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Banco Santander: Análisis Fundamental, Técnico y Noticias (PR LP = 2%-4%)

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nuevos mensajes
  • xuanxo
    Senior Member
    • sep
    • 1449

    Es lo bueno de la diversidad; lo que para uno es bueno, para otro puede ser neutral y para un tercero, malo. Pása con todo, hasta con el zumo de naranza. Todo es relativo en este mundo. La realidad como tal, no existe; es creada por la mente...

    Lo siento, parece que me ha salido la vena filosófica; que dicho sea de paso, de vez en cuándo, también ha de ser bueno.

    Saludos a totom

    Comentario

    • AveFenix+20
      Senior Member
      • feb
      • 1321

      Tras darle muchas vueltas, finalmente voy a vender los derechos de la ampliación del paquete de SAN de mi mujer. No porque no crea en la operación que me parece una oportunidad buenísima sinó por falta de liquidez. Pensad que el paquete de SAN de mi mujer es tan grande como toda la cartera común que presento aquí. Para nosotros es un paquete cerrado pero en los scrips siempre cogíamos las acciones por eficiencia con Hacienda.

      En los otros paquetes, el común de ING, los de mis hijos del SAN y el testimonial asociado a la cuenta 123 ampliamos redondeando a una acción más.

      Comento esto para no dar impresión de no creer en la ampliación. Me parece una operación buenísima incluso aunque se tenga mucho SAN. Ya se irá compensando con futuras compras de otros valores. Lo normal, incluso en el peor de los casos, es que la acción se vaya yendo hacia arriba poco a poco.
      Cartera ING: 🇪🇦 TEF-IDR-SAN-BBVA-CBK-SAB-BKT-MAP-GCO-LDA-REE-ENG-IBE-NTGY-ELE-REP-AENA-LOG-ACS-FER-ANA-FCC-MRL-COL-GEST-CIE-TLGO-VDR-MCM-IBG-GRF-FAE-EBRO-VIS-ITX; 🇬🇧 BRBY-DGE-BATS; 🇺🇲 TROW-MMM-GIS-ADM-KMB-NKE 🇨🇳 BABA (ADR).

      Mi hilo personal: http://www.invertirenbolsa.info/foro...-Avef%E9nix-20
      ​​​​​

      Comentario

      • Colodro
        Senior Member
        • ago
        • 1358

        Tengo una duda con respecto al "periodo de adjudicación adicional" de las ampliaciones de capital que he preferido trasladar a otro hilo para poder incluir experiencias de varias cotizadas:

        Ampliaciones de capital: "Periodo de adjudicación adicional"

        Os estaría muy agradecido a aquellos que las hubieran suscrito en el pasado y que pudieran comentar cómo funciona.

        Saludos!

        Comentario

        • xuanxo
          Senior Member
          • sep
          • 1449

          Yo no me lo he pensado demasiado. Voy a por todas las que me tocan.

          Comentario

          • Canino90
            Member
            • mar
            • 133

            Buenas, ¿Me podéis echar un cable con la ampliación de Capital de Santander?

            Es la primera vez que me encuentro en esta situación y no me gustaría equivocarme.

            Mi broker es ING tengo 333 acciones de SAN y por lo tanto tengo 333 derechos. Me gustaría invertir 1.000€ en la ampliación de capital ¿Cómo lo hago?
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            https://www.booking.com/s/32_8/26fcb1fa

            Comentario

            • Chris
              Senior Member
              • sep
              • 528

              Originalmente publicado por Canino90 Ver Mensaje
              Buenas, ¿Me podéis echar un cable con la ampliación de Capital de Santander?

              Es la primera vez que me encuentro en esta situación y no me gustaría equivocarme.

              Mi broker es ING tengo 333 acciones de SAN y por lo tanto tengo 333 derechos. Me gustaría invertir 1.000€ en la ampliación de capital ¿Cómo lo hago?
              Voy a obviar comisiones:

              Compra 1437 derechos a 0.093 EUR (el precio actual) = 133.6 EUR (mas comisiones)

              Dile a tu broker que quieres subscribir 177 acciones (te costaran 858.45 EUR)

              Esto es un total de 992 EUR. Espero que con los 8 restantes tengas para las comisiones de compra derechos y lo que te cobre el broker por la subscripción.

