir en bolsa · 2012-10-09
Hola Jose Luis,
Entiendo que por un lado has vendido unas acciones con pérdidas.
Y por otro has ganado dinero con esos fondos de inversión. Como es una plusvalía, no afecta para nada el tema de los 2 meses, ya que eso es sólo para las minusvalías. En este caso has ganado dinero con esos fondos, y por eso no tienes ninguna limitación por el tema de los 2 meses.
Así que puedes vender el FIAMM y compensar la pérdida de las acciones con la ganancia de los fondos.
Un saludo.
Mar · 2012-12-06
Hola,
En el año 2008, cuando estallo la estafa de Madoff, tenia dinero invertido en el Fairfield Sentry Ltd. En el detalle de movimientos que me envia el banco, las participaciones siguen apareciendo pero con valor cero. Esta perdida patrimonial, puedo reflejarla de alguna manera en mi declaracion de IRPF ?
Gracias
Invertir en bolsa · 2012-12-07
Hola Mar,
Sí, eso es una pérdida patrimonial, que se refleja en el momento en que vendas el fondo.
Lo que no sé es si el fondo sigue existiendo y sus participaciones tienen un valor de 0, o casi, o si el fondo ya no existe.
Si el fondo sigue existiendo, podrás reflejar esa minusvalía cuando hagas un reembolso del fondo, igual que con cualquier otro fondo.
Pero si no sige existiendo y te aparece en los extractos, entonces debes preguntar al banco la situación legal en la que está ese fondo, si ya fue liquidado y tenías que haber registrado las pérdidas en años anteriores (en este caso lo podrías hacer ahora, presentando una declaración complementaria del año que corresponda) o si tienes que hacer algo para deshacerte legalmente de esas participaciones y poder reflejarlas en la declaración del IRPF y compensarlas.
Un saludo.
rocio · 2012-12-12
he vendido este año un fondo en junio, con unas `plusvalias de 80000 euros, me ddicen en la asesoria que si compro otro fondo antes de acabar el año por valor de 80000 o mas ,estoy exenta para la declaracion de la renta , logicamente ya me retuvieron al venderlo 16800 , bueno son cifras aproximadas, es eso cierto?
gracias
Invertir en bolsa · 2012-12-13
Hola Rocío,
No, una vez vendido tienes que pagar. Podrías compensarlo con otras minusvalías, eso sí.
Lo que podrías haber hecho para no pagar es haberlo traspasado a otro fondo, en lugar de haberlo vendido. Puedes hacer todos los traspasos entre fondos que quieras, pero en cuanto vendes debes pagar por todas las plusvalías acumuladas.
En estos casos, cuando se gana dinero en un fondos de renta variable, lo que debe hacerse es traspasar el fondo de renta variable a un FIAMM, por ejemplo, de forma que ya no tienes el riesgo de que baje la Bolsa y, a la vez, no tienes que pagar por las plusvalías acumuladas.
Un saludo.
Alejandro · 2013-01-24
Digamos que en marzo de 2008 compro por 7.000 € 1.000 participaciones del fondo A y por 2.500 € 500 participaciones del fondo B. En enero 2012 el valor de las participaciones del fondo A es 21.000 € y lo traspaso al fondo B comprando 3.500 participaciones a 6 € cada una. En junio de 2012 vendo 2.000 participaciones del fondo B a 12.400 €. ¿Cómo tributaría en IRPF?
Mi intento:
El traspaso de 21.000 € del fondo A al fondo B no supone ninguna ganancia ni pérdida patrimonial, sino que hará que aumente el número de participaciones del fondo B de 500 a 4.000. La venta de las participaciones del fondo B sí es una ganancia patrimonial:
VALOR DE TRANSMISIÓN: 2.000 x 6,2 = 12.400 €
VALOR DE ADQUISICIÓN: (500 x 5) + (1.500 x 6) = 11.500 €
GANANCIA PATRIMONIAL12.400 - 11.500 = 900 €
¿Es así?
Muchas gracias
jc · 2013-04-03
Hola.
A la hora de hacer la declaración del impuesto de la renta, la plusvalía generada computará como renta, es así no? La pregumnta que me hago es si en la declaración tiene en cuenta los años transcurridos para generar esa plusvalía, entiendo que no debería tributar igual la generada en dos años que en diez, gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-03
Hola JC,
Depende de a qué año te refieras.
Si es a operaciones cerradas en 2012, entonces las plusvalías no computan como renta del trabajo, sino que van en un apartado distinto. Y no hay ninguna distinción por el tiempo de la operación, da igual que hayas mantenido los fondos 1 día ó 10 años.
Si te refieres al ejercicio 2013, entonces lo tienes en:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_fondos_inversion.htm]Fiscalidad de los fondos de inversión en el ejercicio 2013[/url]
Un saludo.
lana · 2013-04-16
Actualmente tengo dinero en un fondo de inversión que proximamente cancelaré y me generará unas plusvalias de 3000€... hay alguna forma de no declararlas en el proximo ejercicio fiscal, si no tengo perdidas y necesito el dinero del fondo de inversión? Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-17
Hola Lana,
Con esas condiciones no se me ocurre ninguna forma de no pagar.
Si no necesitases el dinero evitarías pagar traspasando a un FIAMM. Pero si necesitas el dinero, esto no te vale.
Un saludo.
Kristian · 2013-04-22
Hola, acabo de recuperar un fondo que tiene minusvalia importante y asu vez he vendido un fondo con plusvalia, inferior a la minusvalia del anterior.
Puedo compensar en varios años la minusvalia?
que me recomiendas?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-23
Hola Kristian,
¿En qué año has realizado ambas ventas, en 2012 ó en 2013? ¿Has tenido los fondos más de 1 año ó hasta 1 año?
Un saludo.
Rosa · 2013-04-23
Perdón por mi ignorancia en estos temas, pero me surgen unas dudas sobre cómo declarar esto:
1. 26/01/2066: Suscribo el fondo A por valor de 6.000 euros.
2. 10/04/2010: Traslado todo el fondo (5.096,84 euros) al Fondo B.
3. El 24/05/2011 añado 1.000 euros a ese fondo B.
3. 10/06/2011: Traslado todo el fondo (6.026,67) al Fondo C. El valor actual del fondo es de 6.074,88 euros aproximadamente (pierdo unos 1.000 euros).
Mis dudas son:
1. ¿No tenía ni tengo que declarar nada a Hacienda hasta que venda este fondo? ¿tampoco datos como el nombre del fondo o el número de participaciones?
2. Para calcular la plusvalía/minusvalía ¿se tendrá en cuenta el total que he suscrito? ¿los 6.000 euros iniciales + los 1.000 posteriores?
3. ¿Necesito conservar la documentación de los fondos A y B o Hacienda tiene acceso a esa información? (lo digo porque después de una mudanza no tengo claro donde está).
Muchas gracias.
Kristian · 2013-04-25
Hola ,
El fondo con minusvalia lo vendo el 1-11-2012, lo contrate hace 5 años.
El fondo con plusvalia lo vendo 1-2-2013.
el que tiene plusvalia lo tendre que declarar en la dedlaracion del prximo año, no?
que pasa con la minusvalia del de 2012.?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola,
Rosa, la web está para preguntar, no te preocupes.
1. Hasta que no vendas el fondo C no tienes que declarar nada.
2. Se tiene en cuenta todo, sí. Cada comprar es una operación independiente. Si sacas todo, te vale con mirar el total de lo que has puesto y el total que has recibido, pero si hicieras ventas parciales, tendrías que utilizar el método FIFO para calcular la plusvalía o minusvalía de cada venta.
3. Deberías conservarla. Si la has perdido, píde una copia a los brokers donde hiciste esas operaciones lo antes posible, porque si pasan muchos años a lo mejor es complicado que te la puedan dar.
Kristian,
En la declaración de 2012 (la que se hace ahora) reflejas la operación en la que has tenido pérdidas.
En la declaración del año que viene reflejas la operación en la que has ganado dinero, y en la casilla correspondiente pones la pérdida de 2012, para compensar una con la otra.
Un saludo.
JAIME · 2013-05-24
Al reinvertir el producto de la venta de un fondo, para que se pueda considerar un traspaso y así poder diferir la tributación, si el producto de dicha venta se abona en la cuenta del inversor antes de reinvertir, ¿se perjudica el diferimiento del impuesto? Muchas gracias, Jaime
Ángel Morales · 2013-05-24
Mis padre fallecieron, uno en el 2006 y otro en el 2007. En 2012 hemos realizado la partición, con sus respectivas escrituras. Los fondos de inversión los repartimos por partes iguales, pero resulta que el banco los vendió en nombre de mis padres. Ahora nos dicen que tenemos que hacer la declaración de la renta de cada uno de mis padre por separado referente a esos fondos que se han vendido, pues figuran ellos y no nosotros. Pero en Hacienda nos dicen que no. Que cada uno de los herederos tiene que hacer la declaración de las plusvalías de los fondos, según la proporción de herencia, incluyendo, claro está, el 21% que se ha pagado a Hacienda en el momento de la venta.
No sé cómo proceder. Gracias.
JAIME · 2013-05-25
He vendido 1 fondo con ganancia y unas acciones con pérdidas. Quiero compensar ambas y reinvertir el producto en nuevos valores. ¿Puedo o no puedo recomprar las acciones que he vendido antes de 2 meses de su venta? Si recompro las citadas acciones antes de 2 meses, parece que entonces no puedo compensar esa pérdida. Sin embargo, si reinvierto el producto de la venta del fondo antes de 2 meses, continúo teniendo la ganancia, que tendrá que tributar. Entonces, parece que los 2 meses no se aplican igual a la pérdida que a la ganancia. ¿Qué puedo hacer para compensar y reinvertir en valores similares lo antes posible? Muchas gracias, Jaime
Invertir en bolsa · 2013-05-28
Hola,
Jaime, el traspaso de fondos es una orden especial. No consiste en vender un fondo, que te ingresen el dinero en la cuenta y meter ese dinero en otro fondo. En un traspaso de fondos el dinero no llega a estar en tu cuenta. Para traspasar un fondo no tienes que dar una orden de venta, sino una orden de traspaso. Tienes que decir que el dinero que está en el fondo X sea traspasado al fondo Y. Si ya has vendido, no hay forma de convertir eso en un traspaso, ya es una venta normal y tienes que tributar como una venta normal.
Respecto a la segunda pregunta, no puedes comprar las acciones antes de 2 meses, porque si lo haces no podrás compensar esa minusvalía. Puedes hacer 2 cosas (para comprar lo antes posible):
1) Comprar ya con el dinero del fondo, porque al ser ganancia no hay ninguna limitación, y esperar 2 meses para comprar con el dinero de las acciones. Es una forma de diversifcar en el tiempo, lo cual no está mal.
2) Comprar ya con el dinero del fondo, igual que en 1). Con el dinero de las acciones compras futuros, y cuando pasen 2 meses cambias los futuros por acciones. Así comprarías ya con todo el dinero, y podrías compensar la minusvalía.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-05-28
Hola Ángel,
Es una de esas situaciones en las que en un momento dado sucede algo que no debería haber sucedido, y a partir de ahí hay que arreglarlo como se pueda.
En el momento en que fallece una persona sus cuentas deben quedar bloqueadas, y no se pueden hacer ni compras ni ventas en esas cuentas.
A partir de ahí, los herederos tienen 6 meses para hacer todo el papeleo de la herencia y poner las cuentas a sus nombres. Una vez que se hace eso, se va al banco para que las cuentas pasen a estar a nombre de los herederos, y en ese momento se desbloquean.
Por eso, en teoría, no debería haberse producido esa venta a nombre de tus padres.
Yo haría caso a Hacienda, que es la que te puede multar.
Un saludo.
Rubén · 2013-05-30
Hola,
En el caso de tratarse de un fondo de inversión con sede en USA, concretamente en el estado de Delaware, ¿sigue aplicando la misma fiscalidad a la hora de declararlo en España en la declaración española de la Renta 2012? si no es así, ¿qué reglas aplican?
Muchas gracias!
Invertir en bolsa · 2013-05-31
Hola Rubén,
Que yo sepa, respecto a España no hay diferencias. Las plsuvalías y minusvalías funcionan igual.
No sé si allí tendrás que pagar un impuesto o algo así, pero en lo que repecta a España, por lo que yo sé, no hay diferencia.
Un saludo.
Jose · 2014-02-19
Hola :
Tengo varios FI adquiridos durante estos años que quiero traspasar a la sociedad patrimonial que tenemos mi mujer y yo, aportándolo como ampliación de capital de la Sociedad Patrimonial.
¿Qué implicaciones fiscales tendría?
Muchas gracias por anticipado por la ayuda.
Invertir en Bolsa · 2014-03-03
Hola Jose,
Lo siento, pero de Sociedades Patrimoniales apenas sé nada, no te puedo responder a esta pregunta.
Un saludo.
Comentarios
JOSE LUIS · 2012-10-08
Mi caso es el siguiente:tengo un fondo de renta variable y otro Fiamm de manera que estoy realizando traspasos entre éllos contínuamente para aprovechar las alzas y retrocesos de la renta variable.El caso es que quiero aprovechar para compensar las plusvalías obtenidas reembolsando el Fiamm mediante minusvalías resultantes de venta de unas acciones.Dentro del período de los
dos meses anteriores a la venta de acciones que originó la minusvalía realicé uno o varios traspasos(no recuerdo con exactitud)del fondo de renta variable al Fiamm¿Se pueden considerar esos traspasos como COMPRAS o no computan como tales y de esa manera puedo compensar la plusvalía con la minusvalía?.De computarse como compras¿que podría hacer?.Gracias.
Invertir en bolsa · 2012-10-09
Hola Jose Luis,
Entiendo que por un lado has vendido unas acciones con pérdidas.
Y por otro has ganado dinero con esos fondos de inversión. Como es una plusvalía, no afecta para nada el tema de los 2 meses, ya que eso es sólo para las minusvalías. En este caso has ganado dinero con esos fondos, y por eso no tienes ninguna limitación por el tema de los 2 meses.
Así que puedes vender el FIAMM y compensar la pérdida de las acciones con la ganancia de los fondos.
Un saludo.
Mar · 2012-12-06
Hola,
En el año 2008, cuando estallo la estafa de Madoff, tenia dinero invertido en el Fairfield Sentry Ltd. En el detalle de movimientos que me envia el banco, las participaciones siguen apareciendo pero con valor cero. Esta perdida patrimonial, puedo reflejarla de alguna manera en mi declaracion de IRPF ?
Gracias
Invertir en bolsa · 2012-12-07
Hola Mar,
Sí, eso es una pérdida patrimonial, que se refleja en el momento en que vendas el fondo.
Lo que no sé es si el fondo sigue existiendo y sus participaciones tienen un valor de 0, o casi, o si el fondo ya no existe.
Si el fondo sigue existiendo, podrás reflejar esa minusvalía cuando hagas un reembolso del fondo, igual que con cualquier otro fondo.
Pero si no sige existiendo y te aparece en los extractos, entonces debes preguntar al banco la situación legal en la que está ese fondo, si ya fue liquidado y tenías que haber registrado las pérdidas en años anteriores (en este caso lo podrías hacer ahora, presentando una declaración complementaria del año que corresponda) o si tienes que hacer algo para deshacerte legalmente de esas participaciones y poder reflejarlas en la declaración del IRPF y compensarlas.
Un saludo.
rocio · 2012-12-12
he vendido este año un fondo en junio, con unas `plusvalias de 80000 euros, me ddicen en la asesoria que si compro otro fondo antes de acabar el año por valor de 80000 o mas ,estoy exenta para la declaracion de la renta , logicamente ya me retuvieron al venderlo 16800 , bueno son cifras aproximadas, es eso cierto?
gracias
Invertir en bolsa · 2012-12-13
Hola Rocío,
No, una vez vendido tienes que pagar. Podrías compensarlo con otras minusvalías, eso sí.
Lo que podrías haber hecho para no pagar es haberlo traspasado a otro fondo, en lugar de haberlo vendido. Puedes hacer todos los traspasos entre fondos que quieras, pero en cuanto vendes debes pagar por todas las plusvalías acumuladas.
En estos casos, cuando se gana dinero en un fondos de renta variable, lo que debe hacerse es traspasar el fondo de renta variable a un FIAMM, por ejemplo, de forma que ya no tienes el riesgo de que baje la Bolsa y, a la vez, no tienes que pagar por las plusvalías acumuladas.
Un saludo.
Alejandro · 2013-01-24
Digamos que en marzo de 2008 compro por 7.000 € 1.000 participaciones del fondo A y por 2.500 € 500 participaciones del fondo B. En enero 2012 el valor de las participaciones del fondo A es 21.000 € y lo traspaso al fondo B comprando 3.500 participaciones a 6 € cada una. En junio de 2012 vendo 2.000 participaciones del fondo B a 12.400 €. ¿Cómo tributaría en IRPF?
Mi intento:
El traspaso de 21.000 € del fondo A al fondo B no supone ninguna ganancia ni pérdida patrimonial, sino que hará que aumente el número de participaciones del fondo B de 500 a 4.000. La venta de las participaciones del fondo B sí es una ganancia patrimonial:
VALOR DE TRANSMISIÓN: 2.000 x 6,2 = 12.400 €
VALOR DE ADQUISICIÓN: (500 x 5) + (1.500 x 6) = 11.500 €
GANANCIA PATRIMONIAL12.400 - 11.500 = 900 €
¿Es así?
Muchas gracias
jc · 2013-04-03
Hola.
A la hora de hacer la declaración del impuesto de la renta, la plusvalía generada computará como renta, es así no? La pregumnta que me hago es si en la declaración tiene en cuenta los años transcurridos para generar esa plusvalía, entiendo que no debería tributar igual la generada en dos años que en diez, gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-03
Hola JC,
Depende de a qué año te refieras.
Si es a operaciones cerradas en 2012, entonces las plusvalías no computan como renta del trabajo, sino que van en un apartado distinto. Y no hay ninguna distinción por el tiempo de la operación, da igual que hayas mantenido los fondos 1 día ó 10 años.
Si te refieres al ejercicio 2013, entonces lo tienes en:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_fondos_inversion.htm]Fiscalidad de los fondos de inversión en el ejercicio 2013[/url]
Un saludo.
lana · 2013-04-16
Actualmente tengo dinero en un fondo de inversión que proximamente cancelaré y me generará unas plusvalias de 3000€... hay alguna forma de no declararlas en el proximo ejercicio fiscal, si no tengo perdidas y necesito el dinero del fondo de inversión? Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-17
Hola Lana,
Con esas condiciones no se me ocurre ninguna forma de no pagar.
Si no necesitases el dinero evitarías pagar traspasando a un FIAMM. Pero si necesitas el dinero, esto no te vale.
Un saludo.
Kristian · 2013-04-22
Hola, acabo de recuperar un fondo que tiene minusvalia importante y asu vez he vendido un fondo con plusvalia, inferior a la minusvalia del anterior.
Puedo compensar en varios años la minusvalia?
que me recomiendas?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-23
Hola Kristian,
¿En qué año has realizado ambas ventas, en 2012 ó en 2013? ¿Has tenido los fondos más de 1 año ó hasta 1 año?
Un saludo.
Rosa · 2013-04-23
Perdón por mi ignorancia en estos temas, pero me surgen unas dudas sobre cómo declarar esto:
1. 26/01/2066: Suscribo el fondo A por valor de 6.000 euros.
2. 10/04/2010: Traslado todo el fondo (5.096,84 euros) al Fondo B.
3. El 24/05/2011 añado 1.000 euros a ese fondo B.
3. 10/06/2011: Traslado todo el fondo (6.026,67) al Fondo C. El valor actual del fondo es de 6.074,88 euros aproximadamente (pierdo unos 1.000 euros).
Mis dudas son:
1. ¿No tenía ni tengo que declarar nada a Hacienda hasta que venda este fondo? ¿tampoco datos como el nombre del fondo o el número de participaciones?
2. Para calcular la plusvalía/minusvalía ¿se tendrá en cuenta el total que he suscrito? ¿los 6.000 euros iniciales + los 1.000 posteriores?
3. ¿Necesito conservar la documentación de los fondos A y B o Hacienda tiene acceso a esa información? (lo digo porque después de una mudanza no tengo claro donde está).
Muchas gracias.
Kristian · 2013-04-25
Hola ,
El fondo con minusvalia lo vendo el 1-11-2012, lo contrate hace 5 años.
El fondo con plusvalia lo vendo 1-2-2013.
el que tiene plusvalia lo tendre que declarar en la dedlaracion del prximo año, no?
que pasa con la minusvalia del de 2012.?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola,
Rosa, la web está para preguntar, no te preocupes.
1. Hasta que no vendas el fondo C no tienes que declarar nada.
2. Se tiene en cuenta todo, sí. Cada comprar es una operación independiente. Si sacas todo, te vale con mirar el total de lo que has puesto y el total que has recibido, pero si hicieras ventas parciales, tendrías que utilizar el método FIFO para calcular la plusvalía o minusvalía de cada venta.
3. Deberías conservarla. Si la has perdido, píde una copia a los brokers donde hiciste esas operaciones lo antes posible, porque si pasan muchos años a lo mejor es complicado que te la puedan dar.
Kristian,
En la declaración de 2012 (la que se hace ahora) reflejas la operación en la que has tenido pérdidas.
En la declaración del año que viene reflejas la operación en la que has ganado dinero, y en la casilla correspondiente pones la pérdida de 2012, para compensar una con la otra.
Un saludo.
JAIME · 2013-05-24
Al reinvertir el producto de la venta de un fondo, para que se pueda considerar un traspaso y así poder diferir la tributación, si el producto de dicha venta se abona en la cuenta del inversor antes de reinvertir, ¿se perjudica el diferimiento del impuesto? Muchas gracias, Jaime
Ángel Morales · 2013-05-24
Mis padre fallecieron, uno en el 2006 y otro en el 2007. En 2012 hemos realizado la partición, con sus respectivas escrituras. Los fondos de inversión los repartimos por partes iguales, pero resulta que el banco los vendió en nombre de mis padres. Ahora nos dicen que tenemos que hacer la declaración de la renta de cada uno de mis padre por separado referente a esos fondos que se han vendido, pues figuran ellos y no nosotros. Pero en Hacienda nos dicen que no. Que cada uno de los herederos tiene que hacer la declaración de las plusvalías de los fondos, según la proporción de herencia, incluyendo, claro está, el 21% que se ha pagado a Hacienda en el momento de la venta.
No sé cómo proceder. Gracias.
JAIME · 2013-05-25
He vendido 1 fondo con ganancia y unas acciones con pérdidas. Quiero compensar ambas y reinvertir el producto en nuevos valores. ¿Puedo o no puedo recomprar las acciones que he vendido antes de 2 meses de su venta? Si recompro las citadas acciones antes de 2 meses, parece que entonces no puedo compensar esa pérdida. Sin embargo, si reinvierto el producto de la venta del fondo antes de 2 meses, continúo teniendo la ganancia, que tendrá que tributar. Entonces, parece que los 2 meses no se aplican igual a la pérdida que a la ganancia. ¿Qué puedo hacer para compensar y reinvertir en valores similares lo antes posible? Muchas gracias, Jaime
Invertir en bolsa · 2013-05-28
Hola,
Jaime, el traspaso de fondos es una orden especial. No consiste en vender un fondo, que te ingresen el dinero en la cuenta y meter ese dinero en otro fondo. En un traspaso de fondos el dinero no llega a estar en tu cuenta. Para traspasar un fondo no tienes que dar una orden de venta, sino una orden de traspaso. Tienes que decir que el dinero que está en el fondo X sea traspasado al fondo Y. Si ya has vendido, no hay forma de convertir eso en un traspaso, ya es una venta normal y tienes que tributar como una venta normal.
Respecto a la segunda pregunta, no puedes comprar las acciones antes de 2 meses, porque si lo haces no podrás compensar esa minusvalía. Puedes hacer 2 cosas (para comprar lo antes posible):
1) Comprar ya con el dinero del fondo, porque al ser ganancia no hay ninguna limitación, y esperar 2 meses para comprar con el dinero de las acciones. Es una forma de diversifcar en el tiempo, lo cual no está mal.
2) Comprar ya con el dinero del fondo, igual que en 1). Con el dinero de las acciones compras futuros, y cuando pasen 2 meses cambias los futuros por acciones. Así comprarías ya con todo el dinero, y podrías compensar la minusvalía.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-05-28
Hola Ángel,
Es una de esas situaciones en las que en un momento dado sucede algo que no debería haber sucedido, y a partir de ahí hay que arreglarlo como se pueda.
En el momento en que fallece una persona sus cuentas deben quedar bloqueadas, y no se pueden hacer ni compras ni ventas en esas cuentas.
A partir de ahí, los herederos tienen 6 meses para hacer todo el papeleo de la herencia y poner las cuentas a sus nombres. Una vez que se hace eso, se va al banco para que las cuentas pasen a estar a nombre de los herederos, y en ese momento se desbloquean.
Por eso, en teoría, no debería haberse producido esa venta a nombre de tus padres.
Yo haría caso a Hacienda, que es la que te puede multar.
Un saludo.
Rubén · 2013-05-30
Hola,
En el caso de tratarse de un fondo de inversión con sede en USA, concretamente en el estado de Delaware, ¿sigue aplicando la misma fiscalidad a la hora de declararlo en España en la declaración española de la Renta 2012? si no es así, ¿qué reglas aplican?
Muchas gracias!
Invertir en bolsa · 2013-05-31
Hola Rubén,
Que yo sepa, respecto a España no hay diferencias. Las plsuvalías y minusvalías funcionan igual.
No sé si allí tendrás que pagar un impuesto o algo así, pero en lo que repecta a España, por lo que yo sé, no hay diferencia.
Un saludo.
Jose · 2014-02-19
Hola :
Tengo varios FI adquiridos durante estos años que quiero traspasar a la sociedad patrimonial que tenemos mi mujer y yo, aportándolo como ampliación de capital de la Sociedad Patrimonial.
¿Qué implicaciones fiscales tendría?
Muchas gracias por anticipado por la ayuda.
Invertir en Bolsa · 2014-03-03
Hola Jose,
Lo siento, pero de Sociedades Patrimoniales apenas sé nada, no te puedo responder a esta pregunta.
Un saludo.
Fiscalidad de los derivados (opciones y futuros) ejercicio 2012 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2013)
Los derivados (opciones, futuros, warrants, CFD's, etc.) han sufrido el mismo empeoramiento de la fiscalidad que otros productos como las acciones o los fondos de inversión. La plusvalía/minusvalía se calcula restando el precio de compra al precio de venta. Al precio de compra hay que sumarle todos los gastos y comisiones de la operación y al precio de venta hay que restarle dichos gastos y comisiones.
En caso de ganar dinero con las operaciones con derivados hay que pagar a Hacienda según la siguiente escala:
- Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 21%
- Entre 6.000,01 y 24.000 euros: se paga el 25%
- Más de 24.000 euros: se paga el 27%
Como explico con más detalle en la fiscalidad de la venta de acciones en el año 2012 esta escala se aplica a la suma de ganancias que se obtengan con todos los productos de ahorro e inversión (acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, etc.), no es independiente para cada uno de ellos.
En caso de tener pérdida al cerrar la operación las minusvalías pueden compensarse con otras plusvalías (acciones, fondos de inversión, derivados, inmuebles, etc.). En caso de no existir plusvalías con las que compensar (o de que las minusvalías obtenidas en el año sean superiores a las plusvalías) las minusvalías que no hayan podido ser compensadas podrán ser compensadas a lo largo de los 4 ejercicios siguientes.
Las operaciones con derivados se declaran en el ejercicio en que se cierran dichas operaciones. Por ejemplo, si se vende una opción put en Noviembre de 2012 y después se recompra, o expira sin valor, en Febrero de 2013 la plusvalía/minusvalía generada se declara en el ejercicio 2013, aunque el dinero por la venta de la put se haya ingresado en 2012.
En las operaciones con derivados pueden compensarse todas las minusvalías, independientemente del tiempo que pase, antes o después, hasta que se vuelven a comprar valores homogéneos. Es decir, la “regla de los 2 meses” no se aplica a las operaciones con derivados. Se pueden estar comprando y vendiendo futuros de Telefónica todos los días y todas las minusvalías que se tengan se podrán compensar con las plusvlías que se hayan obtenido (en derivados o en acciones, fondos de inversión, etc.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones
Comentarios
Roger · 2012-06-07
Hola, siendo residente español pero operando la totalidad de mis inversiones en futuros, en Chicago y con un Broker americano, tengo la misma tributación que operando en bolsa española?.
muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-06-07
Hola Roger,
Sí, la tributación es la misma. Lo único es que tienes que pagar por el beneficio en euros de cada operación, y si el broker no te da esa información y haces muchas oepraciones puedes ser bastante pesado llevar ese control.
Pero por lo demás la fiscalidad es la misma que si operas en un broker español con derivados españoles.
Un saludo.
Roger · 2012-06-07
Gracias amigo por la respuesta tan rapida. Bueno era de esperar, otros paises al inversor que repatria beneficios en sus inversiones, no le hacen tributar o tributa menos, se entiende que contribuye a aportar liquidez y riqueza al Pais, pero aquí parece que no se enteran de eso.
un saludo
Invertir en bolsa · 2012-06-08
Hola Roger,
Yo estoy a favor de bajar los impuesto para reactivar la economía, sí:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/clases_economia.htm]Clases de economía[/url]
Un saludo.
david · 2012-06-26
hola:
Durante el ejercicio 2011 he obtenido minusvalias operando con CFDS sobre divisas y comodieties de CBOT. En la declaracion de IRPF , insertando en las casillas 341 a 367 he visto que mi cuota a ingresar/devolver no se altera. Es por el motivo de que no hay plusvalias para compensar las comentadas minusvalias ? las podre compensar posteriormente en 4 ejercicios siguientes??
Gracias de vuestros comentarios
david
Invertir en bolsa · 2012-06-27
Hola David,
Así es, las minusvalías se compensan con otras plusvalías en derivados, acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc. Y si no tienes plusvalías este año no las podrás compensar en este año.
Pero debes reflejar esas operaciones con minusvalías en la declaración de este año para poder compensarlas en los 4 próximos años.
Un saludo.
peppe · 2012-07-12
Buenos dias,
si se ejerce una opcion ligada a un deposito, y en lugar de devolver el 100% del capital devolvemes el 100%-lo que nos quedamos con el ejercicio, este ejercicio se puede considerar rendimiento de capital?
Invertir en bolsa · 2012-07-12
Hola Peppe,
Tendría que ver qué producto es exactamente para poder responderte. Me parece un caso bastante especial, y tendría que verlo en detalle. ¿Qué producto es?
Un saludo.
peppe · 2012-07-12
hola,
es un deposito que tiene una opcion europea de renta variable.
Invertir en bolsa · 2012-07-13
Hola Peppe,
Tendría que ver qué producto exacto es. ¿Puedes decir el nombre del producto?
Un saludo.
Félix · 2012-09-11
Buenas tarde.
Desconozco que sucederá ahora con la introducción del tiempo en la tributación, menos de un año y más de un año.
Y si se deja una opción vendida hasta vencimiento se ejecuta y compramos o vendemos las acciones.¿Cómo tributa la prima?
Un lío, muchas gracias y saludos.
Invertir en bolsa · 2012-09-17
Hola Félix,
Los rumores sobre cambios en la fiscalidad son de momento sólo rumores, y se aplicarían a partir del 1 de enero de 2013.
Para las operaciones que hagas en 2012 sigue vigente lo escrito en es este artículo. Cuando se anuncien los nuevos cambios para 2013 veremos en qué consisten exactamente, pero de momento no podemos saberlo con certeza.
Un saludo.
Perdigón · 2013-04-21
IEB, en el informe del broker respecto a los derivados viene un apartado de "intereses garantías MEFF" y quisiera preguntarte dónde tributarían.
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-04-22
Hola Perdigón,
Igual que los intereses de los depósitos.
Un saludo.
Jimmy · 2013-04-23
Hola!
Quisiera saber si las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de operaciones en los mercados de futuros se declaran en las casillas de la serie 340 (acciones o participaciones en mercados oficiales) o en las casillas de la serie 360 (otros elementos patrimoniales).
Muchas gracias!
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola Jimmy,
Es en la 340. La otra es para inmuebles, empresas que no cotizan en Bolsa, etc.
Un saludo.
gonzalo · 2013-08-06
Hola
Yo opero con opciones a traves de thinkorswim (el dinero esta en USA), en 2011 tuve una perdida de 1000$ y en 2012 una ganancia de 500$, el que me hace la declaración me dice que como tengo el dinero alla no hace falta declararlos.
Es cierto esto????
Invertir en bolsa · 2013-09-09
Hola Gonzalo,
Entiendo que eres residente en España. Si es así, tienes que declarar todas las ganancias y pérdidas que tengas en cualquier parte del mundo. Incluidas estas que comentas, lógicamente.
A lo mejor en un caso así Hacienda puede que no lo detecte, pero si lo hace, te pondrá una multa.
En este caso, además, te interesa declararlo, porquer el resultado global es una pérdida de 500$, que podrás utilizar para compensar otras ganancias que tengas (con acciones, fondos de inversión, etc), y pagar menos a Hacienda.
Un saludo.
forexxx · 2013-09-11
Una pregunta, ¿cuando uno tiene ganancias y pérdidas en Forex, declara a hacienda todos los movimientos del año o sólo sobre el dinero que retira de la cuenta Forex? Porque me han dado informaciones contradictorias al respecto y ahora tengo dudas.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-09-13
Hola forexxx,
Tienes que declarar todas las operaciones que hagas. Que retires el dinero de la cuenta o no, no afecta al pago Hacienda. Da igual que lo saques todo, o que no saques nada, el pago a Hacienda no varía.
Un saludo.
ivan · 2013-09-23
Hola. Si vendo opciones, la prima que obtengo de las opciones hay que sumarla a los dividendos que recibo de las acciones que ya tengo en cartera para calcular la retención? . Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-09-23
Hola Iván,
No, son cosas distintas.
Cuando cobras una prima no te retienen nada. Luego, al hacer la declaración del IRPF, declaras la ganancia o pérdida que hayas tenido con esa operación.
Un saludo.
ivan · 2013-09-23
Es decir, cuando vendes opciones, las primas que cobras tributan como rendimientos del capital mobiliario (como los intereses de los depósitos), independientemente de que la opción la ejerzan o no. Y, si compras opciones, las primas que pagues se restan a las primas que cobraste de las ventas de opciones, y si el resultado es positivo, tributas al 21% ( hasta 6000 €). He entendido bien?.
Invertir en bolsa · 2013-09-30
Hola Iván.
No es así, en los dos casos pagas lo mismo.
Si compras una opción por 25 euros y la vendes por 100, ganas 75 euros.
Si vendes una opción por 100 euros y la compras por 25, también ganas 75 euros.
En ambos casos pagas por esos 75 euros lo mismo que pagarías si los hubieras ganado comprando y vendiendo acciones, por ejemplo.
Y pagas en el año en que cierres la operación. Es decir, si vendes ahora, en Septiembre de 2013, una opción por 100 euros y vence sin valor en Marzo de 2014, has ganado 100 euros, que los deberás declarar en la declaración de la renta de 2014, que es la que presentarás en Mayo-Junio de 2015.
Un saludo.
Andariego · 2013-10-06
Buenos días,
Disculpad mi ignorancia, pero no sé cómo compensar las minusvalías en opciones: ¿Si he ganado 1.000 euros en varias operaciones y a su vez he perdido 1.000 euros en otras opciones mi pago de IRPF es 0 o sólo puedo compensar hasta un 10% de esos 1.000 euros perdidos?
Gracias por vuestra atención
Invertir en bolsa · 2013-10-07
Hola Andariego,
Entiendo que todas las operaciones, las pérdidas y las ganancias, son de hasta 1 año. En ese caso, compensas unas con otras, con lo que el resultado final es 0 y no tienes que pagar nada a Hacienda.
Un saludo.
Jorge · 2013-10-22
Creo que para las ganancias patrimoniales en opciones habría que incluirlas en la casilla 360-367 y en la 361 poner la clave 5.
Invertir en bolsa · 2013-10-24
Hola Jorge,
Sí, lo que pasa es que se paga lo mismo poniéndolo ahí que poniéndolo en la casilla de las acciones. Hacienda no dice nada por ponerlo en un sitio u otro, porque lo importe es que se paga lo mismo. Es más correcto ponerlo donde tú dices, pero si alguien lo pone donde las acciones, no pasa nada.
Un saludo.
Jorge · 2013-10-24
Ok, al final lo que importa es que pagues la cantidad que quieren.
Supongo que el año que viene será diferente con el tema de la base general y la base de ahorro, ya que las opciones al ser incrementos de patrimonio de menos de 1 año, ira a la base general.
Saludos y gracias.
Invertir en bolsa · 2013-10-25
Hola Jorge,
Sí, pero las operaciones con acciones (y fondos de inversión, etc) de hasta 1 año también irán a la base general, por lo que se seguirá pagando lo mismo por unas que por otras.
Lo importante es que se pague lo que hay que pagar, sí. Mientras eso sea correcto, los errores de "forma" no son importantes.
Un saludo.
Gabriel · 2014-02-11
Hola,
En tu post queda claro el tema de las comisiones. Por lo que dices, en futuros, que las comisiones son las mismas de entrada y salida, entre ellas se cancelarían (¿es esto correcto?). Sin embargo, en CFD, por lo que he leído en otras webs, las comisiones se consideran dentro de la ganancia/pérdida patrimonial por lo que no se cancelarían entre sí, si no que computarían como "pérdida". Ejemplo:
* Compro CFD
* comisión de entrada y salida = 1 euro
* Entrada= 5 Euros
* Salida= 7 Euros
* Ganancia / pérdida = 7-5-1-1= 0 euros
Es esto correcto?
Invertir en bolsa · 2014-02-13
Hola Gabriel,
Las comisiones de los futuros no se cancelan entre sí, tienes que pagar las 2 (la de compra y la de venta), y ambas reducen la plusvalía (o aumentan la minusvalía).
Imagina que ganas 1.000 euros sin comisiones en una operación de futuros, y pagas una comisión de compra de 10 euros y otra de venta de 10 euros. Tu plusvalía es de 980 euros (1.000 - 10 - 10).
Un saludo.
Gabriel · 2014-02-13
Hola,
Muchas gracias por tu rápida respuesta. En los CFD, aunque no los mencionas, entiendo que la cuenta es la misma.
Gracias de nuevo,
Invertir en bolsa · 2014-02-13
De nada, Gabriel.
En los CFD es igual, sí. Y también en las opciones, los warrants, y cualquier otro producto.
Un saludo.
Andres · 2014-12-31
PIENSO LO MISMO QUE TU. ES DINERO QUE TRAEMOS AL PAIS Y QUE MUCHOS DEJAREMOS DE HACERLO PORQUE NOS IREMOS A VIVIR DONDE MEJOR NOS TRATEN GIBRALTAR, ANDORRA, IRLANDA , LUXEMBURGO , DENVER ETC.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Andrés,
Así es, esa fiscalidad es un error, aunque en 2015 ya desaparece la diferencia entre operaciones, y todas tributan al tipo del ahorro.
Saludos.
demis · 2014-06-10
Buenas ,
Mi consulta es ,si tengo minusvalías a mas de un año con acciones,las podria compensar con plusvalías en futuros o otros derivados a menos de uno?
Invertir en Bolsa · 2014-06-11
Hola demis,
No, no es posible compensar ambas cosas.
Las minusvalías de más de 1 año sólo se pueden compensar con plusvalías de más de 1 año, no con las de hasta 1 año.
Y las minusvalías de hasta 1 año sólo se puenden compensar con las plusvalías de hasta 1 año. no con las de más de 1 año.
Un saludo.
Diego · 2014-06-25
Hola,
Yo tengo minusvalias en 2012 y minusvalias en 2013.
Para poder compensarlas en ejercicios posteriores, ¿tengo que indicar en alguna casilla de la declaración de 2013 el sumatorio total de minusvalias (2012+2013), o solamente indicar las plusvalías de 2013?
Muchas gracias de antemano,
Invertir en Bolsa · 2014-06-26
Hola Diego,
Sólo tienes que poner las de 2013. Las de 2012 no las tienes que volver a poner, las pondrás cuando tengas plusvalías y te las puedas compensar.
Un saludo.
Andres · 2014-12-31
El day trading desde el 1de enero del 2013 tributa al 50%. Lo que pasa que si no se enteran y haces la declaración en Hacienda fácilmente te lo pueden poner como si fueran acciones. Los funcionarios no saben que es esto de los futuros. Nosotros lo sabemos porque hemos hecho cursillos. Para más información recomiendo el libro de Francisca Serrano Mueve tus ahorros y ganate un sueldo.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Andrés,
No es así, no tributa al 50%, sino al tipo marginal de cada uno. Y ha sido en 2014, en 2015 ya deja de ser así. Es igual para acciones, futuros, fondos de inversión, etc.
Tampoco es sólo para el day trading, sino para operaciones de hasta 1 año, sean intradía o no, eso es indiferente.
Al ser operaciones de corto plazo, Hacienda tiene esa información, por lo que si la pones mal, es bastante probable que te pillen.
Saludos.
Jorge · 2015-01-03
He investigado por internet sobre el swaps de Forex.En algunos sitios dicen que se puede compensar con las ganancias como si fuera una perdida. En otros, dicen que no se puede compensar, que no es deducible. ¿Qué opinión es la correcta?
En relación a este asunto sobre la fiscalidad del suaps en forex ¿es lo mismo operar en un bróker de Forex que en un bróker de CFDs sobre divisas?
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Jorge,
Entiendo que has hecho operaciones de trading sobre el euro-dólar o algo así y me hablas del IRPF. En este caso, la tributación es igual a la de las acciones, por ejemplo. Las pérdidas se compensan con las ganancias, etc.
Y es lo mismo (en lo que se refiere a la fiscalidad) en los 2 tipos de brokers que comentas.
Saludos.
David · 2015-01-07
Hola Gregorio.
En primer lugar, disculpa mi ignorancia.
Siendo español, residiendo en España, y teniendo plusvalías en mercado de derivados USA con broker USA:
aparte del tipo marginal a pagar aquí en España, hay q pagar algún "impuesto USA" a través de la declaraciòn IRPF, por haber generado la ganancia en aquel mercado?
Muchas gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-09
Hola David,
No, en ese caso no tienes que pagar nada en USA.
La fiscalidad de USA sólo nos afecta a los residentes en España en la retención de los dividendos pagados por las acciones.
Saludos.
angela · 2015-05-27
Buenos días,
Opero con futuros del dax y cfds, hago varias operaciones al día, ahora tengo que hacer la declaración, y me pregunto si podría hacerlo a modo resumen, es decir ganancias y perdidas de cada activo por mes o por año, hablamos de cientos de operaciones.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-05-29
Hola Ángela.
Sí, sin problema, puedes poner el resumen de todo el año, ni siquiera hace falta que lo hagas por meses.
Saludos.
Comentarios
Roger · 2012-06-07
Hola, siendo residente español pero operando la totalidad de mis inversiones en futuros, en Chicago y con un Broker americano, tengo la misma tributación que operando en bolsa española?.
muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-06-07
Hola Roger,
Sí, la tributación es la misma. Lo único es que tienes que pagar por el beneficio en euros de cada operación, y si el broker no te da esa información y haces muchas oepraciones puedes ser bastante pesado llevar ese control.
Pero por lo demás la fiscalidad es la misma que si operas en un broker español con derivados españoles.
Un saludo.
Roger · 2012-06-07
Gracias amigo por la respuesta tan rapida. Bueno era de esperar, otros paises al inversor que repatria beneficios en sus inversiones, no le hacen tributar o tributa menos, se entiende que contribuye a aportar liquidez y riqueza al Pais, pero aquí parece que no se enteran de eso.
un saludo
Invertir en bolsa · 2012-06-08
Hola Roger,
Yo estoy a favor de bajar los impuesto para reactivar la economía, sí:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/clases_economia.htm]Clases de economía[/url]
Un saludo.
david · 2012-06-26
hola:
Durante el ejercicio 2011 he obtenido minusvalias operando con CFDS sobre divisas y comodieties de CBOT. En la declaracion de IRPF , insertando en las casillas 341 a 367 he visto que mi cuota a ingresar/devolver no se altera. Es por el motivo de que no hay plusvalias para compensar las comentadas minusvalias ? las podre compensar posteriormente en 4 ejercicios siguientes??
Gracias de vuestros comentarios
david
Invertir en bolsa · 2012-06-27
Hola David,
Así es, las minusvalías se compensan con otras plusvalías en derivados, acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc. Y si no tienes plusvalías este año no las podrás compensar en este año.
Pero debes reflejar esas operaciones con minusvalías en la declaración de este año para poder compensarlas en los 4 próximos años.
Un saludo.
peppe · 2012-07-12
Buenos dias,
si se ejerce una opcion ligada a un deposito, y en lugar de devolver el 100% del capital devolvemes el 100%-lo que nos quedamos con el ejercicio, este ejercicio se puede considerar rendimiento de capital?
Invertir en bolsa · 2012-07-12
Hola Peppe,
Tendría que ver qué producto es exactamente para poder responderte. Me parece un caso bastante especial, y tendría que verlo en detalle. ¿Qué producto es?
Un saludo.
peppe · 2012-07-12
hola,
es un deposito que tiene una opcion europea de renta variable.
Invertir en bolsa · 2012-07-13
Hola Peppe,
Tendría que ver qué producto exacto es. ¿Puedes decir el nombre del producto?
Un saludo.
Félix · 2012-09-11
Buenas tarde.
Desconozco que sucederá ahora con la introducción del tiempo en la tributación, menos de un año y más de un año.
Y si se deja una opción vendida hasta vencimiento se ejecuta y compramos o vendemos las acciones.¿Cómo tributa la prima?
Un lío, muchas gracias y saludos.
Invertir en bolsa · 2012-09-17
Hola Félix,
Los rumores sobre cambios en la fiscalidad son de momento sólo rumores, y se aplicarían a partir del 1 de enero de 2013.
Para las operaciones que hagas en 2012 sigue vigente lo escrito en es este artículo. Cuando se anuncien los nuevos cambios para 2013 veremos en qué consisten exactamente, pero de momento no podemos saberlo con certeza.
Un saludo.
Perdigón · 2013-04-21
IEB, en el informe del broker respecto a los derivados viene un apartado de "intereses garantías MEFF" y quisiera preguntarte dónde tributarían.
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-04-22
Hola Perdigón,
Igual que los intereses de los depósitos.
Un saludo.
Jimmy · 2013-04-23
Hola!
Quisiera saber si las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de operaciones en los mercados de futuros se declaran en las casillas de la serie 340 (acciones o participaciones en mercados oficiales) o en las casillas de la serie 360 (otros elementos patrimoniales).
Muchas gracias!
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola Jimmy,
Es en la 340. La otra es para inmuebles, empresas que no cotizan en Bolsa, etc.
Un saludo.
gonzalo · 2013-08-06
Hola
Yo opero con opciones a traves de thinkorswim (el dinero esta en USA), en 2011 tuve una perdida de 1000$ y en 2012 una ganancia de 500$, el que me hace la declaración me dice que como tengo el dinero alla no hace falta declararlos.
Es cierto esto????
Invertir en bolsa · 2013-09-09
Hola Gonzalo,
Entiendo que eres residente en España. Si es así, tienes que declarar todas las ganancias y pérdidas que tengas en cualquier parte del mundo. Incluidas estas que comentas, lógicamente.
A lo mejor en un caso así Hacienda puede que no lo detecte, pero si lo hace, te pondrá una multa.
En este caso, además, te interesa declararlo, porquer el resultado global es una pérdida de 500$, que podrás utilizar para compensar otras ganancias que tengas (con acciones, fondos de inversión, etc), y pagar menos a Hacienda.
Un saludo.
forexxx · 2013-09-11
Una pregunta, ¿cuando uno tiene ganancias y pérdidas en Forex, declara a hacienda todos los movimientos del año o sólo sobre el dinero que retira de la cuenta Forex? Porque me han dado informaciones contradictorias al respecto y ahora tengo dudas.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-09-13
Hola forexxx,
Tienes que declarar todas las operaciones que hagas. Que retires el dinero de la cuenta o no, no afecta al pago Hacienda. Da igual que lo saques todo, o que no saques nada, el pago a Hacienda no varía.
Un saludo.
ivan · 2013-09-23
Hola. Si vendo opciones, la prima que obtengo de las opciones hay que sumarla a los dividendos que recibo de las acciones que ya tengo en cartera para calcular la retención? . Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-09-23
Hola Iván,
No, son cosas distintas.
Cuando cobras una prima no te retienen nada. Luego, al hacer la declaración del IRPF, declaras la ganancia o pérdida que hayas tenido con esa operación.
Un saludo.
ivan · 2013-09-23
Es decir, cuando vendes opciones, las primas que cobras tributan como rendimientos del capital mobiliario (como los intereses de los depósitos), independientemente de que la opción la ejerzan o no. Y, si compras opciones, las primas que pagues se restan a las primas que cobraste de las ventas de opciones, y si el resultado es positivo, tributas al 21% ( hasta 6000 €). He entendido bien?.
Invertir en bolsa · 2013-09-30
Hola Iván.
No es así, en los dos casos pagas lo mismo.
Si compras una opción por 25 euros y la vendes por 100, ganas 75 euros.
Si vendes una opción por 100 euros y la compras por 25, también ganas 75 euros.
En ambos casos pagas por esos 75 euros lo mismo que pagarías si los hubieras ganado comprando y vendiendo acciones, por ejemplo.
Y pagas en el año en que cierres la operación. Es decir, si vendes ahora, en Septiembre de 2013, una opción por 100 euros y vence sin valor en Marzo de 2014, has ganado 100 euros, que los deberás declarar en la declaración de la renta de 2014, que es la que presentarás en Mayo-Junio de 2015.
Un saludo.
Andariego · 2013-10-06
Buenos días,
Disculpad mi ignorancia, pero no sé cómo compensar las minusvalías en opciones: ¿Si he ganado 1.000 euros en varias operaciones y a su vez he perdido 1.000 euros en otras opciones mi pago de IRPF es 0 o sólo puedo compensar hasta un 10% de esos 1.000 euros perdidos?
Gracias por vuestra atención
Invertir en bolsa · 2013-10-07
Hola Andariego,
Entiendo que todas las operaciones, las pérdidas y las ganancias, son de hasta 1 año. En ese caso, compensas unas con otras, con lo que el resultado final es 0 y no tienes que pagar nada a Hacienda.
Un saludo.
Jorge · 2013-10-22
Creo que para las ganancias patrimoniales en opciones habría que incluirlas en la casilla 360-367 y en la 361 poner la clave 5.
Invertir en bolsa · 2013-10-24
Hola Jorge,
Sí, lo que pasa es que se paga lo mismo poniéndolo ahí que poniéndolo en la casilla de las acciones. Hacienda no dice nada por ponerlo en un sitio u otro, porque lo importe es que se paga lo mismo. Es más correcto ponerlo donde tú dices, pero si alguien lo pone donde las acciones, no pasa nada.
Un saludo.
Jorge · 2013-10-24
Ok, al final lo que importa es que pagues la cantidad que quieren.
Supongo que el año que viene será diferente con el tema de la base general y la base de ahorro, ya que las opciones al ser incrementos de patrimonio de menos de 1 año, ira a la base general.
Saludos y gracias.
Invertir en bolsa · 2013-10-25
Hola Jorge,
Sí, pero las operaciones con acciones (y fondos de inversión, etc) de hasta 1 año también irán a la base general, por lo que se seguirá pagando lo mismo por unas que por otras.
Lo importante es que se pague lo que hay que pagar, sí. Mientras eso sea correcto, los errores de "forma" no son importantes.
Un saludo.
Gabriel · 2014-02-11
Hola,
En tu post queda claro el tema de las comisiones. Por lo que dices, en futuros, que las comisiones son las mismas de entrada y salida, entre ellas se cancelarían (¿es esto correcto?). Sin embargo, en CFD, por lo que he leído en otras webs, las comisiones se consideran dentro de la ganancia/pérdida patrimonial por lo que no se cancelarían entre sí, si no que computarían como "pérdida". Ejemplo:
* Compro CFD
* comisión de entrada y salida = 1 euro
* Entrada= 5 Euros
* Salida= 7 Euros
* Ganancia / pérdida = 7-5-1-1= 0 euros
Es esto correcto?
Invertir en bolsa · 2014-02-13
Hola Gabriel,
Las comisiones de los futuros no se cancelan entre sí, tienes que pagar las 2 (la de compra y la de venta), y ambas reducen la plusvalía (o aumentan la minusvalía).
Imagina que ganas 1.000 euros sin comisiones en una operación de futuros, y pagas una comisión de compra de 10 euros y otra de venta de 10 euros. Tu plusvalía es de 980 euros (1.000 - 10 - 10).
Un saludo.
Gabriel · 2014-02-13
Hola,
Muchas gracias por tu rápida respuesta. En los CFD, aunque no los mencionas, entiendo que la cuenta es la misma.
Gracias de nuevo,
Invertir en bolsa · 2014-02-13
De nada, Gabriel.
En los CFD es igual, sí. Y también en las opciones, los warrants, y cualquier otro producto.
Un saludo.
Andres · 2014-12-31
PIENSO LO MISMO QUE TU. ES DINERO QUE TRAEMOS AL PAIS Y QUE MUCHOS DEJAREMOS DE HACERLO PORQUE NOS IREMOS A VIVIR DONDE MEJOR NOS TRATEN GIBRALTAR, ANDORRA, IRLANDA , LUXEMBURGO , DENVER ETC.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Andrés,
Así es, esa fiscalidad es un error, aunque en 2015 ya desaparece la diferencia entre operaciones, y todas tributan al tipo del ahorro.
Saludos.
demis · 2014-06-10
Buenas ,
Mi consulta es ,si tengo minusvalías a mas de un año con acciones,las podria compensar con plusvalías en futuros o otros derivados a menos de uno?
Invertir en Bolsa · 2014-06-11
Hola demis,
No, no es posible compensar ambas cosas.
Las minusvalías de más de 1 año sólo se pueden compensar con plusvalías de más de 1 año, no con las de hasta 1 año.
Y las minusvalías de hasta 1 año sólo se puenden compensar con las plusvalías de hasta 1 año. no con las de más de 1 año.
Un saludo.
Diego · 2014-06-25
Hola,
Yo tengo minusvalias en 2012 y minusvalias en 2013.
Para poder compensarlas en ejercicios posteriores, ¿tengo que indicar en alguna casilla de la declaración de 2013 el sumatorio total de minusvalias (2012+2013), o solamente indicar las plusvalías de 2013?
Muchas gracias de antemano,
Invertir en Bolsa · 2014-06-26
Hola Diego,
Sólo tienes que poner las de 2013. Las de 2012 no las tienes que volver a poner, las pondrás cuando tengas plusvalías y te las puedas compensar.
Un saludo.
Andres · 2014-12-31
El day trading desde el 1de enero del 2013 tributa al 50%. Lo que pasa que si no se enteran y haces la declaración en Hacienda fácilmente te lo pueden poner como si fueran acciones. Los funcionarios no saben que es esto de los futuros. Nosotros lo sabemos porque hemos hecho cursillos. Para más información recomiendo el libro de Francisca Serrano Mueve tus ahorros y ganate un sueldo.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Andrés,
No es así, no tributa al 50%, sino al tipo marginal de cada uno. Y ha sido en 2014, en 2015 ya deja de ser así. Es igual para acciones, futuros, fondos de inversión, etc.
Tampoco es sólo para el day trading, sino para operaciones de hasta 1 año, sean intradía o no, eso es indiferente.
Al ser operaciones de corto plazo, Hacienda tiene esa información, por lo que si la pones mal, es bastante probable que te pillen.
Saludos.
Jorge · 2015-01-03
He investigado por internet sobre el swaps de Forex.En algunos sitios dicen que se puede compensar con las ganancias como si fuera una perdida. En otros, dicen que no se puede compensar, que no es deducible. ¿Qué opinión es la correcta?
En relación a este asunto sobre la fiscalidad del suaps en forex ¿es lo mismo operar en un bróker de Forex que en un bróker de CFDs sobre divisas?
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Jorge,
Entiendo que has hecho operaciones de trading sobre el euro-dólar o algo así y me hablas del IRPF. En este caso, la tributación es igual a la de las acciones, por ejemplo. Las pérdidas se compensan con las ganancias, etc.
Y es lo mismo (en lo que se refiere a la fiscalidad) en los 2 tipos de brokers que comentas.
Saludos.
David · 2015-01-07
Hola Gregorio.
En primer lugar, disculpa mi ignorancia.
Siendo español, residiendo en España, y teniendo plusvalías en mercado de derivados USA con broker USA:
aparte del tipo marginal a pagar aquí en España, hay q pagar algún "impuesto USA" a través de la declaraciòn IRPF, por haber generado la ganancia en aquel mercado?
Muchas gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-09
Hola David,
No, en ese caso no tienes que pagar nada en USA.
La fiscalidad de USA sólo nos afecta a los residentes en España en la retención de los dividendos pagados por las acciones.
Saludos.
angela · 2015-05-27
Buenos días,
Opero con futuros del dax y cfds, hago varias operaciones al día, ahora tengo que hacer la declaración, y me pregunto si podría hacerlo a modo resumen, es decir ganancias y perdidas de cada activo por mes o por año, hablamos de cientos de operaciones.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-05-29
Hola Ángela.
Sí, sin problema, puedes poner el resumen de todo el año, ni siquiera hace falta que lo hagas por meses.
Saludos.
Fiscalidad venta acciones ejercicio 2012 (declaración a presentar en Mayo-Junio de 2013)
La fiscalidad de la venta de acciones ha empeorado bastante sobre la que había hasta ahora. Esto hace menos interesantes las estrategias de inversión basadas en la venta de acciones por su mayor coste fiscal.
El cálculo de la plusvalía/minusvalía no varía. Se calcula restando el precio de compra al precio de venta . Al precio de compra hay que sumarle todos los gastos y comisiones de la operación y al precio de venta hay que restarle dichos gastos y comisiones.
Al calcular el precio de compra tambien hay que tener en cuenta las posibles ampliaciones liberadas que hubieran generado esas acciones en el pasado y las primas de emisión que hubieran recibido esas acciones desde el momento en que se compraron.
Las primeras acciones que se venden son las primeras que se compraron, independientemente de dónde estén depositadas (método FIFO , First In First Out, las primeras que entran son las primeras que salen).
Por ejemplo, un inversor compra 500 acciones de NH Hoteles en 2005 en su cuenta de valores de Bankinter y en el año 2007 compra otras 400 acciones de NH Hoteles en otra cuenta de valores que tiene abierta en Renta 4. Cuando en 2012 vende las 400 acciones de NH Hoteles que tiene depositadas en la cuenta de valores de Renta 4, de cara a Hacienda está vendiendo 400 acciones de las 500 que compró en 2005 en la cuenta de valores de Bankinter, no las que tenía depositadas en Renta 4. Para Hacienda, “las primeras que entran (las que compró en Bankinter) son las primeras que salen”.
Si se gana dinero con la venta de las acciones se paga según el siguiente tramo:
- Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 21%
- Entre 6.000,01 y 24.000 euros: se paga el 25%
- Más de 24.000 euros: se paga el 27%
Es muy importante tener en cuenta que estas cifras son para la suma de todas las plsuvalías (descontando las minusvalías que pueden descontarse, como veremos un poco más adelante) de todos los productos (acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, CFD's, etc.). Es decir, si se ganan 3.000 euros con venta de acciones y otros 4.000 euros con opciones y futuros la suma total son 7.000 euros, y por tanto habrá que pagar a Hacienda el 21% de 6.000 euros más el 25% de 1.000 euros.
En caso de pérdida las minusvalías pueden compensarse con otras plusvalías (acciones, fondos de inversión, derivados, inmuebles, etc.). En caso de no existir plusvalías con las que compensar (o de que las minusvalías obtenidas en el año sean superiores a las plusvalías) las minusvalías que no hayan podido ser compensadas podrán ser compensadas a lo largo de los 4 ejercicios siguientes .
Para que las minusvalías puedan compensarse no se tienen que haber comprado acciones de la misma empresa ni en los 2 meses anteriores a la venta que generó la minusvalía ni en los 2 meses posteriores. Esta limitación puede evitarse con el uso de futuros o CFD's.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones
Comentarios
diego garcia · 2012-03-19
Ahora mismo estoy invirtiendo en opciones binarias, y estoy comenzando a obtener beneficios, pero el año pasado, invertí y perdí, por lo que no declaré nada. Puedo compensar las perdidas del año pasado con los beneficios que parece voy a tener este año?
Que tengo que declarar trimestralmente o al año en la declaración de la renta. Si sirve de algo, soy autónomo.
Invertir en Bolsa · 2012-03-20
Hola Diego,
Deberías haber declarado las pérdidas el año pasado para poder desgravártelas este. Si no lo hiciste no sé decirte con detalle qué pasos debes seguir para compensarte ahora las plusvalías de este año con las minusvalías del año pasado.
Entiendo que lo legal es que hagas una declaración complementaria del año pasado para meter las minusvalías.
Las pérdidas se pueden compensar con beneficios del año en que se producen y de los 4 años siguientes.
No influye que seas autónomo.
Si te sirve de algo creo que las opciones binarias son muy peligrosas (más que arriesgadas, peligrosas). Yo no seguiría operando con ese tipo de productos, creo que es muy difícil acabar ganando dinero. Son más un juego (como el casino) que un producto de inversión.
Un saludo.
h3po4 · 2012-03-20
[quote]Es muy importante tener en cuenta que estas cifras son para la suma de todas las plsuvalías (descontando las minusvalías que pueden descontarse, como veremos un poco más adelante) de todos los productos (acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, CFDs, etc.).[/quote]
IEB, creía que tenía claro este tema pero me surge una duda.
Hasta ahora pensaba que tanto plusvalías en la inversión (la que se trata en este artículo) como los rendimientos del capital mobiliario (dividendos principalmente) se sumaban de cara a aplicar la tabla (entre 0 y 6.000€ / entre 6.000 y 24.000€...) pero leyendo los artículos empiezo a entender que van por independiente.
A lo que voy: si obtengo por compra-venta de acciones y por rendimiento de derivados 5.000€, y por dividendos 9.000€: ¿tributan al 25% 3.000€ (el excedente de los 9.000 de los dividendos u 8.000 (el excedente de la suma de 5.000+9.000€=14.000€)?
Cada día tienes más completa la web, si cabe. ¡Enhorabuena!... otra vez.
Gracias & un saludo.
diego garcia · 2012-03-21
hola, gracias por responderme tan rápido. Hace poco que conozco tu web y la verdad me parece muy interesante.
Ya se que tengo un riesgo operando con opciones binarias, pero no creo que sea mayor que al comprar acciones, sobre todo si se hace a largo plazo el riesgo es el mismo que al comprar acciones. Como no se si se puede dar el nombre de la pagina desde la que opero, no lo voy a poner. Pero creo que el riesgo o es igual o muy parecido. Un saludo y gracias por la web.
diego garcia · 2012-03-21
hola h3po4, según entiendo yo el articulo, de la suma de los rendimientos de derivados + los dividendos, pagas por los primeros 6000€ el 21% por los restantes el 25%. Va por tramos. Un saludo.
Invertir en Bolsa · 2012-03-23
Hola,
Gracias, h3po4. Van por caminos distintos. Por un lado las plusvalías y por otra los dividendos. En el ejemplo que pones los dividendos tributarían al 25% 3.000 euros de dividendos.
Diego, el riesgo de las opciones binarias es tremendamente superior al de las acciones. Si crees que es similar te recomiendo que dejes de operar hasta que comprendas el funcionamiento y los riesgos de ambas cosas, porque no tienen nada que ver.
Un saludo.
h3po4 · 2012-03-23
muchas gracias, IEB.
Es lo que me imaginaba después de leer tus artículos, pero me había quedado sorprendido de haberlo descubierto tan tarde, después de tanto tiempo. Hasta este momento pensaba que funcionaba de otro modo. Debe ser porque nunca había tenido plusvalías netas en bolsa, ni dividendos por encima de ese 2º límite.
Saludos!
Invertir en Bolsa · 2012-03-23
Hola h3po4,
Piensa que si se sumasen también lo harían las minusvalías, y las minusvalías de la venta de acciones (o fondos de inversión, etc.) se compensarían con los dividendos. Pero no es así, cada cosa (incrementos de patrimonio y rendimientos, o sea, venta de acciones y dividendos) va por su lado.
Un saludo.
lironzete · 2012-04-25
Espero que no me mates IEB por la pregunta que tenia que sabérmela de memoria pero al principio jugué un poco al Trading hasta que conocí tu web y la inversión a largo, confírmame mi creencia no tengo derecho a compensar las perdidas en este ejercicio, así como tampoco en los siguientes, ya están los importes líquidos:
COMPRA GAMESA 28-02-22 IMPORTE 805,98
VENTA GAMESA 28-03-11 IMPORTE 861,31
GANANCIA +55,33 GENERA EN UN MES
COMPRA GAMESA 07-04-11 IMPORTE 787,38
VENTA GAMESA 15-04-11 IMPORTE 734,23
PERDIDA -53,15 GENERA EN 7 DIAS
COMPRA GAMESA 06-05-22 IMPORTE 549,71
VENTA GAMESA 16-06-11 IMPORTE 517,97
PERDIDA -31,74 36 Dias
Saldo total -29,56.-€ los cuales no puedo compensar ni en el ejercicio 2011 ya que he comprado en los dos meses anteriores y he vendido en los dos meses posteriores. Ni en posteriores ejercicios, solo puedo tributar por las ganancias en el ejercicio 2011 a no mediar más de dos meses entre las compras y las ventas. ¿Es lo que entiendo? Pagare hacienda los que corresponda por los 55,33 de ganancia. Hacienda siempre cobra cuando tu ganas.
Este año 2012 compre acciones de Gamesa y también palme si podre compensar las perdidas ya que no he vuelto a reinvertir en la misma compañía.
Por favor confimamelo IEB
Muchas gracias
Invertir en Bolsa · 2012-04-27
Hola Lironzete,
No te precocupes, es un poco lioso. Siempre que no lo tengas claro, pregunta.
Por los datos que das veo que vendite todas las acciones de Gamesa el 16-6-11 y no volviste a comprar acciones de Gamesa en los 2 meses posteriores al 16-6-11. Si es así sí te puedes compensar todas las minuvalías que hayas tenido en esas operaciones con Gamesa.
Y respecto a las compras de Gamesa en 2012 lo mismo. Cuando quieras compensarte todas las minusvalías que tengas (si las tienes, que esperemos que no) sólo tendrás que vender todas tus acciones de Gamesa y dejar pasar 2 meses sin comprar más.
Un saludo.
lironzete · 2012-04-28
Gracias por tu respuesta IEB, vas a tener que sacar la segunda parte del libro para comprar seguir aprendiendo y compensarte de alguna manera todo lo que nos ayudas.
Compensare el saldo resultante de la operativa -29,56.-€ ¿Es correcto?.
Aunque no me que muy claro ya que entiendo que pueda compensarme por la última compra, como bien dices ya que no compre hasta este año 2012, por lo tanto ha pasado más de dos meses. Pero creo que no puedo compensarme por las compras con perdidas del 07-04-11.
Por lo tanto seria la ganancia +55,33 del 28-03-2012 menos la pedida de -31,74 del 16-06-2011 = + 23,59 que por lo que tengo que tributar.
Un saludo y gracias
Invertir en Bolsa · 2012-05-01
Hola Lironzete, y gracias.
Sí, el resultado total de las 3 operaciones es una pérdida de 29,56 euros, y eso es lo que te puedes compensar.
Al vender la última vez y dejar 2 meses sin comprar ya te puedes compensar todas las minusvalías que tuvieras pendientes de compensar en ese valor por no haber respetado la regla de los 2 meses en su momento.
Un saludo.
samgriento · 2012-05-01
Gracias por tu web.
Mi duda es que no sé si tengo minusvalía o plusvalía y cómo se declara o compensa:
Compré SAN a 5,8, en marzo y mantengo. Recibí derechos y acepté las nuevas acciones de la ampliación. No dividendos.
Compré SAN a 4,81 en abril, desde otro broker y vendí 6 días después a 4, 94. Gané 800 € en la operación, lo que se supone que son plusvalía.
Si es así, supongo que van a incremento de patrimonio.
Pero si aplicamos el principio FIFO, como había comprado a 5,8 y vendido a 4,94, es minusvalía?.
Si éste es el caso (minusvalía):
Puedo compensarla con plusvalías de otras ventas de acciones y/o venta de inmuebles? Mira que la 2ª operación se realiza apenas semanas después.
Y, por otra parte: la exención de los primeros 1.500 € de lo recibido por dividendos sigue vigente para el ejercicio 2012 ??? Es que no lo aplicas en la respuesta a h3po4 y me ha creado la duda.
Muchas gracias de antemano por tu atención.
Un saludo
Invertir en Bolsa · 2012-05-02
Hola Samgriento,
El método FIFO se aplica siempre, independientemente de que tengas las acciones en un broker o en varios.
Así que con esa venta de Santander has tenido una minusvalía (compra a 5,8 y venta a 4,94. La puedes compensar con otras plusvalías de acciones o de venta de inmuebles, pero no de momento porque compraste acciones del Santander menos de 2 meses antes de realizar esa venta que generó la minusvalía.
Te podrás compensar esas minusvalías cuando vendas las acciones de Santander que compras en Abri a 4,81 y dejes pasar al menos 2 meses sin volver a comprar acciones del Santander. Puede ser este año o puede ser dentro de varios años.
Si quieres compensarte esas minusvalías en un momento dado (puede ser ahora, el año que viene, etc.) y a la vez mantener tus acciones del Santander lo mejor es que vendas las acciones y simultáneamente compres futuros sobre acciones del Santander. Después dejas pasar 2 meses y entonces cambias los futuros por acciones. Con eso has mantenido tu posición en Santander y a la vez has podido compensarte esas minusvalías.
Para evitar este tipo de cosas en el futuro puedes utilizar las acciones para la estrategia de medio/largo plazo y los futuros para las operaciones de corto plazo. Con eso evitarás los problemas del FIFO.
Los primeros 1.500 euros de dividendos están exentos en 2012 también, sí. No encuentro las respuesta que dices, pero desde luego sí que siguen estando exentos los primeros 1.500 euros de dividendos en 2012.
Un saludo.
samgriento · 2012-05-02
Muchísimas gracias por tu respuesta. Lo siento, pero provoca más preguntas. Es un lujo poder preguntarte, siento haber encontrado un tesoro. Sé que son muy básicas y espero molestarte lo menos posible:
1. mis ganancias a corto, esos 800 € que te decía, qué tratamiento fiscal tienen? Como salen de una operación que genera minusvalías, es muy raro para mí, ganar dinero perdiendo patrimonio. Y mi experiencia es que la Aeat no perdona que ganes sin sacar tajada.
2. ya me he enterado de que Hacienda no entiende de dónde tienes depositadas tus acciones. Ok. Pero se entera de todo?? Es decir, el año que viene cuando acceda a mis datos fiscales en poder de la Aeat, saldrá la operación FIFO al margen de mis brokers?? o tendré que introducir yo la información?? Y los gastos de las transacciones ?? En el supuesto de que la Aeat lo tenga todo perfecto, sirve el programa PADRE para capturar automáticamente la información??
3. entré en bolsa como ahorro a largo plazo y busqué SAN y TEF que además, daban buenos dividendos enseguida. Las de SAN las deposité en el Banco y suscribí los derechos siguiendo la coherencia de ir a largo.Y las de TEF en ING. No sé si voy como un pollo sin cabeza. Me animé a esa jugadilla en corto que me salió bien y .... resulta que la he jodido con lo de la compensación de la minusvalía.
4. cuando vas a largo no piensas en vender, no sé... salvo que duplique o algo así. Y menos precisamente ahora. Por eso se me ponen los pelos como escarpias cuando me dices que venda todas las del SAN (tengo 16000 acciones compradas a 5.8 ; 5.3 ; y vender a 4.5.... pufff) para poder compensar minusvalías. No creo, como he dicho, que tenga plusvalías en bolsa hasta dentro de muchosa años, pero sí en inmuebles y compensar esa minusvalía es, puede ser un pico para mí. Además, no sé lo que son Futuros.... ya me cuesta saber lo que son acciones ..... tengo que ponerme a estudiar, pero si me indicas un enlace....
5. en cualquier forma, no sé si es profundizar en el error, pero intuyo que lo que he hecho con el corto es promediar a la baja, generar minusvalía y ganar líquido. Esto es malo????
6. Una vez jodida la compensación de la plusvalía y dado el pozo en que están los valores y los dientes de sierra del SAN, me tienta mucho repetir. Es una estupidez?
Bueno, ya está bien de dar la tabarra. Muchísimas gracias de nuevo. Prometo ponerme a estudiar y no molestarte mucho más.
Un saludo
Invertir en Bolsa · 2012-05-07
Hola samgriento, y gracias.
1. Es el tratamiento que te comento. Lo que sucede es que cuando vendas más acciones de Santander tendrás que calcular la plusvalía tomando como precio de compra 4,81. Fiscalmente lo que acabas de tener no es una ganacia, sino una pérdida, y tiene el tratamiento de cualquier pérdida.
2. Hacienda no da esos datos. Probablemente los tenga, pero no los da. Los tienes que introducir tú.
3. No me queda muy clara la pregunta. Lo que has hecho hasta ahora me parece correcto para un inversor de largo plazo (salvo la operación a corto de Santander, eso debería ser otra estrategia de inversión distinta). En realidad con la venta de Santander has generado una minusvalía fiscal, que podrás compensar en el futuro con plusvalías de fondos de inversión, otras acciones, venta de puts, etc. No te ha salido muy mal.
4. Creí que te dedicabas sólo a operar a corto plazo, y por eso te expliqué cómo realizar todas las minusvalías en un momento dado, en caso de que quiseras hacerlo. Pero no te recomendaba que lo hiceras. De hecho, si vas a largo plazo no te recomiendo que vendas ahora acciones.
5. Como te decía, no te ha salido mal. Pero a partir de ahora creo que lo mejor es que clarifiques tu estrategia, y decidas si vas a invertir a largo plazo, a corto o si vas a tener 2 estrategias. Parece que has decidido invertir a largo plazo, y me parece una buena decisión.
6. ¿Repetir una venta a corto plazo?. Yo recomiendo que elijas una estrategia (o varias) y que la sigas, pero no que vayas cambiando de una estrategia a otras. Si te decides por tener una única estrategia de largo plazo entonces creo que no deberías hacer más operaciones de corto plazo. Y si además del largo plazo quieres tener una estrategia de corto plazo entonces creo que lo mejor es que lo hagas en cuentas separadas y dejando bien claro desde el principio qué dinero vas a dedicar a una y otra. Y en este caso más que corto plazo yo creo que deberías pensar en el medio plazo, porque el corto requiere mucho tiempo, conocimiento y dinero para tener alguna posibilidad de ganar dinero.
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Un saludo.
samgriento · 2012-05-07
.... es que yo tb me llamo Gregorio :) No somos muchos, al menos por el sur.
Desde tu anterior respuesta he estudiado y barrido tu web y ya tengo las cosas más claras. Me he registrado y abierto un hilo con mis inquietudes y la maquinaria forera empieza a dar frutos. Tu mensaje me ayuda un montón. Me olvido de momento de los Futuros y ya me he dado cuenta de que éstos necesitan un broker más completo que los dos que uso (Banco Santander e ING)
Me produce cierta inseguridad lo que ahora se me va a complicar mi Declaración de IRPF pues hasta ahora me ajustaba a los datos que me da la Aeat. Los rendimientos del capital mobiliario que he tenido hasta la fecha cuadran siempre bien con los datos que ellos tienen y no hay problema. Las ganancias patrimoniales las he ido reflejando también sin problema.
No me gusta tener líos con Hacienda y asumir la responsabilidad de introducir las operaciones con acciones parece una fuente de posibles conflictos, comprobaciones, complementarias, etc que siempre he procurado evitar.
Pero en fin, supongo que ya torearé ese toro cuando llegue. No soy el primero, no?
Lo dicho, muchas gracias de nuevo y un saludo
Invertir en Bolsa · 2012-05-08
Hola samgriento,
Yo creo que no es un nombre habitual en ningún sitio.
Por lo de hacer la declaración no te preocupes, se acaba sacando. Y puedes preguntar todas las dudas que tengas en el foro de fiscalidad. Con el PADRE te puedes descargar automáticamente todos los datos, y sólo tendrías que meter tú las operaciones de venta de acciones y alguna cosa similar. Casi todo te lo mete la descarga automática de datos de Hacienda.
Un saludo.
Leo · 2012-06-01
Hola,
En mi caso vendí acciones el año pasado (2011) que había adquirido en el 2008. Pertenecen al NASDAQ (en dólares) pero bueno, echando cuentas, si las he hecho bien, he tenido una ganancia aprox. de 1500 €.
He llegado a leer en otros sitios, que estaríamos exentos de tributar hasta los primeros 1500 € (incluso en el manual de la renta hace alusión a 1600 € de exención). Me parece que se habla de dividendos o acciones que ya hayan tributado o algo así. Entiendo por tanto que no es mi caso por lo que tendré que declararlo, pero me gustaría asegurarme.
Muchas gracias por adelantado por tu tiempo y tu ayuda.
Un saludo!
Leo
Nacho · 2012-06-04
Hola,
interesante pagina. Gracias por todo lo que compartes.
La duda que yo tengo con respecto a la fiscalidad de la compraventa de acciones se refiere a lo siguiente: si por ejemplo vendo unas acciones con cierta plusvalia e inmediatamente invierto el capital mas las plusvalias en otras acciones y las mantengo mas alla del 2012, en este caso tengo que pagar impuestos sobre las plusvalias o se difieren a cuando venda las acciones nuevas que he comprado?
Gracias y saludos
Nacho
bodymilk · 2012-06-04
Hola, he descubierto esta pagina hoy, y me gusta.
Mi gregunta es sobre la venta de derechos sobre acciones de SANTANDER. Tengo algo mas de 40.000 acc. Durante este año 2012 vendere sobre 10.000 euros en derechos, resto suscribo acc. No tengo ingresos de ninguna clase (en paro). Tengo deduccion vivienda unos 800 euros (pago 450x12). Al no tener ingresos con retencion (no cobro dividendos o salarios) no aprovecho la deduccion piso.
¿ como ves poner en renta casilla 342 de venta de acciones los derechos ? se que no se puede hacer, pero me da la sensacion de que hacienda no me dira nada. He trabajado en asesoria y se que ellos se enteran de datos omitidos si sale perjudicada, pero esto de las acciones...ummm!!!! hace años ya hice una trampilla me ahorre unos 2.000 euros ya prescrito y no se enteraron....creo fue algo con derechos de COFIR. De paso no hago bajar mi precio compra de acciones como se hace con la venta derechos y salir perjudicado en la venta total si gano mas adelante.
