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Fiscalidad de los derivados (opciones y futuros) ejercicio 2012 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2013)
Los derivados (opciones, futuros, warrants, CFD's, etc.) han sufrido el mismo empeoramiento de la fiscalidad que otros productos como las acciones o los fondos de inversión. La plusvalía/minusvalía se calcula restando el precio de compra al precio de venta. Al precio de compra hay que sumarle todos los gastos y comisiones de la operación y al precio de venta hay que restarle dichos gastos y comisiones.
En caso de ganar dinero con las operaciones con derivados hay que pagar a Hacienda según la siguiente escala:
- Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 21%
- Entre 6.000,01 y 24.000 euros: se paga el 25%
- Más de 24.000 euros: se paga el 27%
Como explico con más detalle en la fiscalidad de la venta de acciones en el año 2012 esta escala se aplica a la suma de ganancias que se obtengan con todos los productos de ahorro e inversión (acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, etc.), no es independiente para cada uno de ellos.
En caso de tener pérdida al cerrar la operación las minusvalías pueden compensarse con otras plusvalías (acciones, fondos de inversión, derivados, inmuebles, etc.). En caso de no existir plusvalías con las que compensar (o de que las minusvalías obtenidas en el año sean superiores a las plusvalías) las minusvalías que no hayan podido ser compensadas podrán ser compensadas a lo largo de los 4 ejercicios siguientes.
Las operaciones con derivados se declaran en el ejercicio en que se cierran dichas operaciones. Por ejemplo, si se vende una opción put en Noviembre de 2012 y después se recompra, o expira sin valor, en Febrero de 2013 la plusvalía/minusvalía generada se declara en el ejercicio 2013, aunque el dinero por la venta de la put se haya ingresado en 2012.
En las operaciones con derivados pueden compensarse todas las minusvalías, independientemente del tiempo que pase, antes o después, hasta que se vuelven a comprar valores homogéneos. Es decir, la “regla de los 2 meses” no se aplica a las operaciones con derivados. Se pueden estar comprando y vendiendo futuros de Telefónica todos los días y todas las minusvalías que se tengan se podrán compensar con las plusvlías que se hayan obtenido (en derivados o en acciones, fondos de inversión, etc.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones
Comentarios
Roger · 2012-06-07
Hola, siendo residente español pero operando la totalidad de mis inversiones en futuros, en Chicago y con un Broker americano, tengo la misma tributación que operando en bolsa española?.
muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-06-07
Hola Roger,
Sí, la tributación es la misma. Lo único es que tienes que pagar por el beneficio en euros de cada operación, y si el broker no te da esa información y haces muchas oepraciones puedes ser bastante pesado llevar ese control.
Pero por lo demás la fiscalidad es la misma que si operas en un broker español con derivados españoles.
Un saludo.
Roger · 2012-06-07
Gracias amigo por la respuesta tan rapida. Bueno era de esperar, otros paises al inversor que repatria beneficios en sus inversiones, no le hacen tributar o tributa menos, se entiende que contribuye a aportar liquidez y riqueza al Pais, pero aquí parece que no se enteran de eso.
un saludo
Invertir en bolsa · 2012-06-08
Hola Roger,
Yo estoy a favor de bajar los impuesto para reactivar la economía, sí:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/clases_economia.htm]Clases de economía[/url]
Un saludo.
david · 2012-06-26
hola:
Durante el ejercicio 2011 he obtenido minusvalias operando con CFDS sobre divisas y comodieties de CBOT. En la declaracion de IRPF , insertando en las casillas 341 a 367 he visto que mi cuota a ingresar/devolver no se altera. Es por el motivo de que no hay plusvalias para compensar las comentadas minusvalias ? las podre compensar posteriormente en 4 ejercicios siguientes??
Gracias de vuestros comentarios
david
Invertir en bolsa · 2012-06-27
Hola David,
Así es, las minusvalías se compensan con otras plusvalías en derivados, acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc. Y si no tienes plusvalías este año no las podrás compensar en este año.
Pero debes reflejar esas operaciones con minusvalías en la declaración de este año para poder compensarlas en los 4 próximos años.
