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"Educación financiera avanzada partiendo de cero", el libro de Invertirenbolsa.info
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Libro educación financiera partiendo de cero

Fiscalidad compensación de minusvalías (regla de los "2 meses" y cómo evitarla) ejercicio 2007 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2008)


Las pérdidas patrimoniales en acciones, fondos, inmuebles, derivados, etc. pueden compensarse entre sí con las ganacias patrimoniales, para establecer la base imponible del ahorro . Hay que sumar todas las ganacias generadas y restarle todas las pérdidas. El resultado es la base imponible del ahorro, que tributa al 18% .
Por ejemplo, si se ha obtenido una gananacia de 5.000 euros con la venta de unas acciones de Telefónica y una pérdida de 3.000 euros con la venta de un fondo de inversión, la base imponible del ahorro es 2.000 euros (5.000 – 3.000 = 2.000), y habrá que pagar 360 euros (18% de 2.000).
Para poder compensar las minusvalías es necesario no comprar valores homogéneos a los que generaron la pérdida en los 2 meses anteriores y posteriores . En caso de hacerlo habrá que esperar a vender esos nuevos valores, y que transcurran 2 meses sin volver a comprarlos, para poder compensar esa minusvalía. Esto es válido tanto para acciones como para fondos de inversión. Ejemplos:
  • Se venden unas acciones del BBVA con pérdidas el 3 de Enero y se vuelven a comprar el 3 de Febrero. En este caso NO se puede compensar la minusvalía generada el 3 de enero hasta que se vendan las acciones compradas el 3 de febrero y pasen 2 meses desde dicha venta.

  • Se venden unas acciones del BBVA con pérdidas el 3 de Enero. El 2 de Enero se habían comprado acciones del BBVA (que no son las que se vendieron el 3 Enero). Es decir se tenían 100 acciones del BBVA, el 2 de Enero se compran 100 más (lo que hace un total de 200 acciones en cartera) y el 3 de Enero se venden 100 acciones, con lo que quedan en cartera las 100 acciones que se tenían previamente a las operaciones realizadas el 2 y 3 de Enero. En este caso NO se puede compensar la minusvalía generada el 3 de enero hasta que se vendan las acciones compradas el 2 de Enero y pasen 2 meses desde dicha venta.
A los derivados (opciones y futuros ) no les afecta esta regla de los 2 meses . Pueden comprarse y venderse continuamente y las minusvalías siempre se pueden compensar.
Hay ocasiones en las que un inversor tiene una posición en un valor que quiere mantener a largo plazo, pero le gustaría generar una minusvalía para compensarla con otras plusvalías que ya tiene sin tener que estar 2 meses fuera del valor. Es posible hacerlo utilizando futuros sobre acciones (o CFD's) de la siguiente forma;
Se venden las acciones que generan la minusvalía e inmediatamente se compran futuros sobre esas acciones. Una vez transcurridos 2 meses se venden los futuros y se recompran las acciones . Por ejemplo, el 3 de Enero se venden 100 acciones de BBVA e inmediatamente se compra 1 contrato de futuro sobre acciones de BBVA (1 contrato representa 100 acciones). Una vez transcurridos los 2 meses se vende el futuro y se compran 100 acciones de BBVA. De esta forma se ha estado posicionado en todo momento con 100 acciones de BBVA (o su equivalente) y a la vez se ha podido compensar la minusvalía.
Al vender el futuro y comprar las acciones hay 2 alternativas:
  1. Vender el futuro en el mercado de futuros y dar una orden de compra de acciones en el mercado de acciones.

  2. Mantener el futuro hasta la fecha de vencimiento y ejercerlo , momento en el cual entregaremos el dinero y a cambio recibiremos las acciones
La elección entre una y otra depende de lo que suceda con el precio del futuro desde que se compra hasta que transcurren los 2 meses:
  • Si el precio del futuro ha bajado es preferible vender el futuro y comprar las acciones, ya que al vender el futuro generamos una nueva minusvalía que podremos compensar con otras plusvalías.

  • Si el precio del futuro ha subido es mejor ejercitarlo a vencimiento, ya que de esta forma evitamos generar una plusvalía. Si compramos el futuro a 16 y lo vendemos a 18 habremos generado una plusvalía de 200 euros (cada contrato de futuro representa 100 acciones) y deberemos pagar por ella. En cambio si ejercitamos ese mismo futuro estaremos comprando 100 acciones a 16 euros (aunque en el mercado estén a 18), con lo que pasaremos a tener las 100 acciones en nuestra cartera sin haber generado ninguna plusvalía con el futuro. Ejercitar un futuro a 16 euros supone pagar 1.600 euros y recibir 100 acciones, independientemente del precio que tenga dicho futuro en el mercado, lo cual no genera ninguna plusvalía porque no se está vendiendo nada.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones

Nota: Recuerda que puedes preguntar todas las dudas que tengas sobre el contenido de este artículo en los comentarios que verás más abajo y te la responderé a la mayor brevedad posible. También puedes ver las dudas ya resueltas que han planteado otros usuarios. Y para cualquier duda sobre otros temas puedes utilizar el Foro de inversiones, e igualmente tendrás una respuesta lo antes posible.
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Comentarios (69)add comment

Ali said:

