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Estrategia de alquilar inmuebles con opción a compra

El alquiler con opción a compra es una variante del alquiler normal y corriente que consiste en cobrar un alquiler algo superior a cambio de darle al inquilino la opción a comprar el inmueble a un precio determinado y en un plazo predeterminado.
Por ejemplo, si el alquiler normal de un determinado inmueble son 500 euros al mes el alquiler con opción a compra consiste en cobrar 600 euros al mes a cambio de que el inquilino puede comprar el inmueble durante los próximos 5 años a un precio de 100.000 euros, si lo desea. (Nota: Los 500 y 600 euros, los 5 años y los 100.000 euros son cifras aleatorias para ilustrar el ejemplo).
El inquilino tiene la opción de comprar el inmueble en las condiciones acordadas o no hacerlo, según su voluntad.
El arrendador tiene la obligación de vender el inmueble al inquilino en las condiciones pactadas si este último así lo desea.
Comparándolo con la Bolsa el propietario del inmueble vende una opción call y el inquilino compra dicha opción call. La prima de la opción son esos 100 euros que paga “de más” por el alquiler.
Las condiciones particulares y matices pueden ser muy variados porque se negocian entre propietario e inquilino en cada caso.
Esta forma de alquiler tiene ciertas ventajas sobre el alquiler normal porque reduce algunos de los riesgos (no todos) asociados a la actividad del alquiler de inmuebles. El inquilino que paga un alquiler con opción a compra tiene idea de llegar a ser el propietario de ese inmueble en algún momento del futuro, y eso supone ciertas ventajas para el propietario del inmueble:
  • El riesgo de impago se reduce: El inquilino tiene idea de comprar el inmueble en algún momento del futuro y está pagando un sobreprecio por ello. Si deja de pagar pierde los derechos adquiridos.

  • El riesgo de desperfectos y averías también se reduce: El inquilino piensa y desea que el inmueble sea suyo algún día y por eso lo normal es que lo cuide como si ya fuera suyo.
Si al final el inquilino no compra el inmueble el propietario habrá obtenido una rentabilidad extra, y si lo compra habrá vendido el inmueble al precio que había pactado.

Comentarios

Caro · 2014-04-22

Hola, me gustaría saber qué cantidad hay que pagar como prima en concepto de "tranquilidad para el vendedor, que pienso en quedarme la casa"

Gracias

Invertir en Bolsa · 2014-04-23

Hola Caro,

No hay una cifra "oficial" o "estándar", y ni siquiera hay datos públicos de las primas que se pagan en estos casos.

En general, alrededor del 10% parece una cifra adecuada. Puede ser algo más o algo menos, pero más o menos ese 10% se puede considerar algo "justo" para ambas partes.

Un saludo.

manuel · 2014-08-06

soy dueño de un piso,lo tengo alquilado con derecho a compra a una persona,he pactado un precio con ella,el problema es que tengo hipoteca y el banco donde la tengo me dice que cuando llegue el momento de la venta,no sera suficiente,el caso es que la cantidad pactada era similar a la hipoteca que yo debo,cuando llegue el momento de la venta que hago? gracias

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-08-07

Hola Manuel,

Por lo que dices, no entiendo que el banco diga que no es suficiente. Si el precio que has pactado por la venta es superior a lo que te queda de hipoteca, con lo que te den por la venta podrás cancelar la hipoteca.

¿Por qué dice el banco que no es suficiente?

Un saludo.

manuel · 2014-08-07

el contrato se hizo en noviembre del 2009 por un periodo de tres años,cuando finalizo me dijo que no podia comprarlo,llegamos a un acuerdo para renovar por otros tres,por cierto la venta pactada es de 155.000 euros,me dio 5000 de señal mas 750 del primer mes,las mensualidades son de 750euros,el contrato finaliza en noviembre de 2015,actualmente tengo una hipoteca de 122.782,la fianza mas las mensualidades entregadas hasta hora y las que faltan hasta el final del contrato,se restaran del precio pactado,me himagino que dentro de esos 750 euros se cobraran el capital mas intereses,no se que hipoteca tendre al finalizar el contrato con esta persona,espero que cuando se firme la venta y lo que le quede por darme sea suficiente para cancelar la hipoteca,espero haberme explicado gracias

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-08-08

Hola Manuel,

Pues por las cifras que das, sí te da para pagar la hipoteca. Imagino que tú vas pagando la hipoteca normalmente, ¿no?