Un saludo.
peppe · 2012-07-12
Buenos dias,
si se ejerce una opcion ligada a un deposito, y en lugar de devolver el 100% del capital devolvemes el 100%-lo que nos quedamos con el ejercicio, este ejercicio se puede considerar rendimiento de capital?
Invertir en bolsa · 2012-07-12
Hola Peppe,
Tendría que ver qué producto es exactamente para poder responderte. Me parece un caso bastante especial, y tendría que verlo en detalle. ¿Qué producto es?
Un saludo.
peppe · 2012-07-12
hola,
es un deposito que tiene una opcion europea de renta variable.
Invertir en bolsa · 2012-07-13
Hola Peppe,
Tendría que ver qué producto exacto es. ¿Puedes decir el nombre del producto?
Un saludo.
Félix · 2012-09-11
Buenas tarde.
Desconozco que sucederá ahora con la introducción del tiempo en la tributación, menos de un año y más de un año.
Y si se deja una opción vendida hasta vencimiento se ejecuta y compramos o vendemos las acciones.¿Cómo tributa la prima?
Un lío, muchas gracias y saludos.
Invertir en bolsa · 2012-09-17
Hola Félix,
Los rumores sobre cambios en la fiscalidad son de momento sólo rumores, y se aplicarían a partir del 1 de enero de 2013.
Para las operaciones que hagas en 2012 sigue vigente lo escrito en es este artículo. Cuando se anuncien los nuevos cambios para 2013 veremos en qué consisten exactamente, pero de momento no podemos saberlo con certeza.
Un saludo.
Perdigón · 2013-04-21
IEB, en el informe del broker respecto a los derivados viene un apartado de "intereses garantías MEFF" y quisiera preguntarte dónde tributarían.
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-04-22
Hola Perdigón,
Igual que los intereses de los depósitos.
Un saludo.
Jimmy · 2013-04-23
Hola!
Quisiera saber si las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de operaciones en los mercados de futuros se declaran en las casillas de la serie 340 (acciones o participaciones en mercados oficiales) o en las casillas de la serie 360 (otros elementos patrimoniales).
Muchas gracias!
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola Jimmy,
Es en la 340. La otra es para inmuebles, empresas que no cotizan en Bolsa, etc.
Un saludo.
gonzalo · 2013-08-06
Hola
Yo opero con opciones a traves de thinkorswim (el dinero esta en USA), en 2011 tuve una perdida de 1000$ y en 2012 una ganancia de 500$, el que me hace la declaración me dice que como tengo el dinero alla no hace falta declararlos.
Es cierto esto????
Invertir en bolsa · 2013-09-09
Hola Gonzalo,
Entiendo que eres residente en España. Si es así, tienes que declarar todas las ganancias y pérdidas que tengas en cualquier parte del mundo. Incluidas estas que comentas, lógicamente.
A lo mejor en un caso así Hacienda puede que no lo detecte, pero si lo hace, te pondrá una multa.
En este caso, además, te interesa declararlo, porquer el resultado global es una pérdida de 500$, que podrás utilizar para compensar otras ganancias que tengas (con acciones, fondos de inversión, etc), y pagar menos a Hacienda.
Un saludo.
forexxx · 2013-09-11
Una pregunta, ¿cuando uno tiene ganancias y pérdidas en Forex, declara a hacienda todos los movimientos del año o sólo sobre el dinero que retira de la cuenta Forex? Porque me han dado informaciones contradictorias al respecto y ahora tengo dudas.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-09-13
Hola forexxx,
Tienes que declarar todas las operaciones que hagas. Que retires el dinero de la cuenta o no, no afecta al pago Hacienda. Da igual que lo saques todo, o que no saques nada, el pago a Hacienda no varía.
Un saludo.
ivan · 2013-09-23
Hola. Si vendo opciones, la prima que obtengo de las opciones hay que sumarla a los dividendos que recibo de las acciones que ya tengo en cartera para calcular la retención? . Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-09-23
Hola Iván,
No, son cosas distintas.
Cuando cobras una prima no te retienen nada. Luego, al hacer la declaración del IRPF, declaras la ganancia o pérdida que hayas tenido con esa operación.