preguntas
Hola amigo, lo primero es darte las gracias por la guía para principiantes, tengo 24 años siempre he sabido ahorrar, motivo por el que he sido el prestamista de mi familia, (mal prestamista por cierto, 0% de interés y sin pedir garantías de devolución...jaja en fin la familia...) y siempre he tenido una gran ilusión por aprender sobre este tema, las inversiones, así que de todo corazón GRACIAS por esta página. Y lo segundo es hacerte algunas preguntas con respecto a la regla de los dos meses para la compensación de la minusvalía. Me ha costado un rato largo entenderlo y para ser sincero aun no sé si lo he entendido del todo pero en cualquier caso tengo unas dudas que me gustaría que me aclares; parece que para evitar pagar impuestos el truco está en provocar PRIMERO pérdidas (minusvalías) que quedan "anotadas" para ser restadas a nuestras posibles ganancias más adelante, y que la única forma de hacer esto de forma que realmente tengamos más dinero que al principio del todo (en caso de vender todos nuestros productos de inversión) y que no nos cobren impuestos, es con la maniobra de los futuros (vendo mis acciones a un precio más bajo que al que las compre auto infringiéndome perdidas y un instante después compro los futuros para adquirir esas mismas acciones pero dos meses después al mismo precio..etc.). Dices que si tenemos perdidas con unas acciones por ejemplo si vendo 100 acciones de BBVA a 9€ cada una cuando yo había pagado 10€ (100€ de minusvalía) para que esta minusvalía se me pueda restar de futuras ganancias no puedo comprar acciones de BBVA en los 2 meses anteriores y posteriores; ¿cuántas no puedo comprar? ¿no puedo comprar la misma cantidad de acciones que vendí o no puedo comprar ni una? y otra pregunta, supongamos el siguiente ejemplo; adquirí hace tres meses 100 acciones de BBVA a 10€ cada acción y otras 100 acciones de telefónica también a 10€ la acción y ahora (tres meses después) vendo las 100 de BBVA a 9€ cada una (100€ de minusvalía) y un día después vendo las 100 de telefónica a 11€ cada una (100€ de beneficio) en este caso ¿se me compensarían los 100€ de perdida con los 100€ de ganancia? en caso afirmativo ¿que pasaría si compro al día siguiente 100 nuevas acciones de BBVA? ¿me anularían la compensación que me han aplicado el día anterior cobrándome los impuestos sobre los 100€ de beneficio de telefónica? en fin sobre este tema me surgen muchas dudas, agradecería que me lo aclares y si pudieras también explicar con más detalle o con algunos ejemplos que son las primas de emisión (he leído la explicación que das pero aun no entiendo que son no) siento mucho haberme extendido tanto y gracias de antemano por tu respuesta
 
noviembre 01, 2010
Votos: +0

Invertir en Bolsa said:

...
Hola Ali, de nada.

Son 3 preguntas:

1) No puedes comprar ni 1 acción si te quieres compensar la minusvalía. Si vendes 100 acciones de BBVA y antes de los 2 meses compras 37 acciones de BBVA (por ejemplo) te podrás compensar las minusvalías de las otras 67 acciones. Y la de las 37 tendrás que esperar a venderlas y no volver a comprarlas en 2 meses.

2) En el caso de Telefónica y BBVA la respuesta es que sí puedes compensar las plusvalías de Telefónica con las minusvalías de BBVA. Pero si al día siguiente compraras otras 100 BBVA entonces ya no podrías compensar la plusvalía con la minusvalía y tendrías que pagar los impuestos correspondientes a la ganancia de 100 euros con Telefónica.

3) Una prima de emisión es devolver a los accionistas parte del dinero que pusieron (para simplificar). No son parte de los beneficios conseguidos por la empresa, sino el capital que se aportó en su día para crear la empresa (tambien es una simplificación para entenderlo mejor, no merece la pena complicarlo mucho más).

Un saludo.
 
noviembre 03, 2010
Votos: +1

Julio said:

La lógica de generar minusvalías
Hola, mi nombre es Julio. Leyendo este hilo no acabo de entender completamente la lógica de lo que dices. Si yo he obtenido 1000 euros en plusvalías por unas acciones, por las cuales tengo que pagar un 19% de impuestos (total: 190 euros), ¿Qué sentido tiene que yo genere unas minusvalías de otros 1000 euros para no pagar impuestos?¿No es preferible ganar dinero aún pagando impuestos que no hacerlo?¿O acaso hacemos esto para no superar un determinado tramo en la declaración de la renta y que no no retengan más de la cuenta? Gracias y un saludo.
 
diciembre 11, 2010
Votos: +0

Invertir en Bolsa said:

...
Hola Julio,

Estás en lo cierto, no tiene sentido perder dinero aposta. Cuanto más se gane mejor.

Pero a veces se tienen abiertas operaciones en las que el precio se ha movido en tu contra.

Por ejemplo, compras acciones de Telefónica y de Acerinox, pensando que ambas van a subir.

Pero al cabo de X tiempo Telefónica ha subido y Acerinox ha bajado.

Si vendes Telefónica pagas a Hacienda lo que corresponda.

Si además vendes las acciones de Acerinox y compras futuros de Acerinox (porque sigues pensando que Acerinox va a subir) consigues reducir la cantidad que tienes que pagar por la venta de Telefónica.

Un saludo.
 
diciembre 13, 2010
Votos: +1

Pablo said:

Mil gracias
Muchísimas gracias por la buena explicación.
El truco con los futuros me ha gustado mucho,
con el ejemplo que diste a Julio se me ha hecho muy claro smilies/wink.gif
--¨Si además vendes las acciones de Acerinox y compras futuros de Acerinox (porque sigues pensando que Acerinox va a subir) consigues reducir la cantidad que tienes que pagar por la venta de Telefónica.¨--
Mi caso personal es el siguiente:
En el año 2008 compre 440 acciones de TELE5 por 13,62€ page por todas un total de 6 010€
El 05/07/2010 compre otros 1993 acciones de TELE5 por 7.00€/acción, en total 13 985€
Un total de 2433 acciones de TELE5 por 19 995 € con las comisiones y cánones.

En 28/07/2010 vendí todas 2433 acciones de TELE5 por 9,522€/acción y cobre 23 113€

---[1]-Con lo que he marcado una plusvalía de 3 118€ (23113-19995) y voy ha pagar in 19% sobre 3118€
lo que es 592€ impuestos (me parece que es una burrada me quita las ganas de invertir en la bolsa )

--[2]-- o de los 2433 acciones me van ha restar 440 y calcularan las 1993 * 7,00€ = 13 951€ (05/07/2010) con una venta ( menos de 2 meses ) de las mismas acciones 1993 * 9,52 = 18 992€ (28/07/2010)

o sea una plusvalía de 5041€ ( no contando la minusvalía de los 440 acciones )
voy ha pagar en abril o mayo de 2011 un 19% sobre 5041€ = 957 € en impuestos sumando los intereses desde 28/07/2010 ( el día de venta ) hasta el día de pagar los impuestos (intereses sobre 957€ por 10 meses)

La pregunta es cual do las dos plusvalías me van ha computar el la hacendá : 3118€ (la que es de verdad) o la de 5041€ (de los 2 meses anteriores y posteriores)
Gracias y un saludo.
Pablo
 
diciembre 28, 2010 | url
Votos: +0

Invertir en Bolsa said:

...
De nada, Pablo.

