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Fiscalidad venta de acciones ejercicio 2021-2022-2023 (declaración a presentar en Mayo-Junio de 2022-2023-2024)

 

La nueva tabla de tipos a pagar por las plusvalías obtenidas por la venta de acciones (y fondos de inversiónderivadosETF'sinmuebles, etc) es la siguiente:
  • Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 19%
  • Entre 6.000,01 y 50.000 euros: se paga el 21%
  • Entre 50.000 euros y 200.000 euros: se paga el 23%
  • Más de 200.000 euros: se paga el 26%

En 2023 se añaden estos 2 tramos:

  • Entre 200.000 y 300.000: se paga el 27%
  • Más de 300.000: se paga el 28%
Estos porcentajes se aplican al total de plsuvalías (restando las minusvalías correspondientes) de todos los productos (acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, CFD's, etc). Por ejemplo, si se tienen unas plusvalías de 5.000 euros con acciones y de otros 3.000 euros con futuros, la suma total son 8.000 euros, y por tanto habrá que pagar a Hacienda el 19% de 6.000 euros más el 21% de 2.000 euros.
Se eliminan los coeficientes de abatimiento que existían hasta 2014 para las acciones (e inmuebles, y otros bienes) comprados antes del 31 de diciembre de 1994, para las plusvalías que pasen de 400.000 euros (de importe de venta).
Es decir, las plusvalías de los bienes adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 tendrán los mismos coeficientes de abatimiento que tenían hasta 2014 hasta llegar a los 400.000 euros (de importe de venta, no de plusvalía). Lo que pase de los 400.000 euros pagará lo mismo que una plusvalía normal y corriente.
Ese límite de 400.000 euros es para todos los activos. Por ejemplo, una venta de acciones de 200.000 euros y una venta de un inmueble de otros 200.000 euros ya sumarían los 400.000 euros, y agotarían dicho límite de 400.000 euros. Este límite de 400.000 euros no es sólo para 2021, sino hasta que se alcance, de forma indefinida (o hasta que cambie la ley). Si se utilizan 100.000 euros en 2015, otros 100.000 euros en 2016 y otros 200.000 euros en 2018 ya se habría agotado este límite de 400.000 euros. Se puede elegir qué bienes entran dentro de este límite de 400.000 euros, en el caso de que se vendieran varios con estas características y en total superaran esos 400.000 euros.
La plusvalía o minusvalía se calcula teniendo en cuenta todas las comisiones de compra y de venta, como siempre. Se mantiene el criterio FIFO y continúa en vigor la “regla de los 2 meses”.
Se pueden compensar las pérdidas en accionesfondos de inversión, etc con los dividendos, intereses de cuentas y depósitos. En 2021 y siguientes años se podrá compensar hasta un 25% de los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses, etc). Es decir, si se han cobrado unos dividendos de 1.000 euros, se podrán compensar 250 euros con pérdidas (en acciones, fondos, etc). 
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones
Comentarios (53)
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BUENAS TARDES , PASO A COMENTARLE LA SIGUIENTE PREGUNTA,
TENGO QUE VENDER UNAS ACCIONES DEL BANCO DE SANTANDERCOMPRADAS EN LOS AÑOS 2001 2002 2003 Y HASTA 2017 LAS CUALES ME GENERAN UNA PERDIDA EN LA VENTA.PREGUNTO ¿ LA PERDIDA QUE GENERAN LA PUEDO COMPENSA CON GANANCIAS DE DIFERENTES ACCIONES QUE COTIZAN EN BOLSA? GRACIAS POR SU INFORMACIÓN , UN SALUDO
Marin Ballano Nieto
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Hola buenas. Tengo algunas acciones en IBKR desde 2022 en una cantidad que no supera los 2000€.
En 2022 no llegaba a tener ni 1000€ pero compré alguna que daba dividendos. Tengo un trabajo he hice la declaración de renta on line aceptando los datos de hacienda. Mi duda es si estaba obligado a declarar las acciones aunque no haya vendido por dar alguna dividendos aunque sean 2 o 3 euros? Que tendría que hacer ahora.
Gracias.
Oriol
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Buenas!! He ido comprando acciones durante los últimos 10 años, y he recibido "script dividends" en más acciones que me iban dando cada año.
Ahora quiero vender el 80% de lo que compré. Puedo poner en la Renta, el total del importe de la compra por ese 80% de las primeras acciones que compré (y el importe total de la venta por ese 80%) y ya está? O he de poner las operaciones de compra 1 a 1 con sus scripts, haciendo el método FIFO, que la verdad, será bastante liado todo y tendré más de 40 líneas a poner? Muchas gracias por avanzado!
RAFA
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Hola Rafa,

No tienes que poner el precio medio por acción, sino el importe total de la venta y de la compra. Este importe total lo puedes calcular de la forma que te sea más cómodo.