Un saludo.
ivan · 2013-09-23
Es decir, cuando vendes opciones, las primas que cobras tributan como rendimientos del capital mobiliario (como los intereses de los depósitos), independientemente de que la opción la ejerzan o no. Y, si compras opciones, las primas que pagues se restan a las primas que cobraste de las ventas de opciones, y si el resultado es positivo, tributas al 21% ( hasta 6000 €). He entendido bien?.
Invertir en bolsa · 2013-09-30
Hola Iván.
No es así, en los dos casos pagas lo mismo.
Si compras una opción por 25 euros y la vendes por 100, ganas 75 euros.
Si vendes una opción por 100 euros y la compras por 25, también ganas 75 euros.
En ambos casos pagas por esos 75 euros lo mismo que pagarías si los hubieras ganado comprando y vendiendo acciones, por ejemplo.
Y pagas en el año en que cierres la operación. Es decir, si vendes ahora, en Septiembre de 2013, una opción por 100 euros y vence sin valor en Marzo de 2014, has ganado 100 euros, que los deberás declarar en la declaración de la renta de 2014, que es la que presentarás en Mayo-Junio de 2015.
Un saludo.
Andariego · 2013-10-06
Buenos días,
Disculpad mi ignorancia, pero no sé cómo compensar las minusvalías en opciones: ¿Si he ganado 1.000 euros en varias operaciones y a su vez he perdido 1.000 euros en otras opciones mi pago de IRPF es 0 o sólo puedo compensar hasta un 10% de esos 1.000 euros perdidos?
Gracias por vuestra atención
Invertir en bolsa · 2013-10-07
Hola Andariego,
Entiendo que todas las operaciones, las pérdidas y las ganancias, son de hasta 1 año. En ese caso, compensas unas con otras, con lo que el resultado final es 0 y no tienes que pagar nada a Hacienda.
Un saludo.
Jorge · 2013-10-22
Creo que para las ganancias patrimoniales en opciones habría que incluirlas en la casilla 360-367 y en la 361 poner la clave 5.
Invertir en bolsa · 2013-10-24
Hola Jorge,
Sí, lo que pasa es que se paga lo mismo poniéndolo ahí que poniéndolo en la casilla de las acciones. Hacienda no dice nada por ponerlo en un sitio u otro, porque lo importe es que se paga lo mismo. Es más correcto ponerlo donde tú dices, pero si alguien lo pone donde las acciones, no pasa nada.
Un saludo.
Jorge · 2013-10-24
Ok, al final lo que importa es que pagues la cantidad que quieren.
Supongo que el año que viene será diferente con el tema de la base general y la base de ahorro, ya que las opciones al ser incrementos de patrimonio de menos de 1 año, ira a la base general.
Saludos y gracias.
Invertir en bolsa · 2013-10-25
Hola Jorge,
Sí, pero las operaciones con acciones (y fondos de inversión, etc) de hasta 1 año también irán a la base general, por lo que se seguirá pagando lo mismo por unas que por otras.
Lo importante es que se pague lo que hay que pagar, sí. Mientras eso sea correcto, los errores de "forma" no son importantes.
Un saludo.
Gabriel · 2014-02-11
Hola,
En tu post queda claro el tema de las comisiones. Por lo que dices, en futuros, que las comisiones son las mismas de entrada y salida, entre ellas se cancelarían (¿es esto correcto?). Sin embargo, en CFD, por lo que he leído en otras webs, las comisiones se consideran dentro de la ganancia/pérdida patrimonial por lo que no se cancelarían entre sí, si no que computarían como "pérdida". Ejemplo:
* Compro CFD
* comisión de entrada y salida = 1 euro
* Entrada= 5 Euros
* Salida= 7 Euros
* Ganancia / pérdida = 7-5-1-1= 0 euros
Es esto correcto?
Invertir en bolsa · 2014-02-13
Hola Gabriel,
Las comisiones de los futuros no se cancelan entre sí, tienes que pagar las 2 (la de compra y la de venta), y ambas reducen la plusvalía (o aumentan la minusvalía).
