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Cómo obtener la devolución de la doble retención de los dividendos empresas alemanas

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  • arkio
    Member
    • mar
    • 453

    Originalmente publicado por mike07 Ver Mensaje
    Hola..

    Al final lo he hecho desde otro ordenador y sin problemas; sale la suma como tiene que salir. La verdad que no lo entiendo, espero que no le suceda a otro compañero.

    Ahora me queda por saber que poner en el documento anexo en el Attachment E-01. En la parte que pone "Zum antrag de.." A ver si alguien sabe algo.

    Saludos.


    P.D: No se si es recomendable por Gregorio, borrar la multitud de post escritos con el mismo tema y dejar uno significativo a modo resumen por si le pasa a otro compañero.
    Entiendo que sabes que el Attachment E-01 solo tienes que rellenarlo si solicitas mas de 5 cobros de dividendo.

    Yo intuyo que en "zum antrag des/der" debes poner tu nombre. significa algo asi como "a peticion de el/la".

    Por cierto como eres el creador del hilo te sugiero que cambies el titulo por uno mas preciso que diga "...devolución del exceso de retención en origen..."

    saludos y gracias.
    Estas son mis empresas favoritas: http://www.invertirenbolsa.info/tu-p.../cartera/arkio

    Comentario

    • saysmus
      Senior Member
      • oct
      • 2502

      Originalmente publicado por mike07 Ver Mensaje
      Hola..

      Al final lo he hecho desde otro ordenador y sin problemas; sale la suma como tiene que salir. La verdad que no lo entiendo, espero que no le suceda a otro compañero.

      Ahora me queda por saber que poner en el documento anexo en el Attachment E-01. En la parte que pone "Zum antrag de.." A ver si alguien sabe algo.

      Saludos.


      P.D: No se si es recomendable por Gregorio, borrar la multitud de post escritos con el mismo tema y dejar uno significativo a modo resumen por si le pasa a otro compañero.
      Me ha pasado lo mismo. Si lo intentaba con el chrome me multiplicaba por 100. Lo que he hecho ha sido descargar el documento y abrirlo con Acrobat Reader. Desde ahí, sin ningún tipo de problemas.

      Un saludo!!
      Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco

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      Twitter: @invirtiendopap

      Comentario

      • mike07
        Senior Member
        • ago
        • 1592

        Hola.

        Arkio:

        Al final lo que he hecho es rellenar dos documentos del principal, espero no tener problemas. No he podido enviarlo porque en hacienda el administrador que es quien tiene que sellármelo no vuelve de vacaciones hasta la semana que viene. Con la persona de hacienda que estuve hablando me ponía pegas, del tipo que como va a sellar algo que no esta en español. Que el documento tiene que estar en español o contratar un traductor que certifica la traducción. Esperemos que cuando llegue el administrador me lo selle.

        Lo del cambio que lo haga Gregorio que es quien tituló el hilo. Yo en el 1er post he puesto enlace a la forma de conseguirlo actualmente.

        Saysmus:

        Gracias. No soy el único rarito. jejejej!!

        Por cierto, he aprovechado y he comprado unas Basf, esperemos que llegue a buen puerto las devoluciones.

        Comentario

        • arkio
          Member
          • mar
          • 453

          Originalmente publicado por mike07 Ver Mensaje
          Hola.

          Arkio:

          Al final lo que he hecho es rellenar dos documentos del principal, espero no tener problemas. No he podido enviarlo porque en hacienda el administrador que es quien tiene que sellármelo no vuelve de vacaciones hasta la semana que viene. Con la persona de hacienda que estuve hablando me ponía pegas, del tipo que como va a sellar algo que no esta en español. Que el documento tiene que estar en español o contratar un traductor que certifica la traducción. Esperemos que cuando llegue el administrador me lo selle.

          Lo del cambio que lo haga Gregorio que es quien tituló el hilo. Yo en el 1er post he puesto enlace a la forma de conseguirlo actualmente.

          Saysmus:

          Gracias. No soy el único rarito. jejejej!!