Pero creo que has hecho algo incorrecto, que es restar del precio a pagar todas las mensualidades entregadas. En la práctica te está comprando el piso a plazos, pero sin pagar intereses, mientras que tú sí tienes que pagar los intereses de la hipoiteca. Lo normal sería hacer algo como esto:

El alquiler normal de tu piso son 650 euros, por ejemplo.

Tú lo alquilas con opción a compra por 750 euros.

El inquilino tiene derecho a comprarlo por 155.000 euros.

Pero las mensualidades que vaya pagando no se restan de los 155.000 euros.

Es decir, esos 100 euros de más que paga al mes es por el derecho a comprar ese piso cuando él quiera (detnro del plazo establecido) a 155.000 euros.

Pero en el momento en que lo compre tendrá que pagar 155.000 euros (sin restar los alquileres pagados), independientemente de que haya pagado 1 mes de alquiler o 30.

Tal como lo has hecho le interesa comprarlo lo más tarde posible, porque durante ese tiempo eres tú el que paga los intereses de la hipoteca, mientras que él se está evitando todos esos intereses de la hipoteca.

Un saludo.

manuel · 2014-08-09

que tal Gregorio,pues entonces tengo un problema gordo por que en el contrato inicial como en el siguiente que le hice,no figura ninguna clausula en el cual detalle que de los 750euros que me da sea (x para alquiler y x para intereses)de todas formas fue la inquilina la que me dijo que me daba esa cantidad,yo en ningun momento le dije esa cantidad,el contrato se hizo en una gestoria,(ya me podian a ver informado sobre este punto ¿verdad?).He hechado cuentas.....inicio del contrato:desde el 1 de Noviembre del 2009 hasta el 30 de Noviembre del 2015,SEIS años en total,en este periodo la inquilina me entrega un himporte de 59.750euros que enteoria y supuestamente se restara al importe pactado que es 155000euros,o sea que cuando se firme la venta ante notario ella me tendria que dar 95.250euros,cantidad que seguro no sera suficiente para cancelar la hipoteca,por que ahora mismo debo 122.722euros.La verdad no se que hacer mi mujer y yo estamos nerviosos y muy procupados,tenemos dos hijos pequeños de 9 y 5 años y encima yo no tengo trabajo,necesitamos ayuda,he hestado pensando que en el supuesto caso que la inquilina no me lo pudiera comprar y me pidiera seguir en el piso....mi pregunta que te hago es la sguiente:¿se podria modificar o añadir alguna clausula en la que me beneficiase yo de alguna manera en el nuevo contrato?por que claro las cuentas y el pensamiento de la inquilina es que cada mes se esta quitando 750euros y bajando.....hasta que llegue la firma,en plan malo he pensado que si en Noviembre del 2015 me dice que no puede comprarmelo por que su Banco no le da el dinero...decirle que se valla por que estoy en mi derecho y legalmente puedo hacerlo,pues le doy la fianza y ya esta.Lo malo que yo seguiria pagando las cuotas...no se como pero bueno ya pensare en algo,bueno Gregorio siento ser pesado pero es que estamos asustados y nerviosos,la situacion es la que hay y necesitamos alguien que nos ayude y nos asesore muy bien,muchisimas gracias de verdad

manuel · 2014-08-09

Gregorio los 750euros me lo ingresa la inquilina todos los meses en mi cuenta que es donde tengo la hipoteca,saludos

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-09-16

Hola Manuel, y gracias.

Ese contrato no está bien hecho. La compradora tiene demasiadas ventajas. Lo normal es haber hecho algo como te comentaba antes, el alquiler no debe descontarse del precio de venta, porque tal y como lo tienes es como comprar a plazos pero sin pagar intereses, mientras que tú sí los tienes que pagar.

Supongo que con el contrato ya firmado no se puede hacer nada. Si al vences este contrato la inquilina no ejerje su derecho de compra, deberías hacer otro contrato distinto, como te explicaba antes, sin que los alquileres se vayan restando del precio de compra que se pacte.

Saludos.

