Hola,
hace tiempo os pregunté sobre cómo tratar una retribución al accionista de Caixabank. Ahora me han enviado un mensaje parecido para unas retribuciones de ACS. La cuestión es que hay algunas diferencias entre lo que me ofrecían antes y ahora y por eso os vuelvo a consultar. Este es el mensaje que he recibido:
Mi idea no es acumular más acciones sino obtener el dinero que corresponda. Pero veo dos claras diferencias con respecto al mensaje que en su día enviaron por lo de Caixabank:
1. No informa del importe al que nos compraría ACS los derechos.
2. Ambas ventas, tanto a ACS como a mercado, tienen retención fiscal. ¿Por qué esto ha cambiado?
Espero vuestras aclaraciones para seguir aprendiendo.
hace tiempo os pregunté sobre cómo tratar una retribución al accionista de Caixabank. Ahora me han enviado un mensaje parecido para unas retribuciones de ACS. La cuestión es que hay algunas diferencias entre lo que me ofrecían antes y ahora y por eso os vuelvo a consultar. Este es el mensaje que he recibido:
- Recibir nuevas acciones (no sujeto a retención fiscal): a partir del 03-02-2017, sin que usted tenga que hacer nada, se le asignarán de forma automática y gratuita las nuevas acciones que le correspondan, con la proporción 1 acción/es por cada 68 derecho/s.
- Recibir efectivo vendiendo sus derechos a ACS.D.01-17 (con retención fiscal): debe comunicárnoslo antes de las 16:30 horas del 27-01-2017 a través nuestra web.
- Recibir efectivo vendiendo sus derechos en el mercado (con retención fiscal): podrá vender sus derechos en el mercado hasta antes de las 16:30 horas del 03-02-2017.
Mi idea no es acumular más acciones sino obtener el dinero que corresponda. Pero veo dos claras diferencias con respecto al mensaje que en su día enviaron por lo de Caixabank:
1. No informa del importe al que nos compraría ACS los derechos.
2. Ambas ventas, tanto a ACS como a mercado, tienen retención fiscal. ¿Por qué esto ha cambiado?
Espero vuestras aclaraciones para seguir aprendiendo.
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