              Comentario

              • RPD
                Senior Member
                • mar
                • 2411

                Originalmente publicado por Canino90 Ver Mensaje
                Buenas, ¿Me podéis echar un cable con la ampliación de Capital de Santander?

                Es la primera vez que me encuentro en esta situación y no me gustaría equivocarme.

                Mi broker es ING tengo 333 acciones de SAN y por lo tanto tengo 333 derechos. Me gustaría invertir 1.000€ en la ampliación de capital ¿Cómo lo hago?

                Canino90, 333 derechos te dan para 33 acciones nuevas por 160, 05€ (33*4,85) y te sobran 3 derechos
                Como quieres invertir 1000€, y ya llevas 160,05, te quedan unos 840€ para comprar derechos
                Al precio que están ahora los derechos (0,094€), que necesitas 10 derechos por cada nueva acción y teniendo en cuenta que por cada acción nueva debes pagar 4,85€, te sale el coste de cada acción a 5,79€ (4,85+10*0,094)
                840€ / 5,79 sale aprox. 145 acciones nuevas adicionales a las 33 que te corresponden. Por tanto deberías comprar 145*10=1450 derechos - 3 que te sobraban. Es decir, debería comprar 1447 derechos
                Resumen:
                1) Ampliación por los derechos que te corresponden: 33 acciones nuevas, y sobran 3 derechos. Coste 160,05€
                2) Ampliación comprando más derechos (1447), y junto con los 3 sobrantes, redondeando a decena: 3+1447= 1450
                Coste: 1447*0,094= 136,02€ por los derechos
                145*4,85 = 703,25€ por las 145 acciones nuevas adicionales. TOTAL 839,27€
                Coste total de las dos operaciones = 160.05 + 839.27 = 999,32€ y recibirías 178 acciones nuevas

                Comentario

                • bursatix
                  Junior Member
                  • abr
                  • 2

                  Originalmente publicado por JordiRP Ver Mensaje
                  Todo proyecto económico como los muchos que se exponen en este sitio deben o deberían estar sustentado en 3 patas: el de las finanzas personales que nos permiten generar ahorro, la estrategia de inversión que nos tiene que generar una futura IF y la planificación fiscal que nos tiene que llevar a maximizar nuestros ingresos. Doy por descontado que todos los que estais por aquí teneis muy presentes y definidas las dos primeras pero quizás la tercera pata la tenemos un poco más descuidada.

                  Si hay dos valores que por norma son motivo de comentarios negativos, de críticas y de promesas de futuras ventas estos son Santander y Telefónica. Paradójicamente son, de largo, las dos acciones que más se repiten en todas las carteras.

                  Muchos de vosotros no quereis incrementar más vuestra posición en SAN o hacerlo en menor medida por lo que o bien teneis pensado vender los derechos o la llamada amplicación blanca. Bien, pues a los que no quereis incrementar posición en el banco rojo, éste os está ofreciendo la posibilidad de ganar casi 1 Euro x acción con esta ampliación. Sé que algunos me vais a comentar el tema de la dilución y que mi afirmación es demasiado simplista pero siendo claros tener 20 acciones más o menos en una empresa en la que van a circular 16.040 millones de acciones el porcentage......, además como explico en el post los ejemplos que pondré son para gente que se quiere diluir.

                  Cojamos la cotización a cierre de este pasado viernes que es de 5,81 Euros x acción y 0,095 el derecho y el ejemplo de alguien con 2.000 acciones que le corresponderían 200 acciones nuevas si decidiera acudir.

