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Doble retención. Recuperar exceso y deducir tributación extranjera con la española.

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  • Bourne
    Member
    • may
    • 393

    Doble retención. Recuperar exceso y deducir tributación extranjera con la española.

    Libros

    Consulta aquí qué empresas tienen los inversores en sus carteras en las estadísticas de Invertirenbolsa.info



    Buenos días compañeros, probablemente en alguna parte del foro esté la respuesta pero llevo ya un rato y este es un tema que me sobrepasa. Agradezco de antemano vuestra ayuda.

    Respecto a la doble tributación hasta ahora sé que:

    Si tienes empresas extranjeras, tributas en origen y tributas en España.

    Hay distintos convenios con los paises extranjeros, y en el mejor de los casos solo te retendrían en origen el 15%.
    En USA. es el 30% pero con el formulario W8 te devuelven el 15%. En Francia o Alemania pasaría algo parecido tal como se explica en el siguiente enlace: https://blog.selfbank.es/como-tribut...ais-de-origen/


    Si como dice en el ejemplo de alemania.

    Cobro 10 euros de BMW

    1. Alemania me retiene el 26,367% de 10 euros. = 2,637 (recibo 7,363 € tras esto)
    2. España me cobra el 19% de 7,363 y me retiene = 1,39
    3. Alemania, por el convenio me devuelve = 1,13

    Como resultado final, me retienen el 15% de 10€ los alemanes
    el 19% de 7,363 € en España.

    Mi duda es que me suena que en algún momento he leído en este foro que se puede recuperar de la tributación española el 15% que ya has pagado en la extranjera y pagar en españa como un 4% únicamente. ¿O para nada es así y como mucho puedes aspirar al ejemplo anterior? pagar un 15 y luego un 19?
  • gorrion1978
    Senior Member
    • dic
    • 1223

    #2
    Originalmente publicado por Bourne Ver Mensaje
    Buenos días compañeros, probablemente en alguna parte del foro esté la respuesta pero llevo ya un rato y este es un tema que me sobrepasa. Agradezco de antemano vuestra ayuda.

    Respecto a la doble tributación hasta ahora sé que:

    Si tienes empresas extranjeras, tributas en origen y tributas en España.

    Hay distintos convenios con los paises extranjeros, y en el mejor de los casos solo te retendrían en origen el 15%.
    En USA. es el 30% pero con el formulario W8 te devuelven el 15%. En Francia o Alemania pasaría algo parecido tal como se explica en el siguiente enlace: https://blog.selfbank.es/como-tribut...ais-de-origen/


    Si como dice en el ejemplo de alemania.

    Cobro 10 euros de BMW

    1. Alemania me retiene el 26,367% de 10 euros. = 2,637 (recibo 7,363 € tras esto)
    2. España me cobra el 19% de 7,363 y me retiene = 1,39
    3. Alemania, por el convenio me devuelve = 1,13

    Como resultado final, me retienen el 15% de 10€ los alemanes
    el 19% de 7,363 € en España.

    Mi duda es que me suena que en algún momento he leído en este foro que se puede recuperar de la tributación española el 15% que ya has pagado en la extranjera y pagar en españa como un 4% únicamente. ¿O para nada es así y como mucho puedes aspirar al ejemplo anterior? pagar un 15 y luego un 19?
    Creo que puedes recuperar un 15% de los 10 euros, o sea, 1.5 euros en la declaración del año siguiente.
    "No es signo de buena salud el estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma".

    Jiddu Krisnahmurti.

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    • ibdonia
      Junior Member
      • ago
      • 4

      #3
      Hola, creo que no está bien lo que dices, en españa pagas el 19% (o el porcentaje que te toque) sobre el total, no sobre el resto una vez quitada la retención en Alemania.

      Luego en la declaración de la renta te devuelve parte de la retención de Alemania (15%) el resto tendrías que reclamarselo a Alemania, se puede hacer pero es complicado y en ocasiones costoso por lo que no merece la pena.

