Image

Consigue tu Independencia Financiera para transformar tu vida y jubilarte como te mereces, y cuando tú decidas.

"Soy uno de los autores más vendidos en Amazon España desde 2013"
Image

Fiscalidad fondos de inversión ejercicio 2010 (declaración a presentar en Mayo-Junio de 2011)

La plusvalía/minusvalía se calcula restando el precio de compra al precio de venta.
Al precio de compra hay que sumarle todos los gastos y comisiones de la operación y al precio de venta hay que restarle dichos gastos y comisiones. La mayoría de los fondos no tienen comisiones de suscripción o reembolso, pero algunos sí las tienen.
Las primeras participaciones que se venden son las primeras que se compraron, independientemente de dónde estén depositadas (método FIFO).
En caso de ganancia se paga el 19% por los primeros 6.000 euros y el 21% por todo lo que pase de esos primeros 6.000 euros, independientemente del tiempo que se hayan mantenido las participaciones.
En caso de pérdida las minusvalías pueden compensarse con otras plusvalías (acciones, fondos de inversión, derivados, inmuebles, etc.). En caso de no existir plusvalías con las que compensar (o de que las minusvalías obtenidas en el año sean superiores a las plusvalías) las minusvalías que no hayan podido ser compensadas podrán ser compensadas a lo largo de los 4 ejercicios siguientes.
Las participaciones que se tengan en un fondo de inversión pueden traspasarse a otro sin tener que pagar a Hacienda hasta que no se realice un reembolso de ese dinero. El número de traspasos que pueden realizarse es ilimitado, así como el tiempo de permanencia. Sólo se paga en el momento en que se realice el reembolso del último fondo. Esto es interesante por 2 motivos:
  1. Mientras no se pague a Hacienda el dinero que corresponde pagar por la plusvalía generada permanece en poder del inversor, que lo mantiene invertido y le sigue generando rendimientos .

  2. Se puede elegir el momento de pagar a Hacienda, con lo que es posible reducir la cantidad a pagar. Por ejemplo, supongamos que un inversor obtiene plusvalías invirtiendo en un fondo de renta variable. En el momento en que decide salir de ese fondo realiza un traspaso a un FIAMM, con lo que tiene una plusvalía latente pero aún no paga nada a Hacienda. Al cabo de 2 años tiene una minusvalía con unas acciones, por ejemplo. Aprovecha ese ejercicio para reembolsar el FIAMM, compensar la plusvalía del fondo de hace 2 años con la minusvalía de las acciones de este ejercicio y después, si quiere, vuelve a ingresar el dinero en el FIAMM (el mismo u otro). De esa forma ha conseguido aflorar la plusvalía de hace 2 años sin tener que pagar nada por ella.
Los reembolsos tienen una retención del 19% por ciento de la plusvalía generada.
En caso de tener un fondo con plusvalías y otro con minusvalías es posible evitar, o reducir, la retención. Supongamos que en 2 fondos de inversión se invierten 1.000 en cada uno de ellos. Al cabo del tiempo uno ha subido su valor a 1.500 euros y el otro lo ha bajado a 500 euros. Si se reembolsan los 2 fondos directamente el que ha obtenido plusvalía sufrirá una retención de 95 euros (19% de 500 euros), mientras que el de la minusvalía no tendrá ninguna retención. Es preferible traspasar los 2 fondos a un FIAMM, por ejemplo, y una vez traspasados realizar el reembolso del FIAMM. En ese FIAMM la plusvalía del uno se compensa con la minusvalía del otro y la plusvalía conjunta del FIAMM es 0, por lo que al reembolsar el FIAMM no se sufre ninguna retención.
Para que las minusvalías puedan compensarse no se tienen que haber comprado participaciones del mismo fondo ni en los 2 meses anteriores a la venta que generó la minusvalía ni en los 2 meses posteriores.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones
Comentarios (8)
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Manuel,

La fiscalidad de los dividendos de los fondos de inversión es la misma que la de los dividendos de las acciones, con la diferencia de que en el caso de los fondos de inversión no hay ninguna cantidad exenta (en las acciones están exentos los primeros 1.500 euros cobrados como dividendos).

Un saludo.
Invertir en bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
¿Cual es la fiscalidad de los dividendos que reparten los fondos de inversion?
Manuel
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Manolo,

Si ganas en la venta de acciones sí tienes que pagar impuestos (los detalles concretos los tienes en esta misma sección de fiscalidad, pero en el apartado dedicado a las acciones). La venta de acciones no tiene retención, se paga todo al hacer la declaración del IRPF.

La compra del segundo banco no supone el pago de impuestos.

Al comprar no se pagan impuestos, es al vender cuando se pagan (si ganas dinero con la venta).

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
quiero vender aciones de un banco y comprar de otro.Quisiera saber si tengo que pagar inpuestos , y si tiene retenciones dicha operacion.
gracuias
manolo
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola charlinos,

El mero hecho de reembolsar ese fondo de inversión ya obliga a hacer la declaración de la renta al co-titular que ahora mismo no tiene obligación de hacerla.

Y por otro lado es ilegal poner ese fondo a nombre de la otra persona para evitar ese pago a Hacienda.

Lo único que se me ocurre es que esa plusvalía la puedes compensar con otras minusvalías que hayas tenido en otros fondos de inversión, acciones, etc.

Y recuerda que si traspasáis ese fondo de inversión a otro fondo de inversión (por ejemplo un FIAMM, sin riesgo apenas porque sólo invierten en Letras del Tesoro a corto plazo) no tendréis que pagar nada por ese traspaso. Y lo podéis traspasar todas las veces que queráis , sólo pagaréis (por todas las plusvalías acumuladas) en el momento de reembolsar el último fondo de inversión de esa "cadena".

Esto permite elegir el año en que tributar (por ejemplo un año en que tengas minusvalías por otras inversiones), y de esa forma os podeís ahorrar todo o una parte importante de la plusvalía. Depende de vuestra situación concreta.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola,

Soy co-titular de un fondo de inversión que ha tenido una plusvalía de 27000 euros. Si lo reembolso, tendré que pagar a hacienda unos 5000 euros. Se da el caso que uno de los co-titulares no tiene obligación de hacer la declaración de la renta. ¿Sería legal pasar todo el fondo a su nombre y que lo reembolse él para no declarar la plusvalía o da lo mismo porque Hacienda tendrá siempre constancia de ello y reclamará que dicho titular tribute por esa plusvalía aunqwue no tuviese que hacerlo porque no percibe renta alguna?
charlinos
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola kokolo,

Sí, la rentención (y la plusvalía) se paga por los 800 euros de este caso.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
Tengo metido 55.000 € en un fondo de inversiones. Al cabo de 1 año y medio esos 55000 € pasan a ser 55800. Mi pregunta es si es sobre esos 800 € de beneficio sobre los que se aplica la retención en éste caso del 19% (menos de 6000€)
kokolo
There are no comments posted here yet
Deja tus comentarios
Posting as Guest
×
Suggested Locations
Image
We use cookies

Usamos cookies en nuestro sitio web. Algunas de ellas son esenciales para el funcionamiento del sitio, mientras que otras nos ayudan a mejorar el sitio web y también la experiencia del usuario (cookies de rastreo). Puedes decidir por ti mismo si quieres permitir el uso de las cookies. Ten en cuenta que si las rechazas, puede que no puedas usar todas las funcionalidades del sitio web.