Imagina que ganas 1.000 euros sin comisiones en una operación de futuros, y pagas una comisión de compra de 10 euros y otra de venta de 10 euros. Tu plusvalía es de 980 euros (1.000 - 10 - 10).
Un saludo.
Gabriel · 2014-02-13
Hola,
Muchas gracias por tu rápida respuesta. En los CFD, aunque no los mencionas, entiendo que la cuenta es la misma.
Gracias de nuevo,
Invertir en bolsa · 2014-02-13
De nada, Gabriel.
En los CFD es igual, sí. Y también en las opciones, los warrants, y cualquier otro producto.
Un saludo.
Andres · 2014-12-31
PIENSO LO MISMO QUE TU. ES DINERO QUE TRAEMOS AL PAIS Y QUE MUCHOS DEJAREMOS DE HACERLO PORQUE NOS IREMOS A VIVIR DONDE MEJOR NOS TRATEN GIBRALTAR, ANDORRA, IRLANDA , LUXEMBURGO , DENVER ETC.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Andrés,
Así es, esa fiscalidad es un error, aunque en 2015 ya desaparece la diferencia entre operaciones, y todas tributan al tipo del ahorro.
Saludos.
demis · 2014-06-10
Buenas ,
Mi consulta es ,si tengo minusvalías a mas de un año con acciones,las podria compensar con plusvalías en futuros o otros derivados a menos de uno?
Invertir en Bolsa · 2014-06-11
Hola demis,
No, no es posible compensar ambas cosas.
Las minusvalías de más de 1 año sólo se pueden compensar con plusvalías de más de 1 año, no con las de hasta 1 año.
Y las minusvalías de hasta 1 año sólo se puenden compensar con las plusvalías de hasta 1 año. no con las de más de 1 año.
Un saludo.
Diego · 2014-06-25
Hola,
Yo tengo minusvalias en 2012 y minusvalias en 2013.
Para poder compensarlas en ejercicios posteriores, ¿tengo que indicar en alguna casilla de la declaración de 2013 el sumatorio total de minusvalias (2012+2013), o solamente indicar las plusvalías de 2013?
Muchas gracias de antemano,
Invertir en Bolsa · 2014-06-26
Hola Diego,
Sólo tienes que poner las de 2013. Las de 2012 no las tienes que volver a poner, las pondrás cuando tengas plusvalías y te las puedas compensar.
Un saludo.
Andres · 2014-12-31
El day trading desde el 1de enero del 2013 tributa al 50%. Lo que pasa que si no se enteran y haces la declaración en Hacienda fácilmente te lo pueden poner como si fueran acciones. Los funcionarios no saben que es esto de los futuros. Nosotros lo sabemos porque hemos hecho cursillos. Para más información recomiendo el libro de Francisca Serrano Mueve tus ahorros y ganate un sueldo.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Andrés,
No es así, no tributa al 50%, sino al tipo marginal de cada uno. Y ha sido en 2014, en 2015 ya deja de ser así. Es igual para acciones, futuros, fondos de inversión, etc.
Tampoco es sólo para el day trading, sino para operaciones de hasta 1 año, sean intradía o no, eso es indiferente.
Al ser operaciones de corto plazo, Hacienda tiene esa información, por lo que si la pones mal, es bastante probable que te pillen.
Saludos.
Jorge · 2015-01-03
He investigado por internet sobre el swaps de Forex.En algunos sitios dicen que se puede compensar con las ganancias como si fuera una perdida. En otros, dicen que no se puede compensar, que no es deducible. ¿Qué opinión es la correcta?
En relación a este asunto sobre la fiscalidad del suaps en forex ¿es lo mismo operar en un bróker de Forex que en un bróker de CFDs sobre divisas?
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Jorge,
Entiendo que has hecho operaciones de trading sobre el euro-dólar o algo así y me hablas del IRPF. En este caso, la tributación es igual a la de las acciones, por ejemplo. Las pérdidas se compensan con las ganancias, etc.
Y es lo mismo (en lo que se refiere a la fiscalidad) en los 2 tipos de brokers que comentas.
Saludos.
David · 2015-01-07
Hola Gregorio.
En primer lugar, disculpa mi ignorancia.