      Comentario

      • docky
        Member
        • abr
        • 144

        #4
        Hola Bourne y demás compañeros . La respuesta a estas preguntas las tienes:
        Entras en foro, subforo de empresas europeas y estadounidenses para largo plazo . En los primeros hilos muchos compañeros han dado respuesta a esta y otras preguntas de similar interés. Además hay enlaces donde nos explican como recuperarlos.
        Un saludo
        este es mi hilo: http://www.invertirenbolsa.info/foro...Proyecto-docky
        esta es mi cartera: http://www.invertirenbolsa.info/tu-p.../cartera/docky

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        • Invertirenbolsa
          Administrator
          • feb
          • 30808

          #5
          Hola,

          Bourne, es como te dicen los 3.

          En resumen, del 26% que te retiene Alemania, hasta el 15% lo recuperas haciendo la declaración del IRPF en España. Para recuperar lo que vaya del 15% al 26% tienes que hacer los papeles que ves en el hilo anclado al principio de este subforo. Los puedes hacer cada 4 años, no hace falta que los hagas todos los años si no quieres.

          Y como dice ibdonia, en España acabas pagando el 19% (o lo que sea).

          Saludos.


          Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

          "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
          "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
          "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
          "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
          "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
          "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
          "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
          "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
          Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
          "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
          "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
          "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
          "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
          "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
          "Libros para aprender idiomas con historias (storytelling)"

          Gregorio Hernández Jiménez en Youtube
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          • GIGISTONE
            Senior Member
            • ago
            • 746

            #6
            Originalmente publicado por Bourne Ver Mensaje

            Cobro 10 euros de BMW

            1. Alemania me retiene el 26,367% de 10 euros. = 2,637 (recibo 7,363 € tras esto)
            2. España me cobra el 19% de 7,363 y me retiene = 1,39
            Hola.

            Quiero confirmar que estos dos pasos sean correctos, al contrario de lo que entiendo de la compañera ibdonia, y luego que en la declaración nos devuelvan ese 15% de los 10€ iniciales, osea 1,5 €.

            En los divis recibidos de Daimler, a mí me cuadrán así.

            Ya me confirmareis.

            Saludos.
            En la diferencia esta lo interesante, en lo Dsigual......!!!!!!!!!!!

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            • Bourne
              Member
              • may
              • 393

              #7
              Gracias por las respuestas, investigaré sobre cómo hacerlo en la declaración para recuperar ese 15.

              Gigistone, no puedo conrirmarte porque aun es mi primera vez. En el enlace veras que es un artículo de selfbank. Imagino que sabrán lo que han eecrito. Un saludo

              Comentario

              • Bourne
                Member
                • may
                • 393

                #8
                Para quien llegue a este hilo y siga con dudas. Al final de este artículo se explica cómo acabar pagando solamente el 19% español y que la hacienda española te devuelva el 15% extranjero en tu declaración de la renta.



                Un saludo

                Comentario

                • Invertirenbolsa
                  Administrator
                  • feb
                  • 30808

                  #9
                  Hola,

                  Gigistone, esos 2 pasos que preguntas son correctos, sí. Ten en cuenta que hasta hace unos pocos años era diferente (las 2 retenciones se hacían sobre el bruto, 10 euros en este ejemplo), así que puedes ver mensajes en este Foro, o en cualquier sitio de internet, de hace unos años en los que se diga que las 2 retenciones se hacen sobre el bruto, porque antes era así.

                  Y al hacer la declaración del IRPF te devuelven ese 15%, 1,5 euros en este ejemplo (pero en España pagas el 19% del bruto, o sea, 1,90 euros en este ejemplo).

                  Bourne, sólo tienes que meter la retención extranjera en la casilla 588, y así recuperas ese 15%.


                  Saludos.


                  Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

                  "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
                  "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
                  "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
                  "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
                  "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
                  "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
                  "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
                  "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
                  Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
                  "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
                  "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
                  "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
                  "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
                  "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
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                  • Ceroceroseix
                    Senior Member
                    • may
                    • 1312

                    #10
                    Hola.

                    Aporto alguna cosa adicional al tema sólo para tratar de aclarar conceptos.

                    Originalmente publicado por Bourne Ver Mensaje
                    Buenos días compañeros, probablemente en alguna parte del foro esté la respuesta pero llevo ya un rato y este es un tema que me sobrepasa. Agradezco de antemano vuestra ayuda.
                    Originalmente publicado por Bourne Ver Mensaje
                    Gigistone, no puedo confirmarte porque aun es mi primera vez. En el enlace veras que es un artículo de selfbank. Imagino que sabrán lo que han escrito.
                    Pues sí, sobre este tema y ese artículo en concreto he escrito ya dos veces (en 2016 y en 2018) avisando de que no es del todo exacto, ni en números ni en conceptos. Le falta alguna matización, como comento en esos mensajes que ya escribí en su momento.

