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Fiscalidad en operaciones con divisas

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nuevos mensajes
  • Husky
    Senior Member
    • feb
    • 2766

    #41
    Buenos días.

    Los informes de IB son demasiado extensos: hay clientes particulares e institucionales que necesitan presentar cuentas de resultados en países diferentes con diferentes criterios. La contabilidad no es igual aquí que en USA, Holanda o Japón.

    Tanta información que da IB puede confundir (al menos a mí). Así que voy a lo simple y a lo práctico: personalizo el informe anual de IB para hacienda exclusivamente con 2 capítulos: Account Information (para demostrar la titularidad) y Trades (para demostrar las operaciones). Que es más o menos como lo hacen algunos broker españoles.

    Todo lo demás, de cara al fisco, no es necesario. ¡Hasta le hago un favor al inspector poniéndoselo así de claro si tiene que comprobarlo!


    Un saludo.
    Tratando de no arruinarme vendiendo opciones (forewarned is forearmed: it's better to be safe than sorry).

    Comentario

    • Invertirenbolsa
      Administrator
      • feb
      • 30840

      #42
      Gracias, Husky, y todos los demás.


      Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

      "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
      "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
      "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
      "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
      "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
      "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
      "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
      "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
      Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
      "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
      "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
      "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
      "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
      "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
      "Libros para aprender idiomas con historias (storytelling)"

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      • Olimpo
        Senior Member
        • ago
        • 1395

        #43
        Buenas noches,

        Quizá voy a decir una tontería, no sé; pero cuando haces una compra y venta en una cuenta multidivisa, hay que considerar el precio de compra en euros. Si se hace el cálculo con el cambio del día de la venta tenemos un absurdo, ya que si un paquete lo dividimos en 2 y lo vendemos en dos días distintos, habríamos comprado las acciones del mismo lote a distinto precio!! Si tenemos los datos metidos en la aplicación de la cartera de valores de la AEAT, eso sería absurdo.

        No es más sencillo calcular, con el tipo de cambio del día de la compra, el "valor en euros" del paquete comprado, y cuando se vende, "el valor en euros" de lo vendido, este último con el cambio de la venta?

        Es lo que hago yo por simplificar pero no sé si es correcto.

        Saludos

        En busca del Olimpo de la independencia financiera

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        • estudiando
          Senior Member
          • sep
          • 3167

          #44
          IB:

          Calculas la ganancia o perdida con el TCV (tipo cambio día venta)

          Si hay ganancia, te anotas compra de divisa

          Si hay pérdida, te anotas venta de divisas siguiendo FIFO y ahí si tienes tienes en cuenta el TCC (tipo cambio compra) del lote de divisas que das de baja

          Hay 2 operaciones: acciones y divisas

          Las acciones del mismo lote las has comprado al mismo precio en dólares... lo de los euros ya es otra historia y la forma correcta de declarar la venta es calcular venta-compra en dolares y le aplicas el TCV

          ING:

          También hay dos operaciones, pero como todo te lo convierten en euros de forma instantánea, el efecto conjunto de la operación de las acciones y la divisa se cierre el mismo día de la venta de acciones
          El Inicio del Camino

          Si quieres agradecer a Gregorio su labor pulsa aqui

          Comentario

          • Invertirenbolsa
            Administrator
            • feb
            • 30840

            #45
            Hola,

            Lo que comento ahora es para cuando se tiene una cuenta en una divisa distinta del euro.

            Yo creo que lo correcto es separar por un lado los movimientos de las divisas, y por otro el de las acciones.

            Y se hace un FIFO para las acciones, y otro para las divisas.

            En el caso de las acciones, se pasa a euros el importe de la compra con tipo de cambio de la divisa del día de la compra, y el importe de la venta con el tipo de cambio del día de la venta.


            Pero en otro hilo hablamos de esto, y saysmus y 006 creen que se hace de otra forma (usando el cambio del día de la venta para la venta y para la compra).

            Y aún pensando que se hace como os he dicho, saysmus y 006 ponen varios ejemplos en los que me parece que puede ser válido usar su método.


            Si tenéis la cuenta en euros, os liberáis de este lío, y sólo tenéis que tener en cuenta los movimientos de compra y venta de acciones, que ya los tenéis automáticamente en euros, sin necesidad de hacer ningún cálculo. Yo recomiendo operar desde cuentas en euros, para quitarse este problema de un plumazo.


            Saludos.


            Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

            "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
            "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
            "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
            "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
            "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
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            "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
            "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
            Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
            "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
            "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
            "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
            "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
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            Comentario

            • victrivelio
              Member
              • mar
              • 85

              #46
              Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver Mensaje
              Hola de nuevo.

              En los mensajes anteriores se han planteado operaciones y movimientos que suponen variaciones patrimoniales cuyo tratamiento fiscal es, creo, el que he expuesto. Pero se me está ocurriendo un caso que no tengo del todo claro cuál es la solución.