                  Si se decide vender los derechos (2.000 x 0,095) ingresamos 190 Euros de los que nos retienen 36,10 Euros (la nueva fiscalidad los considera una ganancia patrimonial como si vendieramos acciones) por lo que nos queda en cash neto 153,90 Euros y nuestras 2.000 acciones. Bien, un ingreso extra de una acción de la cual no queremos más.
                  Pero esta venta de derechos que hacemos es exactamente lo mismo que si decidimos acudir a la ampliación (200 acciones x 4,85 = 790 Euros) y al mismo tiempo las vendemos (200 acciones x 5,81 = 1162 Euros). La ganancia es la misma (en este caso 192 Euros) con una pequeña diferencia. En el primer caso ya nos han aplicado la retención (36,10 Euros). En este segundo caso en cambio deberemos de dar cuenta de la ganancia dentro de 1 año. Es decir, de entrada los 36,10 Euros los tenemos en nuestro bolsillo y no los tiene Montoro.

                  Sí, ya sé, el método FIFO, la regla de los 2 meses, etc. Ahora voy a ello. Simplemente quería mostrar la primera de las ventajas que podemos conseguir como es el hecho de retrasar al máximo nuestra aportación al Sr.Montoro.

                  Como en el caso de comprar y vender, las acciones que se tendrán en cuenta para calcular la plusvalua o la minusvalua son las primeras 200 que compramos voy a exponer 3 casos.

                  1er Caso

                  - Si vuestro precio de compra en las primeras 200 acciones es inferior a 4,85 y no quereis incrementar más vuestra posición, lo mejor es vender los derechos o usar el método de ampliación blanca.

                  2do Caso

                  - Si vuestras primeras 200 acciones están compradas entre 4,85 y 5,80. Pongamos el caso que el precio de compra es 5,50. Bien, acudimos a la ampliación, compramos las 200 acciones a 4,85 (970 Euros) y como aquí no hay lugar para la regla de los 2 meses vendemos nuestras primeras 200 acciones (que nos costaron 200 x 5,50 = 1.100 Euros) por 5,81. De este modo en nuestro bolsillo tenemos los mismos 192 Euros (vender 200 acciones a 5,81) pero fiscalmente sólo tendremos que declarar 62 Euros de plusvalua de los que a Hacienda les correponderá 11,78 Euros y como en el caso anterior ya se lo pagaremos dentro de 1 año.

                  Ventajas: tenemos todo el cash generado (192 Euros) en nuestro bolsillo, no nos han aplicado retención, lo que le pagaremos a Hacienda es 1/3 parte de si decidiéramos vender derechos y hemos mejorado nuestro precio medio. Si añadimos que decidimos posponer la venta de nuestras 200 acciones a después del pago de dividendo de principios de agosto (0,06) añadimos 12 Euros brutos más con la incógnita de a que precio cotizarán las SAN por entonces (que viendo su comportamiento este año es bastante probable que siga oscilando entre los 5,50 y los 6,20).

                  3er Caso

                  - Si vuestras primeras 200 acciones fueron compradas por encima de los 5,81 Euros actuales. Aquí vamos a poner el caso de que las primeras 200 acciones se compraron a un precio de 6,50 Euros. Si en el caso 2 se generaba una plusvalua, aquí se va a generar una minusvalua por lo que hay que tener presente la regla de los dos meses además del método FIFO. Al acudir a la ampliación y comprar las 200 acciones a 4,85 (970 Euros) y como estas no se entregan hasta el 27 de julio (día que nos las cobrarán) es esta fecha la que hay que coger como referencia fiscal y por tanto deberemos esperarnos hasta el 28 de septiembre para vender. Para que el ejemplo se entienda con los anteriores vamos a suponer que ese día también cotizan a 5,81. Vendemos nuestras 200 acciones (que nos costaron 1.300 Euros) por lo que ingresamos 1162 Euros y se genera la minusvalua de -138 Euros.
                  A partir de este 2017 se pueden compensar pérdidas con un 20% de lo ganado por dividendos, intereses, cupones, etc. Imagino que no será dificil que la mayoría tengais unos ingresos en este 2017 de unos 1.000 Euros por este concepto. Bien, en un caso normal por esos 1.000 Euros debereis pagar a Hacienda 190 Euros pero como hay una pérdida patrimonial (-138 Euros) podemos compensar hasta con el 20% (200 Euros) que en este caso serán 138 Euros menos de dividendos que tributaremos. Así, no pagamos nada a Hacienda por la venta de acciones, por los dividendos sólo lo haremos por 862 Euros que nos resultará un pago de 163,78 Euros. Y a eso añadimos los 12 Euros brutos (9,72 netos) del dividendo de agosto que pertenecen a estas 200 acciones.