Si pongo como te digo casilla 342 ingresos venta derechos y la deduccion piso, PADRE sale pagar 0, aprovecho el minimo personal. En principio solo lo haria este año 2012.
Me entiendes... como ves el riesgo?
Gilmar · 2012-06-04
Yo no se a los demás lo que os sucerá con este u otros bancos, a mí, el BBVA me facilita una información sobre las operaciones de precios de compra, venta, plusvalías, minusvalías, comisiones, gastos, custodias etc . MUY COMPLICADA.
En resumen, con 15 ó 20 operaciones de venta que tengo en el 2011, me resulta prácticamente imposible aplicar las minusvalías y plusvalías correspondientes
¿No deberían los bancos enviar la información exacta, AL CÉNTIMO a la Agencia Tributaria y esta volcar los datos al Borrador del Contribuyente y evitar este GALIMATIAS que nos supone a la mayoría de inversores la Declaración de Renta?
¿¿Qué opináis??
Invertir en bolsa · 2012-06-04
Hola,
Leo, los que están exentos son los primeros 1.500 euros que cobres de dividendos. En el caso de venta de acciones no hay ninguna exención.
Nacho, si vendes unas acciones con plusvalías tienes que pagar en el año en que has tenido esas plusvalías. El hecho de reinvertirlas no hace que tengas que pagar menos, ni diferirlas ni nada por el estilo.
bodymilk, yo creo que te van a descubrir porque esas operaciones están muy controaldas. Yo no lo haría.
Gilmar, no tengo cuenta en el BBVA. En general los brokers suelen dar una información bastante clara, pero no sé qué infromación da el BBVA.
Un saludo.
Gilmar · 2012-06-08
El título de este tema no está mal ??
No debiera indicar que el ejercicio es del 2011 y el plazo de presentación Mayo-Munio 2012 ??
Invertir en bolsa · 2012-06-08
Hola Gilmar,
Es correcto. Esta es la fiscalidad que se aplica a las ventas que se realicen en el año 2012, y que se reflejarán en la declaración que se haga en Mayo de 2013.
La fiscalidad de las operaciones realizadas en 2011 que se reflejan en la declaración del IRPF que se presenta en Mayo-Junio de 2012 es la misma que la de 2010, y es esta:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-acciones-ejercicio-2010-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2011.htm]Fiscalidad de las acciones en el ejercicio 2011, declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2012[/url]
Un saludo.
Gilmar · 2012-06-12
Yo sigo insistiendo en que los Bancos o los Brokers, quien proceda, debían informar AL CENTIMO a Hacienda y al cliente de las plusvalías y minusvalías. Debieran dar los datos totales definitivos teniendo en cuenta TODOS los gastos, comisiones, custodias,mantenimientos etc.
La información es farragosa, incompleta y confusa.
Cuando tienes que declarar 17 operaciones parciales de venta que corresponden a X operaciones parciales de compra de hace X años ¡A ver quien es el guapo que tiene en cuenta AL CENTIMO, todos los precios y todos los gastos.
¿Qué banco o broker facilita la información más clara y más completa?
Invertir en bolsa · 2012-06-12
Hola Gilmar,
La información sobre plusvalías y minusvalías no te la puede dar exactamente ningún broker, debido al criterio FIFO. Si vendes acciones de Telefónica en el BBVA, el BBVA no sabe si tienes acciones de Telefónica en otro u otros brokers, por lo que no puede darte esa información. Sí podría hacerlo Hacienda, pero de momento no lo hace.
No conozco el formato de información que proporcionan todos los brokers. A mí siempre me ha servido con la información que me han dado los distintos brokers que he tenido, pero si el tuyo no te da una información buena lo único que puedo decirte es que busques otro broker.
Un saludo.
Fer · 2012-06-12
Sobre el plazo de 2 meses sin comprar el valor para aprovechar minusvalias, me puedes aclarar si cuenta la adquisicion de acciones por las campañas de pago de dividendo ?? Gracias
Gilmar · 2012-06-12
Gracias por la información por supuesto pero si yo fuera Inspector de Hacienda y revisara AL CENTIMO todas las declaraciones con operaciones de minusvalías y plusvalías de acciones y tuviera que hacer una declaración paralela a las que tuvieran un error mayor de 10 € ya veríamos a ver quien se libraba de demoras, recargos o sanciones.
Por lo tanto y entendiendo que solo Hacienda sabe todas los operaciones y todos los Bancos, Brokers o cuentas que tienes es Hacienda quien debe incluir automáticamente el importe exacto en tu borrador, aún así, el importe exacto será casi imposible pues varian tanto las comisiones, el canon, los gastos de custodia .....y tendrán que ser proporcionales al número de acciones que has comprado o vendido, claro.
Invertir en bolsa · 2012-06-13
Hola,
Fer, no, acudir a esas ampiiaciones de capital / "dividendos flexibles" no supone incumplir el plazo de los 2 meses.
Gilmar, las comisiones y demás es un dato que los brokers facilitan a Hacienda. Yo creo que en el futuro Hacienda dará esos datos calculados, porque técnicamente es posible, pero de momento no lo hace.
Un saludo.
SUSANA · 2012-06-15
HOLA ME LLAMO SUSANA Y LLEVO TODA LA TARDE INTENTANDO MODIFICAR MI BORRADOR POR INTERNET, NO ESTOY A LA ULTIMA EN ESTO DE INTERNET PERO LO UNICO QUE QUIERO ES INTRODUCIR LA REFERNCIA CATASTRAL DE MI VIVIENDA HABITUAL LA CUAL ES DE MI ABUELA, ME PIDEN UN MONTON DE DATOS Y CUANDO PIENSO QUE TODO ESTA CORRECTO Y LE DOY A ACEPTAR RESULTA QUE EL RESULTADO DE DECLARACION CAMBIA Y DE PAGAR 70,02 ME PASO A PAGAR 94,65 COMO PUEDE SER ESTO SI LO UNICO QUE HE AÑADIDO HA SIDO LA REFERENCIA CATASTRAL, VALOR CATASTRAL, BUENO LAS CASILLAS ESAS QUE TE MANDAN CUBRIR Y COMO DEJES ALGUNA SIN HACERLO YA NO TE DEJAN ACEPTAR Y TIENES QUE VOLVER A COMENZAR, PORFA PUEDE ALGUIEN AYUDARME.......GRACIAS
Invertir en bolsa · 2012-06-18
Hola Susana,
Probablemente será por el valor catastral de la vivienda.
Un saludo.
Jose Ramon · 2012-06-20
El año pasado vendi todas las acciones que tenia, que eran de un mismo valor, se me produjeron minusvalias, si ya no tengo ninguna clase de acciones y en 4 años no pienso comprar nada, de cara a la declaracion de la renta ¿como compenso esa minusvalias.?
Invertir en bolsa · 2012-06-20
Hola José Ramón,
Las puedes compensar con plusvalías en la venta de inmuebles, venta de fondos de inversión, venta de opciones, venta de acciones, etc.
Si en los próximos 4 años no tienes plusvalias con nada de esto, entonces no podrás compensar esas minusvalías.
Un saludo.
Jose Ramon · 2012-06-20
Gracias por tu pronta respuesta a un tema anterior.
Mi pregunta ahora es:
Tengo compradas unas acciones del Banco de Santander, desde el año 2009 en vez de vender los derechos he acudido a las ampliaciones de capital que han realizado, quisiera saber que valor de compra tengo que poner a estas acciones cuando las venda de cara al IRPF
Invertir en bolsa · 2012-06-21
Hola José Ramón,
Lo que debes hacer es dividir lo que te costaron las acciones iniciales entre el número de acciones que tienes ahora.
Por ejemplo, supongamos que compraste 1.000 acciones a 10 euros, que por tanto te costaron 10.000 euros. Ahora tienes 1.200 acciones (por ejemplo), con lo que cada una de esas 1.200 acciones tiene un precio de compra de 8,33 euros (10.000 / 1.200 = 8,33).
Un saludo.
TOMAS · 2012-06-21
Buenos dias.
Es la primera vez que tengo que declarar por venta de accs. y te agradeceria si puedes ayudarme en una duda que tengo.
Hasta donde se el valor de adquisición de unas accs. se actualiza minorándolo con las ampliaciones liberadas o por venta de derechos, pero si se hacen operaciones de venta ¿Hay también que ajustarlo?
Te paso un cuadro con el ejemplo:
OpFecha EjecuciónNº T.PrecioImp. brutoCom. Imp. NetoSaldo Coste medio
COMPRA02/03/200920313,00 2.639,0014,252.653,25 20313,07
COMPRA03/03/200979713,0010.361,0049,7110.410,711.00013,06
SUS. LIB. 01/07/200950 1.05012,44
SUS. LIB. 01/07/201053 1.10311,85
VENTA 27/04/2011-10011,64 1.164,0010,34-1.153,661.00311,88
VENTA24/05/2011-30011,37 3.411,0020,51-3.390,49 70312,13
Se compraron accs. Zardoya, en esas fechas y el coste se ajusta con suscripciones liberadas o en su caso con la venta de derechos, con lo que tengo un coste de adquisicion de 11,85.
Para la venta del 24/4 tomo el valor medio 11,85, que creo es correcto, pero para la venta del 24/5
¿se ajusta el coste medio, ajustando el total inversión viva ( deducida ya el importe de la primera venta) entre el numero de accs restantes? y ajustandolo con ese mismo criterio en sucesivas ventas
¿o siempre habría que tomar el valor de 11,85?, para esa venta y posteriores, siempre y cuando no se produzca otra incorporación por ampliacion liberada o venta de derechos.
Muchas gracias
Un saludo,
TOMAS · 2012-06-21
Hola,
Disculpa pero parece que la parte del cuadro no ha salido bien.
¿Te puedo enviar un excel a algun email?
Gracias
Un saludo,
Invertir en bolsa · 2012-06-22
Hola Tomás,
En las ventas de aplica el criterio FIFO, que quiere decir que las primeras que vendes son las primeras que compras.
Los ajustes por ampliaciones de capital y venta de derechos los tienes que hacer para cada operación de compra de Zardoya Otis que hayas hecho, no sobre tu precio medio de compra.
Mejor separa las cifras en la respuesta a este mensaje para que se vea cada columna bien, porque en los comentarios no se pueden colgar excel y si me lo mandas por e-mail no lo podrá ver la gente que lea este artículo y no seguirá bien el tema.
Me parece entender que haces primero una compra de 203 acciones y luego otra de 797.
Después haces una venta de 100 y otra de 300.
Cada compra la tienes que tratar de forma separada, no hacer un conjunto con las 2 y calcular las plusvalías sobre ese precio medio.
Esas 203 acciones te habrán generado X, que harán un toal de 203 + X. Por un lado tienes que calcular el precio medio de este grupo de acciones que es: importe de compra de las 203 / (203 + X). Teniendo en cuenta todas las comisiones de estas operaciones.
Y las 797 acciones te habrán generado Y acciones, que harán un total de 797 + Y. Con este grupo de acciones tienes que hacer lo mismo.
Las primeras que vendas serán las 203 + X, y el precio de compra que tienes que poner es el que te haya salido del cálculo que te he comentado.
Cuando acabes de vender las 203 + X empiezas a vender las 797 + Y
Un saludo.
AlecS · 2012-06-23
Hola a todos,
A ver si lo he entendido bien..
Si solamente hago compras y los dividendos los reinvierto en acciones sin cobrarlos nunca en efectivo
No tengo q pagar hacienda pero si declarar las compras??
En caso de q venda acciones obteniendo plusvalias y sicobro dividendo en efectivo su pago hacienda!!!
Gracias!!
TOMAS · 2012-06-23
Buenos dias.
Muchas gracias por tu respuesta, clara y rapida.
He aclarado algunos conceptos que no tenia muy claros y en algun caso erroneo.
Es imposible el incluir el ejemplo que enviaba porque se desplazan los datos de las columnas, y al pulsar la vista previa sale todo descolocado, y dificil de entender.
No obstante por si interesara a alguien os incluyo un link, donde he dejado un fichero con el ejemplo en cuestion.
Es un excel con aclaraciones y las formulas utilizadas.
Si lo puedes contrastar te lo agradecere. Sobre todo es por quedarme tranquilo, porque tengo que rematar de una vez por todas - mucho tiempo ya no nos queda - la presentación de la renta.
http://www.mediafire.com/?f0ty5g9dtx0rdy2
Otra preguntilla:
Tengo que declarar de tres tipos distintos de accs. 15 ops., una con 7 ops., otra con 6 y otra con 1.
En el "Padre", solo hay para incluir maximo 3 operaciones por clase de acción.
¿Como se puede incluir?
De la misma compañia, creo una con 3 ops, creo otra por otras 3, etc... y como pide el total anual haria una agrupacion por esas 3 ops.
Muchas gracias de nuevo
Un saludo y buen fin de semana -si te dejamos-
TOMAS · 2012-06-24
Hola de nuevo.
Anulo la pregunta que te hacia ayer como declarar todas las operaciones, ya que hoy al "pelearme" con el padre, me he dado cuenta que la declaración no se hace por operacion, sino por el sumatorio y agrupacion del tipo de Ganancia o Perdida, que se indica el desplegable:
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS DESDE 31-12-94
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS ENTRE 31-12-93 Y 30-12-94 (AMBOS INCLUSIVE)
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS ENTRE 31-12-92 Y 30-12-93 (AMBOS INCLUSIVE)
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS ENTRE 31-12-91 Y 30-12-92 (AMBOS INCLUSIVE)
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS ENTRE 31-12-91
PERDIDAS PATRIMONIALES
Con lo que es mas facil. Solo hay que tener el desglose del sumatorio que se indique, por si hay algun tipo de requerimiento.
Gracias
Un saludo,
Invertir en bolsa · 2012-06-25
Hola,
Alecs, las compras no se declaran. Declaras las ventas, y si no vendes acciones un año no tienes nada que declarar ni que pagar por este concepto.
Si por "reinvertir los dividendos en acciones y no cobrarlos en acciones" te refieres a acudir a las ampliaciones de capita liberadas tipo "script dividend" entonces efectivamente no tienes que pagar nada el año que acudes a esas ampliaciones de capital liberadas. Si cobras dividendos en efectivo (en realidad si no son en efectivo no son dividendos) te retienen el 21% en 2012 y según la cantidad que cobres puedes estar obligado a hacer la declaración o puede que no estés obligado pero te interese hacerla.
Tomás, he visto el excel y está bien hecho.
Puedes agrupar las operaciones como quieras, lo que importa es que el resultado total que pongas sea el correcto. Podrías incluso poner algo como "Operaciones realizadas en el borker X", y poner la suma de todas esas operaciones juntas en una casilla.
Un saludo.
AlecS · 2012-06-25
Muchas gracias IEB!!
Saludos
TOMAS · 2012-06-26
Gracias caballero.
Tomo desde ahora como referencia tu web para estos temas, con los que el usuario de a pie estamos muchas veces despistados.
Un saludo,
Invertir en bolsa · 2012-06-26
Gracias a los dos.
mercedes · 2012-07-01
Desearia saber, como puedo compensar las minusvalias que he tendio al vender bankia, no tengo acciones que me puedan dar en la venta minusvalias. Las podria compensar con ventas de derechos? y en caso afirmativo los derechos se tienen que vender con retencion fiscal o in retencion?
Es la primera vez que uso este consultorio .Gracias, espero saber como buscar vuesgtra respuestsa
mercedes · 2012-07-01
Perdon en la consulta anterior quise decir que no tengo ninguna accion que me de plusvalias en la venta,por ello no puedo compensar con este metodo . Gracias
Invertir en bolsa · 2012-07-02
Hola Mercedes,
No las puedes compensar con venta de derechos, los vendas en el mercado (sin retención) o a las empresas al precio fijo que marquen (con retención).
Sí las puedes compensar con ventas de fondos de inversión, inmuebles, opciones put, etc. También puedes utilizar fondos FIAMM en lugar de cuentas remuneradas, por ejemplo.
Recuerda que puedes compensarlas en el año en que hayas tenido esas minusvalías y en los 4 siguientes.
Un saludo.
Ni te imaginas como agradezco tu respuesta, he recorrido oficina de hacienda de ozuelos y mas de media docena de bancos y una gestoria. Te cento en hacienda me dijeron que las minusvalias podian compensar con plusvalias de ventas de deechos, al venirme en casa empece a pensar que er absurdo , si eran con retenion los tratan como dividendos si era sin retencion despues habia que diluir el precio de la accion a la venta, vamos que no tenia logica, la tuya encaja bien. Gracias
Invertir en bolsa · 2012-07-03
Gracias, Mercedes.
Seguro que las minusvalías no se pueden compensar con venta de derchos, vendas a quien vendas los derechos.
Un saludo.
Alfredo Garcia Jimenez · 2012-07-06
Soy Español y resido desde hace 37 años en el extranjero y no hago declaracion de hacienda en España, soy pensionado en mi pais de residencia y mis ahorros los tengo en acciones en bolsa española.
Mi pregunta es: cuando me pagan los dividendos me retienen el 21%, como puedo hacer para recuperar lo retenido o que no me lo retengan?
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-07-09
Hola Alfredo,
Eso dependerá del país en que seas residente, y de los acuerdos que tenga esa país con España. Lo mejor será que hables con tu broker y con la embajada de España en el país en que residas. En ambos sitios deberían saber decirte qué trámites tienen que hacer.
Un saludo.
huron · 2012-07-28
Estoy en un broker (Plus500) desde hace dos semanas, metí 125 euros y ahora mismo tengo 215. Supongamos que a final de año tengo 6000 euros en mi cuenta. Si no lo saco de mi broker he de declararlo, o solo debo declararlo cuando pida un reintegro?¿ Y si tengo que declararlo a que fiscalidad?¿
Un saludo crak
Invertir en bolsa · 2012-07-30
Hola Huron,
Tienes que declararlo, independientemente de que lo saques de tu broker o no. En el momento en que vendes (acciones, futuros o lo que sea) y obtienes una ganancia ya se genera la obligación de declarar por esa ganancia.
La tributación dependerá del producto en el que hayas invertido. Si son acciones, la fiscalidad es la que ves en este artículo. Si son derivados, es muy parecida, con unos pequeños cambios, la puedes ver en el artículo sobre la fiscalidad de los derivados en esta misma sección.
Un saludo.
huron · 2012-07-30
Otra duda compañero yo opero con operaciones en corto con el ibex, solamente con ese valor, al cabo del dia puedo cerrar y abrir una media de 7-8 operaciones. Lógicamente en algunas acierto y en otras no. Supongamos que las operaciones acertadas suponen una ganancia de 500 euros y las erróneas unas pérdidas de 300, es decir he tenido un beneficio de 200 euros netos ese día. Supongamos que esa operación se repite a lo largo del año y que al final del año he obtenido unas ganancias netas de 5000 euros, a la hora de tributar, se han de declarar esos 5000 euros netos que hemos conseguido no?¿ Me refiero que si tus operaciones acertadas generan 20000 euros y las falladas -15000 euros tributas los 5000 netos que ganaste y los 20000 brutos no es cierto?¿ UN saludo y muchas gracias por tu ayuda
Invertir en bolsa · 2012-07-31
Hola Huron,
Sí es así, porque operas con derivados (futuros en este caso), y en los derivados no se aplica la regla de los 2 meses.
Si hicieras eso mismo con acciones, probablemente tendrías que tributar por los 20.000 euros (habría que ver la lista de operaciones concreta para hacer el cálculo exacto), por no respetar la regla de los 2 meses (si no la conoces la puedes ver en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_compensacion_minusvalias_evitar_regla_2_meses.htm]Cómo funciona la regla de los 2 meses en la compensación de minusvalías[/url]
Por eso, para ese tipo de operativa es mejor utilizar futuros, opciones, CFDs, que acciones.
Un saludo.
laietana · 2012-08-01
Antes de nada agradecer toda la información que se aporta aquí
Mi duda está relacionada con el plazo de los dos meses entre operaciones, mis padres canjearon las preferentes por acciones de bankia que en un primer momento dieron un 75% y después tres tramos hasta llegar al 100% si se conservaban las acciones iniciales, la pregunta es si ese canje se trata como una compra de acciones y por tanto hay que esperar 2meses para compensar una minusvalía o no se considera una compra y por tanto el plazo de dos meses entre operaciones no hace falta respetarlo
Gracias
Invertir en bolsa · 2012-08-06
Hola Laietana,
No entiendo bien el caso, porque creo que no te afecta el tema de los 2 meses.
Es decir, tus padres han canjeado preferentes por acciones de Bankia, y entiendo que las quieren vender lo antes posible, ¿no?
Supongamos que el canje de preferentes por acciones se realiza el día 1. En ese caso, ellos pueden vender las acciones de Bankia el mismo día 1 y esta minusvalía sería compensable.
No sería compensable si venden las acciones de Bankia el día 1 y vuelven a comprar acciones de Bankia antes de que pasen 2 meses.
¿Es esto lo que preguntas?
Un saludo.
laietana · 2012-08-07
Gracias por contestar
Solo era vender un %, no el total, pero al no ser una compra "normal" de acciones no sabía si afectaban los dos meses, dentro de poco es la ampliación y anteriormente hubo un canje parcial por fidelización y las fechas van muy muy justas
De nuevo gracias y un saludo
Sagitar · 2012-08-07
Hola,
Mi pregunta viene por mis dudas en la compra/venta en opciones binarias. ¿Tendría que declarar las ganancias conseguidas mediante esta actividad? ¿Qué porcentaje he de pagar, y como las declararía? Si fuese posible, podríais facilitarme algo más de documentación acerca de este tipo de comercio. Muchas gracias de antemano. Un saludo, y felicidades por la pagina.
Invertir en bolsa · 2012-08-07
Hola
Laietana, sí que afectan los 2 meses a esa compra, pero es que creo que lo tú quieres hacer no tiene que ver con el tema de los 2 meses, porque tu intención no es vender con pérdidas para recomprar antes de que pasen 2 meses, ¿no?. Si me pones cifras y fechas concretas de lo que has hecho y lo que quieres hacer te lo explico con el ejemplo.
Sagitar, hay que pagar a Hacienda, sí, claro. Las opciones binarias son un producto derivado, y se les aplica la misma fiscalidad que al resto de derivados:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_derivados.htm]Fiscalidad de los productos derivados[/url]
Creo que es casi imposible ganar dinero con las opciones binarias. Es decir, más que un tipo de inversión creo que entran dentro de los juegos de azar. Son muchísimo más similares a las apuestas deportivas que a las acciones, los fondos de inversión.
Mi recomendación es que no dediques ni tiempo ni dinero a las opciones binarias, la verdad.
Un saludo.
pedro · 2012-08-07
Buenas tardes,
Soy un portugués con residencia en España, trabajo aquí y pago mis impuestos aquí, en Venezuela tenía una parte de un restaurante con un hermano, el restaurante a sido vendido y este me quiere mandar la parte que me toca. Al realizarme la transferencia que tributación tendría yo.
gracias.
Nelo · 2012-08-07
Quisiera saber si la venta de derechos se declara como la venta de acciones (perdón por la ignorancia)
Invertir en bolsa · 2012-08-09
Hola,
Pedro, en el momento de realizar la transferencia no tendrás que pagar nada. Cuando tendrás que pagar es en la declaración del IRPF del año que corresponda. Es decir, si la venta se ha realizado en 2012, tendrás que declararla en la declaración del IRPF de 2012, que es la que se hará en Mayo-Junio de 2013.
No estoy seguro de la tributación exacta. En principio creo que es un incremento de patrimonio (como el de las acciones de este artículo, por ejemplo), pero si tú hubieras trabajado en ese restaurante es posible que la fiscalidad sea distinta. Yo preguntaría en Hacienda la forma exacta de declarar esa operación.
Nelo, no. Es distinta. En el momento de vender los derechos no pagas nada, lo que haces es reducir el precio de compra de las acciones en el importe de la venta de los derechos. En el momento en que vendas las acciones tendrás que calcular la plusvalía / minusvalía con este precio de compra "recalculado" con las ventas de derechos que hayas hecho desde que compraste las acciones. Lo tienes con más detalle y ejemplos en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Un saludo.
maria · 2012-08-10
Hola,
Mi padre quiere vender unas acciones que compró en el año 2004, hay algún tipo de descuento o límite en el pago de plusvalía por tener las acciones tantos años?
Espero tu respuesta, muchas gracias por adelantado
carlos · 2012-08-13
hola,si en el año 2005 compro acciones de jaztel con valor de 15000€ y de service point con valor de 5000€ que aun conservo y ahora tuviera plusvalias de 25000€, si vendo el año 2005 con unas perdidas de 15000€ mas o menos.¿cuanto tendria que pagar a hacienda en 2013? ¿en que medida una plusvalia con una minusvalia? gracias por adelantado
Invertir en bolsa · 2012-08-13
Hola María,
No hay ninguna rebaja por tener las acciones desde el 2004. Las exenciones que existen son para acciones compradas antes del 31 de diciembre de 1994.
Carlos, no me quedan claros los datos. Las acciones de Jazztel y Service Point, ¿aún las tienes o las vendiste en 2005? ¿Puedes ponerme las fechas de compra y venta de cada operación, y la plusvalía / minusvalía obtenida en cada caso?
Un saludo.
maria · 2012-08-14
Hola,
Muchas gracias por tu respuesta. El tema de las acciones de mi padre es algo complicado (para mi). Hay posibilidad de contratar tus servicios, quedar con la documentación que tengo y hacer cálculos. Yo estoy en Madrid.
Quedo a la espera de tus comentarios, un saludo y gracias.
carlos · 2012-08-14
aun las tengo, no tengo los datos ahora pero mas o menos entre las dos me dan unas perdidas de15000€ a la venta, si por otro lado tengo plusvalias de unos 25000 de este año, quisiera saber en que medida se compensan las perdidas con las ganancias para aprobechar y vender jaz y sps para perder menos con ellas,gracias,un saludo
Invertir en bolsa · 2012-08-15
Hola Carlos,
Es que me despistaste al decir "si vendo el año 2005". Entiendo entonces que querías decir "si vendo en el año 2012".
Si en 2012 vendes todas esas acciones y por un lado tienes una plusvalía de 25.000 euros y por otro lado tienes una minusvalía de 15.000 euros, entonces la plusvalía por la que deberás pagar es de 10.000 euros (25.000 - 15.000).
Para que esto sea así, las acciones que vendas con pérdidas no las puedes volver a comprar en los 2 meses siguientes a esa venta. Si volvieras a comprar las acciones de Jazztel y SPS que vendes con pérdidas menos de 2 meses después de haberlas vendido, entonces no podrías compensarte esa minusvalía de 15.000 euros (hasta que volvieras a vender las acciones de Jazztel y SPS que has vuelto a comprar, y dejaras pasar esos 2 meses, por lo menos, sin volver a comprarlas), y tendrías que pagar por la plusvalía de 25.000 euros.
Un saludo.
carlos · 2012-08-15
hola, lo primero muchas gracias por tu ayuda, las tenia ahi pilladas de hace algunos años y ahora que me he vuelto a poner a el lio y recojo algunos frutos pues es buen momento para recuperar la inversion inicial que es importante. ¿como tributan los beneficios adquiridos por venta de acciones?
un saludo y gracias de nuevo
Oscar · 2012-08-17
Buenos días. Para empezar gracias por la ayuda y el conocimiento volcado en esta "peazo" de web. Y ahora la duda:
Tengo Telefonicas compradas hace 4 años a 20€, hace 3 semanas he comprado más, y ahora que ha subido quiero vender para hace caja y esperar a otra bajada para volver a comprar. Con lo del FIFO no acabo de entender cómo procesar la minusvalía fiscal... cómo lo anoto en mi cartera en Excel para saber qué declarar a Hacienda si vendo definitivamente dentro de unos años? me lo guardo como minusvalía a compensar cuando venda en el futuro o reduzco el precio medio de compra? o qué?
Gracias y un saludo
Invertir en bolsa · 2012-08-17
Hola,
Carlos, la tributación de la venta de acciones en 2012 es precisamente el tema de este artículo. Léelo, en él lo explico con todo detalle.
Oscar, si vendes acciones de Telefonica antes de que pasen 2 meses desde la compra de más acciones de Telefónica que acabas de hacer, no podrás compensar la misnuvalía que generes hasta que no vendas las acciones que acabas de comprar, y dejes pasar 2 meses sin comprar más acciones de Telefónica.
Gracias a los 2.
baltus · 2012-08-19
buenas tengo dudas sobre si gano con bolsa dinero y invierto en inmuebles o acciones a largo plazo
como seria tema de hacienda
quiero empezar con eso de bolsa porque en version demo con 10.000euros al dia consegui 2400euros y quiero comprarme piso pero soy nuevo en ese mundo de bolsa y hacienda
y como se podria hacer para no pagar tanto a hacienda o si es posible no mostrar todo y si tendria problemas
carlos · 2012-08-22
hola, que es eso de prohibicion de cortos? no se van a poder comprar acciones y vender cuando te venga bien? no entiendo
alf · 2012-08-23
Compra en 2001 paquete acciones se pagan durante los seis años siguientes, al vender en el 2012, como se abona la plusvalia, restando vaor de compra y de recompra por la empresa,
En que apartado de la declaración de 2012 debo reflejarlo.
Gracias
Juan · 2012-09-06
Buenas, he ganado 12.000 EUR con opciones binarias. A la hora de hacer la declaración de la renta... se paga igual que el resto verdad?21% hasta 6000 y 25% hasta 12.000 no???
Estoy muy perdido con este tema por que es el primer año que invierto en la bolsa...si no la hiciese que me podria pasar??podria ser, que se les pasara por alto... y asi no tener que declarar??
Me jode mucho pagar un 25% de impuestos cuando ellos no me estan dando nada a cambio...que envidia me da Inglaterra donde no pagan nada de impuestos por invertir en bolsa.
Gracias y saludos
Juan
Daniel · 2012-09-07
¡Hola!
Me gusta mucho esta web y me parece muy útil.
Tengo una pregunta relacionada con la venta de acciones. Tengo acciones compradas hace 2 años, y quiero venderlas en 2012, pero con pérdidas muy elevadas (5.000 euros). Este mismo 2012 compré acciones y las vendí con ganancia (2.500 euros), y mi pregunta es si pueden compensarse las de más de un año con las de menos de un año. Antes no se podía hacer, cada una se compensaba con su período, pero no sé si ha cambiado la fiscalidad.
Me gustaría pensar que han quitado el critero del año y que se pueden juntar todas, y si hay mucha pérdida, lo que no se pueda compensar, se compense en los 4 años años siguientes, pero creo que no voy a tener tanta suerte...
¡Un saludo!
Perdigón · 2012-09-11
Ahora toca actualizar de nuevo con las decelaraciones del presi.
ricardo · 2012-09-13
hola,
en mi caso, me han cambiado acciones preferentes por acciones de BBVA, han subid y querria vender.
Alguien puede decirme como tributan esas ganancias?
un saludo, gracias.
Invertir en bolsa · 2012-09-14
Hola,
Baltus, si vendes acciones y ganas dinero tendrás que pagar lo que especifico en este artículo. Es indiferente lo que hagas con el dinero ganado (reinvertirlo en más acciones, inmuebles, etc), el importe a pagar por las plusvalías que hayas obtenido no varía (en este artículo puedes ver cómo calcular lo que tienes que pagar a Hacienda por la venta de acciones con beneficios). Hacienda sabe exactamente las acciones que vendes, así que si no declaras algo lo van a ver enseguida.
Carlos, lo de la prohibición de cortos no tiene relación con la fiscalidad. Consiste en que se prohibe vender acciones (u otras operaciones similares con otros instrumentos como futuros, CFDs, etc.) sin tenerlas con idea de recomprarlas más adelante más baratas. Lo puedes ver con más detalle en [url=http://www.invertirenbolsa.info/articulo_derivados_estrategias_vender_futuros.htm]¿En qué consisten las posiciones bajistas o cortos?[/url]
Alf. tendrás que restar al importe de venta el de compra, sí. Y a la cifra que te salga aplicarle la tabla que puedes ver en este artículo. La declaración de 2012 aún no se conoce. Cuando llegue el momento de presentarla (Mayo-Junio de 2013) se podrá descargar el PADRE y ver cuál es el número de la casilla ( es fácil que cambien de un año a otro los números de casilla).
Juan, a las opciones binarias se les aplica esta misma tabla, sí. Si no lo declaras y te detectan tendrás que pagar lo que había correspondido más la multa correspondiente, que es alta. Yo también creo que el nivel de impuestos actual es absolutamente inmoral. En Reino Unido también pagan por la venta de acciones, y bastante.
Daniel, en 2012 no hay distinción entre más y menos de 1 año. Puedes compensar esas 2 operaciones sin problemas.
Perdigón, la fiscalidad de 2012 (la de este artículo) no ha cambiado. Hay rumores de que puede cambiar a partir del 1 de Enero de 2013, y en ese caso publicaré un nuevo artículo con la fiscalidad de 2013. Pero la de 2012 no ha cambiado desde el 1 de enero de 2012, sigue siendo la misma.
Ricardo, tributan tal y como explico en este artículo. Tu precio de compra es el dinero que hayas pagado por esas acciones desde el día que compraste las preferentes (todas las comisiones incluídas), y el de venta es el que obtengas al vender las acciones. Si tienes dudas, díme los datos y te lo calculo.
Un saludo.
Antonio · 2012-09-18
Buenas tardes,
Trabajo en telefonica y a los trabajadores nos han ofrecido un "plan de fidlidad" que consiste en comprar una serie de acciones al mes (hasta cierta cantidad de dinero) durante un año y una vez finalizado el año de compra de acciones, si mantenemos duranbte otro año en nuestro poder las acciones, nos darian el mismo numero de acciones que hubieramos comprado. Mi duda es, cuando yo quiera vender esas acciones, ¿como calculo las ganancias/perdidas de las acciones que me han dado? En caso de por ejemplo haber comprado 100 euros cada mes (cada mes habria comprado un numero de acciones diferentes dependiendo del valor) y al final del año esos 1200 euros invertidos (12 meses x 100 euros) tuviera 100 acciones, cuando venda esas 200 acciones (100 compradas mas 100 regalas) tendria que restar cuanto dinero he ganado menos los 1200 euros que me costaron, ¿no? Esta duda la tenemos muchos trabajadores
Otra cuestion un poco mas rebuscada que me pide un compañero que te haga, ¿que pasaria si en lugar de querer vender todas las acciones solo vendiera 100 acciones y el resto las mantuviera? ¿Tributaria por un lado la diferencia entre la venta de esas 100 acciones menos 1200 euros que nos costo, y cuando venda las otras 100 acciones seria la venta de esas acciones menos 0 euros porque no nos costo nada??
Muchas gracias!!!!
Invertir en bolsa · 2012-09-19
Hola Antonio,
Esto tenéis que hacerlo como si fuera una ampliación de capital liberada. Voy a poner un ejemplo con 4 meses para no tener que teclar los 12 meses.
Enero: Compras 10 acciones a 10 euros
Febrero: Compras 8 acciones a 12 euros
Marzo: Compras 12 acciones a 8 euros
Abril: Compras 6 acciones a 16 euros
En total has comprado 36 acciones. Telefónica te regala otras 36. En este momento, las compras que tienes en tu cartera fiscalmente son:
Enero: 20 acciones a 5 euros
Febrero: 16 acciones a 6 euros
Marzo: 24 acciones a 4 euros
Abril: 12 acciones a 8 euros
Como ves, en cada compra se reparte el importe que pagaste entre el doble de acciones (las que compraste más las que te regalan).
Si ahora venes 20 acciones, son las que compraste en Enero, y el precio de compra de las 20 que debes utilizar para calcular la plusvalía es de 5 euros por acción (las 20 acciones son iguales, tienen el mismo precio de compra y la misma fecha de compra).
Si en lugar de 20 acciones vendes 36 acciones pues entonces vendes las 20 de Enero (compradas a 5 euros) y las 16 de Febrero (compradas a 6 euros), etc.
Etc.
Las primeras que vendas serán las primeras que compraste, así que si las vendes debes empezar a calcular la plusvalía con las de enero, seguir con las de Febrero, luego las de Marzo, etc.
Un saludo.
lourdes · 2012-09-21
Tengo claro que al vender todas las acciones que tengo, incluidas las obtenidas por dividendos, he de tributar por todo el beneficio obtenido, en mi caso el 21 %, pero ¿puedo descontarme los 1500 € del total por la parte de los dividendos? Es que no me queda claro si las acciones obtenidas por dividendos se siguen considerando dividendos, no se si me he explicado bien.
Otra duda, yo vivo en Ceuta, tenemos bonificación fiscal del 50%, pero no se si esta bonificación también es aplicable a las ganancias en bolsa, siempre y cuando no supere a los rendimientos del trabajo obtenidos en mi ciudad, en fondos de inversión creo que no.
Gracias por anticipado.
Santiago · 2012-09-21
Hola,
soy un trabajador español que vive y hace su declaración en España, pero tengo acciones de France Telecom depositadas en un broker español.
Como estoy harto de que la legislación europea permita que me roben de forma impune anualmente más de 10% de los dividendos que no se recuperan con la doble imposición, he decicido traspasar mis acciones a un broker francés y abrir una cuenta en Francia, para que la hacienda francesa no tenga más excusas para no devolver el exceso de retención.
Las dudas son:
Por los dividendos, ¿Tendré que pagar impuestos en España o Francia?
Si algún día llego a vender las acciones en el broker francés, ¿dónde tendré que declarar por la posible pérdida o ganancia en la venta? ¿en Francia o en España?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2012-09-24
Hola,
Lourdes, entiendo que por "acciones obtenidas por dividendos" te refieres a los "dividendos flexibles" y similares. Esas operaciones son ampliaciones de capital liberadas, y triutan como tales. Lee [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url], y si no te queda claro vuelve a preguntar.
Que yo sepa, la tributación por venta de acciones y dividendos en Ceuta es la misma que en el resto de España.
Santiago, no sé responderte con una seguridad del 100%. En España tienes que declarar por tu renta mundial, es decir por todo el dinero que ganes en España y en cualquier otro país del mundo. Así que esos dividendos los tendrás que seguir incluyendo en tu declaración en España, eso seguro.
Lo que has conseguido con esto es que la Hacienda española no te haga ninguna retención por estos dividendos, pero la Hacienda francesa te seguirá haciendo la misma retención. Pregunta a tu broker francés cómo puedes recuperar esa retención, porque eso es lo que no sé decirte. Quizá tengas que hacer una declaración del IRPF en Francia o algo así.
Un saludo.
chema2012 · 2012-09-25
En 2012 en el mercado de futuros he tenido mucha suerte y he obtenido unas ganancias muy elevadas, sobrepasan el millon de euros.
Le he dado cien vueltas pero no se me ocurre nada para no tributar tanto. Estoy en el tope de deducciones por planes de pensiones y por VH.
Espero que a alguien se le ocurra algo.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2012-09-25
Hola Chema,
Enhorabuena.
Lo único que se me ocurre es que aflores plusvalías de algo que ya tengas y que ahora mismo esté por debajo de tu precio de compra (acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.).
Un saludo.
samgriento · 2012-09-28
Hola, Gregorio
Al hilo del post anterior a Chema, se me va planteando el cierre del año y llevo unas plusvalías de 3.500 € que podría compensar vendiendo unas TEF con aprox. esas minusvalías.
Esto es siempre una decisión correcta o ... en definitiva, qué factores o variables debo considerar para tomar esta decisión ??
Gracias, como siempre, por tu atención
Invertir en bolsa · 2012-10-01
Hola samgriento,
Debes considerar el conjunto de tu estrategia, y tener en cuenta qué es lo que harías con esas acciones de Telefónica si no quisieras compensar esa plusvalía.
Supongamos que tú intención es mantener esas acciones de Telefónica al menos durante unos meses más. Si son 500 acciones (por ejemplo) las puedes vender, e inmediatamente compras 5 futuros sobre acciones de Telefónica. El futuro debe tener un vencimiento superior a 2 meses, contando desde el día que vendes las acciones.
Al llegar al vencimiento decides si lo ejercitas (es decir, lo conviertes en 500 acciones de Telefónica) o si lo vendes para comprar las 500 acciones en el mercado, según lo que haya hecho la cotización, y según cuál sea tu estrategia de inversión.
Si me explicas cuál es tu estrategia y qué deseas hacer con esas acciones de Telefónica te puedo concretar más.
Un saludo.
samgriento · 2012-10-01
Hola, Gregorio
Gracias por tu respuesta.
Mi estrategia inversora es flexible. Intento amoldarme a las circunstancias y el fin es obtener la mayor rentabilidad a mi dinero. En concreto, los últimos meses de vaivenes creo que han sido perfectos para el medio plazo y he conseguido buenos beneficios y buenas plusvalías.
Como apuesto (es mi apuesta) a que esto se va para abajo, me he ido deshaciendo de cartera con buenos timings. El lunar negro es TEF, se ma quedado pillada, la única con la que pierdo (no es así porque con los dividendos empato). Es decir, que tengo minusvalías.
Y al leer la respuesta tutya a Chema, se me ocurrió si era buena idea vender y compensar plusvalías. Como no alcanzo a ver el movimiento en su globalidad, por eso te pregunto si es buena idea y... en definitiva, para otras veces, si suele ser buena idea.
Respecto a qué pensaba hacer con ellas... pues las tengo a la venta, en dos paquetes, a 11.59 y 12.19. Con eso recuperaría inversión, además de los dividendos, claro. Perdí una oportunidad cuando se pusieron a 11.58 y dudo que vuelva en mucho tiempo. Es decir, como pienso que no van a llegar en los próximos meses... la alternativa, que insisto, no sé si es buena, sería realizar esas ventas ya con sus minusvalías. O quedármelas pa siempre.
Gracias de nuevo por tu atención y un saludo
Invertir en bolsa · 2012-10-02
Hola samgriento,
Por lo que dices, no tienes muy claro que hacer con ese dinero en caso de vender las acciones ahora.
Una alternativa es que vendas las acciones, compres futuros sobre Telefónica y vendas opciones call con esos futuros como respaldo. ¿Qué te parece esta opción?
Un saludo.
samgriento · 2012-10-02
Hola Gregorio
Mi duda sigue intacta. Operar con derivados se escapa a mis conocimientos por ahora.
Por supuesto que sí tengo claro qué hacer con ese dinero: reinvertirlo. Ahora o en los próximos meses. Quizá en acciones, quizá en RF, quizá en fondos.... o dejarlo en el monedero (F: Monetario) a la espera de oportunidades.
Siento que no me contestas a mi duda sobre la minusvalía. Si no hay regla general, vale. Me dijiste: concreta. Lo he hecho. Si necesito concretar más, por favor, dímelo.
Gracias de nuevo y un saludo
Edwin · 2012-10-02
Buenos días ante todo daros las gracias por esta página porque gracias a ella tenemos una muy magnífica información financiera. Quiero agradecer también especialmente la posibilidad que tenemos de hacer consultas a los expertos.
Paso a comentar mis cuestiones en dos viñetas porque en una no se puede por el tamaño, tengo bastante lío en relación a la fiscalidad de la venta de acciones, he ido comprando a lo largo de los años en un montón de operaciones y también he realizado algunas ventas. Si no es inconveniente voy a ir poniendo un ejemplo de la situación, más simple que mi realidad, pero nos sirve para ir resolviendo las cuestiones.
Tengo claro que cuando se vende las que se están vendiendo son las primeras que se compraron. El problema surge cuando se genera una pérdida porque como he hecho muchas pequeñas compras pues he comprado cerca de la fecha de venta, en cuyo caso se supone que hay que esperar a la venta de esas acciones nuevas que se han adquirido, ¿verdad?, la cuestión es de fechas porque en este artículo dice dos meses antes o después pero en la guía de hacienda que tengo del año pasado dice:
La aplicación de esta norma cautelar está condicionada a que la recompra se realice en
los siguientes plazos:
a) Dos meses anteriores o posteriores a las transmisiones, tratándose de valores o participaciones
admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de
valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21
de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros.
b) Un año anterior o posterior a las transmisiones, cuando se trate de valores o participaciones
no admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de
valores anteriormente citados.
c) Un año posterior a la transmisión, tratándose de otros elementos patrimoniales. Cabe
precisar que en todo caso debe adquirirse el mismo elemento patrimonial transmitido.
Yo pensaba que el ibex 35 era un mercado primario y no secundario y por eso es apartado b) ¿Son dos meses o un año?
Si se ha comprado en los dos meses de antes y en los dos de después ¿cuáles son las que se toman para esperar a su futura venta, las de antes, las de después o las que están más cerca?
Independientemente del tiempo y de las acciones que se tomen aparece otro problemas nuevo no sé bien cuando se compensa la minusvalía, sé que se compensa cuando se venden las que se han comprado, mi problema viene que no sé cuando se produce la venta de esas acciones, porque para saber cuándo se venden no sé cuál de estos caminos es válido:
1.¿Tenemos que esperar a la venta de todas las acciones que se compraron antes de estas últimas?
2. ¿Se saltan por así decir “la cola” y se tiene en cuenta que se venden en la siguiente venta independientemente de que no sean las más antiguas?
Con este ejemplo se ven más claras estas preguntas: Si compré 100 acciones a 5€ luego compré 500 a 10€ y luego vendí 200 a 8€ y posteriormente compré 300 a 6€ tres días después.
Cuando vendo las 200 a 8€, 100 de esas acciones que vendo corresponden a las 100 primeras que compré a 5€ y me generan una plusvalía que debo poner en la declaración de la renta y pagar (no puedo compensar con la minusvalía de las otras 100 que sería lo más sencillo, ¿verdad?) sin embargo las otras 100 que vendo se corresponden con 100 de las 500 que compré a 10€ por tanto estas me provocan una minusvalía que no podré desgravarla hasta que venda esas 100 acciones, porque he comprando 300 acciones unos días después, así que ahora:
1. ¿Debo esperar a que se vendan primero las 400 acciones que me quedan de las que compré a 10€?
2.¿O se venden directamente primero las 100 acciones de las 300 que compré más tarde a 6€? En cualquier caso las otras 200 acciones de las 300 acciones que he comprado a 6€ generaran su plusvalía o minusvalía por otro lado independientemente de lo que ha pasado con las otras 100 que si actuaban en la minusvalía, ¿verdad?
Edwin · 2012-10-02
En este contexto aparece otro problema nuevo cuando se venden finalmente las 100 acciones que se corresponden con las que generaban la minusvalía. Pueden ocurrir varias cosas que tampoco tengo clara su solución:
1.Que se genere una minusvalía sobre la venta de esas 100 acciones por ejemplo si se venden a 5€ en cuyo caso tendríamos que ver si compro más o no en las inmediaciones temporales, ¿verdad? Se podría tener que si se sigue comprando y vendiendo así que nunca se llegue a desgravar la minusvalía efectivamente, ¿o existe un plazo en el que se deja de hacer esto? Sé que existe un plazo de 4 años para desgravarse las minusvalías pero este es para cuando se han hecho ya efectivas, situación que no es la nuestra, ¿verdad?
2.Que se genere una plusvalía sobre la venta con respecto a la última compra pero no respecto a la primera, es decir si vendo las 100 acciones a 8€ con respecto a las que compré a 6€ gano (¿se declara la plusvalía?) pero respecto a las que compré a 10€ pierdo, entonces si vuelvo a comprar en las inmediaciones ¿tengo que seguir esperando?
3.Si efectivamente se genera una plusvalía porque vendo las 100 acciones a 12€, entonces declaro una minusvalía de 2€ por acción (de las 100 que compré a 10€ y vendía a 8€) y por otro lado una plusvalía de 6€ (de las 100 que compré a 6€ cerca de las que vendí perdiendo y posteriormente he vendido a 12€) en realidad como pierdo 2€ y gano 6€ es como si se genera una plusvalía de 4€ por acción. ¿Es así como debo declararlo?
Independientemente de todo lo dicho hasta ahora tengo dos problemas más:
El primero es que como he cobrado dividendos en acciones cuando vendo si llega el momento en el que se considera que he vendido todas las acciones anteriores al cobro de ese dividendo, ¿se considera que he adquirido el número de acciones correspondientes al dividendo a coste de 0€ y serían las que se venden en este momento?
El segundo se supone que va a haber una diferencia entre las plusvalías generadas en menos de un año y las demás, ¿se pueden compensar las minusvalías, cuando se hacen efectivas, de un tipo con las del otro o irán separado?, ¡ah! Si por los proceso de compra venta hasta que se materializa la minusvalía que hemos visto anteriormente se pasa de un año ¿se considerará entonces que son de más de un año o se sigue considerando que son de menos de un año?
Y por último problema es a efectos de notificación a hacienda, esto es, ¿hay que notificar la minusvalía aunque no se desgrave en la declaración de la renta pese a que se hayan comprado acciones cercanas a la fecha en la que se produce la minusvalía o simplemente no se dice nada hasta que se consolida realmente la minusvalía o se produce la plusvalía?
Muchas gracias por todo y lamento preguntar tanto.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-10-03
Hola,
samgriento, por lo que dices creo que tienes una estrategia poco definida, y quizá no adecuada para tu caso.
Por ejemplo, si no sabes utilizar los derivados, es poco probable que consigas ganar dinero con operaciones a cortoo plazo con las acciones. Fundamentalmente porque casi nadie lo consigue, y los pocos que lo hacen tienen conocimientos muy amplios sobre estos temas.
Cuando te decía que si tenías claro qué hacer con el dinero de la venta de Telefónica me refería al instante después de venderlas, no "antes o después lo invertiré en algo". Es decir, si vas a materializar una pérdida deberías tener claro qué vas a hacer con ese dinero en el mismo momento en que realizas esa venta que te va a producir la pérdida. Como ejemplo te ponía esa combinación de derivados. Vender para realizar esa pérdida y dejar el dinero "esperando" quizá no tenga mucho sentido.
Es decir, si vendes ahora te ahorras en impuestos unos 700 euros (el 21% de 3.500). Pero si dejas ese dinero en una cuenta remunerada y dentro de unos meses compras otra vez Telefónica pero más cara que lo que la vendiste, la operación no habrá tenido sentido.
El problema principal creo que es el que te comentaba, que no tienes clara la estrategia, sino que vas comprando y vendiendo acciones sin una referencia o patrón que dé consistencia a ese conjunto de operaciones. Creo que este enlace te puede ayudar a resolver este problema:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=997]Beneficios de la inversión a largo plazo buscando la rentabilidad por dividendo[/url]
Edwin,
Son 2 meses. El apartado b) es para acciones no admitidas a cotización en mercados secundarios. Las acciones de Telefónica, BBVA, etc, cotizan en un mercado secundario oficial, y por tanto pertenecen al apartado a).
El apartado b) es para empresas no cotizadas.
El mercado primario es el de las OPV, pero una vez que las empresas salen a Bolsa ya están en el mercado secundario.
Ejemplo:
1) Por la venta de las 100 acciones compradas a 5 euros tienes que pagar, sí, y no puedes compensar con la misnusvalía de la venta de las 100 acciones compradas a 10 euros porque la compra de 300 a 6 euros realizada 3 días después.
2) Para compensar esa minusvalía tienes que vender las 300 que compraste a los 3 días, pero para vender esas primero tienes que vender las 400 que ya tenías. Por tanto, en este caso para poder compensar la minusvalía tienes que vender las 700 acciones que tienes ahora mismo en cartera. Y no comprar más acciones ni en los 2 meses posteriores a esta venta, ni haber comprado más acciones en los 2 meses anteriores a esta venta de las 700 acciones. Esto es así aunque ganes dinero con la venta de esas 300 acciones, porque si no fuera así podrías compensar esa minusvalía en cualquier momento en que estuvieran ligeramente por encima de tu precio de compra, vendiendo las acciones y recomprándolas el segundo siguiente.
3) Los dividendos en acciones son ampliaciones de capital liberadas, y no afectan en nada a todo esto de los 2 meses porque su fiscalidad es esta [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
La fiscalidad de 2013 (más y menos de 1 año, etc) de momento no se conoce, son sólo rumores. Hasta que no sea oficial no podemos saber cómo será exactamente, y por tanto no es posible responder ahora a las dudas que tienes sobre este tema, porque no hay nada oficial.
Las plusvalías y minusvalías deben declararse siempre en el ejercicio en que se producen.
Creo que con esto he resuelto todas las preguntas, pero si se me ha escapado algún caso, dímelo.
Un saludo.
Edwin · 2012-10-03
Hola de nuevo muchas gracias por la respuesta, y ¡qué rápido!
No me ha quedado clara alguna cosilla:
1. Si se ha comprado en los dos meses de antes y en los dos de después en las que se produce la minusvalía ¿cuáles son las que se toman para esperar a su futura venta, las de antes, las de después o las que están más cerca?
2.Cuando dices "para compensar esa minusvalía tienes que vender las 300 que compraste a los 3 días, pero para vender esas primero tienes que vender las 400 que ya tenías" en realidad con vender las otras 400 anteriores y las 100 que se corresponde con las 100 de la venta de 200 a 8€ sería suficiente, no hay que vender completamente las 300 que compré a los tres días ¿verdad?. Otra cosilla si en la venta de las 400 anteriores se genera una plusvalía hay que tributar por ella aunque todavía no se hayan vendido las 300 estas famosas, ¿verdad? Y si se generara una minusvalía en la venta de esas 400 se empezaría por otro lado a generar el computo de los más menos dos meses, ¿verdad?
3. Le acabo de echar un vistazo a lo de la fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas que hasta hoy yo creía que se llamaba "dividendo en acción" y por eso al leer las guías de hacienda nunco entendía bien que era eso de las liberadas y pensaba eso no es para mí y por ello metí la pata en la declaración del año pasado porque al declarar una plusvalía en una venta no las tuve en cuenta, no es mucho dinero a lo mejor que se yo 40 o 50 € más a pagar, debería ir a hacienda a avisar, ¿qué me recomiendas?
De nuevo agradecerte y felicitarte por la ayuda que prestas.
Un cordial saludo
Invertir en bolsa · 2012-10-04
Hola Edwin, y gracias.
1) Todas, las de antes y las de después. Tienes que vender todas las que incumplan la norma para poder compensarte la minusvalía, y si la has incumplido comprando antes y después entonces tienes que vender las de antes y las de después.
2) Tienes que vender las 700 (400 + 300). Esta norma se hace para evitar que la gente aflore minusvalías cuando quiera, manteniendo su posición. Por eso, para poder compensar las minusvalías hay que dejar de tener la posición que originó las minusvalías durante al menos 2 meses. Si sirviera con vender esas 100, sería muy fácil saltarse la norma.
Hay que tributar por cada venta que genera una plusvalía, sí, y en el momento de vender esas 400 con plusvalía ya se genera la obligación de tributar. Y si vendes esas 400 con minusvalía pues igualmente debes cumplir la regla de los 2 meses para poder compensarte esa minusvalía.
3) En teoría debes presentar una declaración complementaria, para pagar esos 40 ó 50 euros que no pagaste. Pero al ser poco dinero es posible que no pase nada. Lo que pasa es que debes decidir tú si corres el riesgo de que se den cuenta o no. En teoría deberías hacer una declaración complementaria.
Un saludo.
Jose · 2012-10-06
Buenas tardes,les expongo mi caso: hace 2 años contrate un producto con mi entidad bancaria llamado obligaciones subordinadas,una especie de participaciones preferentes pero con fecha de vencimiento.Hasta ahora no he podido disponer de ese dinero porque como ustedes bien saben ese tipo de productos estan incluidos en el mercado secundario.La fecha de vencimiento es el 1-10-2013.Hace unos dias mi entidad me ofrece la posibilidad de canjear la cantidad que deposite en dicho producto(3.600 euros)por acciones del BBVA.Mi pregunta es que tipo de fiscalidad tendria esta cantidad de cara a Hacienda(mi objetivo es recuperar la inversion inicial,no tengo ningun interes en obtener beneficios) en el caso de que obtuviera un minimo beneficio por que en el momento de vender la acciones el precio de estas es superior al precio de compra por el cual me las canjearon.Tambien quisiera saber si Hacienda me fiscalizaria sobre los posibles beneficios o sobre el capital inicial(3.600 euros)Muchas garcias.Un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-10-08
Hola Jose,
En el momento de cambiar las obligaciones subordinadas por acciones tienes mirar si con la venta de las obligaciones subordinadas ganas o pierdes dinero. A lo que te den por la venta tienes que restarle lo que pagaste al comprarlas. Lo normal en estos canjes es que pierdas un poco. Esa pérdida la puedes compensar con otras ganancias que tengas, en este año o en los 4 siguientes.
Después te darán las acciones a un precio X, que será tu precio de compra para calcular la plusvalía / minusvalía que tengas al vender las acciones.
Supongamos que el precio de compra es 6 euros.
Si vendes esas acciones por debajo de 6 euros, tendrás una minusvalías que podrás compensar con otras plusvalías, en el año en que se produzca o en los 4 siguientes.
Y si vendes las acciones por encima de los 6 euros tendrás una plusvalía, y tendrás que pagar según lo que explico en este artículo. Se paga sobre el beneficio obtenido, no sobre la inversión total.
Dices que no tienes interés en obtener beneficios, pero creo que deberías cambiar algo tu mentalidad y buscar esos beneficios:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=997]Beneficios de la inversión a largo plazo buscando la rentabilidad por dividendo[/url]
Si no necesitas ese dinero a corto plazo, me parece bastante probable que las acciones del BBVA coticen dentro de unos años a un precio bastante superior al actual.
Un saludo.
Ian · 2012-10-09
Hola,
¿Cual es el valor de adquisición fiscal de las acciones liberadas pero de otra clase distinta a las que posees y con distintos derechos, al menos los de voto?
Es el caso de la ampliación de Grifols del año pasado, en que emitió liberada completamente 1 acción clase B (sin voto) por cada 20 acciones de clase A. También, es el caso de Abengoa, que está sucediendo ahora mismo, en que emite 4 acciones B por cada acción clase A.
Si compré 200 acciones de Griflos A a 10€, y me dan 10 acciones de Grifols B. ¿cual sería el valor de adquisición de cada una? ¿como en las ampliaciones liberadas? Tiene que ver con el valor de cotización el primer día? ¿Existe algúna ganancia patrimonial en el momento de recibirlas?
El caso de Amperam, es parecido: Arcelor Mittal se escindió hace dos años, y entregó una acción de Amperam por cada no recuerdo cuantas de Arcelor. En principio, la operación estaría acogida a los beneficios de Fusiones y Escisiones a nivel europeo, ya que Arcelor es residente en Luxemburgo, lo cual determinaría que no existiría ganancia de patrimonio en el momento de la escisión. Pero el valor de adquisición en el IRPF lo desconozco.
A ver si alguien puede ayudarme.
Gracias
mari · 2012-10-15
Hola
Queria saber si obtengo en 2012 un beneficio de venta de acciones de 2.000 € pero no tengo rentas del trabajo y solo tengo la pension no contributiva. Estoy obligada a presentar declaracion de renta?
Gracias
Un saludo
Gabi · 2012-10-22
Me podrían decir si la nueva fiscalidad sobre la que ya se habla, de separar las plusvalias y minusvalias con menos de un año del resto y que me parece que irán sumados con el resto de rendimientos de la base imponible general, es aplicable para la declaración de 2012 ó será para la de 2013 que se presente en mayo de 2014. Gracias.
Invertir en bolsa · 2012-10-23
Hola Gabi,
Esos cambios (que aún no se han establecdido realmente, y por tanto desconocemos con exactitud) entrarían en vigor el 1 de Enero de 2013, y por tanto serían para la declaración de 2013, que se presenta en Mayo-Junio de 2014.
En 2012 no habrá ningún cambio (salvo gran sorpresa, que a día de hoy no se espera y nadie ha comentado nada sobre esa posibilidad).
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-10-25
Hola Ian,
Disculpa, se me pasó tu pregunta.
En los 3 casos que citas hay que actuar de la misma forma.
En cuanto a la fecha de compra, en los 3 casos es la de la compra de las acciones originales. Es decir, la fecha de compra de Aperam es la fecha en que compraste Arcelor Mittal, la fecha de compra de las acciones B de Abengoa es la fecha en la que compraste las acciones A de Abengoa y la fecha de compra de las acciones B de Grifols es la fecha en la que compraste las acciones A de Grifols.
En cuanto al precio de compra, tienes que repartir lo que pagaste originalmente entre todas las acciones que tienes ahora.
Por ejemplo, supongamos que compraste Abengoa A a 20 euros. Abengoa ha dado 4 acciones de la clase B por cada 1 acción de la clase A que se tuviera. Ahora, el precio de compra de cada una de esas 5 acciones (1 A más 4 B) es de 4 euros (20 / 5 = 4).
En el caso de Grifols dio 1 acción de clase B por cada 10 acciones de la clase A que se tuvieran. Supongamos que tenías compradas Grifols A a 15 euros.
El precio de compra de las 11 acciones (clase A y B) es 150 / 11 = 13,6363
Y Arcelor dio 1 acción de Aperam por cada 20 que se tuvieran de Arcelor, así que si pagaste 20 euros por cada acción de Arcelor, el precio de comprar de Arcelor y Aperam es 400 / 21 = 19,0476
Mari, sí estás obligada a hacer la declaración, porque superas el límite de 1.600 euros al año (por la suma de plusvalías de venta de acciones, fondos, etc, más dividendos e intereses, etc.).
Un saludo.
ian · 2012-10-25
gracias por la respuesta
:)
Natlla · 2012-10-25
Hola,
una pregunta. Siento si es muy básica pero soy bastante nueva en esto de las acciones.
tengo unas acciones que son cerradas de la empresa dónde trabajo. Con estas acciones se me han ido generando unos beneficios y ahora aprovechando una de las condiciones marcadas para vender las he vendido todas. En total unos 5900€.
Mi preocupación es en el momento que haga la declaración de la renta, ¿me pedirán el 21% o puede haber algo más por el medio?
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-10-26
Hola
De nada, Ian.
Natalia, es posible que tengas que pagar menos, o incluso nada.
Cuando una empresa vende acciones propias a los empleados en condiciones especiales la fidcalidad es disinta.
Por ejemplo, en el caso de las empresas cotizadas en Bolsa, si el empleado recibe hasta 12.000 euros al año y las mantiene al menos 3 años, no tiene que pagar nada al vender las acciones,
Si la empresa es no cotizada, debes preguntar en tu empresa sobre este tema, para ver cómo se hizo esa compra, en qué fecha, si tiene alguna ventaja fiscal, etc.
Un saludo.
Melchor · 2012-10-31
Tengo minusvalías en las declaraciones de 2008, 2009 y 2010. En 2012 probablemente tenga ligeras plusvalías que podré compensar. Mi pregunta es: ¿Se compensan en primer lugar las minusvalías de 2008 ó de 2010? Lo pregunto porque si se compensan en primer lugar las de 2010, para 2013 ya habrá perdido la oportunidad de compensar las de 2008 y, de ser así, me puede interesar liquidar otros activos con plusvalías potenciales, de forma que compense todas las minusvalías en su totalidad para así no perder la compensación de 2008.
Invertir en bolsa · 2012-10-31
Hola Melchor,
Se compensan en el orden que se han producido. Primero son las del año de las plusvalías, eso sí.
Es decir, las plusvalías de 2012 primero se tienen que compensar con las minusvalías de 2012. Y después con las de 2008, luego las de 2009 y luego las de 2010, en el caso que citas.
Un saludo.
Melchor · 2012-10-31
Muchas gracias por la pronta respuesta.
Saludos.
JavierF · 2012-11-05
Hola,
mi duda es muy concreta y leyendo los comentarios del resto de compañeros, no me llego a aclarar al 100%.
Realizo en un año fiscal 4 operaciones de compra/venta con los siguientes resultados: +400, -300, -500, +400 ¿tengo que declarar a hacienda como 800€ de beneficio o por el contrario se compensan los beneficios y las perdidas y tendría que declarar 0€?
Muchas gracias por adelantado!!
Invertir en bolsa · 2012-11-05
Hola Javier,
Depende de si has respetado la [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_compensacion_minusvalias_evitar_regla_2_meses.htm]"regla de los 2 meses"[/url] o no.
Si la has respetado el saldo total será 0, y no tendrás que pagar nada.
Pero si no las restado en alguno de esos casos o en los 2, entonces tendrás una plusvalía de 400 u 800 euros (según si la has respetado en un caso sí y en otro no, o en ninguno de los dos casos), por la que deberás pagar la cantidad correspondiente. Y las minusvalías que no hayas podido compensarte ahora te las podrás compensar cuando respetes esa regla.
Un saludo.
JavierF · 2012-11-05
Por alguno de los comentarios que he leído arriba, la regla de los dos meses no aplica a CFDs, verdad ? Entonces en el caso que te planteaba antes: "+400, -300, -500, +400", al tener un resultado global de 0€, no aplicaría, me lo puedes confirmar¿?
Gracias (y gracias por la rápida respuesta)
Invertir en bolsa · 2012-11-06
Hola Javier,
En los derivados (CFDs, Warrant, opciones, futuros, etc.) no aplica la regla de los 2 meses.
Así que si esas 4 operaciones son con CFDs el saldo total es 0, y no tienes que pagar nada a Hacienda,
Un saludo.
Crem · 2012-11-07
Este año 2012 compré SAB a 1.5 y las vendí a 1.3. generando unas minusvalías de entorno a 300 euros. Posteriormente volví a comprar SAB (antes de 2 meses) a 1.3, acciones que tengo en cartera. La pregunta es:
a) Si vendo antes de fin de ejercicio ( Con SAB > 1.5), ¿tendría que tributar sólo por las plusvalías y las minusvalías no serían compensables?
b) Si no vendo SAB este 2012, ¿podría incluir en la declaración los 300 € como minusvalías a compensar con ventas en 2013?
Crem · 2012-11-07
Gracias por anticipado a tu respuesta.
Te pongo las preguntas anteriores con números, cuáles serían las respuestas correctas:
PrecioAccsImportePérdida/Beneficio
Compra1,5213001976-
Venta1,3313001729-247
Compra1,3315001995-
Venta??1,915002850855
TRIBUTACIÓN
Si no venta en 2012
a)Pérdida a declarar-247
b)Pérdida a declarar-
Si venta en 2012 (supuesto no compra en 2 meses)
a)Beneficio neto a declarar 608
b)Beneficio a declarar 855
Crem · 2012-11-07
No se ve bien la operación, la separo con *
PrecioAccsImportePérdida/Beneficio
Compra1,52*1300*1976*-
Venta1,33*1300*1729*-247
Compra1,33*1500*1995*-
Venta??1,9*1500*2850*855
TRIBUTACIÓN
Si no venta en 2012
a)Pérdida a declarar-247
b)Pérdida a declarar-
Si venta en 2012 (supuesto no compra en 2 meses)
a)Beneficio neto a declarar 608
b)Beneficio a declarar 855
Invertir en bolsa · 2012-11-08
Hola crem,
a) Si vendes antes de final de año con plusvalías y estás 2 meses sin comprar acciones de SAB (aunque parte de esos 2 meses caigan en 2013) podrás compensar la minusvalía previa.
b) Si no vendes en 2012, en la declaración de 2012 tendrás que reflejar esa operación que te generó la minusvalía, porque es la forma de que te la puedes compensar cuando cumplas las condiciones para ellos (2013 y siguientes años, sin límite). La pérdida que tienes que declarar es la misma que en el caso a), simplemente tienes que poner (en la casilla correspondiente) que esta operación no cumple la regla de los 2 meses, y que por tanto no se compensa en 2012 y queda pendiente de ser compensada en 2013 o posteriores ejercicios.
Creo que con esto respondo a todos los ejemplos, pero si algo no queda claro, vuelve a preguntar.
Un saludo.
fran · 2012-11-11
Vendo acciones con minusvalías a largo plazo en 2012. Compenso parcialmente con plusvalías a corto y largo plazo de la venta de fondos de 2012. No vuelvo a comprar acciones (no las quiero ni ver) pero vuelvo a comprar fondos (que además son los mismos que me generaron las plusvalías, y lo hago antes de dos meses, porque generaron plusvalías y no pérdidas). ¿Es correcto?
En 2013 vendo esos fondos con nuevas plusvalías de corto plazo. ¿Me sirven para compensar las minusvalías a largo que me quedan sin compensar ?¿O tengo que esperar más de 1 año a vender para generar ganancias a largo plazo? Es decir, ¿en la compensación de minusvalías anteriores a 2013 hay que distinguir si las nuevas ganancias obtenidas a partir de 2013 son a largo o corto plazo, o es indiferente, al ser minusvalías afloradas con la anterior legislación que se pueden compensar con cualquier tipo de ganancias?
Invertir en bolsa · 2012-11-12
Hola Fran,
El tema de los 2 meses de aplica a las minusvalías, no a las plusvalías. Por tanto, si vendes con plusvalías puedes recomprar cuando quieras, sin que eso afecte a la compensación de minusvalías.
En 2012 no hay distinción entre plusvalías a corto y largo plazo, y en 2013 aún no sabemos los detalles de todos estos temas, por lo que no es posible responderte a las dudas sobre 2013 hasta que no salga la Ley definitivamente y se aclaren todos estos detalles.
Un saludo.
Thomas · 2012-11-21
Hola Invertir en bolsa
Soy un extranjero que acaba de mudarme a Espana. He comprado tu libro, que pienso es muy bueno y facil a comprender.
Yo tengo una duda con respecto a mi mudanza que espero que puedas aclarar. En el momento de mi mudanza en mayo 2012 tenia acciones adquridos a 80 Euros en febrero 2012. Despues la mudanza vendi las acciones en julio. Mi duda es si en la calculacion de ganancias/perdidas tengo que utilzar el precio de 80 Euros - o tengo que utilizar la cotizacion del accion del dia de mi mudanza a Espana (70 Euros).
(Espero que no tengas problemas comprender mi espanol que obviamente no es perfecto:) )
Un Saludo Cordial
mercedes · 2012-11-21
Puedo compensar minusvalias con ganancias de los dividendos? Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-11-23
Hola,
Gracias, Thomas. Me parece que necesito algun dato más. Vives en España, pero ¿eres residente fiscal en España?. Te lo digo porque podrías estar viviendo en España por que tu empresa británica (por ejemplo) te haya mandado a España pero sigas teniendo la residencia fiscal en Gran Bretaña.
Las accciones que has comprado a 80 euros y qué vendiste, ¿están depositadas en un broker español o en un broker de otro país?
Se te entiende muy bien, escribes muy bien en español.
Mercedes, no, las minusvalías en la venta de acciones (o fondos de inversión, derivados, ETFs, etc.) no se pueden compensar con los dividendos que cobres.
Un saludo.
Thomas · 2012-11-23
Hola
Muchas gracias por la respuesta. Soy de Dinamarca. Para aclarar, yo soy residente fiscal en Espana (no estoy trabajando en una empresa en este momento). El broker que he utilizado para la compra venta de las acciones esta en Dinamarca. Sigo utilizando el broker por bajos precios.
Un Saludo Cordial
Invertir en bolsa · 2012-11-26
Hola Thomas.
No sé responderte con seguridad, ya que la fiscalidad que tengas dependerá de los acuerdos entre España y Dinamarca.
Conozco españoles en situaciones parecidas que hacen declaración de la renta en España y en el país en el que residen.
Diría que la venta de esas acciones la tengas que declarar en Dinamarca (según la fiscalidad danesa), y no en España, pero no te lo puedo asegurar.
Un saludo.
Andres · 2012-11-27
Hola, mi duda es la siguiente: tengo una sociedad limitada y seguramente la venda. El capital social es de 10.000 euros y la venta seria mucho mayor. Cual serian los impuestos a pagar? Por lo que leo en el archivo si el bfo es mayor de 27.000 euros se paga el 27%. pero esto se aplica tambien para empresas que no estan en bolsa? La empresa en una pyme muy pequeña. Hay alguna manera legal de pagar menos? Patrimoniales etc?
Gracias por adelantafo!!!
PPM · 2012-11-27
Buenos días,
Me gustaría saber como tributan la venta de acciones que provienen de la conversión de dividendos,
Gracias ,
Invertir en bolsa · 2012-11-27
Hola,
Andrés, conozco poco el Impuesto de Sociedades, no puedo responderte con seguridad, lo siento.
PPM, si te refieres a los "dividendos flexibles", "scipt dividends" y similares, en realidad son amplaiciones de capital liberadas, y tributan como cualquier ampliación de capital liberada. Lo explico en este artículo:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Si te queda alguna duda, vuelve a preguntar.
Un saludo.
Thomas · 2012-11-27
Hola Invertir en Bolsa
Muchas Gracias por la respuesta:)
javier · 2012-11-27
Buenas,
Me gustaría que me guiaras en un tema de acciones del Ibex 35.
Tengo una compra de Gamesa en febrero 2012 con una pequeña plusvalía de 500 €, en marzo 2012 volví a comprar otra vez Gamesa (aún las tengo en cartera) y ahora tengo una minusvalía de 3500 €.
Durante el resto del año he realizado otras operaciones con otros valores y la suma de todas ellas es una plusvalía de 4000 €.
Ahora mi pregunta, puedo vender las de Gamesa, asumir la perdida para compensar la minusvalía con las otras plusvalías? Porque me pierdo en regla de los dos meses…
Y por lo que he leído anteriormente, si las vendo antes del 31 de diciembre, no las podre comprar de nuevo hasta marzo 2013, verdad?
Un saludo y gracias.
Javi
Invertir en bolsa · 2012-11-28
Hola Jaiver, si puedes hacerlo.
Para poder compensar la minusvalía de Gamesa tienes que vender todas tus acciones de Gamesa, y dejar pasar 2 meses sin volver a comprar acciones de Gamesa. No importa que que esos 2 meses caigan parte en 2012 y parte en 2013, lo que importa es que una vez que las vendas dejes pasar 2 meses sin vovler a comprar acciones de Gamesa.
Un saludo.
santer · 2012-11-28
Hola, ante todo muchísimas gracias de antemano. Tengo un problemilla, he estado mirando muchos post de esta página pero aún así no me ha quedado muy claro lo de la regla de los dos meses. Te expongo mi caso. Compre en enero de este año 443Ac. de Repsol a 22.32€, en julio me dieron a cuenta 20Ac. mas por canje de los derechos, ahora el 07/11/12 he comprado 590Ac. a 15,24€ , y el 27/11 otras 122Ac. 16,54€, hoy mismo he vendido 590Ac. a 16€ porque tenia puesto un stop loos y me salto pero mi intención es recomprar otra vez ya mismo. Imaginando que por ejemplo volviese a comprar en dos días otros 590Ac. En 16€ de nuevo. Entiendo que al realizar la venta de las 590Ac. las primeras que se venden son las primeras que se compran con lo cual en las 443Ac. he tenido minusvalías y de las segundas que compre a 15.24 se me habrán vendido 147Ac. generando plusvalías de las que si voy a tener que pagar impuestos,¿es correcto?. En el caso de que vuelva a comprar mas acciones ahora en noviembre, si por ejemplo el año que viene en marzo decido vender todos las acciones y por suerte tuviese plusvalías ¿pudiese compensar las minusvalías de este año con las plusvalías del año que viene en la declaración de la renta del año 2014?. No se si me he explicado bien, tengo bastante cacao mental, pero de todas formas muchas gracias por la información que ofreces desinteresadamente. Gracias
AntonioR · 2012-11-28
Hola,
Este año 2012 voy tener plusvalias por compra/venta de acciones y tendre que pagar el 21% y el 25% si supero los 6.000 €.
Por otro lado tengo otras acciones que me estan generado minusvalia y quisiera saber si el hecho de venderlas en este momento me valdrian para compensar la plusvalia obtenida en la venta de las otras acciones.
Gracias
Un saludo
Invertir en bolsa · 2012-11-29
Hola,
Santer, el FIFO funciona como dices. Las 20 de la amplaición de capital tienen la misma fecha de compra que las 443 que las originan, y el precio de todas (las 463) es el mismo (lo que pagaste por las 463 + las comisiones / 463).
De momento no has incumplido la regla de los 2 meses. Si quieres comprar ya mismo te recomiendo que no compres acciones de Repsol, sino futuros sobre acciones de Repsol. Compra 6 futuros sobre Repsol en lugar de 590 acciones, y de esa forma no incumplirás la norma y te podrás compensar esas minusvalías.
En el futuro, si compras y vendes con frecuencia (cosa que no recomiendo) creo que deberías procurar hacerlo con futuros en lugar de con acciones, porque si lo haces con acciones vas a tener estos problemas constantemente, mientras que a los futuros no les afecta la regla de los 2 meses, y podrás comprar y vender todo lo que quieras, sin ninguna limitación en cuanto a la compensación de las minusvalías.
Antonio, sí, si las vendes antes del 31-12-2012 (y no las vuelves a comprar en 2 meses) podrás compensar las plusvalías con las minusvalías.
Si quisieras mantener la posición de las acciones que tienes puedes venderlas, comprar futuros inmediatamente y cambiar los futuros por acciones una vez que pasen los 2 meses.
Un saludo.
FGG · 2012-11-29
Buenas tardes.
Siguendo con la regla de los 2 meses.
Mi caso es el siguiente compro acciones del santander en octubre y a los tres dias las vendo ganancia 1.900 E, en Noviembre compro santander y a los diez dias vendo ganancia 1.700 E. Tengo unas minusvalias del año 2008 unos 2.600 E de fondos de inversión. En la declaración del 2012 compenso las minusvalias 2.600 E. y pago por los 1.000 E. restantes.
Para compensar estos 1.000 E puedo vender gamesa comprados un año antes, los titulos suficientes para compensar esa perdida.
Esperado tu respuesta, un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-11-30
Hola FGG,
Sí, puedes hacer lo que dices. Una vez que vendas Gamesa con pérdidas tienes que dejar pasar 2 meses sin comprar acciones de Gamesa. Si compraras acciones de Gamesa antes de que pasaran 2 meses de la venta con pérdidas no podrías compensar la minusvalía de la venta de Gamesa.
Las operaciones que comentas del Santander son plusvalías, y por tanto no se les aplica la regla de los 2 meses, que es sólo para las operaciones que finalizan en pérdida.
Un saludo.
FGG · 2012-11-30
Buenas tardes
Tengo otro caso más complicado
Compre en el 2007 acciones BBVA 2.734 por 35.213,92 en una entidad
10-09- 2012 acciones BBVA 4.335 por 24.390,77 en otra entidad
08-10-2012 acciones BBVA 5.297 por 29.561,64 en la entidad que la anterior
Vendo en el 2012 las acciones del BBVA
18-09-2012 acciones 4.335 por 26.284,66
29-10-2012 acciones 5.297 por 30.842,31
Aplicando el metodo FIFO no importa en que entidad esten
......... COMPRA ........................ VENTA ............... DIFERENCIA
2.734 ----- 35.213,92 .... 2.734----- 16.577,22 .... - 18.636,70
4.335 ------ 24.390,77 .... 1.601---- 9.707,44
............................................. 2.734--- 15.918,99 ...... 1.235,66
2.563------- 14.303,66 .... 2.563-- 14.923,32 ........ 619,66
-------- ------------- --------- ------------- -----------------
9.632 ------- 73.908,35 .... 9.632 .... 57.126,97 .... -16.781,38
Puede ser correcto pues la regla de los dos meses da ganancia la perdida las dan las primeras
Un saludo
Federico
Invertir en bolsa · 2012-12-03
Hola Federico,
¿Me puedes poner los precios por acción a los que se hizo cada operación?