              En la respuesta que le han dado a apechodescubierto, y que ha puesto en el 2º post, dice los siguiente:



              Es decir, que hay implicaciones fiscales en los movimientos con divisas cuando éstos suponen un cambio patrimonial, y la compra de un bien o servicio que se pague en divisas parece que no tiene esta consideración. Entonces, me entra la duda en un caso como el siguiente:

              1.- Compro 1.000 $ que me cuestan 900 €. Precio de compra = 0,9 €/$
              2.- Otro día compro otros 1.000 $ que me cuestan 850 €. Precio = 0,85 €/$
              3.- Me voy a Estados Unidos y allí me gasto en compras 1.500 $ que pago con mis dólares que he comprado previamente.
              4.- Me vuelvo a España y cambio los 500 $ que me han sobrado por los que recibo 450 €.

              La única operación que supone una variación patrimonial es la venta final de 500 $, cuyo precio de venta es 450 / 500 = 0,9 €/$, y la duda es: ¿cuál es su precio de compra según el método FIFO? ¿0,9 ó 0,85 €/$? Porque si las compras realizadas no son variaciones patrimoniales (entiendo que se considera que no he tenido pérdida de patrimonio por el gasto realizado, sino un cambio de forma -dinero por unos bienes o servicios-), no ha habido salida patrimonial de las divisas adquiridas en la primera compra y, según el FIFO, debería considerarse que son las primeras que salen del patrimonio, ¿no?

              Y en caso de que así sea (que le precio de compra a considerar sea 0,90 €/$), resulta que ya no tendré dólares físicamente y, sin embargo, fiscalmente tendré en mi patrimonio 1.500 $ pendientes de liquidar, lo cual parece absurdo. Parece más lógico pensar que los 500 $ cambiados son de la segunda compra y que no queda nada por liquidar, pero eso equivaldría a considerar variación patrimonial las compras pagadas en divisas y estaría equivocado el comentario que le han dado a apechodescubierto.

              Curioso el tema. A ver si alguien se anima a colaborar.

              Otro saludo más.

              Muy buenas. Perdón por reflotar este tema, pero es que por más que me he leído el hilo completo y otros hilos, sigo teniendo la duda a la que supongo que todos habéis llegado en algún momento cuando analizasteis este tema en el pasado.

              Ceroceroseix te he citado a ti porque aquí pones el ejemplo perfecto. Según entiendo la conclusión final es que hacienda española aplica el método FIFO de tal forma que en tu ejemplo, no considera el punto 3 (gastarte esos 1500$ en EEUU) dentro del balance de divisas. En definitiva y pasando esto al contexto de la bolsa, hacienda española no considera la compra de acciones en dólares como una "venta de divisa", que debería ser lo razonable y lo justo como operación contraria a la venta de acciones en dólares que sin embargo, sí considera una "compra de divisa".

              Sinceramente, no me entra en la cabeza que esto sea así. ¿Qué pasa entonces con la gente que además de invertir en acciones, hace continuamente operaciones de compra/venta de divisas para ganar dinero? Pongo un ejemplo simple.

              1. Compro 1000$ que me cuestan 900€ (EUR/USD = 0.9)
              2. Compro acciones por valor de esos 1000$ (lo hago justo seguido del paso 1, de forma que la tasa EUR/USD es también de 0.9)
              3. Pasa un tiempo, y decido operar en forex para sacarme un dinerillo en el futuro, ya que el dolar está barato. Compro 1000$ que me cuestan 800€ (EUR/USD = 0.8)
              4. Después de unos meses el dolar ha vuelto a la tasa EUR/USD = 0.9, y decido vender mis 1000$ por 900€, así que mis cuentas en este momento están así:

              - He ganado 100€ con mi operación en forex
              - Sigo teniendo las acciones que compré en su momento por 1000$ (actualmente cotizarán al valor que sea)

              Sin embargo, tal y como se concluye en este hilo y otros, NO voy a tener que pagar nada por esos 100€ que he ganado, ya que se tiene en cuenta el precio inicial de la primera posición (paso 1) y se debe ignorar el paso 2. En este ejemplo es incluso ventajoso para mí, pero esa no es la cuestión. La cuestión es que esto es inviable para llevar las cuentas correctamente, especialmente la gente que lleve que siga otras estrategias de inversión además de invertir por dividendos, tanto compra/venta de acciones, como compra/venta de divisas.

              Lo que sería razonable y apostaría a que se hace en otros paises, es considerar el paso 2 como una "venta de divisas" y hacer balance con el paso anterior, es decir, aunque compre acciones con esos 1000$ debería anotar el cambio EUR/USD de ese día y calcular con ello la plusvalía/minusvalía con respecto al precio del paso 1, cerrando con ello esa operación y pudiendo "empezar de cero" en el paso 3. Además de ser lógico de por sí, más adelante ya se que voy a tener que rendir cuentas por la plusvalía/minusvalía derivada del cambio de valor de esas acciones si decido venderlas, por lo que encaja perfectamente a la hora de seguir calculando los futuros cambios del valor de mi patrimonio.


              Mi pregunta después de todo esto es, simplemente, si de verdad estáis completamente seguros de que hacienda española no considera la compra de acciones (o cualquier otra cosa) en una divisa diferente al euro como una operación de "venta de divisas".

              Gracias.