                    Lo de que la gente sabe lo que escribe a veces no es tan cierto.

                    Originalmente publicado por Bourne Ver Mensaje
                    Respecto a la doble tributación hasta ahora sé que:

                    Si tienes empresas extranjeras, tributas en origen y tributas en España.

                    Hay distintos convenios con los paises extranjeros, y en el mejor de los casos solo te retendrían en origen el 15%.
                    En USA. es el 30% pero con el formulario W8 te devuelven el 15%. En Francia o Alemania pasaría algo parecido tal como se explica en el siguiente enlace: https://blog.selfbank.es/como-tribut...ais-de-origen/
                    Sobre lo que destaco en negrita, te aclaro que es correcto en la gran mayoría de países, pero no en todos. Un país tan importante y habitual en materia de bolsa como el Reino Unido no está reteniendo actualmente nada en origen, así que los dividendos procedentes de empresas de ese país sólo tributan en España, como las empresas españolas. Y otro caso igual es el de Hong Kong, que tampoco retiene nada en origen.

                    Originalmente publicado por Bourne Ver Mensaje
                    Si como dice en el ejemplo de alemania.

                    Cobro 10 euros de BMW

                    1. Alemania me retiene el 26,367% de 10 euros. = 2,637 (recibo 7,363 € tras esto)
                    2. España me cobra el 19% de 7,363 y me retiene = 1,39
                    3. Alemania, por el convenio me devuelve = 1,13

                    Como resultado final, me retienen el 15% de 10€ los alemanes
                    el 19% de 7,363 € en España.
                    Sobre estas cuentas, mejor mirar los mensajes previos que he comentado antes, especialmente el de 2016, y verás que las cuentas buenas son estas:

                    1. Alemania me retiene el 26,367% de 10 euros. = 2,637 (recibo 7,363 € tras esto).
                    2. España me hace una retención a cuenta del 19% de 7,363 y me retiene = 1,39 €.
                    3. Hago la declaración de la renta y la Hacienda española me devuelve de la retención anterior 1,39 - 0,04 x 10 = 0,99 €.
                    4. Alemania, por el convenio me devuelve 0,1137 x 10 = 1,137 €.

                    Como resultado final, me retienen el 15% de 10 € los alemanes = 1,50 € y 0,40 € en España. Total = 1,90 €.

                    Resalto en negrita los cambios y añadidos para completar los pasos correctos.

                    Y una aclaración. La cantidad retenida a cuenta puede ser esa exactamente o no (porque, como dice Gregorio, se aplique la retención sobre la cantidad bruta o porque el bróker no aplique exactamente el 19 %, como pasa en DeGiro), pero el procedimiento es el mismo. Sólo habría que sustituir la cantidad de 1,39 € por lo que nos hayan retenido y actualizar los cálculos, pero los conceptos son los mismos: primero retiene el país de origen lo que sea, luego una retención a cuenta en España, después regularización de impuestos con la declaración de la renta y, por último, reclamación al fisco del país de origen si se ha pasado reteniendo (y queremos/podemos hacerlo).

                    Originalmente publicado por Bourne Ver Mensaje
                    Mi duda es que me suena que en algún momento he leído en este foro que se puede recuperar de la tributación española el 15% que ya has pagado en la extranjera y pagar en españa como un 4% únicamente. ¿O para nada es así y como mucho puedes aspirar al ejemplo anterior? pagar un 15 y luego un 19?
                    Sobre esta parte, te bailan los conceptos o no te has expresado bien. De la «tributación española» (entiendo que te refieres a la Hacienda española) no se recupera nada que no le hayas pagado a la Hacienda española. Lo que hace Hacienda es perdonarte una parte de lo que tienes que pagarle (en concreto, ese 15 % que dice el convenio de doble imposición), pero nunca te va a devolver nada que hayas pagado a una Hacienda extranjera. Simplemente, deja de cobrar parte de lo que le corresponde si has pagado en otro sitio por un impuesto equivalente al IRPF español. Eso hay que aprenderlo bien.

                    Léete el ejemplo de este mensaje y quizá te quede más claro qué se paga, qué se recupera y de dónde se recupera cada cantidad. Mira también los mensajes enlazados.