Un saludo.
FGG · 2012-12-03
Buenas tardes.
Como me indicas, los precios por acción son los siguientes:
las 2.734 se comprarón 1.423 a 14,06 año 2006
y 1.102 a 13,68 año 2007 hasta completar las
2.734 fuerón ampliaciones.
las 4.335 se comprarón a 5,779 y se vendierón
a 6,06.
las 5.297 se comprarón a 5,578 y se vendierón
a 5,834.
Tengo tambien una minusvalia de años
anteriores de otros valores por 2350 E.
Un saludo
Federico
Invertir en bolsa · 2012-12-04
Hola Federico,
Te voy a contar cómo lo ve Hacienda.
El 9-9-2012 tenías 2.734 acciones del BBVA compradas alrededor de 14 euros.
Entre el 10-9-2012 y el 29-10-2012 haces una serie de compra-ventas con acciones del BBVA de forma tal que después de todas estas operaciones sigues teniendo las mismas 2.734 acciones que tenías, pero habiendo aflorado una minusvalía.
Esa serie de compra-ventas no respetan la regla de los 2 meses, porque (de cara a Hacienda y para entendernos) han sido operaciones muy cercanas (menos de 2 meses) que buscaban aflorar la minusvalía y, a la vez, mantener la posición original (las 2.734 acciones).
Este tipo de cosas es lo que intenta evitar la regla de los 2 meses (no es que yo esté de acuerdo con que las cosas sean así, sólo explico que son así).
Ahora mismo no puedes compensar esa minusvalía que has generado, pero sí tendrás que pagar por las plusvalías que has tenido en la venta de esas acciones del BBVA.
Para seguir necesito que me respondas a esto. ¿Quieres poder compensar esa minusvalía en 2012 o prefieres "guardarla" para años posteriores?
Aplica el FIFO a esas operaciones del BBVA y calcula la plusvalía total que has tenido (sin reducirla con las minusvalias).
En 2012 esa plusvalía podrás reducirla con las misnuvalias de años anteriores. Si con eso tienes suficiente para no pagar a Hacienda este año, quizá sería mejor "guardar" la minusvalía del BBVA para años posteriores.
Un saludo.
FGG · 2012-12-04
Buenos días,
Lo primero muchas gracias por la aclaración.
Como indique en el 1º comentario la compra y la venta de
las primeras 2.734 acciones dan 18.636,70 E, minusvalias,
y las restantes dan plusvalías 1.235,66 + 619,66 = 1.855,32
como tengo minusvalias de ejercicios anteriores por 2.350
compenso y dejo los 18.636,70 de minusvalias para años
siguientes.
Las 2.734 acciones que me quedan toman el nuevo valor
de las ultimas compradas 5,578 E.
Creo que te he entendio que puedo hacer esto
FGG · 2012-12-04
Perdon, no me he despedido
Un saludo
Federico
RAMON · 2012-12-04
-TENGO UNAS MINUSVALIAS PREVISTAS PARA FINALES DEL 2012 DE UNOS 10.000 € POR VENTA DE ACCCIONES ANTIGUAS. Como puedo compensarlas durante el año 2013 ?y sucesivos 4 años. Con la compra y venta de acciones que realice en el mismo 2013 ?
-Tengo alguna ventaja generando más minusvalias en el 2012 , que si lo hago en el 2013
RAMON · 2012-12-04
Saludos y Graciasanticipadas por tus aclaraciones
ramon
Invertir en bolsa · 2012-12-05
Hola,
Federico, sí, en 2012 tienes unas plusvalías de 1.855 euros y unas misnuvalías de años anteriores de 2.350 euros, luego en 2012 no tendrás que pagar nada y te quedarán 2.350 - 1.855 = 495 euros para compensar en años posteriores. No sé si tienes otras plusvalías potenciales que quieras materializar en 2012 ó no en otras acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
Las 2.734 acciones que tienes ahora mismo tienen un precio de compra (para cuando las vendas) de 5,758 euros, sí.
Las minusvalías de 18.636 euros no te las puedes compensar ahora mismo. Pero sino tienes plusvalías, mejor, porque las tienes "guardadas" para cuando decidas utilizarlas. Las podrás compensar cuando vendas las acciones de BBVA que tienes ahora mismo y dejes pasar 2 meses sin comprar acciones de BBVA. Eso puede ser en 2012, 2013, 2014, ..., no hay límite de tiempo para esto.
Si quieres utilizar esas minusvalías en cualquier momento y además mantener tu posición en BBVA, lo que debes hacer es vender las acciones e inmediatamente comprar futuros (27 ó 28 contratos, en este caso). Dejas pasar 2 meses, y entonces puedes cambiar los futuros por acciones (vendiendo los futuros y comprando acciones o ejercitando directamente los futuros, lo que más te interese fiscalmente).
Ramón, las minusvalías se pueden compensar el año que se generan y los 4 siguientes. Si en 2012 no tienes plusvalías, casi mejor que vendas esas acciones el 2 de enero de 2013 (por ejemplo), ya que así "ganas" 1 año para compensarlas.
Si las vendes el 31-12-2012 podrás compensarlas hasta 2016, y si las vendes el 2-1-2013 las podrás compensar hasta 2017.
Aún no está detallado como queda el tema de la compensación entre operaciones de más y menos de 1 año a partir de 2013. Esto es algo que puede que también haya que tener en cuenta, pero hasta que el gobierno no lo especifique es imposible que sepamos cómo va a quedar.
Si quieres, vuelve a preguntar a finales de diciembre para ver si esto se ha aclarado, y si podría cambiar algo las cosas y que por alguna razón fuera mejor vender esas acciones a finales de 2012 que a principios de 2013.
Un saludo.
José Miguel · 2012-12-09
Tengo varias dudas, a ver si me las podías aclarar:
CONTEXTO:
En el año 2011 vendí unas acciones (que las había comprado hacía 3 años) con 12000 € de minusvalías.
En el año 2012, he obtenido unas plusvalías en acciones por 3000 € (las compré en febrero del 2012 y las vendí en agosto del 2012). Dichas plusvalías suponen la cuarta parte de las pérdidas de las minusvalías del año 2011.
PREGUNTAS:
1) ¿Podría compensar dichas plusvalías del año 2012 con las minusvalías del 2011 cuando haga la declaración de la renta del año fiscal 2012?
2) He leído que para la próxima declaración de la renta del año fiscal 2012 se pueden compensar minusvalías con el 10% de las rentas del trabajo. Esto, ¿lo podría aplicar a mi minusvalía generada en el año 2011?.
Es decir: si tengo una renta del trabajo de 15000 €, el 10% supone una compensación de 1500 €.
3) ¿Existe alguna otra de compensar la minusvalía que no sean con plusvalías de compra/venta acciones. Por ejemplo: con dividendos?
Gracias por anticipado por la atención prestada.
julio · 2012-12-10
Hola, quiero consultarte que tengo acciones y un fondo desde el año 2000 , todo ello con perdidas o minusvalias si lo vendiese ahoara mismo.Pues bien ya que quiero venderlas, y a efectos fiscales para la declaracion de la renta, ya que no puedo compersar con plusvalias ,¿como podria si es que se puede sacarle algun beneficio a esas minusvalias?Gracias.
Invertir en bolsa · 2012-12-10
Hola,
José Miguel.
1) Si, las puedes compensar, con lo que en 2012 no pagarás nada por esas plusvalías.
2) Eso sería a partir del 1 de Enero de 2013 (y por tanto para la declaración de 2013 que se haga en 2014), pero que yo sepa aún no es oficial, sólo hay rumores porque el Gobierno no ha concretado esos detalles.
3) Con dividendos no, pero las puedes compensar con plusvalías de fondos de inversión (incluidos FIAMM, que podrías usar en lugar de cuentas remuneradas), venta de opciones, inmuebles, etc.
Julio, puedes compensar esas minusvalías el año que las tengas y los 4 siguientes. Con plusvalías de acciones, fondos de inversión, inmuebles, venta de opciones, etc. Si en 2012 no tienes, fiscalmente es mejor que vendas esas acciones y ese fondo a principios de 2013 en lugar de a finales de 2012, ya que así tendrás 1 año más para poder compensarlas.
Un saludo.
MARICARMEN · 2012-12-11
Hola, a ver mi pregunta es si he recuperado un plan de jubilacion este año y tengo unos beneficios de 9000 euros ésto tambien se puede compensar con una venta de acciones si en esta venta pierdo sobre 2000 euros?
Invertir en bolsa · 2012-12-11
Hola Mari Carmen,
No, no lo puedes compensar. Los rescates de los planes de pensiones son rendimientos del trabajo, y por tanto no son compensables con minusvalías de acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
Un saludo.
MARICARMEN · 2012-12-11
Muchas gracias, pero es lo mismo un plan de jubilacion, que un plan de pensiones?, yo he recuperado
un plan de jubilación
Invertir en bolsa · 2012-12-12
Hola Mari Carmen,
Disculpa, es que casi todo el mundo que usa la expresión "Plan de jubilación" se refiere a un "Plan de pensiones", y además hay batantes más personas que tienen planes de pensiones que de pensiones que de jubilación. Por eso supuse, mal, que tú eras uno de estos casos. Debería haberte preguntado antes para asegurarme, lo siento.
Los planes de juilación son seguros, y en muchos casos están afectados por distintas fiscalidades (porque son a plazos largos, y ha ido cambiando la fiscalidad), y por eso tienen varios regímenes transitorios. Tampoco son todos iguales. Lo mejor es que preguntes a la aseguradora donde tenías el plan de jubilación, para que te digan la fiscalidad exacta que hay que aplicar en tu caso.
Un saludo.
MARICARMEN · 2012-12-12
Muchas gracias de todas formas. Un saludo
Jesus · 2012-12-12
Hola, yo tengo una duda, este año mis plusvalias son inferiores a 1000 euros. Estoy en paro y no tengo ningun ingreso, ¿estoy obligado a tributar?
Otra cuestion en 2010 tuve unas plusvalias de 1000 euros, el caso que por desconocimiento, no las declare en la declaracion del 2011, en el caso de que tuviera que declarar las plusvalias del 2012, ¿me dirian algo por no declarar las del 2010? Gracias de antemano, un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-12-13
Hola,
Jesús, si ganas menos de 1.600 euros por la suma de plusvalías, intereses, dividendos, etc (y no tienes ingresos del trabajo tampoco) no tienes obligación de hacer la declaración de la renta. Otra cosa es que te interese o no, porque dependiendo de lo que te hayan retenido de dividendos e intereses, en muchos caso interesa hacer la declaración de la renta, aunque no se esté obligado, para que te devuelven todo o parte de lo que te han retenido.
Lo de las plusvalías de 2010 es independiente de que en 2012 hagas o no declaración. Si en 201o tenías que declarar esas plusvalías (por no cumplir las condiciones del párrafo anterior) te las podrían reclamar. Si quieres declararlas ahora para evitar el riesgo de que lo detecten y te pongan una multa, debes hacer una declaración complementaria.
Un saludo.
Jesus · 2012-12-13
Muchas gracias por la respuesta, la verdad que no me interesa declarar ya que de los dividendos cobrados es muy poco lo que me retienen, asi que nada. Un saludo
Invertir en bolsa · 2012-12-14
Hola Jesús,
Yo en estos casos siempre recomiendo bajarse el PADRE, rellenar la declaración y una vez visto el resultado, decidir si se presenta o no.
Aunque no la presentas, acostumbrarte a hacer la declaración será bueno para el futuro, porque antes o después tendrás que hacerla. Estar familiarizado con la declaración del IRPF te puede hacer ahorrar mucho dinero a lo largo de tu vida.
Un saludo.
Jesus · 2012-12-14
Vale muchas gracias, cuando llegue el momento si tengo alguna duda preguntare aqui. Un saludo
Miguel Ángel · 2012-12-16
Hola, buenos días:
Si ,antes de finalizar 2012 , genero minusvalías, vendiendo acciones en bolsa ¿es cierto que podré deducirlas de la base imponible, en la declaración que hay que hacer en mayo de 2013?
Gracias y un saludo
Invertir en bolsa · 2012-12-17
De nada, Jesús.
Miguel Ángel, de la base imponible del ahorros, sí, pero no de la base imponible del trabajo.
Es decir, esas minusvalías te servirán para pagar menos en 2012 si has tenido otras ganancias con acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
Pero no vas a pagar menos por el dinero que hayas ganado trabajando.
Un saludo.
Marta F.E. · 2012-12-17
Hola,
Compré en el 2011 unas acciones por valor de 8500 €. Ahora quiero venderlas con una pérdida de 1500 € aprox. Que tengo que declarar en el año 2013 ? Solo la minusvalia, pero no tendria que pagar nada a Hacienda no? Se quedaria ese dato por si en los siguientes 4 años tubiera alguna plusvalia. Pero si no tengo intención de realizar nada más?
Gracias
Invertir en bolsa · 2012-12-18
Hola Marta,
Así es, debes reflejar la operación en la declaración de la renta para que quede constancia de ella, y poder utilizarla para compensarla con plusvalías que tengas en los 4 años siguientes.
Si en 2012 no has tenido plusvalías, fiscalmente es mejor vender el 2 de Enero de 2013 que a finales de 2012, ya que así tienes 1 año más para compensar esas minusvalías con futuras plusvalías.
Un saludo.
Cristian · 2012-12-19
Hola, soy novato en todo esto y quisiera comentar mi dudas, por si me las podéis aclarar.
Resulta que en el 2011 tenia unos bonos que se me convirtieron en títulos del BBVA. Precio de conversión 7,32€, un total de 4781 títulos.
A dia de hoy tengo, por cuestiones de ampliaciones y tal, 5046 títulos.
Estoy pensando en vender, a día de hoy cotizan a 6.98€, y tengo mis dudas al respecto:
1 - que total de gastos se me aplicarían por la venta de los títulos, IVA, gastos bancarios....etc?
2 - que tendría que declarar en hacienda?
Muchas gracias.
Arantza · 2012-12-19
Hola
Vivo en Navarra, en 2010 herede unas acciones de mi madre por las cuales pague los impuestos de sucesion en 2011 por el valor de cotizacion de las acciones en 2010.
En 2012 he vendido varias acciones a bastante menor precio del que estaban valoradas en 2010, generando por tanto unas minusvalias.
Mi pregunta es saber como me va a influir en la declaracion de la renta del 2012.
Muchas gracias
Maria
Invertir en bolsa · 2012-12-20
Hola,
Cristian, por la venta sólo e cobrarán la comisión de venta del broker. Calcula alrededor de 10 euros, para que te hagas una idea. En tu broker te lo dirán exactamente, pueden ser 8 euros, 12, etc. No tienes que pagar nada más, ni IVA ni nada.
En el IRPF tendrás que declarar la venta. Si la subida de 4.781 a 5.046 aciones se debe sólo a las ampliaciones de capital liberadas, entonces tienes que calcular tu nuevo precio de compra de la siguiente forma.
Pagaste 7,32 euros por 4.781 acciones, lo que hace un total de 35.000 euros (aprox, tienes que incluir las comisiones de compra en el cálculo)
Esos 35.000 euros (aprox) los tienes que dividir entre tu número actual de acciones:
35.000 / 5.046 = 6,94 euros.
Con estos 6,94 euros tienes que calcular la plusvalía o minusvalía. Si vendes a 6,98 euros ganas 0,04 euros por acción, que hacen un total de 201,84 euros (0,04 x 5.046). De esa cifra tienes que pagar a Hacienda el 21%, que son 42,39 euros (0,21 x 201,84).
Para hacer los cálculos exactos tienes que incluir las comisiones de compra y las de venta.
María, en la declaración de 2012 tienes que reflejar esas ventas, con las minusvalías correspondientes, para que puedas compensarlas con otras plusvalías que tengas entre 2012 y 2016, de forma que en el futuro puedas pagar menos a Hacienda cuando vendas con beneficios otras acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
Un saludo.
Antonio · 2012-12-21
Hola,
Durante el 2012 he realizado las siguientes operaciones:
-3 compras y 3 ventas de acciones de 3 empresas distintas que me han generado unos 500 euros de plusvalias (+100, -50 y +400)
-2 cobros de dividendos
-2 ventas de derechos sobrantes de ampliaciones del santander (programa dividendo eleccion)
Me podrías ayudar con el trato fiscal que tiene cada cosa?
-En el primer caso creo que tengo claro que se pagaría el 21% de esos 500 = unos 100 euros
-En el segundo caso los dividendos estan exentos hasta 1500 correcto?
-En el tercer caso que trato tienen esas ventas de derechos sobrantes?
Por ultimo, te pido un poco de consejo sobre la forma de operar con la nueva fiscalidad. Para ello te cuento que suelo tener alguna accion robusta a largo plazo solo para cobrar dividendos (sin idea de vender) y luego algunas compañias mas volatiles que no dan dividendo, de las cuales unas las tengo para duplicar o triplicar sin tocarlas y otras para ir jugando a corto.
Entiendo que la nueva fiscalidad me afectaría mas bien en el juego que llevo a corto, no? El margen de un año que se tiene en cuenta para que hacienda te meta la plusvalia al tipo marginal o al 25% es desde la fecha de compra a la fecha de venta o por años fiscales?
Bueno, creo que eso es todo!
Gracias
Antonio · 2012-12-21
Hola,
Además de lo anterior, se me ha olvidado preguntar si con la nueva fiscalidad es mejor cobrar el dividiendo del santander en efectivo o en acciones. Supongo que será mejor cobrarlo en efectivo porque los primero 1500 euros están exentos y el resto a al 21% o lo que corresponda... mientras que si canjeamos por acciones, el dividendo se sumará a las plusvalias de las acciones en caso de venderlas y se pagará por el total de dicha plusvalia al tipo marginal que corresponda que siempre será mayor de ese 21%, correcto?
Gracias
Invertir en bolsa · 2012-12-21
Hola Antonio,
El trato de las compra-ventas de acciones es el que tienes en este artículo. Es el 21% de la plusvalía total, sí.
Por los primeros 1.500 euros cobrados de dividendos no se paga nada, efectivamente (te devolverán lo retenido al presentar la declaración del ITPF)
Los derechos sobrantes vendidos reducen el precio de compra de las acciones. Si las acciones (100, por ejemplo) te costaron 1.000 euros y por los derechos has obtenido 10 euros, tu nuevo precio de compra es 990 / 100 = 9,90 euros.
Para el corto plazo te afectará la nueva fiscalidad. El tiempo que se tiene en cuenta es el que pasa desde la fecha de compra a la fecha de venta. Si ese plazo es menor a 1 año se considera operación de corto plazo.
Si tienes intención de vender las acciones, es mejor que cobres el dividendo en efectivo que en acciones, sí.
Un saludo.
Cristian · 2012-12-21
Ok, muchas gracias. Muy bien explicado.
Te doy la enhorabuena por tu trabajo.
Saludos.
Antonio · 2012-12-21
Gracias por las respuestas
Un saludo
Fermin · 2012-12-29
Quisiera saber como se compensarán las minusvalías pendientes de compensar a 31 de diciembre de 2012, si con plusvañlías de más de un año o se podrán compensar con las plusvalías de menos de 1 año de antiguedad.
He leido la normativa publicada pero no acabo de estar seguro.
Gracias
Julia · 2012-12-30
Hola, mi duda surge cuando en el año 2011 compré 16000 acciones del banco popular a 4,10 E . En la ampliación de capital me han dado 16.000 derechos de los cuales vendí 11000 a 0,50 E. Días después he comprado 5.000 derechos a 0,36 E .
Acudí a la ampliación de capital canjeando 10.000 derechos a 0,61 euros y adquiriendo 30000 acciones a 0,59 E
¿ El dinero generado por la venta de los 11000 derechos se consideran plusvalías ?
¿ El canje de los 10000 derechos para adquirir 30000 acciones se consideran plusvalías ?
Si ahora vendo 16000 acciones ¿Como calculo la minusvalía obtenida ?
Gracias, un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-01-02
Hola Julia,
Has hecho una operación bastante complicada.
1) Los 11.000 derechos vendidos reducen el precio de compra de las 16.000 acciones originales, no son una plusvalía.
2) Los 10,000 derechos que canjeaste entiendo que fueron canjeados a 0,41 euros, que era el precio de la ampliación. Este canje se dividen en 2 partes:
2.1) Los 5.000 derechos originales son una compra a 0,41 euros
2.2) Los 5.000 derechos comprados en el mercado a 0,36 euros son una operación distinta. Es una compra a 0,53 euros por acción (por la suma del precio del derecho y de la suscripción de la ampliación de capital).
3) Las 30.000 acciones compradas en el mercado a 0,59 euros son una operación a parte, que tampoco tiene relación con las 16.000 acciones originales.
El canje de los 10.000 derechos (que son dos operaciones distintas, como te pongo un poco más arriba), no genera ninguna plusvalía. Son dos operaciones de compra, y hasta que no vendas esas acciones no tendrás ninguna plusvalía o minusvalía.
Si ahora vendes 16.000 acciones serán las primeras que compraste, pero el precio de compra ha cambiado. El nuevo precio de compra con el que tienes que calcular la plusvalía o minusvalía es:
65.600 - 5.500 = 60.100; 60.100 / 16.000 = 3,76.
Por tanto, el nuevo precio de compra de las 16.000 acciones originales es de 3,76 euros.
Un saludo.
Gus · 2013-01-04
Hola, este año voy a tener plusvalías con la venta de acciones en EE.UU. Mi pregunta es: me retienen algo en origen? Dónde declaro estas plusvalías ? Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-01-04
Hola Gus,
Por la venta de acciones no retienen nada (ni en USA ni en ningún otro país, que yo sepa), ni en origen (USA en este caso) ni en España.
Esa plusvalía la tendrás que declarar en la declaración del IRPF del ejercico en que vendas las acciones. Y se paga lo mismo por la venta de acciones españolas que de cualquier otro país.
Un saludo.
Miguel · 2013-01-04
Buenas tardes.
Tengo una duda que no se si ya la has podido responder en algun comentario anterior.
Lo cierto es que estoy pensando en vender ahora unas acciones que compre hace un mes y que me generarian una plusvalia de 1500 euros. ¿Puedes decirme como tributarian estos 1500 euros?
¿Como tributarian futuras plusvalias a lo largo de este 2013?
Gracias de antemano por la respuesta y un cordial saludo.
Julia · 2013-01-07
Hola, ante todo quiero darte las gracias por las respuestas.
Puesto que ya he vendido las 16.000 acciones ahora me surge la siguiente pregunta: Tras obtener una minusvalía de 49.824 euros (16.000 x 3,76= 60.160 menos 16.000 x 0,646= 10.336) , que creo no me las podré compensar con plusvalías hasta que no venda las 30.000 acciones anteriormente compradas puesto que no han pasado dos meses desde la compra a la venta.
Si yo vendo las 30.000 acciones a 2,12 euros ocasionando una plusvalía de 49,870 euros ya hayan pasado un año, dos, tres, x, me podré compensar de esta forma la minusvalía por la plusvalía obtenida (15.000 x 0,401= 6.015 y 15.000 x 0,521= 7.815 total 13.820 euros y 2,12 x 30.000= 63.600 euros).
¿Hay alguna casilla en la declaración para reflejar esto?
Invertir en bolsa · 2013-01-08
Hola,
Miguel, las plusvalías obtenenidas en 1 año o menos en 2013 tributarán al tipo marginal de cada uno.
Julia, tienes esa minusvalía "bloqueada", efectivamente. Podrás compensar cuando vendas las acciones que tienes ahora y dejes pasar 2 meses sin comprar acciones del Banco Popular. No hay límite para hacer esto, puede ser en 2013 ó dentro de varios años.
Si en algún momento concreto quieres compensar esas minusvalías (por ejemplo, porque vendas otras acciones o un inmueble con ganancias) y a la vez quieres mantener tu posición actual en el Banco Popular puedes hacer esto:
1) Vender tus acciones del Banco Popular
2) Comprar futuros del Banco Popular con vencimiento al menos 2 meses posterior a la venta de las acciones
3) Pasados esos 3 meses, convertir los futuros en acciones. Esto lo puedes hacer ejerciendo los futuros o vendiendo los futuros y comprando las acciones (según lo que más te interese fiscalmente en ese momento).
De momento lo único que tienes que hacer es reflejar la operación de venta que te ha producido esa pérdida en la declaración del IRPf del año que corresponda, para poder compensarla en el futuro.
Un saludo.
Aritz · 2013-01-08
Hola,
En primer lugar, darte la enhorabuena por este magnífico sitio :-)
Tengo varias dudas relacionadas con la nueva fiscalidad para el año 2013: separación entre plusvalías de MENOS de un año (especulación... ejem) y de MÁS de un año. Si mezclamos esto con la moda del "script dividend", por la que tienden a "darnos" acciones nuevas cada 3 meses... tenemos lío asegurado.
Intentaré exponer mi duda con un ejemplo (ficticio, por supuesto, ya que no existe ningún banco bueno jeje):
- Abril 2011: Compro 1000 acciones de la empresa BANCO BUENO S.A. a 5€
- Abril 2012: Compro 1000 acciones de la empresa BANCO BUENO S.A. a 10€
- Enero 2013: Siguiendo la fórmula de "script dividend", me dan 1 acción por cada 10. Así, me corresponden 200 acciones nuevas: 100 por el primer paquete de acciones, y otras 100 por el segundo.
Por tanto, ahora tengo 2200 acciones. Supongamos que el precio de cotización es, actualmente, de 7,5€:
a) ¿Qué pasaría si vendo 1000 acciones? RESPUESTA: Plusvalía MÁS de 1 año de 2500€.
b) ¿Qué pasaría si vendo 2000 acciones? RESPUESTA: Plusvalía MÁS de 1 año de 2500€ y Minusvalía MENOS de 1 año de 2500€ (entiendo que no se pueden compensar entre sí)
c) ¿Qué pasaría si vendo 2100 acciones? RESPUESTA: Plusvalía MÁS de 1 año de 2500€ y Minusvalía MENOS de 1 año de 2250€ (plusvalía de 250€ debido al pack de 100 acciones nuevas, asociadas a las que compré en 2011, con precio 5 €/acción)
d) ¿Qué pasaría si vendo 2200 acciones? RESPUESTA: Plusvalía MÁS de 1 año de 2500€ y Minusvalía MENOS de 1 año de 2500€ (-2500+250-250)
He intentado responder a cada una de las preguntas según mi criterio y lo que llevo entendido de la nueva Ley Fiscal, pero es muy posible que me equivoque... Opino que las respuestas a las mismas pueden ser muy clarificadoras y bien merecerían un artículo nuevo en tu blog.
Muchas gracias por tu ayuda.
Un Saludo,
Aritz
Invertir en bolsa · 2013-01-09
Hola Aritz, y gracias.
En lo de que no hay bancos buenos no estoy de acuerdo. No confundas las cajas de ahorros públicas (entidades corruptas y quebradas por políticos y sindicalistas) con los bancos privados.
Es más fácil de lo que piensas. Las acciones recibidas en los script dividends tienen como fecha de adquisición la de las acciones que las originan (igual que en las ampliaciones de capital liberadas, porque son ampliaciones de capital liberadas en realidad). Es decir, en el ejemplo que poner, las 200 acciones recibidas en Enero 2013 no tienen como fecha de adquisición Enero de 2013, sino Abril de 2011 (100) y Abril de 2012 (las otras 100).
Próximamente colgaré los artículos de la fiscalidad de 2013, sí.
Un saludo.
Aritz · 2013-01-09
Hola, en primer lugar, muchas gracias por responder. Perdóname por preguntar tanto, pero aún me siguen quedando algunas dudas:
* Siguiendo el ejemplo anterior, las 100 acciones recibidas en Enero, pero que constarían con fecha de adquisición Abril 2011, tendrían como precio de adquisición 5€, ¿verdad? De modo que la plusvalía seguiría siendo de (7,5 - 5) x 100 = 250€ sólo que tributarían a largo (tarifa de ahorro) en lugar de a corto (tarifa general). Entiendo también, que sólo tendría que pagar por la plusvalía, y no por la totalidad de la acción (contrastándolo con la opción de cobrar el dividendo en efectivo).
* Entiendo que, según el criterio FIFO, a nivel fiscal se venden antes estas 100 acciones que las compradas en Abril 2012. Es decir, que si quiero vender sólo las acciones de MÁS de un año, podría vender 1100 acciones como máximo.
* En el escenario B anterior, me sigue quedando la duda. [b][i]Si vendo todas mis acciones, ¿puedo compensar las minusvalías y plusvalías entre sí?[/i][/b] Fíjate que el resultado neto es cero (ni gano ni pierdo), pero mucho me temo que una parte tributaría en tarifa ahorro y la otra a tarifa general (tipo marginal).
Un saludo,
Aritz
Invertir en bolsa · 2013-01-10
Hola Aritz,
1) Más o menos. Por las 1.000 acciones pagaste 5.000 euros. Ahora tienes 1.100 acciones, por las que has pagado igualmente 5.000 euros, así que el precio de compra de cada acción es 5.000 / 1.100 = 4,55 euros. La plusvalía es 7,5 - 4,55 = 2,95, y pagas por la plusvalía, sí, no por el precio de venta. Pero es plusvalía de más de 1 año, efectivamente, no de menos de 1 año.
2) Sí, si vendes 1.100 acciones son las 1.100 acciones que tienen de precio de compra 4,55 euros, y de fecha de compra (las 1.100) Abril de 2011.
3) Si las vendes antes de Abril de 2013, efectivamente unas son de menos de 1 año y otras de más de 1 año. Lo qu epuedes hacer, si quieres vender todas, es vender 1.100 acciones y vender 11 contratos de futuro sobre acciones del Santander, con un vencimiento 1 año superior a la fecha de compra (si las compraste el 12 de Abril de 2012, el vencimiento puede ser el 13 de Abril de 2013, o posterior). Con esto reduces el pago a Hacienda, te lo aconsejo mucho para casos como este con la nueva fiscalidad.
Un saludo.
Aritz · 2013-01-10
Muchas gracias por las aclaraciones. Interesantísima esta información.
anglo · 2013-01-10
Hola, enhorabuena por tu web y los consejos y ayudas que ofreces.
Mi cuestion es sobre la regla de los 2 meses dichosa y es la siguiente:
1º En junio de 2012 compré acciones de Santander que vendí en su totalidad en agosto con una plusvalia de unos 1.000 euros (aparte, recibí el script dividend, pero creo que no afecta al caso, porque conservo esas acciones derivadas del dividendo).
2º El 20 de julio de 2012 compre acciones de Bankia que vendí íntegramente el 1 de agosto con una plus valia de unos 4.000 euros.
3º El 7 de agosto 2012 volví a comprar acciones Bankia, que vendí al día siguiente (8-8-12) con una plusvalía de unos 7.000 euros.
4º Finalmente, el 16-8-12 volví a comprar acciones Bankia que vendí íntegramente el 20-8-12, perdiendo unos 6 mil euros.
Mi pregunta es si esta minusvalía (apartado 4º, unos 6 mil euros) se puede compensar con las plusvalias anteriores, y en este último caso, si puede compensarse con todas ellas (de la 1º a la 3ª, total unos 12 mil euros).
Muchas gracias por tu amabilidad.
Invertir en bolsa · 2013-01-11
De nada, Aritz.
Gracias, anglo.
1º el script dividend te afecta al cálculo de la plusvalía, ya que modifica el precio de compra de las acciones que originan esas acciones recibidas en el script dividend:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Si desde el 16-8-2012 dejaste pasar 2 meses sin comprar acciones de Bankia, que por lo que dices creo que sí, entonces la minusvalía de 6.000 euros la puedes compensar con todas las plusvalías anteriores, sí.
Un saludo.
josem · 2013-01-13
Tengo minusvalias de 2011 y 2010,,, tengo acciones en cartera ahora con plusvalias,,, si las vendo ahora en enero de 2013,, puedo compensar dichas plusvalias con las minusvalias de esos ejercicios anteriores independientemente de si son conseguidas en menos o mas de un año.
Gracias
anglo · 2013-01-14
Muchas gracias por tu respuesta, me queda claro que puedo compensar las pérdidas de bankia porque, efectivamente, después de la venta de 20-8 no volví a comprar este valor; ahora al leer tu respuesta, y tras consultar el artículo al que me remites, se me platea otra duda: si el 21-6-12 compro 7800 acciones SAN por 5.07 euros cada título (total 39.546 euros sin tener en cuenta comisiones), que vendo el 8-8 por 5,26 euros (total 41.028, son considerar comisiones, para facilitar los cálculos), y en base al script dividend me dieron el 3-8-12 un total de 243 acciones que no he vendido, y por las que el 7-11 obtengo otros 6 títulos, que tampoco he vendido a fecha de hoy, es decir, tras el 31-12-12 sólo poseo esas 249 acciones SAN que me dieron como dividendo, ¿cuál sería la plusvalia derivada de estas acciones SAN a declarar en IRPF 2013?. Gracias de nuevo por todos los consejos y ayuda que brindas a través de tu web.
Invertir en bolsa · 2013-01-15
Hola,
Josem, lo tienes con detalle en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
anglo, esos dividendos del Santander en realidad no son dividendos, sino ampliaciones de capital liberadas, y tributan como las ampliaciones de capital liberadas:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Es decir, cada vez que cobres unos de esos "dividendos flexibles" en acciones tienes que recalcular el precio de compra de todas las acciones. En este caso, esos 5,07 euros iniciales van bajando un poco cada vez que te den acciones gratis. Y la fecha de compra de todas las acciones que recibas en estas ampliaciones de capital liberadas es la fecha de compra de las acciones que las originan. La fecha de compra de esas 243 acciones es el 21-6-12, y por el mismo motivo la fecha de compra de las últimas 6 acciones también es el 21-6-12.
Un saludo.
Josem · 2013-01-15
Gracias por tu respuesta
Otra cuestion,,,,, si tengo acciones de mas de un año y las vendo ahora con minusvalias,, puedo compensar dichas minusvalias con posibles plusvalias que tenga en este año pero que sean de un periodo inferior al año
anglo · 2013-01-16
Muchas gracias por tu respuesta, no sabía que había que tributar así; entonces, el resultado con esas ampliaciones de capital liberadas es contrario al contribuyente, no?, es casi una doble imposición, porque esas 249 acciones tributaran cuando se vendan, y la plusvalía será integramente el precio de venta, si no me equivoco -si me equivoco corrígeme-, pero además al tener que reducir el precio de compra de las 7000 acciones iniciales y que ya vendí, pero de las que derivan las 249, se genera en parte una plusvalia irreal, ficticia, que no viene más que por la adquisición de esas 249 acciones que en su día también van a tributar... como es posible?, es como la banca de los casinos: Hacienda siempre gana, no?. supongo que no es más que una pregunta retórica. también supongo que no hay forma alguna de evitarlo, más que vender esas 249 acciones para así al menos poner fin a que se siga produciendo esa reduccion del precio de compra de las 7000 ya vendidas, porque por lo que me dices entiendo que ese efecto se produce siempre que reciba nuevas acciones derivada de esa compra inicial de 7000 acciones y hasta que tribute por esas 7000 acciones , o sea, hasta junio de este año, no? Gracias de nuevo por compartir tus conocimientos.
Invertir en bolsa · 2013-01-16
Hola,
Josem, no, a partir del 1-1-2013 todas las minusvalías de operaciones de más de 1 año deben compensarse con plusvalías de operaciones de más de 1 año.
anglo, no es un doble imposición. Hasta que no vendas no pagas por el importe de los derechos, y si no vendes, no pagas.
Las 249 acciones tienen el precio de venta que te he comentado antes. Se baja el precio de todas (en cada ampliación), no sólo de las nuevas. Si tienes 1.000 compradas a 5, por ejemplo, y te dan 50 pasas a tener 1.050 compradas a 4,76 (5.000 / 1.050). Las 1.050 son exactamente iguales, tanto en precio de compra como en fecha de compra.
En el momento en que vendas algunas, a esas ya no se les reduce el precio. En realidad es bastante fácil, haz las cuentas con tu caso y las repasamos, verás que no es complicado.
Un saludo.
anglo · 2013-01-17
Muchas gracias de nuevo por tu respuesta, y perdona por marearte tanto, creo que ya lo entiendo; es que pensaba que en esas 249 acciones que he recibido, la plusvalia sería íntegramente el importe que reciba por ellas, ya que yo no he pagado un precio de compra por ellas, pero no es así, no?, entonces si estas 249 acciones las vendo a 6 euros, pongamos por caso, la plusvalia no sería 249 X 6, sino la diferencia entre el precio que tu me indicas (sería 35.490 que costaron las 7000 iniciales / 7249= 4,89) y esos 6 euros (6 - 4,89= 1,11 X 249 = 276), verdad? es correcto?. Gracias de nuevo
Invertir en bolsa · 2013-01-17
Hola anglo,
Es correcto, ahora lo has entendido bien.
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Un saludo.
anglo · 2013-01-17
Otra vez 1001 gracias, ahora veo q estaba errado con eso de la doble imposicion; me gustaria saber si tienes publicado algun libro con todo esto de la fiscalidad y la forma de adquirirlo pq explicas el tema con mucha claridad.un saludo
tito · 2013-01-17
Hola, quetal? Tengo acciones del Santander y estoy en duda si es mas interesante en estos momentos elegir acciones en el siguiente dividendo o que me den efectivo. ¿Que m recomiendas? Muchas gracias.
cobra · 2013-01-17
Una duda al respecto.
Si yo vendo acciones en diciembre de un año. Segun lo que indicas deben pasar tanto 2 meses antes como despues de la venta para imputar minusvalias. En este caso a que ejercicio de la renta se ejecutaria:
- Al del año en que se ejecuta la venta.
- Al del año posterior cuando transcurran los dos meses.
- A cualquiera de los dos segun interese.
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-01-18
Hola,
Gracias, anglo. Libro no tengo, porque en España estas cosas cambian constantemente, y habría que modificar el libro constanmente, y comprarlo constantemente, etc. Mantengo actualizada esta seccion, que creo que es lo más práctico para este caso.
Tito, depende de tu estrategia de inversión, que no sé cuál es. Si eres inversor de largo plazo, creo que en estos casos lo mejor es acudir a las ampliaciones de capital liberadas (que no son diivdendos: [url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=943]Las ampliaciones de capital liberadas no suponen ninguna remuneración[/url]) y coger las acciones nuevas que te correspondan.
Cobra, no hay variación por ese tema. Si las vendes en Diciembre igualmente es válido que en los dos meses posteriores no las vuelvas a comprar, aunque una parte de esos dos meses caigan en distinto año. Por ejemplo, si vendes en Diciembre de 2012 esa venta debe reflejarse en la declaración de 2012 (que se presenta en Mayo-Junio de 2013). Para cuando llegue Mayo-Junio de 2013 ya sabes si dejaste pasar dos meses sin comprarlas después de la venta que hiciste en Diciembre de 2012, y por tanto sabes si puedes compensar esa minusvalía en la declaración de 2012 o debes esperar a algún ejercicio posterior en que cumplas la regla de los dos meses.
Un saludo.
tito · 2013-01-20
Hola otra vez. Muchas gracias por responderme y ayudarme. Tengo otras dudas, las cuales estaría encantado de que me ayudases.
Me recomendabas el otro día que si mi estrategia de inversión es a largo plazo, la cual es asi, que eligiese acciones en el siguiente dividendo del santander en vez de recibir efectivo, ¿esta es la tónica a seguir por mi parte siempre que me ofrezcan acciones?,si hago esto siempre que pueda lo que estaré haciendo es bajar el precio de todas mis acciones ¿esto tiene algun perjuicio a la hora de vender? te pongo un ejemplo de como yo lo entiendo: si tengo 1000 acciones compradas a 5€ y por ampliaciones de capital liberado tengo al cabo del tiempo 1200 acciones; 5000 € entre 1200 acciones = 4,16 € es el nuevo precio de costo de todas mis acciones . . . . si ahora vendo las 1200 a 5€ =6000 € . . . la plusvalía es de 1000€ . . . . hacienda me quitará en la declaración de la renta del 2014 el 21% de esos 1000€.
Otra duda, si en esta ampliación de capital liberado tengo que percibir 50,4 acciones . . . el banco me dá la opción de pagar cierta cantidad de dinero pequeña para obtener 51 acciones en vez de 50, que en caso de recibir 50 me tendrían que ingresar una cantidad de dinero correspondiente a las 0,4 acciones, no? Si esto es asi como te cuento, ¿qué es lo conveniente? Muchísimas gracias.
Emilio · 2013-01-20
Enhorabuena por la página!!! Mi caso es que empecé en Octubre de 2012 con Anyoption, metí 100 euros y el primer mes hice un retiro de 200 euros y el siguiente mes otros 200 euros, luego en enero de 2013 hice otro retiro de 200, ¿cuanto tengo q declarar? ¿que documento tengo q pedir a Anyoption para declarar a Hacienda? supongo que me toca pagar un 21% no? Gracias y que tengais tod@s un buen 2013.
Invertir en bolsa · 2013-01-21
Hola,
Tito, en general para los inversores de largo plazo lo recomendable es acudir a esas ampliaciones siempre, aunque si alguna vez creyeras que en ese momento las acciones están muy caras, podrías vender los derechos e intentar recomprar más barato. Pero esto no es fácil de hacer.
De cara a Hacienda es neutro, en el sentido de que no vas a pagar más por ir a estas ampliaciones. Tú compraste por 5.000 y vendes por 6.000, con lo que ganas 1.000. Y ganarías 1.000 euros con 1.000 acciones o con 1.200, eso no influye (porque al haber más acciones cada acción vale un poco menos).
Y piensa que si vas a largo plazo de verdad lo más probable es que no vendas, con lo que no pagarás a Hacienda.
1 acción más o menos tiene poca influencia. Según las comisiones que te cobren, puedes completar esa acción o vender los derechos sobrantes. La diferencia entre una cosa y otra es mínima.
Emilio, no importa el dinero que hayas retirado de la cuenta, ni cuándo lo hayas hecho, sino lo que hayas ganado con las operaciones.
Un saludo.
DDFFLL · 2013-01-24
Hola!
Cuando vendes acciones con plusvalías, ¿Cuándo tributas por esas plusvalías?
Pasa como al cobrar dividendos que directamente cobras el importe neto, ¿o cobras el bruto y después en la declaración pagas lo correspondiente?
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-01-24
Hola DDFFLL,
Al vender acciones no retienen nada (ni por las acciones españolas ni por las extranjeras). Pagas al hacer la declaración del IRPF (o sea, en Mayo-Junio del año siguiente al que se produzca la venta).
Un saludo.
Juan · 2013-01-25
Buenas,
Tengo 58 años y se me acaba el paro en agosto de este año. El año pasado tuve minusvalias por unos 20.000 € que reflejaré en la declaración de renta de la próxima primavera. A partir de septiembre, supuestamente cobraré la ayuda para parados de más de 55 años (426 €) , para lo cual, no puedo percibir en el año rentas de cualquier naturaleza que exceda de 5772 € (12 meses por 481 €). Mi duda está en que si en este año (2013) tengo plusvalías que superen los 5772 € a pesar de poder compensarlas con las minusvalías del año pasado, se tendrán en cuenta como ingresos o no, para poder percibir los 426 € de ayuda.
Juan · 2013-01-25
Hola de nuevo. Se me olvido despedirme y darle las gracias.
Gracias y un saludo
Josem · 2013-01-26
Tengo misnusvalias pendientes de compensar de 2010-2011 y no tengo plusvalias en 2012,,,, las puedo compensar de alguna forma cuando haga este año la declaracion
Invertir en bolsa · 2013-01-28
Hola,
Juan, es un caso muy específico, no sé responderte con seguridad. Creo que lo mejor es que consultes en Hacienda. De todas formas, piensa que para compensar las minusvalías tienes 4 años.
Josem, no, si no tienes plusvalías en 2012 no las puedes compensar. A partir de 2013, las inferiores a 1 año sí las podrás compensar con lo que ganes trabajando. Lo tienes con detalle en:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
Un saludo.
Juan · 2013-01-29
Estoy agradecido por tu respuesta, intentaré consultar en Hacienda. Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-01-30
De nada, Juan.
Un saludo.
Nicolas Couto · 2013-01-30
Hola.
Durante el año 2011 he comprado acciones de Santander y Repsol que acabo de vender con perdidas compensadas con otras de Repsol del 2012. El objetivo era eliminar el lastre del 2011 y volver a empezar desde posiciones mas favorables, si el mercado lo permite. Lo que necesito saber es si tengo que esperar los 2 meses para comprar o puedo hacerlo en cualquier momento, pues la plusvalía de la operación fue prácticamente nula.
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2013-01-31
Hola Nicolás,
Desde el momento de la venta con pérdidas, las dos (Santander y Repsol), tienes que dejar pasar dos meses sin comprar acciones de Santander y Repsol. Si compras antes de dos meses, no podrás compensar esas minusvalías (hasta que cumplas esta norma).
Si quieres tomar posiciones en Santander y Repsol antes de que se cumplan esos dos meses, lo puedes hacer con futuros de Santander y Repsol. Una vez que pasen los 2 meses podrías cambiar (ejerciendo, o vendiendo los futuros y comprando las acciones) los futuros por acciones.
Un saludo.
Nicolas Couto · 2013-01-31
Muchisimas gracias. Mi pregunta quedó totalmente contestada en el primer párrafo ya que era lo que necesitaba saber.
En cuanto al segundo, que te agradezco me informes, voy a pasar ya que nunca he comprado futuros y no se de que va la cosa, tendré que documentarme un poco y si no entendiera algo te lo preguntaría.
Muchas gracia de nuevo
Invertir en bolsa · 2013-02-01
Hola Nicolás,
Lo de los futuros es más fácil de lo que parece, lo tienes en [url=http://www.invertirenbolsa.info/articulos_bolsa.htm]Artículos de Bolsa[/url], en el apartado de derivados.
Un saludo.
Nicolas Couto · 2013-02-01
Hola
Consulté Artículos de Bolsa, como me indicaste y por fin ya tengo una idea de lo que significan los futuros, aunque creo que no voy, al menos por el momento, a usar esa vía. Seguiré con el tradicional.
Un saludo y muchas gracias por toda la información
Naty · 2013-02-13
Hola, soy una de las afectadas al cambiar preferente de Bankia en acciones
He tenido unas pérdidas considerables, ya que aunque no las puedo vender hasta junio del 2013, el precio de la accion como saben es de casi un 90% menos.
Puedo recuperar algo en la declaración de la Renta, es decir estas pérdidas aunque las acciones sigan siendo mias ya que todavía no las puedo vender, puedo declararlas como pérdidas,
Gracias y un saludo
Invertir en bolsa · 2013-02-14
Hola Naty,
No, de momento no has tenido ninguna pérdida que se pueda compensar fiscalmente. En el momento que vendas las preferentes, o las acciones que recibas, será cuando esa pérdida se materialice, y entonces es cuando la podrás utilizar para compensar otras plusvalías.
Un saludo.
José A. · 2013-03-02
Buenas noches
Es la primera vez que entrojen esta página y me ha parecido un foro muy del interés del inversor particular, como es mi caso. Quisiera plantear una duda que me ha surgido para la declaración de 2012. He realizado operaciones con acciones a corto. En estos casos en los tomamos prestadas acciones para en primer lugar venderlas y luego devolver el prestamo comprando, como entiende la operación hacienda? En otras palabras; como computa la fecha de compra y de venta cuando la primera es posterior a la segunda?
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-03-04
Hola Jose, y gracias.
Es al revés de lo normal, pero en el fondo es lo mismo.
Lo que importa es la fecha en que se abre la operación y la fecha en que se cierra. Tú abres la operación vendiendo, y la cierras comprando.
Tienes que tributar en el ejercicio en que cierras la operación, que en tu caso es el momento en que compras las acciones.
Un saludo.
Rosendo · 2013-03-14
Tengo acciones de mi empresa desde el año 2005 y todos los años he ido aumentado el nº por cobrar una parte del sueldo en acciones. Además los dividendos de cada año no los he cobrado si no que los he reinvertido en acciones(ahora se hace de forma auntomática, antes cobraba los dividendos y compraba las acciones emitiendo una orden de compra).
Mi duda es cual es el precio de compra que tengo que declarar cuando quiera vender una parte de mis acciones, solo dispongo del precio de referencia de las acciones que recibia cada año, no del que se asignaba a la reinversión de los dividendos.
De las cuestiones planteadas creo haber entendido que las acciones que se adquieren por reinversión de dividendos se suponen a precio "0" y lo que hacen es rebajar el precio del paquete del que proceden, pero esto me parece un gran lio.
Por ejemplo: Empiezo con 100 acciones adquiridas a 1 €, al año siguiente me generan 5 € de dividendos que reinvierto adquiriendo 5 nuevas acciones(supongo que siguen valiendo 1 €), ademas adquiero otras 100 acciones a 1 € ese mismo año, y así sucesivamente. Si decido vender el tercer año un paquete de acciones, por ejemplo 150, ¿cual sería el precio de compra que debería fijar?, ¿tendrían todas el mismo valor?
Invertir en bolsa · 2013-03-14
Hola Rosendo,
Cada compra tiene su valor, no tienen todas el mismo valor.
Las que hayas comprado con dividendos que cobraste en efectivo y después diste una orden de compra normal y corriente, son compras independientes.
Es decir, por un lado tienes la lista de compras "normales", que son las que hayas comprado con tu sueldo y de la forma que describo en el párrafo anterior.
Por otro lado están las ampliaciones de capital liberadas (o dividendos flexibles, etc). Estas acciones lo que hacen es rebajar el precio de compra de las que proceden.
Supongamos que compras 1.000 acciones de Iberdrola a 4 euros, y después hay una ampliación de capital liberada en la que te dan 50 acciones. Tras esto, pasas a tener 1.050 acciones, a un precio medio de 3,81 euros (4.000 / 1.050 = 3,81).Estas 1.050 acciones son iguales en todo, en el precio de compra y en la fecha de compra (que es la fecha en la que compraste las 1.000 acciones originales).
Las compras "normales" tienes que ir recalculándolas con las ampliaciones de capital liberadas que se hayan producido posteriormente.
Y a la hora de vender, se venden primero las más antiguas.
Si algo no te queda claro, vuelve a preguntar.
Un saludo.
Rosendo · 2013-03-14
Vale eso lo entiendo. Pero lo que no me queda claro es si ese valor de compra de ese paquete de acciones queda ya fijado o se va modificando a medida que vas adquiriendo nuevas acciones, por compra y por reinversion de dividendos, eso repetidos durante varios años.
Yo entiendo (en tu ejemplo) que esas 1050 acciones generan nuevas acciones al año siguiente(dividendo flexible en acciones), por lo que habría que volver a recalcular de nuevo el precio de adquisión, suponiendo gue me dan ese segundo año 60 acciones. El nuevo precio sería: 4000/1110 = 3,6 €. y asi sucesivamente.
Si lo dicho es correcto, todavía se puede complicar mas, si además realizo compras cada año. Vamos a considerar que en ese segundo año compro 500 acciones a 5 € , que generaran(junto a las 1110 que ya tengo) nuevas acciones por reinversión de dividendos. Supongamos que el tercer año me asignan 80 nuevas acciones. ¿como se recalcula el precio de las que posees? ¿se hace una reducción del precio de adquisición como una media, o hay que reducir la parte proporcional en cada paquete?
- 1º.- 4000 + 500 = 4500/1190 = 3,78 € ,¿este precio para todas?
-O bien si 1610(1110+500) han generado 80 acciones; 500 acciones habran generado 25 acciones(aprox).
Entonces hariamos: 4000/1235(1190+55) = 3,23 €; y 2500/525 (500+25)= 4,76 €.
Esto último me parece un auntentico lio, estando modificando el precio de compra año a año. Saludos.
Invertir en bolsa · 2013-03-19
Hola Rosendo,
Sí, con cada "dividendo flexible" tienes que recalcular el precio de compra, que va bajando con cada operación de este tipo.
Cada compra "de verdad" es independiente de las demás. Por un lado tendrías la compra de las 1.000 acciones (se se convierten en 1.100 en el ejemplo que estamos desarrollando), y por otro lado la compra de las 500 acciones a 5 euros.
Una vez que ya tienes estas 2 compras hechas (1.600 acciones en total), con el siguiente "dividendo flexible" tienes que recalcular por un lado la compra de las 1.100 acciones y por otro lado el de las 500 acciones.
Esas 80 accciones serían 55 acciones por la compra de las 1.100 acciones y 25 por la compra de las 500 acciones:
4.000 / 1.165 = 3,43 euros
2.500 / 525 = 4,76 euros
Esta es la forma correcta.
Un saludo.
Goyo · 2013-03-22
Teniendo en cuenta lo complicado que resulta para un particular sacar el mejor rendimiento a una cartera y conseguir la mejor rentabilidad fiscal minusvalías-plusvalías-reinversiones-dividendos etc.. y a la vista de lo confusa que es la información fiscal que te facilitan tus bancos (imagínate que tienes 17 valores en varios bancos y operas 37 veces en el año fiscal) .... pues lo dicho, quiénes pueden gestionar mejor tu cartera de 50-100 mil € ??
Invertir en bolsa · 2013-03-25
Hola Goyo,
Si te refieres a rellenar la declaración de la renta, cualquier gestoría podrá hacerlo. Yo creo que las gestorías pueden rellenarte la declaración de la renta para cualquier volumen de cartera, el que citas o uno muy inferior o muy superior. Por lo que yo sé, el importe de la cartera es indiferente (salvo que fuera un patrimonio muy grande, con muchas complicaciones, en cuyo caso habría gente que lo podría hacer, pero no cualquier gestoría).
Un saludo.
Goyo · 2013-03-25
Ya sé que cualquier gestoria , previo pago, te hace la declaración de la renta siempre que le presentes todos y cada uno de los justificantes.
Mi pregunta es otra. ¿Quién puede gestionar y rentabilizar lo mejor posible una cartera? ocupándose a su vez de minimizar las plusvalías con las correspondientes minusvalías, y ocupándose también de conservar y contrastar con la información que facilitan los Bancos todos los justificantes de todas las operaciones de compras, ventas, reinversiones, ampliaciones, comisiones etc. del año fiscal. Salud.
Partimos de la base de la complejidad que supone para un inversor particular con conocimientos medios-bajos que casi siempre gestiona mal. Invierte, reinvierte, desinvierte y declara-tributa mal.
Invertir en bolsa · 2013-03-26
Hola Goyo,
No sé si te va a ser fácil encontrar a alguien para eso. Los gestores de patrimonio ahora tienen que estar constituidos como EAFI, por lo que buscando esa palabra (EAFI) en Google encontrarás a varios. Pero yo no conozco a ninguno para recomendarte uno concreto.
Yo sigo pensando que los mejores resultados se obtienen gestionando uno mismo su propio dinero. Para grandes patrimonios (muy grandes) supongo que habrá gestores muy buenos, pero para la gente "normal" creo que la mejor alternativa es que cada uno se gestione su propio dinero.
Un saludo.
Goyo · 2013-03-27
Gracias por las respuestas y su puntualidad.Salud.
Jesus · 2013-04-04
Buenas tardes he solicitado en el dia de hoy mi borrador de la renta, en el cual me sale la informacion fiscal.
Solo me aparece esto VENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS Y OTROS VALORES MOBILIARIOS. El importe que me aparece es el liquido, el neto no me aparece, no me deberia salir tb el importe de compra?.
Dividendos me sale una cantidad 022/023/024/028, otra cantidad casilla 743 y otra cantidad 030, esta se refiere a gastos deducibles, q la verdad no se q son. En principio no estaria obligado a hacer la declaracion porque no llego a 1600 euros, y no tengo rendimientos de trabajo, espero ayuda q ando perdido, gracias, un saludo
juanan · 2013-04-04
Tengo fuertes minusvalías latentes (supongo que como la mayoría) y me "repatea" que tenga que pagar fuertes impuestos sobre lo que llaman rentas de "capital" (dividendos) sin poder compensar estos ingresos con esas minusvalías si las hiciera efectivas.
Alguna idea para intentar reducir esos pagos de impuestos fijos?
Quiizás vender esas acciones en pérdidas y comprar fondos para en los años próximos "cobrar" el equivalente a los dividendos en forma de ventas parciales de esos fondos y compensar posibles plusvalías (optimista???)
con las minusvalías anteriores (durante 4 años + el actual).
No sé , igual digo una barbaridad!!!
Invertir en bolsa · 2013-04-05
Hola,
Jesús, Hacienda te manda las ventas que se han producido en cada año. Los datos de las compras los debes conservar tú, para poder hacer el cálculo de las plusvalías o minusvalías que te genere cada venta.
Los gastos deducibles son las comisiones de mantenimiento de las acciones.
Si no estás obligado a hacer la declaración, preséntala si te sale a devolver, y no la presentes si te sale a pagar.
Juanan, los dividendos no se pueden compensar con las minusvalías. Vendiendo acciones con pérdidas no vas a pagar menos a Hacienda por los dividendos que cobres.
Y para vender las acciones con pérdidas ahora y comprar fondos, creo que es mejor mantener las acciones (si son de empresas de calidad), porque muy probablemente subirán más que los fondos en el futuro, además de las ventajas que supone cobrar una renta, etc.
Un saludo.
Jesus · 2013-04-05
ok gracias. un saludo
Jesus · 2013-04-05
Otra duda, te pongo un ejemplo y me dices si es correcto.
Compro bbva 300 acciones x 2000 (esta incluida la comision)
dividendo eleccion 10 acciones nuevas (me cobran comision de 3 euros)
los restantes derechos me los venden y me dan 1 euro
vendo 310 acciones x 2100
entonces quedaria precio de compra 2000+3-1= 2002
precio de venta 2100
plusvalia 98
es correcto?
otra duda esos gastos deducibles q me aparecen en los dividendos no tengo claro de donde me salen, me estan metiendo hay las comisiones, gastos de custodia etc?
un saludo y gracias
Nacho · 2013-04-05
Hola, tenía una consulta sobre la declaración de venta de acciones de JAZZTEL. Planteo el caso:
23/05/07: Compra de 14.000 acciones a 0,58€ = 8101,16€.
16/11/07: Compra de 7.500 acciones a 0,39€ = 2940,55€.
10/07/09: Suscripción por Ampliación de Capital de 9.552 acciones (21500*4/9) a un coste de 1146,24€. Por tanto precio acción 0,12€.
18/01/10: Contrasplit 10*1: 31.052 acciones, pasan a 3.105 acciones.
[b]07/11/2012 Venta de 2022 acciones a 4,888€ resultando un total (restando gastos) de 9857,67€.
[/b]
Entiendo que las acciones que he vendido son las más antiguas y entiendo como tales las 1400 acciones que compré primero, + las que me resultaron de la ampliación de capital sobre esas 1400 acciones, es decir, 1400 + 1400*(4/9) = 1400 + 622 = 2022 acciones.
Entonces el cálculo que yo he hecho para el cálculo de la plusvalía es: VENTA - COSTE TOTAL DE ESAS ACCIONES = 9857,67 - [8101,16 + (622*1,2€)] = 9857,67 - 8866,4 = 991,27€.
¿Está bien hecho así el cálculo, teniendo en cuenta la ampliación de capital ó la ampliación de capital hay que tributarla de otra forma? ¿cuándo se hace ampliación de capital, las acciones resultantes toman la fecha de adquisición de las acciones de las que derivan?
Espero haberme explicado.
MUCHAS GRACIAS!!!
[i]NOTICIA 22 JUNIO 2009: Hoy se ha iniciado el periodo de suscripción de la ampliación de capital preferente por el 44,3% del capital social (82,02 millones de euros) de Jazztel. El periodo de suscripción preferente será hasta el próximo jueves 9 de julio.
Jazztel emitirá 683.449.600 acciones ordinarias(4 nuevas acciones por cada 9 acciones antiguas) con el objetivo principal de reestructurar su deuda. Los nuevos títulos se suscribirán a 0,08 Euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las acciones ordinarias que actualmente están en circulación, con una prima de emisión de 0,04 Euros por acción (siendo por tanto el precio de la emisión de 0,12 Euros).[/i]
silvia gp · 2013-04-08
como afecta a la declaracion de la renta 2013? y como afectaran a las siguientes declaraciones?
no me digais que encima de a ver engañado a tanta gente en la renta va a perjudicar?
Invertir en bolsa · 2013-04-09
Hola,
Jesús, es correcto, la plusvalía son 98 euros. Y esos gastos que te aparecen junto a los dividendos son las comisiones de custodia de las acciones, sí.
Nacho, el cálculo que has hecho estaría bien si la ampliación de capital hubiese sido liberada. Pero como fue una ampliación de capital en la que hay que aportar dinero, el cálculo se hace de otra forma.
La ampliación de capital la tienes que tratar como una compra más. La fecha de compra es la fecha en que pagaste esas acciones nuevas, y el precio de compra es 0,12 euros.
Entonces, al vender 2.022 acciones las que vendes son:
1.400 acciones del 23-5-2007
622 acciones del 16-11-2007
y te quedan:
128 acciones del 16-11-2007
955 acciones del 10-7-2009
Silvia, creo que te refieres a la próxima ampliación de capital que va a hacer Bankia para convertir las preferentes en acciones, y que aún no se ha llevado a cabo. Hasta que no se realice y se sepan los detalles, no te puedo decir cómo tributará. Si te refieres a otra operación (porque las cajas de ahorros han hecho muchas operaciones de este tipo en los últimos meses), díme a qué operación concreta te refieres, y en qué fecha se hizo.
Un saludo.
Nacho · 2013-04-09
Muchas gracias a invertirenbolsa por su aportación.
Me ha sido de gran utilidad.
Un saludo.
silvia · 2013-04-09
son las preferentes que si o si se tubieron que convertir en acciones, en junio del 2012, evidentemente sólo han habido pérdidas, entonces esto como tributa?supongo que en el caso que hubiera beneficios que esto jamas ocurrira, porque se tubieron que comprar a un precio de 3 y pico cuando las acciones sabian que valdrian 0,01 que es el valor que creo que estan ahora.
Invertir en bolsa · 2013-04-10
Hola Silvia,
Creo que es la operación que se anunció el 10-2-2012, y que se ejecutó en meses posteriores, de títulos de BFA-Bankia.
Esta operación se divide en dos partes:
1) Recompra de los títulos. Como se recompraron al 100% del valor nominal, esto no genera ni pérdidas ni ganancias. Debes refeljarlo en el IRPF de 2012, pero no tendrá ningún impacto.
2) La venta de las acciones. El precio de compra de las acciones es de 3,31 euros. En el ejercicio en que las vendas, reflejarás esta pérdida en el IRPF. Si las vendiste en 2012, la debes reflejar en el IRPF de 2012, si aún las tienes, la reflejarás en el año en que las vendas. Esta minusvalía la podrás compensar con otras plusvalías (de acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc). Si las vendes en 2013, tienes que prestar atención a si te interesa más venderlas antes de que se cumpla un año de la fecha de compra o despúes de que se cumpla el año. Si es de menos de 1 año, puedes compensarla en parte con las rentas del trabajo:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
Un saludo.
Diana · 2013-04-10
Benas tardes,
En Diciebre de 2012 vendí unas acciones que compré en 2009 en una empresa en la que trabajaba, cotiza en Francia y allí está la gestora, la mitad las pagué y la otra mitad las daba la empresa a los empleados que compraran acciones. Cómo debo declararlo?
Gracias!
Invertir en bolsa · 2013-04-11
Hola Diana,
Es un caso complicado. Si tu inversión fue de hasta 12.000 euros por año y las mantuviste más de 3 años (puede que haya algún requisito más, no te lo puedo asegurar al 100%), entonces no tendrías que pagar nada por la plusvalía.
Al ser la empresa francesa, no sé si cambia algo respecto a lo que te acabo de comentar. Creo que lo mejor es que consultes en Hacienda, esta duda no te la puedo resolver.
Un saludo.
Diana · 2013-04-11
Gracias!!
Jesus · 2013-04-11
Gracias x la respuesta anterior.
Ahora me surge una duda, en el año 2010 tuve unas plusvalias de 1000 euros en acciones. Ese mismo año cobre el paro que me generaria unos 4500 euros. Estaba obligado a hacer la declaracion? En caso afirmativo, si yo este año realizo la declaracion porque me tienen q devolver unos euros de dividendos, me reclamaran lo del 2010? Un saludo y gracias
Invertir en bolsa · 2013-04-12
Hola,
De nada, Diana, siento no haberte podido ayudar más.
Jesús, en 2010 no superaste los 1.600 por suma de plusvalías, dividendos, intereses, etc, y lo del paro tampoco superó los límites correspondientes. Así que no tendrías obligación de hacerla, y si la hubieras hecho no habrías tenido que pagar nada, por los mínimos personales. En todo cas te habrían devuelto la retención de dividendos, intereses, etc.
Son independientes unas declaraciones de otras. Si te sale a devolver, presenta la del 2012.
Un saludo.
jesus · 2013-04-12
Gracias por la respuesta. Es que como lei lo de la segunda regla esa de que si conjuntamente obtienes rentas del trabajo, ganancias patrimoniales etc x mas de 1000 euros tienes q hacerla me vino a la cabeza lo del 2010.
garces · 2013-04-14
Por herencia de mi madre recibí unas acciones de ZOT en el año 2000. El número de acciones ha ido subiendo por sucesivas ampliaciones. El año 2012 vendí unas cuantas por valor de 2.400 euros. Mi duda es: ¿que valor de compra debo poner en la declaración de renta?. Gracias y saludos
david · 2013-04-14
Hola
En la fecha 02/06 me abonan 8,02.en concepto de venta de derechos de telefonica, como lo tengo que declarar esa venta en hacienda.
Invertir en bolsa · 2013-04-15
Hola,
Jesús, no te preocupes, no has hecho nada incorrecto. El límite para no presentar la declaración son 1.600 euros, no 1.000. Pero en la mayoría de los casos interesa presentarla, aunque no se tenga obligación, para que te devuelvan las retenciones.
Garces, el precio de compra original es el precio de cotización de la fecha de fallecimiento. Ese precio de compra original tienes que ir corrigiéndolo con las sucesivas ampliaciones de capital liberadas que se han ido produciendo. Voy a poner un ejemplo.
Supongamos que en el año 2.000 heredas 1.000 acciones, que el día del fallecimiento cotizan a 10 euros. El día antes de esa venta de 2.400 euros tenías 2.000 acciones. La fecha de compra de estas 2.000 acciones es la de la fecha del fallecimiento. Las 2.000 acciones son exactamente iguales, no hay ninguna diferencia entre unas y otras.
Eso quiere decir que tu precio de compra es de 5 euros por acción (10.000 / 2.000), y con ese precio es con el que tienes que calcular la plusvalía o minusvalía de la venta que has hecho ahora.
David, por la venta de derechos se paga al vender las acciones, no al vender los derechos. Supongamos que tienes 100 acciones de Telefónica compradas a 10 euros (comisiones incluidas). Al cobrar esos 8,02 euros lo que tienes que hacer es modificar el precio de compra de la siguiente forma:
1.000 - 8,02 = 991,98
991,98 / 100 = 9,92 euros.
De momento no pagas nada. Cuando vendas las acciones, tendrás que calcular la plusvalía / minusvalía utilizando como precio de compra 9,92 euros.
Un saludo.
jesus · 2013-04-15
vale muchas gracias
david · 2013-04-15
Muchas Gracias
garces · 2013-04-15
Muchas gracias
jose · 2013-04-15
Si en el año 2011 compre 1000 acciones de gamesa a 3,70 después en mayo 2012 compre 750 a 1,40 y agosto compre otras 750 a 1,50. Vendí las 2500 a 1,70 en noviembre y en diciembre volví a comprarlas las 2500 acciones. Debo declararlo y puedo compensar perdidas?. Un saludo jose
Casimiro · 2013-04-16
a todos,
Estoy con la Renta 2012 y trato de poner las pérdidas por venta de acciones, creo que lo hago bien, en la 342 pongo el importe de la venta y en la 343 el de la compra, y me da una pérdida de 8851,77 en las casillas 346 y 347.
Pero esto [u]no me varia en nada [/u]el resultado final de la declaración; estoy haciendo algo mal o es que hay algun limite para compensar pérdidas o algo?
Podeis ayudarme ya que soy novato total?
Gracias y un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-04-17
De nada, Jesús, David y Garcés.
Jose, debes declararlo, y debes pagar en la declaración de 2012 por la plusvalía que tuviste por las 750 compradas a 1,40 y las 750 compradas a 1,50. Pero esa plusvalía no la puedes compensar con la minusvalía de las 1.000 compradas a 3,70, porque no dejaste pasar dos meses entre la venta de Noviembre y la compra de Diciembre.
La minusvalía de las 1.000 compradas a 3,70 la podrás compensar cuando las vendas, y dejes pasar 2 meses sin comprar acciones de Gamesa. Esto lo puedes hacer cuando quieras, en 2013 ó dentro de unos años, no hay límite de tiempo.
Casimiro, además de esas minusvalías, ¿has tenido plusvalías de algún tipo (con otras acciones, fondos de invesión, inmuebles, etc.)? Si no has tenido plusvalías, es normal que el resultado final no varíe, ya que no estás compensando esas minusvalías con ninguna plusvalía. En este caso, podrás compensar esas minusvalías con las plusvalías (o rentas del trabajo, si esas minusvalías son de menos de 1 año) que tengas en los 4 años siguientes.
Un saludo.
Casimiro · 2013-04-17
Gracias por tu rápida respuesta, a ver si te he entendido ...
Si este mismo año he vendido acciones ganando, puedo restar las pérdidas de la ganacia obtenida y cotizar solo por la diferencia?
Si este año no he tenido ganancias, tengo 4 años para poder restarlas?
En el caso anterior, en las próximas declaraciones de renta me vendrán reflejadas las pérdidas que ponga este año o tendré que volver a ponerlas?
No entiendo bien lo que dices de "compensar esas minusvalías con las plusvalías (o rentas del trabajo, si esas minusvalías son de menos de 1 año" , quieres decir que puedo restar directamente las perdidas de los ingresos declarados por trabajo?
Gracias de nuevo.
Los dividendos se considean ganancias?
jose · 2013-04-17
Muchas gracias por aclararme la duda. Esta pagina si es de utilidad
Jose Maria · 2013-04-18
Nuestra situacion es la siguiente:
Teniamos ya acciones de GAS NATURAL. El 02/05/2012, compramos 775 mas. El 9/08/2012 vendemos 1000 con perdidas y el 9/9/2012 sucribimos 88 titulos.
¿Podemos poner en la casilla de perdidas de la declaracion de 2012 la perdida, o por no haber pasado dos meses entre la venta (9/08/2012) y la suscripcion de acciones (9/09/2012) ,no se puede reflejar?
Si no se puede reflejar esa perdida, ¿cuando se reflejaria?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-18
Hola,
Casimiro,
1) Si en un año ganas 1.000 euros y pierdes 300, pagas por 700.
2) Si pierdes 300 y no ganas nada, podrás compensar esos 300 en los 4 años siguientes, con otras plusvalías que tengas en esos 4 años siguientes o (desde el 1-12013), con el dinero que ganes con tu trabajo. Esto lo tienes explicado en:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
3) Tienes que reflejar las pérdidas el año en que se producen. Después, si tienes con qué compensarlas en años próximos, en esas declaraciones tendrás una casilla para hacerlo, pero para eso tienes que haber declarado las pérdidas el año en que se produjeron.
Los dividendos no se puende compensar con las minusvalías.
Gracias, Jose.
José María, esa subscripción de 88 títulos, ¿qué es exactamente? Que yo recuerde, en esas fechas no hubo ningún script dividend ni similar.
Un saludo.
Jose Maria · 2013-04-18
En la documentacion del banco aparece "S" de Suscripcion. No tengo mas detalles.
De todas formas, ni las 775 acciones compradas el 2/05/2012, ni las 88 adquiridas en esa "suscripcion" se han vendido. Las vendidas son las que ya se tenian de antes (compradas en 2010 y 2011). ¿Eso tiene algo que ver?
nono · 2013-04-18
en agosto 2012 vendí 1000 acciones de iberdrola de las 15000 que tengo a 3160, las primeras 1000 las compré en 2007 a 10810, por lo tanto con perdidas de más de 7000 .En Junio 2012 vendo derechos de esas 15000 por 2490... pregunta ... cómo he de reflejar esta s operaciones en mi declaracion???
nono · 2013-04-18
En mis datos fiscales consta una venta de derchos del SABADELL POR un importe de 474 euros. no he realizado ventas de acciones del Sabadell,, he de declarar estas ventas de derechos en mi declaracion ???
Enrique · 2013-04-18
Hola, enora buena por tu paguina.
Tengo una duda el año pasado hice muchas operaciones en bolsa y en ocasines del mismo emisor, en el mismodia. ¿Puedo sumar las del mismo emisor y dia? o tengo que plasmar una pro una ?
Ej.
telefonica compre 1000 acciones 9.1€ y las vendi 9.3€ volvi a comprarlas a9.15 y las volvi a vender a 9.38 y dos veces mas todo en en mismo dia.
y otra pregunta los CFDs enque casilla tengo que declararlos y como, solo la pulvalia que ha generado a final de año.
mucha gracias por tu tienpo
samtierra · 2013-04-18
Hola, tu libro es en este momento, mi libro de cabecera. Te explico mi lamentable periplo en Bolsa en mi afán por conseguir algo de rentabilidad:
COMPRA: Mayo-2007 de 600 acciones BBVA por valor de 10900 euros (compradas a 18,16 euros)
COMPRA: 20-6-2012 de 766 acciones BBVA por valor de 4000 euros (compradas a 5,22 euros)
COMPRA: 23-7-2012 de 5700 acciones BBVA por valor de 23000 euros (compradas a 4,03 euros)
VENTA: 31-8-2012 de 2800 acciones BBVA por valor de 16660 euros (vendidas a 5,95 euros)
VENTA: 22-11-2012 de 350 acciones BBVA por valor de 2220 euros (vendidas a 6,3 euros)
Dejando a un lado, mis garrafales errores en la elección en el 2007 de invertir en Bolsa, me está preocupando ahora, cómo me va a afectar la venta de acciones hecha en Agosto 2012.
He obviado, los gastos de gestión.
Si sumo los valores obtenidos por la venta y le resto el sumario de las compras, me sale un saldo negativo:-3219 euros.
¿está bien hecho el cálculo? Tengo alguna duda con la venta en AGOSTO-12 ¿influye de alguna manera que haya vendido parte de las acciones antes de los meses posteriores a la compra?- compré en Abril -07, Junio-12 y Julio-12 y vendí en Agosto-12 y Nov-12.. Las acciones afectadas serían 1434 acciones en este movimiento (1434 acciones de las 5700 acc compradas en Julio-12 y venta de estas 1434 acciones el 31-AGOSTO 2012?
Siento la extensión y gracias por tu tiempo
Invertir en bolsa · 2013-04-19
Hola,
José María.
Esas 88 acciones, ¿podrían ser el script dividend que hizo en Junio de 2012? Ponme la lista de todas las compras y venta, con la fecha y el número de acciones.
Nono, por cada derecho de Iberdrola te dieron unos 0,17 euros. Lo que tienes que hacer es rebajar el precio de compra de todas las compras de esas 15.000 aciones en 0,17 euros. De momento nada más, sólo rebajar el precio de compra.
Al vender, tienes que calcular la plusvalía o minusvalía con ese precio de compra rebajado. Por ejemplo, esas 1.000 que compraste a 10,81 euros, ahora están compradas a 10,64 euros, y la misnuvalía la tienes que calcular utilizando ese precio de compra de 10,64 euros, en lugar de los 10,81 euros originales.
Con el Sabadell tienes que hacer lo mismo.
Gracias, Enrique. Las puedes sumar, en la declaración del IRPF no hace falta poner el detalle de todas las operaciones. Lo que importa es que la suma esté bien, incluyendo el tema de la regla de los 2 meses, que en tu caso tendrás que mirar con cuidado.
Los CFD se ponen en el mismo apartado que las acciones. Puedes poner una casilla que sea "CDFs broker X", con la suma de todas las operaciones del año.
Muchas gracias, samtierra.
El cálculo estaría bien hecho si pudieras compensar las minusvalías, pero no puedes compensar las minusvaías de las 600 compradas a 18,16 porque no pasaron 2 meses entre la compra de 5.700 acciones y la venta de 2.800 acciones. Lo que pasa es que sí que tienes que pagar en 2012 por las pluvalías que generaron esas ventas.
Esa minusvalía la podrás compensar cuando vendas las acciones compradas en Julio de 2012. Lo puedes hacer en cualquier momento, vendiendo las acciones, comprando los futuros equivalentes (si son 3.900 acciones, entonces son 39 contratos de futuro) y esperando a que pasen 2 meses para cambiar los futuros por acciones.
La mayoría de las acciones del BBVA las compraste a precios muy buenos.
Un saludo.
Jose Maria · 2013-04-19
Yo creo que debe ser eso, pero te detallo los movimientos:
21/12/2009COMPRA415,00
04/05/2010COMPRA200,00
02/06/2010COMPRA166,00
20/09/2010COMPRA187,00
21/06/2011SUSCRIPCION 34,00
02/05/2012COMPRA775,00
09/08/2012VENTA 1000,00
09/09/2012SUSCRIPCION 88,00
Muchas gracias por adelantado
Enrique · 2013-04-19
Muchas gracias por tu respuesta me servido de mucho
un saludo
jose · 2013-04-20
Tengo una duda con el recalculo de acciones del scrip dividendo del Santander. Tengo 3 paquetes de acciones del SAN. El primero de 1021 acciones, el segundo de 239 y el tercero de 310 acciones. Me han dado 30 acciones nuevas. Como se repartirían?
1570:30=52,33
1021:52,33= 19,51
239:52,33=4,569
310:52,33=5,92.
O sea al primer paquete le corresponde 19 acciones nuevas, 1040.
Al segundo le corresponde 5 acciones nuevas 244.
Al tercero le corresponde 6 acciones nuevas 316 acciones. Esta bien?. Otra pregunta se deben declaran las ventas de los derechos del Santander o sólo si vendes las acciones que te han fabricados esos derechos descontándolos del precio de adquisición? Muchas gracias eres un crack.
jose · 2013-04-20
Para compensar minusvalías simplemente tienes que dejar pasar dos meses, aunque hayas comprado y vendido en menos de una semana, verdad? .
Con respecto al 2013, si compras acciones en julio 2011 las vendes en octubre del 2012 con minusvalías las compras las mismas en noviembre 2012 y las vendes en enero del 2013 y dejas pasar mas de 2 meses. Cuenta para compensar como minusvalía en operaciones de mas de un año, verdad? No lo podría compensar con ganancias de de operaciones de tres meses. Ya estoy pensando en la renta de mayo 2014. Muchiiisimas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-22
Hola,
Jose María, en Junio de 2012 tenías 1.777 acciones de Gas Natural, y en ese momento Gas Natural hizo una ampliación de capital liberada 1 x 20, por lo que te correspondían justo 88 acciones. Son esas, seguro, aunque la fecha sea Septiembre. Esta operación no es una compra, y por tanto no has incumplido la regla de los 2 meses, puedes compensar esas minusvalíuas sin problermas.