Cristina · 2015-04-09

Hola,

Estoy redactando un contrato de alquiler con opción a compra. Tengo una duda:

El inquilino/comprador me va a dar una prima (deducible del precio de venta) que si no se ejerce la opción a compra en el plazo fijado (3 años) no se devuelve. Mi duda es: si por una circunstancia X, se produce impago de alquiler en estos 3 años: (i) ¿tengo derecho a una cláusula que diga que la opción de compra queda anulada? (ii) ¿tengo derecho a una cláusula que diga que la prima de opción no se devuelve tampoco en estas circunstancias?

Gracias por su respuesta.
Cristina Vidal

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-04-10

Hola Criistina,

Sí, puedes poner ambas cláusulas, y debes hacerlo, además, para protegerte.

Saludos.

lorena · 2016-01-15

Hola me llamo lorena hace cinco años me meti en un alquiler opcion compra di 32.000 euros de entrada y 900 e de alquiler mes despues de dos años no pude hacer la compra y el propietario me hizo un nuevo contrato 12.000 de entrada de nuevo y 1000 e al mes han pasado los tres años y la casa no tiene el mismo valir me vuelvo a ver en la misma situacion y lo voy a perder todo. Hasta el dia de hoy e pagado 109.600 euros. Los dueños no quieren darme opcion de nada ya k el contrato a terminado.porfavor mi caso tiene solucion? Tengo alguna posibilidad? Necesito ayuda porfavor estoy deseperada es mucho dinero y no solo eso mis ahorros mi sueño...os ruego me contesteis tengo dos hijos pequeños!!!

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-01-19

Hola Lorena,

Esto no es un alquiler con opción a compra. No tendrías que haber dado esos 32.000 euros en ningún caso, ni tampoco los otros 12.000.

Sólo tendrías que haber dado los 900 euros de alquiler al mes.

¿Qué precio de compra firmaste en el contrato?

Saludos.

Sebas · 2016-02-11

Buenas tardes,

Nos han ofrecido una casa de alquiler con opción a compra obligatoria. La duda es porque esa casa esta hipotecada, los dueños son mayores y uno de ellos enfermo. Lo he comentado con conocidos y me han dicho que es una irresponsabilidad que me ofrezcan la casa así. Si no pagan la hipoteca, no tengo opción de recuperar lo pagado de prima inicial y los meses de alquiler. Y si muere uno de los propietarios no tendría derecho a ejercer la opción de compra?

Gracias

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-02-12

Hola Sebas,

Creo que te han aconsejado bien, yo lo descartaría completamente. Para tí es un riesgo totalmente innecesario, hay muchísimos pisos vacíos buscando un inquilino. Es mejor que busques otros pisos.

Saludos.

Debora Felipe · 2016-05-16

hola mi nombre es Debora,y e estado pensando en alquilar una casa con opción a compra pero me gustaría saber si es cierto que cada X meses pagas mucho mas de lo acordado del alquiler? y que requisitos debo cumplir para alquilar con opción a compra.
Gracias

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-05-17

Hola Debora,

Lo lógico es pagar más por el alquiler, sí, por tener derecho a esa opción a compra.

Si me cuentas un poco el caso te digo mi opinión sobre qué es lo que más te interesa.

Saludos.

Debora · 2016-05-17

Hola Gregorio,ahora mismo estoy pendiente de una indemnización por la defunción (accidente laboral) del papa de mi hija y estoy barajando varias posibilidades y esa es una d ellas.me gustaría comprar una casita para su futuro pro aquí dnd yo vivo están un poco caras y mientras espero ese ingreso estoy pagando alquiler y pense q para regalar mientras tanto este dinero seria mejor alquilar y llegado él momento comprar.pro me da algo de miedo xq no se como funciona esto ni cuales serían las cuotas.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-05-20

Hola Debora,

Lo siento.

Si crees que las casas van a bajar, no te interesa el alquiler con opción a compra, porque comprarías en el futuro a los precios actuales (caros).

Imagina que la casa que quieres ahora cuesta 100.000 euros, y tú crees que va a bajar a 50.000 euros.

Si haces ahora un alquiler con opción a compra, el precio que se fije en el contrato será más o menos los 100.000 euros actuales. Y si dentro de unos años ha bajado a 50.000, por tu alquiler a compra la podrías comprar a 100.000, no a 50.000.

No estarías obligada a comprarla a 100.000 en ese caso, lo que harías es renunciar a ese derecho y comprar otra similar a 50.000 euros. Pero durante todos esos años en lugar de pagar un alquiler de 300 euros, por ejemplo, lo habrías pagado de 400, por tener ese derecho a comprarla a 100.

