Mil gracias Gregorio.
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Declaración de la Renta 2016
Colapsar
Este es un tema pegajoso.
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Disculpad la pregunta de novato, pero nunca hice la declaración de la renta en España. Los únicos ingresos que tengo que provienen de España son los dividendos de las acciones, así que supongo que es lo único que tengo que presentar a través del modelo 210 para así recuperar las retenciones.
El caso es que cuando trato de realizarlo por internet a través de la página de la Agencia Tributaria, me aparece continuamente el "Error 403", y por tanto no puedo rellenar el formulario.
¿Debería ponerme en contacto con una gestoría y mandarles la documentación por correo? ¿Mejor hacer una cita en Hacienda cuando vaya de vacaciones?
Gracias de antemano.
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Originalmente publicado por Fuchs Ver MensajeDisculpad la pregunta de novato, pero nunca hice la declaración de la renta en España. Los únicos ingresos que tengo que provienen de España son los dividendos de las acciones, así que supongo que es lo único que tengo que presentar a través del modelo 210 para así recuperar las retenciones.
El caso es que cuando trato de realizarlo por internet a través de la página de la Agencia Tributaria, me aparece continuamente el "Error 403", y por tanto no puedo rellenar el formulario.
¿Debería ponerme en contacto con una gestoría y mandarles la documentación por correo? ¿Mejor hacer una cita en Hacienda cuando vaya de vacaciones?
Gracias de antemano.Editado por última vez por Helders; 07/05/2017, 14:23:34.
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Buenos días compañeros.
Me han surgido algunas dudas relacionadas con la declaración de la renta. Es sobre el tema de las comisiones del broker. Hasta donde tengo entendido, la comisión de compra de acciones se suma al precio medio de compra, la comisión de venta se resta al importe total de la venta.
¿Y las comisiones de mantenimiento de broker, se podrían desgravar? ¿En qué casilla?
Perdón si estoy repitiendo preguntas..Editado por última vez por ulrick_psp; 08/05/2017, 08:53:23.
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Originalmente publicado por Helders Ver MensajeYo he enviado varios modelos 210 este año por internet y ya han empezado a devolverme la retención extra de dividendos. ¿Usas certificado digital? ¿Qué navegador utilizas?
Te agradecería mucho que por aquí o por privado me pasaras el link a través del cual rellenas y envías los modelos 210.
Un saludo.
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Originalmente publicado por ulrick_psp Ver MensajeBuenos días compañeros.
Me han surgido algunas dudas relacionadas con la declaración de la renta. Es sobre el tema de las comisiones del broker. Hasta donde tengo entendido, la comisión de compra de acciones se suma al precio medio de compra, la comisión de venta se resta al importe total de la venta.
¿Y las comisiones de mantenimiento de broker, se podrían desgravar? ¿En qué casilla?
Perdón si estoy repitiendo preguntas..
Es como comentas. En cuanto a tu pregunta, puedes desgravar los gastos de custodia en la casilla 024 en el apartado de "Gastos de administración y depósito".
Un saludo"La Educación formal te dará una manera de ganarte la vida. La AUTOEDUCACIÓN te hará ganar una fortuna". Jim Rohn
Darwin ESC: https://www.darwinex.com/es/invest/ESC
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Hola a tod@s.
Una pregunta que me surge. ¿Los gastos de suscripción a datos en tiempo real en la plataforma de gráficos son deducibles?
Creo que esto no es posible pero no lo tengo claro.
Gracias.
Un saludo."La Educación formal te dará una manera de ganarte la vida. La AUTOEDUCACIÓN te hará ganar una fortuna". Jim Rohn
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Buenas!
Una pregunta muy fácil que creo saber la respuesta pero no estoy seguro por los términos que se utilizan en la guía.
Un finiquito por fin de contrato (no despido) se declara? Y en caso de ser que sí, iría sumado directamente a rendimientos del trabajo?
Gracias!
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Originalmente publicado por Escri Ver MensajeHola ulrick_psp.
Es como comentas. En cuanto a tu pregunta, puedes desgravar los gastos de custodia en la casilla 024 en el apartado de "Gastos de administración y depósito".
Un saludo
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Hola,
Página 15 del hilo:
De nada. Lander.
Fuchs, las aplicaciones de Hacienda a veces dan muchos errores. Hay que cambiar muchas cosas de la configuración a veces. En el teléfono de soporte técnico te atienden muy bien, pero alguna vez me he tirado 30-60 minutos cambiando cosas del navegador. llama cuando tengas un poco de tiempo.
ulrick, cuando entras en la 024 y te sale el desplegable, verás la casilla que te dice Escri.
Dookie, un finiquito se declara, sí, y como rendimiento del trabajo.
Escri, la suscripción a datos en tiempo real no la puedes desgravar, no.
¿Queda algo por resolver?
Saludos.
Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:
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Hola!
Necesitaria ayuda para saber como se declara una venta de acciones con derechos de suscripcion vendidas.
En 2016 vendi todas las acciones de FCC (60) que compre en 2012 en 2 compras que por precio de compra total eran 604,20€ (comisiones incluidas). En la OPA de 2016 vendi dichas acciones por un total de 456€.
Supuestamente con estos datos me da que tuve una minusvalia de 148.20€, pero en 2014 vendi derechos en la ampliacion de capital con importe total de 300€ (5€ x 60 acciones) y en 2016 tambien vendi los derechos en la 2ª ampliacion por importe de 11.10€ (0.185€ x 60 acciones).