              Comentario

              • victrivelio
                Member
                • mar
                • 85

                #47
                Voy a añadir otro ejemplo aun más simple para dar otro toque de claridad a mi post anterior, de lo absurdo que resulta que no se considere la compra de acciones (o cualquier otra cosa) en dolares como una venta de divisa.

                Yo hace un par de años estuve de viaje en EEUU, y pongamos que en total compre unos 3000$ que fui cambiando por productos/servicios a lo largo de todo el viaje (billetes de avión, hoteles, etc). Imaginemos que desde entonces no he vuelto a hacer ninguna operación que haya supuesto cambiar euros por dolares, y hoy me da por entrar en mi cuenta de IB y comprar 3000$, que justo seguido vuelvo a vender por la misma cantidad de euros (omitamos las comisiones por claridad del ejemplo). Resulta que hace dos años cuando hice mi viaje, esos 3000$ que compré me costaron 2400€ (EUR/USD = 0.8), pero hoy, el dolar está mucho más caro y la tasa de cambio de mi operación ha sido de EUR/USD= 0.9, es decir, los 3000$ que he comprado hoy (y justo seguido he vendido) me han costado 2700€.

                Como véis en este ejemplo, yo no he ganado ni un solo euro, pero para Hacienda he ganado 300 euros!!! Ya que en teoría debería considerar los 3000$ comprados en mi viaje como la primera operación que hice y que todavía estaba abierta, según ellos. En resumen:

                1) Compro 3000$ con 2400€
                2) Me gasto los 3000$ en mi viaje (Hacienda no considera esto como una "venta de divisa", por lo que se ignora esta operación)
                3) Compro 3000$ con 2700€ dos años después (se considera una compra de divisa, pero en las cuentas se considerará el precio de la primera compra que hice y que irracionalmente, todavía está abierta)
                4) Vendo los últimos 3000$ por 2700€ (no he ganado nada, pero por la forma de contabilizar Hacienda las operaciones en divisas y no contar con el paso 2, la cuenta me sale a ganar 300€)

                En resumen, tengo que pagar impuestos por 300€ que NO HE GANADO. Yo insisto en que no me entra en la cabeza que esto sea así. Ojala alguien pueda despejarme las dudas, pero a priori estoy por llevar las cuentas a mi forma y luego que sea lo que tenga que ser con Hacienda.
                Editado por última vez por victrivelio; 09/08/2020, 15:49:13.

                Comentario

                • Ceroceroseix
                  Senior Member
                  • may
                  • 1312

                  #48
                  Es un tema poco claro, Victrivelio. La teoría es tratar una divisa como un activo más, que genera ganancias o pérdidas cuando se deshace definitivamente una posición haciendo un cambio a euros. Por eso no se considera una compra de acciones como un cambio de divisa, porque no se cambian dólares (o la moneda que sea) por euros, eso es así.

                  Lo que tampoco tiene sentido es un caso como el que planteas, en el que haya que estar considerando a qué precio compraste unos dólares hace varios años y que te gastaste. Es un absurdo que un particular tenga que estar pendiente de estas cosas (no digo empresas o profesionales del sector financiero, que sí deben considerarlo). Por eso digo que no es algo que esté claro, y que estaremos a las interpretaciones que Hacienda pueda hacer de las normas tributarias.

                  Para aclararlo, habría que hacer una consulta a la Dirección General de Tributos para ver si dan su punto de vista, aunque esas consultas deben referirse a casos reales, no hipotéticos. Si no, no son respuestas vinculantes.

                  Saludos.
                  Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                  Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

                  Comentario

                  • Olimpo
                    Senior Member
                    • ago
                    • 1395

                    #49
                    Originalmente publicado por Invertirenbolsa Ver Mensaje
                    Hola,

                    Lo que comento ahora es para cuando se tiene una cuenta en una divisa distinta del euro.

                    Yo creo que lo correcto es separar por un lado los movimientos de las divisas, y por otro el de las acciones.

                    Y se hace un FIFO para las acciones, y otro para las divisas.

                    En el caso de las acciones, se pasa a euros el importe de la compra con tipo de cambio de la divisa del día de la compra, y el importe de la venta con el tipo de cambio del día de la venta.


                    Pero en otro hilo hablamos de esto, y saysmus y 006 creen que se hace de otra forma (usando el cambio del día de la venta para la venta y para la compra).

                    Y aún pensando que se hace como os he dicho, saysmus y 006 ponen varios ejemplos en los que me parece que puede ser válido usar su método.


                    Si tenéis la cuenta en euros, os liberáis de este lío, y sólo tenéis que tener en cuenta los movimientos de compra y venta de acciones, que ya los tenéis automáticamente en euros, sin necesidad de hacer ningún cálculo. Yo recomiendo operar desde cuentas en euros, para quitarse este problema de un plumazo.


                    Saludos.
                    Se me pasó responder, no vi las distintas respuestas.