                  Ventajas: tenemos los 192 Euros en nuestro bolsillo sin retención como el caso anterior, no sólo no nos han aplicado retención sino que no pagaremos nada por ello al ser una minusvalua por lo que nuestra factura fiscal es 0 en este caso. Además como podemos compensar tributaremos menos por nuestros dividendos (de 190 Euros que teniamos que abonar pagaremos 163,78), cobramos un poco más por el dividendo de agosto y mejoramos nuestro promedio medio.

                  Posiblemente de los 3 casos expuestos, la mayoría estais en el tercero por lo que haced los cálculos y a lo mejor os compensa aplicarlo. En el caso ejemplo los que vendeis los derechos pagais 36,10 Euros de entrada y os quedan 153,90 Euros en vuestra cuenta y a la vez de vuestros 1.000 Euros de dividendos debereis pagar 190 a Hacienda. Continuareis con vuestras 2.000 acciones al precio medio de a día de hoy. De la otra forma teneis los 192 Euros en vuestro bolsillo, de ellos no pagais nada a Hacienda, cobrais un extra de 9,72 netos del dividendo y de los 1.000 Euros solo tributais por 862 por lo que pagais 163,78 Euros. Continuais con vuestas 2.000 acciones pero a un mejor precio medio.
                  Yo me encuentro en el 3° caso con 1600 acciones, muchas inicialmente compradas a un precio mayor que el actual.

                  Pensaba vender los derechos sin más, pero gracias a tu post le he dado una vuelta al asunto y voy a seguir tu consejo de acudir a la ampliación y dentro de dos meses ya veremos.

                  Es cierto que se puede ganar alrededor de 1€ por acción con esta maniobra, y no estamos para renunciar a ese regalo.

                  Comentario

                  • Siberiana
                    Member
                    • nov
                    • 45

                    Supongo que habréis visto las últimas noticias sobre la compensación a los accionistas de Popular:
                    La compensación prevista por Santander para los minoristas afectados por la resolución de Popular es un alivio para los damnificados, pero tiene...


                    Será que el Santander al final sí que es responsable de lo que pase con los accionistas del Popular? Creéis que esto puede ser la punta del iceberg de algo más gordo, y que simplemente el Santander se está quitando de en medio a los pequeños accionistas para evitar juicios y daño mediático?

                    De la AK, en mi caso no voy a acudir, ni con mi cartera ni con la de mi padre. No me da confianza saber que respaldo la operación de ampliación ligada a un proceso de compra de un banco de una forma oscura.

                    Comentario

                    • xuanxo
                      Senior Member
                      • sep
                      • 1449

                      Originalmente publicado por Siberiana Ver Mensaje
                      Supongo que habréis visto las últimas noticias sobre la compensación a los accionistas de Popular:
                      La compensación prevista por Santander para los minoristas afectados por la resolución de Popular es un alivio para los damnificados, pero tiene...


                      Será que el Santander al final sí que es responsable de lo que pase con los accionistas del Popular? Creéis que esto puede ser la punta del iceberg de algo más gordo, y que simplemente el Santander se está quitando de en medio a los pequeños accionistas para evitar juicios y daño mediático?

                      De la AK, en mi caso no voy a acudir, ni con mi cartera ni con la de mi padre. No me da confianza saber que respaldo la operación de ampliación ligada a un proceso de compra de un banco de una forma oscura.
                      .

                      En una sociedad consumista y globalizada, estas son las empresas que prosperan.....
                      El Santander, tanto como el BBVA, Caixabank, Sabadell, Bankia, etc.. son lo que son gracias a este tipo de maniobras, aunque no todas tan "oscuras". Desde el Banesto para acá, solo recuerdo cosas de este tipo.

