Hola a todos,
Tengo una duda relacionada con la tributación de los dividendos extranjeros.
Se que actualmente la retención en origen de las empresas de EEUU es del 15% (teniendo cuenta el tratado de doble imposición), pero, ¿cuál es la retención que lleva a cabo la Hacienda española con los dividendos repartidos por estas empresas? ¿del 20 o del 21%?
Por otro lado, Gregorio explica en un post, que lo que realmente se recupera al hacer la declaración del IRPF es la menor de las 2 siguientes cifras:
1. Lo retenido en el extranjero, con el límite de lo que se paga por este concepto en España, actualmente el 21%.
2. El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen al siguiente cálculo: (dividendo – gastos) x (base liquidable/renta del período). El tipo medio efectivo de gravamen es el resultado del siguiente cálculo: 100 x [(cuota líquida – deducción por dividendos – compensaciones de vivienda) / base liquidable]
Con respecto al punto 1: como la retención de la Hacienda de EEUU es del 30% ¿el máximo a recuperar serían 210 euros (o 200) (sin tener en cuenta el cálculo del punto 2 que podría rebajar la cifra que realmente se recupera).
Por otro lado, el importe total bruto del último dividendo que cobré (McDonald´s) fue de 3,22 euros. El bróker me indica que la retención en origen es de 0,48 euros (15%), sin embargo, la retención en destino es de 0,55 (17%). ¿No me deberían de haber retenido el 20-21%?
Otra pregunta: ¿Sabéis si en Hacienda te hacen la declaración de la renta con acciones extranjeras? en caso contrario, conocéis gestores que la hagan?
Gracias de antemano.
Tengo una duda relacionada con la tributación de los dividendos extranjeros.
Se que actualmente la retención en origen de las empresas de EEUU es del 15% (teniendo cuenta el tratado de doble imposición), pero, ¿cuál es la retención que lleva a cabo la Hacienda española con los dividendos repartidos por estas empresas? ¿del 20 o del 21%?
Por otro lado, Gregorio explica en un post, que lo que realmente se recupera al hacer la declaración del IRPF es la menor de las 2 siguientes cifras:
1. Lo retenido en el extranjero, con el límite de lo que se paga por este concepto en España, actualmente el 21%.
2. El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen al siguiente cálculo: (dividendo – gastos) x (base liquidable/renta del período). El tipo medio efectivo de gravamen es el resultado del siguiente cálculo: 100 x [(cuota líquida – deducción por dividendos – compensaciones de vivienda) / base liquidable]
Con respecto al punto 1: como la retención de la Hacienda de EEUU es del 30% ¿el máximo a recuperar serían 210 euros (o 200) (sin tener en cuenta el cálculo del punto 2 que podría rebajar la cifra que realmente se recupera).
Por otro lado, el importe total bruto del último dividendo que cobré (McDonald´s) fue de 3,22 euros. El bróker me indica que la retención en origen es de 0,48 euros (15%), sin embargo, la retención en destino es de 0,55 (17%). ¿No me deberían de haber retenido el 20-21%?
Otra pregunta: ¿Sabéis si en Hacienda te hacen la declaración de la renta con acciones extranjeras? en caso contrario, conocéis gestores que la hagan?
Gracias de antemano.
Comentario