La respuesta correcta es la 1 (3.118 euros) porque desde el 28/7/2010 estuvieste más de 2 meses sin comprar más acciones de Telecinco. Y por tanto puedes compensar la minusvalía de la primera compra con la plusvalía de la segunda.

Los intereses que te genere la cantidad que tienes que pagar a Hacienda (592 euros) lo que haces es cobrarlos, no dárselos a Hacienda. Por esos intereses tambien tendrás que pagar el 19% (21% si pasa de 6.000), pero el resto te lo quedas tú.

Cuando se compra y se vende al calcular la rentabilidad final hay que tener en cuenta lo que se paga a Hacienda, efectivamente. Es una de las razones por las que no es fácil superar a la estrategia de Comprar y Mantener.

Un saludo.
 
diciembre 29, 2010
Votos: +2

Pablo said:

Muchas gracias!
Muchas gracias!
un saludo.smilies/cheesy.gifsmilies/grin.gif
 
enero 05, 2011
Votos: +0

afidka said:

Pequeña aclaración final
Según mis cortas entendederas me dejas comprender, esto no me afecta a mí que voy a largo plazo, es decir, voy a comprar siempre y no vendo así me aserraran. ¿Es correcto? Yo sólo me tendría que fijar en la fiscalidad de los dividendos que recibiera y nada más. Corrígeme si me equivoco, IEB.

Saludos.
 
febrero 12, 2011
Votos: +1

Invertir en Bolsa said:

...
Hola afidka,

Efectivamente si no vendes esto en principio no te afecta, pero esta bien que lo sepas porque en algún momento te puede interesar.

Por ejemplo, imagínate que en un momento dado vendes un piso ganando dinero, supongamos 50.000 euros. Vamos a suponer tambien que con la fiscalidad que haya en ese momento (20%) te corresponde pagar 10.000 euros en el IRPF por la plusvalía. Si no haces nada, que es lo normal, cobras 50.000, pagas 10.000 y te quedan 40.000.

Pero ahora supongamos que te das cuenta de que las acciones de Telefónica que compraste están por debajo de su precio. Si las vendieras en ese momento perderías 20.000 euros. Lo lógico es que vendas las acciones, "pierdas" los 20.000 euros e inmediatamente compres futuros de Telefónica equivalentes a las acciones que acabas de vender. Cuando pasen 2 meses convertirás los futuros de Telefónica en acciones de Telefónica y nada habrá cambiando en tu cartera de largo plazo.

Pero ahora tu plusvalía en el IRPF de ese año ya no es de 50.000 sino de 30.000 (50.000 - 20.000), y en lugar de pagar a Hacienda 10.000 euros pagas 6.000.

Con esta operación tan sencilla te has ahorrado 4.000 euros y no has perdido nada.

Un saludo.
 
febrero 14, 2011
Votos: +0

afidka said:

...
Hola IEB,

tienes toda la razón. Este es el tipo de conocimiento necesario para la situación que has descrito o para una posible rotación de cartera, si he entendido bien el término. ¿Es así?

Por otro lado, llegaré/llegaremos alguna vez a agradecerte todo lo que nos estás mostrando gracias a tu página. Enhorabuena por tu desinteresada labor... y no es peloteo.

Saludos.
 
febrero 14, 2011
Votos: +0

Invertir en Bolsa said:

...
Gracias afidka.

Lo has entendido bien, sí.

Un saludo.
 
febrero 15, 2011
Votos: +0

Toni said:

Duda con la compensación de perdidas...
Tenia unas acciones desde hacía años 1000 acciones alrededor de 1 euro...(1009 Euros)
Las tenía con perdidas a 0,10.

Compré de nuevo a 0,10 12000 acciones = 1215 Euros

, pero esta vez puse el stop y saltó vendiendo 12000 a 0,096 = (1143 Euros)
Más lo que me queda en cartera que son 1000 acciones a precio actual...sin perdidas ni ganancias...

Que acciones se vendieron?? Creo que las perdidas se calcula sobre el precio medio de adquisición o se calculan las perdidas del primer paquete y del segundo por separado..??

Con esta mala operación...fruto de unas inversiones realizadas previamente sin conocimientos, me gustaría saber como me puedo compensar estas perdidas....
Tengo que llegar a vender todas las acciones para poder compensar o puedo compensar las perdidas de las acciones vendidas y cuando??
No tengo que comprar más acciones de la misma compañía en 2 meses para poder compensar??

Gracias por la atención...
 
marzo 02, 2011
Votos: +0

Toni said:

Alguíen me puede ayudar
Saludos, alguien me puede aclarar un poco lo del comentario anterior???
Son perdidas de unos 1000 Euros..., como recuperarlas....se compensarían con el 19% de impuestos de las ganancias??
Solo sobre ganancias en bosa, fondos, venta de immuebles...., o también por ejemplo con ayudas recibidas del gobierno para la compra de vivienda (de las que entiendo, también cobrarán impuestos)???
Son sobre ganancias del mismo año???Entiendo que en anteriores no, pero para años posteriores..???

Gracias....
 
marzo 03, 2011
Votos: -1

Invertir en Bolsa said:

...
Hola Toni,

Las 12.000 que vendiste son las 1.000 primeras que compraste y 11.000 del siguiente paquete. La minusvalía se calcula por separado.

Si entre la compra de las 12.000 y la venta por rotura del stop-loss pasaron menos de 2 meses entonces no te puedes aplicar la minusvalía hasta que no vendas las últimas 1.000 que te quedan y dejes 2 meses sin comprar acciones de esa empresa.

Estas minusvalías puedes comensarlas el año que se producen (en este caso cuando vendas las últimas 1.000, que puede ser en 2011 o en años posteriores) y loos 4 años siguientes.

Las puedes compensar con plusvalías de venta de acciones, fondos de inversión, inmuebles, derivados, etc.

No se pueden compensar con ninguna subvención ni con dividendos, intereses de depósitos o cuentas remuneradas, etc.

Un saludo.
 
marzo 03, 2011 | url
Votos: +1

Toni said:

Ok, gracias
Muchas gracias por aclararme las cosas....
Solo una última duda, estas compensaciones se realizan automáticamente en la renta partiendo del borrador, o hay que indicarlo explícitamente de alguna manera??