Probablemente necesites el método FIFO para ver qué acciones has vendido ahora, y con ello calcular ese importe total. Pero no tienes que poner el detalle de todas las operaciones en la declaración del IRPF.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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¿Y qué pasa con las acciones inglesas desde el Brexit?
Julkito
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Hola Julkito.

No pasa nada especial con el tema de la fiscalidad, porque no ha cambiado nada.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes Gregorio,

estaba buscando por todas partes y finalmente me tope con tu pagina :-)

Al igual que Igor estaba buscando informaciones sobre el tema de la regla de los 2 meses que se convierten en 12 meses por ejemplo por las acciones Norteamericanas.

El lenguaje del "Manual renta" de 10.06.2022 me resulta bastante oscuro y peor si cabe el articulo 93 de la directiva de 2014. Pero el manual renta indica lo siguiente:
--
La aplicación de esta norma cautelar está condicionada a que la recompra se realice en los siguientes plazos:

Dos meses anteriores o posteriores a las transmisiones, tratándose de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros.
Tenga en cuenta que la Directiva 2004/39/CE ha sido derogada con efectos de 3 de enero de 2017 por la Directiva 2014/65/ UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros. Ésta, en su artículo 94 dispone que las referencias a la Directiva 2004/39/CE se entenderán hechas a la Directiva 2014/65/UE.
a.
Un año anterior o posterior a las transmisiones, cuando se trate de valores o participaciones no admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores anteriormente citados.
b.
Un año posterior a la transmisión, tratándose de otros elementos patrimoniales. Cabe precisar que en todo caso debe adquirirse el mismo elemento patrimonial transmitido.
--
y antes de ver tus respuestas a las preguntas me había resignado a que las acciones Norteamericanas entraban en lo que indica en un año posterior a la venta la letra b del manual renta. Podrías por favor indicarme cual es entonces la norma de 2017 que indica que las acciones Norteamericanas (entre otras supongo) siguen la regla de los dos meses para deducir perdidas y no la de un año?

Muchas gracias de antemano
Daniela
Daniela
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Me alegro, Daniela :)

Este es el enlace:

Las acciones de EEUU son dos meses en lugar de 12 meses

Desde este documento el período para las acciones de EEUU es también de 2 meses.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes Gregorio, en lo que va de año he comprado y vendido diversas acciones del Ibex con una ganancia de 6500€, actualmente tengo acciones de IAG y pierdo 4800€, sí decido venderlas mañana y recomprarlas al día siguiente, manteniéndolas en mi poder más de dos meses... computaria a efectos de hacienda la pérdida por la venta de dichas acciones sobre la ganancia? Gracias
María
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Hola María.

No, lo tienes que hacer de otra forma.

Tienes que vender las acciones de IAG pero en 2 meses no puedes volver a comprar acciones de IAG.

Sí puedes vender las acciones de IAG y comprar inmediatamente futuros o CFD de IAG. Y cuando pasen 2 meses cambias los futuros o CFD por acciones de IAG (vendiéndolos, o ejerciéndolos).

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes, quería preguntar mi caso, tengo unas acciones de telefónica en 1994 compradas a 900 pesetas y las he vendido este 2021 a 3,70. Me han hablado que para acciones antes 1994 hay unos coeficiente. Me puedes decir cómo rellenar la declaración.
Gracias
Augusto Romero
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Hola Augusto,

Cuando metas los datos de la venta en la casilla 328 tienes que clicar en "Aplicación de coeficientes reductores ..."

Ten en cuenta que desde entonces ha habido splits, ampliaciones de capital, etc, así que tu precio de compra será mucho más bajo que esas 900 pesetas.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola Gregorio.
En el 2008 fallecio mi padre, tenia 2.260 titulos del BBVA, al estar casados en gananciales el 50% paso en propiedad a mi madre, hemos vendido todas las acciones. En la declaracion de mi madre ¿debemos poner el precio que tenian dichas acciones el dia que fallecio mi padre o el precio al que mi padre compro dichas acciones?
Gracias
Maria Jose
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Hola María Jose.

Las 1.130 acciones de tu padre tienen la fecha y el precio de compra originales. Y si es antes del 31-12-1994 pagará menos por los coeficientes de abatimiento.

Y tus 1.130 tiene fecha de compra del día del fallecimiento, y el precio de compra es la cotización del día del fallecimiento.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola Gregorio.
En 2001 compré 1226 títulos a 12,3 euros de zeltia/pharma mar ( absorción de zeltia por pharma mar). En 2021 al vender las acciones resulta que solo tenía 104 títulos. Que ha podido pasar con los demás títulos? No he tocado esas acciones desde que las compré. Que precio de compra debo poner en la declaración?
Eva
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Hola Eva,

Eso es porque hizo un contrasplit.