                    Saludos.
                    Editado por última vez por Ceroceroseix; 02/07/2019, 20:22:24.
                    Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                    Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

                    Comentario

                    • Invertirenbolsa
                      Administrator
                      • feb
                      • 30808

                      #11
                      Muchas gracia, 006


                      Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

                      "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
                      "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
                      "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
                      "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
                      "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
                      "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
                      "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
                      "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
                      Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
                      "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
                      "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
                      "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
                      "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
                      "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
                      "Libros para aprender idiomas con historias (storytelling)"

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                      Comentario

                      • GIGISTONE
                        Senior Member
                        • ago
                        • 746

                        #12
                        Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver Mensaje
                        Hola.

                        Aporto alguna cosa adicional al tema sólo para tratar de aclarar conceptos.





                        Pues sí, sobre este tema y ese artículo en concreto he escrito ya dos veces (en 2016 y en 2018) avisando de que no es del todo exacto, ni en números ni en conceptos. Le falta alguna matización, como comento en esos mensajes que ya escribí en su momento.

                        Lo de que la gente sabe lo que escribe a veces no es tan cierto.



                        Sobre lo que destaco en negrita, te aclaro que es correcto en la gran mayoría de países, pero no en todos. Un país tan importante y habitual en materia de bolsa como el Reino Unido no está reteniendo actualmente nada en origen, así que los dividendos procedentes de empresas de ese país sólo tributan en España, como las empresas españolas. Y otro caso igual es el de Hong Kong, que tampoco retiene nada en origen.



                        Sobre estas cuentas, mejor mirar los mensajes previos que he comentado antes, especialmente el de 2016, y verás que las cuentas buenas son estas:

                        1. Alemania me retiene el 26,367% de 10 euros. = 2,637 (recibo 7,363 € tras esto).
                        2. España me hace una retención a cuenta del 19% de 7,363 y me retiene = 1,39 €.
                        3. Hago la declaración de la renta y la Hacienda española me devuelve de la retención anterior 1,39 - 0,04 x 10 = 0,99 €.
                        4. Alemania, por el convenio me devuelve 0,1137 x 10 = 1,137 €.

                        Como resultado final, me retienen el 15% de 10 € los alemanes = 1,50 € y 0,40 € en España. Total = 1,90 €.

                        Resalto en negrita los cambios y añadidos para completar los pasos correctos.

                        Y una aclaración. La cantidad retenida a cuenta puede ser esa exactamente o no (porque, como dice Gregorio, se aplique la retención sobre la cantidad bruta o porque el bróker no aplique exactamente el 19 %, como pasa en DeGiro), pero el procedimiento es el mismo. Sólo habría que sustituir la cantidad de 1,39 € por lo que nos hayan retenido y actualizar los cálculos, pero los conceptos son los mismos: primero retiene el país de origen lo que sea, luego una retención a cuenta en España, después regularización de impuestos con la declaración de la renta y, por último, reclamación al fisco del país de origen si se ha pasado reteniendo (y queremos/podemos hacerlo).



                        Sobre esta parte, te bailan los conceptos o no te has expresado bien. De la «tributación española» (entiendo que te refieres a la Hacienda española) no se recupera nada que no le hayas pagado a la Hacienda española. Lo que hace Hacienda es perdonarte una parte de lo que tienes que pagarle (en concreto, ese 15 % que dice el convenio de doble imposición), pero nunca te va a devolver nada que hayas pagado a una Hacienda extranjera. Simplemente, deja de cobrar parte de lo que le corresponde si has pagado en otro sitio por un impuesto equivalente al IRPF español. Eso hay que aprenderlo bien.

                        Léete el ejemplo de este mensaje y quizá te quede más claro qué se paga, qué se recupera y de dónde se recupera cada cantidad. Mira también los mensajes enlazados.

                        Saludos.

                        Buenos días.

                        Llevo toda la mañana haciendo números y peleandome con el excel y no acabo de cuadrar, quizás porque no doy más de mí, o bien porque es lunes y es lo que hay. Voy a poner mís pasos y por favor, decirme donde me equivoco.

                        Sobre este mismo ejemplo

                        Cobramos 10 € brutos - 2.63 retencion origen - 1.39 retencion destino --> 5.98€
                        Recuperamos el 15% de los 10€ -->>1.50€, por el convenio de doble tributación.