De nada, Enrique.
Gracias, Jose. Se reparten así, sí. De momento sólo tienes que bajar tu precio de compra de esas 3 operaciones, y sólo pagarás en el momento en que vendas (es entonces cuando tendrás que calcular la plusvalía o minusvalía con ese precio de venta corregido por las ventas de derechos y/o acciones recibidas en ampliaciones de capital liberadas).
Si vendes y dejas pasar 2 meses ya te puedes compensar todas las minusvalías anteriores que estuvieran bloqueadas, sí.
El ejemplo que pones es correcto, esa minusvalías sería de más de 1 año y la podrías compensar en 2013.
Un saludo.
Jose Maria · 2013-04-22
Muchas gracias por tu tiempo y amabilidad.
Un saludo
Nacho · 2013-04-24
Todas las explicaciones me han clarificado bastante en cuanto a la elaboración de la declaración de la renta del 2012. Pero me surgen dos dudas que no consigo clarificar:
PRIMERA DUDA: Mismas Acciones en mercados distintos
Si compro y vendo acciones de una misma empresa en dos mercados direfentes (Continuio y Amsterdam) ¿se computan conjuntamente las acciones de un mismo valor aunque sean en mercados distintos o se computan independientemente? Concretando para mi caso
La acciones son de ARCELOR MITTAL
20/09/12: Compra 100 títulos en AMS
27/09/12: Compra 100 títulos en Continuo de ESP
02/10/12: Compra 50 títulos en Continuo de ESP
17/10/12: Venta 150 títulos en Continuo de ESP - ¿Qué compra/as asocio? ¿100 de AMS + 50 de ESP con minusvalia no compensable? ¿150 de ESP con plusvalía?
27/11/12: Compra 100 títulos en Continuo de ESP
11/12/12: Venta 100 títulos en AMS - ¿Qué compra/as asocio? ¿100 de AMS con minusvalia compensable por no comprar más? ¿100 de ESP con plusvalía?
18/12/12: Venta 100 títulos en Continuo de ESP - Idem¿?¿
Adicionalmente: Arcelor Mittal en mercado continuo y Arcelor Mittal en Amsterdam, ¿Se consideran valores homogéneos?
SEGUNDA DUDA: Mi empresa me remunera con un traspaso de sus acciones.
La empresa para la que trabajo nos entregó a los trabajadores un paquete de acciones como incentivo. Según nos han indicado estas acciones están exentas de tributación de IRPF (Rendimiento del trabajo) siempre que se mantengan durante un periodo no inferior a tres años. La venta se tributará como un valor más considerando como valor de compra el valor de cierre en el día de la entrega.
Posteriormente a esta entrega he realizado compras y ventas de acciones de la empresa sin tener en ningún momento un saldo de títulos inferior al número de acciones traspasadas. En el caso concreto mio:
21/03/2012: Me traspasan 273 títulos
23/07/2012: Compra 35 títulos
26/07/2012: Ampliación 19 títulos
14/09/2012: Venta de 54 títulos - ¿Que compra computa?
15/11/12: Compra de 100 títulos que vendo en 2013 (no se declaran en esta RENTA)
Muchas gracias por el tiempo dedicado.
sergio · 2013-04-25
hola
enhorabuena por el articulo... si me puedes ayudar, mi duda es la siguiente:
este año (2013) he tenido minusvalias con la venta de unas acciones, pero el año pasado (2012) obtuve plusvalias con otras...
imagino que en la declaracion de este año no puedo declarar aun las perdidas para compensar las ganancias del 2012, pero.... puedo no declarar las ganancias del 2012 y esperarme al año que viene para compensar con las minusvalias de este año?.
dices que hay 4 años para poder compensar las minusvalias... pero hay que declararlas en la declaracion correspondiente y luego compensarla en los proximos años? me lio.........
gracias y un saludo
MARIA DIAZ · 2013-04-28
Buenas tardes. Hace diez años tuvimos que comprar acciones de la empresa en la que trabajamos pidiendo un crédito personal (8.millones de pesetas)l. La empresa nos dijo que no teníamos que declararlo a no ser que se vendieran. A los cinco años hubo reparto de beneficios que "nos ofrecieron " no cobrarlo y revertirlo en la empresa y dos años más tarde sí que hubo (ya en euros 5.000) y lo declaramos en la declaración del año siguiente. Ahora la empresa salio de un concurso de acreedores y las acciones las pusieron a 0 €. Mi pregunta es ¿puedo o debo declarar algo de todo esto?¿Puedo declarar esta pérdida patrimonial?.y la última pregunta ¿las perdidas patrimoniales se pueden compensar con lo que me toca a pagar ??Gracias
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola,
Nacho, entiendo que en el caso de Mittal sí son valores homogéneos, porque son la misma cosa y representan la misma cosa ( los mismos derechos económicos y políticos). La verdad es que no he leído nada en concreto sobre un caso similar a este, pero entiendo que sí son valores homogéneos.
En el caso de tu empresa, se aplica el FIFO, por lo que has incumplido el plazo de 3 años, y has perdido la posible exención para esas acciones. Las 54 que vendes son parte de las traspasadas el 21-3-2012.
Sergio, no es posible hacer lo que quieres. Las ganancias de 2012 las tienes que declarar en 2012, y no podrás compensarlas con pérdidas de 2013 y posteriores ejercicios. Lo que se puede hacer, por ejemplo, es compensar pérdidas de 2012 con ganancias de 2013.
María, los 5.000 euros entiendo que son un dividendo. Si es así, deberías declararlo como dividendo el año que lo cobraste.
Si sigues teniendo las acciones, de momento no has materializado la pérdida, por lo que no puedes compensarla con nada. Si quieres compensar esa pérdida potencial con otras ganancias (de este año o posteriores, pero no de años pasados), debes vender las acciones para materializar una pérdida concreta en una fecha concreta.
Un saludo.
borja · 2013-05-04
Hola IEB
En el año 2012 compre algunas acciones del Santander (100). En las operaciones de dividendos acepté las nuevas acciones y vender los derechos sobrantes (en total menos de 50€).
mis preguntas son:
- ¿En la declaración que tendría que poner? según he leído en comentarios anterior los beneficios por dividendos hasta 1500€ no se declaran y al ser solo acciones de compra no se... :(
- ¿Que seria mejor vender todos los derechos, comprar los derechos faltantes para una nueva acción o lo que estaba haciendo?
PD: muy buena pagina, poco a poco me voy enterando mas de este mundillo.
Gracias y un saludo.
Jesús G. · 2013-05-06
Buenos días y felicidades por tu página,
Me gustaría saber, si hay una nueva normativa para el IRPF 2012 referente a la venta de derechos y alta de acciones liberadas, puesto que estando en las mismas circunstancias que en el ejercicio 2011, Hacienda no me ha elaborado el borrador cuando en el ejercicio anterior si lo hizo.
Tanto en el 2012 como en el 2011, no he vendido/vendí ninguna acción, sólo unas cuantas ventas de derechos y alta de acciones liberadas.
Siento si no me he expresado bien.
Un saludo y gracias.
Invertir en bolsa · 2013-05-06
Hola,
Borja, lo tienes con detalle en:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-dividendos-flexibles-scritp-dividends-dividendos-eleccion-y-similares-ejercicio-2013-declaracion-que-se-presenta-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de los dividendos flexibles en 2013[/url]
Si has acudido a todas estas ampliaciones de capital liberadas (que no son realmente dividendos) y sólo has vendido los derechos sobrantes, en la declaración de 2012 no tienes que poner nada.
Lo mejor depende de de la estrategia de cada uno. Si inviertes a largo plazo, a estos precios creo que lo mejor es hacer lo que estás haciendo, acudir a las ampliaciones de capital liberadas de este tipo. Entre vender los derechos sobrantes o completar hasta la siguiente acción, la diferencia es mínima, ambas opciones son prácticamente iguales. Si vas a completar hasta la siguiente acción, comprueba antes qué comisiones te cobran por esa pequeña compra, porque puede no merecer la pena.
Jesús, en esa cuestión no ha habido cambios. No sé por qué no te habrán enviado el borrador, quizá sea por error o por alguna otra cosa que no tenga que ver con las ampliaciones de capital liberadas que comentas.
Gracias a los dos.
Juan Antonio · 2013-05-06
Hola, en plena cumplimentación del programa padre para su presentación, tengo las siguientes dudas sobre unas acciones que compramos, y perdonad si digo alguna burrada pero soy bastante nuevo en estos lares:
1)El 24/11/11 compramos 450 acciones de NH por un valor neto de 1216.09 €
2)El 13/12/11 compramos 250 acciones de NH por un valor neto de 582.69 €
3)El 15/12/11 compramos 150 acciones de NH por un valor neto de 310.62 €
4)El 19/03/12 vendemos 850 acciones de NH por un valor neto de 2369.74 €
5)El 23/04/12 compramos 500 acciones de NH por un valor neto de 1187.83 €
6)El 16/05/12 compramos 270 acciones de Nh por un valor neto de 527.42 €
7)El 22/08/12 vendemos 770 acciones de NH por un valor neto de 1900.86 €
Con estos datos la pregunta es si existe un determinado importe de beneficio mínimo (no se si son 1500€ o 3000€, o no hay) para incluir en la declaración o si por el contratio independientemente del importe del beneficio de la operación debe incluirse si o si?
Y si tennemos que incluirlo, exactamente donde se hace?
Gracias por anticipado.
Maria · 2013-05-07
Buenas noches,
Tengo acciones de BBV compradas en el año 1987 y 1998 por valor de 270 acciones- 0 euros (supongo que es de una ampliación) y 4 acciones por 7,85 (31,25€ en total) las vendí durante el año 2012 por 428€ brutos en una operación, y por 1.034 € brutos en otra venta posterior. Mi problema es que no se como declararlas en este ejercicio como ganancia patrimonial.
Muchas gracias por toda la ayuda y aclaraiones que hay en tu blog!
Invertir en bolsa · 2013-05-07
Hola,
Juan Antonio. Si el total de tus ingresos por venta de acciones + dividendos + intereses de depósitos ... no supera los 1.600 euros (y no tienes ingresos del trabajo), no tienes obligación de hacer la declaración. En caso contrario tienes que declarar todas las ventas de acciones, sean del importe que sean. Se hace en la casilla 340 y siguientes.
María, tienes que reflejarlas también en las casillas 340 y siguientes, y el PADRE te hará todos los cálculos. Sólo tienes que poner los importes de compra y de venta y las fechas. Gracias.
Un saludo.
Paco · 2013-05-08
Buenas tardes.
Tengo la siguiente cuestión referente a los derechos de suscripción:
Una compra de derechos de suscripción no genera un valor unitario de compra puesto que te "regalan" las acciones. Sin embargo estas operaciones tienen un coste referente a las comisiones que aplica el banco.
Si la venta de derechos reduce el precio de adqusición (siempre que no sea superior al valor de compra), ¿esos costes de compra como se tienen en cuenta a la hora de calcular la plusvalia en la renta?
Muchísimas gracias de antemano.
Borja · 2013-05-09
Hola
Muchas gracias por tu pronta respuesta. He leído el artículo indicado y me va quedado más claro, si tengo alguna duda respecto a ese tema lo comentare en el otro artículo ;).
De momento seguiré como hasta ahora en los procesos de dividendos elección
Un saludo
Miguel · 2013-05-09
Buenos días.
Estoy con la declaración de la renta (por rendimiento de trabajo tengo que presentarla, y al haber efectuado más de dos operaciones en bolsa no puedo pedir cita previa hacienda), y tengo una duda respecto a unas operaciones de bolsa realizadas :
01/2/12 compra acciones Apple
14/2/12 venta acciones Apple Beneficio 1000€
18/2/12 compra CFDs Apple
18/2/12 compra CFDs forex EUR/USD
24/3/12 venta CFDs Apple Beneficio 200
24/3/12 venta CFDs forex EUR/USD Perdida -2000
En general mi actividad en bolsa termino en perdida. ¿dicha perdida compensa la ganancia que tuve en mi primera operación?, ¿o por el contrario si hay que declarar el beneficio de dicha operacion aunque luego se haya incurrido en perdidas?
Gracias de antemano, un saludo. :-*
Invertir en bolsa · 2013-05-09
Hola,
Paco, las comisiones de los derechos se suman al importe de compra total. De todas formas, hablas de "compra" de derechos, ¿se entiende que te refieres a la conversión de los derechos que te corresponden en una ampliación de capital en acciones? Te lo digo porque los derechos se pueden comprar en el mercado, y en ese caso sí es una compra independiente.
De nada, Borja, me parece bien que escojas la opción de acudir a esas ampliaciones de capital.
Miguel, tienes que declarar las 3 operaciones. El saldo total es una pérdida de 800 euros, por lo que este año no tendrás que pagar nada. Esos 800 euros los podrás compensar con plusvalías que tengas entre 2013 y 2016, ambos incluidos.
Un saludo.
Paco · 2013-05-09
Hola, muchas gracias por tu pronta respuesta, la verdad es que agradezco mucho la ayuda que prestas.
En mi consulta de ayer, no usé los términos más correctos. Realmente me refiero a la tributación de las acciones liberadas, es decir, cuando la empresa de cuyos títulos valores eres propietario no te paga en dividendos, sino en acciones.
Un ejemplo, es más claro:
-> XX/XX/1: COMPRA DE ACCIONES DEL SAN (que habitúa a esta forma de pago):1.000,00 EUR (valor neto)
-> XX/XX/2: Ampliación liberada: te dan 6 acciones "gratis", pero por las comisiones bancarias te cobran 4,5EUR
-> En esa misma fecha te venden los derechos sobrantes por los cuales obtienes 1 EUR neto.
-> Posteriormente vendes las acciones y tienes que trbiutar por la plusvalia, puesto que ha sacado beneficio
¿El valor de adquisición de las acciones entonces sería de de 1.003,5 EUR?.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-05-13
Hola Paco, y gracias.
Sí, el valor de adquisición son 1.003,5 euros, y la fecha de adquisición de todas (incluidas la de la ampliación de capital liberada) es la fecha en la que compras las acciones originales (en tu ejemplo XX/XX1).
Un saludo.
MONCHY · 2013-05-13
Cómo tengo que declarar la sigueinte información fiscal del b. popular?
4-4-12 venta de preferentes, nominal 10.000 , rdto - 85 € compradas el 14-7-10
4-4-12 Canje a bonos convertibles, nominal 10.000
17-10-12 Canje de los bonos a acciones, 8.346,66 rto -1653,34.
Sin embargo el canje se hizo el 4 de octubre, por el nominal de 10.000, según la media aritmética de los 5 últimos días de cotización, a 1,636, dándonos 6.150 acc.
No entiendo por qué aparece 8.346,66 € el día 17-10-12.
Y si corresponde declarar el rto. negativo o no, por el tema de que los rendimientos negativos generados en la conversión cuando se hubiera adquirido activos financieros homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dicha operación, se integrarían a medida que se transmitiesen los que permanezcan en el patrimonio del contribuyente
Agradezco vuestra ayuda.
david · 2013-05-15
Hola me gustaria que me ayudarais con unas acciones que tengo desde hace 15 años y las he vendido en el 2012, y ahora para hacer la declaracion estoy un poco liado. Estas acciones se compraron en su momento y se han vendido sin comprar ninguna mas entre medias, El numero de titulos han cambiado debido a ampliaciones, split....
FERROVIAL:
FECHCOMPRA Nº TITULOS PRECACCION TOTAL FECHVENTA Nº TITULOS PRECIACCION TOTAL
04/05/1999 100 22,95€ 2295€ 20/04/2012 400 8,02€ 3209,20€
TELEFONICA:
FECHCOMPRA Nº TITULOS PRECACCION TOTAL FECHVENTA Nº TITULOS PRECIACCION TOTAL
09/05/200 75 24,39€ 1844,19€ 08/11/2012 84 10,14€ 841,46€
INDRA:
FECHCOMPRA Nº TITULOS PRECACCION TOTAL FECHVENTA Nº TITULOS PRECIACCION TOTAL
23/03/1999 50 8,94€ 447€ 08/11/2012 100 8,64€ 853,50€
SERVICE POINT (ANTIGUAS PICKING-PACK)
FECHCOMPRA Nº TITULOS PRECACCION TOTAL FECHVENTA Nº TITULOS PRECIACCION TOTAL
30/11/1998 1389 25pts (0,15€) 35075pts (211,3€) 08/11/2012 6 0,13€ -5,4€ (0,8-5-1,2)
Me imagino que para declararlas habra que poner el precio de venta y restar el prercio de compra, y saldran perdidas y ganancias,En estas ultimas es negaivo ya que al efectivo se le resta las comisiones y los gastos de bolsa y sale -5,4. La duda es que no puedo poner en la declaracion valores negativods ya que no me deja en el programa Padre y en las Service Point y no se como ponerlo... En principio he puesto 0€-211,3€, las ganancias menos el precio de compra, nose si esto es correcto, y como puedo poner que las ganancias son -5,40€ y no 0€.
Tengo tambiem una perdida patrimonial por vender 1 accion de service point que me regalaron en una ampliacion el 1/03/2010, que no ha podido ser compensada y pensaba meterlo en esta declaracion. La accion se vendio a 0,92€, y con gastos y comisiones da una perdida de -4,71 euros.
En el borrador que tengo de la declaracion del 2011, aparece como Precio de Transmision 5,29€ y el Valor de Adquisicion 10,00€, si se restan salen los -4,71, pero no entiendo de donde salen estas cifras, y en que casilla de la declaracion lo devo meter perdidas patrimoniales de años anteriores, es este caso del 2010.
Gracias por vuestra ayuda, sino me he explicado bien, me decis que datos necesitais. un saludo
Invertir en bolsa · 2013-05-16
Hola David,
Estas operaciones las tienes que poner en las casillas 340 y siguientes. Rellenar las casillas es fácil, pero si tienes cualquier duda, pregunta.
En el caso de Service Point, esos 5,40 euros se los sumaría al precio de compra, ya ya está.
La acción que vendiste en 2011 entiendo que la reflejaste en la declaración de 2011. Ahora, para compensar esa pérdida con las ganancias de 2012, sólo tienes que poner esa pérdida pendiente de compensar en la casilla 458.
Un saludo.
Paco · 2013-05-16
Buenas tardes,
Tengo una duda para la declaracion del año 2012. Se venden acciones de Telefonica en 2012, que se adquieren por el canje de las de Terra en 2005-2006 (no recuerdo exactamente). La fecha de adquisicion que se debe hacer constar en Renta es ¿aquella en la que se hizo el canje, o cuando se compraron las acciones de Terra?
Muchisimas gracias
Invertir en bolsa · 2013-05-17
Hola Paco,
La fecha de adquisición es la de la compra de las acciones de Terra (no la fecha del canje), porque es en ese momento cuando haces la inversión y desembolsas el dinero.
Un saludo.
Paco · 2013-05-17
Muchisimas gracias.
La verdad que prestais un gran servicio
Luismi · 2013-05-17
Hola.
Lo primero felicitarte por las ayudas que ofreces.
He leído batantes comentarios pero no me queda claro lo de imputar o no las perdidas según la recompra de acciones dos meses antes y después. Tengo el concepto a medias y cuando lo aplico no lo consigo. Te cuento mi caso esperando que me puedas explicar si imputo o no las perdidas:
Opero todo con METROVACESA:
1. 22/06/2012 compro 1379 acciones
2. 25/06/2012 compro 621 acciones
3. 26/06/2012 vendo 2000 (todas la anteriores) y tengo ganancias de 96,84 euros
4. 11/09/2012 compro 1100 acciones
5. 17/09/2012 vendo 700 acciones de las 1100, con pérdida de 89,79
6. 17/09/2012 (mismo día a otra hora) vendo las 400 que me quedaban y tengo perdidas de 94,53
7. 28/09/2012 compro 1200
8. 28/09/2012 vendo 1200 con ganancias de 44,32
Al meter las operaciones en el programa Padre para la declaración, no se cuando tengo que marcar la casilla de NO imputar pérdidas... por el rollo de los dos meses antes y después de la fecha de transmisión.
Me podrías explicar mi caso. Sobre todo indicame que fechas concretas tienes de referencia para deducir si imputo perdidas o no.
Muchisimas gracias.
Luismi.
Invertir en bolsa · 2013-05-21
Hola Luismi, y gracias.
Te puedes imputar todas las pérdidas, porque el 28 de Septiembre vendes todas las acciones que tenías en ese momento, te quedas con 0 acciones, y en los siguientes 2 meses no vuelves a comprar acciones de Metrovacesa.
Un saludo.
Alvamonte · 2013-05-21
Hola: tengo unas acciones de telefónica que pienso vender y como creo que será complicado el declarar esta venta, me estoy preparando para cuando las venda.
En el año 1977 compre 50 acciones de telefónica, después cada año, en las ampliaciones, compraba mas, y en otras ocasiones, la compañía como esta ultimo año, el dividendo te lo daba en acciones.
En medio de esto hubo un Split, que cada acción se multiplico por 3, además unas acciones de terra que tenia me la canjearon por acciones de telefónica y para más inri, cuando telefónica de desprendió de antena tres me dio unas acciones de esta empresa.
Me gustaría saber cómo calcular el valor de compra tengo que ponerle a cada acción, pues cada ampliación era diferente, la fecha de compra, etcétera.
Como se mete esto en la declaración de la renta, y si por tener tanto tiempo las acciones tienen alguna exención en la declaración.
Perdóneme mi ignorancia pero confió en sus conocimientos y sus ganas de ayudarme.
Jose Alvamonte
Luismi · 2013-05-22
Vale. Como no tengo acciones ya y no recompro en dos meses me puedo imputar las pérdidas.
Pero aún así no me queda clara una cosa, porque yo interpretaba y sigo pensando (aunque veo que no es como pienso), que si aplico lo que dice la ley de... "no se pueden imputar pérdidas si el contribuyente hubiese adquirido acciones.... en los 2 meses anteriores o posteriores a la fecha de la transmisión", yo deducía lo siguiente:
Como vendí con pérdidas el día 17/09/2012 y posteriormente compré el día 28/09/2012, me planteo: han pasado menos de dos meses entre la fecha de recompra (28/09) y la de transmisión (17/09), por lo que no me puedo imputar las pérdidas.
Según lo anterior y tu respuesta, intuyo varias cosas, por lo que te agradecería que me contestaras varias preguntas seguro sencillas y rápidas para ti pero que a mi me fallan de base:
A) Si hay varias fechas de transmisión porque hay varios movimientos con Metrovacesa, la fecha de transmisión a tener en cuenta para aplicar lo de los dos meses famosos, es la fecha de la Última transmisión a tener en cuenta en el período 2012. ????
B) Si mi último movimiento de la bolsa respecto a una Sociedad o empresa es vender quedandome a CERO acciones, significa que me puedo imputar todas las pérdidas con esa Sociedad.
C) Si en el caso que te planteo en el mensaje anterior, mi último movimiento fuera vender parte de las acciones el día 28/09/2012 y me quedo con por ejemplo 200 acciones, y no vuelvo a recomprar más, ¿las pérdidas del día 17/09/2012 me las puedo imputar o no tiene que ver?
Ya siento ser pesado. Te agradezco la respuesta.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-05-22
Hola,
Alvamonte, tendrás que hacer una lista de todas las compras, y aplicar las reglas que explico en la web para los splits, las ampliaciones de capital, etc. Si son muchas operaciones, es un poco largo, pero no hay otra forma de hacerlo. Las acciones compradas antes del 31-12-1994 sí tienen exenciones, que pueden llegar a ser importantes. Una pregunta (si no quieres responder no pasa nada), ¿por qué las quieres vender después de casi 40 años con ellas?
Luismi,
A) Hay que tener en cuenta todas las fechas de transmisión. Pero en este caso llega un momento en que vendes todas las acciones y dejas pasar 2 meses sin comprar más acciones, y eso hace que todas las ventas anteriores pasen a cumplir la condición necesaria para poder compensar las minusvalías.
B) Si, si dejas pasar 2 meses sin comprar acciones de esa empresa.
C) En este caso ya habría que echar cuentas con detalle, mirando todas las fechas de compra y de venta, el número de acciones vendidas en cada momento, etc.
Un saludo.
Polete · 2013-05-22
Hola,
Al igual que muchos compañeros llevo muy poco tiempo invirtiendo en bolsa, y quiero que sepas que tu página me ha sido de gran ayuda para entender este mundo, así que te agradezco muchísimo la ayuda que nos prestas.
El problema que tengo, y por lo que me he decidido a escribirte por primera vez, es que no soy capaz de entender como declarar las perdidas con las siguientes jugadas por la dichosa regla de los 2 meses. A ver si me puedes ayudar (simplifico las cifras para que sea más fácil de seguir)
12 Enero - Compra de 100 acciones a 22€.
6 Marzo - Compra de 100 acciones a 20€.
16 Abril - Venta de 200 acciones a 15€.
23 Abril - Compra de 90 acciones a 13€.
Creo que no podría aplicarse la pérdida patrimonial correspondiente a 90 acciones porque las he recomprado antes de dos meses, pero no estoy seguro de cómo influye que hubiese comprado 100 dos meses antes de la venta ni qué precios tendría que aplicar. ¿Se analiza como que he vendido 110 acciones (110x15 - 100x22 - 10x20 = -750€) que si puedo compensar este año, y las 90 acciones restantes valoradas a 18€ cada una (20 - (15-13)?
Muchas gracias por tu ayuda.
Invertir en bolsa · 2013-05-23
Hola Polete, y gracias.
Tienes que declarar las pérdidas reales, pero no te puedes compensar la pérdida de 90 acciones. Es decir, ese cálculo en el que te sale 18 euros por acción no hay que hacerlo.
Tú pones que has vendido 200 acciones, y que has pérdido X. Pero lo tienes que dividir en 2 líneas.
La primera línea la has calculado bien, es esa pérdida de 750 euros que SÍ te puedes compensar.
La segunda línea es la de la pérdida de 90 acciones (450 euros). Esta pérdida la tienes que reflejar como es, 450 euros, pero tienes que poner que no te la puedes compensar. Te la podrás compensar a partir de 2013, cuando vendas esas acciones, cumpliendo con la regla de los 2 meses.
Un saludo.
Enrique · 2013-05-23
En el año 1999 compré unas acciones de Terra que perdieron mucho valor y en el 2005 se canjearon por Teléfonica. Las vendí en 2012.
En el valor de compra puedo poner el de 1999 de compra de las acciones de Terra ó el del canje de 2005?
Alvamonte · 2013-05-23
Hola Luismi. Respecto a tu pregunta, solo quiero vender algunas, las suficientes para compensar una perdidas que tuve cuando vendí unos fondos de inversión.
Encontré un programa que parece que hace estas operaciones, para calcular el valor de la acciones procedentes de ampliaciones y Split, pero me gustaría saber el método para calcularlo yo y saber si lo hace bien.
Por favor dime en que parte de Web esta esa información y gracias de nuevo
Gracias Alvamonte
jacer · 2013-05-24
Buenas noches.
Lo primero, enhorabuena por la ayuda prestada a muchas personas con sus respuestas en estos temas bastante complicados y con posibles repercusiones económico-fiscales.
Ahora mi pregunta:
En el caso de ser:
1º/Cotitular (2 titulares) de un paquete de acciones de una empresa cotizada en IBEX35, referenciadas a un depósito de valores con una clave/referencia
2º/Cotitular (2 titulares) de un 2 º paquete de acciones de la misma empresa anterior, referenciadas a otro depósito de valores diferente al anterior y con una clave/referencia también distinta al primer caso.
3º/Titular único de un paquete de la misma empresa que los 2 casos anteriores, referenciadas a un depósito de valores diferente a los 2 casos anteriores y con una clave/referencia también distinta a los 2 casos citados.
Si se venden acciones, total o parcialmente, del 3º caso (del titular único), ¿como sería el tratamiento de cara a Hacienda?.
Es decir, ¿se declararía el incremento de patrimonio por parte exclusivamente del titular único, sin tener en cuenta las acciones de las que es cotitular en los casos 1º y 2º?
¿O habría que aplicar el criterio FIFO al conjunto de la suma de los casos de cotitularidad + titularidad única viendo cuáles eran las acciones más antiguas de todas?
¿Cómo lo trata Hacienda en estos casos?
Ya sé que es algo no muy habitual, pero si me puede responder se lo agradecería mucho.
Muchas gracias por anticipado
Invertir en bolsa · 2013-05-24
Hola,
Enrique, tienes que poner el precio al que compraste las acciones de Terra en 1999, no el precio al que estaban las acciones cuando se hizo el canje.
Alvamonte, el problema en ese caso es que venderás las más antiguas, que están prácticamente exentas, y por tanto no generarás esa plusvlalía que quieres para compensar con la misnuvalía que has tenido ahora.
En realidad, eso no te va ahorrar impuestos. Yo, en lugar de hacer eso (vender las acciones de Telefónica), "guardaría" esa minusvalía para compensarla con futuras plusvalías, en los 4 próximos años. Por ejemplo, con plusvalías que tengas en FIAMM (puedes utilizar FIAMM en lugar de cuentas remuneradas o depósitos), otras acciones, etc.
Jacer, el depósito 3 (titular único) es independiente de los otros 2. Tienes que aplicar el FIFO sólo al depósito 3.
Si 1 y 2 son ambos con el mismo cotitular, entonces para el FIFO 1 y 2 son una unidad. Si en 1 estás con un titular (tu hermano, por ejemplo) y en 2 con otro (tu padre, por ejemplo), entonces los 2 depósitos son independientes al aplicar el FIFO.
Un saludo.
jacer · 2013-05-24
[b]IEB[/b]: Muchas gracias por responder tan rápido. Está claro ya el asunto.
Un saludo,
Jacer
raul diaz · 2013-05-24
Hola a todos, tengo una pregunta sobre la declaracion de este año y la venta de valores. He vendido unas acciones de telefonica en el 2012 que habian sido compradas en el 2000.
Pues bine, mi declaracion me da a pagar 400€, meto la venta de acciones en la casilla 342 del programa padre, las compre por 401€ y las vendi por 354€, es decir tengo una perdida patrimonial de 46€, pero da igual que meta esta perdida en la declaracion porque el resultado no varia.
No deberia variar el resultado con esta pedida y asi tener que pagar menos???
Muchas gracais
Luismi · 2013-05-27
Muchas gracias.
Estoy enormemente agradecido por la ayuda.
Aprovecho a decir al resto de lectores que además de las valiosas aclaraciones de este foro (a mi me han ayudado mucno) merece la pena echar un vistazo a la Web porque también ofrece mucha información interesante.
Enhorabuena
Invertir en bolsa · 2013-05-28
Hola,
De nada, Jacer.
Raúl, si no has tenido otras plusvalías por venta de acciones, etc, no debería variar. Si esa es tu única operación con acciones, fondos de inversión, derivados, etc, es correcto lo que pasa. Esa minusvalía la podrás compensar con otras plusvalías que tengas entre 2013 y 2016, ambos incluidos.
Muchas gracias, Luismi.
jose · 2013-05-30
Tengo estos resultados de perdidas de compras y ventas de acciones de gamesa en 2012 y ahora en 2013 tengo ganancias me podre compensar en 2014 las perdidas de 2012 con las ganancias de 2013?
GAMESA
COMPRA 17/06/2011 504 5,8234 2.935,00 -1.295,52
COMPRA 20/06/2011 504 5,6671 2.856,23 -1.216,75
VENTA 03/01/2012 1.008 3.278,96 5.791,23 -2.512,27
COMPRA 05/01/2012 2.700 3,0966 8.360,92 -1.065,92
VENTA 24/02/2012 2.700 7.295,00 8.360,92 -1.065,92
COMPRA 05/01/2012 300 3,0966 928,99 -121,13
VENTA 24/02/2012 300 807,86 928,99 -121,13
COMPRA 05/01/2012 1.500 3,1299 4.694,83 -875,57
COMPRA 24/01/2012 550 3,2409 1.782,48 -382,09
COMPRA 24/02/2012 3.000 2,6539 7.961,78 -323,27
VENTA 27/02/2012 5.050 12.858,16 14.439,09 -1.580,93
COMPRA 27/02/2012 3.400 2,5436 8.648,39 -89,32
VENTA 28/02/2012 3.400 8.559,07 8.648,39 -89,32
COMPRA 28/02/2012 5.300 2,4437 12.951,71 -627,68
VENTA 01/03/2012 5.300 12.324,03 12.951,71 -627,68
COMPRA 02/03/2012 48 2,4263 116,46 -3,40
COMPRA 02/03/2012 952 2,3800 2.265,77 -23,45
VENTA 02/03/2012 1.000 2.355,38 2.382,23 -26,85
COMPRA 02/03/2012 1.000 2,3800 2.380,01 -14,63
VENTA 02/03/2012 1.000 2.365,38 2.380,01 -14,63
COMPRA 06/03/2012 1.800 2,2357 4.024,23 681,43
VENTA 09/03/2012 1.800 4.705,66 4.024,23 681,43
COMPRA 12/03/2012 1.800 2,5557 4.600,32 33,35
VENTA 15/03/2012 1.800 4.633,67 4.600,32 33,35
Total 23.358 59.183,17 64.507,12 -5.323,95
Gracias
COBRA · 2013-05-31
Buenas,
Tenga alguna duda que agradecería me resolvieras,
Por un lado en un comentario anterior sobre bankia comentas que si su venta es antes de un año se podría compensar con las rentas del trabajo la minusvalia generada. ¿Cuando se toma como fecha de compra el cambio de preferentes por acciones?.
Por otro lado si tengo una cuenta de valores en la que soy cotitular y otra en la que soy titular. Cuando venda acciones de un titulo que tenga en las dos cuentas, ¿que valor debo considerar el FIFO o se tratan como cuentas independientes?
Finalmente se ha comentado que no puedes solicitar cita previa al haber efectuado más de dos operaciones en bolsa. ¿Esto es asi?¿donde lo pone?
Finalmente querría hacer dos sugerencias:
Por un lado estaría bien poder ver un ejemplo de como se completan las casillas de la renta para los movimientos de acciones y dividendos (para el caso de este foro, y lo mismo en los otros respecto a su tema, dividendos...)
Por otro en caso de que se pueda realizar, estaría bien que existiera unos hiperenlaces de tus respuestas del foro a las preguntas que formulas, o que tu comentario apareciera tras la pregunta.
Un saludo y gracias por esta fabulosa pagina
Invertir en bolsa · 2013-05-31
Hola,
Jose, entiendo que el 15/3/2012 con esa venta te quedas sin acciones de Gamesa y estás dos meses sin comprar, así que en ese casi sí que puedes compensar esas pérdidas con las ganancias que tengas en 2013.
Cobra, la fecha de compra es la del canje de preferentes, sí.
Esas dos cuentas son independientes para el FIFO, van cada una por su lado.
No sé las condiciones exactas que hay para solicitar cita previa, pero sí creo que a partir de una cierta complejidad no se puede. Lo que pasa es que no sé cuál es la frontera de esa "cierta complejidad", en el teléfono de Hacienda te lo dirán.
En el subforo de fiscalidad tienes ejemplos como el que pides, con impresiones de pantalla, etc. Y si el que quieres no está, puedes abrir un hilo y pedirlo.
Lo de los hiperenlaces no lo entiendo bien, en el foro están, ¿o te refieres a los comentarios de los artículos (donde estamos ahora?
Un saludo.
cobra · 2013-06-04
Gracias por la información,
Desconocía que se podía encontrar más información al respecto en los foros.
En cuanto a los hiperenlaces, me refería a los de esta pagina, de tal forma que veas la duda de un compañero y pinches en algun enlace que te lleve a las contestaciones, o al reves.
Un saludo y gracias
Invertir en bolsa · 2013-06-04
Hola Cobra, y gracias.
Hay varios subforos, y uno de ellos es de fiscalidad:
http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/forumdisplay.php?9-Fiscalidad
La idea de los hiperenlaces estaría bien, pero habría que hacerlo "a mano", y me quitaría tiempo para otras cosas, como responder más preguntas. No lo había pensado, y me parece buena idea, pero no tengo tiempo para todo.
Un saludo.
QUINO · 2013-06-09
BUENOS DÍAS, QUISIERA SABER SI EL CONTRA SPLIT DEL BANCO POPULAR AFECTARÍA A MIS MINUSVALIAS.
POR EJEMPLO:
COMPRE 1000 ACCIONES EN EL 2007 A 5,15
LAS VENDO AHORA A 0,62 O ESPERO AL CONTRA SPLIT?
GRACIAS Y UN SALUDO
Alvaro · 2013-06-09
Mi madre tiene 1900 acciones de Telefónica desde hace un montón de años (años 70). El número de acciones ha subido poco a poco debido al pago de dividendo en acciones en varias ocasiones. Por otro lado las acciones están a nombre de los dos (de mi madre y mío). Me gustaría saber:
1. Estando las acciones a nombre de los dos, si las vendo ¿Quién las debe declarar, mi madre o yo?
2. He pensado en vender las acciones pero no consigo enterarme a qué precio se compraron en su día, ¿Qué debo hacer para saber el precio de compra?
3. ¿Me puede indicar, aproximadamente, que plusvalía me generarían estas 1900 acciones si las vendiese ahora (10,44 €)?
Muchas gracias y espero su respuesta.
Cesar · 2013-06-11
Hola, enhorabuena por el foro, y que he descubierto hoy.
Mi consulta de novato es la siguiente:
En el año 2012 tuve minusvalías, y entiendo que puedo compensarlas con plusvalías de los próximos 4 años.
Para poder compensarlas, tengo que anotarlas en el apartado de la declaración del 2012, o no tengo que anotarlas para poder incluirlas (por ejemplo) en la próxima declaración del 2013 para poder compensarlas?
Dicho de otra forma, si anoto este año el precio de compra y venta, tras el que se ven las minusvalías en la declaración, sigo pudiendo compensarlas en futuras declaraciones?
Gracias y saludos,
César
Invertir en bolsa · 2013-06-11
Hola,
Quino, el contrasplit no afectará a tus minusvalías. Cuando se haga (es 1 x 5 en este caso), pasarás a tener 200 acciones compradas a 25,75 euros.
Álvaro:
1) Los dos, cada uno la mitad de las que se vendan.
2) Deberíais tener los papeles. Si se han perdido, puede ser complicado. Habría que preguntar al broker, pero a lo mejor no guarda datos tan antiguos. Por otro lado, seguramente Hacienda tampoco los tiene.
3) Casi todo. No tengo datos de cotizaciones tan antiguos, pero en este tiempo ha subido muchísimo. En aquella época debía cotizar bastante por deabjo de 1 euro. Lo que pasa es que al ser una compra anterior a 1994, la mayor parte de las plusvalías estarán exentas.
¿Por qué las quieres vender, después de tantos años?
Muchas gracias, César. Las minuvalías tienes que reflejarlas en el año en que se producen (2012 en este caso), porque si no luego no las podrás compensar. La forma de poder compensarlas en el futuro es precisamente reflejarlas en esta declaración de 2012.
Un saludo.
Alvaro · 2013-06-11
Muchas gracias por tu respuesta.
Te diré que he intentado enterarme del precio de compra de estas acciones de Telefónica, en el Banco Santander, que es quien las gestiona desde el principio, pero me dicen que no disponen de datos tan antiguos.
Me preguntas "¿Por qué las quieres vender, después de tantos años?: la verdad es que el único interés que me mueve a planteármelo es precisamente el hecho de resolver la situación de que la titularidad es compartida y no sé que problemas me puede generar en el futuro. En todo caso, y al hilo de tu pregunta, ¿te parece adecuado que las mantenga? Muchas gracias por tus respuestas y por este foro tan interesante.
María · 2013-06-11
Buenas tardes!
Estoy aprendiendo mucho, pero aún tengo una duda.
Si tengo acciones del Santander de las que siempre he cambiado los dividendos por acciones nuevas y sólo he vendido lo restante de poder realizar esta conversión de dividendos en acciones nuevas, operaciones por la que me han cobrado 6 euros cada vez, me puedo desgravar eso en la renta? en qué casilla?, sigo teniendo las acciones. Además el banco me cobra mantenimiento por la cuenta de valores, eso también lo puedo desgravar? en que casilla? Xq si no he vendido nada no entiendo cómo debo actuar.
Gracias!
Raúl · 2013-06-11
Buenas noches,
Tengo una duda con la declaración de este año. Compré acciones de iberdrola renovables por valor de 1600 euros. Con la fusión con iberdrola, en el canje de acciones, me quedé con X acciones con un valor de unos 800 euros, pero dieron un dividendo por la diferencia en la perdida con el canje. No tengo nada claro como declarar esto... Compre a 1600 y vendi por unos 900, pero por otra parte tengo los 800 de dividendo... ¿Qué debo hacer?
Muchas gracias por la ayuda;)
manest · 2013-06-12
Buenos dias,
mi pregunta va en referencia a la venta de unas acciones de Zeltia compradas en 2001 por 600 € y vendidas en 2012 por unos 70 €.
En la declaracion no informe de las minusvalias, por lo que llame a Hacienda y me indicaron que tenia que presentar escrito indicando el descuido para que lo tuvieran en cuenta, solicitando modificaran la autoliquidacion.
Como deberia haber informado en el programa padre 2012? Los gastos que se generaron en su dia en la compra tambien deberia informarlos? Entiendo que no ya que ya se informaron en la liquidacion del primer año, verdad?
Gracias!
Invertir en bolsa · 2013-06-13
Hola Álvaro,
No me extraña que no tengan los datos en el banco. Si te sirve de algo, no creo que Hacienda los tenga tampoco.
No sé si tienes una [url=http://www.invertirenbolsa.info/estrategias_inversion.htm]estrategia de inversión[/url]. Si la tienes, díme cuál es y lo pienso, y si no la tienes, te recomiendo que mires la posiblidad de invertir a largo plazo (o sea, seguir, porque ya lo estás haciendo). La forma de ganar dinero en la Bolsa es precisamente lo que ha hecho tu madre, comprar acciones de buenas empresas y mantenerlas indefinidamente:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=997]Beneficios de la inversión a largo plazo buscando la rentabilidad por dividendo[/url]
Yo creo que en lugar de vender estas acciones, lo suyo sería que las mantuvieras y comprases acciones de más empresas.
La rentabilidad que ha conseguido tu madre entre revalorización y dividendos con esas acciones es espectacular, seguro.
Para evitar lo de la titularidad conjunta, lo que haría es ir al banco y decir que separan esa cuenta en dos cuentas, una a nombre de cada uno. Así haces lo que quieres sin tener que vender las acciones.
María, la comisión de mantenimiento se desgrava cada año. La tienes que poner en la casilla 024.
Los 6 euros que te cobran por la venta derechos lo que hace es aumentar el valor de compra de las acciones. De momento no lo desgravas, pero el día que las vendas, si las vendes, el precio de compra con el que calcules la plusvalía / minusvalía estará aumentado por todas esas comisiones.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-06-13
Hola Raúl,
Eso no es una venta de acciones, sino un canje.
El dividendo lo tienes que declarar como dividendo (en la casilla 024).
El canje no lo tienes que declarar. Lo que tienes que hacer es calcular tu precio de compra de Iberdrola.
Supongamos que compraste 400 acciones de Iberdrola Renovables a 4 euros, y en el canje te dan 200 acciones de Iberdrola. Eso quiere decir que pasas a tener 200 acciones de Iberdrola a 8 euros (1.600 / 200). De momento no tienes que declarar nada. Si en el futuro vendes Iberdrola, el precio de compra de esas acciones será de 8 euros.
De todas formas, este canje se hizo en 2011, así que lo tendrías que haber declarado el año pasado, no este.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-06-13
Hola Manest,
Eso hay que ponerlo en las casillas 340 y siguientes. Los gastos de compra también influyen, aumentando la minusvalía. Los gastos de compra no se declaran en el momento de hacer la compra.
Tienes que hacer una declaración complementaria, como te han dicho. Y cuando las complementarias son a favor del contrinuyente, se hacen presentando un escrito, efectivamente, con todos los documentos que consideres pertienentes para apoyar tu petición.
Un saludo.
Thomas Laursen · 2013-06-13
Comprendo que, desde el ano que viene, hay que separar las ganancias en ganancias de acciones que no tenia mas de un ano y ganancias de acciones que tenia mas de un ano. Yo tengo algunas perdidas de 2012 que no puedo utilizar en la declaracion 2013 por la regla de 2 meses. Mi duda es si podre usar mis perdidas de 2012 para compensar ambos tipos de ganancias que voy a declararar en 2014. Espero que mi pregunta sea comprendible. Muchas Gracias..Thomas
Invertir en bolsa · 2013-06-14
Hola Thomas,
Entiendo la pregunta, pero Hacienda aún no ha aclarado totalmente cómo se hará esto en el caso de las pérdidas hasta 1 año que quedaron pendientes de compensar a 31 de Diciembre de 2013. En este artículo puedes ver lo que sé hasta ahora, y e iré formando de las novedades que haya sobre este punto:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
Un saludo.
Raúl · 2013-06-14
Buenos días,
Ya escribí hace poco mi duda, pero no me queda del todo clara la respuesta. A ver si detallando un poco más mis operaciones, me puedes ayudar! Muchas gracias de antemano por la ayuda que nos prestas a todos!
- Compré 600 acciones de Ibredorla Renovables por un valor de 1629,60 euros (+comisión broker de 11,91 euros)
- Iberdrola Renovables se fusionó con Ibredrola SA. En el canje de acciones pasé de 600 acciones a 190 acciones. En el momento del canje se me hizo un ingreso de 720 euros en concepto de devolución de primas de emisión (DP).
- Finalmente vendí las 190 acciones por un valor de 856,52 euros (+comisión broker de 11,76 euros).
No tengo claro lo de la devolución de primas de emisión, y lo que leo no me aclara nada. Si cuenta como venta de acciones, tendría que sumar 720 + 856,52 y restarle el precio de compra y declarar ese neto?
Un saludo.
luismi · 2013-06-17
Hola.
Quería que me confirmaras mis cálculos. Es el primer año que tengo que hacerme yo la declaración al haber comprado en bolsa y se me plantean dudas y dudas....
El 28/06/2012 compro 700 acciones de Sabadell
El 27/09/2012 vendo las 700 con ganancias
El 01/10/2012 compro 1300 de Sabadell
El 23/11/2012 vendo 700 de las 1300 y tengo PERDIDAS
Por tanto me quedo con 600 acciones.
1. Puedo imputarme pérdidas por las 700 acciones vendidas en Noviembre ¿verdad?. O al mantener 600 no puedo hasta que las venda ????
2. ¿Cambia algo la respuesta a la pregunta anterior porque en Mayo de 2013 he vendido las 600 y no tengo ninguna intención de comprar en dos meses?. He tenido tb pérdidas.
Invertir en bolsa · 2013-06-17
Hola, Raúl.
La prima de emisión lo que hace es rebajar el precio de compra, en el momento de cobrarla no se tributa por ella.
1.641,51 - 720 = 921,51
921,51 / 190 = 4,85
4,85 euros es tu precio de compra de las 190 acciones de Iberdrola. Pero hasta este momento no tienes que pagar nada a Hacienda.
Al vender esas 190 acciones de Iberdrola es cuando tienes que calcular la plusvalía o minusvalía. En este caso:
868,28 - 921,51 = -53,23
Tuviste una minusvalía de 53,23 euros, y eso es lo que tienes que declarar.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-06-17
Hola Luismi,
1) Sí te puedes imputar esa pérdida, no incumple la regla de los 2 meses, porque es una venta parcial de una compra única "original".
2) No cambia nada, esta pérdida la podrás imputar en 2013.
Un saludo.
luismi · 2013-06-18
Me queda claro. Muchas gracias.
Por cierto, declaración de la renta presentada !!!!!!! que ya tenía ganas.
:)
lm · 2013-06-22
Hola,he visto que estás muy puesto en todo esto del Irpf y acciones y por eso solicito una ayuda.
El año 2012 tuve una pérdida patrimonial con la compra de acciones.Compré a crédito y vendí con pérdidas en el mismo año(2012).
Creo que las pérdidas se pueden compensar en los próximos 4 años.Y no quiero meter la pata en la declaración actual y que no pueda compensar con ganancias(espero tenerlas) en los siguientes 4 años.
La duda es por el asunto de ganancia/pérdida generada en período superior o inferior al año.
Yo tengo unas pérdidas generadas en un período inferior al año(son acciones compradas y vendidas en 2012).
Generalmente compro y vendo acciones a corto plazo.Prácticamente siempre menor al año.
LA cuestión es : en los próximos cuatro ejercicios podré compensar esas pérdidas(generadas en menos de un año) con ganancias generadas en período inferior al año( en los ejercicios siguientes)?
Este año ya he comprado y vendido acciones y el saldo es positivo.Es decir, en este ejercicio fiscal del 2013 ya tengo ganancias con un período de generación inferior al año.
Suponiendo que me vaya bien en bolsa y al final del 2013 el saldo sea positivo, podré compensar esas ganancias (repito , con generación inferior al año) con las pérdidas que declaro en este ejercicio de 2012?
Muchas gracias y saludos.
Invertir en bolsa · 2013-06-24
Hola,
De nada, Luismi. Se queda uno más tranquilo cuando la presenta, sí, al menos te quitas un peso de encima, aunque aún tengas que dar a Hacienda más dinero de la enorme cantidad que ya le has ido dando a lo largo del año.
Gracias, LM.
Pues precisamente ese detalle no está claro en la Ley, y en Hacienda no saben responder (es decir, responden, pero sin mucha seguridad, y he llamado varias veces y me han dado varias respuestas distintas).
Lo que sé sobre eso lo tengo escrito en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
Cuando sepa la respuesta definitiva, la pondré en ese artículo.
Un saludo.
Chus · 2013-06-25
Buenas,
tengo pequeñas plusvalías por un total de 600€ y una "sola" minusvalía por 2000€. Si lo compenso me quedarían 1400€ de esa única minusvalía que podría compensarme en los 3 siguientes años?? ó al ser de un único valor y habiendo sido compensado ya en parte en esta Renta 2012 no podría hacerlo en próximos años....
Gracias,
es una pasada poder resolver este tipo de dudas tan facimelmente por gente como tú.
Saludos
Invertir en bolsa · 2013-06-26
Muchas gracias, Chus.
El número de operaciones es indiferente. Sí las puedes compensar, y en los próximos 4 años.
Imagino que esas operaciones (las ganancias y la pérdida) se habrán producido en 2012.
En ese caso, esos 1.400 euros que te quedan por compensar los puedes compensar entre 2013 y 2016, ambos incluidos.
Un saludo.
Chus · 2013-06-26
OK gracias,
sí claro, perdidas y ganancias son ambas ejecutadas en el 2012.
S2
Pedro · 2013-07-22
Hola, trabajo en una empresa en la que como parte de un bono de objetivos de resultados del año pasado, me han ofrecido opciones sobre acciones a un precio inferior a la cotización actual, con lo que si la ejecuto, sacaría beneficio (en teoría), esas acciones cotizan en un mercado extranjero, ¿cuál sería el tratamiento fiscal de la plusvalía en este caso?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-07-24
Hola Pedro,
Las plusvalías obtenidas con acciones extranjeras tienen el mismo tratamiento fiscal que las obtenidas con acciones españolas, y que es la que ves en este artículo.
Pero en un caso como el tuyo, debes preguntar a tu empresa si cumples condiciones para tener exenciones fiscales. Si son menos de 12.000 euros y las mantienes 3 años, no pagarás por las plusvalías, por ejemplo. Pero tienes que aseguarte en tu empresa que en tu caso se cumplen todos los requisitos para esta exención.
Un saludo.
Pedro · 2013-07-26
Hola de nuevo,
En relación a la respuesta anterior, ¿me podrían indicar qué requisitos son los que debería cumplir?
¡Muchas gracias!
Richard Lukonde · 2013-08-20
Hola,
a mi me surge una duda con la fiscalidad del traspaso de fondos y su fiscalidad.
Si traspaso Fondo A a Fondo B y reembolso el Fondo B.
cuando hago una simulación fiscal en mi banco, Bankinter, me aparecen fechas y números muy raros.
es como si el banco hiciera un prorrateo del valor de compra, pero con los VL Fondo B, y asignando fecha completamente nuevas.
Podrías explicar cómo se hace dicho prorrateo?
Saludos y gracias
Richard Lukonde
Invertir en bolsa · 2013-09-12
Hola Richard,
No sé qué prorrateos hace Bankinter con los traspasos de fondos. Es más fácil verlo con el dinero aportado.
Ten en cuenta el dinero que metes en el fondo A, y el que sacas del fondo B. Con eso se ve más claramente lo que tienes que pagar, o no.
Si me pones los números, aunque sean imaginarios, te lo explico con tu caso concreto.
Un saludo.
Rafa · 2013-10-07
Buenas noches
Con buena fe y total ignorancia, en 2011 vendí unas acciones que tenía únicamente a mi nombre, y la semana siguiente las volví a comprar a nombre de mi esposa y mío.
En la venta se produjeron unas minusvalías que no pude compensar por la regla de los dos meses.
Tengo una duda: esas minusvalías no se podrán compensar con plusvalías obtenidas en 2013?
Gracias por anticipado, y un saludo
Invertir en bolsa · 2013-10-07
Hola Rafa,
Esas minusvalías las podrás compensar cuando vendas las acciones que compraste incumpliendo la regla de los 2 meses, y dejes pasar 2 meses sin comprar más acciones de esa empresa. Eso puede ser en 2013, o en años posteriores.
Un saludo.
Rafa · 2013-10-07
Buenas tardes
Muchas gracias por tu rápida respuesta.
Tengo una duda. Las minusvalías de las que estamos hablando podrían ser compensadas también por la venta de otras acciones no relacionadas con las que originaron la minusvalía?
Muchas gracias, y un saludo
Invertir en bolsa · 2013-10-08
Hola Rafa,
Sí, claro. Incluso pueden ser compensadas con ganancias en fondos de inversión, inmuebles, etc.
Un saludo.
jose · 2013-10-09
un saludo.
Tengo entendido que cuando recuperas las acciones, si la compra fue hace mas de 10 años, tienen desgravación.
Invertir en bolsa · 2013-10-09
Hola Jose,
No es así, las acciones compradas hace 10 años no tienen desgravación.
Sí tienen desgravación las acciones compradas antes del 31-12-1994. La fórmula es un poco complicada, pero el PADRE la calcula automáticamente.
Un saludo.
Miguel Angel Lopez · 2013-10-16
Hola, no sé que precio de compra debería poner al hacer una futura declaración de Hacienda con unas acciones obtenidas en una ampliación de capital en lugar de haber cobrado los dividendos. Te pongo la situacion real con las diferentes adquisiciones:
29/12/08 ..... 450 acciones a 6,63 ......... 2,983
11/02/10 ...... 9975 acciones a 9,992 .... 97.672
28/07/11 .......1089 acciones a 7,21 ....... 7.852
Ahora en vez de dividendos opto por coger 275 acciones.
Si hago una venta por ejemplo de 10.000 acciones debería poner las 450 a 6,63 y las 9550 restantes a 9,992.
Efectuo a los 3 meses la venta del resto, pondría 425 a 9,992 y las 275 de la ampliación a que precio se pondrían? Esta bien hecho el resto de los cálculos?
Muchas gracias y un saludo
Miguel Angel Lopez · 2013-10-16
Hola, perdona pero acabo de leer el mensaje anterior y he puesto mal las "ventas", los datos correctos serian:
Venta 10.425 acciones .... 450 a 6,63 y 9975 a 9,992
Segunda operación: 1.089 acciones con valor compra a 7,21 y las 275 de la ampliación no sé el precio.
Gracias y perdona el error
Invertir en bolsa · 2013-10-16
Hola Miguel Ángel,
Eso son ampliaciones de capital liberadas, y la fiscalidad es la de las ampliaciones de capital liberadas. Creo que con este artículo te quedará claro, pero si no es así, vuelve a preguntar:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Un saludo.
Carlos · 2013-10-18
Hola Miguel Angel,
Tengo una duda con la venta de los derechos en el mercado. Me queda claro que minoran el precio de la acción, pero me han dicho que al hacer la declaración de la renta el año pasado, en el País Vasco,aparecía el importe de la venta de los derechos en el mercado,como diviendo. Es posible¿
Minoran el precio de compra, pero solo si vendes las acciones dentro del mismo año o pueden minorar el precio despues de vender a los tres años por ejemplo¿
No se si queda muy claro, gracias por tu opinión
Saludos
Invertir en bolsa · 2013-10-21
Hola Carlos,
Hacienda da la información de que has vendido esos derechos en los informes que envía en la campaña de la declaración del renta. A veces, hay operaciones que en esos informes no están bien descritas.
La trinutación de la venta de derechos en el mercado es la que dices, reducen el precio de compra de las acciones, y por la venta de los derechos no hay que pagar nada.
Un saludo.
Mario · 2013-10-25
Buenas tardes:
Tengo un paquete de acciones de la misma empresa que he comprado en 2010, si las vendiese ahora, que estoy ganando dinero con ellas ¿cómo tributarían?. ¿Podría simplemente meterlas como rendimientos del capital mobiliario? o ¿podría incluirlas en la base general y reducir mi rendimiento íntegro por la venta de acciones en un 40%? (igual estoy confudiéndolo con otras posibles opciones).
Muchas gracias.
Saludos,
Mario.
Invertir en bolsa · 2013-10-28
Hola Mario,
No me queda clara la situación. Si en 2013 vendes acciones compradas hace más de un año, tienes que tributar entre el 21% y el 27%:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
¿Es esto lo que preguntas?
Un saludo.
Pafouzar · 2013-10-29
Estimado Invertir,,,:
La mía es una duda que puede parecer hasta tonta pero no encuentro manera de solucionarla, no trata sobre rentabilidades,tramos de IRPF,etc,sino de lo siguiente. Tengo acciones del Santander y de Telefónica desde hace una porrada de años, las clásicas que te compraban tus padres cuando eras un crío y no es que tenga más o menos intención de deshacerme de ellas pero es que alguna vez que me lo he planteado y he querido ver como me influiría fiscalmente me ocurre que no sé la antiguedad de las mismas ni como han evolucionado desde su compra ( ampliaciones de capital, dividendo en forma de acciones, etc,etc ) es decir, que no sé las que tenía en el momento de su compra y menos aún su valor en aquel momento.
¿ Cómo podría saber todo esto ? Me imagino que en las entidades depositarias de las mismas, que para más complicación cambié hace un par de años ( las del santander estaban en el santander y las de telefónica en caixa galicia con todo el lio que tienen ahora ) Alguna vez lo pregunté en el banco y supongo que por no pasar trabajos me dieron respuestas bastante vagas.
Te agradecería que me comentaras algo o sí simplemente declaro todas adquiridas anteriormente al 91 y están "exentas"
Muchas gracias por anticipado
Invertir en bolsa · 2013-10-30
Hola Pafouzar,
De vez en cuando me comentan casos similares al tuyo, y la solución no está clara.
Lo ideal sería que hubieses guardado todal la información, porque ahora va a ser muy difícil conseguirla.
Después de tantos años, es posible que en tus entidades financieras no tengan esos datos disponibles. Lo primero es preguntarlas (a las anteriores, las nuevas no los van a tener).
El problema es que ya ninguna acción está exenta al 100%. Siendo anterior al 91, estarán casi exentas, pero no del todo. Así que si las vendes tendrás que poner un precio de compra.
Si no se sabe el precio de compra, en teoría hay que poner 0. Siendo acciones cotizadas, podrías buscar datos del año de la compra, y poner algo por encima de 0.
Por otro lafo, no creo que Hacienda tenga tampoco esos datos.
Un saludo.
Pafouzar · 2013-10-30
Muchas gracias por tu comentario y perdona porque he visto algo más arriba que ya habías respondido una pregunta similar, efectivamente algún amigo mío del sector de banca me dice que es un embrollo vender ese tipo de acciones, de todas formas no me quedo muy tranquilo con que Hacienda no tenga esos datos porque actuará como mejor le parezca y el que tendré que demostrar la anterioridad a 1991 seré yo, que por lo visto, lo tendré complicado.
Gracias por tu respuesta y por unas informaciones muy interesantes las que aquí compartes.
Invertir en bolsa · 2013-10-31
De nada, Pafouzar.
No son situaciones claras, efectivamente.
Cuando no puedes demostrar el precio de algo, Hacienda considera que es 0, y que por tanto el importe íntegro de la venta es plusvalía.
Por otro lado, son buenas empresas, y si inviertes a largo plazo yo no las vendería.
Un saludo.
tino · 2013-11-21
Hola,
Tengo 170 inditex compradas no me acuerdo cuando pero creo que al poco de salir al mercado a 18. Si las vendo, ¿que tendré que pagar a hacienda?
Un saludo
serafina · 2013-11-21
Hola,tengo un cacao mental con eso de la fiscalidad, te cuento: tengo una cartera de 100.000(virtual) y con él he ido comprando y vendiendo acciones(de españa,de estados unidos y de materias primas) y me quedan 99.325, ésa es la cantidad que tengo que tributar? entonces tendría que tributar por el 27%? y cómo descuento lo he perdido por cada compra-y venta?? No sé si me explico bien
eba · 2013-11-22
Hola me ha gustado mucho ésta página, ya que nos ayudas mucho
Mi pregunta es la siguiente:
Desde el año 2004 he ido comprando acciones de Jazztel hasta el año 2011, pero en este año en concreto en el mes de agosto las he vendido todas, obteniendo unas plusvalias de unos 80000 euros.
En el mes de septiembre volví a comprar acciones también de Jazztel, en estos momentos tengo minusvalias latentes (no he venido todavía).
Mi pregunta es la siguiente, si vendo ahora las acciones y obtengo minusvalías, puedo compensarme éstas minusvalías aunque no pasaron dos meses desde la primera venta.
Te doy las gracias de antemano, por la ayuda que nos prestas.
Un saludo. Eba
Invertir en bolsa · 2013-11-22
Hola Tino,
Es una plusvalía de más de 1 año. Tendrás que pagar entre el 21% y el 27%, lo tienes en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en el ejercicio 2013[/url]
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-11-22
Hola Serafina.
Se tributa por lo que ganes y/o pierdas en cada operación que ya hayas cerrado, no por el dinero que tengas.
Tienes que ver cuánto has ganado en todas las operaciones que ya hayas cerrado, restarlo lo que hayas perdido (suponiendo que hayas respetado la regla de los "2 meses"), y pagar por la diferencia, si es positiva. La tabla del 21% al 27% la aplicas a esta diferencia, no al dinero que tengas en la cuenta.
Si esa diferencia es negativa, entonces la podrás compensar con ganancias en los próximos 4 años.
He obviado algunos detalles, como la diferencia entre operaciones de hasta 1 año y de más de 1 año, pero básicamente es así como se tributa.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-11-22
Hola Eba, y muchas gracias.
Si las vendes ahora no las podrás compensar, pero porque las plusvalías son de más 1 año y las minusvalías serían de hasta 1 año, y no se pueden compensar entre sí. Si vendieras y dejaras 2 meses si comprar respetarías la regla de los 2 meses, pero no las podrías compensar por no ser del mismo tipo (más o menos de 1 año).
Un saludo.
serafina · 2013-12-15
Hola de nuevo jejje, te comento:
He obtenido este año(2013) una ganancia patrimonial de 1880 euros(en 3 meses), y según la ley del IRPF de este año, en vez de intregar esa cantidad a la base imponible del ahorro, le tengo que integrar en la base imponible general; a la hora de hacer la declaración,y suponiendo de que vivo en madrid, cúal sería la forma de proceder?? ES DECIR NO SÉ CUÁNTO TENDRIA QUE PAGAR A HACIENDA, si hay que hacer alguna retención en origen o qué porcentajes hay que aplicar sobre esa ganancia,PORFAVOR SOCORRO!!
Invertir en bolsa · 2013-12-16
Hola Serafina,
Es muy fácil. Lo único que tienes que hacer es bajarte el PADRE en Mayo-Junio de 2014 y hacer la declaración del IRPF. Como has superado los 1.600 euros, estás obligada a presentarla.
Pero con los mínimos personales, probablemente no tendrás que pagar nada, e incluso te devolverán lo que te hayan retenido de depósitos, dividendos, etc.
De momento no tienes que hacer nada, ni retenciones ni ninguna otra cosa. Sólo presentar la declaración del IRPF en Mayo-Junio de 2014.
Un saludo.
Juanjo · 2014-02-19
Hola, gracias de antemano:
Como verás no tengo ni idea de acciones, ni de inversiones, por eso te pregunto esto.
Yo tenía 15.000 € (15 títulos) en obligaciones subordinadas de Bancaja (Bankia). Y te pongo los movimientos que aparece en mi cuenta de valores tras el canje:
Fecha Tipo de operación Valor Títulos Efectivo Cambio de operación
21/05/2013VENTA A VTO.OB.SUB BANCAJA 10E 15 Titu. 13.529,11 EUR 0,0000 EUR
23/05/2013SUSCRIPCIONAC. BANKIA 05/13 9.980 Acc. 13.499,57 EUR 1,3526 EUR
28/05/2013SALIDA EQUIPARACIONAC. BANKIA 05/13 9.980 Acc. 0,00 EUR 0,0000 EUR
28/05/2013ENTRADA EQUIPARACIONAC. BANKIA, S.A. 9.980Acc. 0,00 EUR 0,0000 EUR
Como verás en ese momento mis 9980 acciones tenían o me le vendieron por 13.499,57 (o las compre?) ni idea. El caso es que las quiero vender porque ahora mismo están en 1,52 € que multiplicado x 9980 € = 15.169 € para olvidarme de las acciones porque no tengo ni idea y salir de esta pesadilla.
He leido algo que si vendes las acciones antes de que se cumpla 1 año, luego tienes que pagar mas impuestos. ¿que fecha exacta se cumple el año en mi caso?
En mi caso desde que fecha podría vender sin que me afecte mucho a la hora de la declaración del irpf?
La venta de acciones tienen muchas comisiones, gastos, etc?
Yo lo único que quiero es recuperar mis 15.000 € íntegros y olvidarme de todo este embolao en el que me metieron, porque es que no tengo ni idea ni de como vender mis acciones, pero bueno iré al banco para que me informe de como se venden, pero quiero tu opinión, porque ya no me fío del banco.
Muchas gracias por todo.
Invertir en bolsa · 2014-02-19
Hola Juanjo,
Entiendo que en un caso asi quieras vender.
Las acciones de Bankia las compraste con fecha 23-5-2013, y es a partir de ese día cuando tiene que pasar 1 año para pagar menos a Hacienda.
Al vender las preferentes tuviste una pérdida, que tendrás que poner en la casilla 026. Esta pérdida se compensa con otras rentas del capital que tengas, pero no con la ganancia de la venta de las acciones de Bankia.
Entiendo que lo hayas pasado mal con todo esto, pero te recomiendo que estudies la Bolsa, porque es una muy buena inversión a largo plazo. Creo que dentro de unos años Bankia valdrá más que ahora, pero ahora mismo creo que hay otros bancos más baratos. Veo bien que vendas las Bankia, para cerrar este tema y empezar de cero. Creo que psicológicamente es lo mejor, y financieramente también me parece una buena opción.
Vender es muy fácil, si vas a la sucursal, rellenarás un impreso muy sencillo y ya está.
Un saludo.
Juanjo · 2014-02-19
Hola:
Muchas gracias por contestarme tan rápido. Pero sigo teniendo dudas:
Me dices que al vender mis obligaciones subordinadas tuve una pérdida y que esa pérdida tengo que ponerlo en la casilla 026
¿puedes decirme según mi caso, cuanto perdí en la venta de mis obligaciones?
es que no sé si la pérdida es :
15.000 - 13.529,11 = [b]1.740,89[/b] ó la pérdida ha sido
15.000 - 13.499,57 = [b]1.500,43[/b]
Luego me dices que esa pérdida la puedo compensar con otras rentas de capital que tenga ¿podría compensarla con lo que me han retenido de los intereses de algún depósito o de alguna cuenta que da intereses?
Me queda claro que hasta el 23/05/14 no se cumple el año desde la compra de las acciones, pero como no me atrevo a esperar hasta esa fecha, no vaya a ser que baje las acciones, mi pregunta es:
Si vendiera hoy obtendría 9980 x 1,563 = 15.598,74 por lo que ya recuperaría mis 15.000 €, pero al vender antes de cumplir el año, ¿cuanto tendría que pagar de impuestos a hacienda por vender antes del año? ( es que no se si la plusvalía es de 15.598,74 - 15.000 = [b]598,74 [/b] y si fuera así, cuanto se llevaría hacienda de mi dinero.
¿Podrías decirme mas o menos cuanto se llevarían de comisión por venderme las acciones el banco?
Perdona por tantas preguntas, pero es que no tengo ni idea, nunca en mi vida he tenido acciones, yo siempre he sido de depósitos como mucho, bueno con la excepción de las dichosas subordinadas.
Muchas gracias.
Invertir en Bolsa · 2014-03-03
Hola Juanjo,
La pérdida es 15.000 - 13.529,11 = 1.479,89. Esta pérdida se puede compensar con intereses de cuentas y depósitos, sí.
Si vendes las acciones la plusvalía sería 15.598,74 - 13.499,47 = 2.099,27.
Estos 2.099,27 euros los tendrías que poner en tu declaración, y pagarías por ellos tu tipo marginal. Si tu marginal es el 30%, por ejemplo, pagarás 2.099,27 x 0,3 = 629,78 euros.
Por vender estas acciones te cobrarán unos 10-20 euros de comisión, más o menos.
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Un saludo.
Juanjo · 2014-03-05
Muchas gracias por tus aclaraciones, según las cuentas si vendiera ahora no recuperaría todo mi dinero, ya que parte de las ganancias se la llevaría los impuestos, así que creo que esperaré a cumplir el año a no ser que la acción suba mucho en estos días.
Lo más seguro que cuando se acerque la declaración de hacienda te haré alguna pregunta, casi seguro, aunque entiendo que si vendo en este año, cuando tenga que declarar la venta de las acciones de este año (2014) lo tendré que poner en el año siguiente (2015) No??
Saludos y muchas gracias.
Invertir en Bolsa · 2014-03-06
Hola Juanjo,
Así es, las ventas que hagas en 2014 las tendrás que declarar en 2015. Pregunta todo lo que quieras.
Bankia creo que con el tiempo superará los niveles actuales (1,50-1,60 euros), pero ahora mismo parece que está algo más cara que otros bancos, por lo que si cae, no te sorprendas mucho, ni vendas en un mal momento.
Un saludo.
FRANCISCO BOIX · 2014-04-06
Tengo una duda y es que poseía 275 acciones del BANCO DE VALENCIA y al fusionarse con CAIXABANK las acciones cotizaron a 0.01Cts, puedo desgravarme las minusvalías ocasionadas por la baja de las acciones
FRANCISCO BOIX · 2014-04-06
Tengo una duda y es que poseía 275 acciones del BANCO DE VALENCIA y al fusionarse con CAIXABANK las acciones cotizaron a 0.01Cts, puedo desgravarme las minusvalías ocasionadas por la baja de las acciones y si es asi que valor de adquisición tendría que poner pues son acciones del año 80
Invertir en Bolsa · 2014-04-07
Hola Francisco.
Para poder compensarte las minusvalías tienes que vender esas acciones. Si las canjeaste por acciones de Caixabank y las sigues teniendo, no has materializado la pérdida, y por tanto no las puedes compensar.
El precio de compra que tienes que utilizar es lo que te costaron las acciones cuando las compraste. En el banco va a ser difícil que te lo digan, deberás buscar entre tus papeles. En caso de que no encuentres nada, lo único que se me ocurre es que consultes un histórico de cotizaciones y pongas algo razonable.
Un saludo.
FRANCISCO BOIX · 2014-04-08
En primer lugar darte las gracias por la respuesta, pero he de decirte que las acciones se canjearon y se vendieron automáticamente al precio de 0.01Cts. por la fusión del BANCO DE VALENCIA con CAIXABANK por un total de la operación de 1,49€ correspondiente a 275 títulos. en el año 2007 vendi a 40.11€ 100 títulos que tenia del BANCO DE VALENCIA. GRACIAS y espero tu respuesta por si lo tienes mas claro
Invertir en Bolsa · 2014-04-09
De nada, Francisco.
Entonces sí. Puedes y debes declarar esa minusvalía, y la puedes compensar con otras plusvalías de más de 1 año que tengas en 2013, ó en 2014-2017, ambos incluidos.
Un saludo.
GUS · 2014-04-11
Hola, estoy empezando a preparar la declaración del 2013 y tengo una pequeña duda.
Compre en Jun/13 unos 1000€ en acciones de American Airlines (AMR)
En dic/13 se fusiono con US Airways y empezaron a cotizar como AAL. El valor entonces de mis acciones era de 1500€.
En el informe fiscal del banco el canje me lo pone como una venta con 1500 - 1000 = 500€ de plusvalías
¿Es esto correcto? Entiendo que hasta que no venda, no tengo que pagar por las plusvalías
Gracias y un saludo,
Invertir en Bolsa · 2014-04-14
Hola Gus,
Si es un canje de acciones no es correcto.
En las fusiones por canje no se produce venta de acciones, y por tanto no hay ni minusvalías ni plusvalías.
Habla con tu banco. Si es una cuenta ómnibus, a veces pasan cosas raras de este tipo, por eso no recomiendo las cuentas ómnibus, entre otras cosas.
Un saludo.
david · 2014-04-12
Buenas tardes. Lo primero felicitarte por la página es de gran ayuda
Tengo una duda y me gustaría qir me ayudaras
El año pasado vendí acciones y he tenido una minusvalía de 5000 euros en 4 ventas todas con minusvalía
Tengo q hacer algo en la declaración del ejercicio del 2013 declaración renta
Gracias
Invertir en Bolsa · 2014-04-14
Hola David,
No es obligatorio, pero debes declarar esa minusvalía en la declaración de 2013, para poder compensarla con otras plusvalías que tengas en 2014-2017 (también se puede compensar con plusvalías de 2013, lógicamente, pero entiendo que no tienes plusvalías en 2013).
Un saludo.
david · 2014-04-14
Muchas gracias.
Una duda mas en que casilla tengo que poner la minusvalía y con que valor -5000 o 5000?
Gracias de nuevo y un saludo
Invertir en Bolsa · 2014-04-15
Hola David,
Las minusvalías se ponen en las mismas casillas que las plusvalías (340 y siguientes). Tú sólo tienes que poner el importe total de la compra y el importe total de la venta, y el PADRE ya ve que es una minusvalías y pone el resultado en las casillas correspondientes.
Un saludo.
FRANCISCO BOIX · 2014-04-15
Perdona que te moleste otra vez pero es que estoy hecho un lio. Me dijistes que puedo declarar unas minusvalias y las puedo compensar con otras plusvalias que tuviera en el año 2013 a 2017, pero es que yo no voy a tener mas acciones y mi pregunta es que si me puedo desgravar para el ejercicio 2013 las minusvalias ocasionadas por el canje y venta de titulos ocasionados por el ere del BANCO DE VALENCIA. Muchas gracias y perdona mi insistencia.
Invertir en Bolsa · 2014-04-16
Hola Francisco,
Al ser pérdidas de más de 1 año sólo las puedes compensar con ganancias de más de 1 año. No las puedes compensar con los rendimientos del trabajo, por ejemplo.
Pero sí las puedes compensar con plusvalías que tengas (hasta 2017) en fondos de inversión, inmuebles, etc.
Pregunta todo lo que quieras, es muy importante que estas cosas queden claras.
Un saludo.
Marcos · 2014-04-20
Buenas, lo primero es felicitarte por tu aportación, yo tengo una duda con respecto a una venta que realice el año pasado de unos warrants que me entregaron como "spin off" o "partición de la acción", por poseer acciones de AIG,me las dieron creo recordar a 15$ En 2012 y las vendí el año pasado a 19 y pico, no me practicaron retención y en mis datos fiscales aparece como otros , por lo que no logro interpretarlo fiscalmente e incorporarlo en el programa padre, de información os digo que las acciones las he vendido este año con plusvalías, por lo que no se qué hacer en la renta de este año con dichos warrants o esperar a la declaración del año que viene, porque al haber vendido las acciones este año y al no ser un dividendo creo yo pues no se sí habrá que hacer una minoración sobre la venta de las acciones al no ser un dividendo creo. A ver su puedes aclarármelo. Gracias y un saludo.
Invertir en Bolsa · 2014-04-21
Hola Marcos.
Detállame un poco más la operación. ¿Sobre qué eran esos warrants? ¿Qué tenías antes y qué tenías después de esta operación?
Un saludo.
Marcos · 2014-04-21
Buenas te dejo lo poco que se porque desde el 13 de enero de 2011 las cosas se olvidan:
La emisión de las órdenes como dividendo está sujeto a la condición de que las partes en la aportación de capital (es decir, AIG, el Departamento del Tesoro de EE.UU., la Reserva Federal de Nueva York, y el Fondo Fiduciario de crédito de AIG) determina cada uno de el cierre de actividades el 12 de enero de 2011, que espera que (suponiendo que no hay ningún cambio material en los hechos, circunstancias y condiciones en o antes del 14 de enero 2011) que la recapitalización se cerrará el 14 de enero de 2011.
AIG emitirá un comunicado de prensa el 12 de enero de 2011, anunciando si este requisito se ha cumplido. Si esta condición no se cumple, AIG no emitirá los Warrants y tenedores de acciones comunes de AIG no tendrá derecho a recibir las órdenes. No puede haber ninguna garantía de que esta condición se cumplirá.
Condiciones de los Warrants.
Si la condición anterior se cumple, tenedores de acciones ordinarias de AIG se emitirá órdenes 0.533933 por cada acción de las acciones de AIG común de propiedad en la fecha de registro. Cada orden dará derecho al titular a comprar una acción de acciones ordinarias de AIG a un precio de ejercicio de $ 45 por acción, sujeto a ajuste anti-dilución para ciertos eventos. Las órdenes serán ejercitables a enero 19 de 2021, que es diez años desde la fecha de emisión.
según Barron´s, los ‘warrants (call)’ concedidos a los accionistas de AIG como parte del plan para que la entidad devuelva parte de los fondos estatales para su rescate viene azuzando a su cotización. Esos warrants representan ahora unos 10 dólares de su valor por acción.
Finalmente el 12 de enero American International Group Inc. (AIG) informó el miércoles que tiene la intención de completar varios hitos de su recapitalización el viernes, incluyendo el intercambio de acciones comunes por acciones preferentes que están en manos del Tesoro de Estados Unidos.
La compañía indicó que su dividendo anunciado previamente de alrededor de 75 millones de garantías serán distribuidas el miércoles próximo. Cada garantía otorga a su tenedor el derecho a comprar una acción común de AIG a US$45.