                      Comentario

                      • mike07
                        Senior Member
                        • ago
                        • 1592

                        Hola

                        Así es Xuanxo; y las cosas que nos quedan por ver.

                        Pero al igual que con los políticos, si esa es la mentalidad seguirá ocurriendo siempre. Si todas lo hacen, si nunca nos plantamos siempre lo seguirán haciendo. Si la corrupción del PP, tan candente ahora, la ha hecho también el Psoe y nos limitamos a asumirlo y seguir votando lo mismo el resultado tenderá a ser el mismo. La resignación no es una buena medida para mejorar.

                        Un saludo.

                        Comentario

                        • xuanxo
                          Senior Member
                          • sep
                          • 1449

                          Originalmente publicado por mike07 Ver Mensaje
                          Hola

                          Así es Xuanxo; y las cosas que nos quedan por ver.

                          Pero al igual que con los políticos, si esa es la mentalidad seguirá ocurriendo siempre. Si todas lo hacen, si nunca nos plantamos siempre lo seguirán haciendo. Si la corrupción del PP, tan candente ahora, la ha hecho también el Psoe y nos limitamos a asumirlo y seguir votando lo mismo el resultado tenderá a ser el mismo. La resignación no es una buena medida para mejorar.

                          Un saludo.
                          .

                          Por supuesto. De todas maneras, en eso coincido y mmucho con Gregorio, con eso de la sociedad está cambiando. Por la razón que sea, tal vez por ayuda de las redes sociales, la sociedad está cambiando, no solo al darse cuenta de las hazañas de esta gentuza, sino al criticarlas por distintos medios. Un paso adelante en la evolución social.

                          Comentario

                          • She&Him
                            Junior Member
                            • oct
                            • 13

                            Ampliación de capital del Santander

                            Hola:

                            A lo mejor este tema ya ha sido tratado, pero no he encontrado noticias recientes.
                            Con la ampliación de capital del Santander por la compra del Popular, se nos ofrece comprar (suscribir) acciones a 4,85 €. Parecen duros a cuatro pesetas. ¿Consideráis aconsejable cogerlas? ¿Sólo con los derechos, o mejor intentar conseguir más?
                            Supondría una inversión aún mayor en esta empresa, que ya está algo sobrerrepresentada en nuestra cartera. De todas maneras, sigue subiendo desde nuestro precio de compra, y confío en los dividendos.
                            ¿Apuesto por ello, como una oportunidad única?

                            Gracias,

                            She&Him

                            Comentario

                            • RTransgresivo
                              Member
                              • feb
                              • 31

                              Buenas,
                              tengo 557 acciones a un precio medio de 3,57 y no tengo muy claro si acudir a la AK en la que debería pagar por cada acción 4,85.

                              Mi duda es, si vendo derechos, tributan como si fuera un dividendo, o a parte de lo que te retiene el broker (19%) luego hay que declararlo en la Renta como una plusvalía como se hace con la venta de acciones?

                              Comentario

                              • Eurom
                                Member
                                • dic
                                • 144

                                Hola, como un dividendo.

                                Comentario

                                • Ceroceroseix
                                  Senior Member
                                  • may
                                  • 1312

                                  Originalmente publicado por RTransgresivo Ver Mensaje
                                  Buenas,
                                  tengo 557 acciones a un precio medio de 3,57 y no tengo muy claro si acudir a la AK en la que debería pagar por cada acción 4,85.
                                  No debes plantearte que estás comprando a un precio superior, sino si el precio que vas a pagar es adecuado al posible rendimiento y retorno que vas a recibir por él. Si consideras que la adquisición del Popular va a ser un buen negocio para el SAN, deberías acudir; en caso contrario, si crees que los posibles problemas que pueda tener la integración (incluidas reclamaciones y sentencias contrarias) van a ser mayores que el posible beneficio, no deberías suscribir la ampliación.