                        Como solo hemos recuperado el 15 % de la retención alemana, hasta el 19 % de la retención española, le sumamos el 4% de 10 brutos -->>0.40 €

                        La retención que recuperamos sería 1.50+0.40 -->>1.90

                        Con lo cual, a los 5.96+1.90 -->>7.86 Dividendo + Retenciones recuperadas ( a nuestro bolsillo )

                        La diferencia entre 10 brutos - 7.86 -->> 2.14.

                        Luego la cantidad a recuperar en la hacienda Alemana 26.367%-19% -->> 11,367% -->> 0,11367 * 10 euros -->> 1.1367 a recuperar en la hacienda Alemana.

                        Luego 10 brutos -7.86 neto - 1.1367 que se puede recuperar de la hacienda alemana, me queda 1,0033 que ya no se que hacer con ello


                        Perdonar, pero es que no estoy seguro, y para cambiar otra vez todo el excel.... puffff, mejor hacerlo bien ya definitivamente.

                        Gracias y saludos.
                        En la diferencia esta lo interesante, en lo Dsigual......!!!!!!!!!!!

                        Comentario

                        • Ceroceroseix
                          Senior Member
                          • may
                          • 1312

                          #13
                          Originalmente publicado por GIGISTONE Ver Mensaje
                          Buenos días.

                          Llevo toda la mañana haciendo números y peleandome con el excel y no acabo de cuadrar, quizás porque no doy más de mí, o bien porque es lunes y es lo que hay.
                          No es por eso, es por ponerte a hacer números sin tener claros los conceptos ¡y mira que son pocas cosas y están explicadas! Así, si sale la solución correcta es por casualidad, lo mismo que le pasa a los estudiantes: buscan recetas rápidas sin entender lo que hacen. Por eso resultan tan complicadas de aprender algunas asignaturas.

                          Originalmente publicado por GIGISTONE Ver Mensaje
                          Voy a poner mís pasos y por favor, decirme donde me equivoco.

                          Sobre este mismo ejemplo

                          Cobramos 10 € brutos - 2.63 retencion origen - 1.39 retencion destino --> 5.98€
                          Hasta aquí vamos bien. Pero fíjate que ya hay dos conceptos que se deben tener claros: hay una retención que cobra la Hacienda de origen y otra retención que cobra la de destino (España).

                          Originalmente publicado por GIGISTONE Ver Mensaje
                          Recuperamos el 15% de los 10€ -->>1.50€, por el convenio de doble tributación.
                          Este es otro concepto que es correcto, pero que es muy común aplicarlo mal a la hora de hacer cuentas, que es lo que te está pasando a ti. ¿Por qué? Porque realmente no recuperamos ese 15 % (en el sentido de que alguien nos lo devuelve), sino que es una cantidad que, conceptualmente, dejamos de pagar a nuestra Hacienda española. ¿Y eso qué importa a la hora de las cuentas? Pues que, como es conceptual, hay que tener cuidado a la hora de considerarla en las operaciones. Ahora lo vemos.

                          Originalmente publicado por GIGISTONE Ver Mensaje
                          Como solo hemos recuperado el 15 % de la retención alemana, hasta el 19 % de la retención española, le sumamos el 4% de 10 brutos -->>0.40 €

                          La retención que recuperamos sería 1.50+0.40 -->>1.90
                          Aquí es donde tienes un error gordo y mezclas las ideas. Esas cantidades no son las que recuperas, sino las que pagas de impuestos.

                          ¿Comooorrrlll?

                          Si has leído mis mensajes, habrás entendido que, en el caso de que se aplique correctamente el convenio de doble imposición, los impuestos que pagan los dividendos extranjeros son los mismos que los de las empresas españolas (19 %), pero repartidos asimétricamente: el país de origen se queda lo que marca el convenio (15 % = 1,50 €) y España el resto hasta el tipo vigente que toque (4 % = 0,40 €).

                          Y, además, hay que tener en cuenta otro par de conceptos que también he comentado ya: la Hacienda española "perdona" (o deja de cobrar) cantidades que le corresponden y que se han pagado en el país de origen, y devuelve sólo cantidades que haya cobrado previamente. Nunca devuelve cantidades que hayan cobrado otras Haciendas.

