Image

Consigue tu Independencia Financiera para transformar tu vida y jubilarte como te mereces, y cuando tú decidas.

"Soy uno de los autores más vendidos en Amazon España desde 2013"
Image

Fiscalidad de los dividendos pagados por empresas extranjeras ejercicio 2010 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2011)

Los dividendos pagados por empresas cuya sede social esté fuera de España tienen 2 retenciones:
  1. La de la Hacienda española: Es el 19%, igual que en las empresas españolas

  2. La de la Hacienda extranjera: El porcentaje varía de un país a otro.
Ambas retenciones se realizan sobre el dividendo bruto. Por ejemplo si una empresa paga un dividendo bruto de 2 euros y un inversor tiene 500 acciones cobrará un dividendo bruto de 1.000 euros. La Hacienda española le retendrá 190 euros (19% de 1.000) y la Hacienda extranjera (suponiendo que el tipo de rentención en ese país sea el 15%) le retendrá 150 euros (15% de 1.000). En la cuenta del inversor le ingresarán, por tanto, 660 euros (1.000 – 190 – 150 = 660).
Es decir, se le han retenido 150 euros más de lo que se le habrían retenido si la empresa fuera española. Esta retención de la Hacienda extranjera se puede recuperar en todo o en parte al hacer la declaración del IRPF. Lo que realmente se recupera es la menor de las 2 siguientes cifras:
  1. Lo retenido en el extranjero, con el límite de lo que se paga por este concepto en España, actualmente el 19%.

  2. El resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen al siguiente cálculo: (dividendo – gastos) x (base liquidable/renta del período). El tipo medio efectivo de gravamen es el resultado del siguiente cálculo: 100 x [(cuota líquida – deducción por dividendos – compensaciones de vivienda) / base liquidable]
Ejemplos sobre un dividendo bruto de 1.000 euros:
  • Retención en el extranjero 15%: El máximo que se puede recuperar es 150 euros, el 15%. Si el resultado del cálculo del punto 2 da una cifra igual o superior a 150 euros se recuperan los 150 euros íntegros. Si el resultado de ese cálculo es una cifra inferior a 150 euros es esa cifra la que realmente se recupera. Por ejemplo, si el resultado del cálculo es 107,3 lo que se recupera son esos 107,3 euros, no los 150 que realmente fueron retenidos.

  • Retención en el extranjero 19%: Igual que en el ejemplo del 15%, pero el máximo a recuperar son los 190 euros retenidos en el extranjero. Igualmente, el cálculo del punto 2 puede rebajar esta cifra.

  • Retención en el extranjero 25%. El máximo a recuperar son 190 euros, no los 250 euros realmente retenidos, porque esa es la cifra que habría que pagar en España por una operación de este tipo. El cálculo del punto 2 puede rebajar la cifra que realmente se recupera como se ha explicado en el caso del 15%. Recuperar los 60 euros que van desde los 190 hasta los 250 euros realmente retenidos es posible pero complicado. Esos 60 euros los tiene que devolver directamente la Hacienda extranjera al ciudadano español, y para ello hay que hacer una serie de trámites, que varían de un país a otro, que tienen un coste en tiempo y dinero. Para cantidades pequeñas no suele merecer la pena recuperar ese tramo de la retención, por lo que se pierde.
Fiscalmente, por tanto, es preferible invertir en aquellos países cuyo tipo de retención sobre los dividendos sea como máximo igual al que se aplique en España en ese momento. Cuanto más baja sea la retención que se practique en el extranjero más posibilidades hay de recuperarla íntegramente al hacer la declaración del IRPF.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones
Comentarios (29)
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Eugenio,

Tienes que hacer lo que explico en el artículo.

Lo primero es poner estos datos en las casillas correspondientes de la declaración del IRPF en España. Con eso recuperarás una parte.

