Hola, tengo una pequeña duda que me asalta. Se las consecuencias que pasan a al acudir a la ampliación, solicitar la compra de Iberdrola a y la venta de derechos a mercado:
-Acudir a la ampliación: Contablemente nulo. Fiscalmente significa una reducción del precio de compra.
-Venta derechos a mercado: Efecto dilución que se ve compensada por el efectivo recibido. Fiscalmente reducción del precio de compra al precio de venta de los derechos. Sobre esto tengo dudas, no se si se le aplican ganancias del 21% sobre un precio 0.
-Venta a Iberdrola: Contablemente efecto dilución. Fiscalmente, el precio de compra es el mismo y se aplica una retención.
Ahora mismo, por casualidad tengo acciones y he adquirido derechos por un numero un múltiplo exacto a 36, osea que no tendría que vender ni comprar derechos si tuviese que acudir a la ampliación.
También añado que no tengo obligación de hacer la declaración del IRPF. Aunque si la he hecho en otras ocasiones para que me den la devoluciones de los dividendos, que no alcanzan los 1500 euros.
Mis preguntas son:
-¿Si vendo los derechos, tendría que pagar los en 21% de la venta a hacienda? ¿O se hace una reducción del precio de compra que hasta que no haga la venta de esas acciones originales no se pagan? En caso de que la primera pregunta sea sea afirmativa ¿Si no hago la declaración y no pago esas ganancias, tendría que pagarlas otros años?
-Otra pregunta que me resulta mas importante: ¿Puedo solicitar a Iberdrola que compre mis derechos originales y yo comprar mas derechos mientras sigan en cotización para que estos últimos se conviertan en acciones (no en dividendo, dado que se que no te compran los derechos adquiridos a mercado) y tener al mismo tiempo tanto los derechos comprados como originales? (Dado que ING aplica unas comisiones pirricas en lo que derechos se refiere)
Osease mi intención sería pagar con dinero adelantado, no procedente del ahorro aplicado a bolsa sino de reservas, comprar derechos la misma cantidad de derechos que los originales , que los originales me los pague iberdrola, que el precio de compra se mantenga intacto, y que la retención se me devuelva en mayo del año que viene así no pago nada a Montoro (Hacienda).
Gracias y un saludo
-Acudir a la ampliación: Contablemente nulo. Fiscalmente significa una reducción del precio de compra.
-Venta derechos a mercado: Efecto dilución que se ve compensada por el efectivo recibido. Fiscalmente reducción del precio de compra al precio de venta de los derechos. Sobre esto tengo dudas, no se si se le aplican ganancias del 21% sobre un precio 0.
-Venta a Iberdrola: Contablemente efecto dilución. Fiscalmente, el precio de compra es el mismo y se aplica una retención.
Ahora mismo, por casualidad tengo acciones y he adquirido derechos por un numero un múltiplo exacto a 36, osea que no tendría que vender ni comprar derechos si tuviese que acudir a la ampliación.
También añado que no tengo obligación de hacer la declaración del IRPF. Aunque si la he hecho en otras ocasiones para que me den la devoluciones de los dividendos, que no alcanzan los 1500 euros.
Mis preguntas son:
-¿Si vendo los derechos, tendría que pagar los en 21% de la venta a hacienda? ¿O se hace una reducción del precio de compra que hasta que no haga la venta de esas acciones originales no se pagan? En caso de que la primera pregunta sea sea afirmativa ¿Si no hago la declaración y no pago esas ganancias, tendría que pagarlas otros años?
-Otra pregunta que me resulta mas importante: ¿Puedo solicitar a Iberdrola que compre mis derechos originales y yo comprar mas derechos mientras sigan en cotización para que estos últimos se conviertan en acciones (no en dividendo, dado que se que no te compran los derechos adquiridos a mercado) y tener al mismo tiempo tanto los derechos comprados como originales? (Dado que ING aplica unas comisiones pirricas en lo que derechos se refiere)
Osease mi intención sería pagar con dinero adelantado, no procedente del ahorro aplicado a bolsa sino de reservas, comprar derechos la misma cantidad de derechos que los originales , que los originales me los pague iberdrola, que el precio de compra se mantenga intacto, y que la retención se me devuelva en mayo del año que viene así no pago nada a Montoro (Hacienda).
Gracias y un saludo
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