INFORMACION DE DICHAS AMPLIACIONES
FCC 05/12/2014 60 5,000 € 300,00 € 298,00 € 0,60 € 1,40 € VENTA DERECHOS FCC EN AMPLIACION CAPITAL
FCC 15/02/2016 60 0,185 € 11,10 € 10,73 € 0,02 € 0,35 € VENTA DE DERECHOS FCC EN 2ª AMPLIACION DE CAPITAL
Mi duda es:
¿Tengo que restarle el importe de la venta de derechos de las ampliaciones al precio de compra y de ahi restar el precio de venta o no tengo que tener en cuenta la venta de esos derechos y solo es restar los 456€ (precio venta) - 604.20€ (precio compra)? En hacienda me lo han hecho de la 2ª forma y me parece raro.
¿si es restandole la venta de derechos tengo que restarle el importe que me ingresaron o el importe total con comisiones?
¿En que casilla hay que poner el dato de la plusvalia / minusvalia?
Muchas gracias por la ayuda.Objetivo a muy L/P: Poder ayudar a otros sin tener que preocuparme por el dinero
¿A que suena bien?
Mi hilo
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El tiempo libre y el aburrimiento es mu malo... Ojo a la paja mental que me acabo de hacer...
Tengo una operación de medio plazo cerrada con pérdidas, ok? Para compensar esas pérdidas y que no se fueran al limbo necesitaría cerrar una operación con beneficios superiores. Como no quiero cerrar ninguna operación del largo plazo, qué pasaría si pillo una empresa que vaya a repartir dividendo, me pongo corto y cuando se descuente la largo?
Es decir, vendo a 10, compro a 9 y esa operación la cierro con beneficio. El bróker me apuntaría un dividendo negativo que al ser negativo no llevaría retención y no figuraría para hacienda y que por supuesto me descontaría de la cuenta pero nada más.
Cómo lo veis? Qué opinión os merece? Supongo que no seré el inventor de la coca-cola pero me ha llamado la atención el planteamiento...
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Se pagan intereses en los cortos? xD. De todas formas, hablamos de 3 días... no creo que sea "significativo"...
Lo de que suba puede ser, pero también se podría dar el caso de que baje y encima sacar un dinerito en la operación... esa parte sería random...
Yo más bien me refería al concepto de no regalarle ni un euro a hacienda en caso de que se te echase el tiempo encima para compensar pérdidas...
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Necesito una pequeña ayuda con la declaracion de la renta:
El año pasado en verano cambie de broker de ING a Interactive brokers, a partir de ese momento estuve comprando y vendiendo opciones, tambien compre acciones pero nunca las vendi.
La renta este año me sale a devolver por defecto, ¿Tengo yo que aportar algún documento mas? Ahora mismo toda mi cartera esta en Interactive Brokers, por lo que no se si ellos tienen constancia de que yo tengo esas acciones.
Cualquier consejo de los que usáis este broker y estáis mas habituados a hacer la declaración sera bienvenida.
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Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver MensajeSiempre debes sumar los gastos y comisiones que te hayan cobrado en ambas operaciones. En la de compra, suma esos gastos al importe bruto, y en la de venta los restas. Esos dos resultados son los que debes poner en las casillas de valor de adquisición y transmisión, respectivamente.
Puedes no considerar esos gastos y poner los importes brutos solamente, pero entonces le estarás regalando dinero a Hacienda.
Tú decides.
Saludos.
Citando la respuesta arriba a la pregunta de qué valores poner en compra/venta de acciones, pongo un ejemplo para saber si lo he entendido bien.
- Compra:1000 EUR + 15 EUR (gastos + comisión)
- Venta: 2000 EUR + 20 EUR (gastos + comisión)
- Casilla 290: 1215 EUR
- Casilla 293: 2020 EUR
¿qué otra opción habría?
Gracias
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Originalmente publicado por Bosco Ver MensajeVenta: 2000 EUR + 20 EUR (gastos + comisión)
- Casilla 290: 1215 EUR
- Casilla 293: 2020 EUR
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Hola,
he estado haciendo prueba de cara al año que viene a la retención de dividendos en el extranjero. (Casilla 533). El caso es que lo relleno y lo ignora, aparece vacío. ¿Es porque sale a devolver o porque no puede "compensarse con otra cosa? Estoy totalmente pez en este apartado de la renta.Recetas para sanear tus finanzas - Ayudando a transformar tus finanzas personales con las mejores herramientas y educación financiera. - Doctor Cifra
40€ Openbank - 50€ ING - 150€ Self 25€ NN Bank - MP
10€ Bnext
10€ Revolut
12000€ sin comisión gestión Finizens
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Dividendos
Buenas
Este año ya he hecho la declaración, pero no me he quedado tranquilo, porque hay cosas que no entiendo en cómo me ha cobrado degiro las comisiones por dividendos. Les pregunté, pero me dijeron poco más o menos que se ajustaba a la legislación.
Comentar que vivo en Bizkaia y los primeros 1500€ estarían exentos.
Hay una acción en la que no me cobran nada (CPP), supongo que por generar sus beneficios fuera de USA. Y otra que al verla me desanimó mucho en la idea de seguir buscando dividendos (Alliance...).
¿Puedo reclamar algo de ahí en la declaración del año que viene o hacer una complementaria este año?
Os presento una captura de lo que me envió degiro para hacer la declaración:
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