Siendo español, residiendo en España, y teniendo plusvalías en mercado de derivados USA con broker USA:
aparte del tipo marginal a pagar aquí en España, hay q pagar algún "impuesto USA" a través de la declaraciòn IRPF, por haber generado la ganancia en aquel mercado?
Muchas gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-09
Hola David,
No, en ese caso no tienes que pagar nada en USA.
La fiscalidad de USA sólo nos afecta a los residentes en España en la retención de los dividendos pagados por las acciones.
Saludos.
angela · 2015-05-27
Buenos días,
Opero con futuros del dax y cfds, hago varias operaciones al día, ahora tengo que hacer la declaración, y me pregunto si podría hacerlo a modo resumen, es decir ganancias y perdidas de cada activo por mes o por año, hablamos de cientos de operaciones.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-05-29
Hola Ángela.
Sí, sin problema, puedes poner el resumen de todo el año, ni siquiera hace falta que lo hagas por meses.
Saludos.
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Comentarios
Roger · 2012-06-07
Hola, siendo residente español pero operando la totalidad de mis inversiones en futuros, en Chicago y con un Broker americano, tengo la misma tributación que operando en bolsa española?.
muchas gracias
Invertir en bolsa · 2012-06-07
Hola Roger,
Sí, la tributación es la misma. Lo único es que tienes que pagar por el beneficio en euros de cada operación, y si el broker no te da esa información y haces muchas oepraciones puedes ser bastante pesado llevar ese control.
Pero por lo demás la fiscalidad es la misma que si operas en un broker español con derivados españoles.
Un saludo.
Roger · 2012-06-07
Gracias amigo por la respuesta tan rapida. Bueno era de esperar, otros paises al inversor que repatria beneficios en sus inversiones, no le hacen tributar o tributa menos, se entiende que contribuye a aportar liquidez y riqueza al Pais, pero aquí parece que no se enteran de eso.
un saludo
Invertir en bolsa · 2012-06-08
Hola Roger,
Yo estoy a favor de bajar los impuesto para reactivar la economía, sí:
[url=http://www.invertirenbolsa.info/clases_economia.htm]Clases de economía[/url]
Un saludo.
david · 2012-06-26
hola:
Durante el ejercicio 2011 he obtenido minusvalias operando con CFDS sobre divisas y comodieties de CBOT. En la declaracion de IRPF , insertando en las casillas 341 a 367 he visto que mi cuota a ingresar/devolver no se altera. Es por el motivo de que no hay plusvalias para compensar las comentadas minusvalias ? las podre compensar posteriormente en 4 ejercicios siguientes??
Gracias de vuestros comentarios
david
Invertir en bolsa · 2012-06-27
Hola David,
Así es, las minusvalías se compensan con otras plusvalías en derivados, acciones, fondos de inversión, inmuebles, etc. Y si no tienes plusvalías este año no las podrás compensar en este año.
Pero debes reflejar esas operaciones con minusvalías en la declaración de este año para poder compensarlas en los 4 próximos años.
Un saludo.
peppe · 2012-07-12
Buenos dias,
si se ejerce una opcion ligada a un deposito, y en lugar de devolver el 100% del capital devolvemes el 100%-lo que nos quedamos con el ejercicio, este ejercicio se puede considerar rendimiento de capital?
Invertir en bolsa · 2012-07-12
Hola Peppe,
Tendría que ver qué producto es exactamente para poder responderte. Me parece un caso bastante especial, y tendría que verlo en detalle. ¿Qué producto es?
Un saludo.
peppe · 2012-07-12
hola,
es un deposito que tiene una opcion europea de renta variable.
Invertir en bolsa · 2012-07-13
Hola Peppe,
Tendría que ver qué producto exacto es. ¿Puedes decir el nombre del producto?
Un saludo.
Félix · 2012-09-11
Buenas tarde.
Desconozco que sucederá ahora con la introducción del tiempo en la tributación, menos de un año y más de un año.
Y si se deja una opción vendida hasta vencimiento se ejecuta y compramos o vendemos las acciones.¿Cómo tributa la prima?
Un lío, muchas gracias y saludos.
