Lo ha explicado 00seix muy bien en este y otros post.
Resumiendo, es como si te pagan un dividendo (con su correspondiente retención, que pagan desde el Sabadell a Hacienda) y tú con el compras acciones al precio que se ha fijado (creo que 1.07€).
Resumiendo, es como si te pagan un dividendo (con su correspondiente retención, que pagan desde el Sabadell a Hacienda) y tú con el compras acciones al precio que se ha fijado (creo que 1.07€).
Originalmente publicado por Ceroceroseix
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Hola a todos.
Aunque ya se ha respondido convenientemente, se pueden aclarar las posibles dudas que queden consultando este documento publicado por BME hace ya unos años y que se difundió en su momento en el foro. El presente caso del Sabadell es equivalente al denominado «Tipo 13» del documento. Hay algunas referencias obsoletas (la exención fiscal de los primeros 1.500 € o los tipos aplicables a cada tramo), pero el resto de conceptos siguen siendo válidos.
En resumen, lo que hay que tener claro en este caso es lo siguiente:
1. Sabadell reparte un dividendo en acciones y metálico, es un rendimiento obtenido por la participación en los fondos propios de una empresa y, como tal, tiene la consideración fiscal de rendimiento del capital mobiliario al que corresponde una retención del 19 % a cuenta del IRPF de cada accionista.
2. Sabadell no va a hacer una ampliación de capital, no es un "scrip dividend", lo cual significa que a nivel individual cada uno puede hacer la contabilidad que le parezca más oportuna, pero a nivel legal las acciones recibidas no tendrán precio de compra cero ni reducirán el precio de las acciones existentes. Eso sólo pasa en las ampliaciones liberadas de capital (ambas cosas) o en los casos de devolución de la prima de emisión de las acciones (sólo la segunda). Y no estamos en ninguno de los dos supuestos.
Que no sea una ampliación de capital también significa que no hay creación de nuevas acciones ni dilución de los accionistas que, al contrario, aumentarán su participación en el capital de la empresa.
3. La valoración de lo que van a recibir los accionistas de Sabadell es equivalente a 0,02 € brutos por cada acción que tengan. Si lo reciben en acciones, en dinero o en una mezcla de ambas cosas (que será lo más probable) dependerá del precio de referencia que se fije como valoración de las acciones (la media aritmética simple de los precios medios ponderados en el Sistema de Interconexión Bursátil en las sesiones bursátiles comprendidas entre los días 11 y 17 de diciembre de 2019, ambos inclusive) y del número de acciones que tenga cada accionista. Todo esto está indicado en el hecho relevante del 25 de octubre.
4. No hay reparto de derechos ni opción de elegir quedarse con las acciones o no. Como orden de magnitud y considerando un precio de referencia de 1 € por acción, Sabadell entregará una acción nueva por cada paquete de 1 / 0,0162 = 61,728395 acciones. Todo el que tenga más de esa cifra de acciones recibirá nuevas acciones y no puede escoger.
Lo que recibiremos en metálico será lo que corresponda a las acciones que no logren completar un lote de 61,728395 acciones (o el número que sea definitivo). A modo de ejemplo, con el precio de referencia de 1 € el que tenga 31 acciones recibirá 1 / 61,728395 x 31 = 0,50 € y el que tenga 620 acciones recibirá 620 / 61,728395 = 10 acciones nuevas + 1 / 61,728395 x 3 = 0,05 €.
Por si alguien no ve de donde sale el último 3, es de 620 - 617,28 (10 acciones x 61,728395), aproximadamente.
5. La empresa ha impuesto un límite de 90 millones al número máximo de acciones a repartir. Por tanto, se repartirá dinero en metálico a todas las acciones en manos de los accionistas que sobrepasen la cantidad de 90E6 / 0,0162 = 5.555 millones de acciones aproximadamente. Como el capital social del Sabadell es actualmente de casi 5.627 millones de acciones y no se van a crear acciones nuevas, descontando los 90 millones que se reparten (y que no reciben nada) quedan del orden de 5.537 millones de acciones a las que repartir dividendo en especie. No parece que vaya a haber problemas para que todos reciban lo que les toque.