AIG indicó que si las condiciones de la recapitalización se completan el viernes, tiene la intención de intercambiar casi 1.660 millones de acciones comunes por los US$49.100 millones de acciones preferentes del Programa de Alivio para Activos en Problemas, o TARP.
Tras completarse el intercambio, AIG indicó que el Departamento del Tesoro poseerá el 92% de las acciones en circulación de la compañía, así como una nueva serie de acciones preferentes.
No se sí te ha servido de algo, aunque en esas fechas se dijo que era un dividendo yo se que no es y en el extracto específica spin off. Yo tenía acciones de aig y por tenerlas tuve derecho a esos warrants. Gracias de antemano.
Invertir en Bolsa · 2014-04-22
Hola Marcos.
Ya lo tengo más claro.
¿Has vendido todas tus acciones y warrants el mismo año?
Si es así, el cálculo es muy fácil. Como importe de la venta tendrías que poner la suma de lo que te dieron por las acciones más la suma de lo que te dieron por los warrants. Como importe de la compra, lo que te costaron las acciones.
Si has vendido unos y conservado otros, el cálculo es más complicado, pero se puede hacer. Si estás en este caso, quedaría más claro hacer el ejemplo con los números concretos.
Un saludo.
marcos · 2014-04-22
Las acciones de AIG las vendi este año (311 acciones precio medio de adquisición, desde principios de 2011 a 43,5$, precio venta 49,44$), los warrants según consta en la información fiscal de AIG del año 2011 ,WTS/AMERICAN INTERNATIONAL GROUP INC Internacional me las concedieron 24/01/2011 SPINOFF un total de 50 warranst valor que aparece en dicha información (PRECIO DE ADQUISICIÓN 0,00 €), pero el precio de salida fue de 15,45$, aunque éste último importe no sé si importa, a la hora de hacer algún calculo. La venta la realice como te comenté el año pasado por la totalidad de los 50 warrants que tuve derecho a un precio de venta de 19,43$. Gracias por tu ayuda. Un saludo
Invertir en Bolsa · 2014-04-23
Hola Marcos,
La forma correcta de hacerlo es la siguiente:
El importe total de la compra de las acciones es de 13.528,5 $ (311 x 43,5).
Esta cifra la tienes que dividir entre el número total de títulos que tienes tras el spinoff, 361 (311 + 50):
13.528,5 / 361 = 37,48 $
Este precio, 37,48 $, es el precio de compra tanto de las 311 acciones como de los 50 warrants, y es el que debes utilizar para calcular las plusvalías o minusvalías en las ventas que hagas. Es una forma un poco extraña de hacerlo, pero es así.
La cuestión ahora es que los warrants ya los vendiste en 2012, ¿qué precio de compra utilizaste para declarar esta venta de los warrants en 2012?
Un saludo.
Marcos · 2014-04-23
Perdona pero ante tu pregunta lo que ha ocurrido es que me he equivocado de hilo o de año de fiscalidad por eso el lío, perdona entonces. Los warrants los vendí en 2013 y las acciones en 2014. Pero por lo que me has comentado este año fiscal no tengo que hacer ninguna operación y en la renta del próximo año ya si declarar las dos operaciones como tu me has comentado, es así.. Gracias por tu colaboración.
Invertir en Bolsa · 2014-04-23
Hola Marcos,
Entonces no hay problema, porque estás a tiempo de hacerlo bien.
En la declaración que se presenta ahora en Mayo-Junio de 2014 tienes que declarar la venta de los warrants, con el precio de compra que te puse en el mensaje anterior.
El año que viene tendrás que declarar la venta de las acciones que has realizado en 2015, utilizando el mismo precio de compra.
Un saludo.
Marcos · 2014-04-23
Buenas, entonces si que es raro si, porque con lo que me has comentado y si así lo hago tendría minusvalía con los warrants, precio de compra 37,48$ con los cálculos realizados y las vendí a 19,43$, aunque el año que viene al minorar el precio de compra, las plusvalía de las acciones será también mayor,vamos que lo comido por lo servido.
Invertir en Bolsa · 2014-04-25
Hola Marcos.
Así es. Cuando se hacen ventas parciales en este tipo de casos, los resultados que provica pueden llegar a ser muy extraños. Aunque sí se vende todo, el resultado final es el mismo que si se hubiera hecho el cálculo de una forma más "lógica".
Es importante saberlo, porque a veces, en algunas estrategias, se puede vender un tipo de activo, y no el otro, o venderlos en distintos años, etc, porque estas "anomalías" provocadas por esta forma de calcular los precios medios pueden dar oportunidades interesantes en algunos casos.
Un saludo.
PADRINO · 2014-05-15
Hola a todos, y ante todo muchas gracias por la informacion.
Yo estoy un poco perdido tb con el nuevo sistema de contabilizar las perdidas.
Os comento mi caso :
tengo 100 acciones de repsol compradas en febrero de 2012 (mas de 1 año)
135 acciones de repsol compradas en enero 2013 (menos de 1 año)
Vendi TODAS en la misma fecha (octubre de 2013)
mis beneficios totales fueron de 160 euros... pero en las que tenia de mas de 1 año perdi 200 euros y en las de menos de 1 año gane 360
Entiendo q tengo q tributar todo junto como ganancias de menos de 1 año ????
o tengo q poner como perdidas de mas de 1 año y ganancias de menos de 1 año????
Muchas gracias.
Invertir en Bolsa · 2014-05-16
Hola padrino, y gracias.
Tienes que tributar ambas operaciones por separado.
Por un lado tienes una pérdida de más de 1 año de 200 euros, que podrás compensar con ganancias de más de 1 año en 2013, o hasta 2017.
Y por otro lado tienes una ganancia de hasta 1 año de 360 euros, por la que tendrás que tributar a tu tipo marginal.
No se pueden compensar entre sí.
Un saludo.
Miguel A.L. · 2014-06-23
Buenas: Tengo que declarar a Hacienda unas ventas de acciones y me encuentro con una duda sobre el precio de compra que he de poner en cada operacion de venta. El movimiento de operaciones es el siguiente:
Compra de 1000 acciones a 6,35 (importe total 6350)
En enero por ampliacion dan 160 acciones liberadas.
En abril por ampliacion dan 140 acciones liberadas.
Vendo en junio esas 300 acciones, supongo que el precio de compra debo poner 4,88 (6350/1300) (es correcto?)
En julio dan 150 acciones liberadas.
En octubre dan 135 liberadas.
En noviembre vendo esas 285, qué precio de compra he de poner?
Muchas gracias
Invertir en Bolsa · 2014-06-24
Hola Miguel.
El cálculo de 4,88 es correcto. Tras esta venta te quedan 1.000 acciones, que a 4,88 hacen un total de 4.880 euros.
Con las 2 siguientes ampliaciones de capital pasas a tener 1.285 acciones, a un precio medio de 3,80 euros (4.880 / 1.285).
Las acciones recibidas ded ampliaciones liberadas son exactamente iguales a las que ya tenías, tanto en precio de compra como en fecha de compra. Te lo digo porque en realidad no estás vendiendo "esas 285 acciones", sino "285 acciones de ese grupo de 1.285 acciones que son todas exactamente iguales", por si te sirve para entenderlo mejor.
Un saludo.
Miguel A.L. · 2014-06-24
Muchas gracias por la informacion y rapidez, lo que no sabia es que una vez vendidas habia que recalcular el importe de las cartera (los 4880 euros) para el calculo de los nuevos precios medios. Haciendo el cálculo asi, supongo que saldria mejor coger el importe de la ampliacion que recibir liberadas para venderlas mas tarde a precio de mercado.
Reitero mi agredeciemiento y un saludo
Miguel A.L. · 2014-06-25
Buenas, perdone pero tengo otra pregunta sobre como debo declarar a Hacienda una venta de acciones:
Compre en 2009 1.000 acciones a 7 euros, total 7.000 euros
" en 2010 2.000 acciones a 8 euros, total 16.000 euros
" en 2011 3.000 acciones a 6 euros, total 18.000 euros
En 2012 por una ampliacion de liberadas me dan 60 acciones: debo adjudicar a cada "paquete" el numero proporcional (10,20,30) o puedo hacer un "todo" con 6060 acciones y poner su precio medio(41000/6060) para cualquier operacion posterior (liberadas,compras a mercado,ventas)?
Como las ventas deben hacerse por metodo Fifo, si en 2013 vendo 1300 acciones debo hacer dos apuntes, uno de 1010 del primer paquete y otro de 290 del segundo paquete (cada uno a su precio medio de compra) o debo poner las 1300 sobre el "todo" que comente antes.
He declarado este año de la primera forma comentada (fifo, y por tanto 2 apuntes), si no es la forma correcta debo hacer una declaracion complementaria, o debo seguir este metodo ya para el resto de operaciones?
Muchas gracias y un saludo
Invertir en Bolsa · 2014-06-25
Hola Miguel Ángel,
Realmente el momento en que hay que recalcular el precio es al recibir las acciones. Te hice así los cálculos por las ventas que ya habías hecho.
En realidad, esas 300 acciones que vendiste en Junio no eran las 300 que habías recibido en las 2 ampliaciones de capital, sino 300 acciones de ese grupo de 1.300 acciones que eran todas exactamente iguales.
Respecto a la siguiente pregunta, tienes que adjudicar a cada compra las que le corresponden (10, 20 y 30), no puedes hacer un "todo".
Al vender 1.300 es como dices en primer lugar, vendes las 1.010 del primer paquete y 290 del segundo paquete. Lo has hecho correctamente, esta es la única forma válida de declarar las ventas de acciones.
Un saludo.
Miguel A.L. · 2014-06-25
Todo aclarado, muchas gracias y un saludo
Miguel A.L. · 2014-07-20
Hola, parece que el unico que tiene preguntas ultimamente soy yo, asi es que voy con otra. Compré 1000 acciones del Santander en el año 2000 que deposité en el Santander. Luego, en el 2005 compre otras 1000 acciones tambien del Santander que deposité en el BBVA. En 2014 doy orden al BBVA de vender 800 acciones: Cuando haga la declaracion de renta debo considerar el precio de compra de las mas antiguas (o sea, año 2000 depositadas en el Santander) o realmente de la entidad a la que di orden de venta BBVA?
Muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-07-21
Hola Miguel,
Sigue habiendo varias preguntas todos los días, pero en verano baja el tráfico de internet en todas las webs (salvo las específicas de esta estación del año). Puedes preguntar todo lo que quieras, como siempre.
En este caso has vendido las acciones más antiguas, o sea, parte de las compradas en el año 2000 en el Banco Santander. Es lo que se llama el criterio FIFO (Firt In First Out, las primeras que entran son las primeras que salen).
Un saludo.
Miguel A.L. · 2014-09-16
Buenos dias. Mi padre fallecio en el 2000 y viendo el otro dia la herencia por primera vez, la habian gestionado mis hermanos, vi que tenia un fondo de inversion con la siguiente descripcion: "Fondo de inversion numero 1302 0115 8000874736 en Banco Bilbao Vizcaya ....". Ademas de este fondo tenia otros que se gestionaron en su dia pero de este no sabia nada y tenia mas de cien mil euros. He ido al BBVA donde tenia todo domiciliado y al ser tan antiguo no han sabido decirme el nombre del fondo, si se vendio, se cambio por otros, nada. Como podria averiguar al menos el nombre del fondo para intentar seguirle la pista?, si siguiese por ahi "vivo" tiene alguna fecha en la que ya no se pueda reclamar?.
Gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-09-19
Hola Miguel,
El BBVA tiene que saber si aún hay algo a nombre de tu padre. Y si ya no lo hay, tiene que saber si ee fondo se vendió, se traspasó, etc, y en caso de que así sea, a quién se le traspasó el fondo, cómo salió el dinero de la cuenta, etc.
¿En todos los papeles que se firmaron en la notaría no aparece este fondo?
¿Tus hermanos no han hecho nada con este fondo? ¿No recuerdan qué pasó con él?
Si no lo habéis tocado, debería seguir en el BBVA, a nombre de tu padre.
Saludos.
Miguel Angel Lopez · 2015-08-26
Buenas tardes. Vendo unos fondos de inversion que han producido plusvalias y vendo unas acciones que me han producido minusvalias. Cuando haga la declaracion de Hacienda se compensan unas con otras?
Muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-09-09
Hola Miguel Ángel,
Depende del año y el plazo de cada operación.
Si has vendido en 2015, entonces seguro que sí las puedes compensar. Si preguntas por años anteriores, dime cuándo fue y el plazo de cada operación.
Saludos.
Miguel Angel Lopez · 2015-09-09
Buenas tardes: exactamente compre los fondos en febrero de 2007 y he vendido parte de ellos en agosto de 2015 con unas plusvalias de 2.800 euros. Compré acciones en febrero de 2010 y he vendido en mayo y agosto de 2015 con unas minusvalias de 16.000 euros. Por lo que dices podré compensarlas en la declaracion de hacienda que haga en 2016 quedando unas minusvalias restantes de 13.200 que supongo podré volver a compensar en los siguientes cuatro años si hiciese otras ventas, por ejemplo de fondos, y tuviesen plusvalias.
Muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-09-14
Hola Miguel Ángel,
Sí, es así como dices. Las puedes compensar así, y te quedan esos 13.200 pendientes.
Lo único es que tengas en cuenta que a partir de 2015 las minusvalías también las puedes compensar en parte con dividendos e intereses de cuentas y depósitos. Tienes los detalles en:
[url="http://www.invertirenbolsa.info/Fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2015-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2016.html"]Fiscalidad de las acciones en 2015[/url]
Saludos.
Miguel Angel Lopez · 2015-09-29
Muy buenas: Con respecto al caso anterior he visto al ver el ultimo extracto que me ha mandado la gestora que lo mismo no calculé bien las plusvalias porque me ha surgido una duda sobre en valor de compra, me explico.
Compré, en enero de 2007, 1.706 participaciones del fondo A por un importe de 9.500 euros. En el año 2009 ese fondo queda absorbido por el fondo B quedandome 136 participaciones. En ese momento el valor del fondo es de 6.900 solamente. Cual es el precio real de compra que debo poner en la declaracion, los 9.500 iniciales o los 6.900 en que se convirtieron. Yo consideraba los nueve mil y la gestora me pone desde entonces que son los 6.900.
Muchas gracias y perdona por tanta pregunta
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-09-30
Hola Miguel Ángel,
Son los 9.500 euros seguro, que es lo que invertiste realmente. A veces la información que dan las gestoras no es exactamente la información fiscal, como en este caso.
Saludos.
Pedro · 2016-04-23
Hola: a ver si me podéis orientar. Llevo días intentando que me aclaren en hacienda y cada vez que hablo me dan una solución diferente.
En el 2000 compré acciones de telefónica y terra.
En el 2005 me canjean 65 acciones de terra que me habían costado 5.900 euros por 14 acciones de telefónica con un valor de 196 euros.
En el 2015 he vendido todas las acciones de telefónica incluídas las 14 que me dieron por las 65 de terra.
¿Cuál es el precio de compra que le tengo que asignar a esas 14 de telefónica que me costaron 5.900 euros?
Y por otro lado, ¿cómo declaro las acc de terra: precio de compra 5.900 y precipo de venta 196? o si a las 14 anteriores les puse de precio de compra 5.900, ahora a las terra tambien les tengo que poner precio de venta 5.900.
¿O ya no declaro las terras?.
Un saludo y gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-25
Hola Pedro,
Por el momento del canje no tienes que hacer nada.
El importe de venta que tienes que poner es lo que te han dado ahora por vender todas.
El importe de compra de esas 14 acciones es de 5.900 euros. A eso le tienes que sumar lo que te costaron las demás acciones de Telefónica, y el total es lo que tienes que poner como importe de compra. El precio de venta de esas Terras es el de 14 Telfónicas que has vendido ahora.
Saludos.
Pedro · 2016-04-26
Claro como el agua.
Muchas gracias.
Recibe un saludo
Pedro
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-26
De nada, Pedro.
Saludos.
jose · 2016-06-21
Gracias anticipadas, buenas tardes, creo que salgo loco, pues por mucho que leo mas me lio. Resulta que en el año 2015 obtuve perdidas patrimoniales por la venta de acciones de 3200€, pues relleno la cas 285, y me sale entidad emisora, aquí hay que poner el nombre de las acciones vendidas o sea Jazztel, o el NIF del emisor?? Y en tipo de valor que origina la ganancia o perdida patrimonial, me sale opcion 1 y 2 y no se cual es por venta de acciones de Jazztel y pongo el valor de trasmision 481€ y el valor de adquision 3680€.
Tengo de Rtos de capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro un total de 1033€ en cas 023, y de 110€ en cas 025 de dividendos, total ingresos integros cas 033 me da 1140€ menos los gastos de administracion 47€, me da en total de rto neto reducido de 1095€.
Se incorpora automaticamente en la cas 387 el 10% de esta cantidad o sea 109,50€.
No se si tengo que rellenar este año la cas 383 o incorporar la anterior cantidad a otra casilla pero me sale una diferencia de 21€ entre poner la perdida patrimonial de la venta acciones y no ponerla, no se si hago algo mal, yo pensaba que me iba a repercutir positivamente los 109,50€ del 10% de la base del ahorro. He leido por una respuesta suya algo del 19% y ya no me cuadra mucho, muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-22
Hola Jose,
Entidad emisora es Jazztel, en este caso.
Tienes que elegir el tipo 1.
En la casilla 383 (PADRE de 2015) van las pérdidas de años anteriores que se compensan en 2015. Como en 2015 no has tenido plusvalías, no puedes compensar nada, y por tanto en la 383 no debes poner nada.
Esos 21 euros son aproximadamente el 19,5% de los 109,50, es correcto. Si tuvieras plusvalías el ahorro por esas pérdidas de Jazztel sería mayor.
En las casillas 396, 397 y 398 (PADRE de 2015) tienes las pérdidas que podrás compensar en los 4 próximos años.
Saludos.
jose · 2016-06-22
muchas gracias por la pronta respuesta Gregorio, en las casillas 396 y 398 no me sale nada, en la 397 me sale 3090,23€, en caso de que sea la Renta 2016 igual a la 2015, tendría que poner esta cantidad en la casilla 383, no? gracias de nuevo
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-23
De nada, Jose.
Sí, en el PADRE de 2016 tendrás que poner lo que te sale en la 397 en el equivalente a la casilla 383 de este año. Pero sólo si en 2016 tienes plusvalías para compensar, si no las tienes, no pones nada en la 383 (su equivalente), y las sigues guardando para 2017 a 2019.
Saludos.
Miguel Angel · 2018-01-21
Buenas tardes: Hace mas de dos años que no me pongo en contacto contigo y de hecho no sé si seguirá operativa la pagina, si es asi desearia hacer una pregunta.
Compré unos fondos de inversion de Mapfre en 2007 con un valor de compra de 9500 euros. En 2009 fueron absorbidos por otro fondo de Mapfre cuyo valor en ese momento eran 6000 euros. Si yo los vendo ahora (o cambio por otro fondo), al hacer la declaracion de renta debo considerar que la compra fueron 9500 euros o los 6000 como resultado del nuevo fondo
Que interesaria mas, cambiar por otro fondo o vender los de Mapfre y luego comprar los otros.
Muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2018-01-22
Hola Miguel Ángel.
La web sigue operativa, y cada vez con mayor actividad. Pásate por el foro, y verás muchas cosas que te interesarán. Y por si no lo sabes, hace un tiempo que puse una base de datos que actualizo constantemente:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/historico_dividendos.htm]Base de datos históricos de empresas españolas y extranjeras[/url]
Una aplicación para que te gestiones tu cartera y tu patrimonio:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/tu-patrimonio]Aplicación "Tu patrimonio" para gestionar tu patrimonio de Invertirenbolsa.info[/url]
Y muchas más cosas que verás navegando por los menús.
El precio de compra son 9.500 euros.
Que te interese más ahora traspasar a otro fondo o venderlo depende de si ganas o pierdes, el tipo de fondo que sea, en qué fondos están pensando meter el dinero, etc.
Si me cuentas un poco, te digo qué veo mejor para tu caso.
Saludos.
Miguel Angel · 2018-02-06
Muchas gracias por la informacion y perdona no habertelas dado antes, pero sigo con lios de herencias, bancos etc y no he tenido tiempo y entre tanto lio me ha surgido una duda al ir a gestionar el fondo que te comenté antes. El fondo lo compré a un valor de 9.500€, cuando a los dos años fue absorbido valia 6.900€, si yo lo vendo ahora por ejemplo por 9.000€ debo pagar algun impuesto ? No se si la venta se hace con el precio inicial y por tanto habria una minusvalia de 500€ (9500-9000) y no pagaria nada o lo consideran como dos operaciones, una, hasta la absorcion, con una minusvalia de 2.600€ (9.500-6900) que no pagaria nada y otra "a partir de la absorcion" que seria una plusvalia de 2.100€ (9000-6900) pagando un 19% de esos 2100 (supongo que lo haran como una sola operacion, o sea minusvalia de 500). La pregunta te la hago porque aunque parezca mentira en la gestora no lo saben y no sé, además, que interesaria mas, si venderlas y comprar otro fondo o hacer un traspaso a otro fondo de otra gestora.
Muchas gracias y un saludo
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2018-02-09
De nada, Miguel Ángel, no te preocupes.
Si vendes ahora ese segundo fondo por 9.500 el importe de la compra son los 9.500 que metiste en el primer fondo, así que ahora tienes una pérdida de 500 euros (9.000 - 9.500 = -500).
Se considera como una única operación, seguro que es como te digo.
Para lo de qué hacer con los fondos y demás te recomiendo que abras un hilo en el foro, porque será mucho más ágil, ya que eso va a ser más largo, y es mejor mirarlo con detalle, y para eso va mejor el foro.
Saludos.
Miguel Angel Lopez Barahona · 2018-07-09
Buenas noches: En el año 2000 heredé una serie de acciones de mi padre siendo usufructuaria mi madre. Mi madre fallece en el 2018 sin haber vendido ninguna durante ese tiempo. Cuando se vendan esas acciones que valor de compra se debe poner, el que tenia en el 2000 con las correcciones oportunas por las diferentes ampliaciones de acciones liberadas o el del 2018.
Un saludo y muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2018-07-11
Hola Miguel Ángel.
Tu valor de compra es el del año 2000, porque es cuando tú adquieres la propiedad de esas acciones. Durante estos 18 años tu madre ha tenido el usufructo, pero el dueño eras tú desde el año 2000.
¿Tienes intención de venderlas, o no?
Si me dices de qué empresas son te oriento sobre cuáles veo mejor quedarse a largo plazo (para cobrar los dividendos, y que tengas esa renta), y cuáles vería mejor venderlas para cambiarlas por otras.
Saludos.
Comentarios
diego garcia · 2012-03-19
Ahora mismo estoy invirtiendo en opciones binarias, y estoy comenzando a obtener beneficios, pero el año pasado, invertí y perdí, por lo que no declaré nada. Puedo compensar las perdidas del año pasado con los beneficios que parece voy a tener este año?
Que tengo que declarar trimestralmente o al año en la declaración de la renta. Si sirve de algo, soy autónomo.
Invertir en Bolsa · 2012-03-20
Hola Diego,
Deberías haber declarado las pérdidas el año pasado para poder desgravártelas este. Si no lo hiciste no sé decirte con detalle qué pasos debes seguir para compensarte ahora las plusvalías de este año con las minusvalías del año pasado.
Entiendo que lo legal es que hagas una declaración complementaria del año pasado para meter las minusvalías.
Las pérdidas se pueden compensar con beneficios del año en que se producen y de los 4 años siguientes.
No influye que seas autónomo.
Si te sirve de algo creo que las opciones binarias son muy peligrosas (más que arriesgadas, peligrosas). Yo no seguiría operando con ese tipo de productos, creo que es muy difícil acabar ganando dinero. Son más un juego (como el casino) que un producto de inversión.
Un saludo.
h3po4 · 2012-03-20
[quote]Es muy importante tener en cuenta que estas cifras son para la suma de todas las plsuvalías (descontando las minusvalías que pueden descontarse, como veremos un poco más adelante) de todos los productos (acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, CFDs, etc.).[/quote]
IEB, creía que tenía claro este tema pero me surge una duda.
Hasta ahora pensaba que tanto plusvalías en la inversión (la que se trata en este artículo) como los rendimientos del capital mobiliario (dividendos principalmente) se sumaban de cara a aplicar la tabla (entre 0 y 6.000€ / entre 6.000 y 24.000€...) pero leyendo los artículos empiezo a entender que van por independiente.
A lo que voy: si obtengo por compra-venta de acciones y por rendimiento de derivados 5.000€, y por dividendos 9.000€: ¿tributan al 25% 3.000€ (el excedente de los 9.000 de los dividendos u 8.000 (el excedente de la suma de 5.000+9.000€=14.000€)?
Cada día tienes más completa la web, si cabe. ¡Enhorabuena!... otra vez.
Gracias & un saludo.
diego garcia · 2012-03-21
hola, gracias por responderme tan rápido. Hace poco que conozco tu web y la verdad me parece muy interesante.
Ya se que tengo un riesgo operando con opciones binarias, pero no creo que sea mayor que al comprar acciones, sobre todo si se hace a largo plazo el riesgo es el mismo que al comprar acciones. Como no se si se puede dar el nombre de la pagina desde la que opero, no lo voy a poner. Pero creo que el riesgo o es igual o muy parecido. Un saludo y gracias por la web.
diego garcia · 2012-03-21
hola h3po4, según entiendo yo el articulo, de la suma de los rendimientos de derivados + los dividendos, pagas por los primeros 6000€ el 21% por los restantes el 25%. Va por tramos. Un saludo.
Invertir en Bolsa · 2012-03-23
Hola,
Gracias, h3po4. Van por caminos distintos. Por un lado las plusvalías y por otra los dividendos. En el ejemplo que pones los dividendos tributarían al 25% 3.000 euros de dividendos.
Diego, el riesgo de las opciones binarias es tremendamente superior al de las acciones. Si crees que es similar te recomiendo que dejes de operar hasta que comprendas el funcionamiento y los riesgos de ambas cosas, porque no tienen nada que ver.
Un saludo.
h3po4 · 2012-03-23
muchas gracias, IEB.
Es lo que me imaginaba después de leer tus artículos, pero me había quedado sorprendido de haberlo descubierto tan tarde, después de tanto tiempo. Hasta este momento pensaba que funcionaba de otro modo. Debe ser porque nunca había tenido plusvalías netas en bolsa, ni dividendos por encima de ese 2º límite.
Saludos!
Invertir en Bolsa · 2012-03-23
Hola h3po4,
Piensa que si se sumasen también lo harían las minusvalías, y las minusvalías de la venta de acciones (o fondos de inversión, etc.) se compensarían con los dividendos. Pero no es así, cada cosa (incrementos de patrimonio y rendimientos, o sea, venta de acciones y dividendos) va por su lado.
Un saludo.
lironzete · 2012-04-25
Espero que no me mates IEB por la pregunta que tenia que sabérmela de memoria pero al principio jugué un poco al Trading hasta que conocí tu web y la inversión a largo, confírmame mi creencia no tengo derecho a compensar las perdidas en este ejercicio, así como tampoco en los siguientes, ya están los importes líquidos:
COMPRA GAMESA 28-02-22 IMPORTE 805,98
VENTA GAMESA 28-03-11 IMPORTE 861,31
GANANCIA +55,33 GENERA EN UN MES
COMPRA GAMESA 07-04-11 IMPORTE 787,38
VENTA GAMESA 15-04-11 IMPORTE 734,23
PERDIDA -53,15 GENERA EN 7 DIAS
COMPRA GAMESA 06-05-22 IMPORTE 549,71
VENTA GAMESA 16-06-11 IMPORTE 517,97
PERDIDA -31,74 36 Dias
Saldo total -29,56.-€ los cuales no puedo compensar ni en el ejercicio 2011 ya que he comprado en los dos meses anteriores y he vendido en los dos meses posteriores. Ni en posteriores ejercicios, solo puedo tributar por las ganancias en el ejercicio 2011 a no mediar más de dos meses entre las compras y las ventas. ¿Es lo que entiendo? Pagare hacienda los que corresponda por los 55,33 de ganancia. Hacienda siempre cobra cuando tu ganas.
Este año 2012 compre acciones de Gamesa y también palme si podre compensar las perdidas ya que no he vuelto a reinvertir en la misma compañía.
Por favor confimamelo IEB
Muchas gracias
Invertir en Bolsa · 2012-04-27
Hola Lironzete,
No te precocupes, es un poco lioso. Siempre que no lo tengas claro, pregunta.
Por los datos que das veo que vendite todas las acciones de Gamesa el 16-6-11 y no volviste a comprar acciones de Gamesa en los 2 meses posteriores al 16-6-11. Si es así sí te puedes compensar todas las minuvalías que hayas tenido en esas operaciones con Gamesa.
Y respecto a las compras de Gamesa en 2012 lo mismo. Cuando quieras compensarte todas las minusvalías que tengas (si las tienes, que esperemos que no) sólo tendrás que vender todas tus acciones de Gamesa y dejar pasar 2 meses sin comprar más.
Un saludo.
lironzete · 2012-04-28
Gracias por tu respuesta IEB, vas a tener que sacar la segunda parte del libro para comprar seguir aprendiendo y compensarte de alguna manera todo lo que nos ayudas.
Compensare el saldo resultante de la operativa -29,56.-€ ¿Es correcto?.
Aunque no me que muy claro ya que entiendo que pueda compensarme por la última compra, como bien dices ya que no compre hasta este año 2012, por lo tanto ha pasado más de dos meses. Pero creo que no puedo compensarme por las compras con perdidas del 07-04-11.
Por lo tanto seria la ganancia +55,33 del 28-03-2012 menos la pedida de -31,74 del 16-06-2011 = + 23,59 que por lo que tengo que tributar.
Un saludo y gracias
Invertir en Bolsa · 2012-05-01
Hola Lironzete, y gracias.
Sí, el resultado total de las 3 operaciones es una pérdida de 29,56 euros, y eso es lo que te puedes compensar.
Al vender la última vez y dejar 2 meses sin comprar ya te puedes compensar todas las minusvalías que tuvieras pendientes de compensar en ese valor por no haber respetado la regla de los 2 meses en su momento.
Un saludo.
samgriento · 2012-05-01
Gracias por tu web.
Mi duda es que no sé si tengo minusvalía o plusvalía y cómo se declara o compensa:
Compré SAN a 5,8, en marzo y mantengo. Recibí derechos y acepté las nuevas acciones de la ampliación. No dividendos.
Compré SAN a 4,81 en abril, desde otro broker y vendí 6 días después a 4, 94. Gané 800 € en la operación, lo que se supone que son plusvalía.
Si es así, supongo que van a incremento de patrimonio.
Pero si aplicamos el principio FIFO, como había comprado a 5,8 y vendido a 4,94, es minusvalía?.
Si éste es el caso (minusvalía):
Puedo compensarla con plusvalías de otras ventas de acciones y/o venta de inmuebles? Mira que la 2ª operación se realiza apenas semanas después.
Y, por otra parte: la exención de los primeros 1.500 € de lo recibido por dividendos sigue vigente para el ejercicio 2012 ??? Es que no lo aplicas en la respuesta a h3po4 y me ha creado la duda.
Muchas gracias de antemano por tu atención.
Un saludo
Invertir en Bolsa · 2012-05-02
Hola Samgriento,
El método FIFO se aplica siempre, independientemente de que tengas las acciones en un broker o en varios.
Así que con esa venta de Santander has tenido una minusvalía (compra a 5,8 y venta a 4,94. La puedes compensar con otras plusvalías de acciones o de venta de inmuebles, pero no de momento porque compraste acciones del Santander menos de 2 meses antes de realizar esa venta que generó la minusvalía.
Te podrás compensar esas minusvalías cuando vendas las acciones de Santander que compras en Abri a 4,81 y dejes pasar al menos 2 meses sin volver a comprar acciones del Santander. Puede ser este año o puede ser dentro de varios años.
Si quieres compensarte esas minusvalías en un momento dado (puede ser ahora, el año que viene, etc.) y a la vez mantener tus acciones del Santander lo mejor es que vendas las acciones y simultáneamente compres futuros sobre acciones del Santander. Después dejas pasar 2 meses y entonces cambias los futuros por acciones. Con eso has mantenido tu posición en Santander y a la vez has podido compensarte esas minusvalías.
Para evitar este tipo de cosas en el futuro puedes utilizar las acciones para la estrategia de medio/largo plazo y los futuros para las operaciones de corto plazo. Con eso evitarás los problemas del FIFO.
Los primeros 1.500 euros de dividendos están exentos en 2012 también, sí. No encuentro las respuesta que dices, pero desde luego sí que siguen estando exentos los primeros 1.500 euros de dividendos en 2012.
Un saludo.
samgriento · 2012-05-02
Muchísimas gracias por tu respuesta. Lo siento, pero provoca más preguntas. Es un lujo poder preguntarte, siento haber encontrado un tesoro. Sé que son muy básicas y espero molestarte lo menos posible:
1. mis ganancias a corto, esos 800 € que te decía, qué tratamiento fiscal tienen? Como salen de una operación que genera minusvalías, es muy raro para mí, ganar dinero perdiendo patrimonio. Y mi experiencia es que la Aeat no perdona que ganes sin sacar tajada.
2. ya me he enterado de que Hacienda no entiende de dónde tienes depositadas tus acciones. Ok. Pero se entera de todo?? Es decir, el año que viene cuando acceda a mis datos fiscales en poder de la Aeat, saldrá la operación FIFO al margen de mis brokers?? o tendré que introducir yo la información?? Y los gastos de las transacciones ?? En el supuesto de que la Aeat lo tenga todo perfecto, sirve el programa PADRE para capturar automáticamente la información??
3. entré en bolsa como ahorro a largo plazo y busqué SAN y TEF que además, daban buenos dividendos enseguida. Las de SAN las deposité en el Banco y suscribí los derechos siguiendo la coherencia de ir a largo.Y las de TEF en ING. No sé si voy como un pollo sin cabeza. Me animé a esa jugadilla en corto que me salió bien y .... resulta que la he jodido con lo de la compensación de la minusvalía.
4. cuando vas a largo no piensas en vender, no sé... salvo que duplique o algo así. Y menos precisamente ahora. Por eso se me ponen los pelos como escarpias cuando me dices que venda todas las del SAN (tengo 16000 acciones compradas a 5.8 ; 5.3 ; y vender a 4.5.... pufff) para poder compensar minusvalías. No creo, como he dicho, que tenga plusvalías en bolsa hasta dentro de muchosa años, pero sí en inmuebles y compensar esa minusvalía es, puede ser un pico para mí. Además, no sé lo que son Futuros.... ya me cuesta saber lo que son acciones ..... tengo que ponerme a estudiar, pero si me indicas un enlace....
5. en cualquier forma, no sé si es profundizar en el error, pero intuyo que lo que he hecho con el corto es promediar a la baja, generar minusvalía y ganar líquido. Esto es malo????
6. Una vez jodida la compensación de la plusvalía y dado el pozo en que están los valores y los dientes de sierra del SAN, me tienta mucho repetir. Es una estupidez?
Bueno, ya está bien de dar la tabarra. Muchísimas gracias de nuevo. Prometo ponerme a estudiar y no molestarte mucho más.
Un saludo
Invertir en Bolsa · 2012-05-07
Hola samgriento, y gracias.
1. Es el tratamiento que te comento. Lo que sucede es que cuando vendas más acciones de Santander tendrás que calcular la plusvalía tomando como precio de compra 4,81. Fiscalmente lo que acabas de tener no es una ganacia, sino una pérdida, y tiene el tratamiento de cualquier pérdida.
2. Hacienda no da esos datos. Probablemente los tenga, pero no los da. Los tienes que introducir tú.
3. No me queda muy clara la pregunta. Lo que has hecho hasta ahora me parece correcto para un inversor de largo plazo (salvo la operación a corto de Santander, eso debería ser otra estrategia de inversión distinta). En realidad con la venta de Santander has generado una minusvalía fiscal, que podrás compensar en el futuro con plusvalías de fondos de inversión, otras acciones, venta de puts, etc. No te ha salido muy mal.
4. Creí que te dedicabas sólo a operar a corto plazo, y por eso te expliqué cómo realizar todas las minusvalías en un momento dado, en caso de que quiseras hacerlo. Pero no te recomendaba que lo hiceras. De hecho, si vas a largo plazo no te recomiendo que vendas ahora acciones.
5. Como te decía, no te ha salido mal. Pero a partir de ahora creo que lo mejor es que clarifiques tu estrategia, y decidas si vas a invertir a largo plazo, a corto o si vas a tener 2 estrategias. Parece que has decidido invertir a largo plazo, y me parece una buena decisión.
6. ¿Repetir una venta a corto plazo?. Yo recomiendo que elijas una estrategia (o varias) y que la sigas, pero no que vayas cambiando de una estrategia a otras. Si te decides por tener una única estrategia de largo plazo entonces creo que no deberías hacer más operaciones de corto plazo. Y si además del largo plazo quieres tener una estrategia de corto plazo entonces creo que lo mejor es que lo hagas en cuentas separadas y dejando bien claro desde el principio qué dinero vas a dedicar a una y otra. Y en este caso más que corto plazo yo creo que deberías pensar en el medio plazo, porque el corto requiere mucho tiempo, conocimiento y dinero para tener alguna posibilidad de ganar dinero.
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Un saludo.
samgriento · 2012-05-07
.... es que yo tb me llamo Gregorio :) No somos muchos, al menos por el sur.
Desde tu anterior respuesta he estudiado y barrido tu web y ya tengo las cosas más claras. Me he registrado y abierto un hilo con mis inquietudes y la maquinaria forera empieza a dar frutos. Tu mensaje me ayuda un montón. Me olvido de momento de los Futuros y ya me he dado cuenta de que éstos necesitan un broker más completo que los dos que uso (Banco Santander e ING)
Me produce cierta inseguridad lo que ahora se me va a complicar mi Declaración de IRPF pues hasta ahora me ajustaba a los datos que me da la Aeat. Los rendimientos del capital mobiliario que he tenido hasta la fecha cuadran siempre bien con los datos que ellos tienen y no hay problema. Las ganancias patrimoniales las he ido reflejando también sin problema.
No me gusta tener líos con Hacienda y asumir la responsabilidad de introducir las operaciones con acciones parece una fuente de posibles conflictos, comprobaciones, complementarias, etc que siempre he procurado evitar.
Pero en fin, supongo que ya torearé ese toro cuando llegue. No soy el primero, no?
Lo dicho, muchas gracias de nuevo y un saludo
Invertir en Bolsa · 2012-05-08
Hola samgriento,
Yo creo que no es un nombre habitual en ningún sitio.
Por lo de hacer la declaración no te preocupes, se acaba sacando. Y puedes preguntar todas las dudas que tengas en el foro de fiscalidad. Con el PADRE te puedes descargar automáticamente todos los datos, y sólo tendrías que meter tú las operaciones de venta de acciones y alguna cosa similar. Casi todo te lo mete la descarga automática de datos de Hacienda.
Un saludo.
Leo · 2012-06-01
Hola,
En mi caso vendí acciones el año pasado (2011) que había adquirido en el 2008. Pertenecen al NASDAQ (en dólares) pero bueno, echando cuentas, si las he hecho bien, he tenido una ganancia aprox. de 1500 €.
He llegado a leer en otros sitios, que estaríamos exentos de tributar hasta los primeros 1500 € (incluso en el manual de la renta hace alusión a 1600 € de exención). Me parece que se habla de dividendos o acciones que ya hayan tributado o algo así. Entiendo por tanto que no es mi caso por lo que tendré que declararlo, pero me gustaría asegurarme.
Muchas gracias por adelantado por tu tiempo y tu ayuda.
Un saludo!
Leo
Nacho · 2012-06-04
Hola,
interesante pagina. Gracias por todo lo que compartes.
La duda que yo tengo con respecto a la fiscalidad de la compraventa de acciones se refiere a lo siguiente: si por ejemplo vendo unas acciones con cierta plusvalia e inmediatamente invierto el capital mas las plusvalias en otras acciones y las mantengo mas alla del 2012, en este caso tengo que pagar impuestos sobre las plusvalias o se difieren a cuando venda las acciones nuevas que he comprado?
Gracias y saludos
Nacho
bodymilk · 2012-06-04
Hola, he descubierto esta pagina hoy, y me gusta.
Mi gregunta es sobre la venta de derechos sobre acciones de SANTANDER. Tengo algo mas de 40.000 acc. Durante este año 2012 vendere sobre 10.000 euros en derechos, resto suscribo acc. No tengo ingresos de ninguna clase (en paro). Tengo deduccion vivienda unos 800 euros (pago 450x12). Al no tener ingresos con retencion (no cobro dividendos o salarios) no aprovecho la deduccion piso.
¿ como ves poner en renta casilla 342 de venta de acciones los derechos ? se que no se puede hacer, pero me da la sensacion de que hacienda no me dira nada. He trabajado en asesoria y se que ellos se enteran de datos omitidos si sale perjudicada, pero esto de las acciones...ummm!!!! hace años ya hice una trampilla me ahorre unos 2.000 euros ya prescrito y no se enteraron....creo fue algo con derechos de COFIR. De paso no hago bajar mi precio compra de acciones como se hace con la venta derechos y salir perjudicado en la venta total si gano mas adelante.
Si pongo como te digo casilla 342 ingresos venta derechos y la deduccion piso, PADRE sale pagar 0, aprovecho el minimo personal. En principio solo lo haria este año 2012.
Me entiendes... como ves el riesgo?
Gilmar · 2012-06-04
Yo no se a los demás lo que os sucerá con este u otros bancos, a mí, el BBVA me facilita una información sobre las operaciones de precios de compra, venta, plusvalías, minusvalías, comisiones, gastos, custodias etc . MUY COMPLICADA.
En resumen, con 15 ó 20 operaciones de venta que tengo en el 2011, me resulta prácticamente imposible aplicar las minusvalías y plusvalías correspondientes
¿No deberían los bancos enviar la información exacta, AL CÉNTIMO a la Agencia Tributaria y esta volcar los datos al Borrador del Contribuyente y evitar este GALIMATIAS que nos supone a la mayoría de inversores la Declaración de Renta?
¿¿Qué opináis??
Invertir en bolsa · 2012-06-04
Hola,
Leo, los que están exentos son los primeros 1.500 euros que cobres de dividendos. En el caso de venta de acciones no hay ninguna exención.
Nacho, si vendes unas acciones con plusvalías tienes que pagar en el año en que has tenido esas plusvalías. El hecho de reinvertirlas no hace que tengas que pagar menos, ni diferirlas ni nada por el estilo.
bodymilk, yo creo que te van a descubrir porque esas operaciones están muy controaldas. Yo no lo haría.
Gilmar, no tengo cuenta en el BBVA. En general los brokers suelen dar una información bastante clara, pero no sé qué infromación da el BBVA.
Un saludo.
Gilmar · 2012-06-08
El título de este tema no está mal ??
No debiera indicar que el ejercicio es del 2011 y el plazo de presentación Mayo-Munio 2012 ??
Invertir en bolsa · 2012-06-08
Hola Gilmar,
Es correcto. Esta es la fiscalidad que se aplica a las ventas que se realicen en el año 2012, y que se reflejarán en la declaración que se haga en Mayo de 2013.
La fiscalidad de las operaciones realizadas en 2011 que se reflejan en la declaración del IRPF que se presenta en Mayo-Junio de 2012 es la misma que la de 2010, y es esta:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-acciones-ejercicio-2010-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2011.htm]Fiscalidad de las acciones en el ejercicio 2011, declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2012[/url]
Un saludo.
Gilmar · 2012-06-12
Yo sigo insistiendo en que los Bancos o los Brokers, quien proceda, debían informar AL CENTIMO a Hacienda y al cliente de las plusvalías y minusvalías. Debieran dar los datos totales definitivos teniendo en cuenta TODOS los gastos, comisiones, custodias,mantenimientos etc.
La información es farragosa, incompleta y confusa.
Cuando tienes que declarar 17 operaciones parciales de venta que corresponden a X operaciones parciales de compra de hace X años ¡A ver quien es el guapo que tiene en cuenta AL CENTIMO, todos los precios y todos los gastos.
¿Qué banco o broker facilita la información más clara y más completa?
Invertir en bolsa · 2012-06-12
Hola Gilmar,
La información sobre plusvalías y minusvalías no te la puede dar exactamente ningún broker, debido al criterio FIFO. Si vendes acciones de Telefónica en el BBVA, el BBVA no sabe si tienes acciones de Telefónica en otro u otros brokers, por lo que no puede darte esa información. Sí podría hacerlo Hacienda, pero de momento no lo hace.
No conozco el formato de información que proporcionan todos los brokers. A mí siempre me ha servido con la información que me han dado los distintos brokers que he tenido, pero si el tuyo no te da una información buena lo único que puedo decirte es que busques otro broker.
Un saludo.
Fer · 2012-06-12
Sobre el plazo de 2 meses sin comprar el valor para aprovechar minusvalias, me puedes aclarar si cuenta la adquisicion de acciones por las campañas de pago de dividendo ?? Gracias
Gilmar · 2012-06-12
Gracias por la información por supuesto pero si yo fuera Inspector de Hacienda y revisara AL CENTIMO todas las declaraciones con operaciones de minusvalías y plusvalías de acciones y tuviera que hacer una declaración paralela a las que tuvieran un error mayor de 10 € ya veríamos a ver quien se libraba de demoras, recargos o sanciones.
Por lo tanto y entendiendo que solo Hacienda sabe todas los operaciones y todos los Bancos, Brokers o cuentas que tienes es Hacienda quien debe incluir automáticamente el importe exacto en tu borrador, aún así, el importe exacto será casi imposible pues varian tanto las comisiones, el canon, los gastos de custodia .....y tendrán que ser proporcionales al número de acciones que has comprado o vendido, claro.
Invertir en bolsa · 2012-06-13
Hola,
Fer, no, acudir a esas ampiiaciones de capital / "dividendos flexibles" no supone incumplir el plazo de los 2 meses.
Gilmar, las comisiones y demás es un dato que los brokers facilitan a Hacienda. Yo creo que en el futuro Hacienda dará esos datos calculados, porque técnicamente es posible, pero de momento no lo hace.
Un saludo.
SUSANA · 2012-06-15
HOLA ME LLAMO SUSANA Y LLEVO TODA LA TARDE INTENTANDO MODIFICAR MI BORRADOR POR INTERNET, NO ESTOY A LA ULTIMA EN ESTO DE INTERNET PERO LO UNICO QUE QUIERO ES INTRODUCIR LA REFERNCIA CATASTRAL DE MI VIVIENDA HABITUAL LA CUAL ES DE MI ABUELA, ME PIDEN UN MONTON DE DATOS Y CUANDO PIENSO QUE TODO ESTA CORRECTO Y LE DOY A ACEPTAR RESULTA QUE EL RESULTADO DE DECLARACION CAMBIA Y DE PAGAR 70,02 ME PASO A PAGAR 94,65 COMO PUEDE SER ESTO SI LO UNICO QUE HE AÑADIDO HA SIDO LA REFERENCIA CATASTRAL, VALOR CATASTRAL, BUENO LAS CASILLAS ESAS QUE TE MANDAN CUBRIR Y COMO DEJES ALGUNA SIN HACERLO YA NO TE DEJAN ACEPTAR Y TIENES QUE VOLVER A COMENZAR, PORFA PUEDE ALGUIEN AYUDARME.......GRACIAS
Invertir en bolsa · 2012-06-18
Hola Susana,
Probablemente será por el valor catastral de la vivienda.
Un saludo.
Jose Ramon · 2012-06-20
El año pasado vendi todas las acciones que tenia, que eran de un mismo valor, se me produjeron minusvalias, si ya no tengo ninguna clase de acciones y en 4 años no pienso comprar nada, de cara a la declaracion de la renta ¿como compenso esa minusvalias.?
Invertir en bolsa · 2012-06-20
Hola José Ramón,
Las puedes compensar con plusvalías en la venta de inmuebles, venta de fondos de inversión, venta de opciones, venta de acciones, etc.
Si en los próximos 4 años no tienes plusvalias con nada de esto, entonces no podrás compensar esas minusvalías.
Un saludo.
Jose Ramon · 2012-06-20
Gracias por tu pronta respuesta a un tema anterior.
Mi pregunta ahora es:
Tengo compradas unas acciones del Banco de Santander, desde el año 2009 en vez de vender los derechos he acudido a las ampliaciones de capital que han realizado, quisiera saber que valor de compra tengo que poner a estas acciones cuando las venda de cara al IRPF
Invertir en bolsa · 2012-06-21
Hola José Ramón,
Lo que debes hacer es dividir lo que te costaron las acciones iniciales entre el número de acciones que tienes ahora.
Por ejemplo, supongamos que compraste 1.000 acciones a 10 euros, que por tanto te costaron 10.000 euros. Ahora tienes 1.200 acciones (por ejemplo), con lo que cada una de esas 1.200 acciones tiene un precio de compra de 8,33 euros (10.000 / 1.200 = 8,33).
Un saludo.
TOMAS · 2012-06-21
Buenos dias.
Es la primera vez que tengo que declarar por venta de accs. y te agradeceria si puedes ayudarme en una duda que tengo.
Hasta donde se el valor de adquisición de unas accs. se actualiza minorándolo con las ampliaciones liberadas o por venta de derechos, pero si se hacen operaciones de venta ¿Hay también que ajustarlo?
Te paso un cuadro con el ejemplo:
OpFecha EjecuciónNº T.PrecioImp. brutoCom. Imp. NetoSaldo Coste medio
COMPRA02/03/200920313,00 2.639,0014,252.653,25 20313,07
COMPRA03/03/200979713,0010.361,0049,7110.410,711.00013,06
SUS. LIB. 01/07/200950 1.05012,44
SUS. LIB. 01/07/201053 1.10311,85
VENTA 27/04/2011-10011,64 1.164,0010,34-1.153,661.00311,88
VENTA24/05/2011-30011,37 3.411,0020,51-3.390,49 70312,13
Se compraron accs. Zardoya, en esas fechas y el coste se ajusta con suscripciones liberadas o en su caso con la venta de derechos, con lo que tengo un coste de adquisicion de 11,85.
Para la venta del 24/4 tomo el valor medio 11,85, que creo es correcto, pero para la venta del 24/5
¿se ajusta el coste medio, ajustando el total inversión viva ( deducida ya el importe de la primera venta) entre el numero de accs restantes? y ajustandolo con ese mismo criterio en sucesivas ventas
¿o siempre habría que tomar el valor de 11,85?, para esa venta y posteriores, siempre y cuando no se produzca otra incorporación por ampliacion liberada o venta de derechos.
Muchas gracias
Un saludo,
TOMAS · 2012-06-21
Hola,
Disculpa pero parece que la parte del cuadro no ha salido bien.
¿Te puedo enviar un excel a algun email?
Gracias
Un saludo,
Invertir en bolsa · 2012-06-22
Hola Tomás,
En las ventas de aplica el criterio FIFO, que quiere decir que las primeras que vendes son las primeras que compras.
Los ajustes por ampliaciones de capital y venta de derechos los tienes que hacer para cada operación de compra de Zardoya Otis que hayas hecho, no sobre tu precio medio de compra.
Mejor separa las cifras en la respuesta a este mensaje para que se vea cada columna bien, porque en los comentarios no se pueden colgar excel y si me lo mandas por e-mail no lo podrá ver la gente que lea este artículo y no seguirá bien el tema.
Me parece entender que haces primero una compra de 203 acciones y luego otra de 797.
Después haces una venta de 100 y otra de 300.
Cada compra la tienes que tratar de forma separada, no hacer un conjunto con las 2 y calcular las plusvalías sobre ese precio medio.
Esas 203 acciones te habrán generado X, que harán un toal de 203 + X. Por un lado tienes que calcular el precio medio de este grupo de acciones que es: importe de compra de las 203 / (203 + X). Teniendo en cuenta todas las comisiones de estas operaciones.
Y las 797 acciones te habrán generado Y acciones, que harán un total de 797 + Y. Con este grupo de acciones tienes que hacer lo mismo.
Las primeras que vendas serán las 203 + X, y el precio de compra que tienes que poner es el que te haya salido del cálculo que te he comentado.
Cuando acabes de vender las 203 + X empiezas a vender las 797 + Y
Un saludo.
AlecS · 2012-06-23
Hola a todos,
A ver si lo he entendido bien..
Si solamente hago compras y los dividendos los reinvierto en acciones sin cobrarlos nunca en efectivo
No tengo q pagar hacienda pero si declarar las compras??
En caso de q venda acciones obteniendo plusvalias y sicobro dividendo en efectivo su pago hacienda!!!
Gracias!!
TOMAS · 2012-06-23
Buenos dias.
Muchas gracias por tu respuesta, clara y rapida.
He aclarado algunos conceptos que no tenia muy claros y en algun caso erroneo.
Es imposible el incluir el ejemplo que enviaba porque se desplazan los datos de las columnas, y al pulsar la vista previa sale todo descolocado, y dificil de entender.
No obstante por si interesara a alguien os incluyo un link, donde he dejado un fichero con el ejemplo en cuestion.
Es un excel con aclaraciones y las formulas utilizadas.
Si lo puedes contrastar te lo agradecere. Sobre todo es por quedarme tranquilo, porque tengo que rematar de una vez por todas - mucho tiempo ya no nos queda - la presentación de la renta.
http://www.mediafire.com/?f0ty5g9dtx0rdy2
Otra preguntilla:
Tengo que declarar de tres tipos distintos de accs. 15 ops., una con 7 ops., otra con 6 y otra con 1.
En el "Padre", solo hay para incluir maximo 3 operaciones por clase de acción.
¿Como se puede incluir?
De la misma compañia, creo una con 3 ops, creo otra por otras 3, etc... y como pide el total anual haria una agrupacion por esas 3 ops.
Muchas gracias de nuevo
Un saludo y buen fin de semana -si te dejamos-
TOMAS · 2012-06-24
Hola de nuevo.
Anulo la pregunta que te hacia ayer como declarar todas las operaciones, ya que hoy al "pelearme" con el padre, me he dado cuenta que la declaración no se hace por operacion, sino por el sumatorio y agrupacion del tipo de Ganancia o Perdida, que se indica el desplegable:
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS DESDE 31-12-94
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS ENTRE 31-12-93 Y 30-12-94 (AMBOS INCLUSIVE)
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS ENTRE 31-12-92 Y 30-12-93 (AMBOS INCLUSIVE)
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS ENTRE 31-12-91 Y 30-12-92 (AMBOS INCLUSIVE)
GANANCIAS DE ACCIONES ADQUIRIDAS ENTRE 31-12-91
PERDIDAS PATRIMONIALES
Con lo que es mas facil. Solo hay que tener el desglose del sumatorio que se indique, por si hay algun tipo de requerimiento.
Gracias
Un saludo,
Invertir en bolsa · 2012-06-25
Hola,
Alecs, las compras no se declaran. Declaras las ventas, y si no vendes acciones un año no tienes nada que declarar ni que pagar por este concepto.
Si por "reinvertir los dividendos en acciones y no cobrarlos en acciones" te refieres a acudir a las ampliaciones de capita liberadas tipo "script dividend" entonces efectivamente no tienes que pagar nada el año que acudes a esas ampliaciones de capital liberadas. Si cobras dividendos en efectivo (en realidad si no son en efectivo no son dividendos) te retienen el 21% en 2012 y según la cantidad que cobres puedes estar obligado a hacer la declaración o puede que no estés obligado pero te interese hacerla.
Tomás, he visto el excel y está bien hecho.
Puedes agrupar las operaciones como quieras, lo que importa es que el resultado total que pongas sea el correcto. Podrías incluso poner algo como "Operaciones realizadas en el borker X", y poner la suma de todas esas operaciones juntas en una casilla.
Un saludo.
AlecS · 2012-06-25
Muchas gracias IEB!!
Saludos
TOMAS · 2012-06-26
Gracias caballero.
Tomo desde ahora como referencia tu web para estos temas, con los que el usuario de a pie estamos muchas veces despistados.
Un saludo,
Invertir en bolsa · 2012-06-26
Gracias a los dos.
mercedes · 2012-07-01
Desearia saber, como puedo compensar las minusvalias que he tendio al vender bankia, no tengo acciones que me puedan dar en la venta minusvalias. Las podria compensar con ventas de derechos? y en caso afirmativo los derechos se tienen que vender con retencion fiscal o in retencion?
Es la primera vez que uso este consultorio .Gracias, espero saber como buscar vuesgtra respuestsa
mercedes · 2012-07-01
Perdon en la consulta anterior quise decir que no tengo ninguna accion que me de plusvalias en la venta,por ello no puedo compensar con este metodo . Gracias
Invertir en bolsa · 2012-07-02
Hola Mercedes,
No las puedes compensar con venta de derechos, los vendas en el mercado (sin retención) o a las empresas al precio fijo que marquen (con retención).
Sí las puedes compensar con ventas de fondos de inversión, inmuebles, opciones put, etc. También puedes utilizar fondos FIAMM en lugar de cuentas remuneradas, por ejemplo.
Recuerda que puedes compensarlas en el año en que hayas tenido esas minusvalías y en los 4 siguientes.
Un saludo.
Ni te imaginas como agradezco tu respuesta, he recorrido oficina de hacienda de ozuelos y mas de media docena de bancos y una gestoria. Te cento en hacienda me dijeron que las minusvalias podian compensar con plusvalias de ventas de deechos, al venirme en casa empece a pensar que er absurdo , si eran con retenion los tratan como dividendos si era sin retencion despues habia que diluir el precio de la accion a la venta, vamos que no tenia logica, la tuya encaja bien. Gracias
Invertir en bolsa · 2012-07-03
Gracias, Mercedes.
Seguro que las minusvalías no se pueden compensar con venta de derchos, vendas a quien vendas los derechos.
Un saludo.
Alfredo Garcia Jimenez · 2012-07-06
Soy Español y resido desde hace 37 años en el extranjero y no hago declaracion de hacienda en España, soy pensionado en mi pais de residencia y mis ahorros los tengo en acciones en bolsa española.
Mi pregunta es: cuando me pagan los dividendos me retienen el 21%, como puedo hacer para recuperar lo retenido o que no me lo retengan?
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-07-09
Hola Alfredo,
Eso dependerá del país en que seas residente, y de los acuerdos que tenga esa país con España. Lo mejor será que hables con tu broker y con la embajada de España en el país en que residas. En ambos sitios deberían saber decirte qué trámites tienen que hacer.
Un saludo.
huron · 2012-07-28
Estoy en un broker (Plus500) desde hace dos semanas, metí 125 euros y ahora mismo tengo 215. Supongamos que a final de año tengo 6000 euros en mi cuenta. Si no lo saco de mi broker he de declararlo, o solo debo declararlo cuando pida un reintegro?¿ Y si tengo que declararlo a que fiscalidad?¿
Un saludo crak
Invertir en bolsa · 2012-07-30
Hola Huron,
Tienes que declararlo, independientemente de que lo saques de tu broker o no. En el momento en que vendes (acciones, futuros o lo que sea) y obtienes una ganancia ya se genera la obligación de declarar por esa ganancia.
La tributación dependerá del producto en el que hayas invertido. Si son acciones, la fiscalidad es la que ves en este artículo. Si son derivados, es muy parecida, con unos pequeños cambios, la puedes ver en el artículo sobre la fiscalidad de los derivados en esta misma sección.
Un saludo.
huron · 2012-07-30
Otra duda compañero yo opero con operaciones en corto con el ibex, solamente con ese valor, al cabo del dia puedo cerrar y abrir una media de 7-8 operaciones. Lógicamente en algunas acierto y en otras no. Supongamos que las operaciones acertadas suponen una ganancia de 500 euros y las erróneas unas pérdidas de 300, es decir he tenido un beneficio de 200 euros netos ese día. Supongamos que esa operación se repite a lo largo del año y que al final del año he obtenido unas ganancias netas de 5000 euros, a la hora de tributar, se han de declarar esos 5000 euros netos que hemos conseguido no?¿ Me refiero que si tus operaciones acertadas generan 20000 euros y las falladas -15000 euros tributas los 5000 netos que ganaste y los 20000 brutos no es cierto?¿ UN saludo y muchas gracias por tu ayuda
Invertir en bolsa · 2012-07-31
Hola Huron,
Sí es así, porque operas con derivados (futuros en este caso), y en los derivados no se aplica la regla de los 2 meses.
Si hicieras eso mismo con acciones, probablemente tendrías que tributar por los 20.000 euros (habría que ver la lista de operaciones concreta para hacer el cálculo exacto), por no respetar la regla de los 2 meses (si no la conoces la puedes ver en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_compensacion_minusvalias_evitar_regla_2_meses.htm]Cómo funciona la regla de los 2 meses en la compensación de minusvalías[/url]
Por eso, para ese tipo de operativa es mejor utilizar futuros, opciones, CFDs, que acciones.
Un saludo.
laietana · 2012-08-01
Antes de nada agradecer toda la información que se aporta aquí
Mi duda está relacionada con el plazo de los dos meses entre operaciones, mis padres canjearon las preferentes por acciones de bankia que en un primer momento dieron un 75% y después tres tramos hasta llegar al 100% si se conservaban las acciones iniciales, la pregunta es si ese canje se trata como una compra de acciones y por tanto hay que esperar 2meses para compensar una minusvalía o no se considera una compra y por tanto el plazo de dos meses entre operaciones no hace falta respetarlo
Gracias
Invertir en bolsa · 2012-08-06
Hola Laietana,
No entiendo bien el caso, porque creo que no te afecta el tema de los 2 meses.
Es decir, tus padres han canjeado preferentes por acciones de Bankia, y entiendo que las quieren vender lo antes posible, ¿no?
Supongamos que el canje de preferentes por acciones se realiza el día 1. En ese caso, ellos pueden vender las acciones de Bankia el mismo día 1 y esta minusvalía sería compensable.
No sería compensable si venden las acciones de Bankia el día 1 y vuelven a comprar acciones de Bankia antes de que pasen 2 meses.
¿Es esto lo que preguntas?
Un saludo.
laietana · 2012-08-07
Gracias por contestar
Solo era vender un %, no el total, pero al no ser una compra "normal" de acciones no sabía si afectaban los dos meses, dentro de poco es la ampliación y anteriormente hubo un canje parcial por fidelización y las fechas van muy muy justas
De nuevo gracias y un saludo
Sagitar · 2012-08-07
Hola,
Mi pregunta viene por mis dudas en la compra/venta en opciones binarias. ¿Tendría que declarar las ganancias conseguidas mediante esta actividad? ¿Qué porcentaje he de pagar, y como las declararía? Si fuese posible, podríais facilitarme algo más de documentación acerca de este tipo de comercio. Muchas gracias de antemano. Un saludo, y felicidades por la pagina.
Invertir en bolsa · 2012-08-07
Hola
Laietana, sí que afectan los 2 meses a esa compra, pero es que creo que lo tú quieres hacer no tiene que ver con el tema de los 2 meses, porque tu intención no es vender con pérdidas para recomprar antes de que pasen 2 meses, ¿no?. Si me pones cifras y fechas concretas de lo que has hecho y lo que quieres hacer te lo explico con el ejemplo.
Sagitar, hay que pagar a Hacienda, sí, claro. Las opciones binarias son un producto derivado, y se les aplica la misma fiscalidad que al resto de derivados:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_derivados.htm]Fiscalidad de los productos derivados[/url]
Creo que es casi imposible ganar dinero con las opciones binarias. Es decir, más que un tipo de inversión creo que entran dentro de los juegos de azar. Son muchísimo más similares a las apuestas deportivas que a las acciones, los fondos de inversión.
Mi recomendación es que no dediques ni tiempo ni dinero a las opciones binarias, la verdad.
Un saludo.
pedro · 2012-08-07
Buenas tardes,
Soy un portugués con residencia en España, trabajo aquí y pago mis impuestos aquí, en Venezuela tenía una parte de un restaurante con un hermano, el restaurante a sido vendido y este me quiere mandar la parte que me toca. Al realizarme la transferencia que tributación tendría yo.
gracias.
Nelo · 2012-08-07
Quisiera saber si la venta de derechos se declara como la venta de acciones (perdón por la ignorancia)
Invertir en bolsa · 2012-08-09
Hola,
Pedro, en el momento de realizar la transferencia no tendrás que pagar nada. Cuando tendrás que pagar es en la declaración del IRPF del año que corresponda. Es decir, si la venta se ha realizado en 2012, tendrás que declararla en la declaración del IRPF de 2012, que es la que se hará en Mayo-Junio de 2013.
No estoy seguro de la tributación exacta. En principio creo que es un incremento de patrimonio (como el de las acciones de este artículo, por ejemplo), pero si tú hubieras trabajado en ese restaurante es posible que la fiscalidad sea distinta. Yo preguntaría en Hacienda la forma exacta de declarar esa operación.
Nelo, no. Es distinta. En el momento de vender los derechos no pagas nada, lo que haces es reducir el precio de compra de las acciones en el importe de la venta de los derechos. En el momento en que vendas las acciones tendrás que calcular la plusvalía / minusvalía con este precio de compra "recalculado" con las ventas de derechos que hayas hecho desde que compraste las acciones. Lo tienes con más detalle y ejemplos en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Un saludo.
maria · 2012-08-10
Hola,
Mi padre quiere vender unas acciones que compró en el año 2004, hay algún tipo de descuento o límite en el pago de plusvalía por tener las acciones tantos años?
Espero tu respuesta, muchas gracias por adelantado
carlos · 2012-08-13
hola,si en el año 2005 compro acciones de jaztel con valor de 15000€ y de service point con valor de 5000€ que aun conservo y ahora tuviera plusvalias de 25000€, si vendo el año 2005 con unas perdidas de 15000€ mas o menos.¿cuanto tendria que pagar a hacienda en 2013? ¿en que medida una plusvalia con una minusvalia? gracias por adelantado
Invertir en bolsa · 2012-08-13
Hola María,
No hay ninguna rebaja por tener las acciones desde el 2004. Las exenciones que existen son para acciones compradas antes del 31 de diciembre de 1994.
Carlos, no me quedan claros los datos. Las acciones de Jazztel y Service Point, ¿aún las tienes o las vendiste en 2005? ¿Puedes ponerme las fechas de compra y venta de cada operación, y la plusvalía / minusvalía obtenida en cada caso?
Un saludo.
maria · 2012-08-14
Hola,
Muchas gracias por tu respuesta. El tema de las acciones de mi padre es algo complicado (para mi). Hay posibilidad de contratar tus servicios, quedar con la documentación que tengo y hacer cálculos. Yo estoy en Madrid.
Quedo a la espera de tus comentarios, un saludo y gracias.
carlos · 2012-08-14
aun las tengo, no tengo los datos ahora pero mas o menos entre las dos me dan unas perdidas de15000€ a la venta, si por otro lado tengo plusvalias de unos 25000 de este año, quisiera saber en que medida se compensan las perdidas con las ganancias para aprobechar y vender jaz y sps para perder menos con ellas,gracias,un saludo
Invertir en bolsa · 2012-08-15
Hola Carlos,
Es que me despistaste al decir "si vendo el año 2005". Entiendo entonces que querías decir "si vendo en el año 2012".
Si en 2012 vendes todas esas acciones y por un lado tienes una plusvalía de 25.000 euros y por otro lado tienes una minusvalía de 15.000 euros, entonces la plusvalía por la que deberás pagar es de 10.000 euros (25.000 - 15.000).
Para que esto sea así, las acciones que vendas con pérdidas no las puedes volver a comprar en los 2 meses siguientes a esa venta. Si volvieras a comprar las acciones de Jazztel y SPS que vendes con pérdidas menos de 2 meses después de haberlas vendido, entonces no podrías compensarte esa minusvalía de 15.000 euros (hasta que volvieras a vender las acciones de Jazztel y SPS que has vuelto a comprar, y dejaras pasar esos 2 meses, por lo menos, sin volver a comprarlas), y tendrías que pagar por la plusvalía de 25.000 euros.
Un saludo.
carlos · 2012-08-15
hola, lo primero muchas gracias por tu ayuda, las tenia ahi pilladas de hace algunos años y ahora que me he vuelto a poner a el lio y recojo algunos frutos pues es buen momento para recuperar la inversion inicial que es importante. ¿como tributan los beneficios adquiridos por venta de acciones?
un saludo y gracias de nuevo
Oscar · 2012-08-17
Buenos días. Para empezar gracias por la ayuda y el conocimiento volcado en esta "peazo" de web. Y ahora la duda:
Tengo Telefonicas compradas hace 4 años a 20€, hace 3 semanas he comprado más, y ahora que ha subido quiero vender para hace caja y esperar a otra bajada para volver a comprar. Con lo del FIFO no acabo de entender cómo procesar la minusvalía fiscal... cómo lo anoto en mi cartera en Excel para saber qué declarar a Hacienda si vendo definitivamente dentro de unos años? me lo guardo como minusvalía a compensar cuando venda en el futuro o reduzco el precio medio de compra? o qué?
Gracias y un saludo
Invertir en bolsa · 2012-08-17
Hola,
Carlos, la tributación de la venta de acciones en 2012 es precisamente el tema de este artículo. Léelo, en él lo explico con todo detalle.
Oscar, si vendes acciones de Telefonica antes de que pasen 2 meses desde la compra de más acciones de Telefónica que acabas de hacer, no podrás compensar la misnuvalía que generes hasta que no vendas las acciones que acabas de comprar, y dejes pasar 2 meses sin comprar más acciones de Telefónica.
Gracias a los 2.
baltus · 2012-08-19
buenas tengo dudas sobre si gano con bolsa dinero y invierto en inmuebles o acciones a largo plazo
como seria tema de hacienda
quiero empezar con eso de bolsa porque en version demo con 10.000euros al dia consegui 2400euros y quiero comprarme piso pero soy nuevo en ese mundo de bolsa y hacienda
y como se podria hacer para no pagar tanto a hacienda o si es posible no mostrar todo y si tendria problemas
carlos · 2012-08-22
hola, que es eso de prohibicion de cortos? no se van a poder comprar acciones y vender cuando te venga bien? no entiendo
alf · 2012-08-23
Compra en 2001 paquete acciones se pagan durante los seis años siguientes, al vender en el 2012, como se abona la plusvalia, restando vaor de compra y de recompra por la empresa,
En que apartado de la declaración de 2012 debo reflejarlo.
Gracias
Juan · 2012-09-06
Buenas, he ganado 12.000 EUR con opciones binarias. A la hora de hacer la declaración de la renta... se paga igual que el resto verdad?21% hasta 6000 y 25% hasta 12.000 no???
Estoy muy perdido con este tema por que es el primer año que invierto en la bolsa...si no la hiciese que me podria pasar??podria ser, que se les pasara por alto... y asi no tener que declarar??
Me jode mucho pagar un 25% de impuestos cuando ellos no me estan dando nada a cambio...que envidia me da Inglaterra donde no pagan nada de impuestos por invertir en bolsa.
Gracias y saludos
Juan
Daniel · 2012-09-07
¡Hola!
Me gusta mucho esta web y me parece muy útil.
Tengo una pregunta relacionada con la venta de acciones. Tengo acciones compradas hace 2 años, y quiero venderlas en 2012, pero con pérdidas muy elevadas (5.000 euros). Este mismo 2012 compré acciones y las vendí con ganancia (2.500 euros), y mi pregunta es si pueden compensarse las de más de un año con las de menos de un año. Antes no se podía hacer, cada una se compensaba con su período, pero no sé si ha cambiado la fiscalidad.
Me gustaría pensar que han quitado el critero del año y que se pueden juntar todas, y si hay mucha pérdida, lo que no se pueda compensar, se compense en los 4 años años siguientes, pero creo que no voy a tener tanta suerte...
¡Un saludo!
Perdigón · 2012-09-11
Ahora toca actualizar de nuevo con las decelaraciones del presi.
ricardo · 2012-09-13
hola,
en mi caso, me han cambiado acciones preferentes por acciones de BBVA, han subid y querria vender.
Alguien puede decirme como tributan esas ganancias?
un saludo, gracias.
Invertir en bolsa · 2012-09-14
Hola,
Baltus, si vendes acciones y ganas dinero tendrás que pagar lo que especifico en este artículo. Es indiferente lo que hagas con el dinero ganado (reinvertirlo en más acciones, inmuebles, etc), el importe a pagar por las plusvalías que hayas obtenido no varía (en este artículo puedes ver cómo calcular lo que tienes que pagar a Hacienda por la venta de acciones con beneficios). Hacienda sabe exactamente las acciones que vendes, así que si no declaras algo lo van a ver enseguida.
Carlos, lo de la prohibición de cortos no tiene relación con la fiscalidad. Consiste en que se prohibe vender acciones (u otras operaciones similares con otros instrumentos como futuros, CFDs, etc.) sin tenerlas con idea de recomprarlas más adelante más baratas. Lo puedes ver con más detalle en [url=http://www.invertirenbolsa.info/articulo_derivados_estrategias_vender_futuros.htm]¿En qué consisten las posiciones bajistas o cortos?[/url]
Alf. tendrás que restar al importe de venta el de compra, sí. Y a la cifra que te salga aplicarle la tabla que puedes ver en este artículo. La declaración de 2012 aún no se conoce. Cuando llegue el momento de presentarla (Mayo-Junio de 2013) se podrá descargar el PADRE y ver cuál es el número de la casilla ( es fácil que cambien de un año a otro los números de casilla).
Juan, a las opciones binarias se les aplica esta misma tabla, sí. Si no lo declaras y te detectan tendrás que pagar lo que había correspondido más la multa correspondiente, que es alta. Yo también creo que el nivel de impuestos actual es absolutamente inmoral. En Reino Unido también pagan por la venta de acciones, y bastante.
Daniel, en 2012 no hay distinción entre más y menos de 1 año. Puedes compensar esas 2 operaciones sin problemas.
Perdigón, la fiscalidad de 2012 (la de este artículo) no ha cambiado. Hay rumores de que puede cambiar a partir del 1 de Enero de 2013, y en ese caso publicaré un nuevo artículo con la fiscalidad de 2013. Pero la de 2012 no ha cambiado desde el 1 de enero de 2012, sigue siendo la misma.
Ricardo, tributan tal y como explico en este artículo. Tu precio de compra es el dinero que hayas pagado por esas acciones desde el día que compraste las preferentes (todas las comisiones incluídas), y el de venta es el que obtengas al vender las acciones. Si tienes dudas, díme los datos y te lo calculo.
Un saludo.
Antonio · 2012-09-18
Buenas tardes,
Trabajo en telefonica y a los trabajadores nos han ofrecido un "plan de fidlidad" que consiste en comprar una serie de acciones al mes (hasta cierta cantidad de dinero) durante un año y una vez finalizado el año de compra de acciones, si mantenemos duranbte otro año en nuestro poder las acciones, nos darian el mismo numero de acciones que hubieramos comprado. Mi duda es, cuando yo quiera vender esas acciones, ¿como calculo las ganancias/perdidas de las acciones que me han dado? En caso de por ejemplo haber comprado 100 euros cada mes (cada mes habria comprado un numero de acciones diferentes dependiendo del valor) y al final del año esos 1200 euros invertidos (12 meses x 100 euros) tuviera 100 acciones, cuando venda esas 200 acciones (100 compradas mas 100 regalas) tendria que restar cuanto dinero he ganado menos los 1200 euros que me costaron, ¿no? Esta duda la tenemos muchos trabajadores
Otra cuestion un poco mas rebuscada que me pide un compañero que te haga, ¿que pasaria si en lugar de querer vender todas las acciones solo vendiera 100 acciones y el resto las mantuviera? ¿Tributaria por un lado la diferencia entre la venta de esas 100 acciones menos 1200 euros que nos costo, y cuando venda las otras 100 acciones seria la venta de esas acciones menos 0 euros porque no nos costo nada??
Muchas gracias!!!!
Invertir en bolsa · 2012-09-19
Hola Antonio,
Esto tenéis que hacerlo como si fuera una ampliación de capital liberada. Voy a poner un ejemplo con 4 meses para no tener que teclar los 12 meses.
Enero: Compras 10 acciones a 10 euros
Febrero: Compras 8 acciones a 12 euros
Marzo: Compras 12 acciones a 8 euros
Abril: Compras 6 acciones a 16 euros
En total has comprado 36 acciones. Telefónica te regala otras 36. En este momento, las compras que tienes en tu cartera fiscalmente son:
Enero: 20 acciones a 5 euros
Febrero: 16 acciones a 6 euros
Marzo: 24 acciones a 4 euros
Abril: 12 acciones a 8 euros
Como ves, en cada compra se reparte el importe que pagaste entre el doble de acciones (las que compraste más las que te regalan).
Si ahora venes 20 acciones, son las que compraste en Enero, y el precio de compra de las 20 que debes utilizar para calcular la plusvalía es de 5 euros por acción (las 20 acciones son iguales, tienen el mismo precio de compra y la misma fecha de compra).
Si en lugar de 20 acciones vendes 36 acciones pues entonces vendes las 20 de Enero (compradas a 5 euros) y las 16 de Febrero (compradas a 6 euros), etc.
Etc.
Las primeras que vendas serán las primeras que compraste, así que si las vendes debes empezar a calcular la plusvalía con las de enero, seguir con las de Febrero, luego las de Marzo, etc.
Un saludo.
lourdes · 2012-09-21
Tengo claro que al vender todas las acciones que tengo, incluidas las obtenidas por dividendos, he de tributar por todo el beneficio obtenido, en mi caso el 21 %, pero ¿puedo descontarme los 1500 € del total por la parte de los dividendos? Es que no me queda claro si las acciones obtenidas por dividendos se siguen considerando dividendos, no se si me he explicado bien.
Otra duda, yo vivo en Ceuta, tenemos bonificación fiscal del 50%, pero no se si esta bonificación también es aplicable a las ganancias en bolsa, siempre y cuando no supere a los rendimientos del trabajo obtenidos en mi ciudad, en fondos de inversión creo que no.
Gracias por anticipado.
Santiago · 2012-09-21
Hola,
soy un trabajador español que vive y hace su declaración en España, pero tengo acciones de France Telecom depositadas en un broker español.
Como estoy harto de que la legislación europea permita que me roben de forma impune anualmente más de 10% de los dividendos que no se recuperan con la doble imposición, he decicido traspasar mis acciones a un broker francés y abrir una cuenta en Francia, para que la hacienda francesa no tenga más excusas para no devolver el exceso de retención.
Las dudas son:
Por los dividendos, ¿Tendré que pagar impuestos en España o Francia?
Si algún día llego a vender las acciones en el broker francés, ¿dónde tendré que declarar por la posible pérdida o ganancia en la venta? ¿en Francia o en España?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2012-09-24
Hola,
Lourdes, entiendo que por "acciones obtenidas por dividendos" te refieres a los "dividendos flexibles" y similares. Esas operaciones son ampliaciones de capital liberadas, y triutan como tales. Lee [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url], y si no te queda claro vuelve a preguntar.
Que yo sepa, la tributación por venta de acciones y dividendos en Ceuta es la misma que en el resto de España.