Saludos.

Alejandro · 2016-05-31

Hola,
Estaba pensando en irme a vivir con un alquiler con opción a compra y tengo dudas acerca de la prima inicial en cuanto a si siempre es requerida aparte o puede irse desembolsando ese importe a través de la cuota de alquiler.

Annette · 2016-05-31

Estimado, vivo en el Perú, y la ley de alquiler opción compra está vigente desde noviembre del año pasado.,pero desafortunadamente no existe orientación en este tema acá en mi país. Sabe si hay cursos especializados, y en qué país? Muchas gracias. Saludos cordiales!

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-03

Hola Alejandro,

Eso depende de lo que acuerden las 2 partes en cada caso, no hay algo estándar que haya que cumplir por ley. Lo habitual es que se pague algo más de alquiler al mes que en un alquiler sin opción a compra. Pero todas las condiciones las tienes que fijar tú con el dueño del piso.

Saludos.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-03

Hola Annette.

No creo que haya cursos, pero puede que sí. ¿Qué dudas tienes?

Saludos.

Iria · 2016-06-21

Hola, tengo una duda. Sabes si se ha dado algún caso en que los pisos de banco te puedan dar la opción de alquiler con derecho a compra? Sería en este caso más fiable que con un piso de cualquier particular?

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-22

Hola Iria,

Los bancos hacen ese tipo de operaciones, sí.

Pero una cosa, ¿por qué en este momento querrías hacer un alquiler con derecho a compra en lugar de comprar directamente el piso? Es importante para ver si es lo mejor en tu caso, o no.

Saludos.

Iria · 2016-06-22

En mi situación, aún no tengo lo suficiente ahorrado para pagar tema papeleo, me dan el 100% pero lo demás a cargo mío, normal; por eso preguntaba lo de la posibilidad de alquiler con opción a compra con el banco, si es algo más seguro o por el contrario demasiadas complicaciones que comprarlo directamente. Gracias.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-23

Hola Iria,

El alquiler con opción a compra se usa cuando crees que dentro de unos años vas a comprar un piso, pero no estás segura al 100%.

Por ejemplo, porque por trabajo cambies de ciudad de residencia, y sea muy seguro que dentro de 3 años (por ejemplo), te van a hacer fija y te vas a quedar a vivir allí de forma indefinida. Pero quieres evitar la posibilidad de que, por lo que sea, al final no te hagan fija, no te quedes a vivir en esa ciudad, y tengas un piso comprado, que ya no vas a necesitar. A cambio de eso, pagas un poco más de alquiler cada mes.

En tu caso creo que lo mejor es que esperes un tiempo y ahorres, para poder comprarte la casa con más desahogo. El alquiler con opción a compra creo que no te interesa, porque igualmente al comprar tendrás que pagar notario, registro, etc, pero además cada mes pagarás un poco más de alquiler, y eso hará que puedas ahorrar menos.

Saludos.

Iria · 2016-06-23

Muchisimas gracias por tu comentario. Me ha servido de mucho en estos momentos que tenía la cabeza hecha un lío.

David · 2017-01-25

Hola Gregorio,

Gracias por su artículo. Tengo varias dudas:
- ¿Debe adjuntarse nota simple a la firma de los contratos para asegurar que el inmueble está libre de cargas?
- ¿Puede el propietario hipotecar el inmueble una vez firmados los contratos? En caso afirmativo, ¿cómo puede el inquilino protejerse de ésto? ¿Inscribiendo el contrato en el registro de la propiedad?

Gracias por su atención,

David.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2017-01-26

De nada, David.

No te sé responder esos detalles con total seguridad, para que no tuvieras que confirmarlo por otro sitio. Yo preguntaría primero en tu banco, por si lo saben, y después en un notario. Con eso lo sabes seguro y lo puedes hacer con total tranquilidad, yo prefiero no decirte algo que pueda no ser exacto, y se me escape algún detalle importante.