6. Adicionalmente, Sabadell (no sé si directamente o a través de algún intermediario, como los brókers o bancos) ingresará en Hacienda, a cuenta del IRPF de los accionistas, un importe de 0,02 x 0,19 = 0,0038 € por cada acción inicial que se tenga. Vamos, como siempre pasa, que nosotros no hacemos nada, pero alguien ingresará a Hacienda a cuenta de nuestros impuestos.
Así, el accionista de las 31 acciones recibe un total bruto de 0,50 + 31 x 0,0038 = 0,62 € (= 31 x 0,02) y el de las 620 acciones recibe 10 x 1 + 0,05 + 620 x 0,0038 = 12,40 € (= 620 x 0,02). Es una mezcla de dinero y especie, pero es retribución al fin y al cabo. Esas serán las cifras a considerar en la próxima declaración del IRPF como dividendos (0,62 € de dividendo bruto recibido y 0,12 € de retención a cuenta para el primer accionista, y 12,40 € brutos recibidos y 2,36 € de retención a cuenta para el segundo).
Pero tranquilos, Hacienda tendrá los números y los trasladará a los datos fiscales de cada accionista (los que invertimos en bolsa no tenemos borrador, sólo los datos fiscales recopilados por Hacienda para incorporarlos a la declaración, como ya sabréis por propia experiencia. ¡Qué majicos son! ).
7. De cara a una futura venta de las nuevas acciones recibidas, éstas se tienen que agrupar en un nuevo lote de acciones cuya fecha de adquisición será la del día que las entreguen y cuyo precio de compra será el precio de referencia que se fije (1 € en el caso del cálculo de ejemplo que he hecho en el punto 4).
Resumiendo todo, los accionistas de Sabadell tienen que estar pendientes de cuál será el precio de referencia que se establezca finalmente y del número de acciones que tengan el día anterior al "ex-dividend". Con esos datos sólo hay que rehacer los cálculos que he puesto para controlar lo que le tienen que entregar a cada uno.
Creo que no me dejo nada. Si descubrís algo que no os cuadre, avisad para corregirlo.
Saludos.
Aunque ya se ha respondido convenientemente, se pueden aclarar las posibles dudas que queden consultando este documento publicado por BME hace ya unos años y que se difundió en su momento en el foro. El presente caso del Sabadell es equivalente al denominado «Tipo 13» del documento. Hay algunas referencias obsoletas (la exención fiscal de los primeros 1.500 € o los tipos aplicables a cada tramo), pero el resto de conceptos siguen siendo válidos.
En resumen, lo que hay que tener claro en este caso es lo siguiente:
1. Sabadell reparte un dividendo en acciones y metálico, es un rendimiento obtenido por la participación en los fondos propios de una empresa y, como tal, tiene la consideración fiscal de rendimiento del capital mobiliario al que corresponde una retención del 19 % a cuenta del IRPF de cada accionista.
2. Sabadell no va a hacer una ampliación de capital, no es un "scrip dividend", lo cual significa que a nivel individual cada uno puede hacer la contabilidad que le parezca más oportuna, pero a nivel legal las acciones recibidas no tendrán precio de compra cero ni reducirán el precio de las acciones existentes. Eso sólo pasa en las ampliaciones liberadas de capital (ambas cosas) o en los casos de devolución de la prima de emisión de las acciones (sólo la segunda). Y no estamos en ninguno de los dos supuestos.
Que no sea una ampliación de capital también significa que no hay creación de nuevas acciones ni dilución de los accionistas que, al contrario, aumentarán su participación en el capital de la empresa.