          Por cierto, he aprovechado y he comprado unas Basf, esperemos que llegue a buen puerto las devoluciones.
          Si no puedes modificar el titulo que lo haga el webmaster, bien, pero en tu post si puedes modificar y sigues poniendo "devolucion de la doble imposicion" no es correcto lo correcto es devolucion del exceso de retencion.
          Lo que devuelven con este proceso es el 11,xx% no el 26,xx%. para que quede un 15% de retencion en origen

          creo, no se, que digan el resto que saben mas que yo.

          saludos y gracias.
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          Comentario

          • saysmus
            Senior Member
            • oct
            • 2502

            Originalmente publicado por arkio Ver Mensaje
            Ale! ya tengo sellados los formularios alemanes en hacienda española.
            A la oficina de correos voy con el sobre.

            Esto he metido:

            - Copy of my ID card (NIF). (1 page)
            - Spanish Tax residence certificate. (1 page)
            - Certificate ownership of the bank account. (1 page)
            - Detailed bank statement of the collection of dividends. (2 pages)
            - Form Claim for refund of German withholding taxes on dividends. (2 pages)

            Os contare el final de la historia en unos meses.

            Saludos
            Muy buenas arkio.

            No te pusieron problemas para sellarte los documentos alemanes?? Nosotros acabamos de ir y la "señorita" se ha negado a sellarlos por no estar en español. Que nos descarguemos los formularios en español, que los tiene que haber seguro o que llevemos una traducción firmada por un traductor jurado. Que estamos en España y que ellos no tienen por qué saber inglés.

            Tengo un cabreo encima que no veas...mejor paro de escribir...
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            Comentario

            • yolan
              Member
              • oct
              • 233

              Originalmente publicado por saysmus Ver Mensaje
              Muy buenas arkio.

              No te pusieron problemas para sellarte los documentos alemanes?? Nosotros acabamos de ir y la "señorita" se ha negado a sellarlos por no estar en español. Que nos descarguemos los formularios en español, que los tiene que haber seguro o que llevemos una traducción firmada por un traductor jurado. Que estamos en España y que ellos no tienen por qué saber inglés.

              Tengo un cabreo encima que no veas...mejor paro de escribir...
              Yo los he pedido en español en el email de la hacienda alemana, y me han contestado que sólo está disponible en alemán, francés e inglés..
              Es impresentable lo de nuestro país, digo yo que para tratar temas que tienen que ver con dobles imposiciones, deberíamos exigir que el funcionario de turno al menos supiese inglés, o que se dedique a otra cosa para lo que sí que esté preparado.

              Comentario

              • saysmus
                Senior Member
                • oct
                • 2502

                Totalmente de acuerdo. Es una pu** vergüenza lo de este país. Lo peor es el trato altivo y despectivo de la funcionaria: "Estamos en España, no tenemos por qué saber Inglés".

                Ahora, que hecha la ley, hecha la trampa: a otra delegación de Hacienda a ver si hay más suerte y quien nos atiende tiene un mínimo de idiomas (y educación).
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                • MarE
                  Member
                  • may
                  • 90

                  Un funcionario jubilado con mucha mili encima me aconsejó, en caso de verme en esta situación, que pidiera "ver a la persona del departamento especializado". Cito sus palabras:

                  Yo te aconsejaría que imprimas el correo tuyo y la contestación de ellos (*) y se lo lleves al funcionario “sellante”. Aún cuando no tenga pajolera idea de inglés, puede acudir a algún compañero más ilustrado.
                  En cualquier caso, cuando trates con la administración, ten en mente que el funcionario que te atiende es siempre, o bien el último que ha llegado o el más “peor”, dado que los puestos de despacho al público son, no diré que de castigo, pero casi.