Para recuperar lo demás tienes que hablar con tu broker a ver si te hace los trámites, y cuánto te cobra. Si tu broker no te lo hace o te cobra demasiado entonces tienes que ir a la embajada de Francia en España para que te den los formularios necesarios y te expliquen como rellenarlos.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola, mi pregunta es la siguiente: tengo una acciones de una compañia francesa donde me retienen el 25%, donde recupero un 10% y la hacienda Francesa se queda con el 15% restante, todo esto lo realizo por medio del banco en el que tengo mi cuenta de valores. A su vez la hacienda española me retiene el 19%, ¿Como podria recuperar el 15% que me han retenido en Francia?, les pongo un ejemplo: recibo 1000,00 euros en dividendos, la hacienda francesame retiene unos 150,00euros, y recibo en España 850,00 euros y sobre este importe recibido aqui en España me retienen el 19%, o sea en España me retiene 161,50 euros o sea la fiscalidadad del año 2011, la pregunta es la que le hice anteriormente como recupero el 15% restante, y como lo he de poner en la declaracion de este año 2012. Gracias de antemano , un saludo
Eugenio Diaz
This comment was minimized by the moderator on the site
Muchisimas gracias por la ayuda que me ha sido de muhcisima ayuda!!!! de verdad :)

Que Dios te lo recompense :)
Un abrazo :)
Bargach
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Bargahc,

Ahora te entiendo, pero no lo recuerdo de memoria. Si quieres búscalo en la Ley, estará en la web de Hacienda. De todas formas esta es la legislación que estaba vigente el año pasado, la actual la tienes en:

Fiscalidad de los dividendos de las empresas extranjeras en 2012

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
uy, a lo mejor no se dice articulo...
me refiero al articulo del codigo fiscal...
Bargach
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Bargach,

¿A qué tipo de artículo te refieres?. No entiendo la pregunta.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
Oh muchísimas gracias por la información...

Me sera de mucha ayuda :)

Podriais decirme cual es el articulo que dice que el impuesto es de 21%... ?

Gracias :)
Bargach
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Bargach,

La retención actual en España es del 21%. Este es el caso general. Si hay algún acuerdo entre España y Bélgica para los dividendos que los residentes belgas cobren de empresas españolas no lo sé, creo que deberías preguntarlo en tu broker belga.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
Muchas gracias por la respuesta...
De echo, en Belgica no hay retencion de impuestos sobre los dividendos que llegan desde España...
Lo que yo quiero saber es si en España hay retencion sobre los dividendos destinados hacia Belgica...???
He buscado en la legisalcion Española y es esto loq ue entendi:

Los dividendos pagados a alguna sociedad que esta establecida en la UE tendran una retencion del 19%...
Esta retencion sera disminuida de la retencion que se haga en el otro pais...

Sabriais decirme que articulos del codigo fiscal habaln de esto??? Mas precisamente donde pone que la retencion es de 19%...

Muchas gracias!!!
Bargach
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Bargach,

Imagino que lo habrá, pero yo no conozco la legislación belga y el caso que pones pertenece a dicha legislación belga.

Tienes que buscar en web que traten la fiscalidad de Bélgica, no la de España.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
Buenas tardes... uy uy uy esto es complicado :)
De hecho vivo en Belgica y aqui no hay retencion sobre los dividendos que vienen de un pais de la UE.
Me preguntaba si no hay un articulo que hable de la retencion sobre el dividendo OUT en el caso de que una sociedad española dé dividendos a una sociedad belga...
Gracias por la respuesta!!!
Bargach
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Juan,

La pregunta no me queda clara del todo.

Entiendo que tú tienes una empresa en Colombia (o Perú, ...) y das algún tipo de servicio a una empresa española (software, diseño, ...), ¿es así?

Si es así creo que la española no tendría que hacerte ninguna retención por los servicios que prestas porque tú no pagas impuestos en España. Esto pertenece al Impuesto de Sociedades, y no lo conozco bien, pero creo que no debería haber retención como te digo.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
Buenas Tardes.

Felicidades por esta pagina tan util.
Tengo una pregunta sobre temas de retencion.
Aplica en España alguna retencion a las rentas que generan compañias extranjeras que prestan sus servicios NO en sitio sino de forma remota? Es decir, por ejemplo, una compañia peruana o colombiana que presta un servicio de forma remota a una compañia Española.

Aplica algun tipo de retencion para esta figura? o por el hecho de no prestar el servicio en sitio la retencion no es aplicable?