Gracias y perdona por la poca idea que tengo...vamos aprendiendo poco a poco...
 
marzo 03, 2011
Votos: +1

Invertir en Bolsa said:

...
Hola Toni,

Las ventas de accciones, fondos de inversión, inmuebles, etc. no te las hace Hacienda automáticamente. Tienes que hacerlas tú utilizando el PADRE (o a mano en el formulario de papel).

Un saludo.
 
marzo 04, 2011 | url
Votos: +0

Sandra said:

No entiendo nada
Se supone que tengo que estar calculando paquete por paquete de acciones (aunque sean de la misma compañ´´ia) si han tenido minusvalia o plusvalia? entonces para que me da el banco en caso de tener acciones de la misma compañia el importe global de operaciones? y es mas, si un ejercicio compro 500 el 15 de diciembre y vendo 1000 (unas de julio por ejemplo) y ese paquete de 500 accs. se supone que tendr´e perdidas (paso de acentos debido a la configuraci´´on de mi teclado), y en enero compro otras 500? entonces debo declarar en el ejercicio fiscal 500 acciones o bien 1000 acciones en un ejercicio y 500 en el siguiente. No entiendo nada.
 
mayo 11, 2011
Votos: +0

Invertir en Bolsa said:

...
Hola Sandra,

Con el ejemplo de las 500 y las 1.000 me he perdido. No veo claro cuando compras y vendes cada paquete, cuántas tienes en total, etc.

Tu broker te da la información que tiene él, pero tu broker no sabe si en otros brokers tienes acciones de esa misma empresa. Por eso tu broker no puede darte la información fiscal que necesitas.

En el Foro de inversiones, dentro del sub-foro de Fiscalidad, tienes explicado todo esto del criterio FIFO con muchos ejemplos, y si sigues teniendo dudas puedes abrir un hilo y preguntar sin ningún problema.

Un saludo.
 
mayo 12, 2011 | url
Votos: +0

Toniet said:

...
Hola. Una cosa.... si he vendido unas acciones de Kpn (Amsterdam) con minusvalías y vendo unas Telefónica (ibex) con plusvalias para compensar. ¿También tengo que esperar 2 meses para volver a comprar Telefónica, sin que se vea afectada la compensación de las minusvalías de Kpn?
Un saludo
 
junio 11, 2011
Votos: +0

Invertir en Bolsa said:

...
Hola Toniet,

No tendrías que esperar 2 meses a comprar Telefónica para poder compensar la minusvalía de KPN, porque las Telefónica las has vendido con plusvalía.

Un saludo.

 
junio 13, 2011 | url
Votos: +0

Mariano said:

perdidas en CFDs
Hola, he generado perdidas operando con CFDs este año 2011.

Podria compensarlas en la declaracion de la renta ?

Que documentos necesitaria presentar ?

Gracias
 
noviembre 29, 2011
Votos: +0

Francisco said:

...
Buenas tardes,

En 2006 vendí unas acciones que fiscalmente me suponía perdidas. Esa pérdida no se podría haber compensado porque había comprado acciones de la misma empresa dias antes. Se podrán compensar las perdidas cuando venda el resto de las acciones. Ese año no hice declaración de la renta con lo cual no deje anotada esa pérdida no computable.

Mi pregunta: ¿podré compensar la pérdida cuando venda el resto de las acciones de esa empresa aunque no hiciese la declaración de la renta el año que se produjo esa pérdida?



Muchas gracias.
 
diciembre 16, 2011
Votos: +0

Invertir en Bolsa said:

...
Hola,

Mariano, sí que las puedes compensar. En realidad no hace falta que presentes documentos, tu broker le habrá mandado el listado de tus operaciones a Hacienda y ya tienen los datos. Sólo tienes que poner los datos correctos en las casillas correspondientes.

Francisco, lo veo complicado. Si no hiciste la declaración esas pérdidas no se reflejaron cuando tenían que haberse reflejado. No sé si "colará" o no meter las pérdidas ahora, pero debías haber hecho la declaración ese año para reflejar esas pérdidas y haber podido compensarlas en el futuro.

Un saludo.
 
diciembre 19, 2011 | url
Votos: +0

Raquel said:

Perdidas no computables
Hola,

entonces, me queda claro cuando se trata de una perdida no computable, lo que no me queda claro es como lo indicaré el año que la quiero computar, es decir en esta declaración me sale una perdida de 800 euros que no puedo desgravar ya que compre las mismas acciones 4 días después, y las tuve en cartera hasta febrero 2012.
en la declaracion que haga el proximo año, como indicaré estas perdidas que este año no he computado?
en valor adquisición ¿tendré q sumar el total q ya he puesto este año y el valor de las nuevas acciones q compré y vendi en 2012? y en total venta, pondré la suma total de lo q vendí en 2011 (y ya he puesto en esta declaracíon) + lo q vendí en febrero 2012??

Espero haberme explicado, gracias por vuestra ayuda.
 
mayo 14, 2012
Votos: +0

Invertir en Bolsa said:

...
Hola Raquel,

Hay una casilla para poner las pérdidas de años anteriores que te quieres compensar. Este año es la 458, el año que viene puede variar el número, pero nada más. En esa casilla (la 458, o la que sea) tendrás que poner la minusvalía de años anteriores que te quieras compensar en 2012, 2013, etc.

Un saludo.
 
mayo 16, 2012 | url
Votos: +0

kikekhan said:

...
Hola, jefe...
Sigo pensando en ir a largo, y por eso pienso que ésta es una gran opción para compensar plusvalias y mantener mi cartera.
Mi idea es vender las acciones de TEF, ACS y SAN, y comprar los futuros correspondientes. Esto me generaría unas minusvalias de 15M€ para futuras declaraciones... (entiendo que éste hilo valga para el 2012 cambiando los porcentajes...)
La duda es si la compra ha de ser inmediata, o puedo esperar unos días (o semanas) para ver si consigo un mejor precio para el futuro.
Muchas gracias y un saludo
 
mayo 30, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola kikekhan,

No, la compra no tiene que ser inmediata. Puedes hacerla cuando tú quieras. Lo que pasa es que si no es inmediata ya no sabes con seguridad si comprarás los futuros a un precios superior o inferior al que vendiste las acciones. Pero por lo que respecta a la fiscalidad puedes hacer la compra cuando desees.

