Lo siento... pero no lo entiendo.... no se si estamos hablando de cosas diferentes...
El modelo 720 se tiene que realizar si se tienen mas de 50.000€ en el extranjero, correcto?
Pero el modelo D6 hace referencia tan solo a valores negociables, correcto?
Mi caso es que tenia a 31/12/16 sabadell e IAG y tan solo 1000€ de efectivo
Es decir,en ningun caso superaba los 50.000€, por lo que no estaba obligado a presentar el 720
Pero al tener valores negociados (sabadell e IAG) si queestaba obligado a presentar el D6
Pero en el D6 no hay ningun apartado donde deba informarse la liquidez.
Entonces, no entiendo nada.... en el D6 hay que informar la liquidez?si es asi.... donde hay que hacerlo... y ya por acabar... si no lo hice y debí hacerlo....como puedo arreglarlo?
A ver si alguien me ayuda porque estoy muy confundido.
Gracias
El modelo 720 se tiene que realizar si se tienen mas de 50.000€ en el extranjero, correcto?
Pero el modelo D6 hace referencia tan solo a valores negociables, correcto?
Mi caso es que tenia a 31/12/16 sabadell e IAG y tan solo 1000€ de efectivo
Es decir,en ningun caso superaba los 50.000€, por lo que no estaba obligado a presentar el 720
Pero al tener valores negociados (sabadell e IAG) si queestaba obligado a presentar el D6
Pero en el D6 no hay ningun apartado donde deba informarse la liquidez.
Entonces, no entiendo nada.... en el D6 hay que informar la liquidez?si es asi.... donde hay que hacerlo... y ya por acabar... si no lo hice y debí hacerlo....como puedo arreglarlo?
A ver si alguien me ayuda porque estoy muy confundido.
Gracias
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