¿Cómo recibís la notificación? Yo suponía que era por correo postal, pero según Chris también pueden avisar por la web ¿?
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Hacienda me requiere para comprobar la doble imposición
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Ayer me conecte a la web de la Agencia con mi certificado electrónico i vi que tenia una notificación. Decía que era una notificación que, si firmaba la daba como recibida. Lo hice y vi la notificación con el código de verificación seguro y todo lo que tenia que hacer. Tengo otra notificación que me invita a recibir las notificaciones por e-mail, pero no la he activado todavia.
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Yo mosqueado me hallo. Es el primer año que me tardan tanto en devolver, y leo lo que os pasa a todos, así que me espero notiicación cualquier día... acabo de entrar y no tengo ningunaSígueme en Twitter El Loco de Las Startups @LocoStartup
Para ahorrar en luz, gasolina, etc, date de alta en círculo de conductores
Proyecto Rodes
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Originalmente publicado por estudiando Ver Mensaje
Hola Augur,
¿cómo se hace exactamente eso de adjuntar? yo lo pregunté el año pasado y me dijeron que ni se me ocurriera adjuntar documentación por iniciativa mía. la propia persona me dijo que ya si ellos necesitaban , pedirían....pero cada año me requeiren algo y me gustaria adjuntarlo cuando presento la declaración y olvidarme
Si puedes decirme te agradecería
Yo lo entiendo como cuando vas a presentar la autoliquidación en las oficinas de Hacienda, presencialmente, y llevas copias de los justificantes que a ellos no les constan para que se archiven junto a la declaración.
Pero si desde la Agencia Tributaria no quieren funcionar así y prefieren andar requiriendo como locos, es su decisión... una pena, pero no te queda otra que aceptar esa manera de proceder. Ojalá algún año de estos se pongan las pilas y faciliten estos procesos.
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Originalmente publicado por Chris Ver MensajeAyer me conecte a la web de la Agencia con mi certificado electrónico i vi que tenia una notificación. Decía que era una notificación que, si firmaba la daba como recibida. Lo hice y vi la notificación con el código de verificación seguro y todo lo que tenia que hacer. Tengo otra notificación que me invita a recibir las notificaciones por e-mail, pero no la he activado todavia.
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Originalmente publicado por Savrola Ver Mensaje
¿No te han enviado al móvil o correo electrónico un aviso de que tenías la notificación? Sería lo correcto, siempre y cuando tengas actualizados esos datos.Cartera: ENG, REP, PHM, MTS, ANE, AMS, LOG, CASH, FAE, ALNT, ENC, VOD, BATS, GENL, GKP, MO, PFE, O, HL, DTLE, KNOP, OET, FRO, PBR, BAK, DMX, ZIM, EC, WHC, 0001, 0392.
Geografía: ESP 47%; USA 18%; UK 13%; NOR 8%; LATAM 6%; OTROS 8%.
S.Sectores: Cíclico 24%; Def. 41%; Sensible 35%.
ßeta: 0,73 Agresivas 15%; Def. 73%; Neutras 12%.
Brokers: Santander.47%; Heytrade.41%; DEGIRO 11%; MyInvestor 1%.
Divisas.: € 48%; $ 30%; £ 13%; OTRAS 9%.
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Me ha llegado la misma notificación esta semana. Aunque lo que más me preocupa es que piden específicamente certificados de los impuestos satisfechos emitidos por las autoridades fiscales extranjeras. En mi caso, USA y Alemania. Por si esto fuera poco, dichos certificados tienen que ser traducidos al español (o lengua cooficial) por un traductor jurado. Todo esto a aportar antes de diez días y para acreditar una deducción de trescientos y pico euros.
Lo que declaré lo he comprobado mil veces y está perfecto. Así que me queda cruzar los dedos y que acepten los documentos de ING, pero la documentación y la traducción que específicamente solicitan no tranquiliza nada. Sé que hacen su trabajo y me parece bien que vigilen y mantengan la presión para reducir el fraude, pero todo el asunto parece bastante arbitrario y chapucero.
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Hola,
Que os pidan esto es relativamente normal. Es algo rutinario. Simplemente lo mandáis con la firma electrónica, lo aceptan, y al cabo de unas semanas os comunican que el terma está resuelto.
Rasputin, lo que piden es el documento gratis de ING (o el broker que sea). Simplemente hay que mandárselo con la firma electrónica, y solucionado.
Son comprobaciones rutinarias y aleatorias de Hacienda, simplemente.
Saludos.
Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:
"Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
"Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
"Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
"Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
"Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
"Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
"Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
"¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
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Lanzo una hipótesis, a ver si os parece razonable:
Que utilizar un broker extranjero para las acciones extranjeras reduzca las posibilidades de que hacienda nos revise o requiera información sobre la declaración en muchas situaciones. Suponiendo una mayoría de acciones en USA, con retención en origen de los dividendos del 15% con W8-BEN, el resultado típico es que al hacer las cuentas en la declaración tengamos que pagar a hacienda debido a los dividendos cobrados (hasta llegar hasta el 19%+ de retención que nos correspondería). Desde el punto de vista de hacienda: es una declaración que, con la información que ellos tienen en la mano, debería dar un resultado X. Pero resulta que después de nuestras cuentas le decimos a hacienda que el resultado no es X, sino que vamos a pagar más. Por contra, al tener las acciones extranjeras en un broker español lo típico es que al hacer las cuentas de la doble imposición resulte que le decimos a hacienda en la declaración que tenemos que pagar MENOS de lo que ellos tienen calculado con la información de la que disponen.
Sin tener ni idea de cómo funciona realmente la mecánica de las revisiones de las declaraciones, me puedo imaginar que habrá una serie de criterios automatizados de filtrado que marque las declaraciones como más suceptibles de ser revisadas. Y en este sentido, me parece una suposición razonable que las declaraciones que tendrán más papeletas para ser revisadas serán aquellas en las que el declarante le dice a hacienda que resulta que tiene que pagar menos que lo que ellos habían calculado. Vamos, que teniendo en cuenta que la capacidad de revisar declaraciones que tiene hacienda es ridícula respecto al total, lo lógico será centrarse en aquellas que no le cuadran porque el declarante dice que va a pagar menos, mientras que una declaración que paga de más es ya un resultado mejor del esperado con esfuerzo cero invertido.
Como digo, no tengo ni idea de cómo funciona esto realmente y estoy haciendo suposiciones... Augur, he visto que en otro hilo comentabas que has trabajado como técnico de hacienda en las campañas de la renta, ¿crees que tiene algo de sentido lo que comento?
Un saludo.
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Tiene sentido lo que comentas en cuanto a que Hacienda trabaja con umbrales y filtros a la hora de revisar declaraciones (aunque también se hacen revisiones aleatorias), pero no creo que se utilice como criterio el que sugieres.
Hay que tener en cuenta que, simplemente, un enorme porcentaje de las declaraciones de IRPF que presentan los contribuyentes son básicamente ingresos de nómina y nada más. La mayoría de la gente no tiene fuentes alternativas de ingresos, ni bienes que pueda vender para aflorar ganancias patrimoniales.
Por tanto, teniendo en cuenta eso, cualquier declaración que incluya algo más que la nómina ya entraría en terreno de poder ser revisada o, por lo menos, de que nos puedan solicitar justificantes (no es exactamente así, pero para entendernos). Dependiendo de los medios que Hacienda tenga en cada momento, de las políticas según quién mande o de tendencias nuevas que detecten y quieran "atacar" (bitcoins, alquileres tipo AirBNB...), los umbrales y filtros se ajustarán a lo que pretendan conseguir.
Ahora bien, dicho todo esto: tu hipótesis no es en absoluto descartable. Pero, por lo que yo conozco, no se utilizan criterios tan concretos o específicos para decidir qué declaraciones se revisan.
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Originalmente publicado por Augur Ver MensajeTiene sentido lo que comentas en cuanto a que Hacienda trabaja con umbrales y filtros a la hora de revisar declaraciones (aunque también se hacen revisiones aleatorias), pero no creo que se utilice como criterio el que sugieres.
Hay que tener en cuenta que, simplemente, un enorme porcentaje de las declaraciones de IRPF que presentan los contribuyentes son básicamente ingresos de nómina y nada más. La mayoría de la gente no tiene fuentes alternativas de ingresos, ni bienes que pueda vender para aflorar ganancias patrimoniales.
Por tanto, teniendo en cuenta eso, cualquier declaración que incluya algo más que la nómina ya entraría en terreno de poder ser revisada o, por lo menos, de que nos puedan solicitar justificantes (no es exactamente así, pero para entendernos). Dependiendo de los medios que Hacienda tenga en cada momento, de las políticas según quién mande o de tendencias nuevas que detecten y quieran "atacar" (bitcoins, alquileres tipo AirBNB...), los umbrales y filtros se ajustarán a lo que pretendan conseguir.
Ahora bien, dicho todo esto: tu hipótesis no es en absoluto descartable. Pero, por lo que yo conozco, no se utilizan criterios tan concretos o específicos para decidir qué declaraciones se revisan.
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Hola,
Si tiene sentido lo que comentas, miwo. En general, en el caso de los negocios se supone que es así.
En este caso, a lo mejor también podría ser al revés, porque Hacienda pensase "si tiene el broker con sede en el extranjero vamos a mirarlo mejor, porque el broker nos da menos información".
Pero realmente es poco importante, porque con las acciones declaramos lo que hay, y ya está. Y si de vez en cuando te piden los papeles del broker para una revisión, que a veces pasa, no pasa nada, se mandan y solucionado.