Saludos.

jose · 2020-06-05

Hola:
Tengo la intención como inquilino, de alquilar una vivienda para habitual con OPCION A COMPRA, mas o menos se como va: Entrega inicial + renta durante los años que se establezcan, y sometido a la LAU, además se pondrán las cláusulas que ambas partes acuerden. La pregunta es; ¿En esas clausulas cabe alguna que el inquilino pueda vender la vivienda llegado casi al plazo porque no consigue el dinero que le falta para completar la compra?., De esa manera se asegura no perder las cantidades entregadas y en definitiva el Arrendador/Propietario no pierde nada porque recibiría el dinero pactado en la Opción de Compra. ¿Que redacción tendría esa cláusula?. ¿Es legal?. Naturalmente el contrato se realizaría ante notario con inscripción en el Registro de la Propiedad. Otra es: ¿Como se "atarían" los cabos para que, en caso de fallecimiento del propietario no pudieran negarse los herederos a consumar la opción de compra?. Muchas gracias y un Saludo
JoseLobo

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2020-06-06

Hola Jose.

Esta pregunta es complicada para mi, porque no soy abogado. Pregúntale a un notario, y háblalo con el vendedor. Yo esto no te lo sé responder, lo siento.

Saludos.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-24

De nada, Iria.

Tú pregunta todas las dudas que tengas.

Saludos.

Comentarios

Caro · 2014-04-22

Hola, me gustaría saber qué cantidad hay que pagar como prima en concepto de "tranquilidad para el vendedor, que pienso en quedarme la casa"

Gracias

Invertir en Bolsa · 2014-04-23

Hola Caro,

No hay una cifra "oficial" o "estándar", y ni siquiera hay datos públicos de las primas que se pagan en estos casos.

En general, alrededor del 10% parece una cifra adecuada. Puede ser algo más o algo menos, pero más o menos ese 10% se puede considerar algo "justo" para ambas partes.

Un saludo.

manuel · 2014-08-06

soy dueño de un piso,lo tengo alquilado con derecho a compra a una persona,he pactado un precio con ella,el problema es que tengo hipoteca y el banco donde la tengo me dice que cuando llegue el momento de la venta,no sera suficiente,el caso es que la cantidad pactada era similar a la hipoteca que yo debo,cuando llegue el momento de la venta que hago? gracias

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-08-07

Hola Manuel,

Por lo que dices, no entiendo que el banco diga que no es suficiente. Si el precio que has pactado por la venta es superior a lo que te queda de hipoteca, con lo que te den por la venta podrás cancelar la hipoteca.

¿Por qué dice el banco que no es suficiente?

Un saludo.

manuel · 2014-08-07

el contrato se hizo en noviembre del 2009 por un periodo de tres años,cuando finalizo me dijo que no podia comprarlo,llegamos a un acuerdo para renovar por otros tres,por cierto la venta pactada es de 155.000 euros,me dio 5000 de señal mas 750 del primer mes,las mensualidades son de 750euros,el contrato finaliza en noviembre de 2015,actualmente tengo una hipoteca de 122.782,la fianza mas las mensualidades entregadas hasta hora y las que faltan hasta el final del contrato,se restaran del precio pactado,me himagino que dentro de esos 750 euros se cobraran el capital mas intereses,no se que hipoteca tendre al finalizar el contrato con esta persona,espero que cuando se firme la venta y lo que le quede por darme sea suficiente para cancelar la hipoteca,espero haberme explicado gracias

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-08-08

Hola Manuel,

Pues por las cifras que das, sí te da para pagar la hipoteca. Imagino que tú vas pagando la hipoteca normalmente, ¿no?

Pero creo que has hecho algo incorrecto, que es restar del precio a pagar todas las mensualidades entregadas. En la práctica te está comprando el piso a plazos, pero sin pagar intereses, mientras que tú sí tienes que pagar los intereses de la hipoiteca. Lo normal sería hacer algo como esto:

El alquiler normal de tu piso son 650 euros, por ejemplo.

Tú lo alquilas con opción a compra por 750 euros.

El inquilino tiene derecho a comprarlo por 155.000 euros.

Pero las mensualidades que vaya pagando no se restan de los 155.000 euros.

Es decir, esos 100 euros de más que paga al mes es por el derecho a comprar ese piso cuando él quiera (detnro del plazo establecido) a 155.000 euros.

Pero en el momento en que lo compre tendrá que pagar 155.000 euros (sin restar los alquileres pagados), independientemente de que haya pagado 1 mes de alquiler o 30.