Santiago, no sé responderte con una seguridad del 100%. En España tienes que declarar por tu renta mundial, es decir por todo el dinero que ganes en España y en cualquier otro país del mundo. Así que esos dividendos los tendrás que seguir incluyendo en tu declaración en España, eso seguro.
Lo que has conseguido con esto es que la Hacienda española no te haga ninguna retención por estos dividendos, pero la Hacienda francesa te seguirá haciendo la misma retención. Pregunta a tu broker francés cómo puedes recuperar esa retención, porque eso es lo que no sé decirte. Quizá tengas que hacer una declaración del IRPF en Francia o algo así.
Un saludo.
chema2012 · 2012-09-25
En 2012 en el mercado de futuros he tenido mucha suerte y he obtenido unas ganancias muy elevadas, sobrepasan el millon de euros.
Le he dado cien vueltas pero no se me ocurre nada para no tributar tanto. Estoy en el tope de deducciones por planes de pensiones y por VH.
Espero que a alguien se le ocurra algo.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2012-09-25
Hola Chema,
Enhorabuena.
Lo único que se me ocurre es que aflores plusvalías de algo que ya tengas y que ahora mismo esté por debajo de tu precio de compra (acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.).
Un saludo.
samgriento · 2012-09-28
Hola, Gregorio
Al hilo del post anterior a Chema, se me va planteando el cierre del año y llevo unas plusvalías de 3.500 € que podría compensar vendiendo unas TEF con aprox. esas minusvalías.
Esto es siempre una decisión correcta o ... en definitiva, qué factores o variables debo considerar para tomar esta decisión ??
Gracias, como siempre, por tu atención
Invertir en bolsa · 2012-10-01
Hola samgriento,
Debes considerar el conjunto de tu estrategia, y tener en cuenta qué es lo que harías con esas acciones de Telefónica si no quisieras compensar esa plusvalía.
Supongamos que tú intención es mantener esas acciones de Telefónica al menos durante unos meses más. Si son 500 acciones (por ejemplo) las puedes vender, e inmediatamente compras 5 futuros sobre acciones de Telefónica. El futuro debe tener un vencimiento superior a 2 meses, contando desde el día que vendes las acciones.
Al llegar al vencimiento decides si lo ejercitas (es decir, lo conviertes en 500 acciones de Telefónica) o si lo vendes para comprar las 500 acciones en el mercado, según lo que haya hecho la cotización, y según cuál sea tu estrategia de inversión.
Si me explicas cuál es tu estrategia y qué deseas hacer con esas acciones de Telefónica te puedo concretar más.
Un saludo.
samgriento · 2012-10-01
Hola, Gregorio
Gracias por tu respuesta.
Mi estrategia inversora es flexible. Intento amoldarme a las circunstancias y el fin es obtener la mayor rentabilidad a mi dinero. En concreto, los últimos meses de vaivenes creo que han sido perfectos para el medio plazo y he conseguido buenos beneficios y buenas plusvalías.
Como apuesto (es mi apuesta) a que esto se va para abajo, me he ido deshaciendo de cartera con buenos timings. El lunar negro es TEF, se ma quedado pillada, la única con la que pierdo (no es así porque con los dividendos empato). Es decir, que tengo minusvalías.
Y al leer la respuesta tutya a Chema, se me ocurrió si era buena idea vender y compensar plusvalías. Como no alcanzo a ver el movimiento en su globalidad, por eso te pregunto si es buena idea y... en definitiva, para otras veces, si suele ser buena idea.
Respecto a qué pensaba hacer con ellas... pues las tengo a la venta, en dos paquetes, a 11.59 y 12.19. Con eso recuperaría inversión, además de los dividendos, claro. Perdí una oportunidad cuando se pusieron a 11.58 y dudo que vuelva en mucho tiempo. Es decir, como pienso que no van a llegar en los próximos meses... la alternativa, que insisto, no sé si es buena, sería realizar esas ventas ya con sus minusvalías. O quedármelas pa siempre.
Gracias de nuevo por tu atención y un saludo
Invertir en bolsa · 2012-10-02
Hola samgriento,
Por lo que dices, no tienes muy claro que hacer con ese dinero en caso de vender las acciones ahora.
Una alternativa es que vendas las acciones, compres futuros sobre Telefónica y vendas opciones call con esos futuros como respaldo. ¿Qué te parece esta opción?
Un saludo.
samgriento · 2012-10-02
Hola Gregorio
Mi duda sigue intacta. Operar con derivados se escapa a mis conocimientos por ahora.
Por supuesto que sí tengo claro qué hacer con ese dinero: reinvertirlo. Ahora o en los próximos meses. Quizá en acciones, quizá en RF, quizá en fondos.... o dejarlo en el monedero (F: Monetario) a la espera de oportunidades.
Siento que no me contestas a mi duda sobre la minusvalía. Si no hay regla general, vale. Me dijiste: concreta. Lo he hecho. Si necesito concretar más, por favor, dímelo.
Gracias de nuevo y un saludo
Edwin · 2012-10-02
Buenos días ante todo daros las gracias por esta página porque gracias a ella tenemos una muy magnífica información financiera. Quiero agradecer también especialmente la posibilidad que tenemos de hacer consultas a los expertos.
Paso a comentar mis cuestiones en dos viñetas porque en una no se puede por el tamaño, tengo bastante lío en relación a la fiscalidad de la venta de acciones, he ido comprando a lo largo de los años en un montón de operaciones y también he realizado algunas ventas. Si no es inconveniente voy a ir poniendo un ejemplo de la situación, más simple que mi realidad, pero nos sirve para ir resolviendo las cuestiones.
Tengo claro que cuando se vende las que se están vendiendo son las primeras que se compraron. El problema surge cuando se genera una pérdida porque como he hecho muchas pequeñas compras pues he comprado cerca de la fecha de venta, en cuyo caso se supone que hay que esperar a la venta de esas acciones nuevas que se han adquirido, ¿verdad?, la cuestión es de fechas porque en este artículo dice dos meses antes o después pero en la guía de hacienda que tengo del año pasado dice:
La aplicación de esta norma cautelar está condicionada a que la recompra se realice en
los siguientes plazos:
a) Dos meses anteriores o posteriores a las transmisiones, tratándose de valores o participaciones
admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de
valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21
de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros.
b) Un año anterior o posterior a las transmisiones, cuando se trate de valores o participaciones
no admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de
valores anteriormente citados.
c) Un año posterior a la transmisión, tratándose de otros elementos patrimoniales. Cabe
precisar que en todo caso debe adquirirse el mismo elemento patrimonial transmitido.
Yo pensaba que el ibex 35 era un mercado primario y no secundario y por eso es apartado b) ¿Son dos meses o un año?
Si se ha comprado en los dos meses de antes y en los dos de después ¿cuáles son las que se toman para esperar a su futura venta, las de antes, las de después o las que están más cerca?
Independientemente del tiempo y de las acciones que se tomen aparece otro problemas nuevo no sé bien cuando se compensa la minusvalía, sé que se compensa cuando se venden las que se han comprado, mi problema viene que no sé cuando se produce la venta de esas acciones, porque para saber cuándo se venden no sé cuál de estos caminos es válido:
1.¿Tenemos que esperar a la venta de todas las acciones que se compraron antes de estas últimas?
2. ¿Se saltan por así decir “la cola” y se tiene en cuenta que se venden en la siguiente venta independientemente de que no sean las más antiguas?
Con este ejemplo se ven más claras estas preguntas: Si compré 100 acciones a 5€ luego compré 500 a 10€ y luego vendí 200 a 8€ y posteriormente compré 300 a 6€ tres días después.
Cuando vendo las 200 a 8€, 100 de esas acciones que vendo corresponden a las 100 primeras que compré a 5€ y me generan una plusvalía que debo poner en la declaración de la renta y pagar (no puedo compensar con la minusvalía de las otras 100 que sería lo más sencillo, ¿verdad?) sin embargo las otras 100 que vendo se corresponden con 100 de las 500 que compré a 10€ por tanto estas me provocan una minusvalía que no podré desgravarla hasta que venda esas 100 acciones, porque he comprando 300 acciones unos días después, así que ahora:
1. ¿Debo esperar a que se vendan primero las 400 acciones que me quedan de las que compré a 10€?
2.¿O se venden directamente primero las 100 acciones de las 300 que compré más tarde a 6€? En cualquier caso las otras 200 acciones de las 300 acciones que he comprado a 6€ generaran su plusvalía o minusvalía por otro lado independientemente de lo que ha pasado con las otras 100 que si actuaban en la minusvalía, ¿verdad?
Edwin · 2012-10-02
En este contexto aparece otro problema nuevo cuando se venden finalmente las 100 acciones que se corresponden con las que generaban la minusvalía. Pueden ocurrir varias cosas que tampoco tengo clara su solución:
1.Que se genere una minusvalía sobre la venta de esas 100 acciones por ejemplo si se venden a 5€ en cuyo caso tendríamos que ver si compro más o no en las inmediaciones temporales, ¿verdad? Se podría tener que si se sigue comprando y vendiendo así que nunca se llegue a desgravar la minusvalía efectivamente, ¿o existe un plazo en el que se deja de hacer esto? Sé que existe un plazo de 4 años para desgravarse las minusvalías pero este es para cuando se han hecho ya efectivas, situación que no es la nuestra, ¿verdad?
2.Que se genere una plusvalía sobre la venta con respecto a la última compra pero no respecto a la primera, es decir si vendo las 100 acciones a 8€ con respecto a las que compré a 6€ gano (¿se declara la plusvalía?) pero respecto a las que compré a 10€ pierdo, entonces si vuelvo a comprar en las inmediaciones ¿tengo que seguir esperando?
3.Si efectivamente se genera una plusvalía porque vendo las 100 acciones a 12€, entonces declaro una minusvalía de 2€ por acción (de las 100 que compré a 10€ y vendía a 8€) y por otro lado una plusvalía de 6€ (de las 100 que compré a 6€ cerca de las que vendí perdiendo y posteriormente he vendido a 12€) en realidad como pierdo 2€ y gano 6€ es como si se genera una plusvalía de 4€ por acción. ¿Es así como debo declararlo?
Independientemente de todo lo dicho hasta ahora tengo dos problemas más:
El primero es que como he cobrado dividendos en acciones cuando vendo si llega el momento en el que se considera que he vendido todas las acciones anteriores al cobro de ese dividendo, ¿se considera que he adquirido el número de acciones correspondientes al dividendo a coste de 0€ y serían las que se venden en este momento?
El segundo se supone que va a haber una diferencia entre las plusvalías generadas en menos de un año y las demás, ¿se pueden compensar las minusvalías, cuando se hacen efectivas, de un tipo con las del otro o irán separado?, ¡ah! Si por los proceso de compra venta hasta que se materializa la minusvalía que hemos visto anteriormente se pasa de un año ¿se considerará entonces que son de más de un año o se sigue considerando que son de menos de un año?
Y por último problema es a efectos de notificación a hacienda, esto es, ¿hay que notificar la minusvalía aunque no se desgrave en la declaración de la renta pese a que se hayan comprado acciones cercanas a la fecha en la que se produce la minusvalía o simplemente no se dice nada hasta que se consolida realmente la minusvalía o se produce la plusvalía?
Muchas gracias por todo y lamento preguntar tanto.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-10-03
Hola,
samgriento, por lo que dices creo que tienes una estrategia poco definida, y quizá no adecuada para tu caso.
Por ejemplo, si no sabes utilizar los derivados, es poco probable que consigas ganar dinero con operaciones a cortoo plazo con las acciones. Fundamentalmente porque casi nadie lo consigue, y los pocos que lo hacen tienen conocimientos muy amplios sobre estos temas.
Cuando te decía que si tenías claro qué hacer con el dinero de la venta de Telefónica me refería al instante después de venderlas, no "antes o después lo invertiré en algo". Es decir, si vas a materializar una pérdida deberías tener claro qué vas a hacer con ese dinero en el mismo momento en que realizas esa venta que te va a producir la pérdida. Como ejemplo te ponía esa combinación de derivados. Vender para realizar esa pérdida y dejar el dinero "esperando" quizá no tenga mucho sentido.
Es decir, si vendes ahora te ahorras en impuestos unos 700 euros (el 21% de 3.500). Pero si dejas ese dinero en una cuenta remunerada y dentro de unos meses compras otra vez Telefónica pero más cara que lo que la vendiste, la operación no habrá tenido sentido.
El problema principal creo que es el que te comentaba, que no tienes clara la estrategia, sino que vas comprando y vendiendo acciones sin una referencia o patrón que dé consistencia a ese conjunto de operaciones. Creo que este enlace te puede ayudar a resolver este problema:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=997]Beneficios de la inversión a largo plazo buscando la rentabilidad por dividendo[/url]
Edwin,
Son 2 meses. El apartado b) es para acciones no admitidas a cotización en mercados secundarios. Las acciones de Telefónica, BBVA, etc, cotizan en un mercado secundario oficial, y por tanto pertenecen al apartado a).
El apartado b) es para empresas no cotizadas.
El mercado primario es el de las OPV, pero una vez que las empresas salen a Bolsa ya están en el mercado secundario.
Ejemplo:
1) Por la venta de las 100 acciones compradas a 5 euros tienes que pagar, sí, y no puedes compensar con la misnusvalía de la venta de las 100 acciones compradas a 10 euros porque la compra de 300 a 6 euros realizada 3 días después.
2) Para compensar esa minusvalía tienes que vender las 300 que compraste a los 3 días, pero para vender esas primero tienes que vender las 400 que ya tenías. Por tanto, en este caso para poder compensar la minusvalía tienes que vender las 700 acciones que tienes ahora mismo en cartera. Y no comprar más acciones ni en los 2 meses posteriores a esta venta, ni haber comprado más acciones en los 2 meses anteriores a esta venta de las 700 acciones. Esto es así aunque ganes dinero con la venta de esas 300 acciones, porque si no fuera así podrías compensar esa minusvalía en cualquier momento en que estuvieran ligeramente por encima de tu precio de compra, vendiendo las acciones y recomprándolas el segundo siguiente.
3) Los dividendos en acciones son ampliaciones de capital liberadas, y no afectan en nada a todo esto de los 2 meses porque su fiscalidad es esta [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
La fiscalidad de 2013 (más y menos de 1 año, etc) de momento no se conoce, son sólo rumores. Hasta que no sea oficial no podemos saber cómo será exactamente, y por tanto no es posible responder ahora a las dudas que tienes sobre este tema, porque no hay nada oficial.
Las plusvalías y minusvalías deben declararse siempre en el ejercicio en que se producen.
Creo que con esto he resuelto todas las preguntas, pero si se me ha escapado algún caso, dímelo.
Un saludo.
Edwin · 2012-10-03
Hola de nuevo muchas gracias por la respuesta, y ¡qué rápido!
No me ha quedado clara alguna cosilla:
1. Si se ha comprado en los dos meses de antes y en los dos de después en las que se produce la minusvalía ¿cuáles son las que se toman para esperar a su futura venta, las de antes, las de después o las que están más cerca?
2.Cuando dices "para compensar esa minusvalía tienes que vender las 300 que compraste a los 3 días, pero para vender esas primero tienes que vender las 400 que ya tenías" en realidad con vender las otras 400 anteriores y las 100 que se corresponde con las 100 de la venta de 200 a 8€ sería suficiente, no hay que vender completamente las 300 que compré a los tres días ¿verdad?. Otra cosilla si en la venta de las 400 anteriores se genera una plusvalía hay que tributar por ella aunque todavía no se hayan vendido las 300 estas famosas, ¿verdad? Y si se generara una minusvalía en la venta de esas 400 se empezaría por otro lado a generar el computo de los más menos dos meses, ¿verdad?
3. Le acabo de echar un vistazo a lo de la fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas que hasta hoy yo creía que se llamaba "dividendo en acción" y por eso al leer las guías de hacienda nunco entendía bien que era eso de las liberadas y pensaba eso no es para mí y por ello metí la pata en la declaración del año pasado porque al declarar una plusvalía en una venta no las tuve en cuenta, no es mucho dinero a lo mejor que se yo 40 o 50 € más a pagar, debería ir a hacienda a avisar, ¿qué me recomiendas?
De nuevo agradecerte y felicitarte por la ayuda que prestas.
Un cordial saludo
Invertir en bolsa · 2012-10-04
Hola Edwin, y gracias.
1) Todas, las de antes y las de después. Tienes que vender todas las que incumplan la norma para poder compensarte la minusvalía, y si la has incumplido comprando antes y después entonces tienes que vender las de antes y las de después.
2) Tienes que vender las 700 (400 + 300). Esta norma se hace para evitar que la gente aflore minusvalías cuando quiera, manteniendo su posición. Por eso, para poder compensar las minusvalías hay que dejar de tener la posición que originó las minusvalías durante al menos 2 meses. Si sirviera con vender esas 100, sería muy fácil saltarse la norma.
Hay que tributar por cada venta que genera una plusvalía, sí, y en el momento de vender esas 400 con plusvalía ya se genera la obligación de tributar. Y si vendes esas 400 con minusvalía pues igualmente debes cumplir la regla de los 2 meses para poder compensarte esa minusvalía.
3) En teoría debes presentar una declaración complementaria, para pagar esos 40 ó 50 euros que no pagaste. Pero al ser poco dinero es posible que no pase nada. Lo que pasa es que debes decidir tú si corres el riesgo de que se den cuenta o no. En teoría deberías hacer una declaración complementaria.
Un saludo.
Jose · 2012-10-06
Buenas tardes,les expongo mi caso: hace 2 años contrate un producto con mi entidad bancaria llamado obligaciones subordinadas,una especie de participaciones preferentes pero con fecha de vencimiento.Hasta ahora no he podido disponer de ese dinero porque como ustedes bien saben ese tipo de productos estan incluidos en el mercado secundario.La fecha de vencimiento es el 1-10-2013.Hace unos dias mi entidad me ofrece la posibilidad de canjear la cantidad que deposite en dicho producto(3.600 euros)por acciones del BBVA.Mi pregunta es que tipo de fiscalidad tendria esta cantidad de cara a Hacienda(mi objetivo es recuperar la inversion inicial,no tengo ningun interes en obtener beneficios) en el caso de que obtuviera un minimo beneficio por que en el momento de vender la acciones el precio de estas es superior al precio de compra por el cual me las canjearon.Tambien quisiera saber si Hacienda me fiscalizaria sobre los posibles beneficios o sobre el capital inicial(3.600 euros)Muchas garcias.Un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-10-08
Hola Jose,
En el momento de cambiar las obligaciones subordinadas por acciones tienes mirar si con la venta de las obligaciones subordinadas ganas o pierdes dinero. A lo que te den por la venta tienes que restarle lo que pagaste al comprarlas. Lo normal en estos canjes es que pierdas un poco. Esa pérdida la puedes compensar con otras ganancias que tengas, en este año o en los 4 siguientes.
Después te darán las acciones a un precio X, que será tu precio de compra para calcular la plusvalía / minusvalía que tengas al vender las acciones.
Supongamos que el precio de compra es 6 euros.
Si vendes esas acciones por debajo de 6 euros, tendrás una minusvalías que podrás compensar con otras plusvalías, en el año en que se produzca o en los 4 siguientes.
Y si vendes las acciones por encima de los 6 euros tendrás una plusvalía, y tendrás que pagar según lo que explico en este artículo. Se paga sobre el beneficio obtenido, no sobre la inversión total.
Dices que no tienes interés en obtener beneficios, pero creo que deberías cambiar algo tu mentalidad y buscar esos beneficios:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=997]Beneficios de la inversión a largo plazo buscando la rentabilidad por dividendo[/url]
Si no necesitas ese dinero a corto plazo, me parece bastante probable que las acciones del BBVA coticen dentro de unos años a un precio bastante superior al actual.
Un saludo.
Ian · 2012-10-09
Hola,
¿Cual es el valor de adquisición fiscal de las acciones liberadas pero de otra clase distinta a las que posees y con distintos derechos, al menos los de voto?
Es el caso de la ampliación de Grifols del año pasado, en que emitió liberada completamente 1 acción clase B (sin voto) por cada 20 acciones de clase A. También, es el caso de Abengoa, que está sucediendo ahora mismo, en que emite 4 acciones B por cada acción clase A.
Si compré 200 acciones de Griflos A a 10€, y me dan 10 acciones de Grifols B. ¿cual sería el valor de adquisición de cada una? ¿como en las ampliaciones liberadas? Tiene que ver con el valor de cotización el primer día? ¿Existe algúna ganancia patrimonial en el momento de recibirlas?
El caso de Amperam, es parecido: Arcelor Mittal se escindió hace dos años, y entregó una acción de Amperam por cada no recuerdo cuantas de Arcelor. En principio, la operación estaría acogida a los beneficios de Fusiones y Escisiones a nivel europeo, ya que Arcelor es residente en Luxemburgo, lo cual determinaría que no existiría ganancia de patrimonio en el momento de la escisión. Pero el valor de adquisición en el IRPF lo desconozco.
A ver si alguien puede ayudarme.
Gracias
mari · 2012-10-15
Hola
Queria saber si obtengo en 2012 un beneficio de venta de acciones de 2.000 € pero no tengo rentas del trabajo y solo tengo la pension no contributiva. Estoy obligada a presentar declaracion de renta?
Gracias
Un saludo
Gabi · 2012-10-22
Me podrían decir si la nueva fiscalidad sobre la que ya se habla, de separar las plusvalias y minusvalias con menos de un año del resto y que me parece que irán sumados con el resto de rendimientos de la base imponible general, es aplicable para la declaración de 2012 ó será para la de 2013 que se presente en mayo de 2014. Gracias.
Invertir en bolsa · 2012-10-23
Hola Gabi,
Esos cambios (que aún no se han establecdido realmente, y por tanto desconocemos con exactitud) entrarían en vigor el 1 de Enero de 2013, y por tanto serían para la declaración de 2013, que se presenta en Mayo-Junio de 2014.
En 2012 no habrá ningún cambio (salvo gran sorpresa, que a día de hoy no se espera y nadie ha comentado nada sobre esa posibilidad).
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-10-25
Hola Ian,
Disculpa, se me pasó tu pregunta.
En los 3 casos que citas hay que actuar de la misma forma.
En cuanto a la fecha de compra, en los 3 casos es la de la compra de las acciones originales. Es decir, la fecha de compra de Aperam es la fecha en que compraste Arcelor Mittal, la fecha de compra de las acciones B de Abengoa es la fecha en la que compraste las acciones A de Abengoa y la fecha de compra de las acciones B de Grifols es la fecha en la que compraste las acciones A de Grifols.
En cuanto al precio de compra, tienes que repartir lo que pagaste originalmente entre todas las acciones que tienes ahora.
Por ejemplo, supongamos que compraste Abengoa A a 20 euros. Abengoa ha dado 4 acciones de la clase B por cada 1 acción de la clase A que se tuviera. Ahora, el precio de compra de cada una de esas 5 acciones (1 A más 4 B) es de 4 euros (20 / 5 = 4).
En el caso de Grifols dio 1 acción de clase B por cada 10 acciones de la clase A que se tuvieran. Supongamos que tenías compradas Grifols A a 15 euros.
El precio de compra de las 11 acciones (clase A y B) es 150 / 11 = 13,6363
Y Arcelor dio 1 acción de Aperam por cada 20 que se tuvieran de Arcelor, así que si pagaste 20 euros por cada acción de Arcelor, el precio de comprar de Arcelor y Aperam es 400 / 21 = 19,0476
Mari, sí estás obligada a hacer la declaración, porque superas el límite de 1.600 euros al año (por la suma de plusvalías de venta de acciones, fondos, etc, más dividendos e intereses, etc.).
Un saludo.
ian · 2012-10-25
gracias por la respuesta
:)
Natlla · 2012-10-25
Hola,
una pregunta. Siento si es muy básica pero soy bastante nueva en esto de las acciones.
tengo unas acciones que son cerradas de la empresa dónde trabajo. Con estas acciones se me han ido generando unos beneficios y ahora aprovechando una de las condiciones marcadas para vender las he vendido todas. En total unos 5900€.
Mi preocupación es en el momento que haga la declaración de la renta, ¿me pedirán el 21% o puede haber algo más por el medio?
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-10-26
Hola
De nada, Ian.
Natalia, es posible que tengas que pagar menos, o incluso nada.
Cuando una empresa vende acciones propias a los empleados en condiciones especiales la fidcalidad es disinta.
Por ejemplo, en el caso de las empresas cotizadas en Bolsa, si el empleado recibe hasta 12.000 euros al año y las mantiene al menos 3 años, no tiene que pagar nada al vender las acciones,
Si la empresa es no cotizada, debes preguntar en tu empresa sobre este tema, para ver cómo se hizo esa compra, en qué fecha, si tiene alguna ventaja fiscal, etc.
Un saludo.
Melchor · 2012-10-31
Tengo minusvalías en las declaraciones de 2008, 2009 y 2010. En 2012 probablemente tenga ligeras plusvalías que podré compensar. Mi pregunta es: ¿Se compensan en primer lugar las minusvalías de 2008 ó de 2010? Lo pregunto porque si se compensan en primer lugar las de 2010, para 2013 ya habrá perdido la oportunidad de compensar las de 2008 y, de ser así, me puede interesar liquidar otros activos con plusvalías potenciales, de forma que compense todas las minusvalías en su totalidad para así no perder la compensación de 2008.
Invertir en bolsa · 2012-10-31
Hola Melchor,
Se compensan en el orden que se han producido. Primero son las del año de las plusvalías, eso sí.
Es decir, las plusvalías de 2012 primero se tienen que compensar con las minusvalías de 2012. Y después con las de 2008, luego las de 2009 y luego las de 2010, en el caso que citas.
Un saludo.
Melchor · 2012-10-31
Muchas gracias por la pronta respuesta.
Saludos.
JavierF · 2012-11-05
Hola,
mi duda es muy concreta y leyendo los comentarios del resto de compañeros, no me llego a aclarar al 100%.
Realizo en un año fiscal 4 operaciones de compra/venta con los siguientes resultados: +400, -300, -500, +400 ¿tengo que declarar a hacienda como 800€ de beneficio o por el contrario se compensan los beneficios y las perdidas y tendría que declarar 0€?
Muchas gracias por adelantado!!
Invertir en bolsa · 2012-11-05
Hola Javier,
Depende de si has respetado la [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_compensacion_minusvalias_evitar_regla_2_meses.htm]"regla de los 2 meses"[/url] o no.
Si la has respetado el saldo total será 0, y no tendrás que pagar nada.
Pero si no las restado en alguno de esos casos o en los 2, entonces tendrás una plusvalía de 400 u 800 euros (según si la has respetado en un caso sí y en otro no, o en ninguno de los dos casos), por la que deberás pagar la cantidad correspondiente. Y las minusvalías que no hayas podido compensarte ahora te las podrás compensar cuando respetes esa regla.
Un saludo.
JavierF · 2012-11-05
Por alguno de los comentarios que he leído arriba, la regla de los dos meses no aplica a CFDs, verdad ? Entonces en el caso que te planteaba antes: "+400, -300, -500, +400", al tener un resultado global de 0€, no aplicaría, me lo puedes confirmar¿?
Gracias (y gracias por la rápida respuesta)
Invertir en bolsa · 2012-11-06
Hola Javier,
En los derivados (CFDs, Warrant, opciones, futuros, etc.) no aplica la regla de los 2 meses.
Así que si esas 4 operaciones son con CFDs el saldo total es 0, y no tienes que pagar nada a Hacienda,
Un saludo.
Crem · 2012-11-07
Este año 2012 compré SAB a 1.5 y las vendí a 1.3. generando unas minusvalías de entorno a 300 euros. Posteriormente volví a comprar SAB (antes de 2 meses) a 1.3, acciones que tengo en cartera. La pregunta es:
a) Si vendo antes de fin de ejercicio ( Con SAB > 1.5), ¿tendría que tributar sólo por las plusvalías y las minusvalías no serían compensables?
b) Si no vendo SAB este 2012, ¿podría incluir en la declaración los 300 € como minusvalías a compensar con ventas en 2013?
Crem · 2012-11-07
Gracias por anticipado a tu respuesta.
Te pongo las preguntas anteriores con números, cuáles serían las respuestas correctas:
PrecioAccsImportePérdida/Beneficio
Compra1,5213001976-
Venta1,3313001729-247
Compra1,3315001995-
Venta??1,915002850855
TRIBUTACIÓN
Si no venta en 2012
a)Pérdida a declarar-247
b)Pérdida a declarar-
Si venta en 2012 (supuesto no compra en 2 meses)
a)Beneficio neto a declarar 608
b)Beneficio a declarar 855
Crem · 2012-11-07
No se ve bien la operación, la separo con *
PrecioAccsImportePérdida/Beneficio
Compra1,52*1300*1976*-
Venta1,33*1300*1729*-247
Compra1,33*1500*1995*-
Venta??1,9*1500*2850*855
TRIBUTACIÓN
Si no venta en 2012
a)Pérdida a declarar-247
b)Pérdida a declarar-
Si venta en 2012 (supuesto no compra en 2 meses)
a)Beneficio neto a declarar 608
b)Beneficio a declarar 855
Invertir en bolsa · 2012-11-08
Hola crem,
a) Si vendes antes de final de año con plusvalías y estás 2 meses sin comprar acciones de SAB (aunque parte de esos 2 meses caigan en 2013) podrás compensar la minusvalía previa.
b) Si no vendes en 2012, en la declaración de 2012 tendrás que reflejar esa operación que te generó la minusvalía, porque es la forma de que te la puedes compensar cuando cumplas las condiciones para ellos (2013 y siguientes años, sin límite). La pérdida que tienes que declarar es la misma que en el caso a), simplemente tienes que poner (en la casilla correspondiente) que esta operación no cumple la regla de los 2 meses, y que por tanto no se compensa en 2012 y queda pendiente de ser compensada en 2013 o posteriores ejercicios.
Creo que con esto respondo a todos los ejemplos, pero si algo no queda claro, vuelve a preguntar.
Un saludo.
fran · 2012-11-11
Vendo acciones con minusvalías a largo plazo en 2012. Compenso parcialmente con plusvalías a corto y largo plazo de la venta de fondos de 2012. No vuelvo a comprar acciones (no las quiero ni ver) pero vuelvo a comprar fondos (que además son los mismos que me generaron las plusvalías, y lo hago antes de dos meses, porque generaron plusvalías y no pérdidas). ¿Es correcto?
En 2013 vendo esos fondos con nuevas plusvalías de corto plazo. ¿Me sirven para compensar las minusvalías a largo que me quedan sin compensar ?¿O tengo que esperar más de 1 año a vender para generar ganancias a largo plazo? Es decir, ¿en la compensación de minusvalías anteriores a 2013 hay que distinguir si las nuevas ganancias obtenidas a partir de 2013 son a largo o corto plazo, o es indiferente, al ser minusvalías afloradas con la anterior legislación que se pueden compensar con cualquier tipo de ganancias?
Invertir en bolsa · 2012-11-12
Hola Fran,
El tema de los 2 meses de aplica a las minusvalías, no a las plusvalías. Por tanto, si vendes con plusvalías puedes recomprar cuando quieras, sin que eso afecte a la compensación de minusvalías.
En 2012 no hay distinción entre plusvalías a corto y largo plazo, y en 2013 aún no sabemos los detalles de todos estos temas, por lo que no es posible responderte a las dudas sobre 2013 hasta que no salga la Ley definitivamente y se aclaren todos estos detalles.
Un saludo.
Thomas · 2012-11-21
Hola Invertir en bolsa
Soy un extranjero que acaba de mudarme a Espana. He comprado tu libro, que pienso es muy bueno y facil a comprender.
Yo tengo una duda con respecto a mi mudanza que espero que puedas aclarar. En el momento de mi mudanza en mayo 2012 tenia acciones adquridos a 80 Euros en febrero 2012. Despues la mudanza vendi las acciones en julio. Mi duda es si en la calculacion de ganancias/perdidas tengo que utilzar el precio de 80 Euros - o tengo que utilizar la cotizacion del accion del dia de mi mudanza a Espana (70 Euros).
(Espero que no tengas problemas comprender mi espanol que obviamente no es perfecto:) )
Un Saludo Cordial
mercedes · 2012-11-21
Puedo compensar minusvalias con ganancias de los dividendos? Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-11-23
Hola,
Gracias, Thomas. Me parece que necesito algun dato más. Vives en España, pero ¿eres residente fiscal en España?. Te lo digo porque podrías estar viviendo en España por que tu empresa británica (por ejemplo) te haya mandado a España pero sigas teniendo la residencia fiscal en Gran Bretaña.
Las accciones que has comprado a 80 euros y qué vendiste, ¿están depositadas en un broker español o en un broker de otro país?
Se te entiende muy bien, escribes muy bien en español.
Mercedes, no, las minusvalías en la venta de acciones (o fondos de inversión, derivados, ETFs, etc.) no se pueden compensar con los dividendos que cobres.
Un saludo.
Thomas · 2012-11-23
Hola
Muchas gracias por la respuesta. Soy de Dinamarca. Para aclarar, yo soy residente fiscal en Espana (no estoy trabajando en una empresa en este momento). El broker que he utilizado para la compra venta de las acciones esta en Dinamarca. Sigo utilizando el broker por bajos precios.
Un Saludo Cordial
Invertir en bolsa · 2012-11-26
Hola Thomas.
No sé responderte con seguridad, ya que la fiscalidad que tengas dependerá de los acuerdos entre España y Dinamarca.
Conozco españoles en situaciones parecidas que hacen declaración de la renta en España y en el país en el que residen.
Diría que la venta de esas acciones la tengas que declarar en Dinamarca (según la fiscalidad danesa), y no en España, pero no te lo puedo asegurar.
Un saludo.
Andres · 2012-11-27
Hola, mi duda es la siguiente: tengo una sociedad limitada y seguramente la venda. El capital social es de 10.000 euros y la venta seria mucho mayor. Cual serian los impuestos a pagar? Por lo que leo en el archivo si el bfo es mayor de 27.000 euros se paga el 27%. pero esto se aplica tambien para empresas que no estan en bolsa? La empresa en una pyme muy pequeña. Hay alguna manera legal de pagar menos? Patrimoniales etc?
Gracias por adelantafo!!!
PPM · 2012-11-27
Buenos días,
Me gustaría saber como tributan la venta de acciones que provienen de la conversión de dividendos,
Gracias ,
Invertir en bolsa · 2012-11-27
Hola,
Andrés, conozco poco el Impuesto de Sociedades, no puedo responderte con seguridad, lo siento.
PPM, si te refieres a los "dividendos flexibles", "scipt dividends" y similares, en realidad son amplaiciones de capital liberadas, y tributan como cualquier ampliación de capital liberada. Lo explico en este artículo:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Si te queda alguna duda, vuelve a preguntar.
Un saludo.
Thomas · 2012-11-27
Hola Invertir en Bolsa
Muchas Gracias por la respuesta:)
javier · 2012-11-27
Buenas,
Me gustaría que me guiaras en un tema de acciones del Ibex 35.
Tengo una compra de Gamesa en febrero 2012 con una pequeña plusvalía de 500 €, en marzo 2012 volví a comprar otra vez Gamesa (aún las tengo en cartera) y ahora tengo una minusvalía de 3500 €.
Durante el resto del año he realizado otras operaciones con otros valores y la suma de todas ellas es una plusvalía de 4000 €.
Ahora mi pregunta, puedo vender las de Gamesa, asumir la perdida para compensar la minusvalía con las otras plusvalías? Porque me pierdo en regla de los dos meses…
Y por lo que he leído anteriormente, si las vendo antes del 31 de diciembre, no las podre comprar de nuevo hasta marzo 2013, verdad?
Un saludo y gracias.
Javi
Invertir en bolsa · 2012-11-28
Hola Jaiver, si puedes hacerlo.
Para poder compensar la minusvalía de Gamesa tienes que vender todas tus acciones de Gamesa, y dejar pasar 2 meses sin volver a comprar acciones de Gamesa. No importa que que esos 2 meses caigan parte en 2012 y parte en 2013, lo que importa es que una vez que las vendas dejes pasar 2 meses sin vovler a comprar acciones de Gamesa.
Un saludo.
santer · 2012-11-28
Hola, ante todo muchísimas gracias de antemano. Tengo un problemilla, he estado mirando muchos post de esta página pero aún así no me ha quedado muy claro lo de la regla de los dos meses. Te expongo mi caso. Compre en enero de este año 443Ac. de Repsol a 22.32€, en julio me dieron a cuenta 20Ac. mas por canje de los derechos, ahora el 07/11/12 he comprado 590Ac. a 15,24€ , y el 27/11 otras 122Ac. 16,54€, hoy mismo he vendido 590Ac. a 16€ porque tenia puesto un stop loos y me salto pero mi intención es recomprar otra vez ya mismo. Imaginando que por ejemplo volviese a comprar en dos días otros 590Ac. En 16€ de nuevo. Entiendo que al realizar la venta de las 590Ac. las primeras que se venden son las primeras que se compran con lo cual en las 443Ac. he tenido minusvalías y de las segundas que compre a 15.24 se me habrán vendido 147Ac. generando plusvalías de las que si voy a tener que pagar impuestos,¿es correcto?. En el caso de que vuelva a comprar mas acciones ahora en noviembre, si por ejemplo el año que viene en marzo decido vender todos las acciones y por suerte tuviese plusvalías ¿pudiese compensar las minusvalías de este año con las plusvalías del año que viene en la declaración de la renta del año 2014?. No se si me he explicado bien, tengo bastante cacao mental, pero de todas formas muchas gracias por la información que ofreces desinteresadamente. Gracias
AntonioR · 2012-11-28
Hola,
Este año 2012 voy tener plusvalias por compra/venta de acciones y tendre que pagar el 21% y el 25% si supero los 6.000 €.
Por otro lado tengo otras acciones que me estan generado minusvalia y quisiera saber si el hecho de venderlas en este momento me valdrian para compensar la plusvalia obtenida en la venta de las otras acciones.
Gracias
Un saludo
Invertir en bolsa · 2012-11-29
Hola,
Santer, el FIFO funciona como dices. Las 20 de la amplaición de capital tienen la misma fecha de compra que las 443 que las originan, y el precio de todas (las 463) es el mismo (lo que pagaste por las 463 + las comisiones / 463).
De momento no has incumplido la regla de los 2 meses. Si quieres comprar ya mismo te recomiendo que no compres acciones de Repsol, sino futuros sobre acciones de Repsol. Compra 6 futuros sobre Repsol en lugar de 590 acciones, y de esa forma no incumplirás la norma y te podrás compensar esas minusvalías.
En el futuro, si compras y vendes con frecuencia (cosa que no recomiendo) creo que deberías procurar hacerlo con futuros en lugar de con acciones, porque si lo haces con acciones vas a tener estos problemas constantemente, mientras que a los futuros no les afecta la regla de los 2 meses, y podrás comprar y vender todo lo que quieras, sin ninguna limitación en cuanto a la compensación de las minusvalías.
Antonio, sí, si las vendes antes del 31-12-2012 (y no las vuelves a comprar en 2 meses) podrás compensar las plusvalías con las minusvalías.
Si quisieras mantener la posición de las acciones que tienes puedes venderlas, comprar futuros inmediatamente y cambiar los futuros por acciones una vez que pasen los 2 meses.
Un saludo.
FGG · 2012-11-29
Buenas tardes.
Siguendo con la regla de los 2 meses.
Mi caso es el siguiente compro acciones del santander en octubre y a los tres dias las vendo ganancia 1.900 E, en Noviembre compro santander y a los diez dias vendo ganancia 1.700 E. Tengo unas minusvalias del año 2008 unos 2.600 E de fondos de inversión. En la declaración del 2012 compenso las minusvalias 2.600 E. y pago por los 1.000 E. restantes.
Para compensar estos 1.000 E puedo vender gamesa comprados un año antes, los titulos suficientes para compensar esa perdida.
Esperado tu respuesta, un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-11-30
Hola FGG,
Sí, puedes hacer lo que dices. Una vez que vendas Gamesa con pérdidas tienes que dejar pasar 2 meses sin comprar acciones de Gamesa. Si compraras acciones de Gamesa antes de que pasaran 2 meses de la venta con pérdidas no podrías compensar la minusvalía de la venta de Gamesa.
Las operaciones que comentas del Santander son plusvalías, y por tanto no se les aplica la regla de los 2 meses, que es sólo para las operaciones que finalizan en pérdida.
Un saludo.
FGG · 2012-11-30
Buenas tardes
Tengo otro caso más complicado
Compre en el 2007 acciones BBVA 2.734 por 35.213,92 en una entidad
10-09- 2012 acciones BBVA 4.335 por 24.390,77 en otra entidad
08-10-2012 acciones BBVA 5.297 por 29.561,64 en la entidad que la anterior
Vendo en el 2012 las acciones del BBVA
18-09-2012 acciones 4.335 por 26.284,66
29-10-2012 acciones 5.297 por 30.842,31
Aplicando el metodo FIFO no importa en que entidad esten
......... COMPRA ........................ VENTA ............... DIFERENCIA
2.734 ----- 35.213,92 .... 2.734----- 16.577,22 .... - 18.636,70
4.335 ------ 24.390,77 .... 1.601---- 9.707,44
............................................. 2.734--- 15.918,99 ...... 1.235,66
2.563------- 14.303,66 .... 2.563-- 14.923,32 ........ 619,66
-------- ------------- --------- ------------- -----------------
9.632 ------- 73.908,35 .... 9.632 .... 57.126,97 .... -16.781,38
Puede ser correcto pues la regla de los dos meses da ganancia la perdida las dan las primeras
Un saludo
Federico
Invertir en bolsa · 2012-12-03
Hola Federico,
¿Me puedes poner los precios por acción a los que se hizo cada operación?
Un saludo.
FGG · 2012-12-03
Buenas tardes.
Como me indicas, los precios por acción son los siguientes:
las 2.734 se comprarón 1.423 a 14,06 año 2006
y 1.102 a 13,68 año 2007 hasta completar las
2.734 fuerón ampliaciones.
las 4.335 se comprarón a 5,779 y se vendierón
a 6,06.
las 5.297 se comprarón a 5,578 y se vendierón
a 5,834.
Tengo tambien una minusvalia de años
anteriores de otros valores por 2350 E.
Un saludo
Federico
Invertir en bolsa · 2012-12-04
Hola Federico,
Te voy a contar cómo lo ve Hacienda.
El 9-9-2012 tenías 2.734 acciones del BBVA compradas alrededor de 14 euros.
Entre el 10-9-2012 y el 29-10-2012 haces una serie de compra-ventas con acciones del BBVA de forma tal que después de todas estas operaciones sigues teniendo las mismas 2.734 acciones que tenías, pero habiendo aflorado una minusvalía.
Esa serie de compra-ventas no respetan la regla de los 2 meses, porque (de cara a Hacienda y para entendernos) han sido operaciones muy cercanas (menos de 2 meses) que buscaban aflorar la minusvalía y, a la vez, mantener la posición original (las 2.734 acciones).
Este tipo de cosas es lo que intenta evitar la regla de los 2 meses (no es que yo esté de acuerdo con que las cosas sean así, sólo explico que son así).
Ahora mismo no puedes compensar esa minusvalía que has generado, pero sí tendrás que pagar por las plusvalías que has tenido en la venta de esas acciones del BBVA.
Para seguir necesito que me respondas a esto. ¿Quieres poder compensar esa minusvalía en 2012 o prefieres "guardarla" para años posteriores?
Aplica el FIFO a esas operaciones del BBVA y calcula la plusvalía total que has tenido (sin reducirla con las minusvalias).
En 2012 esa plusvalía podrás reducirla con las misnuvalias de años anteriores. Si con eso tienes suficiente para no pagar a Hacienda este año, quizá sería mejor "guardar" la minusvalía del BBVA para años posteriores.
Un saludo.
FGG · 2012-12-04
Buenos días,
Lo primero muchas gracias por la aclaración.
Como indique en el 1º comentario la compra y la venta de
las primeras 2.734 acciones dan 18.636,70 E, minusvalias,
y las restantes dan plusvalías 1.235,66 + 619,66 = 1.855,32
como tengo minusvalias de ejercicios anteriores por 2.350
compenso y dejo los 18.636,70 de minusvalias para años
siguientes.
Las 2.734 acciones que me quedan toman el nuevo valor
de las ultimas compradas 5,578 E.
Creo que te he entendio que puedo hacer esto
FGG · 2012-12-04
Perdon, no me he despedido
Un saludo
Federico
RAMON · 2012-12-04
-TENGO UNAS MINUSVALIAS PREVISTAS PARA FINALES DEL 2012 DE UNOS 10.000 € POR VENTA DE ACCCIONES ANTIGUAS. Como puedo compensarlas durante el año 2013 ?y sucesivos 4 años. Con la compra y venta de acciones que realice en el mismo 2013 ?
-Tengo alguna ventaja generando más minusvalias en el 2012 , que si lo hago en el 2013
RAMON · 2012-12-04
Saludos y Graciasanticipadas por tus aclaraciones
ramon
Invertir en bolsa · 2012-12-05
Hola,
Federico, sí, en 2012 tienes unas plusvalías de 1.855 euros y unas misnuvalías de años anteriores de 2.350 euros, luego en 2012 no tendrás que pagar nada y te quedarán 2.350 - 1.855 = 495 euros para compensar en años posteriores. No sé si tienes otras plusvalías potenciales que quieras materializar en 2012 ó no en otras acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
Las 2.734 acciones que tienes ahora mismo tienen un precio de compra (para cuando las vendas) de 5,758 euros, sí.
Las minusvalías de 18.636 euros no te las puedes compensar ahora mismo. Pero sino tienes plusvalías, mejor, porque las tienes "guardadas" para cuando decidas utilizarlas. Las podrás compensar cuando vendas las acciones de BBVA que tienes ahora mismo y dejes pasar 2 meses sin comprar acciones de BBVA. Eso puede ser en 2012, 2013, 2014, ..., no hay límite de tiempo para esto.
Si quieres utilizar esas minusvalías en cualquier momento y además mantener tu posición en BBVA, lo que debes hacer es vender las acciones e inmediatamente comprar futuros (27 ó 28 contratos, en este caso). Dejas pasar 2 meses, y entonces puedes cambiar los futuros por acciones (vendiendo los futuros y comprando acciones o ejercitando directamente los futuros, lo que más te interese fiscalmente).
Ramón, las minusvalías se pueden compensar el año que se generan y los 4 siguientes. Si en 2012 no tienes plusvalías, casi mejor que vendas esas acciones el 2 de enero de 2013 (por ejemplo), ya que así "ganas" 1 año para compensarlas.
Si las vendes el 31-12-2012 podrás compensarlas hasta 2016, y si las vendes el 2-1-2013 las podrás compensar hasta 2017.
Aún no está detallado como queda el tema de la compensación entre operaciones de más y menos de 1 año a partir de 2013. Esto es algo que puede que también haya que tener en cuenta, pero hasta que el gobierno no lo especifique es imposible que sepamos cómo va a quedar.
Si quieres, vuelve a preguntar a finales de diciembre para ver si esto se ha aclarado, y si podría cambiar algo las cosas y que por alguna razón fuera mejor vender esas acciones a finales de 2012 que a principios de 2013.
Un saludo.
José Miguel · 2012-12-09
Tengo varias dudas, a ver si me las podías aclarar:
CONTEXTO:
En el año 2011 vendí unas acciones (que las había comprado hacía 3 años) con 12000 € de minusvalías.
En el año 2012, he obtenido unas plusvalías en acciones por 3000 € (las compré en febrero del 2012 y las vendí en agosto del 2012). Dichas plusvalías suponen la cuarta parte de las pérdidas de las minusvalías del año 2011.
PREGUNTAS:
1) ¿Podría compensar dichas plusvalías del año 2012 con las minusvalías del 2011 cuando haga la declaración de la renta del año fiscal 2012?
2) He leído que para la próxima declaración de la renta del año fiscal 2012 se pueden compensar minusvalías con el 10% de las rentas del trabajo. Esto, ¿lo podría aplicar a mi minusvalía generada en el año 2011?.
Es decir: si tengo una renta del trabajo de 15000 €, el 10% supone una compensación de 1500 €.
3) ¿Existe alguna otra de compensar la minusvalía que no sean con plusvalías de compra/venta acciones. Por ejemplo: con dividendos?
Gracias por anticipado por la atención prestada.
julio · 2012-12-10
Hola, quiero consultarte que tengo acciones y un fondo desde el año 2000 , todo ello con perdidas o minusvalias si lo vendiese ahoara mismo.Pues bien ya que quiero venderlas, y a efectos fiscales para la declaracion de la renta, ya que no puedo compersar con plusvalias ,¿como podria si es que se puede sacarle algun beneficio a esas minusvalias?Gracias.
Invertir en bolsa · 2012-12-10
Hola,
José Miguel.
1) Si, las puedes compensar, con lo que en 2012 no pagarás nada por esas plusvalías.
2) Eso sería a partir del 1 de Enero de 2013 (y por tanto para la declaración de 2013 que se haga en 2014), pero que yo sepa aún no es oficial, sólo hay rumores porque el Gobierno no ha concretado esos detalles.
3) Con dividendos no, pero las puedes compensar con plusvalías de fondos de inversión (incluidos FIAMM, que podrías usar en lugar de cuentas remuneradas), venta de opciones, inmuebles, etc.
Julio, puedes compensar esas minusvalías el año que las tengas y los 4 siguientes. Con plusvalías de acciones, fondos de inversión, inmuebles, venta de opciones, etc. Si en 2012 no tienes, fiscalmente es mejor que vendas esas acciones y ese fondo a principios de 2013 en lugar de a finales de 2012, ya que así tendrás 1 año más para poder compensarlas.
Un saludo.
MARICARMEN · 2012-12-11
Hola, a ver mi pregunta es si he recuperado un plan de jubilacion este año y tengo unos beneficios de 9000 euros ésto tambien se puede compensar con una venta de acciones si en esta venta pierdo sobre 2000 euros?
Invertir en bolsa · 2012-12-11
Hola Mari Carmen,
No, no lo puedes compensar. Los rescates de los planes de pensiones son rendimientos del trabajo, y por tanto no son compensables con minusvalías de acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
Un saludo.
MARICARMEN · 2012-12-11
Muchas gracias, pero es lo mismo un plan de jubilacion, que un plan de pensiones?, yo he recuperado
un plan de jubilación
Invertir en bolsa · 2012-12-12
Hola Mari Carmen,
Disculpa, es que casi todo el mundo que usa la expresión "Plan de jubilación" se refiere a un "Plan de pensiones", y además hay batantes más personas que tienen planes de pensiones que de pensiones que de jubilación. Por eso supuse, mal, que tú eras uno de estos casos. Debería haberte preguntado antes para asegurarme, lo siento.
Los planes de juilación son seguros, y en muchos casos están afectados por distintas fiscalidades (porque son a plazos largos, y ha ido cambiando la fiscalidad), y por eso tienen varios regímenes transitorios. Tampoco son todos iguales. Lo mejor es que preguntes a la aseguradora donde tenías el plan de jubilación, para que te digan la fiscalidad exacta que hay que aplicar en tu caso.
Un saludo.
MARICARMEN · 2012-12-12
Muchas gracias de todas formas. Un saludo
Jesus · 2012-12-12
Hola, yo tengo una duda, este año mis plusvalias son inferiores a 1000 euros. Estoy en paro y no tengo ningun ingreso, ¿estoy obligado a tributar?
Otra cuestion en 2010 tuve unas plusvalias de 1000 euros, el caso que por desconocimiento, no las declare en la declaracion del 2011, en el caso de que tuviera que declarar las plusvalias del 2012, ¿me dirian algo por no declarar las del 2010? Gracias de antemano, un saludo.
Invertir en bolsa · 2012-12-13
Hola,
Jesús, si ganas menos de 1.600 euros por la suma de plusvalías, intereses, dividendos, etc (y no tienes ingresos del trabajo tampoco) no tienes obligación de hacer la declaración de la renta. Otra cosa es que te interese o no, porque dependiendo de lo que te hayan retenido de dividendos e intereses, en muchos caso interesa hacer la declaración de la renta, aunque no se esté obligado, para que te devuelven todo o parte de lo que te han retenido.
Lo de las plusvalías de 2010 es independiente de que en 2012 hagas o no declaración. Si en 201o tenías que declarar esas plusvalías (por no cumplir las condiciones del párrafo anterior) te las podrían reclamar. Si quieres declararlas ahora para evitar el riesgo de que lo detecten y te pongan una multa, debes hacer una declaración complementaria.
Un saludo.
Jesus · 2012-12-13
Muchas gracias por la respuesta, la verdad que no me interesa declarar ya que de los dividendos cobrados es muy poco lo que me retienen, asi que nada. Un saludo
Invertir en bolsa · 2012-12-14
Hola Jesús,
Yo en estos casos siempre recomiendo bajarse el PADRE, rellenar la declaración y una vez visto el resultado, decidir si se presenta o no.
Aunque no la presentas, acostumbrarte a hacer la declaración será bueno para el futuro, porque antes o después tendrás que hacerla. Estar familiarizado con la declaración del IRPF te puede hacer ahorrar mucho dinero a lo largo de tu vida.
Un saludo.
Jesus · 2012-12-14
Vale muchas gracias, cuando llegue el momento si tengo alguna duda preguntare aqui. Un saludo
Miguel Ángel · 2012-12-16
Hola, buenos días:
Si ,antes de finalizar 2012 , genero minusvalías, vendiendo acciones en bolsa ¿es cierto que podré deducirlas de la base imponible, en la declaración que hay que hacer en mayo de 2013?
Gracias y un saludo
Invertir en bolsa · 2012-12-17
De nada, Jesús.
Miguel Ángel, de la base imponible del ahorros, sí, pero no de la base imponible del trabajo.
Es decir, esas minusvalías te servirán para pagar menos en 2012 si has tenido otras ganancias con acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
Pero no vas a pagar menos por el dinero que hayas ganado trabajando.
Un saludo.
Marta F.E. · 2012-12-17
Hola,
Compré en el 2011 unas acciones por valor de 8500 €. Ahora quiero venderlas con una pérdida de 1500 € aprox. Que tengo que declarar en el año 2013 ? Solo la minusvalia, pero no tendria que pagar nada a Hacienda no? Se quedaria ese dato por si en los siguientes 4 años tubiera alguna plusvalia. Pero si no tengo intención de realizar nada más?
Gracias
Invertir en bolsa · 2012-12-18
Hola Marta,
Así es, debes reflejar la operación en la declaración de la renta para que quede constancia de ella, y poder utilizarla para compensarla con plusvalías que tengas en los 4 años siguientes.
Si en 2012 no has tenido plusvalías, fiscalmente es mejor vender el 2 de Enero de 2013 que a finales de 2012, ya que así tienes 1 año más para compensar esas minusvalías con futuras plusvalías.
Un saludo.
Cristian · 2012-12-19
Hola, soy novato en todo esto y quisiera comentar mi dudas, por si me las podéis aclarar.
Resulta que en el 2011 tenia unos bonos que se me convirtieron en títulos del BBVA. Precio de conversión 7,32€, un total de 4781 títulos.
A dia de hoy tengo, por cuestiones de ampliaciones y tal, 5046 títulos.
Estoy pensando en vender, a día de hoy cotizan a 6.98€, y tengo mis dudas al respecto:
1 - que total de gastos se me aplicarían por la venta de los títulos, IVA, gastos bancarios....etc?
2 - que tendría que declarar en hacienda?
Muchas gracias.
Arantza · 2012-12-19
Hola
Vivo en Navarra, en 2010 herede unas acciones de mi madre por las cuales pague los impuestos de sucesion en 2011 por el valor de cotizacion de las acciones en 2010.
En 2012 he vendido varias acciones a bastante menor precio del que estaban valoradas en 2010, generando por tanto unas minusvalias.
Mi pregunta es saber como me va a influir en la declaracion de la renta del 2012.
Muchas gracias
Maria
Invertir en bolsa · 2012-12-20
Hola,
Cristian, por la venta sólo e cobrarán la comisión de venta del broker. Calcula alrededor de 10 euros, para que te hagas una idea. En tu broker te lo dirán exactamente, pueden ser 8 euros, 12, etc. No tienes que pagar nada más, ni IVA ni nada.
En el IRPF tendrás que declarar la venta. Si la subida de 4.781 a 5.046 aciones se debe sólo a las ampliaciones de capital liberadas, entonces tienes que calcular tu nuevo precio de compra de la siguiente forma.
Pagaste 7,32 euros por 4.781 acciones, lo que hace un total de 35.000 euros (aprox, tienes que incluir las comisiones de compra en el cálculo)
Esos 35.000 euros (aprox) los tienes que dividir entre tu número actual de acciones:
35.000 / 5.046 = 6,94 euros.
Con estos 6,94 euros tienes que calcular la plusvalía o minusvalía. Si vendes a 6,98 euros ganas 0,04 euros por acción, que hacen un total de 201,84 euros (0,04 x 5.046). De esa cifra tienes que pagar a Hacienda el 21%, que son 42,39 euros (0,21 x 201,84).
Para hacer los cálculos exactos tienes que incluir las comisiones de compra y las de venta.
María, en la declaración de 2012 tienes que reflejar esas ventas, con las minusvalías correspondientes, para que puedas compensarlas con otras plusvalías que tengas entre 2012 y 2016, de forma que en el futuro puedas pagar menos a Hacienda cuando vendas con beneficios otras acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc.
Un saludo.
Antonio · 2012-12-21
Hola,
Durante el 2012 he realizado las siguientes operaciones:
-3 compras y 3 ventas de acciones de 3 empresas distintas que me han generado unos 500 euros de plusvalias (+100, -50 y +400)
-2 cobros de dividendos
-2 ventas de derechos sobrantes de ampliaciones del santander (programa dividendo eleccion)
Me podrías ayudar con el trato fiscal que tiene cada cosa?
-En el primer caso creo que tengo claro que se pagaría el 21% de esos 500 = unos 100 euros
-En el segundo caso los dividendos estan exentos hasta 1500 correcto?
-En el tercer caso que trato tienen esas ventas de derechos sobrantes?
Por ultimo, te pido un poco de consejo sobre la forma de operar con la nueva fiscalidad. Para ello te cuento que suelo tener alguna accion robusta a largo plazo solo para cobrar dividendos (sin idea de vender) y luego algunas compañias mas volatiles que no dan dividendo, de las cuales unas las tengo para duplicar o triplicar sin tocarlas y otras para ir jugando a corto.
Entiendo que la nueva fiscalidad me afectaría mas bien en el juego que llevo a corto, no? El margen de un año que se tiene en cuenta para que hacienda te meta la plusvalia al tipo marginal o al 25% es desde la fecha de compra a la fecha de venta o por años fiscales?
Bueno, creo que eso es todo!
Gracias
Antonio · 2012-12-21
Hola,
Además de lo anterior, se me ha olvidado preguntar si con la nueva fiscalidad es mejor cobrar el dividiendo del santander en efectivo o en acciones. Supongo que será mejor cobrarlo en efectivo porque los primero 1500 euros están exentos y el resto a al 21% o lo que corresponda... mientras que si canjeamos por acciones, el dividendo se sumará a las plusvalias de las acciones en caso de venderlas y se pagará por el total de dicha plusvalia al tipo marginal que corresponda que siempre será mayor de ese 21%, correcto?
Gracias
Invertir en bolsa · 2012-12-21
Hola Antonio,
El trato de las compra-ventas de acciones es el que tienes en este artículo. Es el 21% de la plusvalía total, sí.
Por los primeros 1.500 euros cobrados de dividendos no se paga nada, efectivamente (te devolverán lo retenido al presentar la declaración del ITPF)
Los derechos sobrantes vendidos reducen el precio de compra de las acciones. Si las acciones (100, por ejemplo) te costaron 1.000 euros y por los derechos has obtenido 10 euros, tu nuevo precio de compra es 990 / 100 = 9,90 euros.
Para el corto plazo te afectará la nueva fiscalidad. El tiempo que se tiene en cuenta es el que pasa desde la fecha de compra a la fecha de venta. Si ese plazo es menor a 1 año se considera operación de corto plazo.
Si tienes intención de vender las acciones, es mejor que cobres el dividendo en efectivo que en acciones, sí.
Un saludo.
Cristian · 2012-12-21
Ok, muchas gracias. Muy bien explicado.
Te doy la enhorabuena por tu trabajo.
Saludos.
Antonio · 2012-12-21
Gracias por las respuestas
Un saludo
Fermin · 2012-12-29
Quisiera saber como se compensarán las minusvalías pendientes de compensar a 31 de diciembre de 2012, si con plusvañlías de más de un año o se podrán compensar con las plusvalías de menos de 1 año de antiguedad.
He leido la normativa publicada pero no acabo de estar seguro.
Gracias
Julia · 2012-12-30
Hola, mi duda surge cuando en el año 2011 compré 16000 acciones del banco popular a 4,10 E . En la ampliación de capital me han dado 16.000 derechos de los cuales vendí 11000 a 0,50 E. Días después he comprado 5.000 derechos a 0,36 E .
Acudí a la ampliación de capital canjeando 10.000 derechos a 0,61 euros y adquiriendo 30000 acciones a 0,59 E
¿ El dinero generado por la venta de los 11000 derechos se consideran plusvalías ?
¿ El canje de los 10000 derechos para adquirir 30000 acciones se consideran plusvalías ?
Si ahora vendo 16000 acciones ¿Como calculo la minusvalía obtenida ?
Gracias, un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-01-02
Hola Julia,
Has hecho una operación bastante complicada.
1) Los 11.000 derechos vendidos reducen el precio de compra de las 16.000 acciones originales, no son una plusvalía.
2) Los 10,000 derechos que canjeaste entiendo que fueron canjeados a 0,41 euros, que era el precio de la ampliación. Este canje se dividen en 2 partes:
2.1) Los 5.000 derechos originales son una compra a 0,41 euros
2.2) Los 5.000 derechos comprados en el mercado a 0,36 euros son una operación distinta. Es una compra a 0,53 euros por acción (por la suma del precio del derecho y de la suscripción de la ampliación de capital).
3) Las 30.000 acciones compradas en el mercado a 0,59 euros son una operación a parte, que tampoco tiene relación con las 16.000 acciones originales.
El canje de los 10.000 derechos (que son dos operaciones distintas, como te pongo un poco más arriba), no genera ninguna plusvalía. Son dos operaciones de compra, y hasta que no vendas esas acciones no tendrás ninguna plusvalía o minusvalía.
Si ahora vendes 16.000 acciones serán las primeras que compraste, pero el precio de compra ha cambiado. El nuevo precio de compra con el que tienes que calcular la plusvalía o minusvalía es:
65.600 - 5.500 = 60.100; 60.100 / 16.000 = 3,76.
Por tanto, el nuevo precio de compra de las 16.000 acciones originales es de 3,76 euros.
Un saludo.
Gus · 2013-01-04
Hola, este año voy a tener plusvalías con la venta de acciones en EE.UU. Mi pregunta es: me retienen algo en origen? Dónde declaro estas plusvalías ? Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-01-04
Hola Gus,
Por la venta de acciones no retienen nada (ni en USA ni en ningún otro país, que yo sepa), ni en origen (USA en este caso) ni en España.
Esa plusvalía la tendrás que declarar en la declaración del IRPF del ejercico en que vendas las acciones. Y se paga lo mismo por la venta de acciones españolas que de cualquier otro país.
Un saludo.
Miguel · 2013-01-04
Buenas tardes.
Tengo una duda que no se si ya la has podido responder en algun comentario anterior.
Lo cierto es que estoy pensando en vender ahora unas acciones que compre hace un mes y que me generarian una plusvalia de 1500 euros. ¿Puedes decirme como tributarian estos 1500 euros?
¿Como tributarian futuras plusvalias a lo largo de este 2013?
Gracias de antemano por la respuesta y un cordial saludo.
Julia · 2013-01-07
Hola, ante todo quiero darte las gracias por las respuestas.
Puesto que ya he vendido las 16.000 acciones ahora me surge la siguiente pregunta: Tras obtener una minusvalía de 49.824 euros (16.000 x 3,76= 60.160 menos 16.000 x 0,646= 10.336) , que creo no me las podré compensar con plusvalías hasta que no venda las 30.000 acciones anteriormente compradas puesto que no han pasado dos meses desde la compra a la venta.
Si yo vendo las 30.000 acciones a 2,12 euros ocasionando una plusvalía de 49,870 euros ya hayan pasado un año, dos, tres, x, me podré compensar de esta forma la minusvalía por la plusvalía obtenida (15.000 x 0,401= 6.015 y 15.000 x 0,521= 7.815 total 13.820 euros y 2,12 x 30.000= 63.600 euros).
¿Hay alguna casilla en la declaración para reflejar esto?
Invertir en bolsa · 2013-01-08
Hola,
Miguel, las plusvalías obtenenidas en 1 año o menos en 2013 tributarán al tipo marginal de cada uno.
Julia, tienes esa minusvalía "bloqueada", efectivamente. Podrás compensar cuando vendas las acciones que tienes ahora y dejes pasar 2 meses sin comprar acciones del Banco Popular. No hay límite para hacer esto, puede ser en 2013 ó dentro de varios años.
Si en algún momento concreto quieres compensar esas minusvalías (por ejemplo, porque vendas otras acciones o un inmueble con ganancias) y a la vez quieres mantener tu posición actual en el Banco Popular puedes hacer esto:
1) Vender tus acciones del Banco Popular
2) Comprar futuros del Banco Popular con vencimiento al menos 2 meses posterior a la venta de las acciones
3) Pasados esos 3 meses, convertir los futuros en acciones. Esto lo puedes hacer ejerciendo los futuros o vendiendo los futuros y comprando las acciones (según lo que más te interese fiscalmente en ese momento).
De momento lo único que tienes que hacer es reflejar la operación de venta que te ha producido esa pérdida en la declaración del IRPf del año que corresponda, para poder compensarla en el futuro.
Un saludo.
Aritz · 2013-01-08
Hola,
En primer lugar, darte la enhorabuena por este magnífico sitio :-)
Tengo varias dudas relacionadas con la nueva fiscalidad para el año 2013: separación entre plusvalías de MENOS de un año (especulación... ejem) y de MÁS de un año. Si mezclamos esto con la moda del "script dividend", por la que tienden a "darnos" acciones nuevas cada 3 meses... tenemos lío asegurado.
Intentaré exponer mi duda con un ejemplo (ficticio, por supuesto, ya que no existe ningún banco bueno jeje):
- Abril 2011: Compro 1000 acciones de la empresa BANCO BUENO S.A. a 5€
- Abril 2012: Compro 1000 acciones de la empresa BANCO BUENO S.A. a 10€
- Enero 2013: Siguiendo la fórmula de "script dividend", me dan 1 acción por cada 10. Así, me corresponden 200 acciones nuevas: 100 por el primer paquete de acciones, y otras 100 por el segundo.
Por tanto, ahora tengo 2200 acciones. Supongamos que el precio de cotización es, actualmente, de 7,5€:
a) ¿Qué pasaría si vendo 1000 acciones? RESPUESTA: Plusvalía MÁS de 1 año de 2500€.
b) ¿Qué pasaría si vendo 2000 acciones? RESPUESTA: Plusvalía MÁS de 1 año de 2500€ y Minusvalía MENOS de 1 año de 2500€ (entiendo que no se pueden compensar entre sí)
c) ¿Qué pasaría si vendo 2100 acciones? RESPUESTA: Plusvalía MÁS de 1 año de 2500€ y Minusvalía MENOS de 1 año de 2250€ (plusvalía de 250€ debido al pack de 100 acciones nuevas, asociadas a las que compré en 2011, con precio 5 €/acción)
d) ¿Qué pasaría si vendo 2200 acciones? RESPUESTA: Plusvalía MÁS de 1 año de 2500€ y Minusvalía MENOS de 1 año de 2500€ (-2500+250-250)
He intentado responder a cada una de las preguntas según mi criterio y lo que llevo entendido de la nueva Ley Fiscal, pero es muy posible que me equivoque... Opino que las respuestas a las mismas pueden ser muy clarificadoras y bien merecerían un artículo nuevo en tu blog.
Muchas gracias por tu ayuda.
Un Saludo,
Aritz
Invertir en bolsa · 2013-01-09
Hola Aritz, y gracias.
En lo de que no hay bancos buenos no estoy de acuerdo. No confundas las cajas de ahorros públicas (entidades corruptas y quebradas por políticos y sindicalistas) con los bancos privados.
Es más fácil de lo que piensas. Las acciones recibidas en los script dividends tienen como fecha de adquisición la de las acciones que las originan (igual que en las ampliaciones de capital liberadas, porque son ampliaciones de capital liberadas en realidad). Es decir, en el ejemplo que poner, las 200 acciones recibidas en Enero 2013 no tienen como fecha de adquisición Enero de 2013, sino Abril de 2011 (100) y Abril de 2012 (las otras 100).
Próximamente colgaré los artículos de la fiscalidad de 2013, sí.
Un saludo.
Aritz · 2013-01-09
Hola, en primer lugar, muchas gracias por responder. Perdóname por preguntar tanto, pero aún me siguen quedando algunas dudas:
* Siguiendo el ejemplo anterior, las 100 acciones recibidas en Enero, pero que constarían con fecha de adquisición Abril 2011, tendrían como precio de adquisición 5€, ¿verdad? De modo que la plusvalía seguiría siendo de (7,5 - 5) x 100 = 250€ sólo que tributarían a largo (tarifa de ahorro) en lugar de a corto (tarifa general). Entiendo también, que sólo tendría que pagar por la plusvalía, y no por la totalidad de la acción (contrastándolo con la opción de cobrar el dividendo en efectivo).
* Entiendo que, según el criterio FIFO, a nivel fiscal se venden antes estas 100 acciones que las compradas en Abril 2012. Es decir, que si quiero vender sólo las acciones de MÁS de un año, podría vender 1100 acciones como máximo.
* En el escenario B anterior, me sigue quedando la duda. [b][i]Si vendo todas mis acciones, ¿puedo compensar las minusvalías y plusvalías entre sí?[/i][/b] Fíjate que el resultado neto es cero (ni gano ni pierdo), pero mucho me temo que una parte tributaría en tarifa ahorro y la otra a tarifa general (tipo marginal).
Un saludo,
Aritz
Invertir en bolsa · 2013-01-10
Hola Aritz,
1) Más o menos. Por las 1.000 acciones pagaste 5.000 euros. Ahora tienes 1.100 acciones, por las que has pagado igualmente 5.000 euros, así que el precio de compra de cada acción es 5.000 / 1.100 = 4,55 euros. La plusvalía es 7,5 - 4,55 = 2,95, y pagas por la plusvalía, sí, no por el precio de venta. Pero es plusvalía de más de 1 año, efectivamente, no de menos de 1 año.
2) Sí, si vendes 1.100 acciones son las 1.100 acciones que tienen de precio de compra 4,55 euros, y de fecha de compra (las 1.100) Abril de 2011.
3) Si las vendes antes de Abril de 2013, efectivamente unas son de menos de 1 año y otras de más de 1 año. Lo qu epuedes hacer, si quieres vender todas, es vender 1.100 acciones y vender 11 contratos de futuro sobre acciones del Santander, con un vencimiento 1 año superior a la fecha de compra (si las compraste el 12 de Abril de 2012, el vencimiento puede ser el 13 de Abril de 2013, o posterior). Con esto reduces el pago a Hacienda, te lo aconsejo mucho para casos como este con la nueva fiscalidad.
Un saludo.
Aritz · 2013-01-10
Muchas gracias por las aclaraciones. Interesantísima esta información.
anglo · 2013-01-10
Hola, enhorabuena por tu web y los consejos y ayudas que ofreces.
Mi cuestion es sobre la regla de los 2 meses dichosa y es la siguiente:
1º En junio de 2012 compré acciones de Santander que vendí en su totalidad en agosto con una plusvalia de unos 1.000 euros (aparte, recibí el script dividend, pero creo que no afecta al caso, porque conservo esas acciones derivadas del dividendo).
2º El 20 de julio de 2012 compre acciones de Bankia que vendí íntegramente el 1 de agosto con una plus valia de unos 4.000 euros.
3º El 7 de agosto 2012 volví a comprar acciones Bankia, que vendí al día siguiente (8-8-12) con una plusvalía de unos 7.000 euros.
4º Finalmente, el 16-8-12 volví a comprar acciones Bankia que vendí íntegramente el 20-8-12, perdiendo unos 6 mil euros.
Mi pregunta es si esta minusvalía (apartado 4º, unos 6 mil euros) se puede compensar con las plusvalias anteriores, y en este último caso, si puede compensarse con todas ellas (de la 1º a la 3ª, total unos 12 mil euros).
Muchas gracias por tu amabilidad.
Invertir en bolsa · 2013-01-11
De nada, Aritz.
Gracias, anglo.
1º el script dividend te afecta al cálculo de la plusvalía, ya que modifica el precio de compra de las acciones que originan esas acciones recibidas en el script dividend:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Si desde el 16-8-2012 dejaste pasar 2 meses sin comprar acciones de Bankia, que por lo que dices creo que sí, entonces la minusvalía de 6.000 euros la puedes compensar con todas las plusvalías anteriores, sí.
Un saludo.
josem · 2013-01-13
Tengo minusvalias de 2011 y 2010,,, tengo acciones en cartera ahora con plusvalias,,, si las vendo ahora en enero de 2013,, puedo compensar dichas plusvalias con las minusvalias de esos ejercicios anteriores independientemente de si son conseguidas en menos o mas de un año.
Gracias
anglo · 2013-01-14
Muchas gracias por tu respuesta, me queda claro que puedo compensar las pérdidas de bankia porque, efectivamente, después de la venta de 20-8 no volví a comprar este valor; ahora al leer tu respuesta, y tras consultar el artículo al que me remites, se me platea otra duda: si el 21-6-12 compro 7800 acciones SAN por 5.07 euros cada título (total 39.546 euros sin tener en cuenta comisiones), que vendo el 8-8 por 5,26 euros (total 41.028, son considerar comisiones, para facilitar los cálculos), y en base al script dividend me dieron el 3-8-12 un total de 243 acciones que no he vendido, y por las que el 7-11 obtengo otros 6 títulos, que tampoco he vendido a fecha de hoy, es decir, tras el 31-12-12 sólo poseo esas 249 acciones SAN que me dieron como dividendo, ¿cuál sería la plusvalia derivada de estas acciones SAN a declarar en IRPF 2013?. Gracias de nuevo por todos los consejos y ayuda que brindas a través de tu web.
Invertir en bolsa · 2013-01-15
Hola,
Josem, lo tienes con detalle en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
anglo, esos dividendos del Santander en realidad no son dividendos, sino ampliaciones de capital liberadas, y tributan como las ampliaciones de capital liberadas:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Es decir, cada vez que cobres unos de esos "dividendos flexibles" en acciones tienes que recalcular el precio de compra de todas las acciones. En este caso, esos 5,07 euros iniciales van bajando un poco cada vez que te den acciones gratis. Y la fecha de compra de todas las acciones que recibas en estas ampliaciones de capital liberadas es la fecha de compra de las acciones que las originan. La fecha de compra de esas 243 acciones es el 21-6-12, y por el mismo motivo la fecha de compra de las últimas 6 acciones también es el 21-6-12.
Un saludo.
Josem · 2013-01-15
Gracias por tu respuesta
Otra cuestion,,,,, si tengo acciones de mas de un año y las vendo ahora con minusvalias,, puedo compensar dichas minusvalias con posibles plusvalias que tenga en este año pero que sean de un periodo inferior al año
anglo · 2013-01-16
Muchas gracias por tu respuesta, no sabía que había que tributar así; entonces, el resultado con esas ampliaciones de capital liberadas es contrario al contribuyente, no?, es casi una doble imposición, porque esas 249 acciones tributaran cuando se vendan, y la plusvalía será integramente el precio de venta, si no me equivoco -si me equivoco corrígeme-, pero además al tener que reducir el precio de compra de las 7000 acciones iniciales y que ya vendí, pero de las que derivan las 249, se genera en parte una plusvalia irreal, ficticia, que no viene más que por la adquisición de esas 249 acciones que en su día también van a tributar... como es posible?, es como la banca de los casinos: Hacienda siempre gana, no?. supongo que no es más que una pregunta retórica. también supongo que no hay forma alguna de evitarlo, más que vender esas 249 acciones para así al menos poner fin a que se siga produciendo esa reduccion del precio de compra de las 7000 ya vendidas, porque por lo que me dices entiendo que ese efecto se produce siempre que reciba nuevas acciones derivada de esa compra inicial de 7000 acciones y hasta que tribute por esas 7000 acciones , o sea, hasta junio de este año, no? Gracias de nuevo por compartir tus conocimientos.
Invertir en bolsa · 2013-01-16
Hola,
Josem, no, a partir del 1-1-2013 todas las minusvalías de operaciones de más de 1 año deben compensarse con plusvalías de operaciones de más de 1 año.
anglo, no es un doble imposición. Hasta que no vendas no pagas por el importe de los derechos, y si no vendes, no pagas.
Las 249 acciones tienen el precio de venta que te he comentado antes. Se baja el precio de todas (en cada ampliación), no sólo de las nuevas. Si tienes 1.000 compradas a 5, por ejemplo, y te dan 50 pasas a tener 1.050 compradas a 4,76 (5.000 / 1.050). Las 1.050 son exactamente iguales, tanto en precio de compra como en fecha de compra.
En el momento en que vendas algunas, a esas ya no se les reduce el precio. En realidad es bastante fácil, haz las cuentas con tu caso y las repasamos, verás que no es complicado.
Un saludo.
anglo · 2013-01-17
Muchas gracias de nuevo por tu respuesta, y perdona por marearte tanto, creo que ya lo entiendo; es que pensaba que en esas 249 acciones que he recibido, la plusvalia sería íntegramente el importe que reciba por ellas, ya que yo no he pagado un precio de compra por ellas, pero no es así, no?, entonces si estas 249 acciones las vendo a 6 euros, pongamos por caso, la plusvalia no sería 249 X 6, sino la diferencia entre el precio que tu me indicas (sería 35.490 que costaron las 7000 iniciales / 7249= 4,89) y esos 6 euros (6 - 4,89= 1,11 X 249 = 276), verdad? es correcto?. Gracias de nuevo
Invertir en bolsa · 2013-01-17
Hola anglo,
Es correcto, ahora lo has entendido bien.
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Un saludo.
anglo · 2013-01-17
Otra vez 1001 gracias, ahora veo q estaba errado con eso de la doble imposicion; me gustaria saber si tienes publicado algun libro con todo esto de la fiscalidad y la forma de adquirirlo pq explicas el tema con mucha claridad.un saludo
tito · 2013-01-17
Hola, quetal? Tengo acciones del Santander y estoy en duda si es mas interesante en estos momentos elegir acciones en el siguiente dividendo o que me den efectivo. ¿Que m recomiendas? Muchas gracias.
cobra · 2013-01-17
Una duda al respecto.
Si yo vendo acciones en diciembre de un año. Segun lo que indicas deben pasar tanto 2 meses antes como despues de la venta para imputar minusvalias. En este caso a que ejercicio de la renta se ejecutaria:
- Al del año en que se ejecuta la venta.