                    Estuve hablando con un conocido que trabaja en Hacienda, y me comenta que lo más lógico en cuentas multidivisa es considerar los cambios del día de la compra y del día de la venta. Me dio una explicación irrefutable: en el programa de la Cartera de Valores de la AEAT, cuando metes los lotes, has de meter el precio de compra de cada lote; y en esa introducción, aplicas el cambio BCE del día para dicha compra: hay que tener en cuenta que cada operación para Hacienda ha de tener in situ su correspondiente contravalor en euros; no se queda pendiente para cuando haces la venta. Si así ha de introducirse en las herramientas de la AEAT, mejor seguir ese criterio. Un ejemplo numérico: 10 acciones a 115 $ a tipo de cambio 1,15 dan 1150 $ = 1000 €, precio de compra 100 €. El día que vendes, si vendes 5 acciones a 236 $ a tipo de cambio 1,18 €, has obtenido 200 € por cada acción, luego la plusvalía es de 100 €.

                    Así es mucho más sencillo e intuitivo, y lo puedes meter en el programa de la AEAT sin complicaciones. De esta forma es sencillo porque sólo consideras la compra/venta de valores, con los cambios del día. Cuando hagas un cambio de divisa para tener los euros contantes y sonantes, ya has de irte a la plusvalía / minusvalía generada por la propia operación de cambio de divisa.

                    Ahora bien, es una interpretación de los dos, que esperamos que sea correcta. Lo importante según me dijo él, en este caso es tener las cuentas y justificantes claros, para el caso de que haya una inspección. Si tienes un criterio claro y sencillo que se ajuste a una interpretación válida de la norma, no te pueden decir nada. Es mejor algo simple y lógico que el inspector entienda que no algo complicado que le aturda, como tener acciones del mismo lote a distintos precios por ventas parciales.

                    Saludos
                    En busca del Olimpo de la independencia financiera

                    Comentario

                    • victrivelio
                      Member
                      • mar
                      • 85

                      #50
                      Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver Mensaje
                      Es un tema poco claro, Victrivelio. La teoría es tratar una divisa como un activo más, que genera ganancias o pérdidas cuando se deshace definitivamente una posición haciendo un cambio a euros. Por eso no se considera una compra de acciones como un cambio de divisa, porque no se cambian dólares (o la moneda que sea) por euros, eso es así.

                      Lo que tampoco tiene sentido es un caso como el que planteas, en el que haya que estar considerando a qué precio compraste unos dólares hace varios años y que te gastaste. Es un absurdo que un particular tenga que estar pendiente de estas cosas (no digo empresas o profesionales del sector financiero, que sí deben considerarlo). Por eso digo que no es algo que esté claro, y que estaremos a las interpretaciones que Hacienda pueda hacer de las normas tributarias.

                      Para aclararlo, habría que hacer una consulta a la Dirección General de Tributos para ver si dan su punto de vista, aunque esas consultas deben referirse a casos reales, no hipotéticos. Si no, no son respuestas vinculantes.

                      Saludos.
                      Hola Ceroceroseix, gracias por responder. Después de escribir mis comentarios por aquí seguí buscando y he visto que hay gente que después de haberlo consultado con Hacienda, la respuesta es que sí hay que considerar los movimientos de compra de acciones (o cualquier otra cosa) como venta de divisas. Tu me comentas que cuando compras acciones no estás haciendo un cambio de dolares a euros, y esto es cierto, pero también lo es que te estás deshaciendo de esos dólares y por lo tanto, es razonable considerarlo un cierre de posición (a la vez que abres una posición con otro activo, las acciones, que cambiarán su valor en el futuro).

                      Entiendo que mucha gente que ha seguido el otro criterio (no considerar compras como venta de divisas) y no ha tenido tampoco ningún problema con Hacienda, pero yo lo que quería era seguir una forma que cumpliese ambas cosas, es decir, que sea una forma razonable y lógica de llevar las cuentas y que a la vez sea válidad para Hacienda, y en mi opinión sinceramente me quedo con el criterio que comento, más que nada porque yo realizo varias operaciones con divisas (dólares) en otras actividades a parte de la bolsa, y me resulta mucho más claro llevar las cuentas así.

                      Comentario

                      • Ceroceroseix
                        Senior Member
                        • may
                        • 1312

                        #51
                        Se haga de una manera o de otra, el resultado final es el mismo, pero es cierto que es menos intuitivo y más farragoso de seguir el rastro si no se hace un paso a euros de los precios de compra y venta de las acciones en divisas. Me hice hace tiempo una gráfica para ver las implicaciones de cada sistema y se puede ver que eso es así, pero es verdad que no es fácil de entender ni de ver por todo el mundo, sobre todo si sólo se tienen números delante. Y en esto de la fiscalidad, es mejor ser prácticos y sencillos aunque pueda ir ligeramente en contra nuestra, especialmente si tenemos que dar cuenta a terceros de lo que hacemos.

                        En cuanto a esto otro...