Un saludo.
 
mayo 31, 2012 | url
Votos: +0

Francisco said:

...
Muy buenas tardes,

Tengo una duda.

Un año tienes minusvalías con la venta de una acciones. Si ese año no declaras esa pérdida, ¿puedes declararla en los cinco años siguientes? Es decir, haber tenido una minusvalía en el 2010 y no haberla puesto en la declaracion de la renta y poder ponerla ahora. Eso no se puede, no?

Me han comentado eso, pero yo creo que se referían a que si tienes una pérdida tienes cinco años para poder compensarla con una ganancia, no?

Muchas gracias.
 
junio 13, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Francisco,

Lo que tendrías que hacer en un caso así es una declaración complementaria del ejercicio 2010 para reflejar esa pérdida, y poder compensarla en los 4 años siguientes (hasta 2014, incluído).

Las pérdidas que se tengan hay que reflejarlas siempre, para poder compensarlas en el futuro.

Un saludo.
 
junio 14, 2012 | url
Votos: +0

Francisco said:

...
Buenas tardes,

Y si la pérdida se produjo en 2006. ¿Se puede hacer una declaración complementaria de ese año para poder reflejar pérdidas de ese año?

Me gustaría poder reflejar esas pérdidas. Son unas pérdidas que aunque se hubieran reflejado ese año no podían haber compensado alguna ganancia, pues hubo una recompra de valores en los dos meses posteriores a la venta que provocó la pérdida. Es decir, que esas pérdidas podrían compensar cuando se vendan esos valores que se recompraron.

Muchísimas gracias.
 
junio 14, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Francisco,

En ese caso, sí, puedes hacer una declaración complementaria del 2006 y compensar esas minusvalías cuando vendas esas acciones y dejes 2 meses sin volver a comprarlas.

Un saludo.
 
junio 14, 2012 | url
Votos: +0

Francisco said:

...
Muchísimas gracias por todo.

¿Esa declaración complementaria cuando puedo presentarla? Ese año no hice declaración de la renta, ¿aún así podría presentarla?

Muchas gracias.

 
junio 14, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Francisco, y gracias.

Las declaraciones complementarias se pueden presentar en cualquier momento. Yo lo haría lo antes posible.,

Un saludo.
 
junio 15, 2012 | url
Votos: +0

Francisco said:

...
Muchas gracias y perdona que insista.

Ese año no hice declaración de la renta, ¿aún así puedo presentar una declaración complementaria de ese año?

Muchas gracias.
 
junio 15, 2012
Votos: +0

Francisco said:

...
Buenos días de nuevo,

Al no haber hecho declaración de ese año, ¿Podría hacer una declaración complementaria de ese año, únicamente con ese apunte de esa pérdida por la venta de esas acciones?

Muchas gracias.
 
junio 15, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Francisco,

Sí, las declaraciones complementarias se pueden presentar en cualquier momento, aunque no la hubieras hecho en su día.

Un saludo.
 
junio 15, 2012 | url
Votos: +0

Francisco said:

...
Buenos días de nuevo,

Estuve investigando pero tampoco me supieron decir y no encontré nada que me aclaró.

La declaración complementaria puedo hacerla incluyendo únicamente la venta de esas acciones.

O debo hacer una declaración al uso. Con ingresos por trabajo, dividendos, etc.

La declaración complementaria se hace con el programa Padre de ese año, no?

De verdad, muchísimas gracias.
 
junio 15, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Francisco,

Si la declaración complementaria es a favor de Hacienda entonces tienes que rellenar el PADRE del año correspondiente con todos los datos (como si la hicieras de nuevo entera, con los datos que quieres añadir corrrectos) y enviarla.

Si la declaración complementaria a favor del contribuyente, como es este caso, entoces tienes que hacer un escrito exponiendo el caso y aportando los documentos o datos pertienentes y entregarlo en Hacienda.

Un saludo.
 
junio 18, 2012 | url
Votos: +0

Francisco said:

...
Buenos días,

Me dicen en Hacienda que esas pérdidas de 2006 con recompra antes de dos meses no puedo ya reflejarlas pues han pasado ya cuatro años. Le he explicado que son pérdidas con recompra (y que esas acciones recompradas todavía no las he vendido) y me insiste que aún así no puedo. ¿Es eso cierto?

Este año he tenido pérdidas que no se podían compensar por haber comprado acciones del mismo valor antes de dos meses. Las he dejado reflejadas. Me dicen que aquí también se cumple la regla de los cuatro ejercicios. Es decir, que si yo vendo esas acciones recompradas dentro de 7 años por ejemplo, las pérdidas de este año del mismo valor no podrían compensar. ¿Es eso cierto? Yo pensaba que esas pérdidas se podían compensar cuando se vendieran las recompradas, independientemente de cuando las vendieses (la ley no pone plazos de tiempo)

Muchas gracias.
 
junio 26, 2012
Votos: +0

Francisco said:

...
Buenos días de nuevo,

¿Cuando hablan de valores homogéneos no se refieren a acciones de una misma empresa? Me acaban de decir que se refieren a acciones en general. Es decir, que si tu vendes acciones de Telefónica con pérdidas pero un mes después compras acciones de BBVA, esas pérdidas no se pueden compensar ese año. Se pueden compensar en los cuatro ejercicios siguientes con cualquier ganancia que se tenga.

Estoy hecho un lío, si pudiera aclararme. Muchas gracias.
 
junio 26, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Francisco,

No hay un límite de 4 años para compensar esas minusvalías. Si pasan 10 años hasta que vendas esas acciones que compraste antes de los 2 meses e impidieron compensar la minusvalía, podrás compensarte las minusvalías dentro de 10 años. Al ver tu mensaje he consultado a Hacienda para ver si había cambiado, pero no ha cambiado, es como te digo. La primera persona con la que he hablado en Hacienda me ha dado la misma respuesta que a tí, pero al insistir me han pasado con otra de mayor nivel y me ha confirmado que sigue siendo como te digo

La segunda respuesta también te la han dado mal. Valores homogéneos son los de la misma empresa. Ese ejemplo entre Telefónica y BBVA no es cierto. Lo que hagas con las acciones de BBVA no interfiere para nada en lo que hayas hecho con las acciones de Telefónica.

Un saludo.

 
junio 26, 2012 | url
Votos: +0

Francisco said:

...
Buenos días.

