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Fiscalidad rendimientos del capital mobiliario (dividendos y primas de asistencia a juntas de accionistas)
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Hola Gregorio: ¿Sabes cómo tributarían los dividendos en Navarra? ¿Es más o menos como en el resto de España en cuanto a (i) tramos, (ii) exención de los primeros 1500 EUR (al menos hasta este año) y (iii) retraso de la tributación/minoración del precio de compra por la venta de derechos en las ampliaciones liberadas? A lo mejor es una pregunta muy específica, pero el hecho es que no estoy encontrando respuestas en la web de la hacienda foral navarra. Un saludo, y gracias por todo
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Hola, una cuestion que no mme queda clara. Si vendo acciones que han sido recibidas como pago de dividendos, que valor seria el de adquisicion? o es todo ingreso, como lo declaro en renta. Gracias
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Hola DDFFLL,
Los dividendos son independientes de las plusvalías, cada cosa va por su lado.
En este ejemplo, por los 3.000 euros de plusvalías pagarías el 21%, ya que serían tus primeros 3.000 euros de plusvalías, aunque hubieses cobrado mucho más en dividendos.
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Hola IB, he estado viendo como se calcula la base imponible y me ha surgido una duda, te pongo un ejemplo: Si cobro 7500 euros en dividendos, de estos, 1500 están exentos, y de los otros 6000, pagaría el 21%. Pero si ese año he vendido una acciones con una plusvalía de 3000 euros, ¿cuanto pagaría por esta plusvalía suponiendo que se ha generado a partir de un año desde la compra? Yo pensaba que pagaría el 21%, ya que no lo asociaba con los dividendos, pero tras lo que acabo de leer me surge la duda si lo tendría que sumar a la base imponible de los dividendos y tendría que pagar el 25%.
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Hola Pablo,
Si es un dividendo normal da igual lo que hagas con ese dinero, sí, pagarás lo mismo en cualquier caso.
Si es un script dividend, que es una ampliación de capital y no un dividendo normal, sí hay diferencias, que puedes ver en el enlace anterior con detalle.
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Muchas gracias por tu atención. Tengo claro que la primera y la tercera no son las adecuadas. Con estos tres ejemplos me quería referir a que si tributamos de la misma forma si gastamos el dinero de los dividendos, si lo reinvertimos en la misma empresa o si lo reinvertimos en otra. Es decir, en el momento en que se haga entrega de dividendos, da igual lo que hagas con ellos, ya están sujetos a tributación? perdón por expresarme mal en la anterior pregunta, saludos!!
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Hola, he adquirido los libros y buceado por esta web para complementar mi formación sobre la estrategia de inversión que quiero desarrollar, me imagino que igual que todos ustedes. Lo tengo todo bastante claro, pero hay una duda que me corroe por dentro y no he encontrado ningún tema que hable sobre esto. La planteo a ver si me pueden ayudar. Imaginemos que tengo una cartera de valores solamente con BBVA, por ejemplo, y que en este ejercicio rebibo mas de 1500€ por dividendos. Ahora vamos con los tres caminos que me generan dudas: 1-Ese dinero lo reinvierto adquiriendo más acciones del BBVA. 2-Ese dinero lo reinvierto adquiriendo acciones de Iberdrola, por ejemplo. 3-Ese dinero lo retiro de mi cuenta de valores y me voy de vacaciones, por ejemplo. ¿Que diferencia fiscal hay entre esos tres caminos? ¿Pago lo mismo en la renta en cada uno de estos casos? Muchas gracias y muy amables por vuestra ayuda!!
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Hola Ignacio,
En muy pocas ocasiones se paga por la asistencia a la Junta General, pero alguna ahí. Suelen ser cantidades muy pequeñas, y para cobrar es suficiente con ser representado (por ejemplo, firmando la tarjeta de asistencia y enviándosela al broker donde tengas depositadas las acciones).
No hay que reunir ningún requisito, sólo ir a la Junta o ser representado por alguien.
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No sabía que la asistencia a juntas de accionistas se premia (Me imagino que no todas las empresas lo harán) con una prima. Aprovecho para preguntarle si esto es así, y de ser así, también quisiera saber si el que la cobra debe reunir unos requisitos para ello (Antiguedad como accionista, porcentaje mínimo de acciones, etc.). Muchas gracias y un saludo.
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Hola, no se si sera el sitio adecuado para postear esto, es "legalmente" viable/posible tradear con dinero ajeno y entregar dividendos y que de cara a hacienda este todo claro ?
Cual seria el proceso para gestionar esos fondos/patrimonio de esas personas ? que tipo de empresa, categoria/autonomo, seria necesaria entre otras cosas?? retenciones IRPF y etc ?
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Si cobro menos de 1500€ de dividendos y cumplo con la norma de no comprar o vender a 2 meses de la fecha de cobro de los mismos. Hacienda me devuelve el 21% que ya me descontaron cuando me los abonaron?