                        Originalmente publicado por victrivelio Ver Mensaje
                        ...he visto que hay gente que después de haberlo consultado con Hacienda, la respuesta es que sí hay que considerar los movimientos de compra de acciones (o cualquier otra cosa) como venta de divisas. Tu me comentas que cuando compras acciones no estás haciendo un cambio de dolares a euros, y esto es cierto, pero también lo es que te estás deshaciendo de esos dólares y por lo tanto, es razonable considerarlo un cierre de posición (a la vez que abres una posición con otro activo, las acciones, que cambiarán su valor en el futuro).
                        ... sigo pensando que, aunque cambies dólares por acciones, no te estás deshaciendo de ellos. Cuando compras acciones, no has vendido dólares (es decir, no te has deshecho de dólares reduciendo tu cantidad de ellos definitivamente), sino que los cambias temporalmente por otro activo que se convertirá en dólares en su momento. Es cuando vendes ese activo y recibes otra vez dólares cuando puedes determinar si tienes menos que al principio (en cuyo caso sí computas una venta) o tienes más y tienes que apuntarte una compra. Pero hasta entonces no has materializado ninguna variación real de tus divisas, por mucho que temporalmente estén convertidas en otra cosa.

                        Saludos.
                        Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                        Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

                        Comentario

                        • victrivelio
                          Member
                          • mar
                          • 85

                          #52
                          Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver Mensaje
                          Se haga de una manera o de otra, el resultado final es el mismo, pero es cierto que es menos intuitivo y más farragoso de seguir el rastro si no se hace un paso a euros de los precios de compra y venta de las acciones en divisas. Me hice hace tiempo una gráfica para ver las implicaciones de cada sistema y se puede ver que eso es así, pero es verdad que no es fácil de entender ni de ver por todo el mundo, sobre todo si sólo se tienen números delante. Y en esto de la fiscalidad, es mejor ser prácticos y sencillos aunque pueda ir ligeramente en contra nuestra, especialmente si tenemos que dar cuenta a terceros de lo que hacemos.

                          En cuanto a esto otro...



                          ... sigo pensando que, aunque cambies dólares por acciones, no te estás deshaciendo de ellos. Cuando compras acciones, no has vendido dólares (es decir, no te has deshecho de dólares reduciendo tu cantidad de ellos definitivamente), sino que los cambias temporalmente por otro activo que se convertirá en dólares en su momento. Es cuando vendes ese activo y recibes otra vez dólares cuando puedes determinar si tienes menos que al principio (en cuyo caso sí computas una venta) o tienes más y tienes que apuntarte una compra. Pero hasta entonces no has materializado ninguna variación real de tus divisas, por mucho que temporalmente estén convertidas en otra cosa.

                          Saludos.
                          En tu segundo párrafo creo que comentas la clave de todo esto, aunque yo no lo veo exactamente como tú. Cuando compras acciones con dólares efectivamente estás haciendo un cambio de activo, pero SI que te deshaces de esos dólares y debes apuntar en ese momento a cuántos euros equivalen los dolares que has usado. Si los dólares que has usado para comprar las acciones resulta que no los has comprado hoy (cambiado hoy euros por dolares) sino que lo hiciste hace semanas o meses, y te has beneficiado de esto (te ha costado menos euros que si hubieses hecho el cambio hoy), realmente HAS GANADO euros, aunque tal vez cueste verlo de forma directa, pero es así y creo que es correcto que Hacienda también lo vea así. Tanto si se entiende que se han ganado euros como si no, en este ejemplo te has aprovechado de la variación del par EUR/USD, y hay que apuntarlo y rendir cuentas porque has cerrado una posición.

                          Por otra parte, como decía la clave está en lo que comentas del cambio de activo cuando compras acciones con tus dólares. Tú te deshaces de tu posición en dólares, apuntando en ese momento la tasa de cambio a euros para luego hacer cuentas de si te has beneficiado o has perdido con respecto a cuando compraste esos dólares, y a partir de ese momento tienes tu activo 2, las acciones, por las cuales también rendirás cuentas ante hacienda en el futuro si decides venderlas, y estas cuentas además las rendirás en un apartado diferente, como debe ser y como es lógico. Si las vendes, cerrarás tu posición con este activo 2, y comenzarás una nueva posición con los dólares que adquieras que se cerrarán nuevamente cuando los cambies por euros o cuando vuelvas a gastarlos comprando acciones o cualquier otra cosa.

                          No se, para mi es todo clarísimo y lógico de esta manera, y es la única forma razonable que veo para hacer las cuentas yo, porque resulta que hago otras operaciones con divisas a parte de la bolsa y tengo que compaginar todo y tener muy claro cuando estoy abriendo y cerrando posiciones. Tal vez es un poco engorroso y molesto por tener que estar apuntando todos los movimientos, pero supongo que es lo que hay.

                          Comentario

                          • Ceroceroseix
                            Senior Member
                            • may
                            • 1312

                            #53
                            Originalmente publicado por victrivelio Ver Mensaje

                            En tu segundo párrafo creo que comentas la clave de todo esto, aunque yo no lo veo exactamente como tú. Cuando compras acciones con dólares efectivamente estás haciendo un cambio de activo, pero SI que te deshaces de esos dólares y debes apuntar en ese momento a cuántos euros equivalen los dolares que has usado. Si los dólares que has usado para comprar las acciones resulta que no los has comprado hoy (cambiado hoy euros por dolares) sino que lo hiciste hace semanas o meses, y te has beneficiado de esto (te ha costado menos euros que si hubieses hecho el cambio hoy), realmente HAS GANADO euros, aunque tal vez cueste verlo de forma directa, pero es así y creo que es correcto que Hacienda también lo vea así. Tanto si se entiende que se han ganado euros como si no, en este ejemplo te has aprovechado de la variación del par EUR/USD, y hay que apuntarlo y rendir cuentas porque has cerrado una posición.