Tal como lo has hecho le interesa comprarlo lo más tarde posible, porque durante ese tiempo eres tú el que paga los intereses de la hipoteca, mientras que él se está evitando todos esos intereses de la hipoteca.

Un saludo.

manuel · 2014-08-09

que tal Gregorio,pues entonces tengo un problema gordo por que en el contrato inicial como en el siguiente que le hice,no figura ninguna clausula en el cual detalle que de los 750euros que me da sea (x para alquiler y x para intereses)de todas formas fue la inquilina la que me dijo que me daba esa cantidad,yo en ningun momento le dije esa cantidad,el contrato se hizo en una gestoria,(ya me podian a ver informado sobre este punto ¿verdad?).He hechado cuentas.....inicio del contrato:desde el 1 de Noviembre del 2009 hasta el 30 de Noviembre del 2015,SEIS años en total,en este periodo la inquilina me entrega un himporte de 59.750euros que enteoria y supuestamente se restara al importe pactado que es 155000euros,o sea que cuando se firme la venta ante notario ella me tendria que dar 95.250euros,cantidad que seguro no sera suficiente para cancelar la hipoteca,por que ahora mismo debo 122.722euros.La verdad no se que hacer mi mujer y yo estamos nerviosos y muy procupados,tenemos dos hijos pequeños de 9 y 5 años y encima yo no tengo trabajo,necesitamos ayuda,he hestado pensando que en el supuesto caso que la inquilina no me lo pudiera comprar y me pidiera seguir en el piso....mi pregunta que te hago es la sguiente:¿se podria modificar o añadir alguna clausula en la que me beneficiase yo de alguna manera en el nuevo contrato?por que claro las cuentas y el pensamiento de la inquilina es que cada mes se esta quitando 750euros y bajando.....hasta que llegue la firma,en plan malo he pensado que si en Noviembre del 2015 me dice que no puede comprarmelo por que su Banco no le da el dinero...decirle que se valla por que estoy en mi derecho y legalmente puedo hacerlo,pues le doy la fianza y ya esta.Lo malo que yo seguiria pagando las cuotas...no se como pero bueno ya pensare en algo,bueno Gregorio siento ser pesado pero es que estamos asustados y nerviosos,la situacion es la que hay y necesitamos alguien que nos ayude y nos asesore muy bien,muchisimas gracias de verdad

manuel · 2014-08-09

Gregorio los 750euros me lo ingresa la inquilina todos los meses en mi cuenta que es donde tengo la hipoteca,saludos

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2014-09-16

Hola Manuel, y gracias.

Ese contrato no está bien hecho. La compradora tiene demasiadas ventajas. Lo normal es haber hecho algo como te comentaba antes, el alquiler no debe descontarse del precio de venta, porque tal y como lo tienes es como comprar a plazos pero sin pagar intereses, mientras que tú sí los tienes que pagar.

Supongo que con el contrato ya firmado no se puede hacer nada. Si al vences este contrato la inquilina no ejerje su derecho de compra, deberías hacer otro contrato distinto, como te explicaba antes, sin que los alquileres se vayan restando del precio de compra que se pacte.

Saludos.

Cristina · 2015-04-09

Hola,

Estoy redactando un contrato de alquiler con opción a compra. Tengo una duda:

El inquilino/comprador me va a dar una prima (deducible del precio de venta) que si no se ejerce la opción a compra en el plazo fijado (3 años) no se devuelve. Mi duda es: si por una circunstancia X, se produce impago de alquiler en estos 3 años: (i) ¿tengo derecho a una cláusula que diga que la opción de compra queda anulada? (ii) ¿tengo derecho a una cláusula que diga que la prima de opción no se devuelve tampoco en estas circunstancias?

Gracias por su respuesta.
Cristina Vidal

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-04-10

Hola Criistina,

Sí, puedes poner ambas cláusulas, y debes hacerlo, además, para protegerte.

Saludos.

lorena · 2016-01-15

Hola me llamo lorena hace cinco años me meti en un alquiler opcion compra di 32.000 euros de entrada y 900 e de alquiler mes despues de dos años no pude hacer la compra y el propietario me hizo un nuevo contrato 12.000 de entrada de nuevo y 1000 e al mes han pasado los tres años y la casa no tiene el mismo valir me vuelvo a ver en la misma situacion y lo voy a perder todo. Hasta el dia de hoy e pagado 109.600 euros. Los dueños no quieren darme opcion de nada ya k el contrato a terminado.porfavor mi caso tiene solucion? Tengo alguna posibilidad? Necesito ayuda porfavor estoy deseperada es mucho dinero y no solo eso mis ahorros mi sueño...os ruego me contesteis tengo dos hijos pequeños!!!