Así que no os preocupéis por las revisiones de Hacienda, porque como mucho suponen que hay que mandarles el informe del broker en 1 minuto con la firma electrónica.
Saludos.
Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:
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Originalmente publicado por Invertirenbolsa Ver MensajePero realmente es poco importante, porque con las acciones declaramos lo que hay, y ya está. Y si de vez en cuando te piden los papeles del broker para una revisión, que a veces pasa, no pasa nada, se mandan y solucionado.
Así que no os preocupéis por las revisiones de Hacienda, porque como mucho suponen que hay que mandarles el informe del broker en 1 minuto con la firma electrónica.
A mí cuando me ha pasado simplemente he adjuntado la información fiscal del broker y listo. Es precisamente lo que la AEAT no tiene y necesitan.
Saludos
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A mi también me lo han reclamado, lo denominan procedimiento de comprobación limitada y me piden:
1º Identificación de las rentas objeto de doble retención internacional. Les respondo que son los dividendos de acciones extranjeras. Y como justificante les envío el estracto del broker.
2º Justificante del Impuesto sobre la Renta presentado en el extranjero. Respondo que no he presentado impuesto en el extranjero por no ser necesario en mi caso.
Ahora estoy esperando respuesta o, al menos, la devolución del IRPF de 2021 que aun no he recibido.
A ver si hay suerte y no se complica.
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Pues otro al que le acaban de solicitar la justificación de las dobles retenciones incluidas en la declaración de IRPF.
Me pongo con ello.
SaludosMi hilo 2025 rocky:
http://www.invertirenbolsa.info/foro...106-2025-rocky
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Me he leído el hilo con calma y me ha llamado bastante la atención, porque nunca he presentado mi declaración en España (resido y tributo en Alemania) y aquí no nos piden ningún tipo de documento para hacer la declaración.
Por poner un ejemplo, en el año 2021 mi mujer y yo nos mudamos porque ella se cambió de trabajo y eso nos permite deducir todo tipo de gastos de la mudanza, no sólo el transporte en sí, sino también los desplazamientos para hacer la entrevista de trabajo y encontrar piso, los gastos de reparación del piso antiguo, un mes en que nos vimos obligados a pagar el alquiler en ambos sitios... Y eso con un largo etcétera que hizo que nos tuvieran que devolver casi 9.000 €.
A eso también se suma que yo tengo mis acciones en un bróker "extranjero" (ING España) que no les proporciona nada de información...
Pues bien, la Hacienda alemana lleva años dando por válida toda la información que ponemos en la declaración de la renta y nunca jamás me ha pedido que le aporte algún tipo de factura o resguardo que corrobore la información aportada. Yo estoy obligado a proporcionarles cualquier documento que haya introducido si ellos me lo piden en un plazo no superior a 4 años, pero por defecto hay una confianza mutua entre contribuyente y administración.
Como no podía ser de otra forma, hay consecuencias si Hacienda hace una petición de facturas o información y el contribuyente no puede aportar nada...
Un compañero de trabajo intentó desgravar un traje, camisa y corbata que -según él- había tenido que comprar para una entrevista de trabajo, englobando todo el gasto como "adquisición de ropa de trabajo" y poniendo el importe total. Hacienda le pidió más información sobre el tipo de ropa comprada y las razones por las que consideraba que debían estar exento de pagar los impuestos correspondientes. Finalmente el funcionario concluyó que no tenía ningún derecho a exención porque ese tipo de ropa también puede ser empleada para actividades personales (como ir a una boda), pero tampoco multó a mi compañero.
Sin embargo, si un funcionario detecta que te has "olvidado" de incluir algún ingreso o que has tenido intención de engaño con la información aportada, pues tengo entendido que te cae una multa muy considerable. Por si acaso nunca me he atrevido a colarles nada gordo. :-)
No diría que el modelo alemán de las declaraciones es idóneo, porque luego pueden tardar 6 meses en devolverte el dinero, pero me parece una relación con el contribuyente muchísimo más sana que en España.
Para recuperar el 4% (19% - 15%) de mis retenciones de más efectuadas a las empresas españolas luego me toca tratar con la Hacienda española y ahí me pasa que me piden de todo y por ese motivo muchos alemanes excluyen las inversiones en empresas españolas.
Mi mujer tiene un bróker alemán y también tiene alguna empresa española que le paga dividendos y las retenciones son mucho más lógicas que en España con las empresas no españolas, porque el broker alemán informa de que en origen ya se ha pagado el 15% que fija el tratado para evitar la doble imposición y el bróker únicamente retiene el 11,375% restante.
Así que podéis intentar convencer a Hacienda de que: 1) Por defecto se fíe de los contribuyentes y únicamente aplique el látigo a los incumplidores y 2) Que se reconoza desde el principio la parte ya pagada en la retención en origen.
Saludos!
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