                          Entonces, en la práctica, ¿qué es lo que recupero?

                          Originalmente publicado por GIGISTONE Ver Mensaje
                          Con lo cual, a los 5.96+1.90 -->>7.86 Dividendo + Retenciones recuperadas ( a nuestro bolsillo )

                          La diferencia entre 10 brutos - 7.86 -->> 2.14.

                          Luego la cantidad a recuperar en la hacienda Alemana 26.367%-19% -->> 11,367% -->> 0,11367 * 10 euros -->> 1.1367 a recuperar en la hacienda Alemana.

                          Luego 10 brutos -7.86 neto - 1.1367 que se puede recuperar de la hacienda alemana, me queda 1,0033 que ya no se que hacer con ello
                          Es mucho más sencillo que todo esto, y lo puse ya arriba:
                          - 5,98 € (no 5,96) es lo que has recibido.
                          - 1,13 € (o 1,14, según el redondeo) es lo que puedes recuperar de Alemania, porque los 1,50 € del convenio se los quedan sí o sí. Eso es el 15 % famoso que siempre se dice que se recupera. No es que lo recuperes, es que no lo pagas otra vez en España.
                          - Y de España recuperas en la práctica 1,39 - 0,40 = 0,99 €, vía Declaración de la Renta. Y eso lo recuperas porque has pagado previamente. Si no has pagado (como les ocurre a los que tienen brókers extranjeros) lo que haces es pagar esos 0,40 €.

                          Al final, total en tu bolsillo (si recuperas lo de Alemania) = 5,98 + 1,13 + 0,99 = 8,10 €. E impuestos abonados 1,90 € (19 %).

                          ¿Y cómo habría que aplicar en las cuentas esa recuperación del 15 %? Pues considerando que no es lo que recuperas, sino lo que tienes que pagar legalmente en origen. Ahí está la cuestión: no es una cantidad que recuperamos, sino que es una cantidad que pagamos al país de origen y que España no nos cobra otra vez. Pero que no nos la cobre otra vez no significa que debamos restarla de ningún sitio. Ese es el problema que tenías.

                          Espero que te haya quedado algo más claro.

                          Saludos (y perdon por el offtopic de Chiquito. No he podido resistirme. Jaarrrllll ).
                          Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                          Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

                          Comentario

                          • GIGISTONE
                            Senior Member
                            • ago
                            • 746

                            #14
                            Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver Mensaje
                            No es por eso, es por ponerte a hacer números sin tener claros los conceptos ¡y mira que son pocas cosas y están explicadas! Así, si sale la solución correcta es por casualidad, lo mismo que le pasa a los estudiantes: buscan recetas rápidas sin entender lo que hacen. Por eso resultan tan complicadas de aprender algunas asignaturas.



                            Hasta aquí vamos bien. Pero fíjate que ya hay dos conceptos que se deben tener claros: hay una retención que cobra la Hacienda de origen y otra retención que cobra la de destino (España).



                            Este es otro concepto que es correcto, pero que es muy común aplicarlo mal a la hora de hacer cuentas, que es lo que te está pasando a ti. ¿Por qué? Porque realmente no recuperamos ese 15 % (en el sentido de que alguien nos lo devuelve), sino que es una cantidad que, conceptualmente, dejamos de pagar a nuestra Hacienda española. ¿Y eso qué importa a la hora de las cuentas? Pues que, como es conceptual, hay que tener cuidado a la hora de considerarla en las operaciones. Ahora lo vemos.



                            Aquí es donde tienes un error gordo y mezclas las ideas. Esas cantidades no son las que recuperas, sino las que pagas de impuestos.

                            ¿Comooorrrlll?

                            Si has leído mis mensajes, habrás entendido que, en el caso de que se aplique correctamente el convenio de doble imposición, los impuestos que pagan los dividendos extranjeros son los mismos que los de las empresas españolas (19 %), pero repartidos asimétricamente: el país de origen se queda lo que marca el convenio (15 % = 1,50 €) y España el resto hasta el tipo vigente que toque (4 % = 0,40 €).

                            Y, además, hay que tener en cuenta otro par de conceptos que también he comentado ya: la Hacienda española "perdona" (o deja de cobrar) cantidades que le corresponden y que se han pagado en el país de origen, y devuelve sólo cantidades que haya cobrado previamente. Nunca devuelve cantidades que hayan cobrado otras Haciendas.

