Hola,
Drakaris, tienes razón, pero es que eso es lo que quería decir yo. A ver si me explico.
Si tú compras un cuadro y lo vendes ganando dinero, tienes que pagar de siempre, con lo que no habría que cambiar la ley, porque eso ya es así.
Si compras una silla por 20 euros y la revendes por 25 euros, en teoría también tienes que pagar (aunque si le pasa a 2 en un año ya será mucho), y la ley ya dice eso. Así que tampoco habría que cambiarla.
Lo que quería decir es que estos casos ya son así, con lo que para que haya que pagar en estos casos no hay que cambiar ninguna ley, porque la ley ya dice eso.
Lo que quería decir, y quizá es lo que no expliqué bien, es que si se habla de cambiar la ley será para hacer algo distinto a lo que ya existe. Y ese "algo" distinto se debe entender (por si se cambia algo, creo que no hay otra posibilidad) que sería pagar cuando se vende perdiendo dinero. Y esto es lo que no tiene sentido por lo que todos estamos de acuerdo.
Y esta es la incoherencia que explica kais3r. Si tú compras un iphone por 800 y lo vendes por 900, se supone que tienes que pagar por esos 100. Pero ya se sabe que esto no le pasa a casi nadie, que cuando da la casualidad nadie paga por eso, y que a Hacienda no le merece la pena intentar detectar esto, porque la recaudación potencial es mínima, y no lo iba a poder detectar.
Luego no es esto lo que pretendía Hacienda. ¿Qué pretendía? Creo que la única explicación es que pretendía poner un nuevo impuesto a todas las ventas con pérdidas de objetos de consumo, y eso no tiene sentido.
Si pierdes con un un cuadro sí que puedes compensar esa pérdida con ganancias de acciones, inmuebles, etc. Este es otro caso al de los objetos de consumo, sí.
Y como ha quedado en nada, creo que lo que Hacienda pretendía, por la desesperación de ver que ya le es imposible cuadrar las cuentas y tienes a miles y miles de jubilados en las calles, entre otras cosas, sacar dinero de un sitio que no se puede sacar: las ventas a pérdida de los objetos de consumo.
Saludos.
Drakaris, tienes razón, pero es que eso es lo que quería decir yo. A ver si me explico.
Si tú compras un cuadro y lo vendes ganando dinero, tienes que pagar de siempre, con lo que no habría que cambiar la ley, porque eso ya es así.
Si compras una silla por 20 euros y la revendes por 25 euros, en teoría también tienes que pagar (aunque si le pasa a 2 en un año ya será mucho), y la ley ya dice eso. Así que tampoco habría que cambiarla.
Lo que quería decir es que estos casos ya son así, con lo que para que haya que pagar en estos casos no hay que cambiar ninguna ley, porque la ley ya dice eso.
Lo que quería decir, y quizá es lo que no expliqué bien, es que si se habla de cambiar la ley será para hacer algo distinto a lo que ya existe. Y ese "algo" distinto se debe entender (por si se cambia algo, creo que no hay otra posibilidad) que sería pagar cuando se vende perdiendo dinero. Y esto es lo que no tiene sentido por lo que todos estamos de acuerdo.
Y esta es la incoherencia que explica kais3r. Si tú compras un iphone por 800 y lo vendes por 900, se supone que tienes que pagar por esos 100. Pero ya se sabe que esto no le pasa a casi nadie, que cuando da la casualidad nadie paga por eso, y que a Hacienda no le merece la pena intentar detectar esto, porque la recaudación potencial es mínima, y no lo iba a poder detectar.
Luego no es esto lo que pretendía Hacienda. ¿Qué pretendía? Creo que la única explicación es que pretendía poner un nuevo impuesto a todas las ventas con pérdidas de objetos de consumo, y eso no tiene sentido.
Si pierdes con un un cuadro sí que puedes compensar esa pérdida con ganancias de acciones, inmuebles, etc. Este es otro caso al de los objetos de consumo, sí.
Y como ha quedado en nada, creo que lo que Hacienda pretendía, por la desesperación de ver que ya le es imposible cuadrar las cuentas y tienes a miles y miles de jubilados en las calles, entre otras cosas, sacar dinero de un sitio que no se puede sacar: las ventas a pérdida de los objetos de consumo.
Saludos.
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