                            Por otra parte, como decía la clave está en lo que comentas del cambio de activo cuando compras acciones con tus dólares. Tú te deshaces de tu posición en dólares, apuntando en ese momento la tasa de cambio a euros para luego hacer cuentas de si te has beneficiado o has perdido con respecto a cuando compraste esos dólares, y a partir de ese momento tienes tu activo 2, las acciones, por las cuales también rendirás cuentas ante hacienda en el futuro si decides venderlas, y estas cuentas además las rendirás en un apartado diferente, como debe ser y como es lógico. Si las vendes, cerrarás tu posición con este activo 2, y comenzarás una nueva posición con los dólares que adquieras que se cerrarán nuevamente cuando los cambies por euros o cuando vuelvas a gastarlos comprando acciones o cualquier otra cosa.

                            No se, para mi es todo clarísimo y lógico de esta manera, y es la única forma razonable que veo para hacer las cuentas yo, porque resulta que hago otras operaciones con divisas a parte de la bolsa y tengo que compaginar todo y tener muy claro cuando estoy abriendo y cerrando posiciones. Tal vez es un poco engorroso y molesto por tener que estar apuntando todos los movimientos, pero supongo que es lo que hay.
                            Es cierto que si haces el cambio a euros de los precios de compra y venta varía tu cantidad de euros en cada uno de esos momentos, pero no es cierto que deban rendirse cuentas en ese momento. Es una ganancia latente que no es necesario considerar en ese mismo instante. Puedes hacerlo si quieres, por la facilidad de seguimiento que decimos, pero no es imprescindible ni obligatorio hacerlo, y en eso sí hay jurisprudencia de la propia Dirección General de Tributos que indica en varias de sus consultas vinculantes que el cierre de una posición en divisas (y, por tanto, la imputación de las ganancias o las pérdidas) se produce SIEMPRE cuando se realiza el cambio de la divisa a euros, no antes. Si quieres, puedes considerar este método, hacer esos cambios parciales y tributar por los resultados de las divisas en cada momento de compra y venta de acciones, pero no es correcto decir que es obligatorio hacerlo porque no es cierto que estés cerrando ninguna posición en divisas a efectos fiscales.

                            Entiendo que es mucho más fácil llevar la contabilidad de esta forma, especialmente si haces otras operaciones con divisas paralelas a la bolsa, y que incluso puede ser más sencillo de explicar a terceros, pero no es cierto que sea obligatorio. Y hay que tener en cuenta que este método es más fácil, pero adelantas el pago de unos impuestos por cambios de divisas que no toca pagar aún, al menos según las reglas impuestas por la propia Agencia Tributaria. Y si quieren que sea de otra forma, no tienen más que cambiarlas.

                            En cualquier caso, cada uno decide lo que quiera hacer, está claro, porque al final, como digo, el resultado va a ser el mismo. Ni se paga más ni menos, sólo varía el momento del pago.

                            Saludos.
                            Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                            Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

                            Comentario

                            • victrivelio
                              Member
                              • mar
                              • 85

                              #54
                              Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver Mensaje

                              Es cierto que si haces el cambio a euros de los precios de compra y venta varía tu cantidad de euros en cada uno de esos momentos, pero no es cierto que deban rendirse cuentas en ese momento. Es una ganancia latente que no es necesario considerar en ese mismo instante. Puedes hacerlo si quieres, por la facilidad de seguimiento que decimos, pero no es imprescindible ni obligatorio hacerlo, y en eso sí hay jurisprudencia de la propia Dirección General de Tributos que indica en varias de sus consultas vinculantes que el cierre de una posición en divisas (y, por tanto, la imputación de las ganancias o las pérdidas) se produce SIEMPRE cuando se realiza el cambio de la divisa a euros, no antes. Si quieres, puedes considerar este método, hacer esos cambios parciales y tributar por los resultados de las divisas en cada momento de compra y venta de acciones, pero no es correcto decir que es obligatorio hacerlo porque no es cierto que estés cerrando ninguna posición en divisas a efectos fiscales.

                              Entiendo que es mucho más fácil llevar la contabilidad de esta forma, especialmente si haces otras operaciones con divisas paralelas a la bolsa, y que incluso puede ser más sencillo de explicar a terceros, pero no es cierto que sea obligatorio. Y hay que tener en cuenta que este método es más fácil, pero adelantas el pago de unos impuestos por cambios de divisas que no toca pagar aún, al menos según las reglas impuestas por la propia Agencia Tributaria. Y si quieren que sea de otra forma, no tienen más que cambiarlas.

                              En cualquier caso, cada uno decide lo que quiera hacer, está claro, porque al final, como digo, el resultado va a ser el mismo. Ni se paga más ni menos, sólo varía el momento del pago.

                              Saludos.
                              Mira, no es mi intención crear debate sobre esto. Lamento que se me haya entendido mal, no se si he llegado a decir en algún momento que sea obligatorio llevar el criterio que yo indico, si lo he hecho pido disculpas, pero ya anticipo que en ningún momento he pensado ni he querido expresar que sea obligatorio.