                            Entonces, en la práctica, ¿qué es lo que recupero?



                            Es mucho más sencillo que todo esto, y lo puse ya arriba:
                            - 5,98 € (no 5,96) es lo que has recibido.
                            - 1,13 € (o 1,14, según el redondeo) es lo que puedes recuperar de Alemania, porque los 1,50 € del convenio se los quedan sí o sí. Eso es el 15 % famoso que siempre se dice que se recupera. No es que lo recuperes, es que no lo pagas otra vez en España.
                            - Y de España recuperas en la práctica 1,39 - 0,40 = 0,99 €, vía Declaración de la Renta. Y eso lo recuperas porque has pagado previamente. Si no has pagado (como les ocurre a los que tienen brókers extranjeros) lo que haces es pagar esos 0,40 €.

                            Al final, total en tu bolsillo (si recuperas lo de Alemania) = 5,98 + 1,13 + 0,99 = 8,10 €. E impuestos abonados 1,90 € (19 %).

                            ¿Y cómo habría que aplicar en las cuentas esa recuperación del 15 %? Pues considerando que no es lo que recuperas, sino lo que tienes que pagar legalmente en origen. Ahí está la cuestión: no es una cantidad que recuperamos, sino que es una cantidad que pagamos al país de origen y que España no nos cobra otra vez. Pero que no nos la cobre otra vez no significa que debamos restarla de ningún sitio. Ese es el problema que tenías.

                            Espero que te haya quedado algo más claro.

                            Saludos (y perdon por el offtopic de Chiquito. No he podido resistirme. Jaarrrllll ).

                            Muchisiiiimas gracias Ceroceroseix.

                            No se si hacerte la ola, alabarte, pero vamos, agradecertelo con locura, porque ahora si lo veo, aunque para eso, hubiera tenido que dejar mi mente en blanco, imprimir tu respuesta en una hoja de papel, hacer un borron en mi mente y como bien dices, cambiar los conceptos para entenderlo, sino es imposible.
                            Evidentemente todo este calculo me cambiará todo el excel y el planteamiento que hice, pero eso ya es cosa mía.

                            Acertadísimo los conceptos explicados. Si lo hubiera visto así desde el primer momento hubiera sido más fácil, pero lo entendí mal desde el primer momento ( imagino que por otros post y no el tuyo ) y solo lo quise sacar por lo que tenía entendido.

                            De todas maneras, respuesta guardada un pdf facilmente localizable, y volverte agradecer nuevamente tu paciencia y tus explicaciones, y lo de chiquitor, solo tu hubiera faltado decirme al final de los calculos.... Te das kuent ?¿?¿¿? no faltaba más tomarse las cosas con humor.

                            Saludos.
                            En la diferencia esta lo interesante, en lo Dsigual......!!!!!!!!!!!

                            Comentario

                            • Ceroceroseix
                              Senior Member
                              • may
                              • 1312

                              #15
                              Es que ese mantra de que con la Declaración del IRPF recuperamos el 15 % hace mucho daño y debería reformularse como que no pagamos dos veces por lo mismo, que es la finalidad de los convenios de doble imposición.

                              Cuando hacemos la declaración, el programa nos calcula los impuestos sobre el total bruto (19 %) y, cuando rellenamos los importes en las casillas de la doble imposición, lo que hacemos es decirle al programa que ya hemos pagado en otro sitio para que nos lo quite de la suma final (aquí hay que ser honrado y decir que hemos pagado el 15 %). De ahí el dicho de que se recupera algo cuando en realidad lo que hacemos es evitar es pagar otra vez.

                              Y lo de "te das cueeeen" se me pasó. Hubiese quedado más propio, sí.
                              Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                              Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

                              Comentario

                              • GIGISTONE
                                Senior Member
                                • ago
                                • 746

                                #16
                                Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver Mensaje
                                Es que ese mantra de que con la Declaración del IRPF recuperamos el 15 % hace mucho daño y debería reformularse como que no pagamos dos veces por lo mismo, que es la finalidad de los convenios de doble imposición.

                                Cuando hacemos la declaración, el programa nos calcula los impuestos sobre el total bruto (19 %) y, cuando rellenamos los importes en las casillas de la doble imposición, lo que hacemos es decirle al programa que ya hemos pagado en otro sitio para que nos lo quite de la suma final (aquí hay que ser honrado y decir que hemos pagado el 15 %). De ahí el dicho de que se recupera algo cuando en realidad lo que hacemos es evitar es pagar otra vez.