Invertir en bolsa · 2012-09-17
Hola Félix,
Los rumores sobre cambios en la fiscalidad son de momento sólo rumores, y se aplicarían a partir del 1 de enero de 2013.
Para las operaciones que hagas en 2012 sigue vigente lo escrito en es este artículo. Cuando se anuncien los nuevos cambios para 2013 veremos en qué consisten exactamente, pero de momento no podemos saberlo con certeza.
Un saludo.
Perdigón · 2013-04-21
IEB, en el informe del broker respecto a los derivados viene un apartado de "intereses garantías MEFF" y quisiera preguntarte dónde tributarían.
Gracias
Invertir en bolsa · 2013-04-22
Hola Perdigón,
Igual que los intereses de los depósitos.
Un saludo.
Jimmy · 2013-04-23
Hola!
Quisiera saber si las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de operaciones en los mercados de futuros se declaran en las casillas de la serie 340 (acciones o participaciones en mercados oficiales) o en las casillas de la serie 360 (otros elementos patrimoniales).
Muchas gracias!
Invertir en bolsa · 2013-04-29
Hola Jimmy,
Es en la 340. La otra es para inmuebles, empresas que no cotizan en Bolsa, etc.
Un saludo.
gonzalo · 2013-08-06
Hola
Yo opero con opciones a traves de thinkorswim (el dinero esta en USA), en 2011 tuve una perdida de 1000$ y en 2012 una ganancia de 500$, el que me hace la declaración me dice que como tengo el dinero alla no hace falta declararlos.
Es cierto esto????
Invertir en bolsa · 2013-09-09
Hola Gonzalo,
Entiendo que eres residente en España. Si es así, tienes que declarar todas las ganancias y pérdidas que tengas en cualquier parte del mundo. Incluidas estas que comentas, lógicamente.
A lo mejor en un caso así Hacienda puede que no lo detecte, pero si lo hace, te pondrá una multa.
En este caso, además, te interesa declararlo, porquer el resultado global es una pérdida de 500$, que podrás utilizar para compensar otras ganancias que tengas (con acciones, fondos de inversión, etc), y pagar menos a Hacienda.
Un saludo.
forexxx · 2013-09-11
Una pregunta, ¿cuando uno tiene ganancias y pérdidas en Forex, declara a hacienda todos los movimientos del año o sólo sobre el dinero que retira de la cuenta Forex? Porque me han dado informaciones contradictorias al respecto y ahora tengo dudas.
Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-09-13
Hola forexxx,
Tienes que declarar todas las operaciones que hagas. Que retires el dinero de la cuenta o no, no afecta al pago Hacienda. Da igual que lo saques todo, o que no saques nada, el pago a Hacienda no varía.
Un saludo.
ivan · 2013-09-23
Hola. Si vendo opciones, la prima que obtengo de las opciones hay que sumarla a los dividendos que recibo de las acciones que ya tengo en cartera para calcular la retención? . Gracias.
Invertir en bolsa · 2013-09-23
Hola Iván,
No, son cosas distintas.
Cuando cobras una prima no te retienen nada. Luego, al hacer la declaración del IRPF, declaras la ganancia o pérdida que hayas tenido con esa operación.
Un saludo.
ivan · 2013-09-23
Es decir, cuando vendes opciones, las primas que cobras tributan como rendimientos del capital mobiliario (como los intereses de los depósitos), independientemente de que la opción la ejerzan o no. Y, si compras opciones, las primas que pagues se restan a las primas que cobraste de las ventas de opciones, y si el resultado es positivo, tributas al 21% ( hasta 6000 €). He entendido bien?.
Invertir en bolsa · 2013-09-30
Hola Iván.
No es así, en los dos casos pagas lo mismo.
Si compras una opción por 25 euros y la vendes por 100, ganas 75 euros.
Si vendes una opción por 100 euros y la compras por 25, también ganas 75 euros.
En ambos casos pagas por esos 75 euros lo mismo que pagarías si los hubieras ganado comprando y vendiendo acciones, por ejemplo.