Como importe de compra tienes que poner:

1.226 x 12,3 = 15.079,80

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes
Dudas sobre cómo declarar perdidas en acciones al 50 % con mi pareja, ella no está obligada a hacer la declaración.
Pregunta:
El total de las perdidas las puedo declarar yo solo.
Gracias
Pere
Pere
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Hola Pere.

No, no te puedes apuntar tú el 100%.

Mirad a ver si a ella le interesa hacer la declaración. Si la hace se pondrá esas pérdidas, y tiene 4 años más para poder compensarlas. Lo más probable es que le merezca la pena presentar la declaración, aunque no esté obligada (de hecho, a mucha gente que no está obligada a presentar la declaración le devolverían dinero, por eso no les obligan a presentarla).

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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]Hola Gregorio, buscando en internet sobre mi caso he llegado a tu página. Agradezco tu opinión en el siguiente caso (espero que se entienda el planteamiento):

En 2021 he vendido en dos operaciones parte de unas acciones adquiridas en pequeñas compras a lo largo de varios años. Al aplicar la regla FIFO veo que las ventas cubren un total de veinticuatro adquisiciones.[/b]

Mi duda es, si al declararlas en Renta Web del IRPF, debo hacer un apunte por cada compra, aplicando el precio de venta correspondiente para determinar la ganancia o pérdida patrimonial o si puedo incluir el precio medio de las acciones afectadas por cada operación de venta. De esta manera sólo haría dos anotaciones en el programa y no veinticuatro, adjuntando los justificantes que tengo para aclarar los cálculos y el origen de dichas operaciones.

No utilizo el programa de gestión de cartera de la AEAT ya que en las compras las unidades tienen decimales.

Quedo disponible para cualquier aclaración que vieras necesaria.

¡Gracias nuevamente!
José
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Hola José :)

Las puedes agrupar, sí. Y ni siquiera hacer falta que calcules el precio de compra medio por acción, con poner los importes totales es suficiente.

Por ejemplo, la venta fue por 5.000 euros y las 24 compras suman 3.000. Con que pongas "3.000" en importe de compra es suficiente, no tienes que detallar más.

De nada :)
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenos dias

Compre 950 títulos de bbva hace 7 años a 5 euros. Cada año he ido reinvirtiendo los dividendos y ahora poseo 1200 títulos aproximadamente. Cuando venda todos los títulos, que precio de compra debo darle a las que provienen del dividendo?

Gracias
Jesus Tena
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Hola Jesús,

Si las vendieras todas de golpe no tendrías que calcular el precio medio por acción. Sólo tienes que poner en la casilla de importe de compra 4.750 euro (950 x 5).

Si haces ventas parciales si tienes que calcular el precio medio de compra, que es:

4.750 / 1.200 = 3,96 euros

Ese es el precio de compra de las 1.200 acciones.

De nada.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola Gregorio.
Me gustaría preguntarte si al hacer la declaración de la renta es necesario declarar al 50% la venta de acciones y el cobro de dividendos al estar casado en gananciales. La cuenta con la que opero está únicamente a mi nombre.
Muchas gracias.
Un saludo.
Julio
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Hola Julio,

Sí, es así. Aunque la cuenta esté sólo a nombre de uno en realidad es de los 2, así que todo (ventas, dividendos, etc) lo tenéis que declarar el 50% cada uno.

De nada.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola Gregorio. En 2021 vendí unas acciones de Linea Directa. No tienen precio de compra pues fueron otorgadas por ser accionista de Bankinter ( recibí 1 acción de Linea Directa por cada acción de Bankinter). ¿Cómo trato esta venta en la declaración? ¿Pongo precio de compra cero? ¿O podría establecer un precio de compra ficticio igual a la mitad (al ser 1x1) del precio de compra de las acciones de Bankinter, de forma que se reparta la plusvalía obtenida retrasando una parte al momento de vender en un futuro éstas acciones de Bankinter?
Muchas gracias de antemano por tu inestimable ayuda. Felicidades por tu trabajo.
Anakin
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Hola Anakin, y muchas gracias.

Bankinter dio las acciones de LDA como prima de emisión, con una prima por acción de 1,3175 euros.

Así que el precio de compra de tus acciones de LDA es de 1,3175 euros, y el precio de compra de tus acciones de Bankinter lo tienes que reducir en esos mismos 1,3175 euros.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes Gregorio, en mi empresa podemos destinar parte del sueldo a cobrarlo en acciones. Se hace durante un año, mes a mes X cantidad dependiendo del sueldo que hayas decidido destinar. La pregunta es sobre los 3 años en mantener los títulos para la exención de IRPF. Puedo sacar mes a mes cuando vayan venciendo los 3 años o debo hacerlo al final del ejercicio todos de golpe? No salimos de dudas entre unos cuantos compañeros... Muchas gracias!
Aleix
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Hola Aleix.