                  Quiero decir que puedes pedirle hablar directamente, no con su jefe, porque interpretaría que vas a presentar una queja de él o ella, sino que te oriente sobre como hablar con alguna persona del departamento que esté especializado en estos casos, porque tienes otras dudas sobre el tema. Así le facilitas el desviar el marrón a otro sitio y con suerte, te eleva de nivel.
                  (*) se refiere a los mails que intercambié con los alemanes, donde explican que los españoles tenemos que usar el formulario en inglés.
                  Iberdrola, Enagas, Ebro, Naturgy, Repsol, Inditex, Mapfre, Grifols, Unilever, Logista, Telefonica, Santander, BBVA, JNJ, Intel, Viscofan, MCM, Faes, Diageo, BATS, Babcock, BASF, Bayer, ADM, Altria, Pepsi, Abbvie, Lockheed, ACS, Acciona, REE, Vidrala, Azkoyen, Catenon

                  Comentario

                  • arkio
                    Member
                    • mar
                    • 453

                    Originalmente publicado por saysmus Ver Mensaje
                    Muy buenas arkio.

                    No te pusieron problemas para sellarte los documentos alemanes?? Nosotros acabamos de ir y la "señorita" se ha negado a sellarlos por no estar en español. Que nos descarguemos los formularios en español, que los tiene que haber seguro o que llevemos una traducción firmada por un traductor jurado. Que estamos en España y que ellos no tienen por qué saber inglés.

                    Tengo un cabreo encima que no veas...mejor paro de escribir...
                    Son 3 pares de hojas, 1 par en aleman y 2 pares en ingles.

                    El primer par es en ingles, "for tax authorities in claimant ́s country of residence" es para ellos(hacienda).
                    El segundo par es en aleman, "für das Bundeszentralamt für Steuern - for Bundeszentralamt für Steuern", es para enviar a Alemania.
                    El tercer par es en ingles, "Claimant ́s Copy" y es para nosotros.

                    No me pusieron ninguna pega en Hacienda, eso si lo firma el jefecillo, el de la mesa que atiende no.
                    Estas son mis empresas favoritas: http://www.invertirenbolsa.info/tu-p.../cartera/arkio

                    Comentario

                    • oregano
                      Senior Member
                      • sep
                      • 3465

                      Muchas gracias MarE por el excelente tutorial para obtener la devolución germana pero no te ha costado <3€, si hiciéramos un buen escandallo, deberíamos añadir todos los costes:

                      el total del tiempo empleado incluyendo las consultas aquí, allá, a la OCU, las 2 visitas a la delegación de hacienda, el de la visita al banco en busca de sellado, la descarga de documentación tanto del banco como de hacienda, la impresión y rellenado de la misma (incluyendo coste de la tinta y coste tiempo de traducción), el coste de la fotocopia del DNI, algún imprevisto que pueda surgir en el proceso (todos, desde papel atascado en impresora hasta cualquier eventualidad mientras se realiza el proceso) y no se si mejo alguno, por que todo eso no solo no vale cero si no que es habitual que supere a la devolución.

                      Otra cosa es la satisfacción personal y el agrado con el que cada uno efectúe la acción : ) cuya valoración es subjetiva.

                      Saludos

                      PD: El post ha sido medio en broma y reitero mi agradecimiento por el tuto pero es cierto que en algunos negocios como la restauración, hacer un buen escandallo es vital.

                      Comentario

                      • MarE
                        Member
                        • may
                        • 90

                        oregano

                        Es cierto que la inversión inicial de tiempo no ha sido despreciable, sumando research y paseos. El año que viene, en cambio, el protocolo que parecía tan misterioso será coser y cantar, y por una cantidad mas interesante.

                        Y para los siguientes, si la burocracia no cambia, lo tendremos tan automatizado como mandar las cartitas de petición de obsequios de las Juntas de Accionistas.
                        Iberdrola, Enagas, Ebro, Naturgy, Repsol, Inditex, Mapfre, Grifols, Unilever, Logista, Telefonica, Santander, BBVA, JNJ, Intel, Viscofan, MCM, Faes, Diageo, BATS, Babcock, BASF, Bayer, ADM, Altria, Pepsi, Abbvie, Lockheed, ACS, Acciona, REE, Vidrala, Azkoyen, Catenon

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                        • iban
                          Member
                          • feb
                          • 458

                          Otro que se ha animado a hacer el trámite gracias a la información de MarE. Tenía asumido como perdido ese 11% por el Tax Voucher dichoso que pensé que hacía falta. A ver si hay suerte.