Muchas gracias.

Me habían vuelto loco.

La primera vez que he llamado he insistido hasta cuatro veces (explicarle que son pérdidas con recompra de valores homogéneos) y el me dejaba en espera y se iba a consultar y volvía a insistirme que era así, que no podía hacer nada.

Y la segunda vez que he llamado me dicen categóricamente que valores homogéneos se refieren a acciones. Pero sin titubear y yo exponiendo el ejemplo que le he contado.

Yo he ido a preguntarles que tengo que hacer y que tengo que poner en el escrito para poder reflejar la pérdida con recompra de 2006 y me habían dejado con más dudas todavía.

Muchísimas gracias.
 
junio 26, 2012
Votos: +0

Ghs said:

Convertibles Santander
Finalmente he acudido a la ventana abierta por el banco Santander para convertir a 13,25 las obligaciones suscritas en su momento. Esto determina una potencial minusválida de un 60% sin tener en cuenta otros efectos.
Para paliar esta perdida se me ocurre -analizado el riesgo- comprar un importe equivalente en acciones Santander ahora que están baratas. Dado que la situación esta muy volátil, quiero seguirlo muy de cerca por si hay que vender para ir consolidando plusvalías, e ir mitigando progresivamente las perdidas. Sobre esto varias preguntas:
- la determinación de orden de venta de acciones es el FIFO, por lo que hay que contemplar si había cartera de acciones previas de Santander, no??
- cuando se entiendo que las acciones se incorporan a efectos fiscales, en la suscripción del contrato de las obligaciones, o en el de la conversión??
- dame tu opinión o alternativas?

Gracias
 
agosto 07, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola GHS,

Tienes que tener en cuenta el FIFO, sí. Si ya tenías acciones del Banco Santander compradas en 2010, por ejemplo, las primeras que vendas serán esas compradas en 2010.

La fecha de compra de estas acciones es la de la conversión, no la del día que compraste los Valores Santander.

Para darte otras alternativas necesitaría saber tu estrategia de inversión, qué porcentaje de tu cartera está en el Santander, tu capacidad de ahorro, etc.

Algo que puede ser útil en muchos casos (entiendo que quieres reducir tu inversión en Santander, y al mejor precio posible) es vender acciones call sobre las acciones que tienes.

Un saludo.
 
agosto 09, 2012 | url
Votos: +0

IBE said:

Como afecta el pago de dividendos en acciones
Hola,

Despues de haber leido todos los comentarios, creo que hay un punto que no se ha discuito: como afecta el pago de dividendos en acciones a la regla de los dos meses?

Es decir, si vendo parte de unas acciones de BBVA con minusvalias un dia, pero en el periodo de dos meses antes y/o despues he cobrado un diviendo en acciones de BBVA, se considera como compra de acciones invalidando la posible compensacion?

Gracias de antemano por vuestros comentatios / ayuda.
 
septiembre 24, 2012
Votos: +1

Invertir en bolsa said:

...
Hola IBE,

El cobro de dividendos no afecta en nada a la regla de los "2 meses de las plusvalías".

Sí afecta a la exención de los primeros 1.500 euros de dividendos (que se trata en otro artículo de esta sección de fiscalidad). Los primeros 1.500 euros que cobres de dividendos están exentos, pero para ello tienes que haber tenido las acciones 2 meses antes O 2 meses después del pago del dividendo. En caso contrario, ese dividendo no puede acogerse a esa exencción de los primeros 1.500 euros cobrados de dividendos al año.

Un saludo.
 
septiembre 25, 2012 | url
Votos: +0

Luis said:

Compensacion de plusvalias y minusvalias
Hola:

Quería saber si se pueden compensar unas minusvalías que he tenido en el año 2011 y que las he puesto en la declaración de la renta del año 2011 con unas posibles plusvalias futuras en el año 2012 ó años sucesivos de valores distintos, pero que no ha pasado un periodo de dos meses desde que se han comprado hasta que se han
vendido.

Ejemplo:
- He comprado el día 12-05-2012 500 acciones de telefónica a 10 euros cada una. Total- 5000 euros.
- He vendido el día 10-06-2012 las 500 acciones de telefónica a 10,5 euros cada una. Total 5250 euros.

He tenido 250 euros de plusvalía de las acciones de telefónica.

- He comprado el día 15- 06-2012 1000 acciones de BBVA a 5 euros cada una. Total 5000 euros
- He vendido el día 20-06-2012 las 1000 acciones de BBVA a 5,5 euros cada una. Total 5500 euros.

He tenido 500 euros de plusvalía de las acciones de BBVA.

En total he tenido en el año 2012 unas plusvalías de 250+500= 750 euros de plusvalía del año 2012.

¿ Puedo compensar esa plusvalía de 750 euros del año 2012 con unas minusvalías del año 2011 de unos 10000 euros aproximadamente ?.


 
octubre 12, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Luis,

Sí puedes. Piensa que la regla de los 2 meses es para las minusvalías, no para las plusvalías.

En las plusvalías no hay ninguna limitación de este tipo, puedes hacer la compensación que dices, con lo que la plusvalía neta por la que tendrás que pagar será 9.250 euros (10.000 - 750).

Un saludo.
 
octubre 15, 2012 | url
Votos: +0

Luis said:

Compensación de plusvalías y minusvalías
Hola otra vez:

Me imagino que en la respuesta que me diste anteriormente, quisiste decir que puedo compensar la plusvalía de
750 euros generadas en el año 2012, con las minusvalías generadas y declaradas en el año 2011 de 10000 euros, declarándolo en la declaracion de IRPF de 2012.

Gracias y saludos.
 
octubre 16, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Luis,

Sí, así es. Me equivoqué en poner plusvalía en lugar de minusvalía. Lo que te queda es una minusvalía pendiente de compensar de 9.250 euros, que podrás compensarla en lo que queda de 2012, 2013, 2014 y 2015.

Un saludo.
 
octubre 16, 2012 | url
Votos: +0

Carlos Lopez said:

Tiempo De posesion de acciones para compensar plusvalias
Hola:
Mi pregunta es si compro unas acciones y las vendo antes de dos meses sin haber comprado antes ni después las mismas acciones, si puedo compensar las minusvalías de estas acciones con plusvalías de otras.