Y pagas en el año en que cierres la operación. Es decir, si vendes ahora, en Septiembre de 2013, una opción por 100 euros y vence sin valor en Marzo de 2014, has ganado 100 euros, que los deberás declarar en la declaración de la renta de 2014, que es la que presentarás en Mayo-Junio de 2015.
Un saludo.
Andariego · 2013-10-06
Buenos días,
Disculpad mi ignorancia, pero no sé cómo compensar las minusvalías en opciones: ¿Si he ganado 1.000 euros en varias operaciones y a su vez he perdido 1.000 euros en otras opciones mi pago de IRPF es 0 o sólo puedo compensar hasta un 10% de esos 1.000 euros perdidos?
Gracias por vuestra atención
Invertir en bolsa · 2013-10-07
Hola Andariego,
Entiendo que todas las operaciones, las pérdidas y las ganancias, son de hasta 1 año. En ese caso, compensas unas con otras, con lo que el resultado final es 0 y no tienes que pagar nada a Hacienda.
Un saludo.
Jorge · 2013-10-22
Creo que para las ganancias patrimoniales en opciones habría que incluirlas en la casilla 360-367 y en la 361 poner la clave 5.
Invertir en bolsa · 2013-10-24
Hola Jorge,
Sí, lo que pasa es que se paga lo mismo poniéndolo ahí que poniéndolo en la casilla de las acciones. Hacienda no dice nada por ponerlo en un sitio u otro, porque lo importe es que se paga lo mismo. Es más correcto ponerlo donde tú dices, pero si alguien lo pone donde las acciones, no pasa nada.
Un saludo.
Jorge · 2013-10-24
Ok, al final lo que importa es que pagues la cantidad que quieren.
Supongo que el año que viene será diferente con el tema de la base general y la base de ahorro, ya que las opciones al ser incrementos de patrimonio de menos de 1 año, ira a la base general.
Saludos y gracias.
Invertir en bolsa · 2013-10-25
Hola Jorge,
Sí, pero las operaciones con acciones (y fondos de inversión, etc) de hasta 1 año también irán a la base general, por lo que se seguirá pagando lo mismo por unas que por otras.
Lo importante es que se pague lo que hay que pagar, sí. Mientras eso sea correcto, los errores de "forma" no son importantes.
Un saludo.
Gabriel · 2014-02-11
Hola,
En tu post queda claro el tema de las comisiones. Por lo que dices, en futuros, que las comisiones son las mismas de entrada y salida, entre ellas se cancelarían (¿es esto correcto?). Sin embargo, en CFD, por lo que he leído en otras webs, las comisiones se consideran dentro de la ganancia/pérdida patrimonial por lo que no se cancelarían entre sí, si no que computarían como "pérdida". Ejemplo:
* Compro CFD
* comisión de entrada y salida = 1 euro
* Entrada= 5 Euros
* Salida= 7 Euros
* Ganancia / pérdida = 7-5-1-1= 0 euros
Es esto correcto?
Invertir en bolsa · 2014-02-13
Hola Gabriel,
Las comisiones de los futuros no se cancelan entre sí, tienes que pagar las 2 (la de compra y la de venta), y ambas reducen la plusvalía (o aumentan la minusvalía).
Imagina que ganas 1.000 euros sin comisiones en una operación de futuros, y pagas una comisión de compra de 10 euros y otra de venta de 10 euros. Tu plusvalía es de 980 euros (1.000 - 10 - 10).
Un saludo.
Gabriel · 2014-02-13
Hola,
Muchas gracias por tu rápida respuesta. En los CFD, aunque no los mencionas, entiendo que la cuenta es la misma.
Gracias de nuevo,
Invertir en bolsa · 2014-02-13
De nada, Gabriel.
En los CFD es igual, sí. Y también en las opciones, los warrants, y cualquier otro producto.
Un saludo.
Andres · 2014-12-31
PIENSO LO MISMO QUE TU. ES DINERO QUE TRAEMOS AL PAIS Y QUE MUCHOS DEJAREMOS DE HACERLO PORQUE NOS IREMOS A VIVIR DONDE MEJOR NOS TRATEN GIBRALTAR, ANDORRA, IRLANDA , LUXEMBURGO , DENVER ETC.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Andrés,
Así es, esa fiscalidad es un error, aunque en 2015 ya desaparece la diferencia entre operaciones, y todas tributan al tipo del ahorro.