                              Solo para que quede constancia y los foreros que pasen por aquí lo sepan, dejo a continuación un link a un artículo donde se aclara el criterio que yo indico y donde aparece una consulta vinculante a Hacienda donde queda claramente explicado que este criterio es correcto (el criterio de considerar la compra de acciones con dólares un cierre de posición o venta de dólares):

                              https://locodeldividendo.blogspot.co...ivisas-al.html

                              Por último, sinceramente creo que en algo no nos estamos entendiendo bien porque me estás comentando que mi criterio implica adelantar el pago de impuestos. La verdad es que no entiendo porque has interpretado esto, pero en cualquier caso yo no adelanto nada, simplemente a diferencia del otro criterio que entiendo que usas tú, considero cualquier compra con dolares u otra divisa diferente a euros (sean acciones, o cualquier otro activo o producto) una operación de venta de divisa, que en mi registro de operaciones con divisas queda anotada y se tiene en cuenta en el cómputo total para saber a final de año si he ganado o he perdido euros con estas operaciones. Como ves, no adelanto ningún impuesto, simplemente hago el registro siguiendo este criterio, nada más.

                              En fin, como digo abandono ya este tema porque no quiero estar aquí debatiendo. Solo quería dejarlo todo claro antes de cerrar y que la gente sepa que si lo ve más claro así, puede llevar este criterio que además de sí existir consultas vinculantes a Hacienda, es el que encontrará en los informes de brokers extranjeros como IB.

                              Comentario

                              • nickbr
                                Junior Member
                                • dic
                                • 13

                                #55
                                Buenas tardes,

                                Relacionado a este hilo, quería añadir los siguientes enlaces de consultas a la Dirección General de Tributos en donde creo que se aporta información que puede ayudar a aclarar cuestiones que se han planteado en este hilo.

                                Consulta V1342-14 con fecha 20/05/2014 sobre el tratamiento en el IRPF en resultados de operativas en contratos de pares de divisas: https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V1342-14

                                Consulta V1046-16 con fecha 15/03/2016 sobre el tipo de cambio a utilizar para la declaración de la renta obtenida en el IRPF: https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V1046-16

                                Consulta general a la Agencia Tributaria: OPERACIONES EN DIVISAS: MOMENTO EN QUE SE EFECTUA LA CONVERSIÓN: https://www2.agenciatributaria.gob.e...CODIGO=0139168

                                En lo personal, he leído este y otros hilos del foro así como el artículo de saysmus sobre la fiscalidad de cuentas multidivisa y francamente, creo que nuestros amigos de Hacienda son los que nos complican la vida en su anhelo por llevarse su tajada, haciendo esta gestión excesivamente complicada. He llegado a abrir cuenta en un broker internacional para empezar a ver como funciona este tema y si bien la operativa no es compleja, ya estoy barajando seguir lo comentado por Invertirenbolsa y operar únicamente con broker con divisa en Euros.
                                Editado por última vez por nickbr; 06/09/2020, 16:36:27. Razón: Añado enlace a consulta general a la Agencia Tributaria, que es desde encontré las consultas a la DGT

                                Haz click aquí si quieres agradecer a Gregorio su gran labor

                                Comentario

                                • JJIB
                                  Junior Member
                                  • abr
                                  • 26

                                  #56
                                  Reconozco que no me he leído el hilo con detalle, pero os cuento lo que hago yo, que espero sea lo correcto:

                                  Hay dos operaciones independientes, por un lado la compra-venta de divisas y por otro lado la compra-venta de acciones. Las plusvalías o minusvalías se generan cuando vendes acciones y cuando vendes divisas. Si por ejemplo vendo acciones americanas con una plusvalía de 300 dólares, para calcular la ganancia en euros simplemente utilizo el tipo de cambio oficial del día de la venta. Luego cuando cambio dólares a euros de nuevo se genera una plusvalía. Si por ejemplo cambio 1000 dólares y me dan 1100 euros, miro cuánto me costaron esos 1000 dólares en su día (de acuerdo al criterio FIFO). Si me costaron por ejemplo 1050 euros, entonces he tenido una plusvalía de 50 euros.

                                  Luego la casuística es infinita, pero al final es siempre lo mismo, calcular la plusvalía de la venta de acciones, utilizando el tipo de cambio de la fecha de la venta para convertirlo a euros, y calcular la plusvalía por las operaciones en Forex, comparando lo que te costó la divisa al comprar dólares con lo que te dan al convertir esos dólares a euros.

                                  En el ejemplo que ponéis de que utilizas un dinero para gastos (por ejemplo un viaje), en mi opinión ese dinero es un dinero gastado y que por tanto se pierde, es decir, no genera plusvalías ni minusvalías, desaparece. Por tanto esos dólares hay que eliminarlos de tu cantidad de dólares en tu contabilidad FIFO. Yo lo hago por ejemplo para los gastos en dólares como intereses, etcétera.