Tambien si por ejemplo en el añ 2010 o 2011 tengo unas pluvalías de digamos 2000 euros y en el año 2012 tengo unas minusvalias de digamos 1500 euros si se pueden compensar con las plusvalias de los ejercicos anteriores o si solamente se pueden compensar las minusvalias de ejercicios anteriores pero no las plusvalías.
Gracias.
 
diciembre 05, 2012
Votos: +0

VICENTE LOPEZ said:

COMPRA DE FUTUROS DE ACCIONES PARA RECOMPRAR A DOS MESES DESDE LA MINUSVALÍA
Buenos días Inversor en Bolsa, un placer escribirte por primera vez:

Respecto de la venta de acciones para generar una minusvalía:

- Paso 1: Vendo mis acciones del valor que deseo conservar a larguísimo plazo, pero que ahora mismo me esta generando unas minusvalías que deseo aprovechar fiscalmente.

- Paso 2: Al día siguiente, por ejemplo, compro una cantidad de futuros sobre esa acción, equivalente a las acciones que he vendido ayer. Ejemplo: vendí 2000acciones, pues compro 20contratos de futuros (suponiendo que 1contrato son 100acciones)

- Paso 3: Pasan al menos dos meses. Mis futuros pueden subir o bajar de precio, paralelamente a la accion de referencia.

Si bajan, lo mejor es vender justo a los 2meses, genero minusvalía, y compro las acciones. Ahora tengo menos dinero pero la accion esta mas barata, por lo que puedo recomprar las mismas acciones que tenia antes de toda esta jugada. Tengo las mismas acciones.

Si suben, lo mejor (si no quiero generar una plusvalia, que no estoy buscando con esta operación), es esperar a que se ejecute el contrato de futuros, con lo que VENDO el contrato, y se ejecuta la compra de acciones al precio al que estaba la accion en el momento en que compre el contrato de futuro. Tengo las mismas acciones, (y en este caso, si quiero podría venderlas y sacar plusvalía porque ahora están más caras).

Hasta aquí todo fenomenal.

AHORA VIENE MI DUDA:
Durante estos al menos dos meses, tienes que tener una garantía (entre el 10% y el 20% del precio del contrato) depositada en tu cuenta, y además se produce una liquidación diaria (te cargan o te abonan, según el precio del contrato se mueva abajo o arriba).

Esto es lo que no entiendo como funciona.
Seguramente alguna vez habrás realizado esta operación con futuros sobre algún valor de nuestro IBEX, y te pediría si puedes poner un ejemplo con números sencillitos.

Sobre que valor se aplica esa liquidación diaria? sobre el total del precio del contrato? o sobre la garantía? me imagino que sobre la garantía...Es decir, imagino que tu garantía "va subiendo o va bajando" según lo haga el contrato en el mercado...

Pues esto es todo. Muchas muchas gracias por tu tiempo y sabiduría, Inversor. Quiero que sepas que algunas pinceladas de tus conocimientos terminan en mis jóvenes alumnos de secundaria, con lo cual tu trabajo llega a mucha gente joven también, y te hago publicidad de tus publicaciones.

un saludo.
Vicente.
 
diciembre 15, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola,

Carlos López, si las puedes compensar si una vez que vendas las acciones con pérdidas dejas pasar al menos 2 meses sin volver a comprar acciones de esa empresa.

Las minusvalías no se pueden compensar con plusvalías de años anteriores, sólo con las plusvalías del mismo año en que se producen esas minusvalías, y de los 4 siguientes ejercicios.

Un saludo.

 
diciembre 17, 2012 | url
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola,

Vicente López, el paso 2 lo puedes hacer inmediatamente después de vender las acciones. Si dejas pasar un día fiscalmente no hay problema, pero tienes riesgo de mercado (que las acciones suban o bajen en ese intervalor de tiempo, desde la venta de las acciones a la compra de los futuros).

Si los futuros suben y no quieres generar una plusvalía no debes venderlos, sino esperar a que llegue la fecha de vencimiento y ejercitarlo, para que se conviertan en acciones. Si los vendes, ya has generado la plusvalía.

La liquidación diaria de pérdidas y ganancias se realiza sobre el total del contrato, o importe nominal. Si son 20 contratos y cotizan a 10 euro, la liquidación diaria de pérdidas y ganancias se realiza sobre 20.000 euros.

Hay 2 "cosas":

1) Por un lado la garantía va subiendo o bajando, según suba o baje la cotización.

2) Por otro lado está la liquidación diaria de pérdidas y ganancias, que es independiente.

Si compras 20 contratos a 10 euros, el nominal son 20.000 euros, y si suponemos que la garantía es el 15%, tendrás que poner de garantía 3.000 euros.

Si al día siguiente la acción (el contrato de futuros, propiamente dicho) sube a 11 euros suceden 2 cosas:

1) La garantía sube a 3.300 euros (el 15% de 22.000)

2) Te ingresan 1.000 euros por liquidación diaria de ganancias.

Es decir, en la cuenta te ingresan 700 euros (1.000 de ganancia diaria - 300 de aumento de las garantías).

Muchas gracias, Vicente.
 
diciembre 17, 2012 | url
Votos: +1

VICENTE LOPEZ said:

BROKER PARA OPERAR CON FUTUROS
Muchas gracias por tu respuesta IEB.

La verdad es que entre mi pregunta y tu respuesta, ya estuve investigando sobre los futuros, y tu respuesta corroboró todo lo que había descubierto.

También he descubierto que al operar con futuros, las unicas comisiones del broker, suelen ser al comprar y al vender (o ejecutar) el futuro, pero en ningun caso comisiones diarias debidas a la compensación de ganacias y pérdidad, ni al ajuste de la garantía.

El único paso que me falta es encontrar el broker adecuado, mi broker habitual de oficinadirecta no trabaja con futuros.

Desde tu experiencia, IEB, algún consejo sobre el broker?
Me han comentado dsd otra web el broker GVC Gaesco....aunque no tengo ni idea. Sigo investigando pero me interesa tu opinión, y que quede aquí para todoslectores.

Vicente
 
diciembre 19, 2012
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Vicente,

En los futuros no se cobran comisiones de mantenimiento, y tampoco por las liquidaciones diarias de pérdidas y ganancias o el ajuste de las garantías.