Saludos.
demis · 2014-06-10
Buenas ,
Mi consulta es ,si tengo minusvalías a mas de un año con acciones,las podria compensar con plusvalías en futuros o otros derivados a menos de uno?
Invertir en Bolsa · 2014-06-11
Hola demis,
No, no es posible compensar ambas cosas.
Las minusvalías de más de 1 año sólo se pueden compensar con plusvalías de más de 1 año, no con las de hasta 1 año.
Y las minusvalías de hasta 1 año sólo se puenden compensar con las plusvalías de hasta 1 año. no con las de más de 1 año.
Un saludo.
Diego · 2014-06-25
Hola,
Yo tengo minusvalias en 2012 y minusvalias en 2013.
Para poder compensarlas en ejercicios posteriores, ¿tengo que indicar en alguna casilla de la declaración de 2013 el sumatorio total de minusvalias (2012+2013), o solamente indicar las plusvalías de 2013?
Muchas gracias de antemano,
Invertir en Bolsa · 2014-06-26
Hola Diego,
Sólo tienes que poner las de 2013. Las de 2012 no las tienes que volver a poner, las pondrás cuando tengas plusvalías y te las puedas compensar.
Un saludo.
Andres · 2014-12-31
El day trading desde el 1de enero del 2013 tributa al 50%. Lo que pasa que si no se enteran y haces la declaración en Hacienda fácilmente te lo pueden poner como si fueran acciones. Los funcionarios no saben que es esto de los futuros. Nosotros lo sabemos porque hemos hecho cursillos. Para más información recomiendo el libro de Francisca Serrano Mueve tus ahorros y ganate un sueldo.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Andrés,
No es así, no tributa al 50%, sino al tipo marginal de cada uno. Y ha sido en 2014, en 2015 ya deja de ser así. Es igual para acciones, futuros, fondos de inversión, etc.
Tampoco es sólo para el day trading, sino para operaciones de hasta 1 año, sean intradía o no, eso es indiferente.
Al ser operaciones de corto plazo, Hacienda tiene esa información, por lo que si la pones mal, es bastante probable que te pillen.
Saludos.
Jorge · 2015-01-03
He investigado por internet sobre el swaps de Forex.En algunos sitios dicen que se puede compensar con las ganancias como si fuera una perdida. En otros, dicen que no se puede compensar, que no es deducible. ¿Qué opinión es la correcta?
En relación a este asunto sobre la fiscalidad del suaps en forex ¿es lo mismo operar en un bróker de Forex que en un bróker de CFDs sobre divisas?
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-05
Hola Jorge,
Entiendo que has hecho operaciones de trading sobre el euro-dólar o algo así y me hablas del IRPF. En este caso, la tributación es igual a la de las acciones, por ejemplo. Las pérdidas se compensan con las ganancias, etc.
Y es lo mismo (en lo que se refiere a la fiscalidad) en los 2 tipos de brokers que comentas.
Saludos.
David · 2015-01-07
Hola Gregorio.
En primer lugar, disculpa mi ignorancia.
Siendo español, residiendo en España, y teniendo plusvalías en mercado de derivados USA con broker USA:
aparte del tipo marginal a pagar aquí en España, hay q pagar algún "impuesto USA" a través de la declaraciòn IRPF, por haber generado la ganancia en aquel mercado?
Muchas gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-01-09
Hola David,
No, en ese caso no tienes que pagar nada en USA.
La fiscalidad de USA sólo nos afecta a los residentes en España en la retención de los dividendos pagados por las acciones.
Saludos.
angela · 2015-05-27
Buenos días,
Opero con futuros del dax y cfds, hago varias operaciones al día, ahora tengo que hacer la declaración, y me pregunto si podría hacerlo a modo resumen, es decir ganancias y perdidas de cada activo por mes o por año, hablamos de cientos de operaciones.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) · 2015-05-29
Hola Ángela.
Sí, sin problema, puedes poner el resumen de todo el año, ni siquiera hace falta que lo hagas por meses.
Saludos.