Agradezco enormemente su ayuda para aclarar esta inquietud.
Juan
This comment was minimized by the moderator on the site
Muchas gracias; sí, es así, recibo un ingreso directo de una sociedad gestora desde francia.
Gloria
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Gloria,

Si en España no has tenido retención debes hacerlo como dices, poniendo 0 en la casilla de la retención española y la retención francesa en la de la doble imposición interenacional.

Imagino que tendrás las acciones depositadas en un banco francés, porque en un banco español tendrías las 2 retenciones.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
¿Si he cobrado unos dividendos de una empresa extranjera y SOLO tengo el 25% de retención del país de origen (Francia) qué debo declarar? Es correcto introducir en la casilla 24 el importe bruto de los dividendos con una retención de 0€ ya que en España no he tenido retención y luego introducir el importe y la reteneción en la casilla de la doble imposición (734) y ya está o en la casilla 24 también hay que introducir un retención?
Gracias
Gloria
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Segarca,

Francia tiene una retención del 25%, en el momento de escribir este comentario (puede cambiar más adelante). El 19% es relativamente fácil de recuperar, dependiendo de la situación personal de cada uno, como se explica en este artículo. Para este 19% basta con rellenar las casillas correspondientes de la declaración del IRPF. El 6% requiere papeleos y es complicado y caro, si el importe es pequeño se pierde porque no merece la pena ni por tiempo ni por dinero recuperarlo.

La última pregunta que haces sobre el 19% de retención en España no la entiendo.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola! llevo siguiendo TOTAL, VIVENDI Y FRANCE TELEKOM de francia por lo que en un futuro quien sabe si las compraré... en mi caso no he cobrado nunca dividendo y toy verde!!!

que fiscalidad tiene francia? y en la declaración que yo pago para que me hagan, se supone que tendría problemas con todos estos papeleos que estoy viendo que hay que hacer? nose ni que me enviará ING jaja asik para las futuras compras que haga aquí en españa tampoco tengo mucha idea... alguien me hace a la idea de lo que voy a recibir para que me descuenten ese 19% en españa al entregar en la declaración?
segarca
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola Giorgia,

Siento no poder ayudarte mucho en esto porque imagino que dependerá de los convenios fiscales que haya entre España e Italia, y no los conozco. Por los datos que das no sabría decirte si el año 2010 tienes que declararlo en España, en Italia, o parte en España y parte en Italia.

En el caso de que tuvieras que declarar el año 2010 entero (los 365 días) en España entonces yo creo que lo único que tendrías que hacer es la declaración normal del IRPF, igual que haría cualquier español. En ese caso con poner los datos (ingresos, retenciones, etc.) el problema estaría solucionado y te devolverían lo que correspondiese.

Pero si tienes que declararlo en Italia, en todo o en parte, entonces no sé decirte.

Yo creo que lo mejor es que consultes en Hacienda para asegurarte.

Un saludo.
Invertir en Bolsa
This comment was minimized by the moderator on the site
Hola,
tengo dudas sobre Cómo recuperar los dividendos retenidos por la hacienda española. Soy italiana y este año en octubre he acabado mi contrato a tiempo determinado. En el finiquito me habian retenido un 24% de los impuestos sobre mi nomina porque aun no tenia residencia fiscal, con lo qual siempre en octubre he completado el modulo por la residencia fiscal y tambien por el impadronamiento.
Como se puede recuperar una parte de estos retenidos ahora que hago la declaracion de la renta. Esta e la primera renta que hago sea en España que en Italia.

Por favor espero un consejo.
saludos y muchas gracias.
giorgia
There are no comments posted here yet
Cargar Más
Deja tus comentarios
Posting as Guest
×
Suggested Locations
Image
We use cookies

Usamos cookies en nuestro sitio web. Algunas de ellas son esenciales para el funcionamiento del sitio, mientras que otras nos ayudan a mejorar el sitio web y también la experiencia del usuario (cookies de rastreo). Puedes decidir por ti mismo si quieres permitir el uso de las cookies. Ten en cuenta que si las rechazas, puede que no puedas usar todas las funcionalidades del sitio web.