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-01-19

Hola Lorena,

Esto no es un alquiler con opción a compra. No tendrías que haber dado esos 32.000 euros en ningún caso, ni tampoco los otros 12.000.

Sólo tendrías que haber dado los 900 euros de alquiler al mes.

¿Qué precio de compra firmaste en el contrato?

Saludos.

Sebas · 2016-02-11

Buenas tardes,

Nos han ofrecido una casa de alquiler con opción a compra obligatoria. La duda es porque esa casa esta hipotecada, los dueños son mayores y uno de ellos enfermo. Lo he comentado con conocidos y me han dicho que es una irresponsabilidad que me ofrezcan la casa así. Si no pagan la hipoteca, no tengo opción de recuperar lo pagado de prima inicial y los meses de alquiler. Y si muere uno de los propietarios no tendría derecho a ejercer la opción de compra?

Gracias

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-02-12

Hola Sebas,

Creo que te han aconsejado bien, yo lo descartaría completamente. Para tí es un riesgo totalmente innecesario, hay muchísimos pisos vacíos buscando un inquilino. Es mejor que busques otros pisos.

Saludos.

Debora Felipe · 2016-05-16

hola mi nombre es Debora,y e estado pensando en alquilar una casa con opción a compra pero me gustaría saber si es cierto que cada X meses pagas mucho mas de lo acordado del alquiler? y que requisitos debo cumplir para alquilar con opción a compra.
Gracias

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-05-17

Hola Debora,

Lo lógico es pagar más por el alquiler, sí, por tener derecho a esa opción a compra.

Si me cuentas un poco el caso te digo mi opinión sobre qué es lo que más te interesa.

Saludos.

Debora · 2016-05-17

Hola Gregorio,ahora mismo estoy pendiente de una indemnización por la defunción (accidente laboral) del papa de mi hija y estoy barajando varias posibilidades y esa es una d ellas.me gustaría comprar una casita para su futuro pro aquí dnd yo vivo están un poco caras y mientras espero ese ingreso estoy pagando alquiler y pense q para regalar mientras tanto este dinero seria mejor alquilar y llegado él momento comprar.pro me da algo de miedo xq no se como funciona esto ni cuales serían las cuotas.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-05-20

Hola Debora,

Lo siento.

Si crees que las casas van a bajar, no te interesa el alquiler con opción a compra, porque comprarías en el futuro a los precios actuales (caros).

Imagina que la casa que quieres ahora cuesta 100.000 euros, y tú crees que va a bajar a 50.000 euros.

Si haces ahora un alquiler con opción a compra, el precio que se fije en el contrato será más o menos los 100.000 euros actuales. Y si dentro de unos años ha bajado a 50.000, por tu alquiler a compra la podrías comprar a 100.000, no a 50.000.

No estarías obligada a comprarla a 100.000 en ese caso, lo que harías es renunciar a ese derecho y comprar otra similar a 50.000 euros. Pero durante todos esos años en lugar de pagar un alquiler de 300 euros, por ejemplo, lo habrías pagado de 400, por tener ese derecho a comprarla a 100.

Saludos.

Alejandro · 2016-05-31

Hola,
Estaba pensando en irme a vivir con un alquiler con opción a compra y tengo dudas acerca de la prima inicial en cuanto a si siempre es requerida aparte o puede irse desembolsando ese importe a través de la cuota de alquiler.

Annette · 2016-05-31

Estimado, vivo en el Perú, y la ley de alquiler opción compra está vigente desde noviembre del año pasado.,pero desafortunadamente no existe orientación en este tema acá en mi país. Sabe si hay cursos especializados, y en qué país? Muchas gracias. Saludos cordiales!

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-03

Hola Alejandro,

Eso depende de lo que acuerden las 2 partes en cada caso, no hay algo estándar que haya que cumplir por ley. Lo habitual es que se pague algo más de alquiler al mes que en un alquiler sin opción a compra. Pero todas las condiciones las tienes que fijar tú con el dueño del piso.

Saludos.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-03

Hola Annette.