                          Comentar por si hay alguien más en la zona, que en la delagación de hacienda de Lugo no me han puesto ningún problema ni mala cara. Todo rápido y bien.

                          Como dicen por mi tierra, con gracias no se paga :-)

                          Saludos

                          Comentario

                          • saysmus
                            Senior Member
                            • oct
                            • 2502

                            Muy buenas,

                            Un par de preguntas para los que habéis conseguido que os sellaran los documentos:

                            - El exceso solicitado corresponde a dividendos cobrados este año?
                            - Os pidieron los certificados del cobro de dividendos y la declaración de la renta de 2017?

                            Tercer intento hoy con los documentos en ESPAÑOL (los que dice la OCU y que te proporcionan en algunas delegaciones de Hacienda) y nos han pedido lo que os pregunto.

                            Ahora me llevaré más reputación negativa por decir que es de vergüenza lo de nuestras administraciones públicas, pero para aquel que da la reputación negativa...si crees que tenemos unas administraciones públicas de primer nivel, tienes un grave problema o no has salido de tu pueblo en la vida.

                            Un saludo y gracias por anticipado!
                            Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco

                            Blog: Invirtiendo Poco a Poco
                            Twitter: @invirtiendopap

                            Comentario

                            • yolan
                              Member
                              • oct
                              • 233

                              Ostras saysmus! Todavía estás peleando?
                              Puedo entender que te pidan los certificados de cobro de dividendos, para contrastar que lo que ellos están firmando en ese formulario es correcto.
                              Que te pidan la declaración no lo entiendo... si la tienen ellos!! Lo único es que no está de más llevarlo todo por no darles opción a que te tarden todavía más en hacer el trámite.

                              Por cierto, se pueden descargar de algún sitio los formularios en Español?
                              Espero que les valgan a de la Hacienda Alemana... a mí me respondieron que solamente alemán, inglés y francés (pero no me dijeron "sólo alemán, estamos en Alemania y no tenemos por qué saber inglés!" como pasa aquí)

                              Suerte!

                              Gracias!

                              Comentario

                              • MarE
                                Member
                                • may
                                • 90

                                La parte de sellar cosas en la Deleg. de Hacienda española puede ser delicada dependiendo del funcionario que le toque a cada uno, sí.

                                - El exceso que se reclama a la HACIENDA ALEMANA puede corresponder hasta los últimos cuatro años.

                                - En mi visita a mi Delegación de Hacienda adjunté los justificantes de cobro de los dividendos que reclamaba, pero apenas los miraron por encima: es la Hacienda Alemana quien comprueba las cantidades que reclamas; la Hacienda española únicamente sella para asegurarles que eres Residente Fiscal español. Si en tu Delegación te los piden, junto con la declaración de la renta (???).. llévalos, claro.

                                - Lo que sí fue imprescindible: presentarse con el mod01-certificado de residencia fiscal sellado, y con original y fotocopia de tu DNI.

                                Suerte en tu tercer intento.
                                Iberdrola, Enagas, Ebro, Naturgy, Repsol, Inditex, Mapfre, Grifols, Unilever, Logista, Telefonica, Santander, BBVA, JNJ, Intel, Viscofan, MCM, Faes, Diageo, BATS, Babcock, BASF, Bayer, ADM, Altria, Pepsi, Abbvie, Lockheed, ACS, Acciona, REE, Vidrala, Azkoyen, Catenon

                                Comentario

                                • mike07
                                  Senior Member
                                  • ago
                                  • 1592

                                  Vaya Saysmus !!!

                                  A mi, cuando los dejé me pusieron la pega de que no estaban en español, el que me los recibió se encargó de buscar una traducción y se lo dejó al administrador para ver si así me los certificaba y lo hizo.