                                  En los mensajes de este hilo de las últimas semanas/meses tienes argumentos varios en un sentido y en otro, así como en el hilo de análisis fundamental del Popular. Léelos y decide.

                                  Originalmente publicado por RTransgresivo Ver Mensaje
                                  Mi duda es, si vendo derechos, tributan como si fuera un dividendo, ...
                                  No, la venta de derechos no es un dividendo, sino una ganancia patrimonial equivalente a lo que se obtiene por una venta de acciones. Que el porcentaje de impuestos que pagan unos (los dividendos) y otras (las ganancias patrimoniales) sean nominalmente iguales, no quiere decir que conceptualmente sean lo mismo.

                                  Aprender las diferencias entre unos y otras es importante en muchos casos porque permite optimizar el pago de impuestos mediante compensaciones de plusvalías y minusvalías.

                                  Originalmente publicado por RTransgresivo Ver Mensaje
                                  ... o a parte de lo que te retiene el broker (19%) luego hay que declararlo en la Renta como una plusvalía como se hace con la venta de acciones?
                                  Luego hay que declararlo en la Renta, sí, pero ya habrás pagado esos impuestos con la retención a cuenta que te va a practicar el bróker, y Hacienda no te va a cobrar otra vez por lo mismo cuando lo metas en la declaración de la Renta. Te cobrarán por el resto de rendimientos y plusvalías, pero no por esto.

                                  Saludos.
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                                  Comentario

                                  • Canino90
                                    Member
                                    • mar
                                    • 133

                                    No encuentro ninguna diferencia entre ir a la ampliación de capital o comprar acciones de forma "normal" Se acaba pagando el mismo precio.

                                    ¿Se me escapa algo?
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                                    Comentario

                                    • Arturo
                                      Member
                                      • sep
                                      • 320

                                      Nada, se tiene que pagar el mismo precio por derechos+suscripción que por la acción, con la ligera diferencia de las comisiones por una u otra vía. Lo que no tendría sentido es que no se pagase lo mismo, porque si no comprar por un lado para vender por el otro sería un buen negocio.

                                      El descuento está en suscribir con los derechos que recibes como accionista; cuando los compras a mercado, se pierde el descuento.
                                      «Toda frase breve acerca de la economía es intrínsecamente falsa», Alfred Marshall.

                                      Comentario

                                      • AveFenix+20
                                        Senior Member
                                        • feb
                                        • 1321

                                        Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver Mensaje
                                        No debes plantearte que estás comprando a un precio superior, sino si el precio que vas a pagar es adecuado al posible rendimiento y retorno que vas a recibir por él. Si consideras que la adquisición del Popular va a ser un buen negocio para el SAN, deberías acudir; en caso contrario, si crees que los posibles problemas que pueda tener la integración (incluidas reclamaciones y sentencias contrarias) van a ser mayores que el posible beneficio, no deberías suscribir la ampliación.

                                        En los mensajes de este hilo de las últimas semanas/meses tienes argumentos varios en un sentido y en otro, así como en el hilo de análisis fundamental del Popular. Léelos y decide.



                                        No, la venta de derechos no es un dividendo, sino una ganancia patrimonial equivalente a lo que se obtiene por una venta de acciones. Que el porcentaje de impuestos que pagan unos (los dividendos) y otras (las ganancias patrimoniales) sean nominalmente iguales, no quiere decir que conceptualmente sean lo mismo.

                                        Aprender las diferencias entre unos y otras es importante en muchos casos porque permite optimizar el pago de impuestos mediante compensaciones de plusvalías y minusvalías.



                                        Luego hay que declararlo en la Renta, sí, pero ya habrás pagado esos impuestos con la retención a cuenta que te va a practicar el bróker, y Hacienda no te va a cobrar otra vez por lo mismo cuando lo metas en la declaración de la Renta. Te cobrarán por el resto de rendimientos y plusvalías, pero no por esto.

                                        Saludos.
                                        Ceroceroseis, si la venta de derechos es una ganancia patrimonial igual que lo son la venta de acciones, ¿por qué por los derechos hay retención y por las acciones no?