No creo que haya cursos, pero puede que sí. ¿Qué dudas tienes?

Saludos.

Iria · 2016-06-21

Hola, tengo una duda. Sabes si se ha dado algún caso en que los pisos de banco te puedan dar la opción de alquiler con derecho a compra? Sería en este caso más fiable que con un piso de cualquier particular?

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-22

Hola Iria,

Los bancos hacen ese tipo de operaciones, sí.

Pero una cosa, ¿por qué en este momento querrías hacer un alquiler con derecho a compra en lugar de comprar directamente el piso? Es importante para ver si es lo mejor en tu caso, o no.

Saludos.

Iria · 2016-06-22

En mi situación, aún no tengo lo suficiente ahorrado para pagar tema papeleo, me dan el 100% pero lo demás a cargo mío, normal; por eso preguntaba lo de la posibilidad de alquiler con opción a compra con el banco, si es algo más seguro o por el contrario demasiadas complicaciones que comprarlo directamente. Gracias.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-23

Hola Iria,

El alquiler con opción a compra se usa cuando crees que dentro de unos años vas a comprar un piso, pero no estás segura al 100%.

Por ejemplo, porque por trabajo cambies de ciudad de residencia, y sea muy seguro que dentro de 3 años (por ejemplo), te van a hacer fija y te vas a quedar a vivir allí de forma indefinida. Pero quieres evitar la posibilidad de que, por lo que sea, al final no te hagan fija, no te quedes a vivir en esa ciudad, y tengas un piso comprado, que ya no vas a necesitar. A cambio de eso, pagas un poco más de alquiler cada mes.

En tu caso creo que lo mejor es que esperes un tiempo y ahorres, para poder comprarte la casa con más desahogo. El alquiler con opción a compra creo que no te interesa, porque igualmente al comprar tendrás que pagar notario, registro, etc, pero además cada mes pagarás un poco más de alquiler, y eso hará que puedas ahorrar menos.

Saludos.

Iria · 2016-06-23

Muchisimas gracias por tu comentario. Me ha servido de mucho en estos momentos que tenía la cabeza hecha un lío.

David · 2017-01-25

Hola Gregorio,

Gracias por su artículo. Tengo varias dudas:
- ¿Debe adjuntarse nota simple a la firma de los contratos para asegurar que el inmueble está libre de cargas?
- ¿Puede el propietario hipotecar el inmueble una vez firmados los contratos? En caso afirmativo, ¿cómo puede el inquilino protejerse de ésto? ¿Inscribiendo el contrato en el registro de la propiedad?

Gracias por su atención,

David.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2017-01-26

De nada, David.

No te sé responder esos detalles con total seguridad, para que no tuvieras que confirmarlo por otro sitio. Yo preguntaría primero en tu banco, por si lo saben, y después en un notario. Con eso lo sabes seguro y lo puedes hacer con total tranquilidad, yo prefiero no decirte algo que pueda no ser exacto, y se me escape algún detalle importante.

Saludos.

jose · 2020-06-05

Hola:
Tengo la intención como inquilino, de alquilar una vivienda para habitual con OPCION A COMPRA, mas o menos se como va: Entrega inicial + renta durante los años que se establezcan, y sometido a la LAU, además se pondrán las cláusulas que ambas partes acuerden. La pregunta es; ¿En esas clausulas cabe alguna que el inquilino pueda vender la vivienda llegado casi al plazo porque no consigue el dinero que le falta para completar la compra?., De esa manera se asegura no perder las cantidades entregadas y en definitiva el Arrendador/Propietario no pierde nada porque recibiría el dinero pactado en la Opción de Compra. ¿Que redacción tendría esa cláusula?. ¿Es legal?. Naturalmente el contrato se realizaría ante notario con inscripción en el Registro de la Propiedad. Otra es: ¿Como se "atarían" los cabos para que, en caso de fallecimiento del propietario no pudieran negarse los herederos a consumar la opción de compra?. Muchas gracias y un Saludo
JoseLobo

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2020-06-06

Hola Jose.

Esta pregunta es complicada para mi, porque no soy abogado. Pregúntale a un notario, y háblalo con el vendedor. Yo esto no te lo sé responder, lo siento.

Saludos.

Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2016-06-24

De nada, Iria.

Tú pregunta todas las dudas que tengas.

Saludos.

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