- Al del año posterior cuando transcurran los dos meses.
- A cualquiera de los dos segun interese.
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-01-18
Hola,
Gracias, anglo. Libro no tengo, porque en España estas cosas cambian constantemente, y habría que modificar el libro constanmente, y comprarlo constantemente, etc. Mantengo actualizada esta seccion, que creo que es lo más práctico para este caso.
Tito, depende de tu estrategia de inversión, que no sé cuál es. Si eres inversor de largo plazo, creo que en estos casos lo mejor es acudir a las ampliaciones de capital liberadas (que no son diivdendos: [url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=943]Las ampliaciones de capital liberadas no suponen ninguna remuneración[/url]) y coger las acciones nuevas que te correspondan.
Cobra, no hay variación por ese tema. Si las vendes en Diciembre igualmente es válido que en los dos meses posteriores no las vuelvas a comprar, aunque una parte de esos dos meses caigan en distinto año. Por ejemplo, si vendes en Diciembre de 2012 esa venta debe reflejarse en la declaración de 2012 (que se presenta en Mayo-Junio de 2013). Para cuando llegue Mayo-Junio de 2013 ya sabes si dejaste pasar dos meses sin comprarlas después de la venta que hiciste en Diciembre de 2012, y por tanto sabes si puedes compensar esa minusvalía en la declaración de 2012 o debes esperar a algún ejercicio posterior en que cumplas la regla de los dos meses.
Un saludo.
tito · 2013-01-20
Hola otra vez. Muchas gracias por responderme y ayudarme. Tengo otras dudas, las cuales estaría encantado de que me ayudases.
Me recomendabas el otro día que si mi estrategia de inversión es a largo plazo, la cual es asi, que eligiese acciones en el siguiente dividendo del santander en vez de recibir efectivo, ¿esta es la tónica a seguir por mi parte siempre que me ofrezcan acciones?,si hago esto siempre que pueda lo que estaré haciendo es bajar el precio de todas mis acciones ¿esto tiene algun perjuicio a la hora de vender? te pongo un ejemplo de como yo lo entiendo: si tengo 1000 acciones compradas a 5€ y por ampliaciones de capital liberado tengo al cabo del tiempo 1200 acciones; 5000 € entre 1200 acciones = 4,16 € es el nuevo precio de costo de todas mis acciones . . . . si ahora vendo las 1200 a 5€ =6000 € . . . la plusvalía es de 1000€ . . . . hacienda me quitará en la declaración de la renta del 2014 el 21% de esos 1000€.
Otra duda, si en esta ampliación de capital liberado tengo que percibir 50,4 acciones . . . el banco me dá la opción de pagar cierta cantidad de dinero pequeña para obtener 51 acciones en vez de 50, que en caso de recibir 50 me tendrían que ingresar una cantidad de dinero correspondiente a las 0,4 acciones, no? Si esto es asi como te cuento, ¿qué es lo conveniente? Muchísimas gracias.
Emilio · 2013-01-20
Enhorabuena por la página!!! Mi caso es que empecé en Octubre de 2012 con Anyoption, metí 100 euros y el primer mes hice un retiro de 200 euros y el siguiente mes otros 200 euros, luego en enero de 2013 hice otro retiro de 200, ¿cuanto tengo q declarar? ¿que documento tengo q pedir a Anyoption para declarar a Hacienda? supongo que me toca pagar un 21% no? Gracias y que tengais tod@s un buen 2013.
Invertir en bolsa · 2013-01-21
Hola,
Tito, en general para los inversores de largo plazo lo recomendable es acudir a esas ampliaciones siempre, aunque si alguna vez creyeras que en ese momento las acciones están muy caras, podrías vender los derechos e intentar recomprar más barato. Pero esto no es fácil de hacer.
De cara a Hacienda es neutro, en el sentido de que no vas a pagar más por ir a estas ampliaciones. Tú compraste por 5.000 y vendes por 6.000, con lo que ganas 1.000. Y ganarías 1.000 euros con 1.000 acciones o con 1.200, eso no influye (porque al haber más acciones cada acción vale un poco menos).
Y piensa que si vas a largo plazo de verdad lo más probable es que no vendas, con lo que no pagarás a Hacienda.
1 acción más o menos tiene poca influencia. Según las comisiones que te cobren, puedes completar esa acción o vender los derechos sobrantes. La diferencia entre una cosa y otra es mínima.
Emilio, no importa el dinero que hayas retirado de la cuenta, ni cuándo lo hayas hecho, sino lo que hayas ganado con las operaciones.
Un saludo.
DDFFLL · 2013-01-24
Hola!
Cuando vendes acciones con plusvalías, ¿Cuándo tributas por esas plusvalías?
Pasa como al cobrar dividendos que directamente cobras el importe neto, ¿o cobras el bruto y después en la declaración pagas lo correspondiente?
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-01-24
Hola DDFFLL,
Al vender acciones no retienen nada (ni por las acciones españolas ni por las extranjeras). Pagas al hacer la declaración del IRPF (o sea, en Mayo-Junio del año siguiente al que se produzca la venta).
Un saludo.
Juan · 2013-01-25
Buenas,
Tengo 58 años y se me acaba el paro en agosto de este año. El año pasado tuve minusvalias por unos 20.000 € que reflejaré en la declaración de renta de la próxima primavera. A partir de septiembre, supuestamente cobraré la ayuda para parados de más de 55 años (426 €) , para lo cual, no puedo percibir en el año rentas de cualquier naturaleza que exceda de 5772 € (12 meses por 481 €). Mi duda está en que si en este año (2013) tengo plusvalías que superen los 5772 € a pesar de poder compensarlas con las minusvalías del año pasado, se tendrán en cuenta como ingresos o no, para poder percibir los 426 € de ayuda.
Juan · 2013-01-25
Hola de nuevo. Se me olvido despedirme y darle las gracias.
Gracias y un saludo
Josem · 2013-01-26
Tengo misnusvalias pendientes de compensar de 2010-2011 y no tengo plusvalias en 2012,,,, las puedo compensar de alguna forma cuando haga este año la declaracion
Invertir en bolsa · 2013-01-28
Hola,
Juan, es un caso muy específico, no sé responderte con seguridad. Creo que lo mejor es que consultes en Hacienda. De todas formas, piensa que para compensar las minusvalías tienes 4 años.
Josem, no, si no tienes plusvalías en 2012 no las puedes compensar. A partir de 2013, las inferiores a 1 año sí las podrás compensar con lo que ganes trabajando. Lo tienes con detalle en:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
Un saludo.
Juan · 2013-01-29
Estoy agradecido por tu respuesta, intentaré consultar en Hacienda. Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-01-30
De nada, Juan.
Un saludo.
Nicolas Couto · 2013-01-30
Hola.
Durante el año 2011 he comprado acciones de Santander y Repsol que acabo de vender con perdidas compensadas con otras de Repsol del 2012. El objetivo era eliminar el lastre del 2011 y volver a empezar desde posiciones mas favorables, si el mercado lo permite. Lo que necesito saber es si tengo que esperar los 2 meses para comprar o puedo hacerlo en cualquier momento, pues la plusvalía de la operación fue prácticamente nula.
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2013-01-31
Hola Nicolás,
Desde el momento de la venta con pérdidas, las dos (Santander y Repsol), tienes que dejar pasar dos meses sin comprar acciones de Santander y Repsol. Si compras antes de dos meses, no podrás compensar esas minusvalías (hasta que cumplas esta norma).
Si quieres tomar posiciones en Santander y Repsol antes de que se cumplan esos dos meses, lo puedes hacer con futuros de Santander y Repsol. Una vez que pasen los 2 meses podrías cambiar (ejerciendo, o vendiendo los futuros y comprando las acciones) los futuros por acciones.
Un saludo.
Nicolas Couto · 2013-01-31
Muchisimas gracias. Mi pregunta quedó totalmente contestada en el primer párrafo ya que era lo que necesitaba saber.
En cuanto al segundo, que te agradezco me informes, voy a pasar ya que nunca he comprado futuros y no se de que va la cosa, tendré que documentarme un poco y si no entendiera algo te lo preguntaría.
Muchas gracia de nuevo
Invertir en bolsa · 2013-02-01
Hola Nicolás,
Lo de los futuros es más fácil de lo que parece, lo tienes en [url=http://www.invertirenbolsa.info/articulos_bolsa.htm]Artículos de Bolsa[/url], en el apartado de derivados.
Un saludo.
Nicolas Couto · 2013-02-01
Hola
Consulté Artículos de Bolsa, como me indicaste y por fin ya tengo una idea de lo que significan los futuros, aunque creo que no voy, al menos por el momento, a usar esa vía. Seguiré con el tradicional.
Un saludo y muchas gracias por toda la información
Naty · 2013-02-13
Hola, soy una de las afectadas al cambiar preferente de Bankia en acciones
He tenido unas pérdidas considerables, ya que aunque no las puedo vender hasta junio del 2013, el precio de la accion como saben es de casi un 90% menos.
Puedo recuperar algo en la declaración de la Renta, es decir estas pérdidas aunque las acciones sigan siendo mias ya que todavía no las puedo vender, puedo declararlas como pérdidas,
Gracias y un saludo
Invertir en bolsa · 2013-02-14
Hola Naty,
No, de momento no has tenido ninguna pérdida que se pueda compensar fiscalmente. En el momento que vendas las preferentes, o las acciones que recibas, será cuando esa pérdida se materialice, y entonces es cuando la podrás utilizar para compensar otras plusvalías.
Un saludo.
José A. · 2013-03-02
Buenas noches
Es la primera vez que entrojen esta página y me ha parecido un foro muy del interés del inversor particular, como es mi caso. Quisiera plantear una duda que me ha surgido para la declaración de 2012. He realizado operaciones con acciones a corto. En estos casos en los tomamos prestadas acciones para en primer lugar venderlas y luego devolver el prestamo comprando, como entiende la operación hacienda? En otras palabras; como computa la fecha de compra y de venta cuando la primera es posterior a la segunda?
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-03-04
Hola Jose, y gracias.
Es al revés de lo normal, pero en el fondo es lo mismo.
Lo que importa es la fecha en que se abre la operación y la fecha en que se cierra. Tú abres la operación vendiendo, y la cierras comprando.
Tienes que tributar en el ejercicio en que cierras la operación, que en tu caso es el momento en que compras las acciones.
Un saludo.
Rosendo · 2013-03-14
Tengo acciones de mi empresa desde el año 2005 y todos los años he ido aumentado el nº por cobrar una parte del sueldo en acciones. Además los dividendos de cada año no los he cobrado si no que los he reinvertido en acciones(ahora se hace de forma auntomática, antes cobraba los dividendos y compraba las acciones emitiendo una orden de compra).
Mi duda es cual es el precio de compra que tengo que declarar cuando quiera vender una parte de mis acciones, solo dispongo del precio de referencia de las acciones que recibia cada año, no del que se asignaba a la reinversión de los dividendos.
De las cuestiones planteadas creo haber entendido que las acciones que se adquieren por reinversión de dividendos se suponen a precio "0" y lo que hacen es rebajar el precio del paquete del que proceden, pero esto me parece un gran lio.
Por ejemplo: Empiezo con 100 acciones adquiridas a 1 €, al año siguiente me generan 5 € de dividendos que reinvierto adquiriendo 5 nuevas acciones(supongo que siguen valiendo 1 €), ademas adquiero otras 100 acciones a 1 € ese mismo año, y así sucesivamente. Si decido vender el tercer año un paquete de acciones, por ejemplo 150, ¿cual sería el precio de compra que debería fijar?, ¿tendrían todas el mismo valor?
Invertir en bolsa · 2013-03-14
Hola Rosendo,
Cada compra tiene su valor, no tienen todas el mismo valor.
Las que hayas comprado con dividendos que cobraste en efectivo y después diste una orden de compra normal y corriente, son compras independientes.
Es decir, por un lado tienes la lista de compras "normales", que son las que hayas comprado con tu sueldo y de la forma que describo en el párrafo anterior.
Por otro lado están las ampliaciones de capital liberadas (o dividendos flexibles, etc). Estas acciones lo que hacen es rebajar el precio de compra de las que proceden.
Supongamos que compras 1.000 acciones de Iberdrola a 4 euros, y después hay una ampliación de capital liberada en la que te dan 50 acciones. Tras esto, pasas a tener 1.050 acciones, a un precio medio de 3,81 euros (4.000 / 1.050 = 3,81).Estas 1.050 acciones son iguales en todo, en el precio de compra y en la fecha de compra (que es la fecha en la que compraste las 1.000 acciones originales).
Las compras "normales" tienes que ir recalculándolas con las ampliaciones de capital liberadas que se hayan producido posteriormente.
Y a la hora de vender, se venden primero las más antiguas.
Si algo no te queda claro, vuelve a preguntar.
Un saludo.
Rosendo · 2013-03-14
Vale eso lo entiendo. Pero lo que no me queda claro es si ese valor de compra de ese paquete de acciones queda ya fijado o se va modificando a medida que vas adquiriendo nuevas acciones, por compra y por reinversion de dividendos, eso repetidos durante varios años.
Yo entiendo (en tu ejemplo) que esas 1050 acciones generan nuevas acciones al año siguiente(dividendo flexible en acciones), por lo que habría que volver a recalcular de nuevo el precio de adquisión, suponiendo gue me dan ese segundo año 60 acciones. El nuevo precio sería: 4000/1110 = 3,6 €. y asi sucesivamente.
Si lo dicho es correcto, todavía se puede complicar mas, si además realizo compras cada año. Vamos a considerar que en ese segundo año compro 500 acciones a 5 € , que generaran(junto a las 1110 que ya tengo) nuevas acciones por reinversión de dividendos. Supongamos que el tercer año me asignan 80 nuevas acciones. ¿como se recalcula el precio de las que posees? ¿se hace una reducción del precio de adquisición como una media, o hay que reducir la parte proporcional en cada paquete?
- 1º.- 4000 + 500 = 4500/1190 = 3,78 € ,¿este precio para todas?
-O bien si 1610(1110+500) han generado 80 acciones; 500 acciones habran generado 25 acciones(aprox).
Entonces hariamos: 4000/1235(1190+55) = 3,23 €; y 2500/525 (500+25)= 4,76 €.
Esto último me parece un auntentico lio, estando modificando el precio de compra año a año. Saludos.
Invertir en bolsa · 2013-03-19
Hola Rosendo,
Sí, con cada "dividendo flexible" tienes que recalcular el precio de compra, que va bajando con cada operación de este tipo.
Cada compra "de verdad" es independiente de las demás. Por un lado tendrías la compra de las 1.000 acciones (se se convierten en 1.100 en el ejemplo que estamos desarrollando), y por otro lado la compra de las 500 acciones a 5 euros.
Una vez que ya tienes estas 2 compras hechas (1.600 acciones en total), con el siguiente "dividendo flexible" tienes que recalcular por un lado la compra de las 1.100 acciones y por otro lado el de las 500 acciones.
Esas 80 accciones serían 55 acciones por la compra de las 1.100 acciones y 25 por la compra de las 500 acciones:
4.000 / 1.165 = 3,43 euros
2.500 / 525 = 4,76 euros
Esta es la forma correcta.
Un saludo.
Goyo · 2013-03-22
Teniendo en cuenta lo complicado que resulta para un particular sacar el mejor rendimiento a una cartera y conseguir la mejor rentabilidad fiscal minusvalías-plusvalías-reinversiones-dividendos etc.. y a la vista de lo confusa que es la información fiscal que te facilitan tus bancos (imagínate que tienes 17 valores en varios bancos y operas 37 veces en el año fiscal) .... pues lo dicho, quiénes pueden gestionar mejor tu cartera de 50-100 mil € ??
Invertir en bolsa · 2013-03-25
Hola Goyo,
Si te refieres a rellenar la declaración de la renta, cualquier gestoría podrá hacerlo. Yo creo que las gestorías pueden rellenarte la declaración de la renta para cualquier volumen de cartera, el que citas o uno muy inferior o muy superior. Por lo que yo sé, el importe de la cartera es indiferente (salvo que fuera un patrimonio muy grande, con muchas complicaciones, en cuyo caso habría gente que lo podría hacer, pero no cualquier gestoría).
Un saludo.
Goyo · 2013-03-25
Ya sé que cualquier gestoria , previo pago, te hace la declaración de la renta siempre que le presentes todos y cada uno de los justificantes.
Mi pregunta es otra. ¿Quién puede gestionar y rentabilizar lo mejor posible una cartera? ocupándose a su vez de minimizar las plusvalías con las correspondientes minusvalías, y ocupándose también de conservar y contrastar con la información que facilitan los Bancos todos los justificantes de todas las operaciones de compras, ventas, reinversiones, ampliaciones, comisiones etc. del año fiscal. Salud.
Partimos de la base de la complejidad que supone para un inversor particular con conocimientos medios-bajos que casi siempre gestiona mal. Invierte, reinvierte, desinvierte y declara-tributa mal.
Invertir en bolsa · 2013-03-26
Hola Goyo,
No sé si te va a ser fácil encontrar a alguien para eso. Los gestores de patrimonio ahora tienen que estar constituidos como EAFI, por lo que buscando esa palabra (EAFI) en Google encontrarás a varios. Pero yo no conozco a ninguno para recomendarte uno concreto.
Yo sigo pensando que los mejores resultados se obtienen gestionando uno mismo su propio dinero. Para grandes patrimonios (muy grandes) supongo que habrá gestores muy buenos, pero para la gente "normal" creo que la mejor alternativa es que cada uno se gestione su propio dinero.
Un saludo.
Goyo · 2013-03-27
Gracias por las respuestas y su puntualidad.Salud.
Jesus · 2013-04-04
Buenas tardes he solicitado en el dia de hoy mi borrador de la renta, en el cual me sale la informacion fiscal.
Solo me aparece esto VENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS Y OTROS VALORES MOBILIARIOS. El importe que me aparece es el liquido, el neto no me aparece, no me deberia salir tb el importe de compra?.
Dividendos me sale una cantidad 022/023/024/028, otra cantidad casilla 743 y otra cantidad 030, esta se refiere a gastos deducibles, q la verdad no se q son. En principio no estaria obligado a hacer la declaracion porque no llego a 1600 euros, y no tengo rendimientos de trabajo, espero ayuda q ando perdido, gracias, un saludo
juanan · 2013-04-04
Tengo fuertes minusvalías latentes (supongo que como la mayoría) y me "repatea" que tenga que pagar fuertes impuestos sobre lo que llaman rentas de "capital" (dividendos) sin poder compensar estos ingresos con esas minusvalías si las hiciera efectivas.
Alguna idea para intentar reducir esos pagos de impuestos fijos?
Quiizás vender esas acciones en pérdidas y comprar fondos para en los años próximos "cobrar" el equivalente a los dividendos en forma de ventas parciales de esos fondos y compensar posibles plusvalías (optimista???)
con las minusvalías anteriores (durante 4 años + el actual).
No sé , igual digo una barbaridad!!!
Invertir en bolsa · 2013-04-05
Hola,
Jesús, Hacienda te manda las ventas que se han producido en cada año. Los datos de las compras los debes conservar tú, para poder hacer el cálculo de las plusvalías o minusvalías que te genere cada venta.
Los gastos deducibles son las comisiones de mantenimiento de las acciones.
Si no estás obligado a hacer la declaración, preséntala si te sale a devolver, y no la presentes si te sale a pagar.
Juanan, los dividendos no se pueden compensar con las minusvalías. Vendiendo acciones con pérdidas no vas a pagar menos a Hacienda por los dividendos que cobres.
Y para vender las acciones con pérdidas ahora y comprar fondos, creo que es mejor mantener las acciones (si son de empresas de calidad), porque muy probablemente subirán más que los fondos en el futuro, además de las ventajas que supone cobrar una renta, etc.
Un saludo.
Jesus · 2013-04-05
ok gracias. un saludo
Jesus · 2013-04-05
Otra duda, te pongo un ejemplo y me dices si es correcto.
Compro bbva 300 acciones x 2000 (esta incluida la comision)
dividendo eleccion 10 acciones nuevas (me cobran comision de 3 euros)
los restantes derechos me los venden y me dan 1 euro
vendo 310 acciones x 2100
entonces quedaria precio de compra 2000+3-1= 2002
precio de venta 2100
plusvalia 98
es correcto?
otra duda esos gastos deducibles q me aparecen en los dividendos no tengo claro de donde me salen, me estan metiendo hay las comisiones, gastos de custodia etc?
un saludo y gracias
Nacho · 2013-04-05
Hola, tenía una consulta sobre la declaración de venta de acciones de JAZZTEL. Planteo el caso:
23/05/07: Compra de 14.000 acciones a 0,58€ = 8101,16€.
16/11/07: Compra de 7.500 acciones a 0,39€ = 2940,55€.
10/07/09: Suscripción por Ampliación de Capital de 9.552 acciones (21500*4/9) a un coste de 1146,24€. Por tanto precio acción 0,12€.
18/01/10: Contrasplit 10*1: 31.052 acciones, pasan a 3.105 acciones.
[b]07/11/2012 Venta de 2022 acciones a 4,888€ resultando un total (restando gastos) de 9857,67€.
[/b]
Entiendo que las acciones que he vendido son las más antiguas y entiendo como tales las 1400 acciones que compré primero, + las que me resultaron de la ampliación de capital sobre esas 1400 acciones, es decir, 1400 + 1400*(4/9) = 1400 + 622 = 2022 acciones.
Entonces el cálculo que yo he hecho para el cálculo de la plusvalía es: VENTA - COSTE TOTAL DE ESAS ACCIONES = 9857,67 - [8101,16 + (622*1,2€)] = 9857,67 - 8866,4 = 991,27€.
¿Está bien hecho así el cálculo, teniendo en cuenta la ampliación de capital ó la ampliación de capital hay que tributarla de otra forma? ¿cuándo se hace ampliación de capital, las acciones resultantes toman la fecha de adquisición de las acciones de las que derivan?
Espero haberme explicado.
MUCHAS GRACIAS!!!
[i]NOTICIA 22 JUNIO 2009: Hoy se ha iniciado el periodo de suscripción de la ampliación de capital preferente por el 44,3% del capital social (82,02 millones de euros) de Jazztel. El periodo de suscripción preferente será hasta el próximo jueves 9 de julio.
Jazztel emitirá 683.449.600 acciones ordinarias(4 nuevas acciones por cada 9 acciones antiguas) con el objetivo principal de reestructurar su deuda. Los nuevos títulos se suscribirán a 0,08 Euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las acciones ordinarias que actualmente están en circulación, con una prima de emisión de 0,04 Euros por acción (siendo por tanto el precio de la emisión de 0,12 Euros).[/i]
silvia gp · 2013-04-08
como afecta a la declaracion de la renta 2013? y como afectaran a las siguientes declaraciones?
no me digais que encima de a ver engañado a tanta gente en la renta va a perjudicar?
Invertir en bolsa · 2013-04-09
Hola,
Jesús, es correcto, la plusvalía son 98 euros. Y esos gastos que te aparecen junto a los dividendos son las comisiones de custodia de las acciones, sí.
Nacho, el cálculo que has hecho estaría bien si la ampliación de capital hubiese sido liberada. Pero como fue una ampliación de capital en la que hay que aportar dinero, el cálculo se hace de otra forma.
La ampliación de capital la tienes que tratar como una compra más. La fecha de compra es la fecha en que pagaste esas acciones nuevas, y el precio de compra es 0,12 euros.
Entonces, al vender 2.022 acciones las que vendes son:
1.400 acciones del 23-5-2007
622 acciones del 16-11-2007
y te quedan:
128 acciones del 16-11-2007
955 acciones del 10-7-2009
Silvia, creo que te refieres a la próxima ampliación de capital que va a hacer Bankia para convertir las preferentes en acciones, y que aún no se ha llevado a cabo. Hasta que no se realice y se sepan los detalles, no te puedo decir cómo tributará. Si te refieres a otra operación (porque las cajas de ahorros han hecho muchas operaciones de este tipo en los últimos meses), díme a qué operación concreta te refieres, y en qué fecha se hizo.
Un saludo.
Nacho · 2013-04-09
Muchas gracias a invertirenbolsa por su aportación.
Me ha sido de gran utilidad.
Un saludo.
silvia · 2013-04-09
son las preferentes que si o si se tubieron que convertir en acciones, en junio del 2012, evidentemente sólo han habido pérdidas, entonces esto como tributa?supongo que en el caso que hubiera beneficios que esto jamas ocurrira, porque se tubieron que comprar a un precio de 3 y pico cuando las acciones sabian que valdrian 0,01 que es el valor que creo que estan ahora.
Invertir en bolsa · 2013-04-10
Hola Silvia,
Creo que es la operación que se anunció el 10-2-2012, y que se ejecutó en meses posteriores, de títulos de BFA-Bankia.
Esta operación se divide en dos partes:
1) Recompra de los títulos. Como se recompraron al 100% del valor nominal, esto no genera ni pérdidas ni ganancias. Debes refeljarlo en el IRPF de 2012, pero no tendrá ningún impacto.
2) La venta de las acciones. El precio de compra de las acciones es de 3,31 euros. En el ejercicio en que las vendas, reflejarás esta pérdida en el IRPF. Si las vendiste en 2012, la debes reflejar en el IRPF de 2012, si aún las tienes, la reflejarás en el año en que las vendas. Esta minusvalía la podrás compensar con otras plusvalías (de acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc). Si las vendes en 2013, tienes que prestar atención a si te interesa más venderlas antes de que se cumpla un año de la fecha de compra o despúes de que se cumpla el año. Si es de menos de 1 año, puedes compensarla en parte con las rentas del trabajo:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
Un saludo.
Diana · 2013-04-10
Benas tardes,
En Diciebre de 2012 vendí unas acciones que compré en 2009 en una empresa en la que trabajaba, cotiza en Francia y allí está la gestora, la mitad las pagué y la otra mitad las daba la empresa a los empleados que compraran acciones. Cómo debo declararlo?
Gracias!
Invertir en bolsa · 2013-04-11
Hola Diana,
Es un caso complicado. Si tu inversión fue de hasta 12.000 euros por año y las mantuviste más de 3 años (puede que haya algún requisito más, no te lo puedo asegurar al 100%), entonces no tendrías que pagar nada por la plusvalía.
Al ser la empresa francesa, no sé si cambia algo respecto a lo que te acabo de comentar. Creo que lo mejor es que consultes en Hacienda, esta duda no te la puedo resolver.
Un saludo.
Diana · 2013-04-11
Gracias!!
Jesus · 2013-04-11
Gracias x la respuesta anterior.
Ahora me surge una duda, en el año 2010 tuve unas plusvalias de 1000 euros en acciones. Ese mismo año cobre el paro que me generaria unos 4500 euros. Estaba obligado a hacer la declaracion? En caso afirmativo, si yo este año realizo la declaracion porque me tienen q devolver unos euros de dividendos, me reclamaran lo del 2010? Un saludo y gracias
Invertir en bolsa · 2013-04-12
Hola,
De nada, Diana, siento no haberte podido ayudar más.
Jesús, en 2010 no superaste los 1.600 por suma de plusvalías, dividendos, intereses, etc, y lo del paro tampoco superó los límites correspondientes. Así que no tendrías obligación de hacerla, y si la hubieras hecho no habrías tenido que pagar nada, por los mínimos personales. En todo cas te habrían devuelto la retención de dividendos, intereses, etc.
Son independientes unas declaraciones de otras. Si te sale a devolver, presenta la del 2012.
Un saludo.
jesus · 2013-04-12
Gracias por la respuesta. Es que como lei lo de la segunda regla esa de que si conjuntamente obtienes rentas del trabajo, ganancias patrimoniales etc x mas de 1000 euros tienes q hacerla me vino a la cabeza lo del 2010.
garces · 2013-04-14
Por herencia de mi madre recibí unas acciones de ZOT en el año 2000. El número de acciones ha ido subiendo por sucesivas ampliaciones. El año 2012 vendí unas cuantas por valor de 2.400 euros. Mi duda es: ¿que valor de compra debo poner en la declaración de renta?. Gracias y saludos
david · 2013-04-14
Hola
En la fecha 02/06 me abonan 8,02.en concepto de venta de derechos de telefonica, como lo tengo que declarar esa venta en hacienda.
Invertir en bolsa · 2013-04-15
Hola,
Jesús, no te preocupes, no has hecho nada incorrecto. El límite para no presentar la declaración son 1.600 euros, no 1.000. Pero en la mayoría de los casos interesa presentarla, aunque no se tenga obligación, para que te devuelvan las retenciones.
Garces, el precio de compra original es el precio de cotización de la fecha de fallecimiento. Ese precio de compra original tienes que ir corrigiéndolo con las sucesivas ampliaciones de capital liberadas que se han ido produciendo. Voy a poner un ejemplo.
Supongamos que en el año 2.000 heredas 1.000 acciones, que el día del fallecimiento cotizan a 10 euros. El día antes de esa venta de 2.400 euros tenías 2.000 acciones. La fecha de compra de estas 2.000 acciones es la de la fecha del fallecimiento. Las 2.000 acciones son exactamente iguales, no hay ninguna diferencia entre unas y otras.
Eso quiere decir que tu precio de compra es de 5 euros por acción (10.000 / 2.000), y con ese precio es con el que tienes que calcular la plusvalía o minusvalía de la venta que has hecho ahora.
David, por la venta de derechos se paga al vender las acciones, no al vender los derechos. Supongamos que tienes 100 acciones de Telefónica compradas a 10 euros (comisiones incluidas). Al cobrar esos 8,02 euros lo que tienes que hacer es modificar el precio de compra de la siguiente forma:
1.000 - 8,02 = 991,98
991,98 / 100 = 9,92 euros.
De momento no pagas nada. Cuando vendas las acciones, tendrás que calcular la plusvalía / minusvalía utilizando como precio de compra 9,92 euros.
Un saludo.
jesus · 2013-04-15
vale muchas gracias
david · 2013-04-15
Muchas Gracias
garces · 2013-04-15
Muchas gracias
jose · 2013-04-15
Si en el año 2011 compre 1000 acciones de gamesa a 3,70 después en mayo 2012 compre 750 a 1,40 y agosto compre otras 750 a 1,50. Vendí las 2500 a 1,70 en noviembre y en diciembre volví a comprarlas las 2500 acciones. Debo declararlo y puedo compensar perdidas?. Un saludo jose
Casimiro · 2013-04-16
a todos,
Estoy con la Renta 2012 y trato de poner las pérdidas por venta de acciones, creo que lo hago bien, en la 342 pongo el importe de la venta y en la 343 el de la compra, y me da una pérdida de 8851,77 en las casillas 346 y 347.
Pero esto [u]no me varia en nada [/u]el resultado final de la declaración; estoy haciendo algo mal o es que hay algun limite para compensar pérdidas o algo?
Podeis ayudarme ya que soy novato total?
Gracias y un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-04-17
De nada, Jesús, David y Garcés.
Jose, debes declararlo, y debes pagar en la declaración de 2012 por la plusvalía que tuviste por las 750 compradas a 1,40 y las 750 compradas a 1,50. Pero esa plusvalía no la puedes compensar con la minusvalía de las 1.000 compradas a 3,70, porque no dejaste pasar dos meses entre la venta de Noviembre y la compra de Diciembre.
La minusvalía de las 1.000 compradas a 3,70 la podrás compensar cuando las vendas, y dejes pasar 2 meses sin comprar acciones de Gamesa. Esto lo puedes hacer cuando quieras, en 2013 ó dentro de unos años, no hay límite de tiempo.
Casimiro, además de esas minusvalías, ¿has tenido plusvalías de algún tipo (con otras acciones, fondos de invesión, inmuebles, etc.)? Si no has tenido plusvalías, es normal que el resultado final no varíe, ya que no estás compensando esas minusvalías con ninguna plusvalía. En este caso, podrás compensar esas minusvalías con las plusvalías (o rentas del trabajo, si esas minusvalías son de menos de 1 año) que tengas en los 4 años siguientes.
Un saludo.
Casimiro · 2013-04-17
Gracias por tu rápida respuesta, a ver si te he entendido ...
Si este mismo año he vendido acciones ganando, puedo restar las pérdidas de la ganacia obtenida y cotizar solo por la diferencia?
Si este año no he tenido ganancias, tengo 4 años para poder restarlas?
En el caso anterior, en las próximas declaraciones de renta me vendrán reflejadas las pérdidas que ponga este año o tendré que volver a ponerlas?
No entiendo bien lo que dices de "compensar esas minusvalías con las plusvalías (o rentas del trabajo, si esas minusvalías son de menos de 1 año" , quieres decir que puedo restar directamente las perdidas de los ingresos declarados por trabajo?
Gracias de nuevo.
Los dividendos se considean ganancias?
jose · 2013-04-17
Muchas gracias por aclararme la duda. Esta pagina si es de utilidad
Jose Maria · 2013-04-18
Nuestra situacion es la siguiente:
Teniamos ya acciones de GAS NATURAL. El 02/05/2012, compramos 775 mas. El 9/08/2012 vendemos 1000 con perdidas y el 9/9/2012 sucribimos 88 titulos.
¿Podemos poner en la casilla de perdidas de la declaracion de 2012 la perdida, o por no haber pasado dos meses entre la venta (9/08/2012) y la suscripcion de acciones (9/09/2012) ,no se puede reflejar?
Si no se puede reflejar esa perdida, ¿cuando se reflejaria?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-18
Hola,
Casimiro,
1) Si en un año ganas 1.000 euros y pierdes 300, pagas por 700.
2) Si pierdes 300 y no ganas nada, podrás compensar esos 300 en los 4 años siguientes, con otras plusvalías que tengas en esos 4 años siguientes o (desde el 1-12013), con el dinero que ganes con tu trabajo. Esto lo tienes explicado en:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
3) Tienes que reflejar las pérdidas el año en que se producen. Después, si tienes con qué compensarlas en años próximos, en esas declaraciones tendrás una casilla para hacerlo, pero para eso tienes que haber declarado las pérdidas el año en que se produjeron.
Los dividendos no se puende compensar con las minusvalías.
Gracias, Jose.
José María, esa subscripción de 88 títulos, ¿qué es exactamente? Que yo recuerde, en esas fechas no hubo ningún script dividend ni similar.
Un saludo.
Jose Maria · 2013-04-18
En la documentacion del banco aparece "S" de Suscripcion. No tengo mas detalles.
De todas formas, ni las 775 acciones compradas el 2/05/2012, ni las 88 adquiridas en esa "suscripcion" se han vendido. Las vendidas son las que ya se tenian de antes (compradas en 2010 y 2011). ¿Eso tiene algo que ver?
nono · 2013-04-18
en agosto 2012 vendí 1000 acciones de iberdrola de las 15000 que tengo a 3160, las primeras 1000 las compré en 2007 a 10810, por lo tanto con perdidas de más de 7000 .En Junio 2012 vendo derechos de esas 15000 por 2490... pregunta ... cómo he de reflejar esta s operaciones en mi declaracion???
nono · 2013-04-18
En mis datos fiscales consta una venta de derchos del SABADELL POR un importe de 474 euros. no he realizado ventas de acciones del Sabadell,, he de declarar estas ventas de derechos en mi declaracion ???
Enrique · 2013-04-18
Hola, enora buena por tu paguina.
Tengo una duda el año pasado hice muchas operaciones en bolsa y en ocasines del mismo emisor, en el mismodia. ¿Puedo sumar las del mismo emisor y dia? o tengo que plasmar una pro una ?
Ej.
telefonica compre 1000 acciones 9.1€ y las vendi 9.3€ volvi a comprarlas a9.15 y las volvi a vender a 9.38 y dos veces mas todo en en mismo dia.
y otra pregunta los CFDs enque casilla tengo que declararlos y como, solo la pulvalia que ha generado a final de año.
mucha gracias por tu tienpo
samtierra · 2013-04-18
Hola, tu libro es en este momento, mi libro de cabecera. Te explico mi lamentable periplo en Bolsa en mi afán por conseguir algo de rentabilidad:
COMPRA: Mayo-2007 de 600 acciones BBVA por valor de 10900 euros (compradas a 18,16 euros)
COMPRA: 20-6-2012 de 766 acciones BBVA por valor de 4000 euros (compradas a 5,22 euros)
COMPRA: 23-7-2012 de 5700 acciones BBVA por valor de 23000 euros (compradas a 4,03 euros)
VENTA: 31-8-2012 de 2800 acciones BBVA por valor de 16660 euros (vendidas a 5,95 euros)
VENTA: 22-11-2012 de 350 acciones BBVA por valor de 2220 euros (vendidas a 6,3 euros)
Dejando a un lado, mis garrafales errores en la elección en el 2007 de invertir en Bolsa, me está preocupando ahora, cómo me va a afectar la venta de acciones hecha en Agosto 2012.
He obviado, los gastos de gestión.
Si sumo los valores obtenidos por la venta y le resto el sumario de las compras, me sale un saldo negativo:-3219 euros.
¿está bien hecho el cálculo? Tengo alguna duda con la venta en AGOSTO-12 ¿influye de alguna manera que haya vendido parte de las acciones antes de los meses posteriores a la compra?- compré en Abril -07, Junio-12 y Julio-12 y vendí en Agosto-12 y Nov-12.. Las acciones afectadas serían 1434 acciones en este movimiento (1434 acciones de las 5700 acc compradas en Julio-12 y venta de estas 1434 acciones el 31-AGOSTO 2012?
Siento la extensión y gracias por tu tiempo
Invertir en bolsa · 2013-04-19
Hola,
José María.
Esas 88 acciones, ¿podrían ser el script dividend que hizo en Junio de 2012? Ponme la lista de todas las compras y venta, con la fecha y el número de acciones.
Nono, por cada derecho de Iberdrola te dieron unos 0,17 euros. Lo que tienes que hacer es rebajar el precio de compra de todas las compras de esas 15.000 aciones en 0,17 euros. De momento nada más, sólo rebajar el precio de compra.
Al vender, tienes que calcular la plusvalía o minusvalía con ese precio de compra rebajado. Por ejemplo, esas 1.000 que compraste a 10,81 euros, ahora están compradas a 10,64 euros, y la misnuvalía la tienes que calcular utilizando ese precio de compra de 10,64 euros, en lugar de los 10,81 euros originales.
Con el Sabadell tienes que hacer lo mismo.
Gracias, Enrique. Las puedes sumar, en la declaración del IRPF no hace falta poner el detalle de todas las operaciones. Lo que importa es que la suma esté bien, incluyendo el tema de la regla de los 2 meses, que en tu caso tendrás que mirar con cuidado.
Los CFD se ponen en el mismo apartado que las acciones. Puedes poner una casilla que sea "CDFs broker X", con la suma de todas las operaciones del año.
Muchas gracias, samtierra.
El cálculo estaría bien hecho si pudieras compensar las minusvalías, pero no puedes compensar las minusvaías de las 600 compradas a 18,16 porque no pasaron 2 meses entre la compra de 5.700 acciones y la venta de 2.800 acciones. Lo que pasa es que sí que tienes que pagar en 2012 por las pluvalías que generaron esas ventas.
Esa minusvalía la podrás compensar cuando vendas las acciones compradas en Julio de 2012. Lo puedes hacer en cualquier momento, vendiendo las acciones, comprando los futuros equivalentes (si son 3.900 acciones, entonces son 39 contratos de futuro) y esperando a que pasen 2 meses para cambiar los futuros por acciones.
La mayoría de las acciones del BBVA las compraste a precios muy buenos.
Un saludo.
Jose Maria · 2013-04-19
Yo creo que debe ser eso, pero te detallo los movimientos:
21/12/2009COMPRA415,00
04/05/2010COMPRA200,00
02/06/2010COMPRA166,00
20/09/2010COMPRA187,00
21/06/2011SUSCRIPCION 34,00
02/05/2012COMPRA775,00
09/08/2012VENTA 1000,00
09/09/2012SUSCRIPCION 88,00
Muchas gracias por adelantado
Enrique · 2013-04-19
Muchas gracias por tu respuesta me servido de mucho
un saludo
jose · 2013-04-20
Tengo una duda con el recalculo de acciones del scrip dividendo del Santander. Tengo 3 paquetes de acciones del SAN. El primero de 1021 acciones, el segundo de 239 y el tercero de 310 acciones. Me han dado 30 acciones nuevas. Como se repartirían?
1570:30=52,33
1021:52,33= 19,51
239:52,33=4,569
310:52,33=5,92.
O sea al primer paquete le corresponde 19 acciones nuevas, 1040.
Al segundo le corresponde 5 acciones nuevas 244.
Al tercero le corresponde 6 acciones nuevas 316 acciones. Esta bien?. Otra pregunta se deben declaran las ventas de los derechos del Santander o sólo si vendes las acciones que te han fabricados esos derechos descontándolos del precio de adquisición? Muchas gracias eres un crack.
jose · 2013-04-20
Para compensar minusvalías simplemente tienes que dejar pasar dos meses, aunque hayas comprado y vendido en menos de una semana, verdad? .
Con respecto al 2013, si compras acciones en julio 2011 las vendes en octubre del 2012 con minusvalías las compras las mismas en noviembre 2012 y las vendes en enero del 2013 y dejas pasar mas de 2 meses. Cuenta para compensar como minusvalía en operaciones de mas de un año, verdad? No lo podría compensar con ganancias de de operaciones de tres meses. Ya estoy pensando en la renta de mayo 2014. Muchiiisimas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-04-22
Hola,
Jose María, en Junio de 2012 tenías 1.777 acciones de Gas Natural, y en ese momento Gas Natural hizo una ampliación de capital liberada 1 x 20, por lo que te correspondían justo 88 acciones. Son esas, seguro, aunque la fecha sea Septiembre. Esta operación no es una compra, y por tanto no has incumplido la regla de los 2 meses, puedes compensar esas minusvalíuas sin problermas.
De nada, Enrique.
Gracias, Jose. Se reparten así, sí. De momento sólo tienes que bajar tu precio de compra de esas 3 operaciones, y sólo pagarás en el momento en que vendas (es entonces cuando tendrás que calcular la plusvalía o minusvalía con ese precio de venta corregido por las ventas de derechos y/o acciones recibidas en ampliaciones de capital liberadas).
Si vendes y dejas pasar 2 meses ya te puedes compensar todas las minusvalías anteriores que estuvieran bloqueadas, sí.
El ejemplo que pones es correcto, esa minusvalías sería de más de 1 año y la podrías compensar en 2013.
Un saludo.
Jose Maria · 2013-04-22
Muchas gracias por tu tiempo y amabilidad.
Un saludo
Nacho · 2013-04-24
Todas las explicaciones me han clarificado bastante en cuanto a la elaboración de la declaración de la renta del 2012. Pero me surgen dos dudas que no consigo clarificar:
PRIMERA DUDA: Mismas Acciones en mercados distintos
Si compro y vendo acciones de una misma empresa en dos mercados direfentes (Continuio y Amsterdam) ¿se computan conjuntamente las acciones de un mismo valor aunque sean en mercados distintos o se computan independientemente? Concretando para mi caso
La acciones son de ARCELOR MITTAL
20/09/12: Compra 100 títulos en AMS
27/09/12: Compra 100 títulos en Continuo de ESP
02/10/12: Compra 50 títulos en Continuo de ESP
17/10/12: Venta 150 títulos en Continuo de ESP - ¿Qué compra/as asocio? ¿100 de AMS + 50 de ESP con minusvalia no compensable? ¿150 de ESP con plusvalía?
27/11/12: Compra 100 títulos en Continuo de ESP
11/12/12: Venta 100 títulos en AMS - ¿Qué compra/as asocio? ¿100 de AMS con minusvalia compensable por no comprar más? ¿100 de ESP con plusvalía?
18/12/12: Venta 100 títulos en Continuo de ESP - Idem¿?¿
Adicionalmente: Arcelor Mittal en mercado continuo y Arcelor Mittal en Amsterdam, ¿Se consideran valores homogéneos?
SEGUNDA DUDA: Mi empresa me remunera con un traspaso de sus acciones.
La empresa para la que trabajo nos entregó a los trabajadores un paquete de acciones como incentivo. Según nos han indicado estas acciones están exentas de tributación de IRPF (Rendimiento del trabajo) siempre que se mantengan durante un periodo no inferior a tres años. La venta se tributará como un valor más considerando como valor de compra el valor de cierre en el día de la entrega.
Posteriormente a esta entrega he realizado compras y ventas de acciones de la empresa sin tener en ningún momento un saldo de títulos inferior al número de acciones traspasadas. En el caso concreto mio:
21/03/2012: Me traspasan 273 títulos
23/07/2012: Compra 35 títulos
26/07/2012: Ampliación 19 títulos
14/09/2012: Venta de 54 títulos - ¿Que compra computa?
15/11/12: Compra de 100 títulos que vendo en 2013 (no se declaran en esta RENTA)
Muchas gracias por el tiempo dedicado.
sergio · 2013-04-25
hola
enhorabuena por el articulo... si me puedes ayudar, mi duda es la siguiente:
este año (2013) he tenido minusvalias con la venta de unas acciones, pero el año pasado (2012) obtuve plusvalias con otras...
imagino que en la declaracion de este año no puedo declarar aun las perdidas para compensar las ganancias del 2012, pero.... puedo no declarar las ganancias del 2012 y esperarme al año que viene para compensar con las minusvalias de este año?.
dices que hay 4 años para poder compensar las minusvalias... pero hay que declararlas en la declaracion correspondiente y luego compensarla en los proximos años? me lio.........
gracias y un saludo
MARIA DIAZ · 2013-04-28
Buenas tardes. Hace diez años tuvimos que comprar acciones de la empresa en la que trabajamos pidiendo un crédito personal (8.millones de pesetas)l. La empresa nos dijo que no teníamos que declararlo a no ser que se vendieran. A los cinco años hubo reparto de beneficios que "nos ofrecieron " no cobrarlo y revertirlo en la empresa y dos años más tarde sí que hubo (ya en euros 5.000) y lo declaramos en la declaración del año siguiente. Ahora la empresa salio de un concurso de acreedores y las acciones las pusieron a 0 €. Mi pregunta es ¿puedo o debo declarar algo de todo esto?¿Puedo declarar esta pérdida patrimonial?.y la última pregunta ¿las perdidas patrimoniales se pueden compensar con lo que me toca a pagar ??Gracias
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola,
Nacho, entiendo que en el caso de Mittal sí son valores homogéneos, porque son la misma cosa y representan la misma cosa ( los mismos derechos económicos y políticos). La verdad es que no he leído nada en concreto sobre un caso similar a este, pero entiendo que sí son valores homogéneos.
En el caso de tu empresa, se aplica el FIFO, por lo que has incumplido el plazo de 3 años, y has perdido la posible exención para esas acciones. Las 54 que vendes son parte de las traspasadas el 21-3-2012.
Sergio, no es posible hacer lo que quieres. Las ganancias de 2012 las tienes que declarar en 2012, y no podrás compensarlas con pérdidas de 2013 y posteriores ejercicios. Lo que se puede hacer, por ejemplo, es compensar pérdidas de 2012 con ganancias de 2013.
María, los 5.000 euros entiendo que son un dividendo. Si es así, deberías declararlo como dividendo el año que lo cobraste.
Si sigues teniendo las acciones, de momento no has materializado la pérdida, por lo que no puedes compensarla con nada. Si quieres compensar esa pérdida potencial con otras ganancias (de este año o posteriores, pero no de años pasados), debes vender las acciones para materializar una pérdida concreta en una fecha concreta.
Un saludo.
borja · 2013-05-04
Hola IEB
En el año 2012 compre algunas acciones del Santander (100). En las operaciones de dividendos acepté las nuevas acciones y vender los derechos sobrantes (en total menos de 50€).
mis preguntas son:
- ¿En la declaración que tendría que poner? según he leído en comentarios anterior los beneficios por dividendos hasta 1500€ no se declaran y al ser solo acciones de compra no se... :(
- ¿Que seria mejor vender todos los derechos, comprar los derechos faltantes para una nueva acción o lo que estaba haciendo?
PD: muy buena pagina, poco a poco me voy enterando mas de este mundillo.
Gracias y un saludo.
Jesús G. · 2013-05-06
Buenos días y felicidades por tu página,
Me gustaría saber, si hay una nueva normativa para el IRPF 2012 referente a la venta de derechos y alta de acciones liberadas, puesto que estando en las mismas circunstancias que en el ejercicio 2011, Hacienda no me ha elaborado el borrador cuando en el ejercicio anterior si lo hizo.
Tanto en el 2012 como en el 2011, no he vendido/vendí ninguna acción, sólo unas cuantas ventas de derechos y alta de acciones liberadas.
Siento si no me he expresado bien.
Un saludo y gracias.
Invertir en bolsa · 2013-05-06
Hola,
Borja, lo tienes con detalle en:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-dividendos-flexibles-scritp-dividends-dividendos-eleccion-y-similares-ejercicio-2013-declaracion-que-se-presenta-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de los dividendos flexibles en 2013[/url]
Si has acudido a todas estas ampliaciones de capital liberadas (que no son realmente dividendos) y sólo has vendido los derechos sobrantes, en la declaración de 2012 no tienes que poner nada.
Lo mejor depende de de la estrategia de cada uno. Si inviertes a largo plazo, a estos precios creo que lo mejor es hacer lo que estás haciendo, acudir a las ampliaciones de capital liberadas de este tipo. Entre vender los derechos sobrantes o completar hasta la siguiente acción, la diferencia es mínima, ambas opciones son prácticamente iguales. Si vas a completar hasta la siguiente acción, comprueba antes qué comisiones te cobran por esa pequeña compra, porque puede no merecer la pena.
Jesús, en esa cuestión no ha habido cambios. No sé por qué no te habrán enviado el borrador, quizá sea por error o por alguna otra cosa que no tenga que ver con las ampliaciones de capital liberadas que comentas.
Gracias a los dos.
Juan Antonio · 2013-05-06
Hola, en plena cumplimentación del programa padre para su presentación, tengo las siguientes dudas sobre unas acciones que compramos, y perdonad si digo alguna burrada pero soy bastante nuevo en estos lares:
1)El 24/11/11 compramos 450 acciones de NH por un valor neto de 1216.09 €
2)El 13/12/11 compramos 250 acciones de NH por un valor neto de 582.69 €
3)El 15/12/11 compramos 150 acciones de NH por un valor neto de 310.62 €
4)El 19/03/12 vendemos 850 acciones de NH por un valor neto de 2369.74 €
5)El 23/04/12 compramos 500 acciones de NH por un valor neto de 1187.83 €
6)El 16/05/12 compramos 270 acciones de Nh por un valor neto de 527.42 €
7)El 22/08/12 vendemos 770 acciones de NH por un valor neto de 1900.86 €
Con estos datos la pregunta es si existe un determinado importe de beneficio mínimo (no se si son 1500€ o 3000€, o no hay) para incluir en la declaración o si por el contratio independientemente del importe del beneficio de la operación debe incluirse si o si?
Y si tennemos que incluirlo, exactamente donde se hace?
Gracias por anticipado.
Maria · 2013-05-07
Buenas noches,
Tengo acciones de BBV compradas en el año 1987 y 1998 por valor de 270 acciones- 0 euros (supongo que es de una ampliación) y 4 acciones por 7,85 (31,25€ en total) las vendí durante el año 2012 por 428€ brutos en una operación, y por 1.034 € brutos en otra venta posterior. Mi problema es que no se como declararlas en este ejercicio como ganancia patrimonial.
Muchas gracias por toda la ayuda y aclaraiones que hay en tu blog!
Invertir en bolsa · 2013-05-07
Hola,
Juan Antonio. Si el total de tus ingresos por venta de acciones + dividendos + intereses de depósitos ... no supera los 1.600 euros (y no tienes ingresos del trabajo), no tienes obligación de hacer la declaración. En caso contrario tienes que declarar todas las ventas de acciones, sean del importe que sean. Se hace en la casilla 340 y siguientes.
María, tienes que reflejarlas también en las casillas 340 y siguientes, y el PADRE te hará todos los cálculos. Sólo tienes que poner los importes de compra y de venta y las fechas. Gracias.
Un saludo.
Paco · 2013-05-08
Buenas tardes.
Tengo la siguiente cuestión referente a los derechos de suscripción:
Una compra de derechos de suscripción no genera un valor unitario de compra puesto que te "regalan" las acciones. Sin embargo estas operaciones tienen un coste referente a las comisiones que aplica el banco.
Si la venta de derechos reduce el precio de adqusición (siempre que no sea superior al valor de compra), ¿esos costes de compra como se tienen en cuenta a la hora de calcular la plusvalia en la renta?
Muchísimas gracias de antemano.
Borja · 2013-05-09
Hola
Muchas gracias por tu pronta respuesta. He leído el artículo indicado y me va quedado más claro, si tengo alguna duda respecto a ese tema lo comentare en el otro artículo ;).
De momento seguiré como hasta ahora en los procesos de dividendos elección
Un saludo
Miguel · 2013-05-09
Buenos días.
Estoy con la declaración de la renta (por rendimiento de trabajo tengo que presentarla, y al haber efectuado más de dos operaciones en bolsa no puedo pedir cita previa hacienda), y tengo una duda respecto a unas operaciones de bolsa realizadas :
01/2/12 compra acciones Apple
14/2/12 venta acciones Apple Beneficio 1000€
18/2/12 compra CFDs Apple
18/2/12 compra CFDs forex EUR/USD
24/3/12 venta CFDs Apple Beneficio 200
24/3/12 venta CFDs forex EUR/USD Perdida -2000
En general mi actividad en bolsa termino en perdida. ¿dicha perdida compensa la ganancia que tuve en mi primera operación?, ¿o por el contrario si hay que declarar el beneficio de dicha operacion aunque luego se haya incurrido en perdidas?
Gracias de antemano, un saludo. :-*
Invertir en bolsa · 2013-05-09
Hola,
Paco, las comisiones de los derechos se suman al importe de compra total. De todas formas, hablas de "compra" de derechos, ¿se entiende que te refieres a la conversión de los derechos que te corresponden en una ampliación de capital en acciones? Te lo digo porque los derechos se pueden comprar en el mercado, y en ese caso sí es una compra independiente.
De nada, Borja, me parece bien que escojas la opción de acudir a esas ampliaciones de capital.
Miguel, tienes que declarar las 3 operaciones. El saldo total es una pérdida de 800 euros, por lo que este año no tendrás que pagar nada. Esos 800 euros los podrás compensar con plusvalías que tengas entre 2013 y 2016, ambos incluidos.
Un saludo.
Paco · 2013-05-09
Hola, muchas gracias por tu pronta respuesta, la verdad es que agradezco mucho la ayuda que prestas.
En mi consulta de ayer, no usé los términos más correctos. Realmente me refiero a la tributación de las acciones liberadas, es decir, cuando la empresa de cuyos títulos valores eres propietario no te paga en dividendos, sino en acciones.
Un ejemplo, es más claro:
-> XX/XX/1: COMPRA DE ACCIONES DEL SAN (que habitúa a esta forma de pago):1.000,00 EUR (valor neto)
-> XX/XX/2: Ampliación liberada: te dan 6 acciones "gratis", pero por las comisiones bancarias te cobran 4,5EUR
-> En esa misma fecha te venden los derechos sobrantes por los cuales obtienes 1 EUR neto.
-> Posteriormente vendes las acciones y tienes que trbiutar por la plusvalia, puesto que ha sacado beneficio
¿El valor de adquisición de las acciones entonces sería de de 1.003,5 EUR?.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-05-13
Hola Paco, y gracias.
Sí, el valor de adquisición son 1.003,5 euros, y la fecha de adquisición de todas (incluidas la de la ampliación de capital liberada) es la fecha en la que compras las acciones originales (en tu ejemplo XX/XX1).
Un saludo.
MONCHY · 2013-05-13
Cómo tengo que declarar la sigueinte información fiscal del b. popular?
4-4-12 venta de preferentes, nominal 10.000 , rdto - 85 € compradas el 14-7-10
4-4-12 Canje a bonos convertibles, nominal 10.000
17-10-12 Canje de los bonos a acciones, 8.346,66 rto -1653,34.
Sin embargo el canje se hizo el 4 de octubre, por el nominal de 10.000, según la media aritmética de los 5 últimos días de cotización, a 1,636, dándonos 6.150 acc.
No entiendo por qué aparece 8.346,66 € el día 17-10-12.
Y si corresponde declarar el rto. negativo o no, por el tema de que los rendimientos negativos generados en la conversión cuando se hubiera adquirido activos financieros homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dicha operación, se integrarían a medida que se transmitiesen los que permanezcan en el patrimonio del contribuyente
Agradezco vuestra ayuda.
david · 2013-05-15
Hola me gustaria que me ayudarais con unas acciones que tengo desde hace 15 años y las he vendido en el 2012, y ahora para hacer la declaracion estoy un poco liado. Estas acciones se compraron en su momento y se han vendido sin comprar ninguna mas entre medias, El numero de titulos han cambiado debido a ampliaciones, split....
FERROVIAL:
FECHCOMPRA Nº TITULOS PRECACCION TOTAL FECHVENTA Nº TITULOS PRECIACCION TOTAL
04/05/1999 100 22,95€ 2295€ 20/04/2012 400 8,02€ 3209,20€
TELEFONICA:
FECHCOMPRA Nº TITULOS PRECACCION TOTAL FECHVENTA Nº TITULOS PRECIACCION TOTAL
09/05/200 75 24,39€ 1844,19€ 08/11/2012 84 10,14€ 841,46€
INDRA:
FECHCOMPRA Nº TITULOS PRECACCION TOTAL FECHVENTA Nº TITULOS PRECIACCION TOTAL
23/03/1999 50 8,94€ 447€ 08/11/2012 100 8,64€ 853,50€
SERVICE POINT (ANTIGUAS PICKING-PACK)
FECHCOMPRA Nº TITULOS PRECACCION TOTAL FECHVENTA Nº TITULOS PRECIACCION TOTAL
30/11/1998 1389 25pts (0,15€) 35075pts (211,3€) 08/11/2012 6 0,13€ -5,4€ (0,8-5-1,2)
Me imagino que para declararlas habra que poner el precio de venta y restar el prercio de compra, y saldran perdidas y ganancias,En estas ultimas es negaivo ya que al efectivo se le resta las comisiones y los gastos de bolsa y sale -5,4. La duda es que no puedo poner en la declaracion valores negativods ya que no me deja en el programa Padre y en las Service Point y no se como ponerlo... En principio he puesto 0€-211,3€, las ganancias menos el precio de compra, nose si esto es correcto, y como puedo poner que las ganancias son -5,40€ y no 0€.
Tengo tambiem una perdida patrimonial por vender 1 accion de service point que me regalaron en una ampliacion el 1/03/2010, que no ha podido ser compensada y pensaba meterlo en esta declaracion. La accion se vendio a 0,92€, y con gastos y comisiones da una perdida de -4,71 euros.
En el borrador que tengo de la declaracion del 2011, aparece como Precio de Transmision 5,29€ y el Valor de Adquisicion 10,00€, si se restan salen los -4,71, pero no entiendo de donde salen estas cifras, y en que casilla de la declaracion lo devo meter perdidas patrimoniales de años anteriores, es este caso del 2010.
Gracias por vuestra ayuda, sino me he explicado bien, me decis que datos necesitais. un saludo
Invertir en bolsa · 2013-05-16
Hola David,
Estas operaciones las tienes que poner en las casillas 340 y siguientes. Rellenar las casillas es fácil, pero si tienes cualquier duda, pregunta.
En el caso de Service Point, esos 5,40 euros se los sumaría al precio de compra, ya ya está.
La acción que vendiste en 2011 entiendo que la reflejaste en la declaración de 2011. Ahora, para compensar esa pérdida con las ganancias de 2012, sólo tienes que poner esa pérdida pendiente de compensar en la casilla 458.
Un saludo.
Paco · 2013-05-16
Buenas tardes,
Tengo una duda para la declaracion del año 2012. Se venden acciones de Telefonica en 2012, que se adquieren por el canje de las de Terra en 2005-2006 (no recuerdo exactamente). La fecha de adquisicion que se debe hacer constar en Renta es ¿aquella en la que se hizo el canje, o cuando se compraron las acciones de Terra?
Muchisimas gracias
Invertir en bolsa · 2013-05-17
Hola Paco,
La fecha de adquisición es la de la compra de las acciones de Terra (no la fecha del canje), porque es en ese momento cuando haces la inversión y desembolsas el dinero.
Un saludo.
Paco · 2013-05-17
Muchisimas gracias.
La verdad que prestais un gran servicio
Luismi · 2013-05-17
Hola.
Lo primero felicitarte por las ayudas que ofreces.
He leído batantes comentarios pero no me queda claro lo de imputar o no las perdidas según la recompra de acciones dos meses antes y después. Tengo el concepto a medias y cuando lo aplico no lo consigo. Te cuento mi caso esperando que me puedas explicar si imputo o no las perdidas:
Opero todo con METROVACESA:
1. 22/06/2012 compro 1379 acciones
2. 25/06/2012 compro 621 acciones
3. 26/06/2012 vendo 2000 (todas la anteriores) y tengo ganancias de 96,84 euros
4. 11/09/2012 compro 1100 acciones
5. 17/09/2012 vendo 700 acciones de las 1100, con pérdida de 89,79
6. 17/09/2012 (mismo día a otra hora) vendo las 400 que me quedaban y tengo perdidas de 94,53
7. 28/09/2012 compro 1200
8. 28/09/2012 vendo 1200 con ganancias de 44,32
Al meter las operaciones en el programa Padre para la declaración, no se cuando tengo que marcar la casilla de NO imputar pérdidas... por el rollo de los dos meses antes y después de la fecha de transmisión.
Me podrías explicar mi caso. Sobre todo indicame que fechas concretas tienes de referencia para deducir si imputo perdidas o no.
Muchisimas gracias.
Luismi.
Invertir en bolsa · 2013-05-21
Hola Luismi, y gracias.
Te puedes imputar todas las pérdidas, porque el 28 de Septiembre vendes todas las acciones que tenías en ese momento, te quedas con 0 acciones, y en los siguientes 2 meses no vuelves a comprar acciones de Metrovacesa.
Un saludo.
Alvamonte · 2013-05-21
Hola: tengo unas acciones de telefónica que pienso vender y como creo que será complicado el declarar esta venta, me estoy preparando para cuando las venda.
En el año 1977 compre 50 acciones de telefónica, después cada año, en las ampliaciones, compraba mas, y en otras ocasiones, la compañía como esta ultimo año, el dividendo te lo daba en acciones.
En medio de esto hubo un Split, que cada acción se multiplico por 3, además unas acciones de terra que tenia me la canjearon por acciones de telefónica y para más inri, cuando telefónica de desprendió de antena tres me dio unas acciones de esta empresa.
Me gustaría saber cómo calcular el valor de compra tengo que ponerle a cada acción, pues cada ampliación era diferente, la fecha de compra, etcétera.
Como se mete esto en la declaración de la renta, y si por tener tanto tiempo las acciones tienen alguna exención en la declaración.
Perdóneme mi ignorancia pero confió en sus conocimientos y sus ganas de ayudarme.
Jose Alvamonte
Luismi · 2013-05-22
Vale. Como no tengo acciones ya y no recompro en dos meses me puedo imputar las pérdidas.
Pero aún así no me queda clara una cosa, porque yo interpretaba y sigo pensando (aunque veo que no es como pienso), que si aplico lo que dice la ley de... "no se pueden imputar pérdidas si el contribuyente hubiese adquirido acciones.... en los 2 meses anteriores o posteriores a la fecha de la transmisión", yo deducía lo siguiente:
Como vendí con pérdidas el día 17/09/2012 y posteriormente compré el día 28/09/2012, me planteo: han pasado menos de dos meses entre la fecha de recompra (28/09) y la de transmisión (17/09), por lo que no me puedo imputar las pérdidas.
Según lo anterior y tu respuesta, intuyo varias cosas, por lo que te agradecería que me contestaras varias preguntas seguro sencillas y rápidas para ti pero que a mi me fallan de base:
A) Si hay varias fechas de transmisión porque hay varios movimientos con Metrovacesa, la fecha de transmisión a tener en cuenta para aplicar lo de los dos meses famosos, es la fecha de la Última transmisión a tener en cuenta en el período 2012. ????
B) Si mi último movimiento de la bolsa respecto a una Sociedad o empresa es vender quedandome a CERO acciones, significa que me puedo imputar todas las pérdidas con esa Sociedad.
C) Si en el caso que te planteo en el mensaje anterior, mi último movimiento fuera vender parte de las acciones el día 28/09/2012 y me quedo con por ejemplo 200 acciones, y no vuelvo a recomprar más, ¿las pérdidas del día 17/09/2012 me las puedo imputar o no tiene que ver?
Ya siento ser pesado. Te agradezco la respuesta.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-05-22
Hola,
Alvamonte, tendrás que hacer una lista de todas las compras, y aplicar las reglas que explico en la web para los splits, las ampliaciones de capital, etc. Si son muchas operaciones, es un poco largo, pero no hay otra forma de hacerlo. Las acciones compradas antes del 31-12-1994 sí tienen exenciones, que pueden llegar a ser importantes. Una pregunta (si no quieres responder no pasa nada), ¿por qué las quieres vender después de casi 40 años con ellas?
Luismi,
A) Hay que tener en cuenta todas las fechas de transmisión. Pero en este caso llega un momento en que vendes todas las acciones y dejas pasar 2 meses sin comprar más acciones, y eso hace que todas las ventas anteriores pasen a cumplir la condición necesaria para poder compensar las minusvalías.
B) Si, si dejas pasar 2 meses sin comprar acciones de esa empresa.
C) En este caso ya habría que echar cuentas con detalle, mirando todas las fechas de compra y de venta, el número de acciones vendidas en cada momento, etc.
Un saludo.
Polete · 2013-05-22
Hola,
Al igual que muchos compañeros llevo muy poco tiempo invirtiendo en bolsa, y quiero que sepas que tu página me ha sido de gran ayuda para entender este mundo, así que te agradezco muchísimo la ayuda que nos prestas.
El problema que tengo, y por lo que me he decidido a escribirte por primera vez, es que no soy capaz de entender como declarar las perdidas con las siguientes jugadas por la dichosa regla de los 2 meses. A ver si me puedes ayudar (simplifico las cifras para que sea más fácil de seguir)
12 Enero - Compra de 100 acciones a 22€.
6 Marzo - Compra de 100 acciones a 20€.
16 Abril - Venta de 200 acciones a 15€.
23 Abril - Compra de 90 acciones a 13€.
Creo que no podría aplicarse la pérdida patrimonial correspondiente a 90 acciones porque las he recomprado antes de dos meses, pero no estoy seguro de cómo influye que hubiese comprado 100 dos meses antes de la venta ni qué precios tendría que aplicar. ¿Se analiza como que he vendido 110 acciones (110x15 - 100x22 - 10x20 = -750€) que si puedo compensar este año, y las 90 acciones restantes valoradas a 18€ cada una (20 - (15-13)?
Muchas gracias por tu ayuda.
Invertir en bolsa · 2013-05-23
Hola Polete, y gracias.
Tienes que declarar las pérdidas reales, pero no te puedes compensar la pérdida de 90 acciones. Es decir, ese cálculo en el que te sale 18 euros por acción no hay que hacerlo.
Tú pones que has vendido 200 acciones, y que has pérdido X. Pero lo tienes que dividir en 2 líneas.
La primera línea la has calculado bien, es esa pérdida de 750 euros que SÍ te puedes compensar.
La segunda línea es la de la pérdida de 90 acciones (450 euros). Esta pérdida la tienes que reflejar como es, 450 euros, pero tienes que poner que no te la puedes compensar. Te la podrás compensar a partir de 2013, cuando vendas esas acciones, cumpliendo con la regla de los 2 meses.
Un saludo.
Enrique · 2013-05-23
En el año 1999 compré unas acciones de Terra que perdieron mucho valor y en el 2005 se canjearon por Teléfonica. Las vendí en 2012.
En el valor de compra puedo poner el de 1999 de compra de las acciones de Terra ó el del canje de 2005?
Alvamonte · 2013-05-23
Hola Luismi. Respecto a tu pregunta, solo quiero vender algunas, las suficientes para compensar una perdidas que tuve cuando vendí unos fondos de inversión.
Encontré un programa que parece que hace estas operaciones, para calcular el valor de la acciones procedentes de ampliaciones y Split, pero me gustaría saber el método para calcularlo yo y saber si lo hace bien.
Por favor dime en que parte de Web esta esa información y gracias de nuevo
Gracias Alvamonte
jacer · 2013-05-24
Buenas noches.
Lo primero, enhorabuena por la ayuda prestada a muchas personas con sus respuestas en estos temas bastante complicados y con posibles repercusiones económico-fiscales.
Ahora mi pregunta:
En el caso de ser:
1º/Cotitular (2 titulares) de un paquete de acciones de una empresa cotizada en IBEX35, referenciadas a un depósito de valores con una clave/referencia
2º/Cotitular (2 titulares) de un 2 º paquete de acciones de la misma empresa anterior, referenciadas a otro depósito de valores diferente al anterior y con una clave/referencia también distinta al primer caso.
3º/Titular único de un paquete de la misma empresa que los 2 casos anteriores, referenciadas a un depósito de valores diferente a los 2 casos anteriores y con una clave/referencia también distinta a los 2 casos citados.
Si se venden acciones, total o parcialmente, del 3º caso (del titular único), ¿como sería el tratamiento de cara a Hacienda?.
Es decir, ¿se declararía el incremento de patrimonio por parte exclusivamente del titular único, sin tener en cuenta las acciones de las que es cotitular en los casos 1º y 2º?
¿O habría que aplicar el criterio FIFO al conjunto de la suma de los casos de cotitularidad + titularidad única viendo cuáles eran las acciones más antiguas de todas?
¿Cómo lo trata Hacienda en estos casos?
Ya sé que es algo no muy habitual, pero si me puede responder se lo agradecería mucho.
Muchas gracias por anticipado
Invertir en bolsa · 2013-05-24
Hola,
Enrique, tienes que poner el precio al que compraste las acciones de Terra en 1999, no el precio al que estaban las acciones cuando se hizo el canje.
Alvamonte, el problema en ese caso es que venderás las más antiguas, que están prácticamente exentas, y por tanto no generarás esa plusvlalía que quieres para compensar con la misnuvalía que has tenido ahora.
En realidad, eso no te va ahorrar impuestos. Yo, en lugar de hacer eso (vender las acciones de Telefónica), "guardaría" esa minusvalía para compensarla con futuras plusvalías, en los 4 próximos años. Por ejemplo, con plusvalías que tengas en FIAMM (puedes utilizar FIAMM en lugar de cuentas remuneradas o depósitos), otras acciones, etc.
Jacer, el depósito 3 (titular único) es independiente de los otros 2. Tienes que aplicar el FIFO sólo al depósito 3.
Si 1 y 2 son ambos con el mismo cotitular, entonces para el FIFO 1 y 2 son una unidad. Si en 1 estás con un titular (tu hermano, por ejemplo) y en 2 con otro (tu padre, por ejemplo), entonces los 2 depósitos son independientes al aplicar el FIFO.
Un saludo.
jacer · 2013-05-24
[b]IEB[/b]: Muchas gracias por responder tan rápido. Está claro ya el asunto.
Un saludo,
Jacer
raul diaz · 2013-05-24
Hola a todos, tengo una pregunta sobre la declaracion de este año y la venta de valores. He vendido unas acciones de telefonica en el 2012 que habian sido compradas en el 2000.
Pues bine, mi declaracion me da a pagar 400€, meto la venta de acciones en la casilla 342 del programa padre, las compre por 401€ y las vendi por 354€, es decir tengo una perdida patrimonial de 46€, pero da igual que meta esta perdida en la declaracion porque el resultado no varia.
No deberia variar el resultado con esta pedida y asi tener que pagar menos???
Muchas gracais
Luismi · 2013-05-27
Muchas gracias.
Estoy enormemente agradecido por la ayuda.
Aprovecho a decir al resto de lectores que además de las valiosas aclaraciones de este foro (a mi me han ayudado mucno) merece la pena echar un vistazo a la Web porque también ofrece mucha información interesante.
Enhorabuena
Invertir en bolsa · 2013-05-28
Hola,
De nada, Jacer.
Raúl, si no has tenido otras plusvalías por venta de acciones, etc, no debería variar. Si esa es tu única operación con acciones, fondos de inversión, derivados, etc, es correcto lo que pasa. Esa minusvalía la podrás compensar con otras plusvalías que tengas entre 2013 y 2016, ambos incluidos.
Muchas gracias, Luismi.
jose · 2013-05-30
Tengo estos resultados de perdidas de compras y ventas de acciones de gamesa en 2012 y ahora en 2013 tengo ganancias me podre compensar en 2014 las perdidas de 2012 con las ganancias de 2013?
GAMESA
COMPRA 17/06/2011 504 5,8234 2.935,00 -1.295,52
COMPRA 20/06/2011 504 5,6671 2.856,23 -1.216,75
VENTA 03/01/2012 1.008 3.278,96 5.791,23 -2.512,27
COMPRA 05/01/2012 2.700 3,0966 8.360,92 -1.065,92
VENTA 24/02/2012 2.700 7.295,00 8.360,92 -1.065,92
COMPRA 05/01/2012 300 3,0966 928,99 -121,13
VENTA 24/02/2012 300 807,86 928,99 -121,13
COMPRA 05/01/2012 1.500 3,1299 4.694,83 -875,57
COMPRA 24/01/2012 550 3,2409 1.782,48 -382,09
COMPRA 24/02/2012 3.000 2,6539 7.961,78 -323,27
VENTA 27/02/2012 5.050 12.858,16 14.439,09 -1.580,93
COMPRA 27/02/2012 3.400 2,5436 8.648,39 -89,32
VENTA 28/02/2012 3.400 8.559,07 8.648,39 -89,32
COMPRA 28/02/2012 5.300 2,4437 12.951,71 -627,68
VENTA 01/03/2012 5.300 12.324,03 12.951,71 -627,68
COMPRA 02/03/2012 48 2,4263 116,46 -3,40
COMPRA 02/03/2012 952 2,3800 2.265,77 -23,45
VENTA 02/03/2012 1.000 2.355,38 2.382,23 -26,85
COMPRA 02/03/2012 1.000 2,3800 2.380,01 -14,63
VENTA 02/03/2012 1.000 2.365,38 2.380,01 -14,63
COMPRA 06/03/2012 1.800 2,2357 4.024,23 681,43
VENTA 09/03/2012 1.800 4.705,66 4.024,23 681,43
COMPRA 12/03/2012 1.800 2,5557 4.600,32 33,35
VENTA 15/03/2012 1.800 4.633,67 4.600,32 33,35
Total 23.358 59.183,17 64.507,12 -5.323,95
Gracias
COBRA · 2013-05-31
Buenas,
Tenga alguna duda que agradecería me resolvieras,
Por un lado en un comentario anterior sobre bankia comentas que si su venta es antes de un año se podría compensar con las rentas del trabajo la minusvalia generada. ¿Cuando se toma como fecha de compra el cambio de preferentes por acciones?.
Por otro lado si tengo una cuenta de valores en la que soy cotitular y otra en la que soy titular. Cuando venda acciones de un titulo que tenga en las dos cuentas, ¿que valor debo considerar el FIFO o se tratan como cuentas independientes?
Finalmente se ha comentado que no puedes solicitar cita previa al haber efectuado más de dos operaciones en bolsa. ¿Esto es asi?¿donde lo pone?
Finalmente querría hacer dos sugerencias:
Por un lado estaría bien poder ver un ejemplo de como se completan las casillas de la renta para los movimientos de acciones y dividendos (para el caso de este foro, y lo mismo en los otros respecto a su tema, dividendos...)
Por otro en caso de que se pueda realizar, estaría bien que existiera unos hiperenlaces de tus respuestas del foro a las preguntas que formulas, o que tu comentario apareciera tras la pregunta.
Un saludo y gracias por esta fabulosa pagina
Invertir en bolsa · 2013-05-31
Hola,
Jose, entiendo que el 15/3/2012 con esa venta te quedas sin acciones de Gamesa y estás dos meses sin comprar, así que en ese casi sí que puedes compensar esas pérdidas con las ganancias que tengas en 2013.
Cobra, la fecha de compra es la del canje de preferentes, sí.
Esas dos cuentas son independientes para el FIFO, van cada una por su lado.
No sé las condiciones exactas que hay para solicitar cita previa, pero sí creo que a partir de una cierta complejidad no se puede. Lo que pasa es que no sé cuál es la frontera de esa "cierta complejidad", en el teléfono de Hacienda te lo dirán.
En el subforo de fiscalidad tienes ejemplos como el que pides, con impresiones de pantalla, etc. Y si el que quieres no está, puedes abrir un hilo y pedirlo.
Lo de los hiperenlaces no lo entiendo bien, en el foro están, ¿o te refieres a los comentarios de los artículos (donde estamos ahora?
Un saludo.
cobra · 2013-06-04
Gracias por la información,
Desconocía que se podía encontrar más información al respecto en los foros.
En cuanto a los hiperenlaces, me refería a los de esta pagina, de tal forma que veas la duda de un compañero y pinches en algun enlace que te lleve a las contestaciones, o al reves.
Un saludo y gracias
Invertir en bolsa · 2013-06-04
Hola Cobra, y gracias.
Hay varios subforos, y uno de ellos es de fiscalidad:
http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/forumdisplay.php?9-Fiscalidad
La idea de los hiperenlaces estaría bien, pero habría que hacerlo "a mano", y me quitaría tiempo para otras cosas, como responder más preguntas. No lo había pensado, y me parece buena idea, pero no tengo tiempo para todo.
Un saludo.
QUINO · 2013-06-09
BUENOS DÍAS, QUISIERA SABER SI EL CONTRA SPLIT DEL BANCO POPULAR AFECTARÍA A MIS MINUSVALIAS.
POR EJEMPLO:
COMPRE 1000 ACCIONES EN EL 2007 A 5,15
LAS VENDO AHORA A 0,62 O ESPERO AL CONTRA SPLIT?
GRACIAS Y UN SALUDO
Alvaro · 2013-06-09
Mi madre tiene 1900 acciones de Telefónica desde hace un montón de años (años 70). El número de acciones ha subido poco a poco debido al pago de dividendo en acciones en varias ocasiones. Por otro lado las acciones están a nombre de los dos (de mi madre y mío). Me gustaría saber:
1. Estando las acciones a nombre de los dos, si las vendo ¿Quién las debe declarar, mi madre o yo?
2. He pensado en vender las acciones pero no consigo enterarme a qué precio se compraron en su día, ¿Qué debo hacer para saber el precio de compra?
3. ¿Me puede indicar, aproximadamente, que plusvalía me generarían estas 1900 acciones si las vendiese ahora (10,44 €)?
Muchas gracias y espero su respuesta.
Cesar · 2013-06-11
Hola, enhorabuena por el foro, y que he descubierto hoy.
Mi consulta de novato es la siguiente:
En el año 2012 tuve minusvalías, y entiendo que puedo compensarlas con plusvalías de los próximos 4 años.