3. La valoración de lo que van a recibir los accionistas de Sabadell es equivalente a 0,02 € brutos por cada acción que tengan. Si lo reciben en acciones, en dinero o en una mezcla de ambas cosas (que será lo más probable) dependerá del precio de referencia que se fije como valoración de las acciones (la media aritmética simple de los precios medios ponderados en el Sistema de Interconexión Bursátil en las sesiones bursátiles comprendidas entre los días 11 y 17 de diciembre de 2019, ambos inclusive) y del número de acciones que tenga cada accionista. Todo esto está indicado en el hecho relevante del 25 de octubre.
4. No hay reparto de derechos ni opción de elegir quedarse con las acciones o no. Como orden de magnitud y considerando un precio de referencia de 1 € por acción, Sabadell entregará una acción nueva por cada paquete de 1 / 0,0162 = 61,728395 acciones. Todo el que tenga más de esa cifra de acciones recibirá nuevas acciones y no puede escoger.
Lo que recibiremos en metálico será lo que corresponda a las acciones que no logren completar un lote de 61,728395 acciones (o el número que sea definitivo). A modo de ejemplo, con el precio de referencia de 1 € el que tenga 31 acciones recibirá 1 / 61,728395 x 31 = 0,50 € y el que tenga 620 acciones recibirá 620 / 61,728395 = 10 acciones nuevas + 1 / 61,728395 x 3 = 0,05 €.
Por si alguien no ve de donde sale el último 3, es de 620 - 617,28 (10 acciones x 61,728395), aproximadamente.
5. La empresa ha impuesto un límite de 90 millones al número máximo de acciones a repartir. Por tanto, se repartirá dinero en metálico a todas las acciones en manos de los accionistas que sobrepasen la cantidad de 90E6 / 0,0162 = 5.555 millones de acciones aproximadamente. Como el capital social del Sabadell es actualmente de casi 5.627 millones de acciones y no se van a crear acciones nuevas, descontando los 90 millones que se reparten (y que no reciben nada) quedan del orden de 5.537 millones de acciones a las que repartir dividendo en especie. No parece que vaya a haber problemas para que todos reciban lo que les toque.
6. Adicionalmente, Sabadell (no sé si directamente o a través de algún intermediario, como los brókers o bancos) ingresará en Hacienda, a cuenta del IRPF de los accionistas, un importe de 0,02 x 0,19 = 0,0038 € por cada acción inicial que se tenga. Vamos, como siempre pasa, que nosotros no hacemos nada, pero alguien ingresará a Hacienda a cuenta de nuestros impuestos.
Así, el accionista de las 31 acciones recibe un total bruto de 0,50 + 31 x 0,0038 = 0,62 € (= 31 x 0,02) y el de las 620 acciones recibe 10 x 1 + 0,05 + 620 x 0,0038 = 12,40 € (= 620 x 0,02). Es una mezcla de dinero y especie, pero es retribución al fin y al cabo. Esas serán las cifras a considerar en la próxima declaración del IRPF como dividendos (0,62 € de dividendo bruto recibido y 0,12 € de retención a cuenta para el primer accionista, y 12,40 € brutos recibidos y 2,36 € de retención a cuenta para el segundo).
Pero tranquilos, Hacienda tendrá los números y los trasladará a los datos fiscales de cada accionista (los que invertimos en bolsa no tenemos borrador, sólo los datos fiscales recopilados por Hacienda para incorporarlos a la declaración, como ya sabréis por propia experiencia. ¡Qué majicos son! ).
7. De cara a una futura venta de las nuevas acciones recibidas, éstas se tienen que agrupar en un nuevo lote de acciones cuya fecha de adquisición será la del día que las entreguen y cuyo precio de compra será el precio de referencia que se fije (1 € en el caso del cálculo de ejemplo que he hecho en el punto 4).
Resumiendo todo, los accionistas de Sabadell tienen que estar pendientes de cuál será el precio de referencia que se establezca finalmente y del número de acciones que tengan el día anterior al "ex-dividend". Con esos datos sólo hay que rehacer los cálculos que he puesto para controlar lo que le tienen que entregar a cada uno.
Creo que no me dejo nada. Si descubrís algo que no os cuadre, avisad para corregirlo.
Saludos.
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