                                  Creo que es cuestión de quien nos toque.

                                  Ahora a la espera de siguientes acontecimientos.

                                  Saludos y ya verás como al final va todo bien.

                                  Comentario

                                  • saysmus
                                    Senior Member
                                    • oct
                                    • 2502

                                    Gracias a todos por vuestras respuestas.

                                    Lo del año lo pregunto porque tiene sentido si lo pensamos bien.

                                    Si reclamamos en 2018 los cobros de 2018, y tenemos un broker como IB, la hacienda española no tiene constancia aún de ese cobro de dividendo, por tanto...¿Cómo va a sellarte algo así? Por eso pregunto el año.

                                    Lo de la declaración es un insulto estando en Hacienda...como bien decís...la tienen ellos!!! Además, no serviría de nada, porque tú no metes los dividendos uno a uno, sino la suma de todos...cómo narices van a saber lo que he cobrado de Daimler? Ufff, conforme escribo esto noto como sube la temperatura de mi sangre....

                                    Lo del certificado de residencia fiscal lo llevábamos, ya que lo sacamos de la web de Hacienda con certificado digital, así que no hace falta que lo sellen, pero ni nos lo han pedido.

                                    Yolan, no están en la web de Hacienda por mucho que nos digan. A mí me los dio mi padre que se los pidió a la delegación de su pueblo (menos de 20.000 habitantes). Que manda huev** que en un poblado los tengan y en una gran ciudad de más de 100.000 habitantes ni lo conozcan. En cualquier caso, los tengo escaneados. Si me das un mail (por privado) te los mando sin problema.

                                    Por cierto, hay 3 copias, 2 en español (para Hacienda española que la pobrecita no sabe inglés y para nosotros) y el otro en Alemán (el que va para la Hacienda Alemana). Así que por eso no hay que preocuparse.

                                    Tiene la desventaja que no se puede rellenar con un pc y tienes que hacerlo por triplicado y que no te autosuma las cantidades como sí hace el documento alemán (nos llevan años de ventaja...).

                                    Un saludo!!
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                                    Comentario

                                    • copperfie
                                      Member
                                      • oct
                                      • 62

                                      Lo de la declaración no es necesario, bajo mi punto de vista, ya no porque no sea necesario para el trámite, sino porque lo dice la Ley por la que se rigen las AA.PP.

                                      Ley 30/1992, artículo 35 "Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:", y en su punto f: "A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante."

                                      No son pocos los trámites y papeleos que me ha ahorrado recordar al funcionario de turno ese artículo.

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                                      • saysmus
                                        Senior Member
                                        • oct
                                        • 2502

                                        Originalmente publicado por copperfie Ver Mensaje
                                        Lo de la declaración no es necesario, bajo mi punto de vista, ya no porque no sea necesario para el trámite, sino porque lo dice la Ley por la que se rigen las AA.PP.

                                        Ley 30/1992, artículo 35 "Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:", y en su punto f: "A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante."

                                        No son pocos los trámites y papeleos que me ha ahorrado recordar al funcionario de turno ese artículo.
                                        Me lo apunto. Bueno, mejor aún, foto y al album de importantes. Gracias!!
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                                        • Baciclista
                                          Member
                                          • mar
                                          • 176

                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Originalmente publicado por copperfie Ver Mensaje
                                          Lo de la declaración no es necesario, bajo mi punto de vista, ya no porque no sea necesario para el trámite, sino porque lo dice la Ley por la que se rigen las AA.PP.

                                          Ley 30/1992, artículo 35 "Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:", y en su punto f: "A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante."

                                          No son pocos los trámites y papeleos que me ha ahorrado recordar al funcionario de turno ese artículo.
                                          Eso esta derogado.

                                          La actual es art. 53.1 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
                                          d) A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas.

                                          Por cierto Saysmus creo que estas elaborando un tutorial al respecto...si es asi lo esperaré como agua de mayo!!
                                          Editado por última vez por Baciclista; 05/10/2018, 14:15:18.

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