                                Y lo de "te das cueeeen" se me pasó. Hubiese quedado más propio, sí.
                                Habrá que hacer caso omiso al " recuperamos el 15 %". Luego a la hora de realizar la declaración, ya será cuestión de encontrar el post correcto con su explicaciones para no cometer errores, pero por si las moscas, me hago otro PDF de tu respuesta anterior, que seguro me será de mucha ayuda.

                                Saludos.
                                En la diferencia esta lo interesante, en lo Dsigual......!!!!!!!!!!!

                                Comentario

                                • Xtu
                                  Junior Member
                                  • dic
                                  • 5

                                  #17
                                  Mensaje eliminado
                                  Archivos Adjuntos
                                  Editado por última vez por Xtu; 07/08/2019, 20:27:18.

                                  Comentario

                                  • Master Of Disaster
                                    Senior Member
                                    • dic
                                    • 1397

                                    #18
                                    Las cuentas no son así, porque eso equivaldría a que no pagaras impuestos a la Hacienda española. El impuesto que tienes que pagar en España se calcula sobre el dividendo bruto, independientemente de lo que te hayan retenido. Y de ese impuesto se resta ese 15 % a que tienes derecho para evitar la doble imposición.

                                    Según tu ejemplo: te correspondería pagar a la Hacienda española 19 € (suponiendo un tipo del 19 %), de los que te deduces los 15 € de retención en origen, por lo que te toca pagar 4 €. Como la retención en España fue 13,99 €, nuestra Hacienda te devuelve 9.99 € (13,99 € - 4 €).

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                                    • Ceroceroseix
                                      Senior Member
                                      • may
                                      • 1312

                                      #19
                                      Como dice Master, esos cálculos están mal. Por favor, no subamos cosas que confunden en lugar de resolver dudas. Si no tenemos claro si algo está bien o no, pongamos un comentario explicando lo que queremos decir porque subirlo sin más palabras entorpece la labor de ayuda si, como en este caso, lo que subimos es incorrecto.

                                      Sobre esto de los dividendos y las dobles retenciones, comento dos cosas a controlar a la hora de comprobar si los cálculos que hacemos o encontramos por ahí están bien o mal:

                                      1. Los dividendos de empresas extranjeras pagan, como mínimo, lo mismo que los españoles (19 %). En el ejemplo de la imagen, el resultado final (85 €) equivale a que estamos pagando un 15 % de impuestos y eso no es posible en ningún caso. Pueden pagar más (si no se recupera el exceso de retención en origen), pero NUNCA MENOS. Sólo con eso ya tenemos que detectar que algo no está bien.

                                      2. La Hacienda española siempre tiene que recibir algo al final del proceso, SIEMPRE. Los convenios de doble imposición evitan que dos países cobren al contribuyente dos veces por lo mismo, pero no impiden que ambos países reciban algo de los impuestos de esos dividendos. En el ejemplo, tenemos el absurdo de que nuestra Hacienda retiene primero 13,99 € y luego los devuelve en la declaración de la renta, lo cual no tiene ningún sentido, como ha indicado Master. Hay que mirar la información que encontremos con un poco de espíritu crítico, por favor.

                                      Saludos.
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                                      • Xtu
                                        Junior Member
                                        • dic
                                        • 5

                                        #20
                                        Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                        Pues sí, Master Of Disaster, creo que estás en lo cierto y mi "pretendida guía rápida" está confundida. En España me retendrán el 19% pero otra vez, del total del dividendo bruto y luego Hacienda en la declaración de IRPF, me descuenta el 15% que ya tributé a la Hacienda alemana. Así al final tributaría igualmente un 19%. (siempre y cuando consiga que la hacienda alemana me reintegre el 11,375% que me retuvo en exceso sobre el 15% que figura en el convenio). No sé si se puede, pero si es así, retiraré el png porque en vez de esclarecer más bien confunde. Lo cierto es que lo publiqué con la intención de ayudar a aclarar el tema, pues, a pesar de los 18 mensajes que hay publicados consideraba, tras leerlos, que no estaba ni conciso ni claro.
                                        Gracias. Un saludo.

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