Hay varios brokers fiables que trabajan con futuros. Las comisiones van variando, así que el hoy sea el más barato puede no serlo dentro de unos meses.

Yo elegiría algún broker reconocido y fiable, no brokers desconocidos domiciliados fuera de España.

Un saludo.
 
diciembre 19, 2012 | url
Votos: +1

zacarías said:

CFDs
Hola buenos días, he visto algo sobre el tema de comprar derivados para compensar ganancias pero mi pregunta es si también es conveniente hacerlo al reves, es decir, tengo 5000 acciones del santander y unas plusvalías que generan un beneficio de 3000 euros, pero si vendo parte de las acciones pagaré por ello.

¿Podría vender x CFDs del santander para asegurarme el precio en vez de vender las acciones sin tener que pagar por las plusvalías ocasionadas?

Mil gracias

 
enero 07, 2013
Votos: +2

Invertir en bolsa said:

...
Hola Zacarías,

Entiendo que lo que quieres hacer es asegurarte un precio de venta en unas plusvalías inferiores a 1 año, pero pagar la fiscalidad de más de 1 año.

Se puede hacer como dices, sí, aunque normalmente es más barato hacerlo con futuros que con CFD's.

Un saludo.
 
enero 08, 2013 | url
Votos: +0

zacarías said:

Gracias
En definitiva, sería como cubrirme ante posibles bajadas sin vender las acciones. Si bajan las acciones obtengo plasvalías y si suben, obtengo pérdidas para compensar.

Gracias por contestar
 
enero 08, 2013
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Zacarías,

Sí. Estamos hablando, por ejemplo, de comprar 100 acciones del Santander a 5 euros y cuando llegan a 8 euros vender 1 futuro sobre acciones del Santander. Al vender el futuro aseguras esa ganancia.

Si las acciones caen, lo que pierdas con las acciones lo ganarás con los futuros.

Y si las acciones suben, lo que pierdas con los futuros lo ganarás con las acciones.

Un saludo.

 
enero 09, 2013 | url
Votos: +0

zacarías said:

...
Efectivamente, por último me gustaría saber si es correcto esto cuando existen plusvalías con las acciones, y cuando existen minusvalías sería mejor la operación que comentabas anteriormente de vender acciones y comprar futuros (hasta 2 meses) para compensar las pérdidas.

Un saludo
 
enero 09, 2013
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Zacarías,

Esta operación con futuros para pasar plusvalías de menos de 1 año a más de 1 año es muy correcta.

La de vender acciones y comprar futuros para evitar la regla de los 2 meses también, cuando se quiere mantener la posición.

Un saludo.
 
enero 10, 2013 | url
Votos: +1

zacarías said:

...
¿Hace falta comunicar a la CNMV la apertura de posiciones cortas si son sólo para cubrir carteras de acciones?

Un saludo
 
enero 11, 2013
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Zacarías,

No hace falta, eso lo controla tu broker. Si te deja abrirlas, es que puedes, y no tienes que comunicar nada a la CNMV.

Nota: Esto se refiere a los períodos en los que de forma excepcional ha estado prohibido abrir posiciones cortas en España.

Un saludo.
 
enero 11, 2013 | url
Votos: +1

zacarías said:

enero 11, 2013
Votos: +0

Jesus said:

Consultas sobre minusvalias
Buenas tardes:

Les quería hacer las siguientes consultas.

1. He hecho unas minusvalias en 2011 y voy a hacer minusvalias en 2012, en ambos casos son unas minusvalias de menos de un año, como de más de un año. Como se compensa con las plusvalias que haga en el 2013. Con cualquier plusvalias que haga? o solo con las de más de un año?

2. Tengo una minusvalia de ahorro de más de 3 años, que voy a declarar este año. Con que las puedo compensar?

saludos
 
marzo 07, 2013
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Jesús.

1) Lo tienes en Fiscalidad de la venta de acciones en 2013

2) Si "este año" es 2013, también lo tienes en el enlace anterior, y si fuera 2012 (por ser la declaración que hay que hacer próximamente) lo tienes en Fiscalidad de la venta de acciones en 2012

Un saludo.
 
marzo 11, 2013 | url
Votos: +0

Miguel said:

...
Antes de nada agradecer enormemente tu ayuda a todos los que como yo buscamos un poco de luz en este tema de la fiscalidad. Mi duda es la siguiente, y tiene que ver con este tema pero aplicado a las plusvalias.
Actualmente tengo acciones de varias compañías de la bolsa americana, si un día decido vender las mismas (teniendo plusvalías en todas ellas en el momento de la venta), y comprar los mismos valores en otra cuenta bancaria, Hacienda me cargaría un impuesto por estos beneficios? En caso negativo, cuanto tiempo tengo para "recomprar" las mismas acciones? Es decir, vendo en total 1000 acciones de 3 compañías y recompro de nuevo esas 1000 acciones en esas 3 mismas compañías la semana siguiente. No se si al tratarse de acciones americanas el caso es distinto. Te hago esta pregunta en concreto porque no me resulta rentable traspasar estas acciones a la mencionada nueva cuenta bancaria (debido a las abusivas comisiones que cobra el banco en el que estoy actualmente).
Gracias de nuevo por el trabajo que requiere contestar a todos los mensajes y por el Blog, un saludo.
 
abril 29, 2013
Votos: +0

Invertir en bolsa said:

...
Hola Miguel, y gracias.

Sí, en el momento en que vendes con beneficios tienes que pagar por la plsuvalías correspondiente (la tienes en esta misma sección de "Fiscalidad", en el aparatado de "Venta de acciones"). Este aspecto es igual para las empresas españolas que para las de otros países, se pagar lo mismo al vender con beneficios.

Al vender con beneficios, puedes volver a comprar de forma inmediata, la restricción de los 2 meses sólo afecta a las ventas con pérdidas.

Lo mejor sería traspasar, pero si dices que te sale más barato vender y comprar, entonces vende cuando tengas unos beneficios mínimos, para que no tengas que pagar casi nada.

También puedes vender con unas pérdidas mínimas. En este caso, si vuelves a comprar de forma inmediata no te podrás compensar esas mínimas minusvalías por no haber dejado pasar 2 meses, pero puede que prefieras esto a pagar un poco por tener unas pequeñas plusvalías.

Un saludo.
 
mayo 03, 2013 | url
Votos: +0

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