                                        Me tenía este hecho despistado, yo también pensaba que vender los derechos equivalía a un dividendo. O sea que si tuviese minusvalías de venta de acciones por ahí podría compensar el 100%, no?

                                        Y por otro lado, vaya morro que tiene el estado no? Que se esperen a la renta para cobrar. O tenemos que dar gracias por no pagar por la venta de acciones con plusvalías en el momento?
                                        Cartera ING: 🇪🇦 TEF-IDR-SAN-BBVA-CBK-SAB-BKT-MAP-GCO-LDA-REE-ENG-IBE-NTGY-ELE-REP-AENA-LOG-ACS-FER-ANA-FCC-MRL-COL-GEST-CIE-TLGO-VDR-MCM-IBG-GRF-FAE-EBRO-VIS-ITX; 🇬🇧 BRBY-DGE-BATS; 🇺🇲 TROW-MMM-GIS-ADM-KMB-NKE 🇨🇳 BABA (ADR).

                                        Mi hilo personal: http://www.invertirenbolsa.info/foro...-Avef%E9nix-20
                                        ​​​​​

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                                        • Ceroceroseix
                                          Senior Member
                                          • may
                                          • 1312

                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Originalmente publicado por AveFenix+20 Ver Mensaje
                                          Ceroceroseis, si la venta de derechos es una ganancia patrimonial igual que lo son la venta de acciones, ...
                                          Para comprobarlo, sólo tienes que leer el artículo 37.1.a) de la Ley del IRPF:

                                          «El importe obtenido por la transmisión de derechos de suscripción procedentes de estos valores tendrá la consideración de ganancia patrimonial para el transmitente en el período impositivo en que se produzca la citada transmisión.»

                                          Originalmente publicado por AveFenix+20 Ver Mensaje
                                          ... ¿por qué por los derechos hay retención y por las acciones no?
                                          Porque las ganancias patrimoniales tributan por esa cifra, la ganancia obtenida, y en el caso de una venta normal de acciones Hacienda no puede determinar con certeza cuál es esa ganancia. ¿Por qué? Porque puede haber varias compras y ventas, y hay que aplicar el método FIFO. Seguramente podría, porque tendrá los datos de todo el mundo, pero hacer el cálculo de todas las operaciones de todos los contribuyentes sería un esfuerzo enorme, y deja que sean los inversores los que apliquen el FIFO y determinen los precios de compra y venta de sus operaciones al presentar la declaración anual.

                                          En el caso de las ventas de derechos no hay esa incertidumbre porque el precio de adquisición de los derechos es cero (se reparten gratuitamente), así que todo lo recibido es directamente plusvalía patrimonial y, en lugar de esperar al momento de presentar la declaración, Hacienda pasa el cepillo cuando vendemos los derechos y cobra por adelantado.

                                          Originalmente publicado por AveFenix+20 Ver Mensaje
                                          Me tenía este hecho despistado, yo también pensaba que vender los derechos equivalía a un dividendo. O sea que si tuviese minusvalías de venta de acciones por ahí podría compensar el 100%, no?
                                          Correcto. Si luego al presentar la declaración de la Renta puedes compensar con pérdidas, te devolverán lo retenido a cuenta en el momento de la venta, sí, pero Hacienda ya ha tenido ese dinero retenido por adelantado durante un tiempo, y ya te lo devolverá cuando pueda.

                                          Originalmente publicado por AveFenix+20 Ver Mensaje
                                          Y por otro lado, vaya morro que tiene el estado no? Que se esperen a la renta para cobrar. O tenemos que dar gracias por no pagar por la venta de acciones con plusvalías en el momento?
                                          Con Hacienda hemos topado, amigo AveFénix. Se lo sugeriremos a Montoro, a ver qué dice, aunque me da en la nariz que se va a pasar la sugerencia por el forro de sus caprichos, como decía un famoso periodista deportivo.

                                          Saludos.
                                          Editado por última vez por Ceroceroseix; 18/07/2017, 23:39:09.
                                          Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                                          Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

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