                                  Comentario

                                  • tronox
                                    Junior Member
                                    • nov
                                    • 28

                                    #57
                                    Yo, sinceramente, me veo desbordado para entender esto. Me resulta muy facil comprar, vender..., tanto que solo se necesitan dos botones para ello, pero no así declarar todo esto tal y como te exige hacienda. Al final va todo un poco a ojo, y que sea lo que Dios quiera. Hacienda creo que no es consciente de las complicaciones que exige.

                                    Comentario

                                    • Javi83
                                      Junior Member
                                      • mar
                                      • 13

                                      #58
                                      Originalmente publicado por Invertirenbolsa Ver Mensaje
                                      Hola,

                                      Lo que comento ahora es para cuando se tiene una cuenta en una divisa distinta del euro.

                                      Yo creo que lo correcto es separar por un lado los movimientos de las divisas, y por otro el de las acciones.

                                      Y se hace un FIFO para las acciones, y otro para las divisas.

                                      En el caso de las acciones, se pasa a euros el importe de la compra con tipo de cambio de la divisa del día de la compra, y el importe de la venta con el tipo de cambio del día de la venta.


                                      Pero en otro hilo hablamos de esto, y saysmus y 006 creen que se hace de otra forma (usando el cambio del día de la venta para la venta y para la compra).

                                      Y aún pensando que se hace como os he dicho, saysmus y 006 ponen varios ejemplos en los que me parece que puede ser válido usar su método.


                                      Si tenéis la cuenta en euros, os liberáis de este lío, y sólo tenéis que tener en cuenta los movimientos de compra y venta de acciones, que ya los tenéis automáticamente en euros, sin necesidad de hacer ningún cálculo. Yo recomiendo operar desde cuentas en euros, para quitarse este problema de un plumazo.


                                      Saludos.


                                      Uppp

                                      Hola buenasss

                                      Ante tal complejidad a la hora de realizar la declaración por el tema del cambio de divisas y llevar toda la información correcta...para un novato como yo, que tiene pensado elegir broker, ir a largo y estrategia de cobro de dividendos, por lo que puedo leer en este hilo y lo que comentas,mejor elegir broker con cuenta € y te olvidas de complicaciones. Lo digo pq despues de repensarlo mucho y leer bastantes hilos, tenia elegidos a IB, DeGiro y Clicktrade, y todavía no sé realmente por cual decantarme, esta claro que Clicktrade te quita muchos tramites pero es bastante mas caro, los otros no me importaría trabajar con ellos, pero lo que no se claro si puedo comprar directamente por ejemplo acciones USA sin tener que cambiar divisa, osea que lo haga IB o Degiro directamente, aplicando el tipo de cambio y/o comisión al momento que ellos consideren, lo digo por quitarme asi de llevar toda la gestion de cambio de divisas y demás, que considera demasiado engorroso. Es que estuve pensado en coger Clicktrade solo para acciones España, y IB/Degiro para acciones europes/usa.
                                      Gracias y un saludo !!

                                      Comentario

                                      • Jose Saiyan
                                        Member
                                        • feb
                                        • 207

                                        #59
                                        Originalmente publicado por Javi83 Ver Mensaje



                                        ... pero lo que no se claro si puedo comprar directamente por ejemplo acciones USA sin tener que cambiar divisa, osea que lo haga IB o Degiro directamente, aplicando el tipo de cambio y/o comisión al momento que ellos consideren...
                                        Con IB, al tener tu cuenta de divisa base en € y declarando en España, al comprar una acción en USA, vas a tener que hacer el cambio de divisa sí o sí. Al principio es un lío, pero echando unos ratos más o menos se llega a coger la dinámica.

                                        En esta web https://www.invirtiendopocoapoco.com/ de nuestro compañero saysmus, se explica con todo detalle como llevar la fiscalidad en una cuenta multidivisa, te recomiendo echarle un vistazo para hacerte una idea.

                                        Un saludo

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                                        • Javi83
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                                          • mar
                                          • 13

                                          #60
                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Originalmente publicado por Jose Saiyan Ver Mensaje

                                          Con IB, al tener tu cuenta de divisa base en € y declarando en España, al comprar una acción en USA, vas a tener que hacer el cambio de divisa sí o sí. Al principio es un lío, pero echando unos ratos más o menos se llega a coger la dinámica.

                                          En esta web https://www.invirtiendopocoapoco.com/ de nuestro compañero saysmus, se explica con todo detalle como llevar la fiscalidad en una cuenta multidivisa, te recomiendo echarle un vistazo para hacerte una idea.

                                          Un saludo

                                          Precisamente lo de cambiar divisa es lo que más me interesa, pq si o sí voy a tener empresas Usa pero como decía, x ejem clicktrade con divisa base €, te hace los cambios de divisa automaticos sin llevar tú ninguna gestión de divisa, cosa que considero fundamental para ahorrarte tiempo de gestión. Por ello quisiera saber si los que usan IB o DeGiro dentro de su plataforma existe la posibilidad, de que al comprar empresas extranjeras, realice la propia plataforma de manera automatica el cambio de divisa o si por lo que estoy leyendo, primero tienes que cambiar divisas para poder comprar acciones Usa.
                                          Voy echar un pistazo a dicha web a ver si me despeja el tema divisa/broker pero eso de cuenta multidivisa bufff me suena ya complejo jeje
                                          Gracias !!

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