Para poder compensarlas, tengo que anotarlas en el apartado de la declaración del 2012, o no tengo que anotarlas para poder incluirlas (por ejemplo) en la próxima declaración del 2013 para poder compensarlas?
Dicho de otra forma, si anoto este año el precio de compra y venta, tras el que se ven las minusvalías en la declaración, sigo pudiendo compensarlas en futuras declaraciones?
Gracias y saludos,
César
Invertir en bolsa · 2013-06-11
Hola,
Quino, el contrasplit no afectará a tus minusvalías. Cuando se haga (es 1 x 5 en este caso), pasarás a tener 200 acciones compradas a 25,75 euros.
Álvaro:
1) Los dos, cada uno la mitad de las que se vendan.
2) Deberíais tener los papeles. Si se han perdido, puede ser complicado. Habría que preguntar al broker, pero a lo mejor no guarda datos tan antiguos. Por otro lado, seguramente Hacienda tampoco los tiene.
3) Casi todo. No tengo datos de cotizaciones tan antiguos, pero en este tiempo ha subido muchísimo. En aquella época debía cotizar bastante por deabjo de 1 euro. Lo que pasa es que al ser una compra anterior a 1994, la mayor parte de las plusvalías estarán exentas.
¿Por qué las quieres vender, después de tantos años?
Muchas gracias, César. Las minuvalías tienes que reflejarlas en el año en que se producen (2012 en este caso), porque si no luego no las podrás compensar. La forma de poder compensarlas en el futuro es precisamente reflejarlas en esta declaración de 2012.
Un saludo.
Alvaro · 2013-06-11
Muchas gracias por tu respuesta.
Te diré que he intentado enterarme del precio de compra de estas acciones de Telefónica, en el Banco Santander, que es quien las gestiona desde el principio, pero me dicen que no disponen de datos tan antiguos.
Me preguntas "¿Por qué las quieres vender, después de tantos años?: la verdad es que el único interés que me mueve a planteármelo es precisamente el hecho de resolver la situación de que la titularidad es compartida y no sé que problemas me puede generar en el futuro. En todo caso, y al hilo de tu pregunta, ¿te parece adecuado que las mantenga? Muchas gracias por tus respuestas y por este foro tan interesante.
María · 2013-06-11
Buenas tardes!
Estoy aprendiendo mucho, pero aún tengo una duda.
Si tengo acciones del Santander de las que siempre he cambiado los dividendos por acciones nuevas y sólo he vendido lo restante de poder realizar esta conversión de dividendos en acciones nuevas, operaciones por la que me han cobrado 6 euros cada vez, me puedo desgravar eso en la renta? en qué casilla?, sigo teniendo las acciones. Además el banco me cobra mantenimiento por la cuenta de valores, eso también lo puedo desgravar? en que casilla? Xq si no he vendido nada no entiendo cómo debo actuar.
Gracias!
Raúl · 2013-06-11
Buenas noches,
Tengo una duda con la declaración de este año. Compré acciones de iberdrola renovables por valor de 1600 euros. Con la fusión con iberdrola, en el canje de acciones, me quedé con X acciones con un valor de unos 800 euros, pero dieron un dividendo por la diferencia en la perdida con el canje. No tengo nada claro como declarar esto... Compre a 1600 y vendi por unos 900, pero por otra parte tengo los 800 de dividendo... ¿Qué debo hacer?
Muchas gracias por la ayuda;)
manest · 2013-06-12
Buenos dias,
mi pregunta va en referencia a la venta de unas acciones de Zeltia compradas en 2001 por 600 € y vendidas en 2012 por unos 70 €.
En la declaracion no informe de las minusvalias, por lo que llame a Hacienda y me indicaron que tenia que presentar escrito indicando el descuido para que lo tuvieran en cuenta, solicitando modificaran la autoliquidacion.
Como deberia haber informado en el programa padre 2012? Los gastos que se generaron en su dia en la compra tambien deberia informarlos? Entiendo que no ya que ya se informaron en la liquidacion del primer año, verdad?
Gracias!
Invertir en bolsa · 2013-06-13
Hola Álvaro,
No me extraña que no tengan los datos en el banco. Si te sirve de algo, no creo que Hacienda los tenga tampoco.
No sé si tienes una [url=http://www.invertirenbolsa.info/estrategias_inversion.htm]estrategia de inversión[/url]. Si la tienes, díme cuál es y lo pienso, y si no la tienes, te recomiendo que mires la posiblidad de invertir a largo plazo (o sea, seguir, porque ya lo estás haciendo). La forma de ganar dinero en la Bolsa es precisamente lo que ha hecho tu madre, comprar acciones de buenas empresas y mantenerlas indefinidamente:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?t=997]Beneficios de la inversión a largo plazo buscando la rentabilidad por dividendo[/url]
Yo creo que en lugar de vender estas acciones, lo suyo sería que las mantuvieras y comprases acciones de más empresas.
La rentabilidad que ha conseguido tu madre entre revalorización y dividendos con esas acciones es espectacular, seguro.
Para evitar lo de la titularidad conjunta, lo que haría es ir al banco y decir que separan esa cuenta en dos cuentas, una a nombre de cada uno. Así haces lo que quieres sin tener que vender las acciones.
María, la comisión de mantenimiento se desgrava cada año. La tienes que poner en la casilla 024.
Los 6 euros que te cobran por la venta derechos lo que hace es aumentar el valor de compra de las acciones. De momento no lo desgravas, pero el día que las vendas, si las vendes, el precio de compra con el que calcules la plusvalía / minusvalía estará aumentado por todas esas comisiones.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-06-13
Hola Raúl,
Eso no es una venta de acciones, sino un canje.
El dividendo lo tienes que declarar como dividendo (en la casilla 024).
El canje no lo tienes que declarar. Lo que tienes que hacer es calcular tu precio de compra de Iberdrola.
Supongamos que compraste 400 acciones de Iberdrola Renovables a 4 euros, y en el canje te dan 200 acciones de Iberdrola. Eso quiere decir que pasas a tener 200 acciones de Iberdrola a 8 euros (1.600 / 200). De momento no tienes que declarar nada. Si en el futuro vendes Iberdrola, el precio de compra de esas acciones será de 8 euros.
De todas formas, este canje se hizo en 2011, así que lo tendrías que haber declarado el año pasado, no este.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-06-13
Hola Manest,
Eso hay que ponerlo en las casillas 340 y siguientes. Los gastos de compra también influyen, aumentando la minusvalía. Los gastos de compra no se declaran en el momento de hacer la compra.
Tienes que hacer una declaración complementaria, como te han dicho. Y cuando las complementarias son a favor del contrinuyente, se hacen presentando un escrito, efectivamente, con todos los documentos que consideres pertienentes para apoyar tu petición.
Un saludo.
Thomas Laursen · 2013-06-13
Comprendo que, desde el ano que viene, hay que separar las ganancias en ganancias de acciones que no tenia mas de un ano y ganancias de acciones que tenia mas de un ano. Yo tengo algunas perdidas de 2012 que no puedo utilizar en la declaracion 2013 por la regla de 2 meses. Mi duda es si podre usar mis perdidas de 2012 para compensar ambos tipos de ganancias que voy a declararar en 2014. Espero que mi pregunta sea comprendible. Muchas Gracias..Thomas
Invertir en bolsa · 2013-06-14
Hola Thomas,
Entiendo la pregunta, pero Hacienda aún no ha aclarado totalmente cómo se hará esto en el caso de las pérdidas hasta 1 año que quedaron pendientes de compensar a 31 de Diciembre de 2013. En este artículo puedes ver lo que sé hasta ahora, y e iré formando de las novedades que haya sobre este punto:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
Un saludo.
Raúl · 2013-06-14
Buenos días,
Ya escribí hace poco mi duda, pero no me queda del todo clara la respuesta. A ver si detallando un poco más mis operaciones, me puedes ayudar! Muchas gracias de antemano por la ayuda que nos prestas a todos!
- Compré 600 acciones de Ibredorla Renovables por un valor de 1629,60 euros (+comisión broker de 11,91 euros)
- Iberdrola Renovables se fusionó con Ibredrola SA. En el canje de acciones pasé de 600 acciones a 190 acciones. En el momento del canje se me hizo un ingreso de 720 euros en concepto de devolución de primas de emisión (DP).
- Finalmente vendí las 190 acciones por un valor de 856,52 euros (+comisión broker de 11,76 euros).
No tengo claro lo de la devolución de primas de emisión, y lo que leo no me aclara nada. Si cuenta como venta de acciones, tendría que sumar 720 + 856,52 y restarle el precio de compra y declarar ese neto?
Un saludo.
luismi · 2013-06-17
Hola.
Quería que me confirmaras mis cálculos. Es el primer año que tengo que hacerme yo la declaración al haber comprado en bolsa y se me plantean dudas y dudas....
El 28/06/2012 compro 700 acciones de Sabadell
El 27/09/2012 vendo las 700 con ganancias
El 01/10/2012 compro 1300 de Sabadell
El 23/11/2012 vendo 700 de las 1300 y tengo PERDIDAS
Por tanto me quedo con 600 acciones.
1. Puedo imputarme pérdidas por las 700 acciones vendidas en Noviembre ¿verdad?. O al mantener 600 no puedo hasta que las venda ????
2. ¿Cambia algo la respuesta a la pregunta anterior porque en Mayo de 2013 he vendido las 600 y no tengo ninguna intención de comprar en dos meses?. He tenido tb pérdidas.
Invertir en bolsa · 2013-06-17
Hola, Raúl.
La prima de emisión lo que hace es rebajar el precio de compra, en el momento de cobrarla no se tributa por ella.
1.641,51 - 720 = 921,51
921,51 / 190 = 4,85
4,85 euros es tu precio de compra de las 190 acciones de Iberdrola. Pero hasta este momento no tienes que pagar nada a Hacienda.
Al vender esas 190 acciones de Iberdrola es cuando tienes que calcular la plusvalía o minusvalía. En este caso:
868,28 - 921,51 = -53,23
Tuviste una minusvalía de 53,23 euros, y eso es lo que tienes que declarar.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-06-17
Hola Luismi,
1) Sí te puedes imputar esa pérdida, no incumple la regla de los 2 meses, porque es una venta parcial de una compra única "original".
2) No cambia nada, esta pérdida la podrás imputar en 2013.
Un saludo.
luismi · 2013-06-18
Me queda claro. Muchas gracias.
Por cierto, declaración de la renta presentada !!!!!!! que ya tenía ganas.
:)
lm · 2013-06-22
Hola,he visto que estás muy puesto en todo esto del Irpf y acciones y por eso solicito una ayuda.
El año 2012 tuve una pérdida patrimonial con la compra de acciones.Compré a crédito y vendí con pérdidas en el mismo año(2012).
Creo que las pérdidas se pueden compensar en los próximos 4 años.Y no quiero meter la pata en la declaración actual y que no pueda compensar con ganancias(espero tenerlas) en los siguientes 4 años.
La duda es por el asunto de ganancia/pérdida generada en período superior o inferior al año.
Yo tengo unas pérdidas generadas en un período inferior al año(son acciones compradas y vendidas en 2012).
Generalmente compro y vendo acciones a corto plazo.Prácticamente siempre menor al año.
LA cuestión es : en los próximos cuatro ejercicios podré compensar esas pérdidas(generadas en menos de un año) con ganancias generadas en período inferior al año( en los ejercicios siguientes)?
Este año ya he comprado y vendido acciones y el saldo es positivo.Es decir, en este ejercicio fiscal del 2013 ya tengo ganancias con un período de generación inferior al año.
Suponiendo que me vaya bien en bolsa y al final del 2013 el saldo sea positivo, podré compensar esas ganancias (repito , con generación inferior al año) con las pérdidas que declaro en este ejercicio de 2012?
Muchas gracias y saludos.
Invertir en bolsa · 2013-06-24
Hola,
De nada, Luismi. Se queda uno más tranquilo cuando la presenta, sí, al menos te quitas un peso de encima, aunque aún tengas que dar a Hacienda más dinero de la enorme cantidad que ya le has ido dando a lo largo del año.
Gracias, LM.
Pues precisamente ese detalle no está claro en la Ley, y en Hacienda no saben responder (es decir, responden, pero sin mucha seguridad, y he llamado varias veces y me han dado varias respuestas distintas).
Lo que sé sobre eso lo tengo escrito en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
Cuando sepa la respuesta definitiva, la pondré en ese artículo.
Un saludo.
Chus · 2013-06-25
Buenas,
tengo pequeñas plusvalías por un total de 600€ y una "sola" minusvalía por 2000€. Si lo compenso me quedarían 1400€ de esa única minusvalía que podría compensarme en los 3 siguientes años?? ó al ser de un único valor y habiendo sido compensado ya en parte en esta Renta 2012 no podría hacerlo en próximos años....
Gracias,
es una pasada poder resolver este tipo de dudas tan facimelmente por gente como tú.
Saludos
Invertir en bolsa · 2013-06-26
Muchas gracias, Chus.
El número de operaciones es indiferente. Sí las puedes compensar, y en los próximos 4 años.
Imagino que esas operaciones (las ganancias y la pérdida) se habrán producido en 2012.
En ese caso, esos 1.400 euros que te quedan por compensar los puedes compensar entre 2013 y 2016, ambos incluidos.
Un saludo.
Chus · 2013-06-26
OK gracias,
sí claro, perdidas y ganancias son ambas ejecutadas en el 2012.
S2
Pedro · 2013-07-22
Hola, trabajo en una empresa en la que como parte de un bono de objetivos de resultados del año pasado, me han ofrecido opciones sobre acciones a un precio inferior a la cotización actual, con lo que si la ejecuto, sacaría beneficio (en teoría), esas acciones cotizan en un mercado extranjero, ¿cuál sería el tratamiento fiscal de la plusvalía en este caso?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2013-07-24
Hola Pedro,
Las plusvalías obtenidas con acciones extranjeras tienen el mismo tratamiento fiscal que las obtenidas con acciones españolas, y que es la que ves en este artículo.
Pero en un caso como el tuyo, debes preguntar a tu empresa si cumples condiciones para tener exenciones fiscales. Si son menos de 12.000 euros y las mantienes 3 años, no pagarás por las plusvalías, por ejemplo. Pero tienes que aseguarte en tu empresa que en tu caso se cumplen todos los requisitos para esta exención.
Un saludo.
Pedro · 2013-07-26
Hola de nuevo,
En relación a la respuesta anterior, ¿me podrían indicar qué requisitos son los que debería cumplir?
¡Muchas gracias!
Richard Lukonde · 2013-08-20
Hola,
a mi me surge una duda con la fiscalidad del traspaso de fondos y su fiscalidad.
Si traspaso Fondo A a Fondo B y reembolso el Fondo B.
cuando hago una simulación fiscal en mi banco, Bankinter, me aparecen fechas y números muy raros.
es como si el banco hiciera un prorrateo del valor de compra, pero con los VL Fondo B, y asignando fecha completamente nuevas.
Podrías explicar cómo se hace dicho prorrateo?
Saludos y gracias
Richard Lukonde
Invertir en bolsa · 2013-09-12
Hola Richard,
No sé qué prorrateos hace Bankinter con los traspasos de fondos. Es más fácil verlo con el dinero aportado.
Ten en cuenta el dinero que metes en el fondo A, y el que sacas del fondo B. Con eso se ve más claramente lo que tienes que pagar, o no.
Si me pones los números, aunque sean imaginarios, te lo explico con tu caso concreto.
Un saludo.
Rafa · 2013-10-07
Buenas noches
Con buena fe y total ignorancia, en 2011 vendí unas acciones que tenía únicamente a mi nombre, y la semana siguiente las volví a comprar a nombre de mi esposa y mío.
En la venta se produjeron unas minusvalías que no pude compensar por la regla de los dos meses.
Tengo una duda: esas minusvalías no se podrán compensar con plusvalías obtenidas en 2013?
Gracias por anticipado, y un saludo
Invertir en bolsa · 2013-10-07
Hola Rafa,
Esas minusvalías las podrás compensar cuando vendas las acciones que compraste incumpliendo la regla de los 2 meses, y dejes pasar 2 meses sin comprar más acciones de esa empresa. Eso puede ser en 2013, o en años posteriores.
Un saludo.
Rafa · 2013-10-07
Buenas tardes
Muchas gracias por tu rápida respuesta.
Tengo una duda. Las minusvalías de las que estamos hablando podrían ser compensadas también por la venta de otras acciones no relacionadas con las que originaron la minusvalía?
Muchas gracias, y un saludo
Invertir en bolsa · 2013-10-08
Hola Rafa,
Sí, claro. Incluso pueden ser compensadas con ganancias en fondos de inversión, inmuebles, etc.
Un saludo.
jose · 2013-10-09
un saludo.
Tengo entendido que cuando recuperas las acciones, si la compra fue hace mas de 10 años, tienen desgravación.
Invertir en bolsa · 2013-10-09
Hola Jose,
No es así, las acciones compradas hace 10 años no tienen desgravación.
Sí tienen desgravación las acciones compradas antes del 31-12-1994. La fórmula es un poco complicada, pero el PADRE la calcula automáticamente.
Un saludo.
Miguel Angel Lopez · 2013-10-16
Hola, no sé que precio de compra debería poner al hacer una futura declaración de Hacienda con unas acciones obtenidas en una ampliación de capital en lugar de haber cobrado los dividendos. Te pongo la situacion real con las diferentes adquisiciones:
29/12/08 ..... 450 acciones a 6,63 ......... 2,983
11/02/10 ...... 9975 acciones a 9,992 .... 97.672
28/07/11 .......1089 acciones a 7,21 ....... 7.852
Ahora en vez de dividendos opto por coger 275 acciones.
Si hago una venta por ejemplo de 10.000 acciones debería poner las 450 a 6,63 y las 9550 restantes a 9,992.
Efectuo a los 3 meses la venta del resto, pondría 425 a 9,992 y las 275 de la ampliación a que precio se pondrían? Esta bien hecho el resto de los cálculos?
Muchas gracias y un saludo
Miguel Angel Lopez · 2013-10-16
Hola, perdona pero acabo de leer el mensaje anterior y he puesto mal las "ventas", los datos correctos serian:
Venta 10.425 acciones .... 450 a 6,63 y 9975 a 9,992
Segunda operación: 1.089 acciones con valor compra a 7,21 y las 275 de la ampliación no sé el precio.
Gracias y perdona el error
Invertir en bolsa · 2013-10-16
Hola Miguel Ángel,
Eso son ampliaciones de capital liberadas, y la fiscalidad es la de las ampliaciones de capital liberadas. Creo que con este artículo te quedará claro, pero si no es así, vuelve a preguntar:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad_inversiones_2007_ampliaciones_capital_liberadas.htm]Fiscalidad de las ampliaciones de capital liberadas[/url]
Un saludo.
Carlos · 2013-10-18
Hola Miguel Angel,
Tengo una duda con la venta de los derechos en el mercado. Me queda claro que minoran el precio de la acción, pero me han dicho que al hacer la declaración de la renta el año pasado, en el País Vasco,aparecía el importe de la venta de los derechos en el mercado,como diviendo. Es posible¿
Minoran el precio de compra, pero solo si vendes las acciones dentro del mismo año o pueden minorar el precio despues de vender a los tres años por ejemplo¿
No se si queda muy claro, gracias por tu opinión
Saludos
Invertir en bolsa · 2013-10-21
Hola Carlos,
Hacienda da la información de que has vendido esos derechos en los informes que envía en la campaña de la declaración del renta. A veces, hay operaciones que en esos informes no están bien descritas.
La trinutación de la venta de derechos en el mercado es la que dices, reducen el precio de compra de las acciones, y por la venta de los derechos no hay que pagar nada.
Un saludo.
Mario · 2013-10-25
Buenas tardes:
Tengo un paquete de acciones de la misma empresa que he comprado en 2010, si las vendiese ahora, que estoy ganando dinero con ellas ¿cómo tributarían?. ¿Podría simplemente meterlas como rendimientos del capital mobiliario? o ¿podría incluirlas en la base general y reducir mi rendimiento íntegro por la venta de acciones en un 40%? (igual estoy confudiéndolo con otras posibles opciones).
Muchas gracias.
Saludos,
Mario.
Invertir en bolsa · 2013-10-28
Hola Mario,
No me queda clara la situación. Si en 2013 vendes acciones compradas hace más de un año, tienes que tributar entre el 21% y el 27%:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en 2013[/url]
¿Es esto lo que preguntas?
Un saludo.
Pafouzar · 2013-10-29
Estimado Invertir,,,:
La mía es una duda que puede parecer hasta tonta pero no encuentro manera de solucionarla, no trata sobre rentabilidades,tramos de IRPF,etc,sino de lo siguiente. Tengo acciones del Santander y de Telefónica desde hace una porrada de años, las clásicas que te compraban tus padres cuando eras un crío y no es que tenga más o menos intención de deshacerme de ellas pero es que alguna vez que me lo he planteado y he querido ver como me influiría fiscalmente me ocurre que no sé la antiguedad de las mismas ni como han evolucionado desde su compra ( ampliaciones de capital, dividendo en forma de acciones, etc,etc ) es decir, que no sé las que tenía en el momento de su compra y menos aún su valor en aquel momento.
¿ Cómo podría saber todo esto ? Me imagino que en las entidades depositarias de las mismas, que para más complicación cambié hace un par de años ( las del santander estaban en el santander y las de telefónica en caixa galicia con todo el lio que tienen ahora ) Alguna vez lo pregunté en el banco y supongo que por no pasar trabajos me dieron respuestas bastante vagas.
Te agradecería que me comentaras algo o sí simplemente declaro todas adquiridas anteriormente al 91 y están "exentas"
Muchas gracias por anticipado
Invertir en bolsa · 2013-10-30
Hola Pafouzar,
De vez en cuando me comentan casos similares al tuyo, y la solución no está clara.
Lo ideal sería que hubieses guardado todal la información, porque ahora va a ser muy difícil conseguirla.
Después de tantos años, es posible que en tus entidades financieras no tengan esos datos disponibles. Lo primero es preguntarlas (a las anteriores, las nuevas no los van a tener).
El problema es que ya ninguna acción está exenta al 100%. Siendo anterior al 91, estarán casi exentas, pero no del todo. Así que si las vendes tendrás que poner un precio de compra.
Si no se sabe el precio de compra, en teoría hay que poner 0. Siendo acciones cotizadas, podrías buscar datos del año de la compra, y poner algo por encima de 0.
Por otro lafo, no creo que Hacienda tenga tampoco esos datos.
Un saludo.
Pafouzar · 2013-10-30
Muchas gracias por tu comentario y perdona porque he visto algo más arriba que ya habías respondido una pregunta similar, efectivamente algún amigo mío del sector de banca me dice que es un embrollo vender ese tipo de acciones, de todas formas no me quedo muy tranquilo con que Hacienda no tenga esos datos porque actuará como mejor le parezca y el que tendré que demostrar la anterioridad a 1991 seré yo, que por lo visto, lo tendré complicado.
Gracias por tu respuesta y por unas informaciones muy interesantes las que aquí compartes.
Invertir en bolsa · 2013-10-31
De nada, Pafouzar.
No son situaciones claras, efectivamente.
Cuando no puedes demostrar el precio de algo, Hacienda considera que es 0, y que por tanto el importe íntegro de la venta es plusvalía.
Por otro lado, son buenas empresas, y si inviertes a largo plazo yo no las vendería.
Un saludo.
tino · 2013-11-21
Hola,
Tengo 170 inditex compradas no me acuerdo cuando pero creo que al poco de salir al mercado a 18. Si las vendo, ¿que tendré que pagar a hacienda?
Un saludo
serafina · 2013-11-21
Hola,tengo un cacao mental con eso de la fiscalidad, te cuento: tengo una cartera de 100.000(virtual) y con él he ido comprando y vendiendo acciones(de españa,de estados unidos y de materias primas) y me quedan 99.325, ésa es la cantidad que tengo que tributar? entonces tendría que tributar por el 27%? y cómo descuento lo he perdido por cada compra-y venta?? No sé si me explico bien
eba · 2013-11-22
Hola me ha gustado mucho ésta página, ya que nos ayudas mucho
Mi pregunta es la siguiente:
Desde el año 2004 he ido comprando acciones de Jazztel hasta el año 2011, pero en este año en concreto en el mes de agosto las he vendido todas, obteniendo unas plusvalias de unos 80000 euros.
En el mes de septiembre volví a comprar acciones también de Jazztel, en estos momentos tengo minusvalias latentes (no he venido todavía).
Mi pregunta es la siguiente, si vendo ahora las acciones y obtengo minusvalías, puedo compensarme éstas minusvalías aunque no pasaron dos meses desde la primera venta.
Te doy las gracias de antemano, por la ayuda que nos prestas.
Un saludo. Eba
Invertir en bolsa · 2013-11-22
Hola Tino,
Es una plusvalía de más de 1 año. Tendrás que pagar entre el 21% y el 27%, lo tienes en [url=http://www.invertirenbolsa.info/fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2013-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2014.htm]Fiscalidad de la venta de acciones en el ejercicio 2013[/url]
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-11-22
Hola Serafina.
Se tributa por lo que ganes y/o pierdas en cada operación que ya hayas cerrado, no por el dinero que tengas.
Tienes que ver cuánto has ganado en todas las operaciones que ya hayas cerrado, restarlo lo que hayas perdido (suponiendo que hayas respetado la regla de los "2 meses"), y pagar por la diferencia, si es positiva. La tabla del 21% al 27% la aplicas a esta diferencia, no al dinero que tengas en la cuenta.
Si esa diferencia es negativa, entonces la podrás compensar con ganancias en los próximos 4 años.
He obviado algunos detalles, como la diferencia entre operaciones de hasta 1 año y de más de 1 año, pero básicamente es así como se tributa.
Un saludo.
Invertir en bolsa · 2013-11-22
Hola Eba, y muchas gracias.
Si las vendes ahora no las podrás compensar, pero porque las plusvalías son de más 1 año y las minusvalías serían de hasta 1 año, y no se pueden compensar entre sí. Si vendieras y dejaras 2 meses si comprar respetarías la regla de los 2 meses, pero no las podrías compensar por no ser del mismo tipo (más o menos de 1 año).
Un saludo.
serafina · 2013-12-15
Hola de nuevo jejje, te comento:
He obtenido este año(2013) una ganancia patrimonial de 1880 euros(en 3 meses), y según la ley del IRPF de este año, en vez de intregar esa cantidad a la base imponible del ahorro, le tengo que integrar en la base imponible general; a la hora de hacer la declaración,y suponiendo de que vivo en madrid, cúal sería la forma de proceder?? ES DECIR NO SÉ CUÁNTO TENDRIA QUE PAGAR A HACIENDA, si hay que hacer alguna retención en origen o qué porcentajes hay que aplicar sobre esa ganancia,PORFAVOR SOCORRO!!
Invertir en bolsa · 2013-12-16
Hola Serafina,
Es muy fácil. Lo único que tienes que hacer es bajarte el PADRE en Mayo-Junio de 2014 y hacer la declaración del IRPF. Como has superado los 1.600 euros, estás obligada a presentarla.
Pero con los mínimos personales, probablemente no tendrás que pagar nada, e incluso te devolverán lo que te hayan retenido de depósitos, dividendos, etc.
De momento no tienes que hacer nada, ni retenciones ni ninguna otra cosa. Sólo presentar la declaración del IRPF en Mayo-Junio de 2014.
Un saludo.
Juanjo · 2014-02-19
Hola, gracias de antemano:
Como verás no tengo ni idea de acciones, ni de inversiones, por eso te pregunto esto.
Yo tenía 15.000 € (15 títulos) en obligaciones subordinadas de Bancaja (Bankia). Y te pongo los movimientos que aparece en mi cuenta de valores tras el canje:
Fecha Tipo de operación Valor Títulos Efectivo Cambio de operación
21/05/2013VENTA A VTO.OB.SUB BANCAJA 10E 15 Titu. 13.529,11 EUR 0,0000 EUR
23/05/2013SUSCRIPCIONAC. BANKIA 05/13 9.980 Acc. 13.499,57 EUR 1,3526 EUR
28/05/2013SALIDA EQUIPARACIONAC. BANKIA 05/13 9.980 Acc. 0,00 EUR 0,0000 EUR
28/05/2013ENTRADA EQUIPARACIONAC. BANKIA, S.A. 9.980Acc. 0,00 EUR 0,0000 EUR
Como verás en ese momento mis 9980 acciones tenían o me le vendieron por 13.499,57 (o las compre?) ni idea. El caso es que las quiero vender porque ahora mismo están en 1,52 € que multiplicado x 9980 € = 15.169 € para olvidarme de las acciones porque no tengo ni idea y salir de esta pesadilla.
He leido algo que si vendes las acciones antes de que se cumpla 1 año, luego tienes que pagar mas impuestos. ¿que fecha exacta se cumple el año en mi caso?
En mi caso desde que fecha podría vender sin que me afecte mucho a la hora de la declaración del irpf?
La venta de acciones tienen muchas comisiones, gastos, etc?
Yo lo único que quiero es recuperar mis 15.000 € íntegros y olvidarme de todo este embolao en el que me metieron, porque es que no tengo ni idea ni de como vender mis acciones, pero bueno iré al banco para que me informe de como se venden, pero quiero tu opinión, porque ya no me fío del banco.
Muchas gracias por todo.
Invertir en bolsa · 2014-02-19
Hola Juanjo,
Entiendo que en un caso asi quieras vender.
Las acciones de Bankia las compraste con fecha 23-5-2013, y es a partir de ese día cuando tiene que pasar 1 año para pagar menos a Hacienda.
Al vender las preferentes tuviste una pérdida, que tendrás que poner en la casilla 026. Esta pérdida se compensa con otras rentas del capital que tengas, pero no con la ganancia de la venta de las acciones de Bankia.
Entiendo que lo hayas pasado mal con todo esto, pero te recomiendo que estudies la Bolsa, porque es una muy buena inversión a largo plazo. Creo que dentro de unos años Bankia valdrá más que ahora, pero ahora mismo creo que hay otros bancos más baratos. Veo bien que vendas las Bankia, para cerrar este tema y empezar de cero. Creo que psicológicamente es lo mejor, y financieramente también me parece una buena opción.
Vender es muy fácil, si vas a la sucursal, rellenarás un impreso muy sencillo y ya está.
Un saludo.
Juanjo · 2014-02-19
Hola:
Muchas gracias por contestarme tan rápido. Pero sigo teniendo dudas:
Me dices que al vender mis obligaciones subordinadas tuve una pérdida y que esa pérdida tengo que ponerlo en la casilla 026
¿puedes decirme según mi caso, cuanto perdí en la venta de mis obligaciones?
es que no sé si la pérdida es :
15.000 - 13.529,11 = [b]1.740,89[/b] ó la pérdida ha sido
15.000 - 13.499,57 = [b]1.500,43[/b]
Luego me dices que esa pérdida la puedo compensar con otras rentas de capital que tenga ¿podría compensarla con lo que me han retenido de los intereses de algún depósito o de alguna cuenta que da intereses?
Me queda claro que hasta el 23/05/14 no se cumple el año desde la compra de las acciones, pero como no me atrevo a esperar hasta esa fecha, no vaya a ser que baje las acciones, mi pregunta es:
Si vendiera hoy obtendría 9980 x 1,563 = 15.598,74 por lo que ya recuperaría mis 15.000 €, pero al vender antes de cumplir el año, ¿cuanto tendría que pagar de impuestos a hacienda por vender antes del año? ( es que no se si la plusvalía es de 15.598,74 - 15.000 = [b]598,74 [/b] y si fuera así, cuanto se llevaría hacienda de mi dinero.
¿Podrías decirme mas o menos cuanto se llevarían de comisión por venderme las acciones el banco?
Perdona por tantas preguntas, pero es que no tengo ni idea, nunca en mi vida he tenido acciones, yo siempre he sido de depósitos como mucho, bueno con la excepción de las dichosas subordinadas.
Muchas gracias.
Invertir en Bolsa · 2014-03-03
Hola Juanjo,
La pérdida es 15.000 - 13.529,11 = 1.479,89. Esta pérdida se puede compensar con intereses de cuentas y depósitos, sí.
Si vendes las acciones la plusvalía sería 15.598,74 - 13.499,47 = 2.099,27.
Estos 2.099,27 euros los tendrías que poner en tu declaración, y pagarías por ellos tu tipo marginal. Si tu marginal es el 30%, por ejemplo, pagarás 2.099,27 x 0,3 = 629,78 euros.
Por vender estas acciones te cobrarán unos 10-20 euros de comisión, más o menos.
Puedes preguntar todo lo que quieras.
Un saludo.
Juanjo · 2014-03-05
Muchas gracias por tus aclaraciones, según las cuentas si vendiera ahora no recuperaría todo mi dinero, ya que parte de las ganancias se la llevaría los impuestos, así que creo que esperaré a cumplir el año a no ser que la acción suba mucho en estos días.
Lo más seguro que cuando se acerque la declaración de hacienda te haré alguna pregunta, casi seguro, aunque entiendo que si vendo en este año, cuando tenga que declarar la venta de las acciones de este año (2014) lo tendré que poner en el año siguiente (2015) No??
Saludos y muchas gracias.
Invertir en Bolsa · 2014-03-06
Hola Juanjo,
Así es, las ventas que hagas en 2014 las tendrás que declarar en 2015. Pregunta todo lo que quieras.
Bankia creo que con el tiempo superará los niveles actuales (1,50-1,60 euros), pero ahora mismo parece que está algo más cara que otros bancos, por lo que si cae, no te sorprendas mucho, ni vendas en un mal momento.
Un saludo.
FRANCISCO BOIX · 2014-04-06
Tengo una duda y es que poseía 275 acciones del BANCO DE VALENCIA y al fusionarse con CAIXABANK las acciones cotizaron a 0.01Cts, puedo desgravarme las minusvalías ocasionadas por la baja de las acciones
FRANCISCO BOIX · 2014-04-06
Tengo una duda y es que poseía 275 acciones del BANCO DE VALENCIA y al fusionarse con CAIXABANK las acciones cotizaron a 0.01Cts, puedo desgravarme las minusvalías ocasionadas por la baja de las acciones y si es asi que valor de adquisición tendría que poner pues son acciones del año 80
Invertir en Bolsa · 2014-04-07
Hola Francisco.
Para poder compensarte las minusvalías tienes que vender esas acciones. Si las canjeaste por acciones de Caixabank y las sigues teniendo, no has materializado la pérdida, y por tanto no las puedes compensar.
El precio de compra que tienes que utilizar es lo que te costaron las acciones cuando las compraste. En el banco va a ser difícil que te lo digan, deberás buscar entre tus papeles. En caso de que no encuentres nada, lo único que se me ocurre es que consultes un histórico de cotizaciones y pongas algo razonable.
Un saludo.
FRANCISCO BOIX · 2014-04-08
En primer lugar darte las gracias por la respuesta, pero he de decirte que las acciones se canjearon y se vendieron automáticamente al precio de 0.01Cts. por la fusión del BANCO DE VALENCIA con CAIXABANK por un total de la operación de 1,49€ correspondiente a 275 títulos. en el año 2007 vendi a 40.11€ 100 títulos que tenia del BANCO DE VALENCIA. GRACIAS y espero tu respuesta por si lo tienes mas claro
Invertir en Bolsa · 2014-04-09
De nada, Francisco.
Entonces sí. Puedes y debes declarar esa minusvalía, y la puedes compensar con otras plusvalías de más de 1 año que tengas en 2013, ó en 2014-2017, ambos incluidos.
Un saludo.
GUS · 2014-04-11
Hola, estoy empezando a preparar la declaración del 2013 y tengo una pequeña duda.
Compre en Jun/13 unos 1000€ en acciones de American Airlines (AMR)
En dic/13 se fusiono con US Airways y empezaron a cotizar como AAL. El valor entonces de mis acciones era de 1500€.
En el informe fiscal del banco el canje me lo pone como una venta con 1500 - 1000 = 500€ de plusvalías
¿Es esto correcto? Entiendo que hasta que no venda, no tengo que pagar por las plusvalías
Gracias y un saludo,
Invertir en Bolsa · 2014-04-14
Hola Gus,
Si es un canje de acciones no es correcto.
En las fusiones por canje no se produce venta de acciones, y por tanto no hay ni minusvalías ni plusvalías.
Habla con tu banco. Si es una cuenta ómnibus, a veces pasan cosas raras de este tipo, por eso no recomiendo las cuentas ómnibus, entre otras cosas.
Un saludo.
david · 2014-04-12
Buenas tardes. Lo primero felicitarte por la página es de gran ayuda
Tengo una duda y me gustaría qir me ayudaras
El año pasado vendí acciones y he tenido una minusvalía de 5000 euros en 4 ventas todas con minusvalía
Tengo q hacer algo en la declaración del ejercicio del 2013 declaración renta
Gracias
Invertir en Bolsa · 2014-04-14
Hola David,
No es obligatorio, pero debes declarar esa minusvalía en la declaración de 2013, para poder compensarla con otras plusvalías que tengas en 2014-2017 (también se puede compensar con plusvalías de 2013, lógicamente, pero entiendo que no tienes plusvalías en 2013).
Un saludo.
david · 2014-04-14
Muchas gracias.
Una duda mas en que casilla tengo que poner la minusvalía y con que valor -5000 o 5000?
Gracias de nuevo y un saludo
Invertir en Bolsa · 2014-04-15
Hola David,
Las minusvalías se ponen en las mismas casillas que las plusvalías (340 y siguientes). Tú sólo tienes que poner el importe total de la compra y el importe total de la venta, y el PADRE ya ve que es una minusvalías y pone el resultado en las casillas correspondientes.
Un saludo.
FRANCISCO BOIX · 2014-04-15
Perdona que te moleste otra vez pero es que estoy hecho un lio. Me dijistes que puedo declarar unas minusvalias y las puedo compensar con otras plusvalias que tuviera en el año 2013 a 2017, pero es que yo no voy a tener mas acciones y mi pregunta es que si me puedo desgravar para el ejercicio 2013 las minusvalias ocasionadas por el canje y venta de titulos ocasionados por el ere del BANCO DE VALENCIA. Muchas gracias y perdona mi insistencia.
Invertir en Bolsa · 2014-04-16
Hola Francisco,
Al ser pérdidas de más de 1 año sólo las puedes compensar con ganancias de más de 1 año. No las puedes compensar con los rendimientos del trabajo, por ejemplo.
Pero sí las puedes compensar con plusvalías que tengas (hasta 2017) en fondos de inversión, inmuebles, etc.
Pregunta todo lo que quieras, es muy importante que estas cosas queden claras.
Un saludo.
Marcos · 2014-04-20
Buenas, lo primero es felicitarte por tu aportación, yo tengo una duda con respecto a una venta que realice el año pasado de unos warrants que me entregaron como "spin off" o "partición de la acción", por poseer acciones de AIG,me las dieron creo recordar a 15$ En 2012 y las vendí el año pasado a 19 y pico, no me practicaron retención y en mis datos fiscales aparece como otros , por lo que no logro interpretarlo fiscalmente e incorporarlo en el programa padre, de información os digo que las acciones las he vendido este año con plusvalías, por lo que no se qué hacer en la renta de este año con dichos warrants o esperar a la declaración del año que viene, porque al haber vendido las acciones este año y al no ser un dividendo creo yo pues no se sí habrá que hacer una minoración sobre la venta de las acciones al no ser un dividendo creo. A ver su puedes aclarármelo. Gracias y un saludo.
Invertir en Bolsa · 2014-04-21
Hola Marcos.
Detállame un poco más la operación. ¿Sobre qué eran esos warrants? ¿Qué tenías antes y qué tenías después de esta operación?
Un saludo.
Marcos · 2014-04-21
Buenas te dejo lo poco que se porque desde el 13 de enero de 2011 las cosas se olvidan:
La emisión de las órdenes como dividendo está sujeto a la condición de que las partes en la aportación de capital (es decir, AIG, el Departamento del Tesoro de EE.UU., la Reserva Federal de Nueva York, y el Fondo Fiduciario de crédito de AIG) determina cada uno de el cierre de actividades el 12 de enero de 2011, que espera que (suponiendo que no hay ningún cambio material en los hechos, circunstancias y condiciones en o antes del 14 de enero 2011) que la recapitalización se cerrará el 14 de enero de 2011.
AIG emitirá un comunicado de prensa el 12 de enero de 2011, anunciando si este requisito se ha cumplido. Si esta condición no se cumple, AIG no emitirá los Warrants y tenedores de acciones comunes de AIG no tendrá derecho a recibir las órdenes. No puede haber ninguna garantía de que esta condición se cumplirá.
Condiciones de los Warrants.
Si la condición anterior se cumple, tenedores de acciones ordinarias de AIG se emitirá órdenes 0.533933 por cada acción de las acciones de AIG común de propiedad en la fecha de registro. Cada orden dará derecho al titular a comprar una acción de acciones ordinarias de AIG a un precio de ejercicio de $ 45 por acción, sujeto a ajuste anti-dilución para ciertos eventos. Las órdenes serán ejercitables a enero 19 de 2021, que es diez años desde la fecha de emisión.
según Barron´s, los ‘warrants (call)’ concedidos a los accionistas de AIG como parte del plan para que la entidad devuelva parte de los fondos estatales para su rescate viene azuzando a su cotización. Esos warrants representan ahora unos 10 dólares de su valor por acción.
Finalmente el 12 de enero American International Group Inc. (AIG) informó el miércoles que tiene la intención de completar varios hitos de su recapitalización el viernes, incluyendo el intercambio de acciones comunes por acciones preferentes que están en manos del Tesoro de Estados Unidos.
La compañía indicó que su dividendo anunciado previamente de alrededor de 75 millones de garantías serán distribuidas el miércoles próximo. Cada garantía otorga a su tenedor el derecho a comprar una acción común de AIG a US$45.
AIG indicó que si las condiciones de la recapitalización se completan el viernes, tiene la intención de intercambiar casi 1.660 millones de acciones comunes por los US$49.100 millones de acciones preferentes del Programa de Alivio para Activos en Problemas, o TARP.
Tras completarse el intercambio, AIG indicó que el Departamento del Tesoro poseerá el 92% de las acciones en circulación de la compañía, así como una nueva serie de acciones preferentes.
No se sí te ha servido de algo, aunque en esas fechas se dijo que era un dividendo yo se que no es y en el extracto específica spin off. Yo tenía acciones de aig y por tenerlas tuve derecho a esos warrants. Gracias de antemano.
Invertir en Bolsa · 2014-04-22
Hola Marcos.
Ya lo tengo más claro.
¿Has vendido todas tus acciones y warrants el mismo año?
Si es así, el cálculo es muy fácil. Como importe de la venta tendrías que poner la suma de lo que te dieron por las acciones más la suma de lo que te dieron por los warrants. Como importe de la compra, lo que te costaron las acciones.
Si has vendido unos y conservado otros, el cálculo es más complicado, pero se puede hacer. Si estás en este caso, quedaría más claro hacer el ejemplo con los números concretos.
Un saludo.
marcos · 2014-04-22
Las acciones de AIG las vendi este año (311 acciones precio medio de adquisición, desde principios de 2011 a 43,5$, precio venta 49,44$), los warrants según consta en la información fiscal de AIG del año 2011 ,WTS/AMERICAN INTERNATIONAL GROUP INC Internacional me las concedieron 24/01/2011 SPINOFF un total de 50 warranst valor que aparece en dicha información (PRECIO DE ADQUISICIÓN 0,00 €), pero el precio de salida fue de 15,45$, aunque éste último importe no sé si importa, a la hora de hacer algún calculo. La venta la realice como te comenté el año pasado por la totalidad de los 50 warrants que tuve derecho a un precio de venta de 19,43$. Gracias por tu ayuda. Un saludo
Invertir en Bolsa · 2014-04-23
Hola Marcos,
La forma correcta de hacerlo es la siguiente:
El importe total de la compra de las acciones es de 13.528,5 $ (311 x 43,5).
Esta cifra la tienes que dividir entre el número total de títulos que tienes tras el spinoff, 361 (311 + 50):
13.528,5 / 361 = 37,48 $
Este precio, 37,48 $, es el precio de compra tanto de las 311 acciones como de los 50 warrants, y es el que debes utilizar para calcular las plusvalías o minusvalías en las ventas que hagas. Es una forma un poco extraña de hacerlo, pero es así.
La cuestión ahora es que los warrants ya los vendiste en 2012, ¿qué precio de compra utilizaste para declarar esta venta de los warrants en 2012?
Un saludo.
Marcos · 2014-04-23
Perdona pero ante tu pregunta lo que ha ocurrido es que me he equivocado de hilo o de año de fiscalidad por eso el lío, perdona entonces. Los warrants los vendí en 2013 y las acciones en 2014. Pero por lo que me has comentado este año fiscal no tengo que hacer ninguna operación y en la renta del próximo año ya si declarar las dos operaciones como tu me has comentado, es así.. Gracias por tu colaboración.
Invertir en Bolsa · 2014-04-23
Hola Marcos,
Entonces no hay problema, porque estás a tiempo de hacerlo bien.
En la declaración que se presenta ahora en Mayo-Junio de 2014 tienes que declarar la venta de los warrants, con el precio de compra que te puse en el mensaje anterior.
El año que viene tendrás que declarar la venta de las acciones que has realizado en 2015, utilizando el mismo precio de compra.
Un saludo.
Marcos · 2014-04-23
Buenas, entonces si que es raro si, porque con lo que me has comentado y si así lo hago tendría minusvalía con los warrants, precio de compra 37,48$ con los cálculos realizados y las vendí a 19,43$, aunque el año que viene al minorar el precio de compra, las plusvalía de las acciones será también mayor,vamos que lo comido por lo servido.
Invertir en Bolsa · 2014-04-25
Hola Marcos.
Así es. Cuando se hacen ventas parciales en este tipo de casos, los resultados que provica pueden llegar a ser muy extraños. Aunque sí se vende todo, el resultado final es el mismo que si se hubiera hecho el cálculo de una forma más "lógica".
Es importante saberlo, porque a veces, en algunas estrategias, se puede vender un tipo de activo, y no el otro, o venderlos en distintos años, etc, porque estas "anomalías" provocadas por esta forma de calcular los precios medios pueden dar oportunidades interesantes en algunos casos.
Un saludo.
PADRINO · 2014-05-15
Hola a todos, y ante todo muchas gracias por la informacion.
Yo estoy un poco perdido tb con el nuevo sistema de contabilizar las perdidas.
Os comento mi caso :
tengo 100 acciones de repsol compradas en febrero de 2012 (mas de 1 año)
135 acciones de repsol compradas en enero 2013 (menos de 1 año)
Vendi TODAS en la misma fecha (octubre de 2013)
mis beneficios totales fueron de 160 euros... pero en las que tenia de mas de 1 año perdi 200 euros y en las de menos de 1 año gane 360
Entiendo q tengo q tributar todo junto como ganancias de menos de 1 año ????
o tengo q poner como perdidas de mas de 1 año y ganancias de menos de 1 año????
Muchas gracias.
Invertir en Bolsa · 2014-05-16
Hola padrino, y gracias.
Tienes que tributar ambas operaciones por separado.
Por un lado tienes una pérdida de más de 1 año de 200 euros, que podrás compensar con ganancias de más de 1 año en 2013, o hasta 2017.
Y por otro lado tienes una ganancia de hasta 1 año de 360 euros, por la que tendrás que tributar a tu tipo marginal.
No se pueden compensar entre sí.
Un saludo.
Miguel A.L. · 2014-06-23
Buenas: Tengo que declarar a Hacienda unas ventas de acciones y me encuentro con una duda sobre el precio de compra que he de poner en cada operacion de venta. El movimiento de operaciones es el siguiente:
Compra de 1000 acciones a 6,35 (importe total 6350)
En enero por ampliacion dan 160 acciones liberadas.
En abril por ampliacion dan 140 acciones liberadas.
Vendo en junio esas 300 acciones, supongo que el precio de compra debo poner 4,88 (6350/1300) (es correcto?)
En julio dan 150 acciones liberadas.
En octubre dan 135 liberadas.
En noviembre vendo esas 285, qué precio de compra he de poner?
Muchas gracias
Invertir en Bolsa · 2014-06-24
Hola Miguel.
El cálculo de 4,88 es correcto. Tras esta venta te quedan 1.000 acciones, que a 4,88 hacen un total de 4.880 euros.
Con las 2 siguientes ampliaciones de capital pasas a tener 1.285 acciones, a un precio medio de 3,80 euros (4.880 / 1.285).
Las acciones recibidas ded ampliaciones liberadas son exactamente iguales a las que ya tenías, tanto en precio de compra como en fecha de compra. Te lo digo porque en realidad no estás vendiendo "esas 285 acciones", sino "285 acciones de ese grupo de 1.285 acciones que son todas exactamente iguales", por si te sirve para entenderlo mejor.
Un saludo.
Miguel A.L. · 2014-06-24
Muchas gracias por la informacion y rapidez, lo que no sabia es que una vez vendidas habia que recalcular el importe de las cartera (los 4880 euros) para el calculo de los nuevos precios medios. Haciendo el cálculo asi, supongo que saldria mejor coger el importe de la ampliacion que recibir liberadas para venderlas mas tarde a precio de mercado.
Reitero mi agredeciemiento y un saludo
Miguel A.L. · 2014-06-25
Buenas, perdone pero tengo otra pregunta sobre como debo declarar a Hacienda una venta de acciones:
Compre en 2009 1.000 acciones a 7 euros, total 7.000 euros
" en 2010 2.000 acciones a 8 euros, total 16.000 euros
" en 2011 3.000 acciones a 6 euros, total 18.000 euros
En 2012 por una ampliacion de liberadas me dan 60 acciones: debo adjudicar a cada "paquete" el numero proporcional (10,20,30) o puedo hacer un "todo" con 6060 acciones y poner su precio medio(41000/6060) para cualquier operacion posterior (liberadas,compras a mercado,ventas)?
Como las ventas deben hacerse por metodo Fifo, si en 2013 vendo 1300 acciones debo hacer dos apuntes, uno de 1010 del primer paquete y otro de 290 del segundo paquete (cada uno a su precio medio de compra) o debo poner las 1300 sobre el "todo" que comente antes.
He declarado este año de la primera forma comentada (fifo, y por tanto 2 apuntes), si no es la forma correcta debo hacer una declaracion complementaria, o debo seguir este metodo ya para el resto de operaciones?
Muchas gracias y un saludo
Invertir en Bolsa · 2014-06-25
Hola Miguel Ángel,
Realmente el momento en que hay que recalcular el precio es al recibir las acciones. Te hice así los cálculos por las ventas que ya habías hecho.
En realidad, esas 300 acciones que vendiste en Junio no eran las 300 que habías recibido en las 2 ampliaciones de capital, sino 300 acciones de ese grupo de 1.300 acciones que eran todas exactamente iguales.
Respecto a la siguiente pregunta, tienes que adjudicar a cada compra las que le corresponden (10, 20 y 30), no puedes hacer un "todo".
Al vender 1.300 es como dices en primer lugar, vendes las 1.010 del primer paquete y 290 del segundo paquete. Lo has hecho correctamente, esta es la única forma válida de declarar las ventas de acciones.
Un saludo.
Miguel A.L. · 2014-06-25
Todo aclarado, muchas gracias y un saludo
Miguel A.L. · 2014-07-20
Hola, parece que el unico que tiene preguntas ultimamente soy yo, asi es que voy con otra. Compré 1000 acciones del Santander en el año 2000 que deposité en el Santander. Luego, en el 2005 compre otras 1000 acciones tambien del Santander que deposité en el BBVA. En 2014 doy orden al BBVA de vender 800 acciones: Cuando haga la declaracion de renta debo considerar el precio de compra de las mas antiguas (o sea, año 2000 depositadas en el Santander) o realmente de la entidad a la que di orden de venta BBVA?
Muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-07-21
Hola Miguel,
Sigue habiendo varias preguntas todos los días, pero en verano baja el tráfico de internet en todas las webs (salvo las específicas de esta estación del año). Puedes preguntar todo lo que quieras, como siempre.
En este caso has vendido las acciones más antiguas, o sea, parte de las compradas en el año 2000 en el Banco Santander. Es lo que se llama el criterio FIFO (Firt In First Out, las primeras que entran son las primeras que salen).
Un saludo.
Miguel A.L. · 2014-09-16
Buenos dias. Mi padre fallecio en el 2000 y viendo el otro dia la herencia por primera vez, la habian gestionado mis hermanos, vi que tenia un fondo de inversion con la siguiente descripcion: "Fondo de inversion numero 1302 0115 8000874736 en Banco Bilbao Vizcaya ....". Ademas de este fondo tenia otros que se gestionaron en su dia pero de este no sabia nada y tenia mas de cien mil euros. He ido al BBVA donde tenia todo domiciliado y al ser tan antiguo no han sabido decirme el nombre del fondo, si se vendio, se cambio por otros, nada. Como podria averiguar al menos el nombre del fondo para intentar seguirle la pista?, si siguiese por ahi "vivo" tiene alguna fecha en la que ya no se pueda reclamar?.
Gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-09-19
Hola Miguel,
El BBVA tiene que saber si aún hay algo a nombre de tu padre. Y si ya no lo hay, tiene que saber si ee fondo se vendió, se traspasó, etc, y en caso de que así sea, a quién se le traspasó el fondo, cómo salió el dinero de la cuenta, etc.
¿En todos los papeles que se firmaron en la notaría no aparece este fondo?
¿Tus hermanos no han hecho nada con este fondo? ¿No recuerdan qué pasó con él?
Si no lo habéis tocado, debería seguir en el BBVA, a nombre de tu padre.
Saludos.
Miguel Angel Lopez · 2015-08-26
Buenas tardes. Vendo unos fondos de inversion que han producido plusvalias y vendo unas acciones que me han producido minusvalias. Cuando haga la declaracion de Hacienda se compensan unas con otras?
Muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-09-09
Hola Miguel Ángel,
Depende del año y el plazo de cada operación.
Si has vendido en 2015, entonces seguro que sí las puedes compensar. Si preguntas por años anteriores, dime cuándo fue y el plazo de cada operación.
Saludos.
Miguel Angel Lopez · 2015-09-09
Buenas tardes: exactamente compre los fondos en febrero de 2007 y he vendido parte de ellos en agosto de 2015 con unas plusvalias de 2.800 euros. Compré acciones en febrero de 2010 y he vendido en mayo y agosto de 2015 con unas minusvalias de 16.000 euros. Por lo que dices podré compensarlas en la declaracion de hacienda que haga en 2016 quedando unas minusvalias restantes de 13.200 que supongo podré volver a compensar en los siguientes cuatro años si hiciese otras ventas, por ejemplo de fondos, y tuviesen plusvalias.
Muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-09-14
Hola Miguel Ángel,
Sí, es así como dices. Las puedes compensar así, y te quedan esos 13.200 pendientes.
Lo único es que tengas en cuenta que a partir de 2015 las minusvalías también las puedes compensar en parte con dividendos e intereses de cuentas y depósitos. Tienes los detalles en:
[url="http://www.invertirenbolsa.info/Fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-acciones-ejercicio-2015-declaracion-a-presentar-en-mayo-junio-de-2016.html"]Fiscalidad de las acciones en 2015[/url]
Saludos.
Miguel Angel Lopez · 2015-09-29
Muy buenas: Con respecto al caso anterior he visto al ver el ultimo extracto que me ha mandado la gestora que lo mismo no calculé bien las plusvalias porque me ha surgido una duda sobre en valor de compra, me explico.
Compré, en enero de 2007, 1.706 participaciones del fondo A por un importe de 9.500 euros. En el año 2009 ese fondo queda absorbido por el fondo B quedandome 136 participaciones. En ese momento el valor del fondo es de 6.900 solamente. Cual es el precio real de compra que debo poner en la declaracion, los 9.500 iniciales o los 6.900 en que se convirtieron. Yo consideraba los nueve mil y la gestora me pone desde entonces que son los 6.900.
Muchas gracias y perdona por tanta pregunta
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-09-30
Hola Miguel Ángel,
Son los 9.500 euros seguro, que es lo que invertiste realmente. A veces la información que dan las gestoras no es exactamente la información fiscal, como en este caso.
Saludos.
Pedro · 2016-04-23
Hola: a ver si me podéis orientar. Llevo días intentando que me aclaren en hacienda y cada vez que hablo me dan una solución diferente.
En el 2000 compré acciones de telefónica y terra.
En el 2005 me canjean 65 acciones de terra que me habían costado 5.900 euros por 14 acciones de telefónica con un valor de 196 euros.
En el 2015 he vendido todas las acciones de telefónica incluídas las 14 que me dieron por las 65 de terra.
¿Cuál es el precio de compra que le tengo que asignar a esas 14 de telefónica que me costaron 5.900 euros?
Y por otro lado, ¿cómo declaro las acc de terra: precio de compra 5.900 y precipo de venta 196? o si a las 14 anteriores les puse de precio de compra 5.900, ahora a las terra tambien les tengo que poner precio de venta 5.900.
¿O ya no declaro las terras?.
Un saludo y gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-25
Hola Pedro,
Por el momento del canje no tienes que hacer nada.
El importe de venta que tienes que poner es lo que te han dado ahora por vender todas.
El importe de compra de esas 14 acciones es de 5.900 euros. A eso le tienes que sumar lo que te costaron las demás acciones de Telefónica, y el total es lo que tienes que poner como importe de compra. El precio de venta de esas Terras es el de 14 Telfónicas que has vendido ahora.
Saludos.
Pedro · 2016-04-26
Claro como el agua.
Muchas gracias.
Recibe un saludo
Pedro
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-04-26
De nada, Pedro.
Saludos.
jose · 2016-06-21
Gracias anticipadas, buenas tardes, creo que salgo loco, pues por mucho que leo mas me lio. Resulta que en el año 2015 obtuve perdidas patrimoniales por la venta de acciones de 3200€, pues relleno la cas 285, y me sale entidad emisora, aquí hay que poner el nombre de las acciones vendidas o sea Jazztel, o el NIF del emisor?? Y en tipo de valor que origina la ganancia o perdida patrimonial, me sale opcion 1 y 2 y no se cual es por venta de acciones de Jazztel y pongo el valor de trasmision 481€ y el valor de adquision 3680€.
Tengo de Rtos de capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro un total de 1033€ en cas 023, y de 110€ en cas 025 de dividendos, total ingresos integros cas 033 me da 1140€ menos los gastos de administracion 47€, me da en total de rto neto reducido de 1095€.
Se incorpora automaticamente en la cas 387 el 10% de esta cantidad o sea 109,50€.
No se si tengo que rellenar este año la cas 383 o incorporar la anterior cantidad a otra casilla pero me sale una diferencia de 21€ entre poner la perdida patrimonial de la venta acciones y no ponerla, no se si hago algo mal, yo pensaba que me iba a repercutir positivamente los 109,50€ del 10% de la base del ahorro. He leido por una respuesta suya algo del 19% y ya no me cuadra mucho, muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-22
Hola Jose,
Entidad emisora es Jazztel, en este caso.
Tienes que elegir el tipo 1.
En la casilla 383 (PADRE de 2015) van las pérdidas de años anteriores que se compensan en 2015. Como en 2015 no has tenido plusvalías, no puedes compensar nada, y por tanto en la 383 no debes poner nada.
Esos 21 euros son aproximadamente el 19,5% de los 109,50, es correcto. Si tuvieras plusvalías el ahorro por esas pérdidas de Jazztel sería mayor.
En las casillas 396, 397 y 398 (PADRE de 2015) tienes las pérdidas que podrás compensar en los 4 próximos años.
Saludos.
jose · 2016-06-22
muchas gracias por la pronta respuesta Gregorio, en las casillas 396 y 398 no me sale nada, en la 397 me sale 3090,23€, en caso de que sea la Renta 2016 igual a la 2015, tendría que poner esta cantidad en la casilla 383, no? gracias de nuevo
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-23
De nada, Jose.
Sí, en el PADRE de 2016 tendrás que poner lo que te sale en la 397 en el equivalente a la casilla 383 de este año. Pero sólo si en 2016 tienes plusvalías para compensar, si no las tienes, no pones nada en la 383 (su equivalente), y las sigues guardando para 2017 a 2019.
Saludos.
Miguel Angel · 2018-01-21
Buenas tardes: Hace mas de dos años que no me pongo en contacto contigo y de hecho no sé si seguirá operativa la pagina, si es asi desearia hacer una pregunta.
Compré unos fondos de inversion de Mapfre en 2007 con un valor de compra de 9500 euros. En 2009 fueron absorbidos por otro fondo de Mapfre cuyo valor en ese momento eran 6000 euros. Si yo los vendo ahora (o cambio por otro fondo), al hacer la declaracion de renta debo considerar que la compra fueron 9500 euros o los 6000 como resultado del nuevo fondo
Que interesaria mas, cambiar por otro fondo o vender los de Mapfre y luego comprar los otros.
Muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2018-01-22
Hola Miguel Ángel.
La web sigue operativa, y cada vez con mayor actividad. Pásate por el foro, y verás muchas cosas que te interesarán. Y por si no lo sabes, hace un tiempo que puse una base de datos que actualizo constantemente:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/historico_dividendos.htm]Base de datos históricos de empresas españolas y extranjeras[/url]
Una aplicación para que te gestiones tu cartera y tu patrimonio:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/tu-patrimonio]Aplicación "Tu patrimonio" para gestionar tu patrimonio de Invertirenbolsa.info[/url]
Y muchas más cosas que verás navegando por los menús.
El precio de compra son 9.500 euros.
Que te interese más ahora traspasar a otro fondo o venderlo depende de si ganas o pierdes, el tipo de fondo que sea, en qué fondos están pensando meter el dinero, etc.
Si me cuentas un poco, te digo qué veo mejor para tu caso.
Saludos.
Miguel Angel · 2018-02-06
Muchas gracias por la informacion y perdona no habertelas dado antes, pero sigo con lios de herencias, bancos etc y no he tenido tiempo y entre tanto lio me ha surgido una duda al ir a gestionar el fondo que te comenté antes. El fondo lo compré a un valor de 9.500€, cuando a los dos años fue absorbido valia 6.900€, si yo lo vendo ahora por ejemplo por 9.000€ debo pagar algun impuesto ? No se si la venta se hace con el precio inicial y por tanto habria una minusvalia de 500€ (9500-9000) y no pagaria nada o lo consideran como dos operaciones, una, hasta la absorcion, con una minusvalia de 2.600€ (9.500-6900) que no pagaria nada y otra "a partir de la absorcion" que seria una plusvalia de 2.100€ (9000-6900) pagando un 19% de esos 2100 (supongo que lo haran como una sola operacion, o sea minusvalia de 500). La pregunta te la hago porque aunque parezca mentira en la gestora no lo saben y no sé, además, que interesaria mas, si venderlas y comprar otro fondo o hacer un traspaso a otro fondo de otra gestora.
Muchas gracias y un saludo
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2018-02-09
De nada, Miguel Ángel, no te preocupes.
Si vendes ahora ese segundo fondo por 9.500 el importe de la compra son los 9.500 que metiste en el primer fondo, así que ahora tienes una pérdida de 500 euros (9.000 - 9.500 = -500).
Se considera como una única operación, seguro que es como te digo.
Para lo de qué hacer con los fondos y demás te recomiendo que abras un hilo en el foro, porque será mucho más ágil, ya que eso va a ser más largo, y es mejor mirarlo con detalle, y para eso va mejor el foro.
Saludos.
Miguel Angel Lopez Barahona · 2018-07-09
Buenas noches: En el año 2000 heredé una serie de acciones de mi padre siendo usufructuaria mi madre. Mi madre fallece en el 2018 sin haber vendido ninguna durante ese tiempo. Cuando se vendan esas acciones que valor de compra se debe poner, el que tenia en el 2000 con las correcciones oportunas por las diferentes ampliaciones de acciones liberadas o el del 2018.
Un saludo y muchas gracias
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2018-07-11
Hola Miguel Ángel.
Tu valor de compra es el del año 2000, porque es cuando tú adquieres la propiedad de esas acciones. Durante estos 18 años tu madre ha tenido el usufructo, pero el dueño eras tú desde el año 2000.
¿Tienes intención de venderlas, o no?
Si me dices de qué empresas son te oriento sobre cuáles veo mejor quedarse a largo plazo (para cobrar los dividendos, y que tengas esa renta), y cuáles vería mejor venderlas para cambiarlas por otras.
Saludos.
- Fiscalidad vivienda habitual ejercicio 2011 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2012)
- Fiscalidad alquiler de inmuebles ejercicio 2011 (y hasta la actualidad)
- Fiscalidad compensación de minusvalías (regla de los "2 meses" y cómo evitarla) ejercicio 2010 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2011)
- Fiscalidad de los dividendos pagados por empresas extranjeras ejercicio 2010 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2011)
Norwegian bokmål (Norway)
Polski (PL)
Danish (Danmark)
Finnish (Finland)
Svenska (Sweden)
Nederlands (nl-NL)
Português (Portugal)
Français (France)
Deutsch (Deutschland)
Español (ES)
English (UK)



Comentarios
alex · 2012-04-19
Pues esa es mi pregunta, saber si necesito estar dado de alta en autonomos o como empresa para poder invertir a traves de un broker online.
gracias
Invertir en Bolsa · 2012-04-20
Hola Alex,
No, en absoluto, no tienes que estar dado de alta en ningún sitio para invertir en Bolsa, lo puede hacer cualquier persona, sin necesidad de cumplir nigún requisito (únicamente, los menores de edad deben estar representados por sus padres, nada más).
Un saludo.
NUEVO BOLSERO · 2012-05-28
HOLA IEB;
estoy intentando hacer, buscar e informarme de alguna estrategia para intentar que la fiscalidad me sea menos gravosa, creo que es imposible dada mí situación ya que llevo 5años de autónomo en España y me gustaría pagar menos fiscalmente...pero de momento me estoy informando y viendo la posibilidad que te comento.
Voy a mí pregunta, a la hora de buscar mejores posibilidades fiscales para residir o crear una empresa o trabajar como autónomo, según tú conocimiento qué paises son los más interesantes para mirar y estudiarlos???
Gracias, y saludos.
Invertir en bolsa · 2012-05-29
Hola Nuevo Bolsero,
No sé muchas concretas de este tema. Para crear una empresa en Andorra creo que un andorrano tiene que ser el socio mayoritario, o al menos tener un porcentaje importante.
Suiza creo que es interesante, pero imagino que tendrías que irte a vivir allí.
Dentro de lo que sé y para permanecer en España creo que una posibilidad que está utilizando cada vez más gente es crear una SL (o como se llame allí) en Reino Unido. No puedo decirte los pasos exactos (porque no los sé), pero creo es algo que están usando cada vez más españoles, y que permite seguir viviendo en España.
Un saludo.
NUEVO BOLSERO · 2012-05-31
GRACIAS!!
Mar · 2012-11-28
El grueso de mis inversiones son Bonos que generan un cupon anual y tambien obtengo dividendos de acciones extranjeras. Pues bien, tengo alguna forma de compensar estos rendimientos de capital ? Vendiendo acciones, Fondos Estructurados, Fondos referenciados a un indice o Bonos que esten cotizando por debajo del precio de compra ? O cómo ?
Otra pregunta, si compro un bono al 115% y al momento del reembolso recibo el 100%, la diferencia se considera perdida patrimonial y puedo compensar ganancias patrimoniales que he tenido, por ejemplo, en la venta de acciones? O en el caso inverso, que haya comprado un Bono al 85% y lo vendiese al 105% ?
Invertir en bolsa · 2012-11-29
Hola Mar,
No, ni los intereses de la renta fija ni los dividendos de las acciones se pueden compensar con ningún tipo de minusvalía. Son cosas independientes.
En el caso de los bonos una alternativa es meter ese dinero en fondos de inversión (si no lo sacas), aunque esto tiene sus inconvenientes, como que dependerías de lo que haga el gestor, te afectarían más las fluctuaciones de los precios (porque ya no cobrarías intereses, sino que sólo tendría participaciones), etc.
La segunda pregunta sí es así. Si compras un bono por encima del nominal y esperas a vencimiento, la diferencia es una pérdida patrimonial. Y una ganancia patrimonial si lo has comprado por debajo del nominal.
Un saludo.
rauls · 2012-12-26
BUENOS DIAS ESTO INTERESADO EN METER ALGUN DINERITO EN UN DEPOSITO A 10 DIAS QUE ME RENTA UN 0,94 DE HAY MI PREGUNTA ES SI INVIERTO 30000 EL ESTADO A LA HORA DE DARME EL DINERO EL BANCO ME QUITA UN 27% DE IMPUESTOS Y LUEGO EN LA DECLARACION DE LA RENTA QUE ES LO QUE TRIBUTA EL BENEFICIO DE ESOS 30000 EUROS O QUE, SI ME LO PUDIERA ACLARAS, SALUDOS
Invertir en bolsa · 2012-12-26
Hola Raul,
Si metes 30.000 euros te van a retener el 21% de los intereses que cobres. Como es a 10 días, al 0,94% (anual, entiendo), en esos 10 días cobrarás unos 8 euros, por los que tendrás que pagar un 21% (de lo ganado) en la declaración del IRPF. De esos 8 euros te retendran 1,6 euros, aproximadamente (el 21% de 8 ).
Así que en este caso la retención que te harán coincide con lo que finalmente tendrás que pagar.
Un saludo.
mercedes · 2013-01-10
Hola,
Quisiera saber, si los impuestos sobre un plazo fijo son los mismos para 6 meses que si el plazo es superior al año, en el Banco me han dicho que el porcentaje que me retienen y que debo pagar a Hacienda por IRPF, es inferior si deposito el dinero a un periodo superior al año.
Por favor, ¿podrias confirmame esta información?.
Gracias,
Saludos,
Mercedes
Invertir en bolsa · 2013-01-24
Hola Mercedes,
La fiscalidad de los depósitos en 2013 es exactamente la misma que en 2012. Es la que ves en este artículo.
Sigue sin haber diferencia entre depósitos a más o menos de 1 año. Eso sí cambia en 2013 para acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, etc. Pero no para los depósitos.
Un saludo.
mercedes · 2013-01-24
Muchas gracias por tu respuesta.
Esta claro que el Banco no me informó bien.
Tu información me sirve de mucha ayuda,
Saludos, Mercedes
Invertir en bolsa · 2013-01-25
Gracias, Mercedes.
Montse · 2013-01-31
Hola, mi hijo menor de edad ha recibido una cantidad de dinero que le meto en depósitos, mi pregunta es cuando tenga yo que hacer la declaración de hacienda el beneficio a quien se le pone en la declaracion a mi hijo o a mí?
Invertir en bolsa · 2013-02-01
Hola Montse,
Lo tiene que reflejar uno de los dos, tu hijo o tú.
Si tu hijo hace declaración independiente, seguramente le devolverán las retenciones, pero tú no prodrás desgravarte por él (desgravación por descendiente).
Lo normal es que sea más rentable que los padres reflejen los ingresos de los hijos en su declaración, para no perder esa desgravación. Pero si los ingresos del hijo fueran importantes, puede llegar a merecer la pena hacer declarciones separadas.
Ante la duda lo mejor es hacer la simulación de ambos casos con el PADRE, y presentar las declaraciones de la forma que sea más favorable.
Un saludo.
SAMGRIENTO · 2013-06-14
Buenos días, Gregorio
Mi problema es que tengo unos Bonos Senior de una empresa que tenían fecha de vencimiento en Febrero de 2013.
Cuando llegó la hora de liquidar la deuda a 100 % del nominal y sus correspondientes intereses desde el último cupón, la empresa se somete a proceso concursal y no devuelve su deuda.
No sólo eso: los Bonos ya no cotizan en el Mercado. Por tanto no se pueden ni siquiera vender a precio de saldo.
He preguntado a un asesor sobre el tratamiento fiscal del asunto y me dice que con fecha de la amortización o vencimiento prevista, me compute la pérdida completa de la inversión (RCM). Es decir, como a fecha de "venta" de mis Bonos he recibido 0 €, pues todo lo invertido es pérdida.
Y, si en el futuro recupero algo lo compute, en ese momento, como ganancia (en RCM, al ser producto de RF).
Estoy harto de "googlear" buscando una confirmación de ese criterio pero no encuentro nada.
Tú cómo lo ves ??
Muchas gracias de antemano y un cordial saludo
Invertir en bolsa · 2013-06-14
Hola Samgriento,
Si sigues teniendo el bono, entonces de momento no debes hacer nada, porque es una operación que sigue abierta. Es decir, el bono se deebería haber pagafo y ya no debería existir, pero por las circunstancias que comentas el bono aún existe, aunque no se sepa cuándo se pagará, ni cuánto te pagarán (si todo, una parte, etc).
Entiendo que este es tu caso, porque la empresa ha suspendido pagos pero sigue funcuinando, no ha cerrado.
Esto puede tardar años en resolverse. Hasta que no se resuelva y te digan que te pagan "tanto", no tendrías que declarar nada en el IRPF.
Un saludo.
Irene · 2013-09-19
Buenos días,
Voy a contratar un deposito a 36 meses y los intereses me los ingresan al finalizar el mismo,
es decir, dentro de 36 meses.
En la declaración de dicho año he de declarar la totalidad o debo prorratear por cada año?
No sé como he de declararlo.
Muchas gracias
Invertir en bolsa · 2013-09-19
Hola Irene,
No tienes que prorratear, tienes que declararlo en el año en que te los ingresen.
Un saludo.
Esgol · 2013-12-05
Hola
De un maldito depósito referenciado del año 2009 he perdido 9800 euros. ¿Puedo reducir algo en la próxima declaración de la renta?. ¿Como?
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-12-09
Hola Esgol,
Sí lo podrás compensar de alguna forma, pero explícame un poco más los detalles.
Al vencimiento, ¿te dieron acciones o no? Esos 9.800 euros, ¿son una una pérdida ya materializada o es lo que perderías si vendieras ahora las acciones, en caso de que te entregaran acciones?
Un saludo,
Esgol · 2013-12-09
Hola
Gracias por contestar.
La pérdida se materializó el día 25 de noviembre. Al vencimiento me dieron esos 9.800 euros menos gracias a un gran y buenísimo depósito referenciado de Deutsche Bank (Phoenix Nota Santander-Telefónica II).
Saludos
Invertir en bolsa · 2013-12-10
Hola Esgol,
Pues entonces lo puedes compensar con otras plusvalías que tengas en 2013, ó en los 4 siguientes años, en otros fondos de inversión, acciones, inmuebles, etc.
Un saludo.
Rasualba · 2013-12-23
Hola
Tengo una duda,Tengo un deposito de 20000 euros y me vence este mes mi pregunta es cuando me venza y ingrese el dinero en mi cuenta al hacer la liquidacion de la renta debo declarar este importe y si tiene fiscalidad ademas de las retenciones de los intereses recibidos
Invertir en bolsa · 2013-12-26
Hola Rasualba,
La fiscalidad del depósito es la que ves en este artículo.
Al pagarte los intereses te van a retener el 21%.
Si tus ingresos por todos estos conceptos (incluyendo también venta de acciones o fondos, dividendos, etc) no superan los 1.600 euros en el año, no tendrás obligación de hacer la declaración del IRPF en Mayo-Junio de 2014. Pero te interesará hacerla, aunque no estés obligado, para que te devuelvan todo lo que te hayan retenido.
Un saludo.
El Aprendiz de Bolsa · 2014-02-10
Hola Gregorio,
¿Existe algún tipo de exención en esta legislación de cuentas remuneradas, depósitos y renta fija parecida a la que se aplica con los primeros 1.500 euros de cobro de dividendos?
Muchas gracias.
Invertir en bolsa · 2014-02-12
Hola Aprendiz.
No, no hay nada similar a los 1.500 euros primeros exentos en los dividendos para depósitos, bonos, cuentas remuneradas, etc.
Un saludo.
JAMES · 2014-05-09
hay alguna diferencia o ahorro fiscal, al contratar un deposito a plazo fijo por ej. de 10.000 euros, con abono de ints al vencimiento , bien a 25 meses ó 36 meses??????
gracias
Invertir en Bolsa · 2014-05-12
Hola James,
No, fiscalmente no hay ninguna diferencia entre esos 2 depósitos.
Un saludo.
Thomas Laursen · 2014-06-20
Hola
Me ha dejado perplejo que no puedo compensar mis perdidas de acciones de menos de un ano de 2012 con las ganancias de menos de un ano de 2013. Ahora tengo que tener fe que puedo generar algunos ganancias de mas de un ano para no perder el activo de las perdidas. Mis dudas son relacionados a bonos hipoteticas que tengo desde 2005. Cada ano amortizan parte del los bonos y como consequencia declaro las ganancias. Mi pregunta es si puedo usar las perdidas de acciones de menos de un ano de 2012 para compensar las ganancias de los bonos que amortizaban en 2013?
Mi otra duda es que he oido que se puede reducir las ganancias de bonos con 40% si son comprados antes que 2006. Sabe si es correcto?
Muchas Gracias!
Thomas
Invertir en Bolsa · 2014-06-23
Hola Thomas,
Las ganancias que se tengan en los títulos de renta fija son rendimientos de capital mobiliario, y por tanto no se pueden compensar con minusvalías. Algo que sí se puede hacer es compensar pérdidas en preferentes con intereses de otros bonos, por ejemplo.
La reducción del 40% hasta 2006 era para rendimientos del capital mobiliario generado a más de 2 años. Si los tuvieras, al poner las fechas el PADRE te los calcularía automáticamente.
Un saludo.
Thomas · 2014-06-24
Gracias por la respuesta. A que refiere 'generado a mas de 2 anos'?
Un saludo cordial
Thomas
Invertir en Bolsa · 2014-06-24
De nada. Thomas.
Eso quiere decir que entre la fecha de compra y la de venta han pasado más de 2 años.
Un saludo.
Thomas · 2014-06-24
Agradezco mucho la respuesta rapida, pero sigo un poco perdido en este tema. Para aclarar cosas, yo compre unos bonos hypotecarias en 2005. Hasta ahora me han dado rendimiento en forma de intereses. En 2013 algunas de los bonos eran amortizados a precio 100. Por lo tanto tengo una ganancia en comparision del precio del 2005 que era 95. Puedo reducir esta ganancia con 40% en la declaracion? Supongo que la casilla relevante seria 509 si podria aprovechar esta reduccion.
Un saludo cordial
Thomas
Invertir en Bolsa · 2014-06-25
Hola Thomas,
Sí, así es. Esa ganancia de 5 se ha conseguido en más de 2 años, y la casilla es la 509.
Un saludo.
Julio · 2014-06-25
Hola, tengo un deposito a diez años de 33000 euros que hice el 28 de diciembre de 2004 y que me vence el 29 de diciembre. mi pregunta es si hay alguna diferencia fiscal si lo cancelo ahora o espero a la fecha de cancelación en la que habrían pasado 10 años y un dia. En este momento no tiene gastos de cancelación pero me retiene directamente el banco el 21% .
Gracias
gracias
Invertir en Bolsa · 2014-06-26
Hola Julio,
Fiscalmente no hay idferencia. El 21% es la retención normal.
Un saludo.