Ahora mismo no encuentro la parte de la ley en la que habla de eso, pero yo entiendo que son 3 años por cada compra individual, y lo lógico es que sea así. Porque se trata de mantener las acciones 3 años desde la fecha de compra de cada acción, y no debe tener que ver la fecha de otra compras. Así que salvo que la ley pusiera algo muy extraño que yo ahora no recuerdo, sí podréis vender mes a mes.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes Gregorio y gracias por esta pagina
Una duda que me gustaría aclarar para la renta 2022/2023
Tengo unas acciones en mercado continuo compradas desde hace mas de 5 años que pretendo vender (parte de ellas) y que me generarían perdidas y quiero asegurarme si puedo compensar con las ganancias de acciones compradas en el NYSE (USA) en fecha 2.11.21 y 2.12.21, es posible que al ser ganancias no se aplican la regla de los 12 meses que he leído por alguna parte?
Un saludo y gracias
vicente
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Hola Vicente.

A las ventas con ganancias no les afecta la regla de los 2 meses, así es.

Si haces esas 2 ventas el mismo año, por ejemplo 2022, sí que podrás compensar las pérdidas con las ganancias.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas noches tengo una serie de dudas que si es tan amable me gustaría las resolviera. Muchas gracias.

1 de Noviembre de 2021 compro Acciona

6 de Diciembre de 2021 vendo Acciona CON PÉRDIDAS

No han pasado 2 meses----

5 de Enero de 2022 compro Acciona

19 de Enero de 2022 vendo Acciona OTRA VEZ CON PÉRDIDAS

Después no he vuelto a compra Acciona.

-Incluyo la venta de las primeras en la Renta de 2022. ¿Se puede compensar la pérdida con ganancias de otras acciones del mismo año fiscal 2021?.

-Las que he vendido en 2022 las introduciré en la Renta del año 2023. ¿Tendré que señalar la
casilla " No imputación de pérdidas por recompra... ",para poder compensar en caso posible, en la declaración de 2024?


Otra consulta más sencilla. Compré el año pasado 3 acciones que saldé con ganancias antes de acabar 2021, antes de acabar
el mismo 2021, las volvía comprar y las he vendido en 2022 con Pérdidas, sin haberlas vuelto a comprar después. ¿ En este caso,
simplemente podré compensar la pérdida con las ganancias de Otras acciones vendidas durante 2022, es así ?.

Perdón por el tostón y gracias.
RAFAEL
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Hola Rafael, y tranquilo :)

En el primer caso es al revés. Es decir, en la renta de 2021 declaras la pérdida del 6-12-2021 pero marcas la casilla de "No compensación por recompra de valores homogéneos", porque en 2021 no la puedes compensar.

Y en la renta de 2022 podrás compensar las 2 pérdidas.

La segunda pregunta es como dices, sí. Esas pérdidas las podrás compensar en 2022 (pero no con las ganancias de años anteriores, 2021 en este caso).

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Perdón, te he llamado Eduardo en lugar de Gregorio. Pido disculpas
José
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Muchas gracias, Jose, y tranquilo por lo del nombre :)

Entiendo que esto no es una acción cotizada, sino de una empresa que no cotiza, ¿verdad?

En principio sí que hay que pagar por todos los beneficios, pero si este es un caso especial no sé decirte, porque no he visto la escritura. ¿Por qué pone que esta operación debería estar libre de impuestos?

Además de eso, dices que se pide la exención, ¿pero sabes si esa exención fue concedida?

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes. Hace bastante que entro en tu página ya que aclaras las dudas y orientas de una manera comprensible. Mi duda, Eduardo es la siguiente: el año pasado vandí una acción que me había costado hace años 120€ y la he vendido pir 601€. Debo incluir este beneficio en la declaración, cuando en la escritura de compra-venta pone que se pide la exención fiscal. Agradezco tu consejo de antemano
José
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Buenas,
tengo una duda respecto a las comisiones de administración y custodia de valores. Si por ejemplo compro acciones por valor de 10000€ en 2019, vendo ahora en 2022 por 11000€, he tenido una ganancia a declarar de 1000€, pero los gastos de administración y custodia ha sido 3€ en 2019, 5€ en 2020, 5€ en 2021, y 1€ en 2022, entiendo que lo puedo deducir de los 1000€ ganados, aunque se trate de comisiones de administración de años anteriores, es decir ¿me puedo deducir los 14€ de administración y custodia del periodo de 2019 a 2022?. Gracias
Eduardo
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Hola Eduardo,

Esos gastos de mantenimiento te los puedes deducir, pero de otra forma. Estas comisiones se van poniendo cada año en la casilla correspondiente, que en 2021 fue la 029.

De nada.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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